derecho administrativo

10
10)- CENTRALIZACIÓN: las decisiones importantes las toman los órganos superiores o entes centrales de la Administración, mientras que sus órganos inferiores están subordinados jerárquicamente a aquellos. -los administrados no tienen un fácil acceso a la administración. DESCENTRALIZACIÓN: Implica que la competencia se ha atribuido a un nuevo ente separado de la administración central, dotado de personalidad jurídica propia, y constituido por órganos propios que expresan la voluntad de ese ente. DESCONCENTRACIÓN: Implica que se han atribuido partes de competencia a órganos inferiores, pero siempre dentro de la misma organización o del mismo ente estatal. 11)- el órgano forma parte del Estado (persona jurídica pública estatal) y aunque no es sujeto de derecho (no tiene personalidad jurídica) tiene potestades para actuaren el mundo jurídico. Los órganos administrativos emanan directamente de la Constitución Nacional, es decir, aparecen expresamente indicados, tales como el presidente de la república, mientras que los entes administrativos se crean en el marco de las Leyes dictadas en desarrollo directo de la Constitución o por un órgano superior, como un Ministerio, para el funcionamiento de la administración pública. Teoría del Órgano: en dicha teoría el órgano forma parte del Estado (persona jurídica pública estatal) y aunque no es sujeto de derecho (no tiene personalidad jurídica) tiene potestades para actuar en el mundo jurídico. En lugar de haber 2 sujetos con voluntades diferentes (mandatarios y mandante en la 1era: representantes y representado en la 2da) hay una misma voluntad, ya que el órgano forma parte del ente.

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Page 1: Derecho Administrativo

10)- CENTRALIZACIOacuteN las decisiones importantes las toman los oacuterganos superiores o entes centrales de la Administracioacuten mientras que sus oacuterganos inferiores estaacuten subordinados jeraacuterquicamente a aquellos -los administrados no tienen un faacutecil acceso a la administracioacuten

DESCENTRALIZACIOacuteN Implica que la competencia se ha atribuido a un nuevo ente separado de la administracioacuten central dotado de personalidad juriacutedica propia y constituido por oacuterganos propios que expresan la voluntad de ese ente

DESCONCENTRACIOacuteN Implica que se han atribuido partes de competencia a oacuterganos inferiores pero siempre dentro de la misma organizacioacuten o del mismo ente estatal

11)- el oacutergano forma parte del Estado (persona juriacutedica puacuteblica estatal) y aunque no es sujeto de derecho (no tiene personalidad juriacutedica) tiene potestades para actuaren el mundo juriacutedico

Los oacuterganos administrativos emanan directamente de la Constitucioacuten Nacional es decir aparecen expresamente indicados tales como el presidente de la repuacuteblica mientras que los entes administrativos se crean en el marco de las Leyes dictadas en desarrollo directo de la Constitucioacuten o por un oacutergano superior como un Ministerio para el funcionamiento de la administracioacuten puacuteblica

Teoriacutea del Oacutergano en dicha teoriacutea el oacutergano forma parte del Estado (persona juriacutedica puacuteblica estatal) y aunque no es sujeto de derecho (no tiene personalidad juriacutedica) tiene potestades para actuar en el mundo juriacutedico En lugar de haber 2 sujetos con voluntades diferentes (mandatarios y mandante en la 1era representantes y representado en la 2da) hay una misma voluntad ya que el oacutergano forma parte del ente

Esta teoriacutea nos dice que el oacutergano integra es parte de la organizacioacuten y de la - estructura de la persona juriacutedica (Estado) y por eso cuando aqueacutel actuacutea es como si lo hiciera este uacuteltimo sin necesidad de representacioacuten alguna porque son la misma cosa

En el Fallo Vadell c Prov De Bs As la Corte dijo que los actos de los funcionarios del Estado y sus oacuterganos realizados para cumplir el fin de las entidades de que dependen Se Consideran propios del listado y por lo tanto eacuteste es responsable directamente por todo dantildeo que causen

12)- llamamos entidades descentralizadas a los entes que poseen con personalidad juriacutedica tambieacuten de caraacutecter puacuteblico y estatal pero propia separada de la persona puacuteblica Estado a la cual unen sin embargo lazos de tutela y de garantiacutea de sus actos frente a los particulares o administrados

Seguacuten el Dr Juan Carlos Cassagne las entidades autaacuterquicas constituyen una especie de entidades descentralizadas con lo cual pueden ser creadas tanto por medio de una ley formal como por un decreto siempre que no nos encontremos en las atribuciones exclusivas al Poder Legislativo conforme reza nuestra Carta Magna-

13) Los entes puacuteblicos no estatales son aquellos que tienen un fin de intereacutes puacuteblico no son desempentildeadas por funcionarios puacuteblicos y el Estado controla su actividad aunque no pertenecen a eacutel ejemplo iglesia catoacutelica Asociaciones de profesionales

14)- Para poder realizar esas funciones y los cometidos estatales que a ellas se adscriben resulta necesario que la Administracioacuten Puacuteblica disponga de ldquopoderesrdquo o prerrogativas para cumplir integralmente con los fines de bien comuacuten que persigue el Estado Tales ldquopoderesrdquo se denominan ldquopotestadesrdquo

La potestad estatal consiste en consecuencia en un ldquopoder de actuacioacutenrdquo que ejercitaacutendose de acuerdo con el ordenamiento juriacutedico puede generar situaciones juriacutedicas que obliguen a otros sujetos Existen diversas especies de potestades de la Administracioacuten Reglamentaria de mando o imperativa sancionadora ejecutiva o jurisdiccional

La potestad reglamentaria consiste baacutesicamente en la aptitud del Poder Ejecutivo y en general de la Administracioacuten Puacuteblica que habilita a emitir actos de alcance general que traducen la institucioacuten de situaciones generales objetivas y obligatorias

La potestad de mando o imperativa se vincula a la posibilidad de dictar oacuterdenes revestidas de imperium que alcanza su expresioacuten maacutexima en el Poder Ejecutivo

Si se tiene en cuenta el poder disciplinario (interno) o el correctivo (externo) la potestad se denomina sancionadora aunque debe reconocerse que constituye en realidad un complemento de la potestad imperativa

La necesidad de ejecutar los actos que emanan de las anteriores potestades explica y justifica la idea de una ldquopotestad ejecutivardquo o de ejecucioacuten que se traduce en diversos actos de tutela o proteccioacuten de coaccioacuten forzosa de gestioacuten econoacutemica de vigilancia de gracia o dispensa etc

En cuanto a la potestad jurisdiccional ella puede definirse esencialmente en la facultad de decidir controversias con fuerza de verdad legal por cuyo motivo si bien se la admite su ejercicio es excepcional en virtud de tratarse de la funcioacuten que la Constitucioacuten Nacional atribuye predominantemente a los jueces

Las potestades se originan en la ley material y son inalienables intransmisibles o irrenunciables

15) La funcioacuten administrativa Se exterioriza a traveacutes de diferentes formas

1- REGLAMENTO ADMINISTRATIVO declaracioacuten unilateral que causa efectos Juriacutedicos generales en forma directa

2- SIMPLE ACTO DE LA ADMINISTRACIOacuteN declaracioacuten unilateral interna o entre oacuterganos que causa efectos juriacutedicos individuales en forma indirecta

3- HECHOS ADMINISTRATIVOS comportamiento fiacutesico que realiza la Administracioacuten para ejecutar el acto administrativo (hacer lo que dice el acto) Ej la actividad que realiza un oacutergano de la Administracioacuten para ejecutar un acto administrativo como demoler un edificio que se estaacute por caer

4- CONTRATO ADMINISTRATIVO declaracioacuten bilateral que causa efectos juriacutedicos entre dos o maacutes personas de las cuales una estaacute en ejercicio de la funcioacuten administrativa

5- ACTO ADMINISTRATIVO declaracioacuten unilateral que produce efectos juriacutedicos individuales en forma directa Ejemplos son actos administrativos una autorizacioacuten una aprobacioacuten un permiso una concesioacuten una renuncia una admisioacuten

16)- Seguacuten Cassagne el acto administrativo es toda declaracioacuten de un oacutergano del Estado en ejercicio de la funcioacuten administrativa caracterizada por un reacutegimen juriacutedico exhorbitante del derecho privado que genero efectos juriacutedicos individuales directos con relacioacuten a terceros

Para este autor son actos administrativos tambieacuten los contratos (ya que habla de efectos individuales directos) pero no lo son los reglamentos ni los dictaacutemenes y el sujeto que los emite es la autoridad u oacutergano estatal (los puacuteblicos no estatales no)

