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DEPARTAMENTO DE SERVICIOS HUMANOS: DIVISIÓN DE NIÑOS, ADULTOS Y FAMILIAS Guía para Proveedores de Cuidado Infantil Programa de Cuidado Infantil del DHS Seguridad, salud e independencia para todas las personas de Oregon

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DEPARTAMENTO DE SERVICIOS HUMANOS: DIVISIÓN DE NIÑOS, ADULTOS Y FAMILIAS

Guía para Proveedores de Cuidado InfantilPrograma de Cuidado Infantil del DHS

Seguridad, salud e independencia para todas las personas de Oregon

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Números telefónicos usados con frecuencia:

El Departamento de Servicios Humanos de Oregon (DHS) no discriminará a nadie. Esto significa que el DHS ayudará a todos aquellos que califiquen. El DHS no denegará la ayuda a nadie en base a la edad, raza, color, origen nacional, sexo, orientación sexual, religión, creencias políticas o discapacidad. Ud. puede presentar una queja si piensa que el DHS lo discriminó por cualquiera de estas características.

Nombre y dirección Número telefónico local Número de llamada gratuita

Unidad de Pago Directo (Direct Pay Unit: DPU)PO Box 14850Salem, OR 97309

503-378-5500 (Salem) 1-800-699-9074

Sistema de información automatizado para verificar pagos

503-378-3508 (Salem) 1-800-442-6451

Unidad de Verificación de Antecedentes (Background Check Unit: BCU)PO Box 14870Salem, OR 97309

503-378-5470 (Salem) 1-888-272-5545

División de Cuidado Infantil (Child Care División: CCD)PO Box 14050Salem, OR 97309

503-947-1400 (Salem) 1-800-556-6616

Centro para el Desarrollo Profesional de Oregon (Oregon Center for Career Development) Universidad Estatal de Portland (Portland State University)Registro de OregonPO Box 751Portland, OR 97207

503-725-8535 (Portland) 1-877-725-8535Ext. 8532 para español

Red de Recursos y Derivaciones del Cuidado Infantil (Child Care Resource and Referral Network)

503-375-2644 (Salem) 1-800-342-6712

Recursos y Derivaciones del Cuidado Infantil (Child Care Resourceand Referral)

Ver páginas 66-68para el directorio

Patrocinadores del Departamento de Agricultura de E.U. (USDA) (Programa de Alimentos del USDA)

Ver página 70para el directorio

AFSCME Consejo 75Local 1321400 Tandem Ave NESalem, OR 97301

503-370-2522 (Salem) 1-800-521-5954

SEIU Local 5031730 Commercial St. SE Salem, OR 97302

1-877-451-0002 1-877-451-0002

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Información general ..................................................................... 1¿Por qué debería leer este cuadernillo? ................................................1¿Cómo funciona el Programa de Cuidado Infantil del DHS? .................1DHS y el IRS .........................................................................................2Sindicatos ............................................................................................2Registro con la División de Cuidado Infantil ..........................................3¿A quién pagará el DHS? .....................................................................4¿Qué puede decirle el DHS sobre las familias? ......................................4Lo que usted debe pedirle a los padres .................................................5Lo que deben hacer los proveedores y padres ......................................5Muestra de una Carta de Proveedor de Cuidado Infantil (DHS 7494E) ...7

Cómo convertirse en un proveedor listado para el Programa de Cuidado Infantil del DHS ..................................................................................................... 9

¿Qué significa estar listado? ................................................................................................................. 9¿Cómo puedo ser listado? ................................................................................................................... 9¿Cuáles son los requisitos para los proveedores? ................................................................................ 10Ayuda con los estándares básicos de higiene y seguridad ................................................................... 11Capacitación de proveedores ............................................................................................................. 12

Cómo llenar el formulario de Listado de Proveedores de Cuidado Infantil (DHS 7494) .... 13Muestra del formulario de Listado de Proveedores de Cuidado Infantil (DHS 7494)............................. 16

Verificación de antecedentes ................................................................................................. 18¿Quién debe estar incluido en el formulario de listado para someterse a una verificación de antecedentes? ................................................................................................................................... 18¿Qué ocurre cuando se completa la verificación de antecedentes? ..................................................... 19Si soy denegado, ¿cómo solicito una audiencia? ................................................................................ 20

El proceso de facturación: cómo facturar por el cuidado .................................................... 21Sobre los formularios de facturación .................................................................................................. 21Lectura del formulario de facturación por el cuidado infantil .............................................................. 22Más sobre las definiciones de tipos de proveedores ............................................................................ 22Más sobre las categorías de edad del niño ......................................................................................... 23¿Cómo reporto horas de cuidado en el formulario de Facturación por el Cuidado Infantil? ................. 24Formularios de facturación perdidos, destruidos, o que faltan ............................................................ 25Facturación para días de ausencia ...................................................................................................... 26Muestra del formulario de Facturación del Cuidado Infantil del DHS .................................................. 27

Pagos compartidos .................................................................................................................. 28¿Qué es un pago compartido? ........................................................................................................... 28¿Qué ocurre si la familia no paga el pago compartido? ...................................................................... 29

Pagos del DHS ......................................................................................................................... 31¿Cuándo recibiré mi pago? ................................................................................................................ 31Verificación de su pago ...................................................................................................................... 31¿Cuánto pagará el DHS? .................................................................................................................... 32¿Cómo se calcula el pago? ................................................................................................................. 33

Índice

Continúa en la página siguiente

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Índice — continuado

Sobre las cuotas mejoradas ................................................................................................................ 35¿Cómo puedo recibir una cuota más alta para niños con necesidades especiales? .............................. 36Si una familia necesita horas extra de cuidado .................................................................................... 36

Cuotas máximas para el cuidado infantil del DHS ............................................................... 39Categorías de edad del niño .............................................................................................................. 39Definiciones de los tipos de proveedores ............................................................................................ 39Cuotas máximas del cuidado infantil actuales del DHS (vigentes desde el 1/10/2007) ....................40-43

Localización y resolución de problemas, pagos en exceso y reporte de cambios .............. 45Localización y resolución de problemas: ¿Qué debo hacer cuando las cosas van mal?......................... 45Revisiones del pago al proveedor y pagos en exceso ........................................................................... 45Violaciones Intencionales al Programa (IPVs) ....................................................................................... 46¿Y si no estoy de acuerdo con una decisión del DHS? (Derechos de audiencia) ................................... 47Reporte de cambios ........................................................................................................................... 48Llenado del formulario de Reporte del Proveedor (DHS 7496) ............................................................. 48Muestra del formulario de Reporte del Proveedor ............................................................................... 50

Reporte de abuso infantil: el papel del proveedor .............................................................. 51Los proveedores son informantes obligatorios .................................................................................... 51La importancia de reportar el abuso ................................................................................................... 51Reconocimiento del abuso infantil ...................................................................................................... 52¿Cómo hago un reporte? ................................................................................................................... 55Oficinas del Departamento de Servicios Humanos para reportar abuso infantil ..............................57-60

Prevención de enfermedades: el papel del proveedor......................................................... 61Prevención de la propagación de enfermedades infecciosas................................................................ 61Vacunas obligatorias para los niños bajo cuidado ............................................................................... 63Programa de Vacunación Infantil Recomendado para 2009 ................................................................ 63

Recursos y otra información .................................................................................................. 65Oficinas de recursos y derivaciones del cuidado infantil .................................................................66-68Educación de nutrición y reembolsos de parte del Departamento de Agricultura de Estados Unidos (U.S. Department of Agriculture: USDA) ............................................................................................. 69Lista de Patrocinadores del Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA) .............................. 70Planilla de pago de cuidado de niños ...................................................................................................... 71Muestra del folleto del Departamento de Impuestos de Oregon (101-461) ........................................72-73Muestra del Registro de asistencia ........................................................................................................... 74Portales de Internet ................................................................................................................................. 75

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Información general

Información general¿Qué es el Programa de Cuidado Infantil del Departamento de Servicios Humanos (Department of Human Services: DHS)?

El Programa de Cuidado Infantil del DHS ayuda a los padres o cuidadores a pagar el cuidado infantil para que puedan trabajar o para que se puedan preparar para un empleo.

¿Por qué debería leer este cuadernillo?Si usted brinda cuidado para familias que reciben beneficios de cuidado infantil de parte del DHS, este cuadernillo es para usted. Éste explica lo que usted necesita saber para convertirse en un proveedor listado y recibir pago de parte del Programa de Asistencia para el Cuidado Infantil del DHS. Queremos hacer que estos programas funcionen para usted y las familias a las que servimos. Si este cuadernillo no contesta sus preguntas, consulte la página 45 (Localización y resolución de problemas: ¿Qué debo hacer cuando las cosas van mal?) para encontrar a dónde debe llamar para recibir ayuda. También puede visitar nuestro portal de Internet en: www.oregon.gov/DHS/children/childcare/main.shtml.

¿Cómo funciona el Programa de Cuidado Infantil del DHS? • Uno de los padres solicita asistencia con el cuidado infantil o una subvención

para el mismo en la oficina local del DHS de su área.

• El DHS determina si califican, el número de horas de cuidado infantil necesario y la parte que se espera que pague la familia (el pago compartido). El monto de la subvención está basado en los ingresos de la familia, el tamaño de la familia, el tipo de cuidado infantil que reciben y cuántas horas de cuidado necesitan.

• Si el padre califica, seleccionan a un proveedor de cuidado infantil. Los proveedores deben estar “listados” con la Unidad de Pago Directo (Direct Pay Unit: DPU) antes de que se pueda realizar un pago. (Ver ¿Qué significa estar listado? en la página 9).

• Cada proveedor listado debe tener el porcentaje de tiempo cuando en el que cuidan del menor o de los menores declarado en el formulario de listado del proveedor o relación electrónica del proveedor. Si existen varios proveedores, las cantidades de cada proveedor deben totalizar el 100%, por ejemplo, proveedor principal: 80%; proveedor secundario: 20%. Se necesita esta información para expedir formularios de facturación.

• Una vez que el proveedor es aprobado, el DHS le paga una parte del costo del cuidado, por medio de la DPU en Salem. A dicho monto se le denomina la subvención. La mayoría de los padres también tienen requerido pagar una parte del costo, llamado el pago compartido, directamente al proveedor.

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Información general — continuado

DHS y el IRS• Los proveedores de cuidado infantil trabajan

independientemente. La mayoría de los proveedores de cuidado infantil trabajan independientemente.

Esto significa que usted es responsable de los niños a quienes cuida, de mantener registros y de pagar impuestos por sus ingresos. Debe mantener registros de la asistencia de los niños y todos los pagos recibidos de parte de la familia y del DHS. Para su conveniencia, una muestra separable de un registro de asistencia se encuentra en la página 73.

El DHS realiza pagos de la subvención de cuidado infantil a nombre de la familia. El DHS no es el empleador de usted.

• Lo que el DHS le dice al Servicio de Impuestos Internos (Internal Revenue Service: IRS)

El DHS mantiene un control de todos los pagos realizados a proveedores de cuidado infantil. Le reportamos al IRS lo que le pagamos a usted. Le enviaremos una declaración (IRS 1099-Misc) en enero, que muestre cuánto le pagamos durante el año anterior. Usted debe reportar dicho ingreso para propósitos de impuestos. Consulte con un asesor de impuestos si necesita información sobre cómo incluir dicho ingreso en sus formularios de declaraciones de impuestos.

• Por qué necesita el DHS su número de Seguro Social o número de Identificación de Impuestos Federal

El Servicio de Impuestos Internos (IRS) requiere que el DHS obtenga su Número de Seguro Social (Social Security Number: SSN) o Número de Identificación de Impuestos Federal (Federal Tax ID Number) para reportar lo que le pagamos. El nombre que le proporcione al DHS debe ser el mismo que le brinda al IRS. Nosotros verificamos su nombre y número con el IRS. Si su nombre y número no son válidos, puede estar sujeto a una multa del IRS y no recibirá cheques del DHS. Quizá también tenga que regresar cualquier dinero que reciba del DHS.

SindicatosExisten dos sindicatos que representan a los proveedores de cuidado infantil:

• AFSCME Council 75, Child Care Providers Together: representa a los proveedores familiares quienes están registrados y certificados con la División de Cuidado Infantil (Child Care Division: CCD) del Departamento de Empleo de Oregon.

• SEIU Local 503 OPEU: representa a proveedores familiares quienes reciben una subvención del DHS y quienes están exentos (ni registrados ni certificados con la CCD).

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Para más información, puede comunicarse con los sindicatos por teléfono o visitar sus portales de Internet en:

AFSCME Council 75 1-800-521-5954 www.oregonafscme.com 503-370-2522

SEIU Local 503 1-877-451-0002 www.seiu503.org 503-408-4090 x454

Registro con la División de Cuidado Infantil

¿Debo registrarme?

Muchos proveedores de cuidado infantil familiar están obligados por ley a registrarse con la División de Cuidado Infantil (CCD) del Departamento de Empleo de Oregon. Usted puede estar obligado a registrarse aunque no brinde cuidado infantil para una familia del DHS. Si brinda cuidado infantil en su hogar, puede estar obligado por ley a registrarse con la CCD, a menos que:

• Brinde cuidado en el hogar del niño;

• Tenga algún parentesco con los niños a quienes cuida ya sea sanguíneo, político o por adopción;

• Cuide a niños de una sola familia a la vez;

• Cuide a tres o menos niños;

• Cuide a niños por menos de 70 días al año;

• Sea menor de 18 años de edad.

Para registrarse, los proveedores deben cumplir con ciertos requisitos y mantener los estándares de higiene y seguridad mínimos establecidos por la CCD. Existe una cuota de tramitación de solicitud, pero la cuota puede ser reducida si el ingreso del proveedor es menor al nivel de pobreza federal.

Mientras que muchos de los requisitos del registro son similares a los requisitos de listado del DHS (ver página 10), el registro está separado del listado y no es gestionado por el DHS.

Es responsabilidad del proveedor cumplir con la ley. Si tienen preguntas sobre el registro con la CCD o necesita una solicitud, puede comunicarse con la oficina local de Recursos y Derivaciones del Cuidado Infantil (Child Care Resource and Referral) (vea los listados locales en las páginas 66-68), o llame a la División de Cuidado Infantil al 503-947-1400 (Salem) o al 1-800-556-6616 (fuera de Salem). También puede usar su portal de Internet en:

http://egov.oregon.gov/EMPLOY/CCD/forProviders.shtml.

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¿A quién pagará el DHS?Las familias pueden usar a cualquier proveedor de cuidado infantil que elijan. Sin embargo, el DHS sólo puede pagarle a proveedores que cumplen con los requisitos de listado y de proveedores que se encuentran en las páginas 9-11.

Asimismo, el proveedor no puede:

• Ser padre, madre, padrastro o madrastra del niño que es cuidado;

• Ser padre o madre del hermano o hermana del niño, si todos viven en el mismo hogar;

• Encontrarse en la misma subvención de Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (Temporary Assistance for Needy Families: TANF) que el niño;

• Encontrarse en el mismo grupo de solicitud del DHS que el menor;

• Tener menos de 18 años de edad.

Además, los proveedores de cuidado infantil quienes fueron denegados anteriormente por el DHS y que ahora están en calidad de autorizados no reúnen los requisitos para recibir pago por el cuidado infantil brindado mientras estaban en calidad de denegados.

¿Qué puede decirle el DHS sobre las familias? La ley le permite al DHS dar información limitada sobre las familias a quienes servimos una vez que hayamos verificado con el padre o por medio del proceso de listado que usted es el proveedor para dicha familia.

Podemos decirle:

• En qué programa está la familia;

• El número de caso de la familia;

• El número de horas autorizadas para cuidado infantil;

• El monto que el DHS le pagará;

• El monto que la familia debe pagarle;

• El motivo por cualquier demora en el pago de la parte que le corresponde al DHS.

Si el DHS no puede verificar que usted es el proveedor, pídale a la familia que llamen a su trabajador social.

Información general — continuado

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Lo que usted debe pedirle a los padresAntes de brindar cuidado, debe tener:

• Un formulario de Listado de Proveedores de Cuidado Infantil (Child Care Provider Listing) (DHS 7494, se encuentra una muestra en la página 16); o

• Una carta de Proveedor de Cuidado Infantil (Child Care Provider) (DHS 7494E, se encuentra una muestra en la página 7); o

• Un formulario de facturación (se encuentra una muestra en la página 27); o

• Autorización directa del trabajador social del DHS para asegurarse de que la familia reúne los requisitos para recibir ayuda con su pago de cuidado infantil.

Si el DHS no le da alguno de los artículos antes mencionados, la familia podría ser responsable de pagar el cuidado infantil brindado.

También debería preguntarle a las familias otra información que necesita saber, tal como:

• ¿Qué días y horas estarán los niños bajo cuidado?

• ¿Cuál es la dirección y el número telefónico de la familia?

• ¿Cuál es el número telefónico del trabajo para comunicarse con un miembro de la familia?

• ¿A quién más puede llamar en caso de emergencia? ¿Cuál es su número telefónico?

• ¿Quién tiene permitido recoger a los niños?

• ¿Cuándo pagará la familia la parte que le corresponde?

• ¿Cuál es el número de caso de la familia?

