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D ERECHOS DE AUTOR 1 U NIVERSIDAD I NTERAMERICANA PARA EL D ESARROLLO Asignatura Interdisciplinaria Derecho de Autor Sesión 12

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D E R E C H O S D E A U T O R

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U N I V E R S I D A D I N T E R A M E R I C A N A P A R A E L D E S A R R O L L O

Asignatura Interdisciplinaria

Derecho de Autor

Sesión 12

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OBJETIVO DE LA SESIÓN DE APRENDIZAJE Al finalizar el alumno elaborará una explicación respecto de cómo se puede llevar a cabo la protección de

las obras sujetas al Derecho de Autor mediante el estudio de los procedimientos regulados por instancias

como el INDAUTOR y la Ley de Protección de Derechos del autor, así como la identificación de la manera

en que el Derecho de autor se articula con el Derecho Penal para proteger a los titulares de derechos de

autor.

CONTENIDO TEMÁTICO DE LA SESIÓN DE APRENDIZAJE 9.8. Procedimiento para el registro de una obra

9.9. El procedimiento de avenencia

9.10. El arbitraje y procedimiento ante autoridades judiciales

9.11. Delitos en materia de derecho de autor

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CONTEXTUALIZACIÓN DEL CONTENIDO DE LA SESIÓN DE APRENDIZAJE En esta última sesión sobre la materia del Derecho de Autor se le enseñarán al alumno cuáles son los

procedimientos administrativos y judiciales de los que puede valerse para proteger a los autores o titulares

de los derechos de autor.

Se le enseñará también como es que en la defensa de estos derechos pueden verse involucradas otras

ramas del derecho, como es el Derecho Penal, que para esta materia sirve como aliada para hacer frente a

los delitos que menoscaban los derechos patrimoniales de los titulares de derechos de autor.

Un ejemplo claro de esto es la piratería, que se ha convertido en algo “normal” dentro de la sociedad, sin

embargo trae como consecuencia el rezago económico y la debilitación de las industrias nacionales y

extranjeras que operan en el país; porque además de ser un delito y estar directamente relacionado con el

crimen organizado, favorece la evasión de impuestos y representa un menoscabo en las ganancias o

regalías que debería obtener un autor por la puesta a disposición del público de sus obras.

También se le mostrará al alumno cómo es el proceso que debe seguir para registrar una obra ante el

Instituto Nacional del Derecho de Autor, en este caso se le invitará al alumno a visitar la página oficial del

INDAUTOR para que vea cuáles son los documentos y los requisitos que se deben reunir para obtener de

manera pronta y exitosa el registro de una obra.

Se procurará que el alumno acompañe la sesión con material didáctico y lecturas y material didáctico que

podrá consultar no sólo para aclarar las dudas que pueda tener del tema, sino también para que pueda

ampliar su conocimiento sobre la materia. Esto fomentará el interés del alumno por la investigación y el

autoaprendizaje.

Al final, el alumno tendrá el conocimiento sobre todo lo que engloba el Derecho de Autor, y podrá

diferenciar los procedimientos administrativos que se dan para resolver las controversias dentro de la

materia, y tendrá también la capacidad de utilizar los términos y definiciones de manera correcta en la

aplicación de esta rama del Derecho tanto al nivel de asesoría como al nivel de litigio y gestoría.

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DESARROLLO DE CONTENIDOS DE LA SESIÓN DE APRENDIZAJE 9.8. Procedimiento para el registro de una obra

El registro de las obras se hace ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor, que define al registro como

la entrada de las obras en los archivos oficiales del Estado, con la finalidad de garantizar la seguridad

jurídica de los autores, de los titulares de los derechos conexos y de los titulares de los derechos

patrimoniales respectivos y sus causahabientes, para dar así una adecuada publicidad a las obras, actos y

documentos a través de su inscripción.

El tipo de obras que puede hacerse son:

Literaria

Musical, con o sin letra

Dramática

Danza

Pictórica o de dibujo

Escultórica o de carácter plástico

Caricatura e historieta

Arquitectónica

Cinematográfica y demás obras audiovisuales

Programas de radio y televisión

Programas de cómputo

Fotográfica

Arte aplicado

Bases de datos

Derechos conexos

Para el registro de todas las obras se sigue básicamente un mismo procedimiento:

1. Preparar ejemplares de la obra. Estos ejemplares pueden quedar fijados en papel o en medios

digitales, y cada ejemplar deberá estar firmado por el autor.

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2. Imprimir y llenar de manera correcta los formatos correspondientes a cada tipo de obra.