Caracteriacutesticas del acto administrativo (art 12 ley 19549)

- presuncioacuten de legitimidad - Se presume que el acto emanado de autoridad administrativa es legiacutetimo es decir que fue dictado de acuerdo con el

ordenamiento juriacutedico vigente Es una presuncioacuten iuris tantum no puede discutirse su legitimidad salvo prueba en contrario

-ejecutoriedad - ES la facultad de la Administracioacuten de disponer que se realice o cumpla con el acto por medios propios sin la intervencioacuten de un juez para que su actividad sea eficaz

-Impugnabilidad aunque el acto tiene ejecutoriedad la administracioacuten puede suspender dicha ejecucioacuten si afecta al intereacutes puacuteblico o causa un grave perjuicio al administrado o que el acto tiene una nulidad absoluta

-Estabilidad el acto una vez que el juez competente le dicta sentencia definitiva goza de validez y permanencia y no puede ser revocado ni por el oacutergano administrativo que lo creoacute

-retroactividad (art 13) el acto administrativo tiene efectos retroactivos en algunas oportunidades- cuando con ella no se lesionen derechos adquiridos- cuando se favorezca al administrado sin perjudicar a 3ros- cuando el acto se dictoacute especialmente para sustituir a otro acto revocado- cuando se subsana un acto anulable (porque si no en vez de sanar se estariacutea creando un acto nuevo)- cuando la retroactividad la ordena una ley de orden puacuteblico o estaacute pactada contractualmentePara el resto de los casos rige la irretroactividad es decir que toda conducta rige para el futuro por seguridad juriacutedica

17) Los elementos pueden ser de dos clases

I- ESENCIALES (arts 7 y 8 ley 19549 ley de procedimientos administrativos) Si al acto le faltan estos requisitos o si estaacuten pero viciados es nulo de nulidad absoluta (no pueden subsanarse y entonces vuelve todo a la situacioacuten anterior como si nunca hubiera existido dicho acto) Los elementos esenciales son competencia causa objeto forma finalidad motivacioacuten procedimiento

II- ACCIDENTALES sirven para ampliar o restringir el contenido del acto y son plazo modo y condicioacuten

COMPETENCIA - ES la atribucioacuten funcional (aptitud legal) que se le da a un oacutergano o autoridad para crear actos administrativos Es el conjunto) de funciones y facultades atribuidas a un oacutergano el cual es representado por un funcionario que debe tener dicha competencia Entonces Subjetivamente es la aptitud para actuar

Objetivamente es el conjunto de funciones que ejerce un oacutergano La competencia surge de una norma y es irrenunciable (es decir es obligatoria

porque tiene en mira el intereacutes puacuteblico) inderogable e improrrogable (excepcioacuten cuando estuviese permitida la delegacioacuten o avocacioacuten de funciones que luego veremos)

CAUSA Son los antecedentes o circunstancias que llevaron a que se dicte el acto administrativo Al acto le falta la causa cuando los hechos y el derecho invocados no existen o son falsos o cuando se viola la ley aplicable las formas o la finalidad

OBJETO Es el contenido del acto y seguacuten Cassagne es lo que el acto certifica decide u opina a traveacutes de la declaracioacuten pertinente Es la resolucioacuten que toma la administracioacuten para un caso concreto el contenido del acto lo que decide en el acto basaacutendose en su causa y motivo

MOTIVACION Todo acto administrativo tiene que tener una razoacuten para ser emitido un motivo expresado en forma concreta porque la Administracioacuten no puede obrar arbitrariamente

La motivacioacuten es como la exteriorizacioacuten de la causa (expresar cuales son los hechos y el derecho que originaron el acto) y su falta podriacutea dar lugar a considerar que la administracioacuten actuoacute arbitrariamente al dictar dicho acto

La motivacioacuten del acto protege los derechos de los administrados (porque le permite contener las razones de la emisioacuten del acto en cuestioacuten) y controla su legalidad

FINALIDAD - El acto administrativo debe tener una finalidad surgida de las normas que le dan al oacutergano las facultades de emitirlo

Las medidas que decrete el acto deben ser proporcionales a dicha finalidad la cual debe tener siempre como meta satisfacer necesidades e intereses puacuteblicos

Es decir que ademaacutes de la finalidad especiacutefica que le corresponde a cada acto en particular todos deben perseguir la finalidad puacuteblica (ej dictar un acto disolviendo un piquete tumultuoso tiene como finalidad proteger la paz puacuteblica)

Cuando se otorga competencia a un oacutergano para un tema especiacutefico dicho oacutergano no debe apartarse de la finalidad perseguida por el Estado al otorgar competencia

PROCEDIMIENTOS Son los pasos que deben darse antes de emitir el acto es decir las formalidades esenciales que debe tener seguacuten la ley Los pasos posteriores a la emisioacuten del acto estaacuten detallados en el art H y se denominan forma

FORMA Son los pasos posteriores ai dictado del acto necesarios para que el administrado pueda conocerlo Es el modo coacutemo se instrumenta y se da a conocer la voluntad administrativa

II- ELEMENTOS ACCESORIOS O ACCIDENTALES

-PLAZO Determina un periacuteodo en que el acto empieza o termina de producir efectos juriacutedicos

-CONDICIOacuteN E S el acontecimiento futuro e incierto (ya que puede suceder o no) que tiene por efecto subordinar el nacimiento o la extincioacuten de acto administrativo a que se cumpla dicha condicioacuten

MODO Es la obligacioacuten o carga que debe cumplir el administradoVoluntad de la administracioacuten (art 14 inc a) iquestEs un elemento- La doctrina entiende que la voluntad administrativa de la que habla el art 14 inc a) no es un elemento del acto administrativo sino un presupuesto para su validez que debe estar presente -antes de que exista el acto- en cada uno de sus elementos

19)- Criterios de distincioacuten entre ldquocontratos administrativosrdquo y ldquocontratos de derecho comuacuten de la administracioacutenrdquo1048576 El criterio seguacuten el cual para que un contrato sea administrativo una de las partes debe ser la administracioacuten para Marienhoff no es adecuado La presencia de la administracioacuten es un presupuesto del contrato administrativo1048576 Otro criterio es el de la determinacioacuten legislativa que puede ser directa o indirecta (estableciendo la competencia de los tribunales contencioso administrativos)1048576 Para otros el contrato se debe considerar administrativo o de derecho comuacuten seguacuten se prescriba que el oacutergano jurisdiccional habilitado para resolver las controversias sea el contencioso administrativo o el ordinario A este criterio Marienhoff contesta que la jurisdiccioacuten competente es consecuencia de la naturaleza del contrato (y no al reveacutes)1048576 Seguacuten otro criterio sostiene que la simple calificacioacuten de las partes es idoacutenea para atribuirle a un contrato el caraacutecter administrativo y que todo depende de la iacutendole del objeto del contrato o de las caracteriacutesticas que eacuteste ofrezca1048576 Se ha sostenido que el caraacutecter administrativo de un contrato deriva de la voluntad de las partes de someterse a un reacutegimen juriacutedico especial de derecho puacuteblico1048576 Otra postura afirma que el caraacutecter administrativo de un contrato deriva de la circunstancia de que la facultad para llevarlo a cabo surja de una ley ndashl ato sensundash administrativa efectivamente civil puesto que su objeto no es maacutes que dar competencia a una persona ideal para llevar a cabo el acto1048576 Otro criterio consiste en considerar contrato administrativo a aquel que involucre ciertas prerrogativas para la administracioacuten que se manifiestan en las llamadas claacuteusulas exorbitantes del derecho privado Dichas claacuteusulas pueden ser expresas o especiacuteficas

1048576 Seguacuten otro criterio el contrato es administrativo cuando su objeto sea el servicio puacuteblico o una prestacioacuten de utilidad puacuteblica Este criterio no basta por siacute solo para calificar el contrato pues las funciones del Estado susceptibles de ser materia contractual no se agotan en el servicio puacuteblico Marienhoff opina que los contratos de la administracioacuten pueden ser ldquoadministrativosrdquo stricto sensu por dos razones por su objeto en cuyo caso aparejan claacuteusulas virtuales o impliacutecitas exorbitantes del derecho privado o cuando no siendo de ldquoadministrativosrdquo por su objeto contengan claacuteusulas expresas exorbitantes del derecho privadoLa diferencia entre el contrato administrativo y el de derecho comuacuten de la administracioacuten es exclusivamente objetiva y no subjetiva pues en ambos casos el ente administrativo que actuacutea es o puede ser el mismoEn lo referente al reacutegimen juriacutedico sustantivo el contrato de derecho comuacuten de la administracioacuten se rige por las normas del derecho privado mientras que el contrato administrativo se rige por el derecho puacuteblicoLa jurisdiccioacuten competente es la contencioso administrativa o la civil o comercial seguacuten el contrato sea administrativo o de derecho comuacutenEl recurso jeraacuterquico no procede respecto a actos relacionados con contratos de derecho comuacuten de la administracioacuten pues tal recurso soacutelo es procedente con relacioacuten a actos administrativos Con relacioacuten a los contratos de derecho comuacuten soacutelo es admisible la demanda ordinaria En cambio con respecto a los contratos administrativos es admisible el recurso jeraacuterquico y si la resolucioacuten a que da origen es adversa al administrado queda habilitada la viacutea judicial

