derecho a la educación

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Derecho a la educación El derecho a la educación es un derecho humano reconocido y se entiende como el de a una educación primaria gratuita obligatoria para todo niño, una obligación a una educación secundaria accesible para todos los jóvenes (sin distinción también un acceso equitativo a la educación superior , y una responsabilidad de proveer educación básica a los individuos que no han completado la educación primaria. dicionalmente a estas previsiones sobre acceso a la educación abarca también la obligación de eliminar la discriminación en todos los niveles del sistema estándares m"nimos y mejorar la calidad. Derecho a la familia El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. #iempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabi sus padres y, en todo caso, en un ambiente de a!ecto y de seguridad moral y materi circunstancias e%cepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madr sociedad y las autoridades p'blicas tendrán la obligación de cuidar especialmente sin !amilia o que care can de medios adecuados de subsistencia. ara el mantenimie los hijos de !amilias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra "n Derecho a la vivienda El *erecho universal a una vivienda, digna y adecuada, como uno de los derechos hu aparece recogido en la *eclaración +niversal de los *erechos umanos en su art"cu apartado / y en el art"culo // de acto 0nternacional de *erechos Económicos, #oci 1ulturales ( 0*E#1 )2 rt"culo - ./ *eclaración +niversal de los *erechos umanos2 3oda persona tiene d un nivel de vida adecuado que le asegure, as" como a su !amilia, la salud y el bie especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los serv necesarios$ tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, en!ermedad, invalide , viude , veje u otros casos de pérdida de sus medios de subs circunstancias independientes de su voluntad. rt"culo // del acto 0nternacional de *erecho Económicos, #ociales y 1 persona tiene el derecho a un nivel de vida adecuado para s" misma y para su !amil incluyendo alimentación, vestido y vivienda adecuadas y una mejora continua condiciones de e%istencia, la asistencia médica y los servicios sociales necesario asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, en!ermedad, invalide , viude , u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independ de su voluntad. Derecho al amor #iempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus en todo caso, en un ambiente de a!ecto y de seguridad moral y material$ salvo circ e%cepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. &a sociedad autoridades p'blicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin

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Derecho a la educacinElderecho a la educacines un derecho humano reconocido y se entiende como el derecho a unaeducacin primariagratuita obligatoria para todonio, una obligacin a desarrollar unaeducacin secundariaaccesible para todos los jvenes (sin distincin racial), como tambin un acceso equitativo a laeducacin superior, y una responsabilidad de proveer educacin bsica a los individuos que no han completado la educacin primaria. Adicionalmente a estas previsiones sobre acceso a la educacin abarca tambin la obligacin de eliminar ladiscriminacinen todos los niveles del sistema educativo, fijar estndares mnimos y mejorar la calidad.Derecho a la familiaEl nio, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensin. Siempre que sea posible, deber crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deber separarse al nio de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades pblicas tendrn la obligacin de cuidar especialmente a los nios sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra ndole.Derecho a la viviendaElDerecho universal a una vivienda,dignay adecuada, como uno de losderechos humanos, aparece recogido en laDeclaracin Universal de los Derechos Humanosen su artculo 25, apartado 1 y en el artculo 11 dePacto Internacional de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales(PIDESC):Artculo 25.1 Declaracin Universal de los Derechos Humanos:Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, as como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentacin, el vestido, lavivienda, la asistencia mdica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de prdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. Artculo 11 del Pacto Internacional de Derecho Econmicos, Sociales y Culturales:Toda persona tiene el derecho a un nivel de vida adecuado para s misma y para su familia, incluyendo alimentacin, vestido yvivienda adecuadasy una mejora continuada de las condiciones de existencia, la asistencia mdica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de prdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. Derecho al amorSiempre que sea posible, deber crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deber separarse al nio de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades pblicas tendrn la obligacin de cuidar especialmente a los nios sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia.Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra ndole.Derecho a la libertadLos nios tienen derecho a expresarse, a tener opiniones, a acceder a la informacin y a participar en las decisiones que los afectan. Los nios tienen derecho a la libertad de religin.Derecho al nombreTodo nio tiene derecho a tener nombre y apellido, nacionalidad y a saber quines son sus padres. El derecho a la identidad representa el reconocimiento oficial de su existencia y de sus derechos.Derecho al vestuarioElderecho a vestir adecuadamente,derecho a la ropaoderecho al vestidoest reconocido como underecho humanoen diferentes instrumentos internacionales. El derecho a la ropa, junto con elderecho a la alimentaciny elderecho a la vivienda, son partes delderecho a un nivel de vida adecuadocomo se reconoce en elartculo 11delPacto Internacional de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales(PIDESC). El derecho al vestido est igualmente reconocido en elartculo 25de laDeclaracin Universal de los Derechos Humanos(DUDH).Derecho a la alimentacinTodo nio tiene derecho a comer, a no pasar hambre y a no sufrir malnutricin. Sin embargo, cada cinco segundos muere un nio de hambre en el mundo.Los padres deben alimentar a sus hijos y darles sustento en proporcin a sus recursos y a su necesidades. Esto se aplica a los casos donde el padre y la madre viven juntos o separados. Se trata, evidentemente, de alimentarlos. Los padres deben asumir tambin los gastos de sus estudios e instruccin en general, las vacaciones y una cobertura de salud.Derecho a la saludEl nio debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendr derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin debern proporcionarse, tanto a l como a su madre, cuidados especiales, incluso atencin prenatal y postnatal. El nio tendr derecho a disfrutar de alimentacin, vivienda, recreo y servicios mdicos adecuados.Derecho a la recreacinEl derecho al deporte, juego y recreacin constituye un estmulo para el desarrollo afectivo, fsico, intelectual y social de la niez y la adolescencia, adems de ser un factor de equilibrio y autorrealizacin. LaConvencin sobre los Derechos del Nio, en su artculo 31 especfica quelos Estados partes de esta convencin deben respetar y promover el derecho del nio a participar plenamente en la vida cultural y artstica, propiciando oportunidades apropiadas en condiciones de igualdad.