Lo que deben hacer los proveedores y padresLos proveedores deben:

• Llenar completa y verazmente los formularios del DHS y regresarlos de manera puntual;

• Cumplir con los requisitos de proveedores y de listado (ver las páginas 9-11);

• Tratar a las familias del DHS de la misma manera que otras familias a quienes brindan cuidado. (Esto quiere decir brindar los mismos servicios, no cobrar cuotas más altas para las familias del DHS que a otras familias, etc.);

• Brindar cuidado infantil sano, seguro y confiable;

• Registrarse con la División de Cuidado Infantil, si así lo requiere la ley.

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Para más información sobre el Programa de Cuidado Infantil del DHS, visite nuestro portal de Internet en:

www.oregon.gov/DHS/children/childcare/main.shtml

Los padres deben:

• Darle a los proveedores cualquier formulario para los proveedores que reciban de su trabajador social;

• Enviar su información de ingresos al DHS a tiempo;

• Pagar la parte que les corresponde de la factura de cuidado infantil;

• Dar aviso previo adecuado antes de cambiar proveedores;

• Informarle a su proveedor cuando cambien su cumplimiento de requisitos para recibir asistencia.

Información general — continuado

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“Ayudando a las personas a volverse independientes, saludables y seguras”Un empleador con oportunidades equitativas

Departamento de Servicios HumanosNiños, Adultos y FamiliasOregon

Theodore R. Kulongoski, Governor

Fecha: ___________________

Nombre de la familia: ___________________

Número de caso: ___________________

Pago compartido pronosticado: ___________________

Horas de cuidado pronosticadas: ___________________

Nombre del proveedor: ___________________

Estimado Proveedor de Cuidado Infantil:

La presente verifica que el Departamento de Servicios Humanos (Department of Human Services: DHS) ayudará a pagar el cuidado infantil para la familia antes nombrada, a partir del _______________. Esto reemplaza la forma de Listado de Proveedores de Cuidado Infantil para los proveedores que ya han sido aprobados por el DHS.

Recibirá una forma de facturación de cuidado infantil en una semana a más tardar. Si no la recibe, por favor llame a la Unidad de Pago Directo (Direct Pay Unit: DPU) al 1-800-699-9074 (503-378-5500 en Salem).

Por lo general el DHS no paga el total de los gastos del cuidado infantil. La mayoría de las familias tienen requerido pagar una parte de la factura, conocida como el pago compartido. El monto del pago compartido aparecerá en la forma de facturación. Además, la familia es responsable de pagar cualquier diferencia entre la cuota que usted cobra y la cuota máxima que el DHS pagará.

Para averiguar cuál es la cuota máxima para su área o para encontrar respuestas a otras preguntas que puede tener sobre los programas de cuidado infantil del DHS, favor de consultar la Guía para Proveedores de Cuidado Infantil. Si no tiene la Guía para Proveedores, puede solicitar una llamando a la DPU al número antes brindado. La Guía para Proveedores y la información sobre cuotas también están disponibles en línea en http://www.dhs.state.or.us/children/childcare/providers.htm .

Gracias por brindar este servicio tan importante.

Atentamente, _________________________________ Teléfono: _________________________

DHS 7494E (10/03) Spanish - Replaces and

recycle AFS 7494E

“Ayudando a las personas a volverse independientes, saludables y seguras”Un empleador con oportunidades equitativas

Departamento de Servicios HumanosNiños, Adultos y FamiliasOregon

Theodore R. Kulongoski, Governor

Fecha: ___________________

Nombre de la familia: ___________________

Número de caso: ___________________

Pago compartido pronosticado: ___________________

Horas de cuidado pronosticadas: ___________________

Nombre del proveedor: ___________________

Estimado Proveedor de Cuidado Infantil:

La presente verifica que el Departamento de Servicios Humanos (Department of Human Services: DHS) ayudará a pagar el cuidado infantil para la familia antes nombrada, a partir del _______________. Esto reemplaza la forma de Listado de Proveedores de Cuidado Infantil para los proveedores que ya han sido aprobados por el DHS.

Recibirá una forma de facturación de cuidado infantil en una semana a más tardar. Si no la recibe, por favor llame a la Unidad de Pago Directo (Direct Pay Unit: DPU) al 1-800-699-9074 (503-378-5500 en Salem).

Por lo general el DHS no paga el total de los gastos del cuidado infantil. La mayoría de las familias tienen requerido pagar una parte de la factura, conocida como el pago compartido. El monto del pago compartido aparecerá en la forma de facturación. Además, la familia es responsable de pagar cualquier diferencia entre la cuota que usted cobra y la cuota máxima que el DHS pagará.

Para averiguar cuál es la cuota máxima para su área o para encontrar respuestas a otras preguntas que puede tener sobre los programas de cuidado infantil del DHS, favor de consultar la Guía para Proveedores de Cuidado Infantil. Si no tiene la Guía para Proveedores, puede solicitar una llamando a la DPU al número antes brindado. La Guía para Proveedores y la información sobre cuotas también están disponibles en línea en http://www.dhs.state.or.us/children/childcare/providers.htm .

Gracias por brindar este servicio tan importante.

Atentamente, _________________________________ Teléfono: _________________________

DHS 7494E (10/03) Spanish - Replaces and

recycle AFS 7494E

MUESTRA

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Cómo convertirse en un proveedor listado para el Programa de Cuidado Infantil del DHS

¿Qué significa estar listado?Para cumplir con los requisitos para recibir pagos del DHS, el proveedor debe estar “listado”. Para estar listado con el DHS, los proveedores necesitan llenar una solicitud por separado, llamada un formulario de Listado de Proveedores de Cuidado Infantil (Child Care Provider Listing) (DHS 7494). El listado del DHS está separado del trámite para estar “registrado” o “certificado” con la División de Cuidado Infantil (CCD).

El formulario para el listado pide información sobre usted. También contiene un acuerdo que usted debe firmar para cumplir con los requisitos para recibir pagos. Incluye una lista que describe los estándares mínimos para un establecimiento seguro. Al firmar dicho formulario, usted acuerda cumplir con todos los requisitos del programa. También autoriza que se hagan verificaciones de antecedentes para usted y cualquier persona que tendrá acceso a los niños bajo cuidado (ver la página 18). Las verificaciones de antecedentes incluyen tanto los registros penales como los de los Servicios de Protección Infantil.

¿Cómo puedo ser listado?Para estar listado, el proveedor llena un formulario de Listado de Proveedores de Cuidado Infantil (Child Care Provider Listing) (DHS 7494: vea la muestra en la página 16).

Usted recibe dicho formulario de parte de la familia. La familia la recibe de parte de su trabajador social del DHS cuando cumplen los requisitos para recibir asistencia con el cuidado infantil. Dicho formulario le dice que la familia cumple con los requisitos para recibir ayuda el primer mes.

Es importante que complete este formulario y que lo envíe a la Unidad de Pago Directo (DPU) del DHS dentro de los 10 días siguientes. La dirección de la DPU se encuentra en el formulario. El formulario de listado debe recibirse y tramitarse antes de que se le pueda enviar un formulario de facturación. Usted necesitará recibir un formulario de facturación para poder recibir pagos.

Para asegurarse de que cumple con los requisitos, lea detenidamente ¿Cuáles son los requisitos para los proveedores? en las páginas 10-11. También lea la sección sobre Verificación de antecedentes empezando en la página 18 de la presente guía. Debemos tener información sobre todas las personas sujetas a las verificaciones de registros y sus firmas.

Si el formulario de listado no está completa, puede regresársele a usted y la tramitación será demorada. Puede comunicarse con la Unidad de Pago Directo al 1-800-699-9074 si tiene preguntas para el llenado del formulario.

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¿Cuáles son los requisitos para los proveedores?

Una familia elige al proveedor que quieren que cuide de sus niños. El DHS le paga al proveedor a nombre de la familia. Para que el DHS pueda realizar pagos directamente al proveedor, el proveedor acuerda cumplir con ciertos requisitos. Esto incluye pasar verificaciones de antecedentes penales y de los registros de los Servicios de Protección Infantil. El proveedor también acuerda cumplir con estándares de higiene y seguridad básicos. La firma del proveedor en el formulario de Listado de Proveedores de Cuidado Infantil (Child Care Provider Listing) afirma que acuerdan cumplir con los requisitos listados a continuación.

En el área de requisitos básicos el proveedor debe:

• Tener más de 18 años de edad.

• Tener una salud física y mental que no perjudique al niño bajo cuidado.

• Ser la persona que brinda el cuidado.

• Avisarle al DHS (y a la CCD si es un proveedor licenciado) antes de usar a un cuidador substituto. (Los cuidadores substitutos deben estar listados en un formulario de Listado de Proveedores de Cuidado Infantil).

• No ser el padre, madre, padrastro ni madrastra del niño, ni del hermano(a) del niño (si todos viven en el mismo hogar), ni estar en la misma subvención de TANF que el niño.

• Estar registrado o certificado con la CCD, si así lo requiere la ley.

• Pasar una verificación de antecedentes. (Esto incluye al proveedor y a todas las personas que se requiere sean incluidas en el formulario de listado)

• Cooperar con cualquier investigación y permitir que el DHS inspeccione el lugar del cuidado durante las horas en que se brinda cuidado infantil.

En el área de higiene y seguridad el proveedor debe:

• Cumplir con los estándares mínimos de higiene y seguridad del DHS que se encuentran en el formulario de listado y acordar seguir cumpliendo con dichos estándares.

• Supervisar a los niños en todo momento.

• Revisar el horario de vacunación con los padres para mantener actualizados los registros de vacunas.

• Tomar medidas para prevenir la propagación de enfermedades infecciosas.

• Reportar sospechas de abuso infantil a una oficina de Servicios de Protección Infantil [Bienestar infantil (Child Welfare)] del DHS o a una agencia del orden público.

Cómo convertirse en un proveedor listado para el Programa de Cuidado Infantil del DHS — continuado

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• Reportar a la DPU dentro de los siguientes 10 días de cualquier arresto, convicción o participación con los Servicios de Protección Infantil [Bienestar infantil (Child Welfare)] de sí mismos o gente que vive con ellos.

• Evitar que personas que pueden hacerle daño a los niños tengan acceso a los niños bajo cuidado.

• Permitirle a todos los padres que tengan patria potestad a tener acceso inmediato en todo momento a sus hijos bajo cuidado.

En el área de facturación y registros, el proveedor debe:

• Proporcionarle al DHS su Número de Seguro Social correcto y válido o su número de identificación del IRS.

• Cobrarle a la familia la misma cuota (o menos) que normalmente le cobran a otras familias.

• Facturar por la cantidad real de cuidado brindado.

• Mantener registros de facturación y registros de asistencia diaria que muestren la hora de llegada y salida de cada día para cada niño bajo cuidado. Los registros deben mantenerse por al menos un año.

• Permitir que el DHS revise los registros de asistencia bajo petición. Se brinda una muestra de un registro de asistencia en la página 74.

• Reportar a la DPU dentro de los 10 días siguientes de cualquier cambio en los nombres, número telefónico o dirección del proveedor, o de cualquier cambio en las personas que trabajan en el establecimiento o que se mudan al hogar o del mismo.

• No facturar a una familia del DHS por las obligaciones del proveedor. Por ejemplo, los proveedores no deben facturar a una familia del DHS por cualquier monto que el DHS recolecte del proveedor para recuperar un pago en exceso ni por cualquier monto pagado por el DHS a un acreedor del proveedor debido a un embargo, retención o cualquier otro proceso legal.

Ayuda con los estándares básicos de higiene y seguridadSe encuentra disponible asistencia limitada para cumplir con los estándares básicos de higiene y seguridad para proveedores que brindan cuidado para familias del DHS. Por ejemplo, el DHS puede proporcionar ayuda para barreras para proteger a los niños contra estufas de madera o tomacorrientes.

Si no cumple con los estándares, marque la casilla adecuada en el formulario de Listado de Proveedores de Cuidado Infantil (Child Care Provider Listing) (DHS 7494). Recibirá información sobre con quien debe comunicarse para recibir ayuda. Puede calificar para brindar cuidado mientras trabaja con nosotros para cumplir con los estándares.

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Puede obtener ayuda para cumplir con los estándares básicos de higiene y seguridad para brindar cuidado infantil.

Capacitación de proveedores Se motiva la capacitación de orientación para todos los proveedores.

A partir del 1º de julio de 2010 las orientaciones serán obligatorias para todos los proveedores que están exentos de licencia para poder recibir pagos del DHS.

La orientación contiene información importante sobre:

• El proceso de pago;

• Las reglas del programa;

• Los derechos y las responsabilidades de los proveedores de cuidado infantil;

• Opciones de capacitación para la cuota mejorada;

• Recursos de programa de alimentos por medio del Departamento de Agricultura de E.U.; así como otros recursos y reembolsos disponibles por medio de fuentes públicas y privadas.

Si le gustaría recibir más información sobre ésta y otras oportunidades de capacitación para proveedores de cuidado infantil, comuníquese con la Red de Recursos y Derivaciones del Cuidado Infantil (Child Care Resource and Referral Network). Para encontrar la agencia más cercana a usted, consulte el directorio de agencias locales en las páginas 66-68. También puede comunicarse con la oficina de la Red de Recursos y Derivaciones en Salem llamando al 1-800-342-6712.

Cómo convertirse en un proveedor listado para el Programa de Cuidado Infantil del DHS — continuado

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Cómo llenar el formulario de Listado de Proveedores de Cuidado Infantil (DHS 7494)

Favor de también leer las Instrucciones para el Proveedor en la primera página del formulario de Listado de Proveedores de Cuidado Infantil (Child Care Provider Listing) (una muestra se encuentra en la página 16).

Páginas 1–2

Usando tinta negra o azul, escriba su nombre 1. o el nombre de su negocio según aparece en los registros del Servicio de Impuestos Internos (Internal Revenue Service: IRS). Si el nombre no es igual al de los registros del IRS, usted puede recibir una multa de parte del IRS y dejar de recibir pagos del DHS.

Escriba su número de Seguro Social o su número de identificación del IRS, 2. si tiene uno. (El número de identificación del IRS puede ser un número de identificación personal del contribuyente o número de identificación de empleador). Debe proporcionar su número de Seguro Social correcto y válido o número de identificación del IRS para recibir pagos.

Escriba su nombre (o el nombre de su establecimiento si es un centro o un 3. hogar familiar certificado). Esto es lo que se imprimirá en el cheque.

Escriba la dirección donde se brinda el cuidado infantil. Esto puede ser 4. diferente de su dirección postal o dirección donde reside. Necesitamos la dirección donde se brinda el cuidado para determinar la tasa del DHS para su área.

Escriba su número de teléfono. 5.

Escriba la dirección donde reside. No deje esta área en blanco a menos que esté 6. registrado o certificado por la División de Cuidado Infantil (CCD).

Escriba el nombre de su primer idioma (por ejemplo, español, inglés, etc.). 7.

Escriba su dirección postal. Le enviaremos sus cheques y cartas a dicha 8. dirección. Nota: Debe estar registrado con la oficina de correos para recibir correo a dicha dirección. La oficina de correos no entregará cheques a su nombre si su nombre no está registrado con ellos para dicha dirección.

Escriba el nombre y la fecha de nacimiento (de saberla) de cada niño que cuida 9. de esta familia. Marque “sí” o “no” para mostrar si es pariente de cualquiera de los niños. Si es pariente, indique en qué grado. Por ejemplo, abuela, tío, etc.

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Usted no reúne los requisitos para recibir pagos del DHS si:

• Es padre, madre, padrastro o madrastra del niño;

• Tiene menos de 18 años de edad;

• No es pariente del niño, pero vive con el padre o madre del niño y tienen un hijo juntos, o si está esperando un hijo con dicho padre o madre.

Marque esta casilla si brinda cuidado para el niño en el propio hogar del niño.10.

Marque esta casilla si está certificado actualmente para brindar cuidado de 11. crianza temporal. De ser así, también debe anexar una carta de su certificador que le autorice brindar cuidado infantil además del cuidado de crianza temporal o no será aprobado para brindar cuidado infantil.

Si está registrado o certificado por la División de Cuidado Infantil, escriba 12. su número de proveedor de la CCD y siga con el número 15, el Acuerdo del Proveedor. De otra manera, siga con los números del 13 al 15.

Revise la hoja de información sobre los estándares de higiene y seguridad. 13. Marque “sí” si cumple con todos los estándares de higiene y seguridad enumerados en dicha hoja. Marque “no” si todavía no cumple con todos esos estándares y nosotros nos comunicaremos con usted para informarle cómo puede recibir ayuda para cumplir con los estándares. Debe cumplir con los estándares dentro de los 30 días siguientes o su listado no será autorizado.

Debe brindar información sobre todas las personas que tienen requerido 14. someterse a una verificación de antecedentes, a menos que su establecimiento haya sido registrado o certificado por la División de Cuidado Infantil. Debe contestar todas las preguntas planteadas para el proveedor y todas las personas que liste.

Una de las preguntas inquiere sobre si la persona ha sido arrestada o condenada penalmente o ha estado involucrada con los Servicios de Protección Infantil. Si usted o cualquiera de las personas que liste en el formulario marca “sí” a dicha pregunta, necesitará anexar una hoja tamaño carta en la que explique la historia, incluyendo cada incidente, la fecha y ubicación.

Si no lista a cada persona que tiene requerido, eso hará que usted no cumpla los requisitos para recibir pagos, y quizá tenga que devolver los pagos que ya haya recibido. Cada persona listada debe firmar para autorizar las verificaciones de antecedentes o el formulario será regresado.