20)- Clasificacioacuten de los contratos administrativos Contratos administrativos por razoacuten de su objeto o por contener claacuteusulas exorbitantes expresas Contratos de atribucioacuten (cuyo objeto es conferirle ventajas a los administrados) o de colaboracioacuten (en el cual el administrado se obliga hacia el Estado a realizar una actividad que directa e inmediatamente tiende a facilitar el cumplimiento de las funciones especiacuteficas o esenciales del Estado) Contratos administrativos nominados o innominados

Page 2: Derecho Administrativo

12)- llamamos entidades descentralizadas a los entes que poseen con personalidad juriacutedica tambieacuten de caraacutecter puacuteblico y estatal pero propia separada de la persona puacuteblica Estado a la cual unen sin embargo lazos de tutela y de garantiacutea de sus actos frente a los particulares o administrados

Seguacuten el Dr Juan Carlos Cassagne las entidades autaacuterquicas constituyen una especie de entidades descentralizadas con lo cual pueden ser creadas tanto por medio de una ley formal como por un decreto siempre que no nos encontremos en las atribuciones exclusivas al Poder Legislativo conforme reza nuestra Carta Magna-

13) Los entes puacuteblicos no estatales son aquellos que tienen un fin de intereacutes puacuteblico no son desempentildeadas por funcionarios puacuteblicos y el Estado controla su actividad aunque no pertenecen a eacutel ejemplo iglesia catoacutelica Asociaciones de profesionales

14)- Para poder realizar esas funciones y los cometidos estatales que a ellas se adscriben resulta necesario que la Administracioacuten Puacuteblica disponga de ldquopoderesrdquo o prerrogativas para cumplir integralmente con los fines de bien comuacuten que persigue el Estado Tales ldquopoderesrdquo se denominan ldquopotestadesrdquo

La potestad estatal consiste en consecuencia en un ldquopoder de actuacioacutenrdquo que ejercitaacutendose de acuerdo con el ordenamiento juriacutedico puede generar situaciones juriacutedicas que obliguen a otros sujetos Existen diversas especies de potestades de la Administracioacuten Reglamentaria de mando o imperativa sancionadora ejecutiva o jurisdiccional

La potestad reglamentaria consiste baacutesicamente en la aptitud del Poder Ejecutivo y en general de la Administracioacuten Puacuteblica que habilita a emitir actos de alcance general que traducen la institucioacuten de situaciones generales objetivas y obligatorias

La potestad de mando o imperativa se vincula a la posibilidad de dictar oacuterdenes revestidas de imperium que alcanza su expresioacuten maacutexima en el Poder Ejecutivo

Si se tiene en cuenta el poder disciplinario (interno) o el correctivo (externo) la potestad se denomina sancionadora aunque debe reconocerse que constituye en realidad un complemento de la potestad imperativa

La necesidad de ejecutar los actos que emanan de las anteriores potestades explica y justifica la idea de una ldquopotestad ejecutivardquo o de ejecucioacuten que se traduce en diversos actos de tutela o proteccioacuten de coaccioacuten forzosa de gestioacuten econoacutemica de vigilancia de gracia o dispensa etc

En cuanto a la potestad jurisdiccional ella puede definirse esencialmente en la facultad de decidir controversias con fuerza de verdad legal por cuyo motivo si bien se la admite su ejercicio es excepcional en virtud de tratarse de la funcioacuten que la Constitucioacuten Nacional atribuye predominantemente a los jueces

Las potestades se originan en la ley material y son inalienables intransmisibles o irrenunciables

15) La funcioacuten administrativa Se exterioriza a traveacutes de diferentes formas

1- REGLAMENTO ADMINISTRATIVO declaracioacuten unilateral que causa efectos Juriacutedicos generales en forma directa

2- SIMPLE ACTO DE LA ADMINISTRACIOacuteN declaracioacuten unilateral interna o entre oacuterganos que causa efectos juriacutedicos individuales en forma indirecta

3- HECHOS ADMINISTRATIVOS comportamiento fiacutesico que realiza la Administracioacuten para ejecutar el acto administrativo (hacer lo que dice el acto) Ej la actividad que realiza un oacutergano de la Administracioacuten para ejecutar un acto administrativo como demoler un edificio que se estaacute por caer

4- CONTRATO ADMINISTRATIVO declaracioacuten bilateral que causa efectos juriacutedicos entre dos o maacutes personas de las cuales una estaacute en ejercicio de la funcioacuten administrativa

5- ACTO ADMINISTRATIVO declaracioacuten unilateral que produce efectos juriacutedicos individuales en forma directa Ejemplos son actos administrativos una autorizacioacuten una aprobacioacuten un permiso una concesioacuten una renuncia una admisioacuten

16)- Seguacuten Cassagne el acto administrativo es toda declaracioacuten de un oacutergano del Estado en ejercicio de la funcioacuten administrativa caracterizada por un reacutegimen juriacutedico exhorbitante del derecho privado que genero efectos juriacutedicos individuales directos con relacioacuten a terceros

Para este autor son actos administrativos tambieacuten los contratos (ya que habla de efectos individuales directos) pero no lo son los reglamentos ni los dictaacutemenes y el sujeto que los emite es la autoridad u oacutergano estatal (los puacuteblicos no estatales no)

Caracteriacutesticas del acto administrativo (art 12 ley 19549)

- presuncioacuten de legitimidad - Se presume que el acto emanado de autoridad administrativa es legiacutetimo es decir que fue dictado de acuerdo con el

ordenamiento juriacutedico vigente Es una presuncioacuten iuris tantum no puede discutirse su legitimidad salvo prueba en contrario

-ejecutoriedad - ES la facultad de la Administracioacuten de disponer que se realice o cumpla con el acto por medios propios sin la intervencioacuten de un juez para que su actividad sea eficaz

-Impugnabilidad aunque el acto tiene ejecutoriedad la administracioacuten puede suspender dicha ejecucioacuten si afecta al intereacutes puacuteblico o causa un grave perjuicio al administrado o que el acto tiene una nulidad absoluta

-Estabilidad el acto una vez que el juez competente le dicta sentencia definitiva goza de validez y permanencia y no puede ser revocado ni por el oacutergano administrativo que lo creoacute

-retroactividad (art 13) el acto administrativo tiene efectos retroactivos en algunas oportunidades- cuando con ella no se lesionen derechos adquiridos- cuando se favorezca al administrado sin perjudicar a 3ros- cuando el acto se dictoacute especialmente para sustituir a otro acto revocado- cuando se subsana un acto anulable (porque si no en vez de sanar se estariacutea creando un acto nuevo)- cuando la retroactividad la ordena una ley de orden puacuteblico o estaacute pactada contractualmentePara el resto de los casos rige la irretroactividad es decir que toda conducta rige para el futuro por seguridad juriacutedica

17) Los elementos pueden ser de dos clases

I- ESENCIALES (arts 7 y 8 ley 19549 ley de procedimientos administrativos) Si al acto le faltan estos requisitos o si estaacuten pero viciados es nulo de nulidad absoluta (no pueden subsanarse y entonces vuelve todo a la situacioacuten anterior como si nunca hubiera existido dicho acto) Los elementos esenciales son competencia causa objeto forma finalidad motivacioacuten procedimiento

II- ACCIDENTALES sirven para ampliar o restringir el contenido del acto y son plazo modo y condicioacuten

COMPETENCIA - ES la atribucioacuten funcional (aptitud legal) que se le da a un oacutergano o autoridad para crear actos administrativos Es el conjunto) de funciones y facultades atribuidas a un oacutergano el cual es representado por un funcionario que debe tener dicha competencia Entonces Subjetivamente es la aptitud para actuar

Objetivamente es el conjunto de funciones que ejerce un oacutergano La competencia surge de una norma y es irrenunciable (es decir es obligatoria

porque tiene en mira el intereacutes puacuteblico) inderogable e improrrogable (excepcioacuten cuando estuviese permitida la delegacioacuten o avocacioacuten de funciones que luego veremos)