3. Pagar el monto de los derechos correspondientes al registro de obra.

4. Preparar documentación solicitada por el INDAUTOR para comprobar la existencia de la persona

moral, la personalidad del representante legal, así como identificación oficial del mandante,

mandatario y testigos si se presentara carta poder.

5. Acudir a las oficinas del INDAUTOR o módulo más cercano si es que el solicitante se encontrara

en el interior de la República para entregar todos los documentos y formatos necesarios para el

registro de la obra.

Una vez realizada la solicitud de registro se debe esperar la respuesta del INDAUTOR para saber cuál es

el paso que procede.

Para que conozcas más sobre el registro de las obras ante el INDAUTOR y los requisitos de cada uno de

ellos puedes visitar el siguiente enlace (INDAUTOR, 2016.)

9.9. El procedimiento de avenencia

El Procedimiento Administrativo de Avenencia es el que se da cuando los titulares de derechos de autor

consideran que esos derechos están siendo violentados por acciones de terceros. Este procedimiento se

lleva ante el INDAUTOR, y la Ley Federal del Derecho de Autor establece en su artículo 218 los pasos a

seguir durante el procedimiento de avenencia:

Se iniciará con la queja, que por escrito presente ante el Instituto quien se considere afectado en

sus derechos de autor, derechos conexos y otros derechos tutelados por la presente Ley;

Con la queja y sus anexos se dará vista a la parte en contra de la que se interpone, para que la

conteste dentro de los diez días siguientes a la notificación;

Se citará a las partes a una junta de avenencia, apercibiéndolas que de no asistir, se les impondrá

una multa de cien a ciento cincuenta días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

Dicha junta se llevará a cabo dentro de los veinte días siguientes a la presentación de la queja;

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En la junta respectiva el Instituto tratará de avenir a las partes para que lleguen a un arreglo. De

aceptarlo ambas partes, la junta de avenencia puede diferirse las veces que sean necesarias a fin

de lograr la conciliación. El convenio firmado por las partes y el Instituto tendrá el carácter de cosa

juzgada y título ejecutivo;

Durante la junta de avenencia, el Instituto no podrá hacer determinación alguna sobre el fondo del

asunto, pero si podrá participar activamente en la conciliación;

Si por cualquier motivo las partes no lograran la avenencia, el INDAUTOR les invitará a someterse a un

procedimiento de arbitraje, procedimiento que más adelante se explicará.

Es recomendable la revisión del siguiente documento en dónde se sintetiza el procedimiento de avenencia

establecido formalmente (INDAUTOR, 2016.)

9.10. El arbitraje y procedimiento ante autoridades judiciales

Otro procedimiento a través del cual pueden resolverse las controversias sobre los derechos de autor es el

procedimiento de arbitraje.

Las partes se sujetarán al procedimiento de arbitraje por medio de una cláusula compromisoria insertada

en un contrato celebrado con obras protegidas por el Derecho de autor, o en un acuerdo independiente en

el que ya se prevén las controversias que puedan darse en un futuro entre las partes; o bien, por un

compromiso arbitral, que es el acuerdo por el cual las partes aceptan someterse al procedimiento de

arbitraje cuando ya se ha suscitado la controversia entre ellas (Artículo 220 LFDA.)

Para dicho procedimiento debe formarse un grupo arbitral, en el cual cada una de las partes elegirá a un

árbitro (de la lista de árbitros que pública el INDAUTOR cada año); posteriormente, los árbitros designados

por las partes elegirán de la lista al presidente del grupo (Artículo 221 y 222 LFDA.)

El procedimiento de arbitraje durará máximo 60 días, que serán contados a partir del día siguiente en el

que los árbitros sean designados y aceptados (Artículo 224 LFDA.)

Durante el procedimiento las partes podrán presentar todas las pruebas que crean útiles y pertinentes.

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El procedimiento terminará con la emisión de un laudo1 que haga el grupo arbitral, o con el acuerdo que se

dé entre las partes antes de que se dicte éste. El laudo será dictado por escrito; será definitivo, inapelable y

obligatorio para las partes; deberá estar debidamente fundado y motivado; y tendrá el carácter de cosa

juzgada (Artículos 2265 y 226 LFDA.)

Una vez que el laudo ha sido notificado a las partes, éstas tendrán 5 días para pedir que el grupo arbitral

que aclare los puntos resolutivos del laudo, que ratifique cualquier error de cálculo o similar, siempre y

cuando no se cambie el sentido del laudo (Artículo 227 LFDA.)