Cómo convertirse en un proveedor listado para el Programa de Cuidado Infantil del DHS — continuado

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Todos los proveedores pagados por el DHS deben cumplir con los requisitos para proveedores. Esto incluye verificaciones de antecedentes penales y de registros de los Servicios de Protección Infantil.

Las verificaciones de antecedentes son obligatorias para todas las personas siguientes que tengan 16 años de edad o más:

• Usted, el proveedor;

• Empleados o personal que trabajan en el establecimiento de cuidado infantil (en establecimientos con más de un cuidador);

• Cuidadores sustitutos que brindarán cuidado cuando los cuidadores principales no estén disponibles;

• Todos los miembros del hogar donde se brinde el cuidado (incluyendo el padre o madre, si dicho padre o madre y el proveedor viven juntos);

• Todas las visitas frecuentes o personas que pueden tener acceso no supervisado con los niños bajo cuidado, en el lugar en el que se brinda el cuidado.

Lea detenidamente los requisitos para proveedores en las páginas 10-11 de 15. esta guía. El DHS no pagará a proveedores que no acuerden cumplirlos. Firme su nombre, escriba la fecha en el formulario y escriba con letra de molde su nombre donde se indica. Su firma en el formulario de listado significa que acuerda cumplir todos los requisitos y la información brindada es verdadera y completa. Después de que firme el formulario, envíelo a la Unidad de Pago Directo (DPU) del DHS lo antes posible a la dirección indicada en el formulario.

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Cómo convertirse en un proveedor listado para el Programa de Cuidado Infantil del DHS — continuado

Pág. 1 de 2

Dé información sobre los niños que usted cuidará para la familia indicada. Si usted es menor de 18 años, uno de los padres o padrastros del niño, o su tutor legal, no tiene derecho a recibir pagos de DHS.

Spanish DHS 7494 (5/11), Recycle prior versions

Inscripción para proveedores de cuidado de niñosDirect Pay Unit, PO Box 14850, Salem, OR 97309-0850

1-800-699-9074 (sin cargo) o 503-378-5500 (área de Salem)

c Marque este casillero si provee cuidado en el hogar donde vive el niño. c Marque aquí si el hogar donde provee cuidados está certificado para cuidado de crianza. Debe adjuntar una carta delcertificador que lo autorice a cuidar niños en ese hogar. De lo contrario, no se aprobará su inscripción.Escriba su número de CCD aquí: ________ si está actualmente registrado o certificado por la División de Cuidado de Niños, y pase al número 15.¿Cumple con todas las normas de salud y seguridad indicadas en la hoja de información? c Sí c NoSi marcó No, nos comunicaremos con usted para decirle cómo conseguir ayuda para cumplir con las normas. También puede haber asistencia financiera. Se le negará la inscripción si usted no cumple con las normas dentro de 30 días.Para tener derecho a recibir pagos, los proveedores y demás personas de 16 años de edad o mayores que viven en el hogar donde se brinda el cuidado o lo visitan con frecuencia deben pasar un control de antecedentes delictivos y de antecedentes de servicios de protección de niños. Si usted provee cuidado en el hogar del niño y vive en otro lugar, escriba sólo su nombre.Todas las personas deben firmar para autorizar a DHS, al sistema judicial estatal y a otras agencias a divulgar información y a comunicarse con el fin directo y limitado de determinar y revisar la elegibilidad para ser proveedor de DHS. Los proveedores deben dar información completa de todas las personas sujetas al control de antecedentes. El no incluir a alguna persona en la página 2 será motivo suficiente para que se le niegue el derecho a recibir pagos. Además, usted podría incurrir en un sobrepago.Si usted está a cargo de una institución de cuidado de niños exenta de regulación según ORS 657A.250, ponga el nombre del director del lugar y de todos los proveedores de cuidado que puedan tener contacto no supervisado con los niños.

SECCIÓN DEL PROVEEDOR - USE TINTA AZUL O NEGRA

1. Nombre que usa en los registros del IRS: 2. Número de Seguro Social o número de identificación del IRS: 3. Nombre a imprimir en el cheque: 4. Dirección donde se provee el cuidado: Ciudad Estado C.P.

5. Número de teléfono (incluir código de área) 6. Dirección donde usted vive: Ciudad Estado C.P. 7. Idioma preferido 8. Dirección postal: (si es diferente) Ciudad Estado C.P.

DHS BRANCH USE ONLYCase name: Case number: Program: Branch: Which billing form? (check one)

c CCB c JCCBDate care began (mm/dd/yy): Will this be the primary

provider? c Yes c NoPercent of care for this provider:

Number of child care hours:1st mo: 2nd mo:

If ERDC, copay month: Copay amounts: 1st mo: 2nd mo:

Replaces another provider?c Yes c No

If yes, end this provider (name): Date care ended (mm/dd/yy):

DPU DPU worker: Provider number: Notes:

Nombre del niño (nombre y apellido) FDN ¿Es pariente suyo? Si están emparentados, ¿cómo?

c Sí c No

c Sí c No

c Sí c No

9.

10.

11.

12.

13.

14.

MUESTRA

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Pág. 2 de 2 Spanish DHS 7494 (5/11), Recycle prior versions

Continuación. Si provee cuidado en el hogar del niño y usted vive en otro lugar, ponga sólo su nombre.Le devolveremos este formulario si no tiene todas las firmas.El siguiente espacio debe ser llenado por el proveedor de cuidado de niños (o director de la institución):

Firma del proveedor: Fecha:

Nombre en letra de molde:

Acepto los requisitos del proveedor detallados en la Guía para Proveedores. Entiendo que si doy falso testimoniou oculto información puedo quedar sujeto a sanciones estatales o federales. Afirmo bajo pena de perjurio que diinformación verdadera y completa y que mi nombre y número de seguro social o de identificación fiscal es válidoy correcto. Afirmo bajo pena de perjurio que di información completa sobre mis antecedentes delictivos y con los servicios de protección de niños y devolveré todo pago recibido si no divulgo esta información.Acepto que se deduzcan las cuotas sindicales o Fair Share de mis pagos.

ACUERDO DEL PROVEEDOR: Para obtener información completa, lea la Guía para Proveedores de Cuidado de Niños de DHS o visite www.oregon.gov/DHS/children/childcare/main.shtml. Si necesita una copia de la guía, llame a la DPU al 1-800-699-9074 (sin cargo) o al 503-378-5500 (área de Salem).

Nombre del proveedor (apellido, 1er nombre, inicial) Otros nombres usados: Firma autorizante:

Nº Lic. de conducir o Doc. de Identidad/Estado

¿Vivió fuera de Oregón durante 60 días o más en los últimos 18 meses? c Sí c No Estado(s):_________________________¿Alguna vez lo arrestaron por un delito, lo condenaron o tuvo contacto con los Servicios de Protección de Niños? c Sí c No Si marca “Sí” en alguna de las casillas, explique la historia del caso en una hoja tamaño carta adjunta. Incluya cada incidente, fecha y lugar.

c Hombre c MujerFecha de nacimiento Sexo: N° de Seguro Social (si no tiene, escriba N/A.)

Nombre: (apellido, primer nombre, inicial) Otros nombres que usó: Firma autorizante:

Nº Licencia de conducir/Identificación/Estado Fecha de nacimiento: Sexo: N° de Seguro Social (si no tiene, escriba N/A.) Soy (marque uno): c Miembro de la familia c Visitante frecuente c Empleado/Voluntario¿Vivió fuera de Oregón durante 60 días o más en los últimos 18 meses? c Sí c No Estado(s):_________________________¿Alguna vez lo arrestaron por un delito, lo condenaron o tuvo contacto con los Servicios de Protección de Niños? c Sí c No Si marca “Sí” en alguna de las casillas, explique la historia del caso en una hoja tamaño carta adjunta. Incluya cada incidente, fecha y lugar.

c Hombre c Mujer

Personas de 16 años de edad o mayores que viven en el hogar, visitantes frecuentes, y demás cuidadores. (Ver pág. 1) Llenar un espacio para cada uno. Adjuntar más hojas si falta espacio.

Nombre: (apellido, primer nombre, inicial) Otros nombres que usó: Firma autorizante:

Nº Licencia de conducir/Identificación/Estado Fecha de nacimiento: Sexo: N° de Seguro Social (si no tiene, escriba N/A.) Soy (marque uno): c Miembro de la familia c Visitante frecuente c Empleado/Voluntario¿Vivió fuera de Oregón durante 60 días o más en los últimos 18 meses? c Sí c No Estado(s):_________________________¿Alguna vez lo arrestaron por un delito, lo condenaron o tuvo contacto con los Servicios de Protección de Niños? c Sí c No Si marca “Sí” en alguna de las casillas, explique la historia del caso en una hoja tamaño carta adjunta. Incluya cada incidente, fecha y lugar.

Nombre: (apellido, primer nombre, inicial) Otros nombres que usó: Firma autorizante:

Nº Licencia de conducir/Identificación/Estado Fecha de nacimiento: Sexo: N° de Seguro Social (si no tiene, escriba N/A.) Soy (marque uno): c Miembro de la familia c Visitante frecuente c Empleado/Voluntario¿Vivió fuera de Oregón durante 60 días o más en los últimos 18 meses? c Sí c No Estado(s):_________________________¿Alguna vez lo arrestaron por un delito, lo condenaron o tuvo contacto con los Servicios de Protección de Niños? c Sí c No Si marca “Sí” en alguna de las casillas, explique la historia del caso en una hoja tamaño carta adjunta. Incluya cada incidente, fecha y lugar.

c Hombre c Mujer

c Hombre c Mujer

14.

15. MUESTRA

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Verificación de antecedentesPara reunir los requisitos para recibir pagos del DHS, los proveedores y demás personas en el hogar o establecimiento que tendrán acceso a los niños bajo cuidado deben pasar una verificación de antecedentes. Dicha verificación es realizada por la Unidad de Revisión de Antecedentes del DHS e incluye una verificación de antecedentes penales y una verificación de antecedentes con los Servicios de Protección Infantil (Child Protective Services: CPS).

Si el DHS encuentra que el proveedor u otra persona en el formulario de listado no cumple con los requisitos, el proveedor no reunirá los requisitos para recibir pago.

Los proveedores deben brindar información completa para todas las personas sujetas a una verificación de antecedentes. Cada una de dichas personas debe firmar el formulario autorizando la verificación de sus antecedentes. A un proveedor que brinde información engañosa, falsa o incompleta se le puede denegar el cumplimiento de requisitos para recibir pagos del DHS y puede tener que devolver cualquier pago que haya recibido de parte del DHS. También puede estar sujeto a acciones legales.

Un proveedor que tenga un registro o certificación actual por la División de Cuidado Infantil (CCD) que ya haya pasado una verificación de antecedentes puede estar obligado a someterse a otra verificación de antecedentes de parte del DHS.

¿Quién debe estar incluido en el formulario de listado para someterse a una verificación de antecedentes?

Para los establecimientos de cuidado infantil exentos de licencia, los proveedores deben brindar en el formulario de Listado de Proveedores de Cuidado Infantil (Child Care Provider Listing) (DHS 7494) los nombres del director del sitio y cualquier persona que trabaje en el establecimiento quien tendrá acceso a los niños bajo cuidado. Esto incluye a los cuidadores sustitutos.

Para los hogares de cuidado infantil, los proveedores deben brindar en el formulario de Listado de Proveedores de Cuidado Infantil (Child Care Provider Listing) (DHS 7494) los nombres de cualquier persona de 16 años o más que residan en el hogar, que sea un cuidador sustituto o que sea una visita frecuente durante las horas en que se brinda cuidado y quien puede tener acceso no supervisado a los niños bajo cuidado. Nota: Los padres de los niños bajo cuidado también deben ser incluidos en el formulario de listado, si viven con el proveedor.

El Departamento puede encontrar a un proveedor de cuidado infantil como no calificado para recibir pagos con base a los antecedentes de los Servicios de Protección

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Infantil (Child Protective Service: CPS) o antecedentes penales de cualquiera de las personas sujetas a una verificación de antecedentes. Dicha decisión está basada en conducta pasada que indica que es probable que una de dichas personas participe en comportamiento que pueda poner en peligro la seguridad de un niño o tener un efecto perjudicial en un niño que está bajo cuidado del proveedor.

Para tomar su decisión, el Departamento puede usar cualquier información disponible incluyendo los registros de los CPS del Departamento, la investigación de una queja o información brindada por otra agencia. Un solo incidente puede ser antecedente suficiente para denegar el cumplimiento de requisitos.

Dicha descalificación es determinada al considerar el contenido y la fuente de los reportes, el tiempo que ha transcurrido desde los reportes, el número de reportes y derivaciones, la participación de la persona en rehabilitación, capacitación o consejería, así como las probabilidades de que la persona consuma indebidamente drogas o alcohol.

Después de revisar las circunstancias, el DHS también puede determinar que el proveedor sigue cumpliendo los requisitos para recibir pago aunque exista un reporte fundamentado o válido. Dicha decisión estaría basada en la determinación de idoneidad de que no es probable que se repita el comportamiento y que la presencia de dicha persona probablemente no pondría en peligro la seguridad de un niño bajo el cuidado del proveedor.

Se puede encontrar una copia de las reglas que contienen la lista de delitos y periodos potenciales de descalificación en las reglas de Verificación de Antecedentes Penales en el portal de Internet en: www.oregon.gov/DHS/chc.

Las personas que han vivido fuera de Oregon en los últimos 18 meses por 60 días consecutivos o más, o quienes han sido condenados o arrestados por delitos en otros estados, estarán obligadas a presentar tarjetas de huellas dactilares para una verificación nacional para poder completar el proceso de verificación de antecedentes.

¿Qué ocurre cuando se completa la verificación de antecedentes?Una vez que se completa la verificación de antecedentes el proveedor recibirá un Aviso de Determinación de Idoneidad. El aviso indicará uno de los siguientes:

• Aprobado Con base en la verificación de antecedentes, ha sido aprobado para recibir pagos por brindar cuidado a los clientes del DHS. Una vez aprobado, cualquier cambio en su estatus debe ser reportado a la DPU, incluyendo cambios a su nombre, dirección, personas que deben ser incluidas en su formulario de listado, o si usted o personas en su formulario de listado son sujetos a cargos penales o a una investigación de abuso o abandono.

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• Reprobado Con base en la información que brindó, no es posible completar la verificación de sus antecedentes en estos momentos, debido a información que falta o que no es correcta sobre usted o alguien en su formulario de listado. Por ejemplo, podría haber reprobado por no brindar un número de Seguro Social o por no declarar o brindar una explicación para un arresto o participación en una investigación de abuso o abandono. Si recibe un aviso de que ha reprobado, necesitará volver a presentar una solicitud, poniendo mucha atención para brindar toda la información requerida.

• Denegado Con base en la verificación de antecedentes, usted ha sido denegado para recibir pagos por brindar cuidado a clientes del DHS, debido a la naturaleza de los antecedentes penales o antecedentes de abuso y abandono de una o más personas en el formulario de listado. Puede solicitar una audiencia si no está de acuerdo con esta decisión. Si el problema son los antecedentes de alguien en el hogar donde se brinda cuidado, que no sea el proveedor, el proveedor denegado puede volver a presentar una solicitud sólo si ha cambiado de ubicación donde se brinda el cuidado o si la persona cuya verificación de antecedentes causó la denegación ya no vive o visita dicha ubicación.

Si el listado fue denegado, el DHS también enviará un aviso a la familia para avisarle que el listado fue denegado y que debe encontrar otro proveedor si quieren seguir recibiendo ayuda con el cuidado infantil a través del DHS.

Si soy denegado, ¿cómo solicito una audiencia?

Para solicitar una audiencia los proveedores deben presentar una solicitud por escrito ante: DHS Background Check Unit (BCU), PO Box 14870, Salem, OR 97309.

Puede obtener un formulario para solicitar una audiencia en la oficina del DHS más cercana, o en el portal de Internet del Programa de Cuidado Infantil en www.oregon.gov/DHS/children/childcare.

Para más información sobre los derechos a audiencias, vea ¿Y si no estoy de acuerdo con una decisión del DHS?, en la página 47.

Verificación de antecedentes — continuado

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El proceso de facturación: cómo facturar por el cuidado Sobre los formularios de facturación

Una vez que sea un proveedor listado, sus formularios de facturación llegarán por correo postal alrededor del principio de cada mes.

Cada formulario de facturación por cuidado infantil tiene su propio número de vale y puede ser usado una sola vez por el periodo de tiempo que aparece en el formulario. El DHS realizará un solo pago por formulario de facturación. El formulario no puede ser cambiado para facturar por un periodo de tiempo diferente.

Una muestra del formulario de facturación se encuentra en la página 27. Las instrucciones para llenar el formulario de Facturación por el Cuidado Infantil (Child Care Billing) se encuentran después de esta sección.

El formulario de facturación le dice:

• El periodo de tiempo cubierto por el formulario de facturación;

• El monto del pago compartido (de existir) que será descontado;

• Los nombres de los niños calificados en la familia y sus categorías de edad;

• La cantidad máxima de horas autorizadas para el cuidado infantil.

Al final del periodo autorizado en el formulario de facturación, llene dicho formulario y envíelo a la Unidad de Pago Directo (DPU) para su tramitación y pago. No cobre por días futuros en los que espera brindar cuidado; sólo por el cuidado que ya ha sido brindado.

Asegúrese de mandar puntualmente el formulario de facturación cada mes. Los formularios de facturación se vencen a los 90 días después de que son expedidas.

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Lectura del formulario de facturación por el cuidado infantilVea la muestra del formulario de facturación en la página 27.