CAUSA Son los antecedentes o circunstancias que llevaron a que se dicte el acto administrativo Al acto le falta la causa cuando los hechos y el derecho invocados no existen o son falsos o cuando se viola la ley aplicable las formas o la finalidad

OBJETO Es el contenido del acto y seguacuten Cassagne es lo que el acto certifica decide u opina a traveacutes de la declaracioacuten pertinente Es la resolucioacuten que toma la administracioacuten para un caso concreto el contenido del acto lo que decide en el acto basaacutendose en su causa y motivo

MOTIVACION Todo acto administrativo tiene que tener una razoacuten para ser emitido un motivo expresado en forma concreta porque la Administracioacuten no puede obrar arbitrariamente

La motivacioacuten es como la exteriorizacioacuten de la causa (expresar cuales son los hechos y el derecho que originaron el acto) y su falta podriacutea dar lugar a considerar que la administracioacuten actuoacute arbitrariamente al dictar dicho acto

La motivacioacuten del acto protege los derechos de los administrados (porque le permite contener las razones de la emisioacuten del acto en cuestioacuten) y controla su legalidad

FINALIDAD - El acto administrativo debe tener una finalidad surgida de las normas que le dan al oacutergano las facultades de emitirlo

Las medidas que decrete el acto deben ser proporcionales a dicha finalidad la cual debe tener siempre como meta satisfacer necesidades e intereses puacuteblicos

Es decir que ademaacutes de la finalidad especiacutefica que le corresponde a cada acto en particular todos deben perseguir la finalidad puacuteblica (ej dictar un acto disolviendo un piquete tumultuoso tiene como finalidad proteger la paz puacuteblica)

Cuando se otorga competencia a un oacutergano para un tema especiacutefico dicho oacutergano no debe apartarse de la finalidad perseguida por el Estado al otorgar competencia

PROCEDIMIENTOS Son los pasos que deben darse antes de emitir el acto es decir las formalidades esenciales que debe tener seguacuten la ley Los pasos posteriores a la emisioacuten del acto estaacuten detallados en el art H y se denominan forma

FORMA Son los pasos posteriores ai dictado del acto necesarios para que el administrado pueda conocerlo Es el modo coacutemo se instrumenta y se da a conocer la voluntad administrativa

II- ELEMENTOS ACCESORIOS O ACCIDENTALES

-PLAZO Determina un periacuteodo en que el acto empieza o termina de producir efectos juriacutedicos

-CONDICIOacuteN E S el acontecimiento futuro e incierto (ya que puede suceder o no) que tiene por efecto subordinar el nacimiento o la extincioacuten de acto administrativo a que se cumpla dicha condicioacuten

MODO Es la obligacioacuten o carga que debe cumplir el administradoVoluntad de la administracioacuten (art 14 inc a) iquestEs un elemento- La doctrina entiende que la voluntad administrativa de la que habla el art 14 inc a) no es un elemento del acto administrativo sino un presupuesto para su validez que debe estar presente -antes de que exista el acto- en cada uno de sus elementos

19)- Criterios de distincioacuten entre ldquocontratos administrativosrdquo y ldquocontratos de derecho comuacuten de la administracioacutenrdquo1048576 El criterio seguacuten el cual para que un contrato sea administrativo una de las partes debe ser la administracioacuten para Marienhoff no es adecuado La presencia de la administracioacuten es un presupuesto del contrato administrativo1048576 Otro criterio es el de la determinacioacuten legislativa que puede ser directa o indirecta (estableciendo la competencia de los tribunales contencioso administrativos)1048576 Para otros el contrato se debe considerar administrativo o de derecho comuacuten seguacuten se prescriba que el oacutergano jurisdiccional habilitado para resolver las controversias sea el contencioso administrativo o el ordinario A este criterio Marienhoff contesta que la jurisdiccioacuten competente es consecuencia de la naturaleza del contrato (y no al reveacutes)1048576 Seguacuten otro criterio sostiene que la simple calificacioacuten de las partes es idoacutenea para atribuirle a un contrato el caraacutecter administrativo y que todo depende de la iacutendole del objeto del contrato o de las caracteriacutesticas que eacuteste ofrezca1048576 Se ha sostenido que el caraacutecter administrativo de un contrato deriva de la voluntad de las partes de someterse a un reacutegimen juriacutedico especial de derecho puacuteblico1048576 Otra postura afirma que el caraacutecter administrativo de un contrato deriva de la circunstancia de que la facultad para llevarlo a cabo surja de una ley ndashl ato sensundash administrativa efectivamente civil puesto que su objeto no es maacutes que dar competencia a una persona ideal para llevar a cabo el acto1048576 Otro criterio consiste en considerar contrato administrativo a aquel que involucre ciertas prerrogativas para la administracioacuten que se manifiestan en las llamadas claacuteusulas exorbitantes del derecho privado Dichas claacuteusulas pueden ser expresas o especiacuteficas

1048576 Seguacuten otro criterio el contrato es administrativo cuando su objeto sea el servicio puacuteblico o una prestacioacuten de utilidad puacuteblica Este criterio no basta por siacute solo para calificar el contrato pues las funciones del Estado susceptibles de ser materia contractual no se agotan en el servicio puacuteblico Marienhoff opina que los contratos de la administracioacuten pueden ser ldquoadministrativosrdquo stricto sensu por dos razones por su objeto en cuyo caso aparejan claacuteusulas virtuales o impliacutecitas exorbitantes del derecho privado o cuando no siendo de ldquoadministrativosrdquo por su objeto contengan claacuteusulas expresas exorbitantes del derecho privadoLa diferencia entre el contrato administrativo y el de derecho comuacuten de la administracioacuten es exclusivamente objetiva y no subjetiva pues en ambos casos el ente administrativo que actuacutea es o puede ser el mismoEn lo referente al reacutegimen juriacutedico sustantivo el contrato de derecho comuacuten de la administracioacuten se rige por las normas del derecho privado mientras que el contrato administrativo se rige por el derecho puacuteblicoLa jurisdiccioacuten competente es la contencioso administrativa o la civil o comercial seguacuten el contrato sea administrativo o de derecho comuacutenEl recurso jeraacuterquico no procede respecto a actos relacionados con contratos de derecho comuacuten de la administracioacuten pues tal recurso soacutelo es procedente con relacioacuten a actos administrativos Con relacioacuten a los contratos de derecho comuacuten soacutelo es admisible la demanda ordinaria En cambio con respecto a los contratos administrativos es admisible el recurso jeraacuterquico y si la resolucioacuten a que da origen es adversa al administrado queda habilitada la viacutea judicial

20)- Clasificacioacuten de los contratos administrativos Contratos administrativos por razoacuten de su objeto o por contener claacuteusulas exorbitantes expresas Contratos de atribucioacuten (cuyo objeto es conferirle ventajas a los administrados) o de colaboracioacuten (en el cual el administrado se obliga hacia el Estado a realizar una actividad que directa e inmediatamente tiende a facilitar el cumplimiento de las funciones especiacuteficas o esenciales del Estado) Contratos administrativos nominados o innominados

Page 3: Derecho Administrativo

En cuanto a la potestad jurisdiccional ella puede definirse esencialmente en la facultad de decidir controversias con fuerza de verdad legal por cuyo motivo si bien se la admite su ejercicio es excepcional en virtud de tratarse de la funcioacuten que la Constitucioacuten Nacional atribuye predominantemente a los jueces

Las potestades se originan en la ley material y son inalienables intransmisibles o irrenunciables

15) La funcioacuten administrativa Se exterioriza a traveacutes de diferentes formas

1- REGLAMENTO ADMINISTRATIVO declaracioacuten unilateral que causa efectos Juriacutedicos generales en forma directa

2- SIMPLE ACTO DE LA ADMINISTRACIOacuteN declaracioacuten unilateral interna o entre oacuterganos que causa efectos juriacutedicos individuales en forma indirecta

3- HECHOS ADMINISTRATIVOS comportamiento fiacutesico que realiza la Administracioacuten para ejecutar el acto administrativo (hacer lo que dice el acto) Ej la actividad que realiza un oacutergano de la Administracioacuten para ejecutar un acto administrativo como demoler un edificio que se estaacute por caer

4- CONTRATO ADMINISTRATIVO declaracioacuten bilateral que causa efectos juriacutedicos entre dos o maacutes personas de las cuales una estaacute en ejercicio de la funcioacuten administrativa

5- ACTO ADMINISTRATIVO declaracioacuten unilateral que produce efectos juriacutedicos individuales en forma directa Ejemplos son actos administrativos una autorizacioacuten una aprobacioacuten un permiso una concesioacuten una renuncia una admisioacuten