Los gastos que se den dentro del procedimiento, tanto por arbitraje como por honorarios, serán cubiertos

en su totalidad por las partes.

En cuanto al procedimiento ante las autoridades judiciales, puede decirse de manera general que éste se

da cuando las controversias afectan intereses específicos de los titulares de derechos de autor y las partes

decidan que sean los Tribunales de los Estados los que conozcan de dichas controversias. Cuando el

procedimiento se lleve ante Tribunales Federales se aplicará el Código Federal de Procedimientos civiles, y

cuando se lleve ante Tribunales del orden común se aplicara la Ley común correspondiente (Artículo 213

LFDA.)

En particular, los Tribunales de la Federación deben conocer los delitos relacionados con el derecho de

autor previstos en el Título Vigésimo Sexto del Código Penal Federal que más adelante se tratarán.

En este tipo de procedimientos las autoridades judiciales trabajarán en conjunto con el INDAUTOR y harán

de su conocimiento cuando inicien un juicio en materia de derechos de autor, también le proporcionarán al

instituto copia de todas las resoluciones que puedan modificar, extinguir o confirmar los derechos de autor

sobre una o varias obras para que en los registros se hagan las anotaciones provisionales o las

anotaciones definitivas correspondientes (Artículo 216 LFDA.)

Es recomendable la revisión del siguiente documento en dónde se sintetiza el procedimiento de arbitraje

establecido formal y legalmente (INDAUTOR, 2016.)

1 Sentencia o decisión que dicta el árbitro o juez mediador en un conflicto.

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9.11. Delitos en materia de derecho de autor

El Derecho de Autor en ocasiones también se ve en la necesidad de apoyarse de otras ramas del Derecho,

y para este caso es el Derecho Penal el que brinda apoyo al Derecho de Autor para luchar en contra de los

delitos que se dan dentro de la materia.

En este tipo de situaciones serán los Tribunales Federales los encargados de resolver sobre los delitos en

materia de Derecho de Autor, el Código Penal Federal es el que establece cuales son dichos delitos y sus

sanciones:

Se impondrá prisión de seis meses a seis años y de trescientos a tres mil días multa: Al que

especule en cualquier forma con los libros de texto gratuitos que distribuye la Secretaría de

Educación Pública; al editor, productor o grabador que a sabiendas produzca más números de

ejemplares de una obra protegida por la Ley Federal del Derecho de Autor, que los autorizados por

el titular de los derechos; y a quien use en forma dolosa, con fin de lucro y sin la autorización

correspondiente obras protegidas por la Ley Federal del Derecho de Autor (Artículo 424 CPF.)

Se impondrá prisión de tres a diez años y de dos mil a veinte mil días multa: A quien produzca,

reproduzca, introduzca al país, almacene, transporte, distribuya, venda o arriende copias de obras,

fonogramas, videogramas o libros, protegidos por la Ley Federal del Derecho de Autor, en forma

dolosa, con fin de especulación comercial y sin la autorización que en los términos de la citada Ley

deba otorgar el titular de los derechos de autor o de los derechos conexos; a quienes a sabiendas

aporten o provean de cualquier forma, materias primas o insumos destinados a la producción o

reproducción de obras, fonogramas, videogramas o libros a que se refiere el párrafo anterior, o a

quien fabrique con fin de lucro un dispositivo o sistema cuya finalidad sea desactivar los

dispositivos electrónicos de protección de un programa de computación (Artículo 424-Bis CPF.)

Se impondrá prisión de seis meses a seis años y de cinco mil a treinta mil días multa, a quien

venda a cualquier consumidor final en vías o en lugares públicos, en forma dolosa, con fines de

especulación comercial, copias de obras, fonogramas, videogramas o libros, a que se refiere la

fracción I del artículo anterior (Artículo 424-Ter CPF.)

Se impondrá prisión de seis meses a dos años o de trescientos a tres mil días multa, al que a

sabiendas y sin derecho explote con fines de lucro una interpretación o una ejecución (Artículo 425

CPF.)

Se impondrá prisión de seis meses a cuatro años y de trescientos a tres mil días multa: A quien

fabrique, importe, venda o arriende un dispositivo o sistema para descifrar una señal de satélite

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cifrada, portadora de programas, sin autorización del distribuidor legítimo de dicha señal; y a quien

realice con fines de lucro cualquier acto con la finalidad de descifrar una señal de satélite cifrada,

portadora de programas, sin autorización del distribuidor legítimo de dicha señal (Artículo 426

CPF.)