1. La sección uno del formulario de facturación por el cuidado infantil le dice:

• El número de vale y la fecha en que fue expedida;

• El programa en el que participa la familia, el número de sucursal local del DHS, el número de caso de la familia y la identificación del trabajador social;

• El nombre del caso de la familia;

• El número de proveedor del DHS del proveedor y el tipo de proveedor (vea las definiciones a continuación).

VOUCHER #999999 04/01/2006 M5 - 4905 AC7283 - SC JONES, JOHN Q ABCZ00001 - FAM

Fecha de expedición

Identificación del trabajador social

Número de casoTipo de proveedor

Número de proveedor

Programa Sucursal

Más sobre las definiciones de tipos de proveedores —En su formulario de Facturación por el Cuidado Infantil (Child Care Billing), su tipo de proveedor le dice si está codificado para recibir la cuota estándar, mejorada o licenciada. Las definiciones a continuación explican cuál tasa recibirá por dicha facturación con base en su tipo de proveedor:

Tipo de proveedor: Recibirá:FAM ............................................................. Cuota familiar estándarNQC ............................................................. Cuota de centro estándarQFM ............................................................. Cuota familiar mejoradaQEC ............................................................. Cuota de centro mejoradaRFM ............................................................. Cuota Familiar Registrada y LicenciadaCFM ............................................................. Cuota Familiar Certificada y LicenciadaCNT .............................................................. Cuota de Centro Certificado y Licenciado

El proceso de facturación: cómo facturar por el cuidado — continuado

2. Si tiene una nueva dirección o un nuevo número de teléfono, no los escriba en el formulario. Favor de llamar a la DPU al 1-800-699-9074 (o al 503-378-5500 en Salem) o envíe el Reporte de Proveedor (Provider Report) (DHS 7496). Un formulario separable del Reporte del Proveedor se encuentra en la página 50.

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3. Éste es el periodo de tiempo que cubre el formulario de facturación. No cambie las fechas. Dicha acción invalidará su formulario de facturación. Si necesita un formulario de facturación para un periodo de tiempo diferente, comuníquese con la DPU al 1-800-699-9074 (o al 503-378-5500 en Salem) para averiguar lo que debe hacer.

4. Este párrafo le dice cuál es el pago compartido de la familia. Usted debe recibir dicha cantidad de parte de la familia. Marque la casilla si desea reportar que la familia no le ha pagado el pago compartido. Esto sólo corresponde a la cantidad del pago compartido. (Vea ¿Qué ocurre si la familia no paga el pago compartido? en la página 29))

• No marque la casilla a menos que quiera reportar que el pago compartido no ha sido realizado.

• No marque la casilla si la familia ha pagado el pago compartido, aunque aún le deban otros cargos, tal como cantidades que sobrepasan la cuota del DHS.

5. Si necesita añadir cualquier información importante sobre su Facturación por el Cuidado Infantil, será añadida aquí (por ejemplo, identificar que es una factura que se ha vuelto a expedir en lugar del original).

6. Esta sección muestra el nombre del niño calificado, la categoría de edad del niño y la cantidad máxima de horas autorizada para cada niño. Aquí también es donde usted factura por el cuidado infantil brindado. (Vea ¿Cómo reporto las horas de cuidado en el formulario de Facturación de Cuidado Infantil? en la página 24).

Más sobre las categorías de edad del niño:En su formulario de Facturación por el Cuidado Infantil (Child Care Billing), la categoría de edad de cada niño le dice la tasa de edad que el DHS le pagará. Las definiciones a continuación explican las categorías de edad del DHS:

Bebé .................................... Recién nacido a 1 año (12 meses) para cuidado sin licencia.Bebé .................................... Recién nacido a 18 meses para cuidado con licencia:

registrado o certificado.Párvulo ............................... 1 año (12 meses) a 3 tres años para cuidado sin licencia.Párvulo ............................... 18 meses a 3 años para cuidado con licencia: registrado

o certificado.Preescolar .......................... 3 años a 6 añosEscolar ................................ 6 años o más(A menos que el niño tenga una circunstancia especial, el Cuidado Infantil Relacionado al Empleo (Employment Related Day Care: ERDC) paga el cuidado infantil para niños hasta la edad de 11 años. La Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (Temporary Assistance for Needy Families: TANF) paga el cuidado infantil hasta la edad de 12 años).Necesidades especiales ... Un menor de edad desde recién nacido hasta los 18 años

de edad quien necesita cuidado más costoso debido a una discapacidad física, del comportamiento o mental.

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7. No debe mandar su formulario de facturación antes del fin del mes, a menos que ya no brinda cuidado para la familia. Favor de marcar la casilla adecuada y escribir la última fecha cuando brindó cuidado.

8. Aquí es donde usted, el proveedor de cuidado infantil, firmará.

9. Aquí es donde firma la familia. Debe tener la firma de uno de los padres en el caso, a menos que ya no brinde cuidado para dicha familia.

¿Cómo reporto horas de cuidado en el formulario de Facturación por el Cuidado Infantil?

• Envíe el formulario de facturación para su pago al final del periodo autorizado, después de que haya brindado todo el cuidado del mes.

• Aunque no haya brindado cuidado en el mes, aún debe enviar el formulario de facturación. Escriba cero (0) para las horas de cuidado y para el cargo total. Marque la casilla adecuada en el formulario de facturación (la sección 7 de la muestra del formulario de facturación en la página 27).

• Marque ya sea por hora o mensualmente para mostrar si está cobrando por hora o por el mes. (Seleccione sólo uno).

• Llene el número de horas de cuidado que brindó por las que está facturando, redondeando a la siguiente hora. (Por ejemplo: 136½ horas = 137).

• Llene su cargo total en dólares y centavos. (Por ejemplo: $400.00).

• Facture al DHS en sus cuotas normales, por la cantidad total real de cuidado que brindó. (Nota: Quizá esto no sea lo mismo que la cantidad máxima autorizada para el niño).

n Ejemplo 1: El niño tiene autorizado hasta 140 horas en un mes, pero usted sólo brindó cuidado por 105 horas. No escriba 140: escriba 105. Si el niño recibe menos de la cantidad máxima de cuidado autorizada, el DHS pagará sólo por las horas reales en que se brindó cuidado.

n Ejemplo 2: Tal vez el niño tiene autorizado 120 horas de cuidado, pero usted brindó 150 horas. Escriba 150 horas. El DHS no pagará más de la cantidad máxima de horas autorizada, pero usted querrá registrarlo. Entonces la familia será responsable por la cantidad que sobrepasó las horas máximas autorizadas.

• Cobre sólo por el cuidado que fue brindado. No facture por horas en las que un niño está en la escuela.

• Puede facturar por hasta cinco días de ausencia al mes bajo ciertas circunstancias. (Vea ¿Y si el niño está ausente todo el mes? en la página 26).

El proceso de facturación: cómo facturar por el cuidado — continuado

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• No descuente el monto del pago compartido de la familia del monto que está facturando. Se descontará automáticamente de su pago.

• Marque cualquiera de las casillas adecuadas que le correspondan. Esto incluye reportar que no se ha realizado el pago compartido. (Vea ¿Qué pasa si la familia no paga el pago compartido? en la página 29).

• Pídale a uno de los padres que firme y escriba la fecha en el formulario. (Si ya no brinda cuidado para esta familia y no puede comunicarse con ellos para que firmen, marque la casilla que dice que ya no brinda cuidado para esta familia y escriba el último día en que brindó cuidado. La firma de la familia no será requerida).

• Usted, el proveedor, debe firmar y escribir la fecha en el formulario.

• Complete el formulario de facturación antes de pedirle a la familia que lo firme. Esto le permite al padre entender qué es lo que se está cobrando. Ni el padre ni el proveedor deben firmar un formulario de facturación en blanco.

• Asegúrese de mantener una copia de su formulario de facturación completado para sus registros. Envíe el original a la Unidad de Pago Directo (DPU) para su tramitación.

• Envíe por correo postal el formulario de facturación a la DPU para su tramitación y pago a la dirección que aparece en la parte superior del formulario.

• Avísele a la DPU cuando deje de brindar cuidado para una familia o cuando usted cambie de dirección o número telefónico.

Formularios de facturación perdidos, destruidos, o que faltan

¿Y si no recibo un formulario de facturación?

Si no recibe un formulario de facturación, puede preguntarle a la familia al respecto, llamar a la Unidad de Pago Directo o hablar con el trabajador social del DHS de la familia para averiguar la razón. (Vea ¿Qué puede decirle el DHS sobre las familias? en la página 4).

Si el DHS no le envía un formulario de facturación o no le dice que el DHS pagará por el cuidado infantil del niño, la familia tiene la responsabilidad de pagar el costo del cuidado brindado.

¿Cómo reemplazo un formulario de facturación perdido o destruido?

Un formulario de facturación perdido o destruido puede ser reemplazado por medio de llamar a la DPU al 1-800-699-9074 (o al 503-378-5500 en Salem).

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El proceso de facturación: cómo facturar por el cuidado — continuado

Facturación para días de ausencia Los proveedores que cumplen con los criterios a continuación pueden facturar al DHS por hasta cinco días de ausencia al mes cuando:

• El cuidado fue autorizado por el DHS y programado por el padre, pero el niño estuvo ausente y el proveedor no pudo usar el periodo de tiempo con otro niño; y

• Es norma del proveedor cobrarle a todas sus familias por días de ausencia; y

• Las horas programadas son registradas en el registro de asistencia del proveedor como un día de ausencia.

El DHS no pagará más de cinco días de ausencia consecutivos de cuidado programado aunque se extiendan de un mes al siguiente.

¿Y si el niño está ausente todo el mes?

Si no brindó cuidado todo el mes y no está facturando por días de ausencia (ver lo anterior), marque cero (0) en la casilla de “Cargo Total” (“Total Charge”), marque la casilla que explica la razón por la que está enviando el formulario de facturación, firme el formulario y envíelo a la DPU.

Como proveedor, debe mantener registros de asistencia de las horas y los días en que cuida a los niños por al menos un año.

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MUESTRA

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Pagos compartidos

¿Qué es un pago compartido?La mayoría de las familias trabajadoras que reciben ayuda para el cuidado infantil de parte del DHS deben pagar parte del costo de su cuidado infantil cada mes. La parte requerida del costo que le corresponde a la familia se llama el pago compartido de ellos. El monto del pago compartido de la familia está basado en sus ingresos y el tamaño de su familia. La familia paga su monto del pago compartido directamente a su proveedor principal, más cualquier cantidad que el proveedor cobre que sobrepase los límites de pago del DHS. El formulario de facturación muestra el monto del pago compartido que la familia tiene la responsabilidad de pagar, el cual será descontado de la cuota permitida del DHS. El DHS le paga al proveedor la diferencia: la cuota permitida menos el monto del pago compartido de la familia.

Hay una Hoja de Trabajo para Pagos de Cuidado Infantil (Child Care Payment Worksheet) (DHS 7492W) para que la use en la página 71. Puede usar dicha hoja de trabajo para determinar cuánto necesitará pagarle el padre después de que DHS le pague su parte del cuidado infantil.

Tanto usted como la familia sabrán con anticipación el monto del pago compartido. Si una familia tiene más de un proveedor, por lo general sólo uno recibirá el pago compartido de parte de la familia. La familia paga el pago compartido al proveedor principal. Por lo general éste es el proveedor que brinda la mayoría del cuidado infantil. La familia le dice a su trabajador social quién es su proveedor principal.

Es responsabilidad del proveedor cobrar el pago compartido o hacer arreglos con el padre. Si usted es el proveedor principal, es muy importante que usted y el padre hablen sobre el pago compartido. Depende de ustedes decidir cómo y cuándo cobrará el pago compartido y demás montos que el DHS no paga. Al decidir el horario de pago de la familia, puede ser útil saber cuándo se le paga a la familia.

Algunos proveedores y padres acuerdan hacer un trueque en lugar de pagar el pago compartido. Por ejemplo, el padre puede brindar cuidado para los hijos del proveedor. Si decide hacer esto, asegúrese de que su acuerdo esté por escrito. Entréguele al padre un recibo, ya sea que reciba pago en efectivo o en alguna otra forma. El padre puede necesitar recibos si solicitan el Crédito para Familias Trabajadoras de Oregon. Favor de ver las páginas 72-73 las cuales tienen información sobre el Departamento de Ingresos de Oregon.

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¿Qué ocurre si la familia no paga el pago compartido? Para seguir cumpliendo los requisitos para beneficios de cuidado infantil en el programa de Cuidado Infantil Relacionado al Empleo (Employment Related Day Care: ERDC), la familia debe pagar su pago compartido al proveedor, a más tardar al fin de cada mes o deben hacer otros arreglos con el proveedor. Si no lo hacen, usted puede marcar la casilla en el formulario de Facturación por el Cuidado Infantil que dice “Marque aquí ( ) si el padre no pagó este monto ni hizo arreglos con usted para pagarlo” (“Check here ( ) if the parent did not pay this amount or arrange with you to pay it”). Esto le informa a la DPU que el pago compartido no ha sido cumplido. También puede escribir una carta o llamar a la DPU para reportar que el pago compartido no ha sido realizado.

Debe avisarle a la DPU dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que nosotros le pagamos para reportar que no se ha realizado un pago compartido. De otra manera, se considerará que el pago compartido fue cumplido.

Si le avisa a la DPU que el pago compartido no ha sido realizado, la DPU enviará un aviso a la familia informándoles que sus beneficios del programa ERDC terminarán. Una vez que terminen los beneficios, la DPU no puede continuar los beneficios de la familia hasta que reciba aviso por escrito de parte suya o tenga otro comprobante de que la familia ha pagado o ha hecho arreglos para pagarle su pago compartido. Cualquier formulario de facturación que ya se le haya enviado a usted será tramitado. (El padre puede reunir los requisitos para beneficios de cuidado infantil de parte de otros programas que no tienen un pago compartido).

El DHS puede terminar los beneficios de la familia por no pagar el monto del pago compartido declarado en el formulario de Facturación por el Cuidado Infantil. No podemos terminar los beneficios de la familia por no pagar otros costos que el padre le debe al proveedor (por ejemplo, la cantidad que el proveedor cobra que sobrepasa el límite de pago del DHS). Cualquier pago realizado al proveedor de parte de la familia debe aplicarse primero al pago compartido.

Si el proveedor le avisa a la DPU que la familia ha hecho arreglos satisfactorios para el pago compartido, depende del proveedor cobrarlo. No podemos cerrar los beneficios de la familia otra vez por no honrar el arreglo entre el proveedor y la familia.

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Pagos del DHS

¿Cuándo recibiré mi pago?Después de que envíe por correo postal su formulario de facturación a la DPU al final del periodo autorizado, su formulario de facturación será tramitado e ingresado en la computadora dentro de los cuatro días siguientes. Su formulario de facturación puede regresársele sin tramitar si:

• Está incompleta o es incorrecta;

• Fue enviada antes del final del periodo autorizado;

• Fue enviada antes de que el cuidado facturado haya sido brindado en realidad.

Esto puede retrasar la tramitación y el pago de su facturación.

Para los proveedores que han solicitado depósito directo para sus pagos, el DHS depositará el pago directamente a la cuenta bancaria del proveedor el siguiente día hábil después de ser tramitado. Para los proveedores que reciben sus pagos en forma de cheque, el DHS enviará el cheque de pago el siguiente día hábil después de que el formulario sea tramitado.

Cuando el DHS envía un pago, incluimos un aviso al proveedor que muestra cuánto se pagó por el cuidado infantil de cada niño. Favor de mantener este aviso en sus registros. La familia recibe un aviso similar que les informa cuánto pagó el DHS.

Verificación de su pagoLa DPU tiene un sistema automatizado al que puede llamar las 24 horas del día, todos los días para obtener información de pagos. El sistema puede decirle si su pago:

• Ya ha sido procesado y si se le ha enviado un cheque;

• Ha sido denegado, ya sea debido a un problema con el vale o debido a que el monto facturado fue menor al monto del pago compartido de la familia.

Si el sistema dice que no se cuenta con información disponible, eso quiere decir que su formulario de facturación no ha sido tramitado.

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Pagos del DHS — continuado

Funciona de la siguiente manera:

• Llame al 503-378-3508 en Salem, o al 1-800-442-6451 a nivel estatal. Escuchará un menú de opciones; seleccione el número indicado para la información que desea.

• Tenga listo su Número de Seguro Social o Número de Identificación del Contribuyente Federal.

• Tenga listo el número de vale para la facturación que desea verificar.

• Si el sistema dice que no se cuenta con información disponible, eso quiere decir que su formulario de facturación no ha sido tramitado. Puede tomar entre 3 y 4 días.

• Si es un proveedor nuevo o no ha recibido pagos por algún tiempo, puede recibir el mensaje de que el sistema no reconoce su Número de Seguro Social. Eso significa que el trámite de enlazarlo a usted como el proveedor con la familia cliente puede no haber sido completado todavía. Toma unos cuantos días.

• Por favor siempre presione la tecla con el # antes de colgar.

Sobre las cuotas: ¿Cuánto pagará el DHS?El DHS tiene cuotas máximas para el cuidado infantil que pueden pagarle a los proveedores cada mes. Las cuotas están basadas de acuerdo a una encuesta del mercado estatal de los proveedores de cuidado infantil y la cantidad que la mayoría de ellos cobran en su área. Éstas son las cuotas máximas que el DHS tiene permitido pagarle a un proveedor.