16)- Seguacuten Cassagne el acto administrativo es toda declaracioacuten de un oacutergano del Estado en ejercicio de la funcioacuten administrativa caracterizada por un reacutegimen juriacutedico exhorbitante del derecho privado que genero efectos juriacutedicos individuales directos con relacioacuten a terceros

Para este autor son actos administrativos tambieacuten los contratos (ya que habla de efectos individuales directos) pero no lo son los reglamentos ni los dictaacutemenes y el sujeto que los emite es la autoridad u oacutergano estatal (los puacuteblicos no estatales no)

Caracteriacutesticas del acto administrativo (art 12 ley 19549)

- presuncioacuten de legitimidad - Se presume que el acto emanado de autoridad administrativa es legiacutetimo es decir que fue dictado de acuerdo con el

ordenamiento juriacutedico vigente Es una presuncioacuten iuris tantum no puede discutirse su legitimidad salvo prueba en contrario

-ejecutoriedad - ES la facultad de la Administracioacuten de disponer que se realice o cumpla con el acto por medios propios sin la intervencioacuten de un juez para que su actividad sea eficaz

-Impugnabilidad aunque el acto tiene ejecutoriedad la administracioacuten puede suspender dicha ejecucioacuten si afecta al intereacutes puacuteblico o causa un grave perjuicio al administrado o que el acto tiene una nulidad absoluta

-Estabilidad el acto una vez que el juez competente le dicta sentencia definitiva goza de validez y permanencia y no puede ser revocado ni por el oacutergano administrativo que lo creoacute

-retroactividad (art 13) el acto administrativo tiene efectos retroactivos en algunas oportunidades- cuando con ella no se lesionen derechos adquiridos- cuando se favorezca al administrado sin perjudicar a 3ros- cuando el acto se dictoacute especialmente para sustituir a otro acto revocado- cuando se subsana un acto anulable (porque si no en vez de sanar se estariacutea creando un acto nuevo)- cuando la retroactividad la ordena una ley de orden puacuteblico o estaacute pactada contractualmentePara el resto de los casos rige la irretroactividad es decir que toda conducta rige para el futuro por seguridad juriacutedica

17) Los elementos pueden ser de dos clases

I- ESENCIALES (arts 7 y 8 ley 19549 ley de procedimientos administrativos) Si al acto le faltan estos requisitos o si estaacuten pero viciados es nulo de nulidad absoluta (no pueden subsanarse y entonces vuelve todo a la situacioacuten anterior como si nunca hubiera existido dicho acto) Los elementos esenciales son competencia causa objeto forma finalidad motivacioacuten procedimiento

II- ACCIDENTALES sirven para ampliar o restringir el contenido del acto y son plazo modo y condicioacuten

COMPETENCIA - ES la atribucioacuten funcional (aptitud legal) que se le da a un oacutergano o autoridad para crear actos administrativos Es el conjunto) de funciones y facultades atribuidas a un oacutergano el cual es representado por un funcionario que debe tener dicha competencia Entonces Subjetivamente es la aptitud para actuar

Objetivamente es el conjunto de funciones que ejerce un oacutergano La competencia surge de una norma y es irrenunciable (es decir es obligatoria

porque tiene en mira el intereacutes puacuteblico) inderogable e improrrogable (excepcioacuten cuando estuviese permitida la delegacioacuten o avocacioacuten de funciones que luego veremos)

CAUSA Son los antecedentes o circunstancias que llevaron a que se dicte el acto administrativo Al acto le falta la causa cuando los hechos y el derecho invocados no existen o son falsos o cuando se viola la ley aplicable las formas o la finalidad

OBJETO Es el contenido del acto y seguacuten Cassagne es lo que el acto certifica decide u opina a traveacutes de la declaracioacuten pertinente Es la resolucioacuten que toma la administracioacuten para un caso concreto el contenido del acto lo que decide en el acto basaacutendose en su causa y motivo

MOTIVACION Todo acto administrativo tiene que tener una razoacuten para ser emitido un motivo expresado en forma concreta porque la Administracioacuten no puede obrar arbitrariamente

La motivacioacuten es como la exteriorizacioacuten de la causa (expresar cuales son los hechos y el derecho que originaron el acto) y su falta podriacutea dar lugar a considerar que la administracioacuten actuoacute arbitrariamente al dictar dicho acto

La motivacioacuten del acto protege los derechos de los administrados (porque le permite contener las razones de la emisioacuten del acto en cuestioacuten) y controla su legalidad

FINALIDAD - El acto administrativo debe tener una finalidad surgida de las normas que le dan al oacutergano las facultades de emitirlo

Las medidas que decrete el acto deben ser proporcionales a dicha finalidad la cual debe tener siempre como meta satisfacer necesidades e intereses puacuteblicos

Es decir que ademaacutes de la finalidad especiacutefica que le corresponde a cada acto en particular todos deben perseguir la finalidad puacuteblica (ej dictar un acto disolviendo un piquete tumultuoso tiene como finalidad proteger la paz puacuteblica)

Cuando se otorga competencia a un oacutergano para un tema especiacutefico dicho oacutergano no debe apartarse de la finalidad perseguida por el Estado al otorgar competencia

PROCEDIMIENTOS Son los pasos que deben darse antes de emitir el acto es decir las formalidades esenciales que debe tener seguacuten la ley Los pasos posteriores a la emisioacuten del acto estaacuten detallados en el art H y se denominan forma

FORMA Son los pasos posteriores ai dictado del acto necesarios para que el administrado pueda conocerlo Es el modo coacutemo se instrumenta y se da a conocer la voluntad administrativa

II- ELEMENTOS ACCESORIOS O ACCIDENTALES

-PLAZO Determina un periacuteodo en que el acto empieza o termina de producir efectos juriacutedicos

-CONDICIOacuteN E S el acontecimiento futuro e incierto (ya que puede suceder o no) que tiene por efecto subordinar el nacimiento o la extincioacuten de acto administrativo a que se cumpla dicha condicioacuten

MODO Es la obligacioacuten o carga que debe cumplir el administradoVoluntad de la administracioacuten (art 14 inc a) iquestEs un elemento- La doctrina entiende que la voluntad administrativa de la que habla el art 14 inc a) no es un elemento del acto administrativo sino un presupuesto para su validez que debe estar presente -antes de que exista el acto- en cada uno de sus elementos

19)- Criterios de distincioacuten entre ldquocontratos administrativosrdquo y ldquocontratos de derecho comuacuten de la administracioacutenrdquo1048576 El criterio seguacuten el cual para que un contrato sea administrativo una de las partes debe ser la administracioacuten para Marienhoff no es adecuado La presencia de la administracioacuten es un presupuesto del contrato administrativo1048576 Otro criterio es el de la determinacioacuten legislativa que puede ser directa o indirecta (estableciendo la competencia de los tribunales contencioso administrativos)1048576 Para otros el contrato se debe considerar administrativo o de derecho comuacuten seguacuten se prescriba que el oacutergano jurisdiccional habilitado para resolver las controversias sea el contencioso administrativo o el ordinario A este criterio Marienhoff contesta que la jurisdiccioacuten competente es consecuencia de la naturaleza del contrato (y no al reveacutes)1048576 Seguacuten otro criterio sostiene que la simple calificacioacuten de las partes es idoacutenea para atribuirle a un contrato el caraacutecter administrativo y que todo depende de la iacutendole del objeto del contrato o de las caracteriacutesticas que eacuteste ofrezca1048576 Se ha sostenido que el caraacutecter administrativo de un contrato deriva de la voluntad de las partes de someterse a un reacutegimen juriacutedico especial de derecho puacuteblico1048576 Otra postura afirma que el caraacutecter administrativo de un contrato deriva de la circunstancia de que la facultad para llevarlo a cabo surja de una ley ndashl ato sensundash administrativa efectivamente civil puesto que su objeto no es maacutes que dar competencia a una persona ideal para llevar a cabo el acto1048576 Otro criterio consiste en considerar contrato administrativo a aquel que involucre ciertas prerrogativas para la administracioacuten que se manifiestan en las llamadas claacuteusulas exorbitantes del derecho privado Dichas claacuteusulas pueden ser expresas o especiacuteficas