Se impondrá prisión de seis meses a seis años y de trescientos a tres mil días multa, a quien

publique a sabiendas una obra substituyendo el nombre del autor por otro nombre (Artículo 427

CPF.)

Es importante que se tome conciencia sobre este tipo de delitos pues como ya se mencionó, causan

severos daños no sólo a la economía de los autores, sino también a la del país entero, para tener una idea

más clara puedes mirar la siguiente imagen en la que se muestran las pérdidas que se tienen por el sólo

delito de piratería:

Para combatir los delitos en materia de Derecho de Autor, la Procuraduría General de la República creó la

Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra los Derechos de Autor y la Propiedad Industrial

que se compone de autoridades y organismos administrativos que en conjunto establecen líneas de acción

para atender y proteger los derechos de propiedad intelectual e industrial.

Los tres principales servicios que brinda la Unidad son:

Recibir las denuncias o querellas que se originen por hechos posiblemente constitutivos de delito

en materia de Derechos de Autor.

Recibir las denuncias o querellas que se originen por hechos posiblemente constitutivos de delito

en materia de Propiedad Industrial.

Figura 1. Según cifras proporcionadas por la Alianza Internacional de la Propiedad Intelectual, de 1996 a

2001 en nuestro país se generaron pérdidas de aproximadamente $2,935.5 millones de dólares. Imagen

obtenida del sitio web oficial de la Procuraduría General de la República.

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Integrar, investigar y resolver las averiguaciones previas y actas circunstanciadas que se originaron

por la denuncia o querella presentada por la posible comisión de los delitos antes citados.

Así, en conjunto se busca hacer frente a la delincuencia para proteger a los autores y a los titulares de

derechos de autor.

Cierre de Sesión

Dentro de esta sesión se le dieron al alumno los conocimientos complementarios en cuanto a

procedimientos administrativos tanto de defensa de derechos como de registro de obras. Con esto el

alumno ahora está preparado para poder brindar la atención e información adecuada a sus clientes tanto

en asesoría como en litigio, además de que ya cuenta con los conocimientos necesarios para crear

estrategias o líneas de acción que permitan a sus clientes obtener la protección tanto de sus derechos

morales como patrimoniales por sus obras.

Figura 2: Unidad Especializada en Investigación de Delitos

Contra los Derechos de Autor y la Propiedad Industrial. Imagen

obtenida del sitio web oficial de la Procuraduría General de la

República.

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LECTURA ESENCIAL DE LA SESIÓN DE APRENDIZAJE

CIDAC. (2015). Piratería: Entendiendo el mercado “sombra” en México. Recuperado de:

http://cidac.org/esp/uploads/1/PIRATERIA_Entendiendo_el_mercado_sombra_en_Mexico__1_.pdf

Lectura: 19-50.

MATERIALES COMPLEMENTARIO DE APOYO PARA LA SESIÓN DE APRENDIZAJE.

1. Lectura A: IdConline. (2012). Arbitraje en materia de Derechos de Autor. Recuperado de:

http://www.idconline.com.mx/juridico/2012/02/01/arbitraje-en-materia-de-derechos-de-autor

2. Video B: Aponte, S. (2014). Que no te roben tus canciones, tutorial de registro (México). [Archivo

de video]. Recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=ef67oIz1Quo

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ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE DE LA SESIÓN Para finalizar con la sesión, tendrás que elaborar un video a partir del cual elabores una introducción al

fenómeno de la piratería, mencionando algunas de sus causas y consecuencias, desde el punto de vista

social y cómo esto ha repercutido en el ámbito jurídico, en específico en el dominio de la protección del

Derecho de autor.

Posteriormente será necesario que elabores un análisis del marco legal vigente en esta materia en el

contexto nacional y a partir de ello, en un segundo momento del video, plasmes tu punto de vista respecto

a los puntos fuertes de la ley que deben reforzarse, así como de aquellos que te parezcan insuficientes o

débiles y que por ello deberían replantearse dada la emergencia y diversificación de formas de delinquir

derivadas de las nuevas tecnologías digitales y canales de distribución como Internet.

Finalmente, tendrás que explicar de manera sintética; usando esquemas, diagramas e imágenes; cómo es

el procedimiento para el registro de una obra, así como los aspectos que consideres más relevantes

respecto a los temas de procedimiento de avenencia y arbitraje.