El DHS pagará el monto que el proveedor factura o la cuota máxima permitida del DHS, lo que sea menor.

El monto pagado a un proveedor es determinado por varios factores:

• El código postal (ZIP) donde se brinda el cuidado: Esto determina en qué área se brinda el cuidado: Área de Grupo A, B o C. (Vea las Cuotas Máximas para el Cuidado Infantil del DHS en las páginas 40-43).

• El tipo de proveedor: Centro de cuidado infantil o cuidado infantil familiar, y si reciben la cuota estándar, mejorada o licenciada. (Vea Lectura del Formulario de Facturación por el Cuidado Infantil, Más sobre las definiciones de tipos de proveedores en la página 22 y ¿Cómo califico para la cuota mejorada? en la página 35).

• La categoría de edad del niño: Vea Lectura del Formulario de Facturación por el Cuidado Infantil, Más sobre las categorías de edad del niño en la página 23.

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• Las horas autorizadas en el formulario de facturación: Esto está basado en las horas de trabajo esperadas de la familia u horas de actividad autorizada, más el 25 por ciento para tiempo de viajes y comidas. Éste es el número total máximo de horas de cuidado infantil que el niño puede recibir de todos los proveedores para el periodo de tiempo en el formulario de facturación.

• La manera como el proveedor facturó: Ya sea que el proveedor cobre por hora o por mes y cuántas horas fueron facturadas.

• El cargo total que facturó el proveedor: Si el proveedor factura por menos que la cuota máxima del DHS, el DHS no puede pagar más de lo que el proveedor cobre.

• Las cuotas máximas del DHS: Los pagos no excederán las cuotas máximas listadas del DHS. Si los padres eligen a un proveedor que cobra más del máximo que puede pagar el DHS, los padres tienen la responsabilidad de pagar cualquier monto que sobrepase el máximo del DHS.

• El monto del pago compartido de la familia: Esta cantidad es descontada del monto permitido del DHS.

• Existencia de varios proveedores: Si las facturaciones combinadas de varios proveedores suman más que el máximo permitido para el cuidado, los proveedores pueden recibir un porcentaje del monto permitido. Ejemplo: si el primer proveedor brindó 85 por ciento de las horas totales de cuidado infantil y el segundo brindó el 15 por ciento de las horas totales, entonces el primer proveedor recibirá como pago el 85 por ciento de la cantidad máxima permitida y el segundo recibirá el 15 por ciento de dicha cantidad máxima.

¿Cómo se calcula el pago?DHS pagará:

• Según su cuota por hora o mensual, o hasta las cuotas máximas por hora o mensuales del DHS para su tipo de proveedor, la que sea menos;

• La cantidad real del cuidado que brinda, hasta el número total de horas autorizadas, menos el monto del pago compartido de la familia (especificado en el formulario de facturación).

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Pagos del DHS — continuado

DHS no pagará:

• Más de lo que usted facture;

• Más de las horas autorizadas;

• Más de las cuotas máximas del DHS. Aunque cobre por hora, el DHS no puede pagar más de la cuota mensual máxima;

• Montos menores a un dólar.

Una vez que se calcule el monto permitido para cada niño, el pago compartido es descontado del total de las cantidades permitidas.

Si tiene preguntas adicionales sobre cómo se calculó su pago, llame a la Unidad de Pago Directo al 1-800-699-9074 (o al 503-378-5500 en el área de Salem).

El siguiente es un ejemplo de cómo se calcula un pago:

Un proveedor familiar que recibe la cuota estándar en la Región C recibe autorización para 215 horas de cuidado y factura por las mismas. El proveedor cobra una cuota mensual de $400.00 para un bebé en cuidado de tiempo completo. El pago compartido del padre es de $136.00. La cuota mensual máxima del DHS es de $374.00 para un bebé en la Región C para un proveedor Familiar Estándar (de la página 42, Cuotas máximas del DHS).

El proveedor facturó $400; el DHS permitió $374; el pago compartido del padre es de $136.

El DHS permite...............................$374

Pago compartido de la familia......-$136

El DHS paga....................................$238

El proveedor facturó ......................$400

El DHS paga...................................-$238

La familia debe..............................$162

La familia es responsable de pagar su pago compartido ($136) más cualquier monto que el DHS no pague ($26). ($136 + $26= $162).

***No descuente el pago compartido del monto por el que está facturando. El DHS descontará automáticamente el pago compartido del monto permitido del DHS.

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Sobre las cuotas mejoradas

¿Cuál es la cuota mejorada?Para motivar a los proveedores a procurar recibir capacitación en temas de cuidado infantil y para premiar a aquellos que hacen dicho esfuerzo, el DHS tiene autorizado pagar una cuota más alta, llamada la cuota mejorada, a proveedores de cuidado infantil que están inscritos en el Registro de Oregon. El Registro de Oregon es un programa a nivel estatal voluntario para documentar y reconocer los logros profesionales de las personas que trabajan en la profesión de cuidado y educación infantil.

¿Cómo califico para la cuota mejorada?Los proveedores familiares y los centros que están exentos de la certificación de la División de Cuidado Infantil (CCD) que desean recibir la cuota mejorada deben cumplir con los requisitos específicos de capacitación del Registro de Oregon. Usted cumple con los requisitos de capacitación cuando:

• Haya completado al menos dos horas de capacitación para reconocer y reportar el abuso y abandono infantil;

• Tenga un certificado vigente en resucitación cardiopulmonar infantil (CPR, por sus siglas en inglés) y primeros auxilios;

• Tenga un permiso vigente de manipulador de alimentos;

• Acuerde completar y presentar comprobante de un mínimo de ocho horas adicionales de capacitación relacionada a temas de cuidado infantil cada dos años.

Para ser incluido en el Registro de Oregon, envíe comprobante de que ha completado los primeros tres requisitos, junto con una solicitud completada del Registro de Oregon, a la dirección que aparece en la solicitud.

Si cumple con los requisitos de la Capacitación de la Cuota Mejorada, automáticamente cumple los requisitos para el Paso 1 del Registro de Oregon.

La cuota mejorada entrará en vigor a más tardar a los 60 días siguientes de que su nombre haya sido añadido al Registro de Oregon.

Es responsabilidad suya mantener vigente sus certificaciones de primeros auxilios, resucitación cardiopulmonar y manipulador de alimentos.

Para los centros que están exentos de la certificación de la CCD, al menos un miembro del personal para cada 20 niños bajo cuidado necesitará cumplir los requisitos antes mencionados para recibir la cuota mejorada.

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Pagos del DHS — continuado

Si necesita una solicitud o si tiene preguntas sobre los requisitos de capacitación, o si desea recibir información sobre dónde puede encontrar capacitación en su área, llame al Registro de Oregon al 1-877-725-8535, o al 503-725-8535 en Portland, o visite su portal de Internet en www.centerline.pdx.edu. También puede llamar a la Red de Recursos y Derivaciones del Cuidado Infantil (Child Care Resource and Referral: CCR&R) local. (Vea las páginas 66–68 para encontrar el número de teléfono de la CCR&R en su área)

¿Cómo puedo recibir una cuota más alta para niños con necesidades especiales?

Cuota para necesidades especiales

Se cuenta con una cuota más alta para cuidar a niños o jóvenes con discapacidades, si requieren un nivel mayor de cuidado para su edad debido a una discapacidad física, del comportamiento o mental. La necesidad debe ser verificada y el proveedor debe declarar que el menor necesita un nivel de cuidado mayor del normal. Para hacerlo, el proveedor firma el formulario de Solicitud de Cuota para Cuidado Infantil para Necesidades Especiales (Special Needs Child Care Rate Request) (DHS 7486). La familia recibe este formulario de parte del trabajador social del DHS.

Programa de Necesidades Elevadas

Si un niño o joven requiere de un nivel de cuidado mucho más elevado en el establecimiento de cuidado infantil, también puede estar disponible un pago suplemental. A esto se le llama el “Programa de Necesidades Elevadas” (“High Needs Program”) e incluye una evaluación del menor. La evaluación es realizada, sin costo para la familia o para el proveedor, por un especialista del Programa de Cuidado Infantil Inclusivo del DHS (DHS Inclusive Child Care Program).

Si un proveedor identifica a un niño o joven que requiere de un nivel de cuidado mucho más elevado, debería platicarlo con la familia y comunicarse con el trabajador social del DHS o con el Programa de Cuidado Infantil Inclusivo al 1-866-837-0250 (o al 971-673-2286 en Portland) o enviar un mensaje de correo electrónico a [email protected]. Una vez que se hace una derivación, se realiza una evaluación individual para determinar si el pago suplemental es adecuado.

Si una familia necesita horas extras de cuidado

Quizá el DHS también pueda ayudar a pagar horas cuando el cuidado infantil necesario es mayor a las horas trabajadas más el 25 por ciento. Si la familia necesita más de 215 horas de cuidado al mes para seguir trabajando o participando en una actividad autorizada por el DHS, el trabajador social de la familia puede autorizar el pago de hasta el 50 por ciento más del límite mensual máximo del DHS. Para averiguar si califican, la familia puede llamar a su trabajador social del DHS.

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La cantidad es calculada en base al número de horas necesitadas y está limitada a situaciones autorizadas. De ser autorizado, el formulario de facturación por el cuidado infantil mostrará de 216 a 323 horas en el área de horas autorizadas.

**El pago para horas extras se calcula como sigue:

La computadora toma el número total de horas ingresadas por el trabajador del DHS (de 216 a 323 horas) y lo divide entre 215 para obtener un porcentaje. Luego multiplica el porcentaje por la cuota máxima para el menor.

Por ejemplo: La familia necesita 264 horas de cuidado infantil en un mes. La computadora divide 264 horas entre 215 = 1.23 y multiplica dicho número por la cuota máxima para dicho menor. Esto aumenta la cuota máxima un 23 por ciento.

Si el proveedor no brinda 216 horas de cuidado o más, recibirá hasta la cuota máxima normal para su área.

Se cuenta con una cuota más elevada para niños o jóvenes que requieren de un nivel de cuidado mayor para su edad debido a

una discapacidad física, del comportamiento o mental.

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Cuotas máximas para el cuidado infantil del DHS

Las tablas en las páginas 40-43 muestran las cuotas máximas para el cuidado infantil del DHS para cada área de grupo (área de mercado).

Si la familia está recibiendo ayuda por medio del programa de Bienestar Infantil (Child Welfare) del DHS, puede ser que dichas cuotas no se apliquen. Comuníquese con el trabajador social de la familia para más información.

Para obtener más información sobre pagos, vea ¿Cuánto pagará el DHS? en la página 32, y ¿Cómo se calcula el pago? en la página 33.

Estas son las categorías de edades del niño y las definiciones de los tipos de proveedores usadas en las tablas de cuotas en las páginas siguientes:

Categorías de edad del niñoBebé .................................... Recién nacido a 1 año (12 meses) para cuidado sin licencia.Bebé .................................... Recién nacido a 18 meses para cuidado con licencia:

registrado o certificado.Párvulo ............................... 1 año (12 meses) a 3 tres años para cuidado sin licencia.Párvulo ............................... 18 meses a 3 años para cuidado con licencia: registrado

o certificado.Preescolar .......................... 3 años a 6 añosEscolar ................................ 6 años o más(A menos que el niño tenga una circunstancia especial, el Cuidado Infantil Relacionado al Empleo (Employment Related Day Care: ERDC) paga el cuidado infantil para niños hasta la edad de 11 años. La Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (Temporary Assistance for Needy Families: TANF) paga el cuidado infantil hasta la edad de 12 años).Necesidades especiales ... Un menor de edad desde recién nacido hasta los 18 años

de edad quien necesita cuidado más costoso debido a una discapacidad física, del comportamiento o mental.

Definiciones de los tipos de proveedoresTipo de proveedor: Recibirá:FAM ..............................................Cuota familiar estándarNQC ...............................................Cuota de centro estándarQFM ..............................................Cuota familiar mejoradaQEC ...............................................Cuota de centro mejoradaRFM ...............................................Cuota Familiar Registrada y LicenciadaCFM ...............................................Cuota Familiar Certificada y LicenciadaCNT ...............................................Cuota de Centro Certificado y Licenciado

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Cuotas máximas del cuidado infantil actuales del DHS (vigentes desde el 1/10/2007)

Área de Grupo ACANTIDADES MÁXIMAS DE LA CUOTA ESTÁNDAR (Sin licencia)

Cuotas máximas para el cuidado infantil del DHS — continuado

Cuota familiar estándar Cuota de centro estándar

1-157 158-215 1-157 158-215

Por hora Mensualmente Por hora Mensualmente

Bebé $2.64 $493 $3.53 $675

Párvulo $2.64 $466 $3.41 $671

Preescolar $2.64 $440 $2.89 $529

Escolar $2.64 $436 $3.23 $524

Necesidades especiales

$2.64 $493 $3.53 $675

CANTIDADES MÁXIMAS DE LA CUOTA MEJORADA (Sin licencia)Cuota familiar mejorada Cuota de centro mejorada

1-62 63-135 136-215 1-62 63-135 136-215

Por hora Medio tiempo Mensualmente Por hora Medio tiempo Mensualmente

Bebé $2.85 $399 $532 $3.83 $574 $765

Párvulo $2.85 $378 $504 $3.65 $570 $760

Preescolar $2.85 $356 $475 $3.27 $449 $599

Escolar $2.85 $353 $470 $3.66 $445 $593

Necesidades especiales

$2.85 $399 $532 $3.83 $574 $765

CANTIDADES MÁXIMAS DE LA CUOTA LICENCIADACuota familiar registrada Cuota familiar certificada Cuota de centro certificado

1-62 63-135 136-215 1-62 63-135 136-215 1-62 63-135 136-215

Por horaMedio tiempo

Mensual-mente

Por horaMedio tiempo

Mensual-mente

Por horaMedio tiempo

Mensual-mente

Bebé $3.00 $420 $560 $4.25 $645 $860 $4.50 $675 $900

Párvulo $3.00 $398 $530 $4.00 $559 $745 $3.90 $671 $894

Preescolar $3.00 $375 $500 $4.00 $516 $688 $3.85 $529 $705

Escolar $3.00 $371 $495 $4.00 $450 $600 $4.30 $524 $698

Necesidades especiales

$3.00 $420 $560 $4.25 $645 $860 $4.50 $675 $900

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Área de Grupo B CANTIDADES MÁXIMAS DE LA CUOTA ESTÁNDAR (Sin licencia)

Cuota familiar estándar Cuota de centro estándar

1-157 158-215 1-157 158-215

Por hora Mensualmente Por hora Mensualmente

Bebé $2.20 $400 $2.96 $473

Párvulo $2.20 $396 $2.91 $467

Preescolar $2.20 $374 $2.34 $356

Escolar $2.20 $352 $2.34 $345

Necesidades especiales

$2.20 $400 $2.96 $473

CANTIDADES MÁXIMAS DE LA CUOTA MEJORADA (Sin licencia)Cuota familiar mejorada Cuota de centro mejorada

1-62 63-135 136-215 1-62 63-135 136-215

Por hora Medio tiempo Mensualmente Por hora Medio tiempo Mensualmente

Bebé $2.38 $324 $432 $3.17 $380 $506

Párvulo $2.38 $321 $428 $3.11 $375 $500

Preescolar $2.38 $303 $404 $2.65 $303 $404

Escolar $2.38 $285 $380 $2.65 $293 $391

Necesidades especiales

$2.38 $324 $432 $3.17 $380 $506

Códigos postales (ZIP) para el Área de Grupo A: áreas de Portland, Eugene, Corvallis, Bend, Monmouth y Ashland:

97004 97005 97006 97007 97008 97009 97010 97013 97015 97019 97022 97023 97024 97027 97028 97030 97031 97034 97035 97036 97041 97045 97055 97060 97062 97064 97068 97070 97080 97106 97109 97112 97113 97116 97119 97123 97124 97125 97132 97133 97135 97140 97149 97201 97202 97203 97204 97205 97206 97209 97210 97211 97212 97213 97214 97215 97216 97217 97218 97219 97220 97221 97222 97223 97224 97225 97227 97229 97230 97231 97232 97233 97236 97239 97242 97258 97266 97267 97268 97292 97308 97330 97331 97333 97339 97351 97361 97371 97376 97401 97402 97403 97404 97405 97408 97454 97455 97477 97478 97482 97520 97525 97701 97702 97707 97708 97709

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Cuotas máximas para el cuidado infantil del DHS — continuado

CANTIDADES MÁXIMAS DE LA CUOTA LICENCIADACuota familiar registrada Cuota familiar certificada Cuota de centro certificado

1-62 63-135 136-215 1-62 63-135 136-215 1-62 63-135 136-215

Por horaMedio tiempo

Mensual-mente

Por horaMedio tiempo

Mensual-mente

Por horaMedio tiempo

Mensual-mente

Bebé $2.50 $341 $455 $3.00 $371 $495 $3.60 $446 $595

Párvulo $2.50 $338 $450 $3.00 $345 $460 $3.52 $431 $575

Preescolar $2.50 $319 $425 $3.00 $338 $450 $3.12 $356 $475

Escolar $2.50 $300 $400 $2.65 $375 $500 $3.12 $345 $460

Necesidades especiales

$2.50 $341 $455 $3.00 $371 $495 $3.60 $446 $595

Códigos postales (ZIP) para el Área de Grupo B: Salem, Medford, Roseburg, Brookings y áreas fuera de las áreas metropolitanas de Eugene y Portland.97002 97011 97014 97017 97038 97042 97044 97048 97049 97051 97053 97056 97058 97067 97071 97103 97107 97108 97110 97111 97114 97115 97117 97118 97122 97127 97128 97131 97134 97138 97141 97143 97146 97148 97301 97302 97303 97304 97305 97306 97307 97309 97310 97317 97321 97322 97325 97326 97327 97336 97338 97341 97343 97344 97348 97352 97355 97357 97362 97365 97366 97367 97370 97372 97374 97377 97378 97380 97381 97383 97385 97386 97389 97391 97415 97420 97423 97424 97426 97431 97444 97446 97448 97452 97456 97465 97470 97471 97487 97489 97501 97502 97503 97504 97524 97534 97535 97756 97759 97760 97801 97812

