derecho internacional

4
Las fuentes de Derecho internacional privado SQA Gabriel Eduardo Rojas Gutiérrez Derecho internacional privado Maestro Salus Javier Elenes Silva

Upload: pitagorasno

Post on 14-Apr-2016

5 views

Category:

Documents


3 download

DESCRIPTION

derecho internacional privado

TRANSCRIPT

Page 1: derecho internacional

Las fuentes de Derecho internacional privado  SQA  

Gabriel Eduardo Rojas Gutiérrez

Derecho internacional privado

Maestro

Salus Javier Elenes Silva

Cd. Obregón Sonora 26 de abril 2015

INTRODUCCIÓN

Page 2: derecho internacional

Este trabajo pretende exponer de manera expositiva la información catalogada como valiosa, através del estudio del derecho internacional privado. En el que se encuentran las facultades que tienen los juzgadores de llevar al cabo un juicio en el que decide el congreso darles facultades, o cuando deciden no intervenir en situaciones en las que a su criterio ,el conflicto no sea normalmente regulado o se encuentra fuera del alcance de nuestras normas o leyes , de ahí la importancia de las fuentes del derecho internacional privado para poder echar mano de situaciones o actos en otros países ya que aquí aun no estarían bien tipificados en nuestra constitución.

Page 3: derecho internacional

SQA

Lo qué sé Lo que quiero saber. Que aprendí

Sabemos que en México el derecho internacional privado se compone por dos referencias o influencias normativas que son las leyes de origen es decir las mexicanas y las otras de procedencia extranjera lo que hace una atención más incluyente de los conflictos internacionales que aquejaran en nuestro territorio un extranjero.

El poder legislativo nacional es que decide o no resolver conflictos de tipo internacional cuando a su criterio así lo crea.

Las normas creadas por el proceso , son normas materiales o sustantivas y las normas adjetivas (que hacen posible la aplicación de las primeras)

La Ley, varía según el sistema jurídico que se trate. En México no existe una codificación que integre todas las normas del DIPr, ellas (las normas) se encuentran diseminadas en todo el sistema jurídico (de Derecho Civil y Procesal Civil al igual que en ordenamientos federales)

Las fuentes son la costumbre la jurisprudencia la doctrina mientras que por la parte internacional son los tratados y convenciones la costumbre internacional la jurisprudencia internacional.

Lo que me interesa saber es además de las leyes aplicables a cada extranjero en determinado lugar que se encuentre es saber los criterios aplicables de acuerdo a la nacionalidad podrían ser de diferente orden la aplicación de la justicia sí aunque sea un país que no entra o no es parte de acuerdos internacionales o, convenciones es el criterio solo del país en el que encuentre el problema legal.

Hasta qué punto puede un país ser participativo o considerado por las leyes del ciudadano extranjero.

Se puede de alguna manera excluir del delito si no es catalogado como tal en el país en el que se encuentra pero las leyes internacionales lo tipifican como delito según sus leyes o códigos de delitos.

Puede negársele a una persona si quiere ser juzgada en su país aunque el delito sea haya cometido en país visitado o de paso.

Bajo que fundamentos se puede extraditar a una persona y que figuras caben como lo son los extradición juicio político etc.

Lo más importante que aprendí es acerca de lo que tiene que ser considerado para poder tener la facultad de juzgar o no a un extranjero en nuestro país se tiene que legislar para poder tener facultades o no de llevar a cabo el juicio.

Ya que intervienen tratados de tipo internacional o convenciones de las cuales el país forma parte y que se tienen que tomar en cuenta para llevar a cabo un juicio no es tan sencillo, y de igual manera los factores que intervienen como para tomar criterios y formas de aplicación de la norma las cuales se basan en la jurisprudencia en la costumbre en la norma y en la doctrina.

De igual manera el derecho internacional privado de manera internacional también tiene sus fuentes las cuales son la jurisprudencia solamente que estas se basan en antecedentes internacionales a diferencia que la nacional la costumbre internacional .los convencionalismos internacionales, las decisiones judiciales y las doctrinas publicitadas

Page 4: derecho internacional

BIBLIOGRAFÍA

Las fuentes de Derecho internacional privado 

La competencia judicial internacional