1048576 Seguacuten otro criterio el contrato es administrativo cuando su objeto sea el servicio puacuteblico o una prestacioacuten de utilidad puacuteblica Este criterio no basta por siacute solo para calificar el contrato pues las funciones del Estado susceptibles de ser materia contractual no se agotan en el servicio puacuteblico Marienhoff opina que los contratos de la administracioacuten pueden ser ldquoadministrativosrdquo stricto sensu por dos razones por su objeto en cuyo caso aparejan claacuteusulas virtuales o impliacutecitas exorbitantes del derecho privado o cuando no siendo de ldquoadministrativosrdquo por su objeto contengan claacuteusulas expresas exorbitantes del derecho privadoLa diferencia entre el contrato administrativo y el de derecho comuacuten de la administracioacuten es exclusivamente objetiva y no subjetiva pues en ambos casos el ente administrativo que actuacutea es o puede ser el mismoEn lo referente al reacutegimen juriacutedico sustantivo el contrato de derecho comuacuten de la administracioacuten se rige por las normas del derecho privado mientras que el contrato administrativo se rige por el derecho puacuteblicoLa jurisdiccioacuten competente es la contencioso administrativa o la civil o comercial seguacuten el contrato sea administrativo o de derecho comuacutenEl recurso jeraacuterquico no procede respecto a actos relacionados con contratos de derecho comuacuten de la administracioacuten pues tal recurso soacutelo es procedente con relacioacuten a actos administrativos Con relacioacuten a los contratos de derecho comuacuten soacutelo es admisible la demanda ordinaria En cambio con respecto a los contratos administrativos es admisible el recurso jeraacuterquico y si la resolucioacuten a que da origen es adversa al administrado queda habilitada la viacutea judicial

20)- Clasificacioacuten de los contratos administrativos Contratos administrativos por razoacuten de su objeto o por contener claacuteusulas exorbitantes expresas Contratos de atribucioacuten (cuyo objeto es conferirle ventajas a los administrados) o de colaboracioacuten (en el cual el administrado se obliga hacia el Estado a realizar una actividad que directa e inmediatamente tiende a facilitar el cumplimiento de las funciones especiacuteficas o esenciales del Estado) Contratos administrativos nominados o innominados

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ordenamiento juriacutedico vigente Es una presuncioacuten iuris tantum no puede discutirse su legitimidad salvo prueba en contrario

-ejecutoriedad - ES la facultad de la Administracioacuten de disponer que se realice o cumpla con el acto por medios propios sin la intervencioacuten de un juez para que su actividad sea eficaz

-Impugnabilidad aunque el acto tiene ejecutoriedad la administracioacuten puede suspender dicha ejecucioacuten si afecta al intereacutes puacuteblico o causa un grave perjuicio al administrado o que el acto tiene una nulidad absoluta

-Estabilidad el acto una vez que el juez competente le dicta sentencia definitiva goza de validez y permanencia y no puede ser revocado ni por el oacutergano administrativo que lo creoacute

-retroactividad (art 13) el acto administrativo tiene efectos retroactivos en algunas oportunidades- cuando con ella no se lesionen derechos adquiridos- cuando se favorezca al administrado sin perjudicar a 3ros- cuando el acto se dictoacute especialmente para sustituir a otro acto revocado- cuando se subsana un acto anulable (porque si no en vez de sanar se estariacutea creando un acto nuevo)- cuando la retroactividad la ordena una ley de orden puacuteblico o estaacute pactada contractualmentePara el resto de los casos rige la irretroactividad es decir que toda conducta rige para el futuro por seguridad juriacutedica

17) Los elementos pueden ser de dos clases

I- ESENCIALES (arts 7 y 8 ley 19549 ley de procedimientos administrativos) Si al acto le faltan estos requisitos o si estaacuten pero viciados es nulo de nulidad absoluta (no pueden subsanarse y entonces vuelve todo a la situacioacuten anterior como si nunca hubiera existido dicho acto) Los elementos esenciales son competencia causa objeto forma finalidad motivacioacuten procedimiento

II- ACCIDENTALES sirven para ampliar o restringir el contenido del acto y son plazo modo y condicioacuten

COMPETENCIA - ES la atribucioacuten funcional (aptitud legal) que se le da a un oacutergano o autoridad para crear actos administrativos Es el conjunto) de funciones y facultades atribuidas a un oacutergano el cual es representado por un funcionario que debe tener dicha competencia Entonces Subjetivamente es la aptitud para actuar

Objetivamente es el conjunto de funciones que ejerce un oacutergano La competencia surge de una norma y es irrenunciable (es decir es obligatoria

porque tiene en mira el intereacutes puacuteblico) inderogable e improrrogable (excepcioacuten cuando estuviese permitida la delegacioacuten o avocacioacuten de funciones que luego veremos)

CAUSA Son los antecedentes o circunstancias que llevaron a que se dicte el acto administrativo Al acto le falta la causa cuando los hechos y el derecho invocados no existen o son falsos o cuando se viola la ley aplicable las formas o la finalidad

OBJETO Es el contenido del acto y seguacuten Cassagne es lo que el acto certifica decide u opina a traveacutes de la declaracioacuten pertinente Es la resolucioacuten que toma la administracioacuten para un caso concreto el contenido del acto lo que decide en el acto basaacutendose en su causa y motivo

MOTIVACION Todo acto administrativo tiene que tener una razoacuten para ser emitido un motivo expresado en forma concreta porque la Administracioacuten no puede obrar arbitrariamente

La motivacioacuten es como la exteriorizacioacuten de la causa (expresar cuales son los hechos y el derecho que originaron el acto) y su falta podriacutea dar lugar a considerar que la administracioacuten actuoacute arbitrariamente al dictar dicho acto

La motivacioacuten del acto protege los derechos de los administrados (porque le permite contener las razones de la emisioacuten del acto en cuestioacuten) y controla su legalidad

FINALIDAD - El acto administrativo debe tener una finalidad surgida de las normas que le dan al oacutergano las facultades de emitirlo

Las medidas que decrete el acto deben ser proporcionales a dicha finalidad la cual debe tener siempre como meta satisfacer necesidades e intereses puacuteblicos

Es decir que ademaacutes de la finalidad especiacutefica que le corresponde a cada acto en particular todos deben perseguir la finalidad puacuteblica (ej dictar un acto disolviendo un piquete tumultuoso tiene como finalidad proteger la paz puacuteblica)

Cuando se otorga competencia a un oacutergano para un tema especiacutefico dicho oacutergano no debe apartarse de la finalidad perseguida por el Estado al otorgar competencia

PROCEDIMIENTOS Son los pasos que deben darse antes de emitir el acto es decir las formalidades esenciales que debe tener seguacuten la ley Los pasos posteriores a la emisioacuten del acto estaacuten detallados en el art H y se denominan forma

FORMA Son los pasos posteriores ai dictado del acto necesarios para que el administrado pueda conocerlo Es el modo coacutemo se instrumenta y se da a conocer la voluntad administrativa

II- ELEMENTOS ACCESORIOS O ACCIDENTALES

-PLAZO Determina un periacuteodo en que el acto empieza o termina de producir efectos juriacutedicos

-CONDICIOacuteN E S el acontecimiento futuro e incierto (ya que puede suceder o no) que tiene por efecto subordinar el nacimiento o la extincioacuten de acto administrativo a que se cumpla dicha condicioacuten

MODO Es la obligacioacuten o carga que debe cumplir el administradoVoluntad de la administracioacuten (art 14 inc a) iquestEs un elemento- La doctrina entiende que la voluntad administrativa de la que habla el art 14 inc a) no es un elemento del acto administrativo sino un presupuesto para su validez que debe estar presente -antes de que exista el acto- en cada uno de sus elementos

19)- Criterios de distincioacuten entre ldquocontratos administrativosrdquo y ldquocontratos de derecho comuacuten de la administracioacutenrdquo1048576 El criterio seguacuten el cual para que un contrato sea administrativo una de las partes debe ser la administracioacuten para Marienhoff no es adecuado La presencia de la administracioacuten es un presupuesto del contrato administrativo1048576 Otro criterio es el de la determinacioacuten legislativa que puede ser directa o indirecta (estableciendo la competencia de los tribunales contencioso administrativos)1048576 Para otros el contrato se debe considerar administrativo o de derecho comuacuten seguacuten se prescriba que el oacutergano jurisdiccional habilitado para resolver las controversias sea el contencioso administrativo o el ordinario A este criterio Marienhoff contesta que la jurisdiccioacuten competente es consecuencia de la naturaleza del contrato (y no al reveacutes)1048576 Seguacuten otro criterio sostiene que la simple calificacioacuten de las partes es idoacutenea para atribuirle a un contrato el caraacutecter administrativo y que todo depende de la iacutendole del objeto del contrato o de las caracteriacutesticas que eacuteste ofrezca1048576 Se ha sostenido que el caraacutecter administrativo de un contrato deriva de la voluntad de las partes de someterse a un reacutegimen juriacutedico especial de derecho puacuteblico1048576 Otra postura afirma que el caraacutecter administrativo de un contrato deriva de la circunstancia de que la facultad para llevarlo a cabo surja de una ley ndashl ato sensundash administrativa efectivamente civil puesto que su objeto no es maacutes que dar competencia a una persona ideal para llevar a cabo el acto1048576 Otro criterio consiste en considerar contrato administrativo a aquel que involucre ciertas prerrogativas para la administracioacuten que se manifiestan en las llamadas claacuteusulas exorbitantes del derecho privado Dichas claacuteusulas pueden ser expresas o especiacuteficas