Área de Grupo C

CANTIDADES MÁXIMAS DE LA CUOTA ESTÁNDAR (Sin licencia)Cuota familiar estándar Cuota de centro estándar

1-157 158-215 1-157 158-215

Por hora Mensualmente Por hora Mensualmente

Bebé $2.20 $374 $2.64 $421

Párvulo $1.98 $352 $2.28 $421

Preescolar $1.76 $348 $1.93 $312

Escolar $1.76 $348 $1.93 $312

Necesidades especiales

$2.20 $374 $2.64 $421

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CANTIDADES MÁXIMAS DE LA CUOTA MEJORADA (Sin licencia)Cuota familiar mejorada Cuota de centro mejorada

1-62 63-135 136-215 1-62 63-135 136-215

Por hora Medio tiempo Mensualmente Por hora Medio tiempo Mensualmente

Bebé $2.38 $303 $404 $2.99 $351 $468

Párvulo $2.14 $285 $380 $2.55 $344 $458

Preescolar $1.90 $281 $375 $2.13 $252 $336

Escolar $1.90 $281 $375 $2.13 $251 $334

Necesidades especiales

$2.38 $303 $404 $2.99 $351 $468

CANTIDADES MÁXIMAS DE LA CUOTA LICENCIADACuota familiar registrada Cuota familiar certificada Cuota de centro certificado

1-62 63-135 136-215 1-62 63-135 136-215 1-62 63-135 136-215

Por horaMedio tiempo

Mensual-mente

Por horaMedio tiempo

Mensual-mente

Por horaMedio tiempo

Mensual-mente

Bebé $2.50 $319 $425 $2.50 $375 $500 $3.52 $413 $550

Párvulo $2.25 $300 $400 $2.50 $300 $400 $3.00 $404 $539

Preescolar $2.00 $296 $395 $2.25 $300 $400 $2.50 $296 $395

Escolar $2.00 $296 $395 $2.40 $300 $400 $2.50 $270 $360

Necesidades especiales

$2.50 $319 $425 $2.50 $375 $500 $3.52 $413 $550

Códigos postales (ZIP) para el Área de Grupo C: Resto del estado. Otros códigos postales (ZIP) del Estado97001 97016 97018 97020 97021 97026 97029 97032 97033 97037 97039 97040 97050 97054 97057 97063 97065 97101 97102 97121 97130 97136 97137 97144 97145 97147 97324 97329 97335 97342 97345 97346 97347 97350 97358 97360 97364 97368 97369 97375 97384 97388 97390 97392 97394 97396 97406 97407 97409 97410 97411 97412 97413 97414 97416 97417 97419 97425 97427 97428 97429 97430 97432 97434 97435 97436 97437 97438 97439 97441 97442 97443 97447 97449 97450 97451 97453 97457 97458 97459 97461 97462 97463 97464 97466 97467 97469 97472 97473 97476 97479 97480 97481 97484 97486 97488 97490 97491 97492 97493 97494 97495 97496 97497 97498 97499 97522 97523 97526 97527 97530 97531 97532 97533 97536 97537 97538 97539 97540 97541 97543 97544 97601 97603 97604 97620 97621 97622 97623 97624 97625 97626 97627 97630 97632 97633 97634 97635 97636 97637 97638 97639 97640 97641 97710 97711 97712 97720 97721 97722 97730 97731 97732 97733 97734 97735 97736 97737 97738 97739 97741 97750 97751 97752 97753 97754 97758 97761 97810 97813 97814 97817 97818 97819 97820 97823 97824 97825 97826 97827 97828 97830 97833 97834 97835 97836 97837 97838 97839 97840 97841 97842 97843 97844 97845 97846 97848 97850 97856 97857 97859 97861 97862 97864 97865 97867 97868 97869 97870 97873 97874 97875 97876 97877 97880 97882 97883 97884 97885 97886 97901 97902 97903 97904 97905 97906 97907 97908 97909 97910 97911 97913 97914 97918 97920

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Localización y resolución de problemas, pagos en exceso y reporte de cambiosLocalización y resolución de problemas: ¿Qué debo hacer cuando las cosas van mal?

Existen tres tipos de problemas que pueden afectar el pago. Para localizar y resolver problemas, use la lista a continuación para identificar la fuente del problema y cómo resolverlo:

1. Para preguntas sobre el cumplimiento de requisitos de la familia, hable con la familia o con la oficina local del DHS. Recuerde que debido a las leyes de confidencialidad, el DHS sólo puede darle información sobre la familia si el departamento sabe que usted es el proveedor de cuidado infantil de la familia.

2. Si no ha recibido un formulario de listado o formulario de facturación, hable con la familia, con la oficina local del DHS o con la DPU. También puede llamar a la agencia de Recursos y Derivaciones del Cuidado Infantil (Child Care Resource and Referral) local para recibir ayuda. (Vea el directorio en las páginas 66-68).

3. Si tiene un problema o pregunta sobre un formulario de listado o formulario de facturación que envió, llame a la DPU al 1-800-699-9074 (503-378-5500 si llama dentro del área de Salem). Por favor espere que pasen 4 días hábiles para que su formulario de facturación sea tramitado.

Si aún no está seguro a quién llamar, comuníquese con la DPU o con la agencia de la Red de Recursos y Derivaciones de Cuidado Infantil (Child Care Resource and Referral) de su condado.

Revisiones del pago al proveedor y pagos en excesoEl DHS revisa los pagos en el programa de cuidado infantil, para asegurarse de que son autorizados, facturados y pagados correctamente. Un número pequeño de casos de cuidado infantil son seleccionados al azar cada mes. Dichos registros son comparados con los registros de asistencia de los proveedores para asegurarse de que los pagos son correctos.

Si se selecciona para revisión un pago de cuidado infantil que usted recibió, se le pedirá que envíe una copia del registro de asistencia que muestre las horas del cuidado que brindó para el pago que está siendo revisado.

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Si no regresa su registro de asistencia, se asumirá que la cantidad que recibió durante el periodo en cuestión fue un pago en exceso que usted debe devolver.

Si se le han pagado horas cuando el cuidado infantil no fue brindado, (sin incluir los días de ausencia autorizados), y el DHS determina que es el resultado de un error involuntario, se le avisará sobre el pago en exceso. Por lo general, los pagos en exceso son cobrados de pagos futuros al proveedor.

Si se determina que el pago en exceso es el resultado de un acto intencional para obtener un pago mayor, para recibir pago por cuidado no provisto o para pagar a un proveedor que no cumple los requisitos, a dicha acción se le llama “Violación Intencional al Programa” (“Intentional Program Violation”) o IPV.

Violaciones Intencionales al Programa (IPVs) ¿Qué es una IPV?

Una IPV es cuando un pago en exceso es el resultado de información incorrecta de parte de un cliente o proveedor y existen razones para creer que fue un acto intencional, es decir que ocurrió un fraude. Las descalificaciones de la IPV son determinadas por la Unidad de Investigaciones.

Si se determina que usted ha incurrido en una IPV:

• Estará obligado a devolver el pago en exceso;

• Se pueden tomar acciones legales;

• Puede estar sujeto a multas; y

• Puede ser descalificado para pagos futuros.

Los proveedores tienen el derecho a una audiencia para todas las decisiones de pagos en exceso. (Vea ¿Y si no estoy de acuerdo con la decisión del DHS? en la página 47).

Se celebran audiencias para cada decisión de IPV a menos que haya firmado un Acuerdo para Renunciar a una Audiencia para el Proveedor de Cuidado Infantil por Violaciones Intencionales al Programa (Agreement to Waive Child Care Provider Hearing for Intentional Program Violations) (DHS 649CP).

Lea la información detenidamente antes de firmar dicho formulario. Firmar el formulario dará como resultado la descalificación y no evita que sea procesado en un tribunal o que se cobre el pago en exceso.

Localización y resolución de problemas, pagos en exceso y reporte de cambios — continuado

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¿Cuál es el periodo de descalificación para una IPV?

Un proveedor de cuidado infantil cuyo pago en exceso ha sido establecido como una IPV no reúne los requisitos para recibir pagos por un mínimo de seis meses y hasta que la cantidad total del pago en exceso haya sido pagada. Si la violación es lo suficientemente seria, el gerente del Programa de Cuidado Infantil del DHS puede descalificar permanentemente a un proveedor de recibir pagos.

¿Y si no estoy de acuerdo con una decisión del DHS? (Derechos de audiencia)Si no está de acuerdo con la decisión del DHS de denegar su cumplimiento de requisitos para recibir pagos o si el DHS le envía un aviso informándole que se le está cobrando un pago en exceso, tiene hasta 45 días para presentar una solicitud por escrito para una audiencia sobre el pago en exceso. (Ésta es una audiencia diferente a la audiencia de IPV descrita anteriormente). Alguien en la oficina local del DHS de la familia puede ayudarle a llenar una Solicitud de Audiencias Administrativas (Administrative Hearings Request) (DHS 443) o su carta por escrito de solicitud.

Los proveedores que solicitan una audiencia para una IPV no cumplen con los requisitos para pagos mientras esperan la decisión de la audiencia. Si el resultado de la audiencia determina que ahora el proveedor cumple con los requisitos para pagos, el DHS no puede regresar y pagar por el tiempo en que el proveedor estaba en estado de denegado.

Los proveedores que no solicitan una audiencia dentro de los 45 días o quienes pierden el derecho a una audiencia, no cumplen con los requisitos para volver a presentar una solicitud de listado sino hasta 180 días después de la fecha del aviso de denegación de listado. Sin embargo, si la situación que ha causado la denegación cambia, puede comunicarse con la Unidad de Verificaciones de Antecedentes (Background Check Unit) para una revisión de sus circunstancias.

A los proveedores a quienes se les cobra un pago en exceso y que solicitan una audiencia, se les descontarán cantidades de pagos en exceso de sus pagos futuros del cuidado infantil. Si la audiencia resulta a su favor, el DHS volverá a pagar el dinero cobrado por el pago en exceso.

Los proveedores también tienen el derecho de pedir un retraso para pagarle al DHS hasta que se tome una decisión. Para hacerlo, la audiencia debe ser solicitada por escrito dentro de los 15 días siguientes a la fecha del aviso de pago en exceso.

Los proveedores que no soliciten una audiencia dentro de los 45 días siguientes pierden su derecho a una audiencia. El pago en exceso será descontado de pagos futuros o puede ser enviado al departamento de cobro.

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Reporte de cambios

La DPU necesita saber sobre cualquier cambio en la situación de cuidado infantil que afecta el pago. Se requiere que los cambios sean reportados dentro de los 10 días siguientes.

Para asegurarse de que los formularios de facturación le lleguen, la DPU necesita saber sobre:

• Cualquier cambio en su dirección o número telefónico.

• Un cambio en su nombre.

Como parte del trámite de listado, los proveedores acuerdan notificarle al DHS sobre:

• Arrestos, condenas o participación con Bienestar Infantil (Child Welfare) de cualquier persona de 16 años de edad o más en el hogar o establecimiento.

• Cualquier persona de 16 años de edad o más que se muden al hogar o del mismo.

Por favor reporte los cambios tan pronto ocurran. Para avisarle al DHS sobre un cambio, llame a la DPU al 1-800-699-9074 (o al 503-378-5500 en el área de Salem) o use un formulario de Reporte del Proveedor (Provider Report) (DHS 7496).

Una muestra del formulario de Reporte del Proveedor (Provider Report) se encuentra en la página 50. Esto ayudará a que el proceso de facturación sea rápido y eficaz.

Dependiendo del cambio reportado, se le puede enviar un formulario nuevo de Listado de Proveedores de Cuidado Infantil (Child Care Provider Listing) (DHS 7494) para que la complete. Por favor regrese el formulario completado a la Unidad de Pago Directo dentro de los 10 días siguientes.

Llenado del formulario de Reporte del Proveedor (DHS 7496)1. Escriba la fecha cuando ocurrió el cambio o cuando ocurrirá.

2. Escriba el nombre, número telefónico y número de seguro social o de Identificación Tributaria Federal del proveedor y/o establecimiento.

3. Esta sección es para reportar cambios en su dirección postal. Si su número telefónico o dirección cambió o cambiará, escriba tanto la información anterior como la nueva.

4. Esta sección es para reportar cambios en el número telefónico o dirección donde brinda el cuidado.

Localización y resolución de problemas, pagos en exceso y reporte de cambios — continuado

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5. Si su nombre ha cambiado o cambiará, escriba tanto los nombres anteriores y los nuevos.

6. Si otra persona, de 16 años de edad o más, se mudará a su hogar o del mismo, o visitará regularmente, con acceso no supervisado a los niños bajo cuidado, escriba el nombre, fecha de nacimiento y Número de Seguro Social de dicha persona.

7. (a) Si ha sido arrestado o condenado de un delito o reportado a Bienestar Infantil (Child Welfare) del DHS por abuso o abandono infantil o por no proteger a un menor, marque las casillas que corresponden y escriba la fecha en que se tomó la acción y la agencia correspondiente.

(b) Si una persona en su hogar, de 16 años o más, ha sido arrestada o condenada de un crimen o reportada a Bienestar Infantil (Child Welfare) del DHS por abuso o abandono infantil o por no proteger a un menor, marque las casillas que corresponden y escriba la fecha en que se tomó la acción y la agencia correspondiente.

Los proveedores acuerdan reportar cambios dentro de los 10 días siguientes de la fecha en que ocurran.

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Provider Report Spanish DHS 7496 (02/08)

Reporte del Proveedor

Use este formulario para reportar cambios a la Unidad de Pago Directo (DPU) y a la Unidad de Registros Delictivos (CRU). Los proveedores de cuidados de niños que estén inscritos o certificados por la División de Cuidado de Niños (CCD) también necesitan informar cambios a CCD, llame el 1-800-556-6616. Envíe el formulario a la DPU a la siguiente dirección:

DPU P.O. Box 14850 Salem, Oregon 97309-0850

Teléfono: 1-800-699-9074 Si llama desde Salem: (503) 378-5500

1. Fecha en que ocurrió o ocurrirá este cambio:

2. Información de identificación Nombre del proveedor/Negocio

Nº de teléfono

Nº de Seguro Social

Nº de impuestos federales

3. Nuevo número de teléfono o dirección postal Dirección postal anterior Ciudad Estado C. Postal Condado Teléfono

Dirección postal nueva Ciudad Estado C. Postal Condado Teléfono

4. Nuevo número de teléfono o dirección del lugar donde Ud. provee cuidado Dirección donde proveyó cuidado antes Ciudad Estado C. Postal Condado Telèfono Dirección donde provee cuidado ahora Ciudad Estado C. Postal Condado Teléfono

5. Mi nombre ha cambiado Nombre anterior Nombre nuevo

6. Alguien que tiene 16 años de edad o más se ha mudado a mi casa: Escriba abajo el nombre de la persona

Nombre de la persona Fecha de nacimiento Nº de Seguro Social Nombre de la persona Fecha de nacimiento: Nº de Seguro Social

7. Cambios en los antecedentes del proveedor: a. He sido: Arrestado por un crimen Condenado por un crimen

Enviado a CW por abuso de niños, descuido de niños o por no proveer protección a un niño. Fecha en que ocurrió: Agencia para el cumplimiento de la ley, corte o sucursal de CW:

b. Una persona que tiene 16 años o más ha sido: Arrestado por un crimen Condenado por un crimen Eviado a CW por abuso de niños, descuido de niños o por no proveer protección a un niño.

Fecha en que ocurrió: Agencia para el cumplimiento de la ley, corte o sucursal de CW:

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Reporte de abuso infantil: el papel del proveedor

Los proveedores son informantes obligatoriosLa ley del estado de Oregon requiere que personas en ciertas profesiones, llamadas informantes obligatorios, deben reportar abuso o abandono infantil si tienen causa razonable para sospechar que está ocurriendo.

Si es un proveedor de cuidado infantil para el DHS, o está certificado o registrado con la División de Cuidado Infantil (CCD), usted es un informante obligatorio. Los proveedores de cuidado infantil están sujetos al reporte obligatorio de abuso infantil bajo la Ley de Reporte de Abuso Infantil. Debe acordar reportar el abuso infantil sospechado al Programa de Bienestar Infantil (Child Welfare Program) del DHS o a una agencia del orden público, de acuerdo a la ley de Oregon, como parte de sus requisitos para ser proveedor.

La importancia de reportar el abusoTodos tenemos la responsabilidad de proteger a aquellos que no pueden protegerse a sí mismos. Cada año en Oregon existen alrededor de 60,000 reportes de abuso y/o abandono infantil hechos al DHS. El abuso o abandono infantil se encuentra en más del 10 por ciento de dichos reportes.

