derecho civil

1
Derecho civil: Conjunto de normas jurídicas y principios del derecho que regulan las relaciones personales o patrimoniales, voluntarias o forzosas, entre personas privadas o públicas, tanto físicas como jurídicas, de carácter privado y público, o incluso entre las últimas, siempre que actúen desprovistas de imperium o auto tutela. Se puede definir también, en términos generales, como el compendio de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones patrimoniales y vínculos subjetivos de las personas, considerándolas como sujetos de derecho, o como aquel que rige al ser humano como tal, sin consideración a sus actividades peculiares (que dan lugar a otras ramas especializadas del Derecho, como el mercantil o el laboral). Es el que regula sus relaciones con sus semejantes y con el Estado, cuando este actúa en su carácter de simple persona jurídica y en tanto esas relaciones tengan por objeto satisfacer necesidades de carácter genéricamente humanas. Derecho Civil contrato En nuestro derecho civil la fuente principalísima de las obligaciones es el contrato por que es el acto jurídico de mas frecuente celebración y de mayor importancia en la vida económica. Las demás fuentes reconocidas como fuentes de las obligaciones son: el delito, el cuasi delito y el cuasi contrato.- El contrato es un acto jurídico bilateral y patrimonial en el cual dos partes formulan una declaración de voluntad común.

Upload: marytere88

Post on 03-Oct-2015

218 views

Category:

Documents


1 download

DESCRIPTION

La persona física tiene capacidad de derecho desde su concepción, para adquirir bienes por herencia, donación o legado con la sola condición de nacer con vida aunque fuere por instantes después de estar separado del seno materno

TRANSCRIPT

Derecho civil:Conjunto denormas jurdicasyprincipiosdel derecho que regulan las relaciones personales opatrimoniales, voluntarias o forzosas, entrepersonasprivadas o pblicas, tanto fsicascomojurdicas, de carcter privado y pblico, o incluso entre las ltimas, siempre que acten desprovistas deimperiumo auto tutela.Se puede definir tambin, en trminos generales, como el compendio de principios y normas jurdicas que regulan las relaciones patrimoniales y vnculos subjetivos de las personas, considerndolas como sujetos de derecho, o como aquel que rige al ser humano como tal, sin consideracin a sus actividades peculiares (que dan lugar a otras ramas especializadas del Derecho, como elmercantilo ellaboral). Es el que regula sus relaciones con sus semejantes y con elEstado, cuando este acta en su carcter de simple persona jurdica y en tanto esas relaciones tengan por objeto satisfacer necesidades de carcter genricamente humanas.

Derecho Civil contratoEn nuestro derecho civil la fuente principalsima de las obligaciones es el contrato por que es el acto jurdico de mas frecuente celebracin y de mayor importancia en la vida econmica.Las dems fuentes reconocidas como fuentes de las obligaciones son: el delito, el cuasi delito y el cuasi contrato.-El contrato es un acto jurdico bilateral y patrimonial en el cual dos partes formulan una declaracin de voluntad comn.