El video que elabores tendrá que tener una duración mínima de 2 minutos y máxima de 6. Por ello, es

importante que organices adecuadamente la información audiovisual que vas a presentar. No olvides hacer

una portada con tus datos escolares, así como citar todas las fuentes de consulta que has utilizado para

elaborar y sustentar la información que presentes.

Para enviar tu actividad, tendrás que guardarla en un formato admisible en la plataforma (.mp4, o .avi), o

enviar el enlace en el que puede reproducirse el video para su revisión desde Internet.

La entrega de esta actividad deberá realizarse durante la semana que está activa la presente sesión,

tendrás que hacer tu envío conforme a las indicaciones que el tutor te señale, por ello no está demás

comentarte que para garantizar una entrega satisfactoria de tus actividades, la mejor opción es acercarte

con él y despejar cualquier duda que tengas al respecto. En caso de que no existan otras indicaciones, usa

el siguiente ejemplo para nombrar y subir tu actividad en la plataforma:

PedroSanchezLopez-DerechosdeAutor-S12-A1.pdf

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RÚBRICA DE EVALUACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE

Elementos del

Video

Excelente Bueno Regular Deficiente

Finalidad Fortalece los conocimientos y

favorece los aprendizajes significativos,

introduce, profundiza o amplía una

temática específica según los

requerimientos.

3.5 puntos

Fortalece los conocimientos

previos, pero es difícil identificar si

introduce, profundiza o amplía una

temática específica.

3.0 puntos

Fortalece los conocimientos

previos, pero no profundiza ni amplía

el tema.

2.5 puntos

No fortalece los conocimientos

previos ni favorece el aprendizaje.

Cero puntos

Organización de las ideas

Captura la atención del público y plantea de forma correcta los conceptos, además de que es fácil de entender el tema.

2.0 puntos

Captura la atención del público, sin

embargo no plantea de forma correcta los

conceptos.

1.5 puntos

Plantea de forma correcta los

conceptos, además de que es fácil de entender el tema, pero no capta la

atención del público.

1.0 puntos

No atrae la atención del público y no plantea de forma

correcta los conceptos.

Cero puntos

Desarrollo de los contenidos solicitados

El video tiene una excelente cronología

y sentido, favoreciendo el

entendimiento de la idea general. Se

desarrollan clara y correctamente cada

uno de los tres momentos

requeridos. El estudiante refleja un excelente manejo de

El video tiene una buena cronología y sentido, favorece el entendimiento de la

idea general. Se desarrollan cada uno

de los tres momentos

requeridos. El estudiante refleja un buen manejo de los

contenidos sin embargo, presenta

El video presenta una cronología y sentido, pero no

favorece totalmente el entendimiento de la idea general. Se

omite uno de los tres momentos

requeridos. El estudiante refleja un regular manejo de los contenidos ya

que presenta varias

El video carece de edición alguna. Los

elementos en el video no son claros. Se omiten dos de los

tres momentos requeridos. El

estudiante refleja un deficiente manejo de

los contenidos ya que presenta

muchos inconsistencias o

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los contenidos y logra

interrelacionarlos acertadamente

usando los recursos audivisuales.

3.5 puntos

unas pocas inconsistencias o incongruencias.

3.0 puntos

inconsistencias o incongruencias.

2.5 puntos

incongruencias.

Cero puntos

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REFERENCIAS DOCUMENTALES Y DE INFORMACIÓN DIGITAL Aponte, S. (2014). Qué no te roben tus canciones, tutorial de registro. [Archivo de video]. Recuperado de:

https://www.youtube.com/watch?v=ef67oIz1Quo

CIDAC. (2015). Piratería: Entendiendo el mercado “sombra” en México. Recuperado de:

http://cidac.org/esp/uploads/1/PIRATERIA_Entendiendo_el_mercado_sombra_en_Mexico__1_.pdf

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (s/f). Ley Federal del Derecho de Autor. Recuperada

de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/122_130116.pdf

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (s/f). Código Penal Federal. Recuperada de:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/9_180716.pdf

IdConline. (2012). Arbitraje en materia de Derechos de Autor. Recuperado de:

http://www.idconline.com.mx/juridico/2012/02/01/arbitraje-en-materia-de-derechos-de-autor

INDAUTOR. (2016). Arbitraje. Recuperado de:

http://www.indautor.gob.mx/documentos_general/Juridico.pdf

INDAUTOR. (2016). Jurídico. Recuperado de:

http://www.indautor.gob.mx/documentos_general/Juridico.pdf

INDAUTOR. (2016). Registro de obras. Recuperado de:

http://www.indautor.gob.mx/formatos/registro/registro_obras.html