No hacer un reporte es una violación a la ley y conlleva una multa máxima de $1,000. Los informantes obligatorios que no hagan un reporte también pueden ser demandados por daños en un tribunal civil. Sin embargo, cualquiera que haga un reporte de buena fe basado en motivos suficientes es inmune a la responsabilidad civil.

En otras palabras, no puede meterse en problemas por reportar abuso infantil, pero puede meterse en problemas si no lo reporta. Más importante aún es que puede estar ayudando a salvar la vida de un menor.

La oficina de Bienestar Infantil del Departamento de Servicios Humanos evaluará la información que usted brinde y tomará más medidas si es necesario. Su nombre se mantendrá confidencial. Sólo el decreto de un tribunal puede ordenar que se divulgue el nombre de un informante.

Como informante obligatorio, usted es una parte muy importante del sistema para proteger a los menores. Casi tres cuartas partes de todos los reportes de abuso infantil

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vienen de informantes obligatorios. Usted puede ser la única persona fuera de la familia inmediata que ve a bebés o niños pequeños. Usted puede ser la única persona que sabe que un niño está siendo abusado.

Nota: No es responsabilidad suya comprobar que ocurrió abuso o abandono, ni determinar si cumple con las definiciones legalmente reconocidas. Ese es el trabajo de investigadores profesionales u oficiales del orden público. Su responsabilidad si lo sospecha es: reportarlo.

Reconocimiento del abuso infantil

La ley de Oregon reconoce los siguientes tipos de abuso: Lesión física: La ley de Oregon define el abuso físico como una lesión a un niño que no sea accidental. La mayoría de los padres no intentan lastimar a sus hijos, pero el abuso es definido por el efecto en el niño, no por la motivación de los padres.

La lesión física incluye:

• Moretones, cortaduras, verdugones

• Lesiones a la cabeza

• Envenenamiento

• Fracturas, esguinces

• Quemaduras o escaldaduras

• Lesiones internas

• Descargas eléctricas

• Muerte

Lesiones sospechosas pueden incluir lesiones que:

• Tienen la forma del artículo usado (cable eléctrico, hebilla de cinturón, etc.);

• No concuerdan con la descripción del niño de cómo ocurrieron (fractura por caerse del sofá, etc.).

Las nalgadas que dejan marcas o moretones en un niño pueden ser abuso. Los moretones en cualquier parte del cuerpo de un bebé son graves.

Abandono: El abandono es la forma más común de abuso y puede tener efectos a largo plazo. El abandono es poner en peligro la salud y seguridad de un niño al no proporcionar alimentos, ropa, albergue, supervisión o atención médica adecuada.

Reporte de abuso infantil: el papel del proveedor — continuado

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La exposición a drogas y alcohol también tiene un impacto grave en los niños. Exponer a un niño a sustancias controladas que afectan la salud o seguridad del niño ahora se considera como abandono físico de un menor.

El abandono también incluye exponer a un menor a actividades ilegales, tales como:

• Motivar al menor para que participe en la venta o robo de drogas;

• Exponer a un menor al consumo de drogas por los padres;

• Motivar a un menor a consumir drogas o alcohol.

Los niños que son abandonados a menudo:

• No quieren salir de la escuela;

• Están cansados constantemente;

• Son dejados solos sin supervisión;

• Tienen necesidades físicas, emocionales o médicas sin cumplir.

Amenaza de daño: La amenaza de daño es someter a un menor a riesgo substancial de causar daño a la salud o al bienestar del menor. El daño substancial se define como un impedimento inmovilizante, daño que amenaza la vida o lesión significativa o aguda al desarrollo y/o funcionamiento físico, sexual, psicológico o mental de un menor.

Algunos ejemplos de amenaza de daño incluyen:

• Un niño que vive o es cuidado por una persona que ha sido condenada de abuso o abandono de cualquier otro niño en el pasado;

• Un niño que nace o llega a vivir con cualquier persona que tiene un hijo que actualmente ha sido retirado de su hogar como resultado de abuso o abandono infantil;

• Un recién nacido cuyo cuidador principal parece no tener las aptitudes necesarias para brindar cuidado adecuado aunque el niño no ha sufrido daño;

• Un niño que vive con una persona que participa en pornografía infantil;

• Comportamiento del cuidador que está fuera de control y que amenaza la seguridad de un niño. Por ejemplo, manejar bajo efectos intoxicantes con menores de edad en el vehículo; un cuidador que no está tomando sus medicinas recetadas; consumo de drogas o alcohol; o un problema mental, emocional o físico.

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Lesión mental: La lesión mental es un patrón continuo de rechazar, aterrorizar, ignorar, aislar o corromper a un menor, dando como resultado daño grave al menor.

Los niños con una lesión mental a menudo:

• Tienen trastornos del habla o del sueño;

• No crecen normalmente;

• Son muy agresivos o retraídos;

• Muestran una necesidad anormal de apoyo emocional.

La lesión mental incluye:

• Rechazar, abandonar o ridiculizar extensivamente a un niño;

• Aterrorizar a un niño al amenazarlo con castigo extremo contra el niño o las mascotas o pertenencias del niño;

• Ignorar a un niño a lo largo del tiempo al rehusarse a hablarle o mostrar interés en las actividades diarias del niño. Esto puede ser tan extremo que no existe una relación tradicional entre padre o madre e hijo entre los dos;

• Aislar a un niño al enseñarle al menor que debe evitar el contacto social fuera de la relación de padre o madre e hijo;

• Corromper a un menor al enseñarle comportamiento inadecuado en áreas tales como agresión, sexualidad o consumo de sustancias químicas;

• Exponer a un menor a violencia.

Abuso sexual y explotación sexual: Cualquier contacto sexual en el que se usa a un menor para estimular sexualmente a otra persona es ilegal. Esto puede ser cualquier cosa desde la violación hasta el manoseo hasta hacer que un menor participe en pornografía.

El abuso sexual incluye:

• Incesto

• Violación

• Sodomía

• Penetración sexual

• Manoseo

• Voyeurismo

• Acoso sexual

Los niños que son abusados sexualmente a menudo tienen:

• Dificultades para caminar o sentarse; dolor o comezón en el área genital; ropa interior rasgada, manchada o con sangre;

Reporte de abuso infantil: el papel del proveedor — continuado

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• Malas relaciones con iguales; comportamiento fantasioso o infantil; miedo de ser dejados a solas con alguien;

• Interés o conocimiento inadecuado de asuntos sexuales o actuarlos;

• Cualquiera de los problemas de comportamiento bajo “lesión mental”.

Las personas que abusan sexualmente a niños dependen de muchos métodos para forzar a los niños a quedarse callados. Pueden ser sutiles, diciéndole al niño que lo están haciendo por su propio bien o prometiéndole al niño favores o regalos. O pueden ser más descarados, tal como un padre que le advierte a su hija que si le dice a alguien, la familia será separada y todos la culparán a ella. El abusador puede convencer al niño que son parejas iguales, que tiene un afecto especial por el niño y que será culpado si lo revela. Muchos abusadores usan amenazas, diciéndole al niño que sus mascotas o seres queridos serán lastimados, que atacará a hermanos o hasta que el mismo niño será asesinado si dice algo.

Los niños necesitan de adultos que cubran sus necesidades básicas: alimentos, un lugar donde vivir, ropa, acceso a familia y a seres queridos. Los abusadores deliberadamente hacen hincapié en dicha dependencia para hacer que los niños se sometan a ellos.

Le explotación sexual es usar menores en una manera sexualmente explícita para ganancia personal; por ejemplo, para ganar dinero, obtener estampillas de alimentos o drogas o para obtener reconocimiento. También incluye usar a menores en prostitución y usar a menores para crear pornografía.

Tráfico de menores: El tráfico de menores incluye comprar, vender o intercambiar para la custodia legal o física de un menor. No se aplica a las adopciones legítimas o planeaciones de relaciones domésticas.

Síndrome del bebé sacudido: El síndrome del bebé sacudido describe una lesión de la cabeza causada por sostener a un niño por los brazos o tronco y sacudir al niño severa y repetidamente. Muchas personas no entienden que sacudir puede causar lesión grave al cerebro, ceguera o hasta la muerte. Las lesiones más comunes son coágulos alrededor del cerebro, hemorragias de la retina, fracturas en la parte en desarrollo del hueso, lesión al cerebro, moretones en las extremidades o moretones y lesión en el pecho.

¿Cómo hago un reporte?

Si piensa que un niño está siendo abusado, repórtelo a la oficina local de Bienestar Infantil (Child Welfare) del DHS o a una agencia del orden público de inmediato. La mayoría de los reportes son hechos por teléfono ya que la ley requiere de un reporte verbal.

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Por lo general las oficinas del DHS están abiertas sólo durante el horario de atención, de 8 a.m. a 5 p.m. Cuando se hace un reporte al DHS, lo compartimos con las agencias del orden público correspondientes y viceversa. Usted sólo necesita reportarlo a una agencia.

Si necesita reportar abuso fuera del horario de atención o durante fines de semana, comuníquese con la agencia local del orden público o línea telefónica sobre abuso infantil. Se brinda una lista de números telefónicos por condado en las páginas 57-60.

¿Qué información debo tener?

El DHS no puede responder a menos que exista una acusación específica de abuso. Por ejemplo, “Alejandro parece retraído y callado” no es una acusación específica de abuso. Si Alejandro llega a la escuela con moretones en la cara y dice que un padre se los hizo, eso debería ser reportado.

Siempre ponga atención especial cuando un niño le diga que está siendo abusado.

Mientras más información tenga, será mejor. De ser posible, brinde los nombres y direcciones del niño y del padre; la edad del niño; el tipo y grado del abuso; así como cualquier otra información que ayudará a establecer la causa del abuso o identificar al abusador. Sin embargo, haga el reporte aunque no tenga toda esa información.

Asimismo, mientras más rápido nos brinde esa información, mayores serán las posibilidades de que podamos responder eficientemente. Por ejemplo, los moretones y otras marcas físicas pueden desaparecer rápidamente.

Si necesita más información sobre el abuso y abandono infantil, comuníquese con la oficina local de Bienestar Infantil (Child Welfare) del DHS listada en las páginas 57-60.

Puede obtener un folleto sobre las leyes y los síntomas relacionados al abuso al comunicarse con la oficina local de Bienestar Infantil o al visitar el portal de Internet del DHS en www.oregon.gov/DHS/abuse/main.shtml.

Si le gustaría recibir capacitación para Reconocer y Reportar el Abuso Infantil, comuníquese con la oficina local de la Red de Recursos y Derivaciones del Cuidado Infantil (Child Care Resource and Referral) para obtener más información. Vea el directorio en las páginas 66-68.

Reporte de abuso infantil: el papel del proveedor — continuado

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Condado Números telefónicos dentro del horario de atención

Horario de atención

Números telefónicos para fuera del horario de atención

Baker

541-523-6423 local 1-800-646-5430 llamada gratis (números principales de la oficina)

Lun.-vier. 8 a.m. a 12 p.m., 1 a 5 p.m.

911 o agencia del orden público local: Sheriff del Condado de Baker 541-523-6415 Policía de la Ciudad de Baker 541-523-3644

Benton

541-757-5019 local 1-866-303-4643 llamada gratis (líneas dedicadas para el abuso infantil)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911 o agencia del orden público local: Sheriff del Condado de Benton 541-766-6858 Policía de Corvallis 541-766-6925 Policía de Philomath 541-929-6911

Clackamas971-673-7112 local (línea dedicada para el abuso infantil)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

971-673-7112 local (línea dedicada para el abuso infantil)Las llamadas son enviadas a la línea del Condado de Multnomah

Clatsop1-877-302-0077 llamada gratis (línea dedicada para el abuso infantil)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911

Columbia1-877-302-0077 llamada gratis (línea dedicada para el abuso infantil)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911

Coos

541-756-5500 local 1-800-500-2730 llamada gratis (números principales de la oficina)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

541-756-5500 local 1-800-500-2730 llamada gratis (números principales de la oficina) Las llamadas son enviadas a Belloni Ranch

Crook541-693-2700 local (línea dedicada para el abuso infantil)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911

Curry 541-247-5437 local (número principal de la oficina)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911

Deschutes541-693-2700 local (línea dedicada para el abuso infantil)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911

Douglas

541-440-3373 local 1-800-305-2903 llamada gratis (números principales de la oficina)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911 o agencia del orden público local: Sheriff del Condado de Douglas 541-440-4450 Policía de Myrtle Creek 541-863-5221 Policía de Oakland 541-459-2661 Policía de Reedsport 541-271-2100 Policía de Roseburg 541-673-6633 Policía de Sutherlin 541-459-2211 Policía de Winston 541-679-8704

Gilliam541-384-4252 Oficina de Condon; 1-800-388-7787 para la oficina de The Dalles (números principales de las oficinas)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911 o Despachador de Tri-County al 541-384-2080

Oficinas del Departamento de Servicios Humanos para reportar abuso infantil

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Condado Números telefónicos dentro del horario de atención

Horario de atención

Números telefónicos para fuera del horario de atención

Grant1-877-877-5081 llamada gratis (línea dedicada para el abuso infantil)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911

Harney1-877-877-5081 llamada gratis (línea dedicada para el abuso infantil)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911

Hood River

541-386-2962 local 1-800-368-6209 llamada gratis (números principales de la oficina)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911 o Sheriff de Hood River 541-386-2711

Jackson1-866-840-2741 llamada gratis (línea dedicada para el abuso infantil)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911 o agencia del orden público local: Sheriff del Condado de Jackson 541-774-6800 Policía de Ashland 541-488-2211 Policía de Butte Falls 541-865-3200 Policía de Central Point 541-664-5578 Policía de Eagle Point 541-826-9171 Policía de Gold Hill 541-855-1484 Policía de Jacksonville 541-899-7100 Policía de Medford 541-774-2200 Policía de Phoenix 541-535-1113 Policía de Rogue River 541-582-4931 Policía de Shady Cove 541-878-3200 Policía de Talent 541-535-1253

Jefferson 541-693-2700 local (Dedicated child abuse hotline)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911

Josephine1-866-840-2741 llamada gratis (línea dedicada para el abuso infantil)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911 911 o agencia del orden público local: Sheriff de Josephine 541-474-5129 Grants Pass 541-474-6370

Klamath 541-883-5570 local (número principal de la oficina)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911

Lake

541-947-2273 local 1-888-811-4201 llamada gratis (números principales de la oficina)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911

Lane

541-686-7555 local 1-866-300-2782 llamada gratis (números principales de la oficina)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911

Lincoln

541-757-5019 local 1-866-303-4643 llamada gratis (línea dedicada para el abuso infantil)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911 o agencia del orden público local: Sheriff del Condado de Lincoln 541-563-3600 Policía de Lincoln City 541-994-3636 Policía de Newport 541-574-3348 Policía de Toledo 541-336-5555

Linn

541-757-5019 local 1-866-303-4643 llamada gratis (línea dedicada para el abuso infantil)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911 o agencia del orden público local: Sheriff del Condado de Linn 541- 967-3950 Policía de Albany 541-917-7680 Policía de Lebanon 541-451-1751 Policía de Sweet Home 541-367-5181

Reporte de abuso infantil: el papel del proveedor — continuado

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Condado Números telefónicos dentro del horario de atención

Horario de atención

Números telefónicos para fuera del horario de atención

Malheur1-877-877-5081 llamada gratis (línea dedicada para el abuso infantil)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911

Marion

503-378-6704 local (línea dedicada para el abuso infantil) 1-800-854-3508 llamada gratis (número principal de la oficina)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911

Morrow

541-481-9482 local 1-800-547-3897 llamada gratis (números principales de la oficina)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911

Multnomah

503-731-3100 local 1-800-509-5439 llamada gratis (línea dedicada para el abuso infantil)

Los 7 días de la semana, las 24 horas del día

503-731-3100 local 1-800-509-5439 llamada gratis (líneas dedicadas para el abuso infantil) Las llamadas son enviadas al centro infantil Children’s Receiving Center las noches de los viernes y sábados

Polk

503-378-6704 local Oficina de Marion (línea dedicada para el abuso infantil) 800-854-3508 llamada gratis oficina de Marion (número principal de la oficina)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911

Sherman

541-384-4252 local Oficina de Condon 1-800-388-7787 llamada gratis Oficina de The Dalles (números principales de la oficina)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911 o Despachador de Tri-County 541-384-2080

Tillamook1-877-302-0077 llamada gratis (línea dedicada para el abuso infantil)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911

Umatilla

541-481-9482 local 1-800-547-3897 llamada gratis (números principales de la oficina)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911 o Despachador de la Ciudad y/o del Condado 541-966-3650 opción 7

Union

541-963-8571 local 1-888-278-4411 llamada gratis (números principales de la oficina)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911 o agencia del orden público local: Sheriff del Condado de Union 541-963-1017

Wallowa

541-426-4558 local 1-866-538-5804 llamada gratis (números principales de la oficina)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911 o Sheriff del Condado de Wallowa 541-426-3131

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Condado Números telefónicos dentro del horario de atención

Horario de atención

Números telefónicos para fuera del horario de atención

Wasco

541-298-5136 local 1-800-388-7787 llamada gratis (números principales de la oficina)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m.

