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  ASIGNATURA: Filosofía y lógica jurídica TEMA III- El derecho natural SUSTENTADO POR: Luisa maría MATRICULA: 12-2194 FACILITADOR: Miguel puello FECHA: 14/6/2014

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ASIGNATURA:Filosofa y lgica jurdicaTEMA III- El derecho naturalSUSTENTADO POR:Luisa mara MATRICULA:12-2194FACILITADOR:Miguel puelloFECHA:14/6/2014

TEMA III- El DERECHO NATURALDefinicin y funcin del Derecho Natural

Eliusnaturalismooderecho naturales una teoraticacon un enfoque filosfico, (especialmente en elderecho) que postula la existencia dederechos del hombrefundados o determinados en la naturaleza humana,universales, anteriores y superiores (o independientes) al ordenamiento jurdico positivo y al Derecho fundado en lacostumbreoDerecho consuetudinario. Vasefuentes del Derecho.Concepto 1.Derecho Natural: Conjunto de normas y principios jurdicos que se derivan de la propia naturaleza y de la razn humana, que existen como principios inmutables y universales.Concepto 2.Derecho Natural es una teora tica y jurdica derecho que defiende la existencia de derechos del hombre fundados o determinados en la naturaleza humana, universales, anteriores y superiores al ordenamiento jurdico positivo y al Derecho fundado en la costumbre o Derecho consuetudinario.2- La Doctrina del Derecho Natural en la tradicin filosficaEl Derecho Natural tradicional es el propio de la Escolstica, aunque tiene parte de sus precedentes en Aristteles. De ah que dentro de la Escoltica exista una corriente denominada aristotelicotomista.El Derecho Natural tradicional defiende la triloga de la ley, que distingue entre la ley eterna, la ley natural y la ley positiva.La ley eterna proviene de Dios, por lo que debe ser en la que se fundamenten el resto de leyes. Dios es el fundamento ltimo de la ley. Este fundamento ltimo aparece en repetidas ocasiones en la filosofa griega, como en el caso del logos de Herclito, del que todo emanaba. Para la Escolstica, si el Derecho Positivo no se fundamentaba en esta ley era un Derecho injusto.

3- Perspectiva del iusnaturalismoDentro del enfoque iusnaturalista se constituyen dos ramas del conocimiento, el iusnaturalismo teolgico y el iusnaturalismo racional, el primero cercano a la concepcin de un derecho natural donde la ley es producto de la voluntad divina, para esta perspectiva el Derecho es el trmino de la relacin entre los seres humanos que deviene de un origen divino de las cosas.

Esta perspectiva sugiere como primer elemento de cohesin social el producto surgido del orden religioso, donde el derecho es producto deDios. El isnaturalismo teolgico concibe al Derecho como un fenmeno relacionadoal ser humano como miembro de una comunidad divina (hijo de Dios).

Ante la evidente dificultad de comprobar la existencia de Dios, se inicia la busqueda deotra razn que justifique el Derecho y surge enconsecuencia elisnaturalismoracional, que en la bsqueda de un contendio arqueolgico (vertir valores yconvertirlos en normas) propone la codificacin de los valores en normas.

La razn, producto de la mente, es una cualidadpara ordenar preferencias. El Derecho, para esta perspectiva epstemolgicase constituye en un Sistemanormativo, basado en la razn.

4- Historia del Derecho Natural

Los orgenes remotos de la idea de derecho natural se encuentran enAristteles. En sutica a Nicmaco, Aristteles distingue entre la justicia legal o convencional y la justicia natural "que en todo lugar tiene la misma fuerza y no existe porque la gente piense esto o aquello". En el mismo lugar, Aristteles insiste en que las leyes naturales no son inmutables pues en la propia naturaleza humana hay cambios naturales debido a principios internos de desarrollo. Y el ser humano tiene como rasgo fundamental la racionalidad que permite indagar en la vida caractersticamente humana.Este aspecto de la racionalidad ser retomado por elEstoicismodesde otro punto de vista. La naturaleza humana forma parte del orden natural. La razn humana es una chispa del fuego creador, del logos, que ordena y unifica el cosmos. La ley natural es as, ley de la naturaleza y ley de la naturaleza humana y esta ley es la razn. Y esa razn ha sido implantada por la divinidad (o los dioses). Como la razn puede pervertirse al servicio de intereses fuera de la propia razn se deca que la ley natural es la ley de la recta o sana razn.De este modo,Cicernafirmar que para el hombre culto la ley es la inteligencia, cuya funcin natural es prescribir la conducta correcta y prohibir la mala conducta -es la mente y la razn del hombre inteligente, la norma por la que se miden la justicia y la injusticia. Cicern escribe en el contexto de la formacin delderecho romano, el cual es fundamental para la idea deEstado de Derecho, y tiene como fuente intelectual el estoicismo.Elcristianismoprosigui las concepciones estoicas. En la Edad Media,Toms de Aquinopartir de la idea de Cicern reformulando la idea de ley divina: Dios ha establecido una legislacin eterna para el mundo natural y el mundo humano, y eso es lo que conocemos como ley natural.Adems, la idea del mundo de las formas, teora de Platn, influyen y justifican la existencia de derechos naturales como formas perfectas a las cuales el hombre debe llegar. El cristianismo tomar desde esta perspectiva que el Derecho natural es tambin una idea inmutable (a diferencia de Aristteles que considera el Derecho natural como cambiante a travs de la construccin de la polis) proveniente de la divinidad.

Opinin personalDe ambos conceptos se desprende la idea dederecho natural, que est formado por los postulados acerca de la justicia que se inspiran en la condicin natural del hombre.

En concreto podramos establecer que el Derecho natural es el conjunto de normas que los seres humanos deducimos o establecemos a partir de nuestra propia conciencia y que son los que priman y se determinan como justicia en un momento histrico determinado.