1048576 Seguacuten otro criterio el contrato es administrativo cuando su objeto sea el servicio puacuteblico o una prestacioacuten de utilidad puacuteblica Este criterio no basta por siacute solo para calificar el contrato pues las funciones del Estado susceptibles de ser materia contractual no se agotan en el servicio puacuteblico Marienhoff opina que los contratos de la administracioacuten pueden ser ldquoadministrativosrdquo stricto sensu por dos razones por su objeto en cuyo caso aparejan claacuteusulas virtuales o impliacutecitas exorbitantes del derecho privado o cuando no siendo de ldquoadministrativosrdquo por su objeto contengan claacuteusulas expresas exorbitantes del derecho privadoLa diferencia entre el contrato administrativo y el de derecho comuacuten de la administracioacuten es exclusivamente objetiva y no subjetiva pues en ambos casos el ente administrativo que actuacutea es o puede ser el mismoEn lo referente al reacutegimen juriacutedico sustantivo el contrato de derecho comuacuten de la administracioacuten se rige por las normas del derecho privado mientras que el contrato administrativo se rige por el derecho puacuteblicoLa jurisdiccioacuten competente es la contencioso administrativa o la civil o comercial seguacuten el contrato sea administrativo o de derecho comuacutenEl recurso jeraacuterquico no procede respecto a actos relacionados con contratos de derecho comuacuten de la administracioacuten pues tal recurso soacutelo es procedente con relacioacuten a actos administrativos Con relacioacuten a los contratos de derecho comuacuten soacutelo es admisible la demanda ordinaria En cambio con respecto a los contratos administrativos es admisible el recurso jeraacuterquico y si la resolucioacuten a que da origen es adversa al administrado queda habilitada la viacutea judicial

20)- Clasificacioacuten de los contratos administrativos Contratos administrativos por razoacuten de su objeto o por contener claacuteusulas exorbitantes expresas Contratos de atribucioacuten (cuyo objeto es conferirle ventajas a los administrados) o de colaboracioacuten (en el cual el administrado se obliga hacia el Estado a realizar una actividad que directa e inmediatamente tiende a facilitar el cumplimiento de las funciones especiacuteficas o esenciales del Estado) Contratos administrativos nominados o innominados

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porque tiene en mira el intereacutes puacuteblico) inderogable e improrrogable (excepcioacuten cuando estuviese permitida la delegacioacuten o avocacioacuten de funciones que luego veremos)

CAUSA Son los antecedentes o circunstancias que llevaron a que se dicte el acto administrativo Al acto le falta la causa cuando los hechos y el derecho invocados no existen o son falsos o cuando se viola la ley aplicable las formas o la finalidad

OBJETO Es el contenido del acto y seguacuten Cassagne es lo que el acto certifica decide u opina a traveacutes de la declaracioacuten pertinente Es la resolucioacuten que toma la administracioacuten para un caso concreto el contenido del acto lo que decide en el acto basaacutendose en su causa y motivo

MOTIVACION Todo acto administrativo tiene que tener una razoacuten para ser emitido un motivo expresado en forma concreta porque la Administracioacuten no puede obrar arbitrariamente

La motivacioacuten es como la exteriorizacioacuten de la causa (expresar cuales son los hechos y el derecho que originaron el acto) y su falta podriacutea dar lugar a considerar que la administracioacuten actuoacute arbitrariamente al dictar dicho acto

La motivacioacuten del acto protege los derechos de los administrados (porque le permite contener las razones de la emisioacuten del acto en cuestioacuten) y controla su legalidad

FINALIDAD - El acto administrativo debe tener una finalidad surgida de las normas que le dan al oacutergano las facultades de emitirlo

Las medidas que decrete el acto deben ser proporcionales a dicha finalidad la cual debe tener siempre como meta satisfacer necesidades e intereses puacuteblicos

Es decir que ademaacutes de la finalidad especiacutefica que le corresponde a cada acto en particular todos deben perseguir la finalidad puacuteblica (ej dictar un acto disolviendo un piquete tumultuoso tiene como finalidad proteger la paz puacuteblica)

Cuando se otorga competencia a un oacutergano para un tema especiacutefico dicho oacutergano no debe apartarse de la finalidad perseguida por el Estado al otorgar competencia

PROCEDIMIENTOS Son los pasos que deben darse antes de emitir el acto es decir las formalidades esenciales que debe tener seguacuten la ley Los pasos posteriores a la emisioacuten del acto estaacuten detallados en el art H y se denominan forma

FORMA Son los pasos posteriores ai dictado del acto necesarios para que el administrado pueda conocerlo Es el modo coacutemo se instrumenta y se da a conocer la voluntad administrativa

II- ELEMENTOS ACCESORIOS O ACCIDENTALES

-PLAZO Determina un periacuteodo en que el acto empieza o termina de producir efectos juriacutedicos

-CONDICIOacuteN E S el acontecimiento futuro e incierto (ya que puede suceder o no) que tiene por efecto subordinar el nacimiento o la extincioacuten de acto administrativo a que se cumpla dicha condicioacuten

MODO Es la obligacioacuten o carga que debe cumplir el administradoVoluntad de la administracioacuten (art 14 inc a) iquestEs un elemento- La doctrina entiende que la voluntad administrativa de la que habla el art 14 inc a) no es un elemento del acto administrativo sino un presupuesto para su validez que debe estar presente -antes de que exista el acto- en cada uno de sus elementos

19)- Criterios de distincioacuten entre ldquocontratos administrativosrdquo y ldquocontratos de derecho comuacuten de la administracioacutenrdquo1048576 El criterio seguacuten el cual para que un contrato sea administrativo una de las partes debe ser la administracioacuten para Marienhoff no es adecuado La presencia de la administracioacuten es un presupuesto del contrato administrativo1048576 Otro criterio es el de la determinacioacuten legislativa que puede ser directa o indirecta (estableciendo la competencia de los tribunales contencioso administrativos)1048576 Para otros el contrato se debe considerar administrativo o de derecho comuacuten seguacuten se prescriba que el oacutergano jurisdiccional habilitado para resolver las controversias sea el contencioso administrativo o el ordinario A este criterio Marienhoff contesta que la jurisdiccioacuten competente es consecuencia de la naturaleza del contrato (y no al reveacutes)1048576 Seguacuten otro criterio sostiene que la simple calificacioacuten de las partes es idoacutenea para atribuirle a un contrato el caraacutecter administrativo y que todo depende de la iacutendole del objeto del contrato o de las caracteriacutesticas que eacuteste ofrezca1048576 Se ha sostenido que el caraacutecter administrativo de un contrato deriva de la voluntad de las partes de someterse a un reacutegimen juriacutedico especial de derecho puacuteblico1048576 Otra postura afirma que el caraacutecter administrativo de un contrato deriva de la circunstancia de que la facultad para llevarlo a cabo surja de una ley ndashl ato sensundash administrativa efectivamente civil puesto que su objeto no es maacutes que dar competencia a una persona ideal para llevar a cabo el acto1048576 Otro criterio consiste en considerar contrato administrativo a aquel que involucre ciertas prerrogativas para la administracioacuten que se manifiestan en las llamadas claacuteusulas exorbitantes del derecho privado Dichas claacuteusulas pueden ser expresas o especiacuteficas

1048576 Seguacuten otro criterio el contrato es administrativo cuando su objeto sea el servicio puacuteblico o una prestacioacuten de utilidad puacuteblica Este criterio no basta por siacute solo para calificar el contrato pues las funciones del Estado susceptibles de ser materia contractual no se agotan en el servicio puacuteblico Marienhoff opina que los contratos de la administracioacuten pueden ser ldquoadministrativosrdquo stricto sensu por dos razones por su objeto en cuyo caso aparejan claacuteusulas virtuales o impliacutecitas exorbitantes del derecho privado o cuando no siendo de ldquoadministrativosrdquo por su objeto contengan claacuteusulas expresas exorbitantes del derecho privadoLa diferencia entre el contrato administrativo y el de derecho comuacuten de la administracioacuten es exclusivamente objetiva y no subjetiva pues en ambos casos el ente administrativo que actuacutea es o puede ser el mismoEn lo referente al reacutegimen juriacutedico sustantivo el contrato de derecho comuacuten de la administracioacuten se rige por las normas del derecho privado mientras que el contrato administrativo se rige por el derecho puacuteblicoLa jurisdiccioacuten competente es la contencioso administrativa o la civil o comercial seguacuten el contrato sea administrativo o de derecho comuacutenEl recurso jeraacuterquico no procede respecto a actos relacionados con contratos de derecho comuacuten de la administracioacuten pues tal recurso soacutelo es procedente con relacioacuten a actos administrativos Con relacioacuten a los contratos de derecho comuacuten soacutelo es admisible la demanda ordinaria En cambio con respecto a los contratos administrativos es admisible el recurso jeraacuterquico y si la resolucioacuten a que da origen es adversa al administrado queda habilitada la viacutea judicial

20)- Clasificacioacuten de los contratos administrativos Contratos administrativos por razoacuten de su objeto o por contener claacuteusulas exorbitantes expresas Contratos de atribucioacuten (cuyo objeto es conferirle ventajas a los administrados) o de colaboracioacuten (en el cual el administrado se obliga hacia el Estado a realizar una actividad que directa e inmediatamente tiende a facilitar el cumplimiento de las funciones especiacuteficas o esenciales del Estado) Contratos administrativos nominados o innominados

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FORMA Son los pasos posteriores ai dictado del acto necesarios para que el administrado pueda conocerlo Es el modo coacutemo se instrumenta y se da a conocer la voluntad administrativa

II- ELEMENTOS ACCESORIOS O ACCIDENTALES

-PLAZO Determina un periacuteodo en que el acto empieza o termina de producir efectos juriacutedicos

-CONDICIOacuteN E S el acontecimiento futuro e incierto (ya que puede suceder o no) que tiene por efecto subordinar el nacimiento o la extincioacuten de acto administrativo a que se cumpla dicha condicioacuten

MODO Es la obligacioacuten o carga que debe cumplir el administradoVoluntad de la administracioacuten (art 14 inc a) iquestEs un elemento- La doctrina entiende que la voluntad administrativa de la que habla el art 14 inc a) no es un elemento del acto administrativo sino un presupuesto para su validez que debe estar presente -antes de que exista el acto- en cada uno de sus elementos

19)- Criterios de distincioacuten entre ldquocontratos administrativosrdquo y ldquocontratos de derecho comuacuten de la administracioacutenrdquo1048576 El criterio seguacuten el cual para que un contrato sea administrativo una de las partes debe ser la administracioacuten para Marienhoff no es adecuado La presencia de la administracioacuten es un presupuesto del contrato administrativo1048576 Otro criterio es el de la determinacioacuten legislativa que puede ser directa o indirecta (estableciendo la competencia de los tribunales contencioso administrativos)1048576 Para otros el contrato se debe considerar administrativo o de derecho comuacuten seguacuten se prescriba que el oacutergano jurisdiccional habilitado para resolver las controversias sea el contencioso administrativo o el ordinario A este criterio Marienhoff contesta que la jurisdiccioacuten competente es consecuencia de la naturaleza del contrato (y no al reveacutes)1048576 Seguacuten otro criterio sostiene que la simple calificacioacuten de las partes es idoacutenea para atribuirle a un contrato el caraacutecter administrativo y que todo depende de la iacutendole del objeto del contrato o de las caracteriacutesticas que eacuteste ofrezca1048576 Se ha sostenido que el caraacutecter administrativo de un contrato deriva de la voluntad de las partes de someterse a un reacutegimen juriacutedico especial de derecho puacuteblico1048576 Otra postura afirma que el caraacutecter administrativo de un contrato deriva de la circunstancia de que la facultad para llevarlo a cabo surja de una ley ndashl ato sensundash administrativa efectivamente civil puesto que su objeto no es maacutes que dar competencia a una persona ideal para llevar a cabo el acto1048576 Otro criterio consiste en considerar contrato administrativo a aquel que involucre ciertas prerrogativas para la administracioacuten que se manifiestan en las llamadas claacuteusulas exorbitantes del derecho privado Dichas claacuteusulas pueden ser expresas o especiacuteficas

1048576 Seguacuten otro criterio el contrato es administrativo cuando su objeto sea el servicio puacuteblico o una prestacioacuten de utilidad puacuteblica Este criterio no basta por siacute solo para calificar el contrato pues las funciones del Estado susceptibles de ser materia contractual no se agotan en el servicio puacuteblico Marienhoff opina que los contratos de la administracioacuten pueden ser ldquoadministrativosrdquo stricto sensu por dos razones por su objeto en cuyo caso aparejan claacuteusulas virtuales o impliacutecitas exorbitantes del derecho privado o cuando no siendo de ldquoadministrativosrdquo por su objeto contengan claacuteusulas expresas exorbitantes del derecho privadoLa diferencia entre el contrato administrativo y el de derecho comuacuten de la administracioacuten es exclusivamente objetiva y no subjetiva pues en ambos casos el ente administrativo que actuacutea es o puede ser el mismoEn lo referente al reacutegimen juriacutedico sustantivo el contrato de derecho comuacuten de la administracioacuten se rige por las normas del derecho privado mientras que el contrato administrativo se rige por el derecho puacuteblicoLa jurisdiccioacuten competente es la contencioso administrativa o la civil o comercial seguacuten el contrato sea administrativo o de derecho comuacutenEl recurso jeraacuterquico no procede respecto a actos relacionados con contratos de derecho comuacuten de la administracioacuten pues tal recurso soacutelo es procedente con relacioacuten a actos administrativos Con relacioacuten a los contratos de derecho comuacuten soacutelo es admisible la demanda ordinaria En cambio con respecto a los contratos administrativos es admisible el recurso jeraacuterquico y si la resolucioacuten a que da origen es adversa al administrado queda habilitada la viacutea judicial

20)- Clasificacioacuten de los contratos administrativos Contratos administrativos por razoacuten de su objeto o por contener claacuteusulas exorbitantes expresas Contratos de atribucioacuten (cuyo objeto es conferirle ventajas a los administrados) o de colaboracioacuten (en el cual el administrado se obliga hacia el Estado a realizar una actividad que directa e inmediatamente tiende a facilitar el cumplimiento de las funciones especiacuteficas o esenciales del Estado) Contratos administrativos nominados o innominados

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1048576 Seguacuten otro criterio el contrato es administrativo cuando su objeto sea el servicio puacuteblico o una prestacioacuten de utilidad puacuteblica Este criterio no basta por siacute solo para calificar el contrato pues las funciones del Estado susceptibles de ser materia contractual no se agotan en el servicio puacuteblico Marienhoff opina que los contratos de la administracioacuten pueden ser ldquoadministrativosrdquo stricto sensu por dos razones por su objeto en cuyo caso aparejan claacuteusulas virtuales o impliacutecitas exorbitantes del derecho privado o cuando no siendo de ldquoadministrativosrdquo por su objeto contengan claacuteusulas expresas exorbitantes del derecho privadoLa diferencia entre el contrato administrativo y el de derecho comuacuten de la administracioacuten es exclusivamente objetiva y no subjetiva pues en ambos casos el ente administrativo que actuacutea es o puede ser el mismoEn lo referente al reacutegimen juriacutedico sustantivo el contrato de derecho comuacuten de la administracioacuten se rige por las normas del derecho privado mientras que el contrato administrativo se rige por el derecho puacuteblicoLa jurisdiccioacuten competente es la contencioso administrativa o la civil o comercial seguacuten el contrato sea administrativo o de derecho comuacutenEl recurso jeraacuterquico no procede respecto a actos relacionados con contratos de derecho comuacuten de la administracioacuten pues tal recurso soacutelo es procedente con relacioacuten a actos administrativos Con relacioacuten a los contratos de derecho comuacuten soacutelo es admisible la demanda ordinaria En cambio con respecto a los contratos administrativos es admisible el recurso jeraacuterquico y si la resolucioacuten a que da origen es adversa al administrado queda habilitada la viacutea judicial

20)- Clasificacioacuten de los contratos administrativos Contratos administrativos por razoacuten de su objeto o por contener claacuteusulas exorbitantes expresas Contratos de atribucioacuten (cuyo objeto es conferirle ventajas a los administrados) o de colaboracioacuten (en el cual el administrado se obliga hacia el Estado a realizar una actividad que directa e inmediatamente tiende a facilitar el cumplimiento de las funciones especiacuteficas o esenciales del Estado) Contratos administrativos nominados o innominados