911 o Sheriff del Condado de Wasco al 541-296-5454

Washington

503-681-6917 local (línea dedicada para el abuso infantil) 1-800-275-8952 marque 1, llamada gratis (número principal de la oficina)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m

503-681-6917 local (línea dedicada para el abuso infantil) 1-800-275-8952 marque 1, llamada gratis (número principal de la oficina) Las llamadas son enviadas a la línea del Condado de Multnomah

Wheeler

541-384-4252 local Oficina de Condon 1-800-388-7787 llamada gratis Oficina de The Dalles (números principales de la oficina)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m

911 o Despachador de Tri-County 541-384-2080

Yamhill503-472-4634 local 1-800-822-3903 llamada gratis (número principal de la oficina)

Lun.-vier. 8 a.m. a 5 p.m

911 o agencia del orden público local: Comunicaciones de Yamhill (despachador para la Oficina del Sheriff de McMinnville, Amity, Yamhill, Carlton, Willamina, Dayton, y Sheridan) 503-434-6500 Policía de Newberg-Dundee 503-538-8321

Los proveedores acuerdan reportar el abuso infantil al Bienestar Infantil o a una agencia del orden público.

Reporte de abuso infantil: el papel del proveedor — continuado

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Prevención de enfermedades: el papel del proveedor

Prevención de la propagación de enfermedades infecciosasUsted juega un papel importante como proveedor de cuidado infantil. los gérmenes y virus pueden propagarse fácilmente en grupos de niños. Puede ayudar a prevenir enfermedades en su establecimiento de cuidado infantil al tomar las precauciones siguientes. Para recibir más información, comuníquese con el departamento de salud local o con la oficina local de CCR&R. Ellos tienen folletos y videos disponibles.

1. Excluya a los niños del cuidado infantil quienes están obviamente enfermos.

Las reglas de la División de Salud Pública de Oregon (OAR 333-019-0010) requieren que un niño con una “enfermedad restringible del cuidado infantil” sea excluido de un establecimiento de cuidado infantil mientras la enfermedad sea contagiosa.

Ejemplos de enfermedades restringibles del cuidado infantil incluyen entre otras: varicela; giardiasis; meningitis; paperas; sarampión; tuberculosis; piojos; y sarna.

Además, la División de Salud Pública recomienda encarecidamente que los niños que tengan diarrea incontrolable; vómito; conjuntivitis purulenta (secreción de los ojos); fiebre (temperatura oral de más de 101 grados Fahrenheit); y/o impétigo (una infección cutánea contagiosa) sean excluidos del establecimiento mientras duren los síntomas.

Existe más información disponible de parte del departamento de salud del condado (Vea el directorio telefónico o busque en línea los números telefónicos locales).

2. Lávese las manos y lave las manos de los niños frecuentemente.

Lavarse las manos es la cosa más importante que puede hacer para evitar la propagación de gérmenes. Siempre lávese las manos con agua tibia y jabón y séquelas con una toalla de papel en lugar de usar una toalla de tela. Anime a los niños bajo su cuidado para que hagan lo mismo y ayúdeles a hacerlo correctamente.

Recuerde lavarse las manos:

• Después de cambiar un pañal;

• Antes de manipular alimentos;

• Antes de alimentar a un bebé o párvulo;

• Después de limpiar una nariz;

• Después de tocar mascotas.

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Prevención de enfermedades: el papel del proveedor — continuado

3. Limpie los derrames de líquidos corporales.

Se deben limpiar de inmediato los derrames de líquidos corporales o de productos, incluyendo la sangre, heces, secreciones nasales o de los ojos, saliva, orina y vómito. Use guantes a menos que el líquido pueda ser contenido fácilmente por el papel o trapo que use para limpiarlo. Tenga cuidado para evitar que cualquier parte del líquido corporal o del producto que esté limpiando entre en contacto con sus ojos, nariz, boca o cualquier herida abierta que pueda tener.

Limpie y desinfecte cualquier superficie, tal como repisas y pisos, en los que se hayan derramado los líquidos corporales. Descarte el material contaminado en una bolsa de plástico que haya sido bien sellada. Los trapeadores que se usen para limpiar líquidos corporales deben (1) limpiarse, (2) enjuagarse con una solución desinfectante, (3) exprimirse lo más posible y (4) colgarse para que se sequen completamente. Asegúrese de lavarse las manos completamente.

4. Desinfecte las superficies con una solución de lejía todos los días.

Los gérmenes pueden propagarse en cualquier superficie. Los juguetes compartidos, las repisas, los asientos del inodoro, las perillas de puertas, los lavabos y fregaderos deben ser desinfectados de manera segura con una solución de lejía (blanqueador) para matar gérmenes. Mezcle una solución de una cucharada de lejía por cada galón de agua y manténgala a la mano en una botella con atomizador. La solución de lejía debe prepararse a diario.

Asegúrese de desinfectar las superficies siguientes con la solución de lejía:

• Juguetes de superficie dura;

• Superficies donde se cambian pañales;

• Asientos de inodoro;

• Llaves de agua, lavabos y fregaderos.

5. Asegúrese de que todos los niños en el cuidado infantil estén vacunados.

Tenga en sus archivos un registro de vacunación de Oregon completado y actualizado, llamado Certificado de Estado de Vacunación (Certificate of Immunization Status: CIS), para cada niño bajo su cuidado.

Las vacunas del niño pueden no estar completas dependiendo de la edad del niño y de la programación de vacunas. Usted es responsable de avisarle a los padres cuando es hora de recibir una dosis y de pedirle al padre que registre las nuevas dosis en el certificado CIS y pedirle que lo firme y feche.

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Puede encontrar los certificados CIS y ayuda en el departamento de salud local del condado (vea el directorio telefónico para los números telefónicos locales del condado). Esta información es brindada por la División de Salud Pública del Departamento de Servicios Humanos de Oregon.

Vacunas obligatorias para los niños bajo cuidado

La ley estatal de Oregon requiere que los niños que asisten a la escuela, a la preescolar, al programa de head start o a un establecimiento de cuidado infantil estén vacunados o estén en el proceso de completar su programa de vacunación. Las vacunas infantiles empiezan al nacer y continúan hasta la adolescencia. Si se salta una vacuna, el niño no tiene que empezar el programa de nuevo, sólo necesita actualizarse en sus vacunas. Si tiene un niño mayor que está retrasado en sus vacunas o que nunca ha sido vacunado, hable con su doctor o con el departamento de salud para el programa recomendado para dicho niño. (Vea el programa de vacunación recomendado a continuación).

Programa de Vacunación Infantil Recomendado para 2009

Vacuna Edad 7 – 10 años 11 – 12 años 13 – 18 años

Tétano, difteria, tos ferina

Virus del papiloma humano

Meningocócica

Influenza

Neumocócica

Hepatitis A

Hepatitis B

Virus de la polio inactivado

Sarampión, paperas, rubéola

Varicela

Tdap

HPV (3 dosis)MCV

Influenza (anualmente)

Tdap

Serie de HPVMCVMCV

PPSV

Serie de HepA

Serie de HepB

Serie de IPV

Serie de MMR

Serie de Varicela

Rango de edades recomendadas para todos los menores excepto ciertos grupos de alto riesgo

Rango de edades recomendadas para vacunas de actualización

Rango de edades recomendadas para ciertos grupos de alto riesgo

Vacuna Edad Naci-miento

1 mes

2 meses

4 meses

6 meses

12 meses

15 meses

18 meses

19 – 23 meses

2 – 3 años

4 – 6 años

Hepatitis B HepBRotavirus RV RV RVDifteria, Tétano, tos ferina DTaP DTaP DTaPHaemophilus influenzae tipo b Hib Hib HibNeumocócica PCV PCV PCVVirus de la polio inactivado IPV IPVInfluenza

Sarampión, paperas, rubéola

Varicela

Hepatitis

Meningocócica

HepB HepB

DTaPHibPCV

MMR MMR

IPV

DTaP

Rango de edades recomendadas para todos los menores excepto ciertos grupos de alto riesgo

Rango de edades recomendadas para ciertos grupos de alto riesgo

PPSV

Serie de HepA MCV

VaricelaVaricelaHepA (2 dosis)

IPV

Influenza (anualmente)

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Prevención de enfermedades: el papel del proveedor — continuado

NOTA: Las edades recomendadas son flexibles y algunos doctores pueden usar programas ligeramente diferentes.

DTaP Difteria, tétano y tos ferina Hep A Hepatitis A Hep B Hepatitis B Hib H. Influenza Tipo B HPV Papiloma humano (VPH) IPV Virus de la polio inactivado MMR Sarampión, paperas y rubéola MCV 4 Meningocócica PCV Pneumocócica Rota Rotavirus Tdap Tétano, difteria y tos ferina (para siete años de edad y más) Var Varicela

Para recibir ayuda para vacunar a un niño, comuníquese con un doctor o con el coordinador de vacunaciones del departamento de salud del condado local en su área. Busque en el directorio telefónico el número del departamento de salud local o llame al 1-800-SAFENET (1-800-723-3638) para información sobre las ubicaciones de clínicas.

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Recursos y otra información Servicios de Recursos y Derivaciones del Cuidado Infantil

El DHS contrata a agencias locales de Recursos y Derivaciones del Cuidado Infantil (Child Care Resource and Referral) para que brinden servicios a los proveedores y padres.

Dichas agencias son una fuente de información sobre el programa de Cuidado Infantil del DHS y ayudan a las familias a encontrar cuidado infantil. También pueden ayudar a los proveedores con preguntas de facturación y pagos del DHS.

Las agencias de Recursos y Derivaciones del Cuidado Infantil (Child Care Resource and Referral: CCR&Rs) locales con frecuencia pueden brindar los servicios siguientes:

• Información sobre servicios disponibles a los proveedores de cuidado infantil;

• Información sobre el Programa de Alimentación del Cuidado Infantil del Departamento de Agricultura de Estados Unidos (U.S. Department of Agriculture: USDA);

• Capacitación, tal como resucitación cardiopulmonar y primeros auxilios; desarrollo infantil; seguridad e higiene; prácticas comerciales; etc.;

• Grupos de apoyo para que proveedores de cuidado infantil se reúnan y platiquen sobre problemas comunes;

• Orientación sobre problemas del cobro de pagos de las familias;

• Ayuda con el sistema de facturación y pagos del DHS.

En las siguientes páginas se muestra una lista de las agencias de CCR&R locales que brindan dichos servicios.

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Recursos y otra información — continuado

Oficinas de recursos y derivaciones del cuidado infantil

Condado Agencia y dirección Números telefónicos

Oficina de la Red (Network Office)

Oregon Child Care Resource and Referral Network805 Liberty St. NE Suite 2Salem OR 97301

503- 375- 26441-800-342-6712

Baker Child Care Resource & Referral 1575 Dewey Ave Baker City, OR 97814

541-523-7838 , 1-800-956-0324

Benton Family Connections 6500 SW Pacific BlvdAlbany, OR 97321

541-917-4899, 1-800-845-1363

Clackamas Child Care Resource & Referral 13455 SE 97th AveClackamas, OR 97015

503-675-4100, 1-866-371-4373

Clatsop Family Care ConnectionOficina de Extensión del Condado de Clatsop2001 Marine Drive room 210Astoria, OR 97103

503-325-12201-877-333-4960

Columbia Child Care Resource & Referral 1001 SW BaselineHillsboro, OR 97123

971-223-6100, 1-800-624-9516

Coos CARE Connections 1988 NewmarkCoos Bay, OR 97420

541-888-79571-800-611-7555

Crook Neighbor Impact Child Care Resources 2303 SW First St, Suite ARedmond, OR 97756

541-548-2380 x118 o x121, 1-888-298-2672

Curry Care Connections Oficina del Condado de CurryHanscam Center16399 Lower Harbor Rd.Harbor, OR 97415

1-800-419-1371 x 224

Deschutes Neighbor Impact Child Care Resources 2303 SW First St, Suite ARedmond, OR 97756

541-548-2380 x118 o x121,1-888-298-2672

Douglas Lane Family Connections -LCC 4000 E 30th Ave, Bldg 24Eugene, OR 97405

541-463-3954, 1-800-222-3290

Gilliam Child Care Partners 400 E Scenic Dr.The Dalles, OR 97058

541-506-6131, 1-800-755-1143

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Condado Agencia y dirección Números telefónicos

Grant Child Care Resource & Referral 120 Washington St.Canyon City, OR 97820

541-575-0251, 1-800-956-0324

Harney Child Care Resource & Referral 90 W WashingtonBurns, OR 97720

541-573-6676, 1-800-895-0641

Hood River Child Care Partners 400 E Scenic DrThe Dalles, OR 97058

541-506-6131, 1-800-755-1143

Jackson Child Care Resource Network of Southern Oregon673 Market St.Medford, OR 97504

541-776-1234, 1-800-866-9034

Jefferson Neighbor Impact Child Care Resources 2303 SW First St, Suite ARedmond, OR 97756

541-548-2380 x118 o x121, 1-888-298-2672

Josephine Child Care Resource Network of Southern Oregon673 Market St.Medford, OR 97504

541-776-1234, 1-800-866-9034

Klamath Child Care Resource Network of Southern OregonOficina de Klamath y Lake403 Pine StreetKlamath Falls, OR 97601

541-882-23081-800-866-9034

Lake Child Care Resource Network of Southern OregonOficina de Klamath y Lake403 Pine StreetKlamath Falls, OR 97601

541-882-23081-800-866-9034

Lane Family Connections de los Condados de Lane y Douglas – LCC4000 E 30th Ave, Edificio 24Eugene, OR 97405

541-463-3954, 1-800-222-3290

Lincoln Family Care Connection 29 SE Second St.Newport, OR 97365

541-265-2558, 1-800-603-2728

Linn Family Connections 6500 SW Pacific Blvd.Albany, OR 97321

541-917-4899, 1-800-845-1363

Malheur Child Care Resource & Referral 375 SW 2nd Ave.Ontario, OR 97914

541-889-09851-800-694-4558

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Recursos y otra información — continuado

Condado Agencia y dirección Números telefónicos

Marion Child Care Information Service 2475 Center St NESalem, OR 97301

503-585-2491, 1-800-289-5533

Morrow Child Care Resource & Referral 110 NE 4th StreetHermiston, OR 97838

541-564-6878, 1-800-559-5878

Multnomah CCR&R del Condado de Multnomah 1006 SE Grand, Suite 100BPortland, OR 97214

503-548-4400, 1-866-227-5529

Polk Child Care Information Service 2475 Center St NESalem, OR 97301

503-585-2491, 1-800-289-5533

Sherman Child Care Partners 400 E Scenic Dr.The Dalles, OR 97058

541-506-6131, 1-800-755-1143

Tillamook Family Care ConnectionsOficina de Extensión del Condado de Clatsop2001 Marine Drive, Room 210Astoria, OR 97103

503-325-12201-877-333-4960

Umatilla Child Care Resource & Referral 110 NE 4th StHermiston, OR 97838

541-564-6878, 1-800-559-5878

Union Child Care Resource & Referral 1916 Island Ave.LaGrande, OR 97850

541-963-7942, 1-800-956-0324

Wallowa Child Care Resource and Referral104 Litch St.Enterprise, OR 97828

541 426-31491-800-956-0324

Wasco Child Care Partners 400 E Scenic Dr.The Dalles, OR 97058

541-506-6131, 1-800-755-1143

Washington Child Care Resource & Referral 1001 SW BaselineHillsboro, OR 97123

971-223-6100, 1-800-624-9516

Wheeler Child Care Partners 400 E Scenic Dr.The Dalles, OR 97058

541-506-6131, 1-800-755-1143

Yamhill Child Care Information Service 2475 Center St NESalem, OR 97301

503-585-2491, 1-800-289-5533

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Educación de nutrición y reembolsos de parte del Departamento de Agricultura de Estados Unidos (U.S. Department of Agriculture: USDA)

Los proveedores listados con el DHS pueden calificar para recibir educación de nutrición y reembolsos de parte del USDA para comidas dadas a los niños bajo cuidado. Los proveedores deben tener al menos 18 años de edad, brindar cuidado en su hogar, preparar comidas para los niños y cumplir con los criterios del USDA.

Una vez que se inscriba en el programa, un representante del programa lo capacitará sobre cómo servir comidas del USDA de acuerdo a las pautas del USDA y cómo mantener un control de las comidas que sirve. También lo capacitarán en cómo tener un control de los niños a quienes sirve, incluyendo sus horas de llegada y salida. Entonces usted enviará su documentación a su patrocinador al final del mes y recibirá un cheque de reembolso con base en el número de comidas calificadas reclamadas.

Los niños necesitan comer alimentos con los nutrientes correctos para poder estar sanos, crecer como deben y aprender buenos hábitos de alimentación que les durarán toda la vida. Comer los alimentos correctos también les ayudará a desempeñarse bien en la escuela. Al servirles alimentos nutritivos y sabrosos, aprenderán a apreciar la gran variedad de opciones de alimentos saludables disponibles.

Para empezar, una vez que haya completado el proceso para estar listado como un proveedor de cuidado infantil familiar del DHS, comuníquese con el patrocinador del Programa de Alimentos del Cuidado Infantil y de Adultos (Child and Adult Care Food Program) del USDA en su área. La siguiente tabla lista los patrocinadores, sus números telefónicos y en dónde están ubicados. Los patrocinadores sirven al condado donde están ubicados y a algunos condados adyacentes.

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Patrocinador Condados servidos Número telefónico

American Red Cross(Personal bilingüe en español)

Benton, Lane, Lincoln, Linn 541-344-52441-866-424-1957

Child Care Development Services, Inc (Personal bilingüe en español, ruso y vietnamita)

Clackamas, Columbia, Marion, Multnomah, Washington, Yamhill

503-489-25091-800-695-6988 ext 2509

Crook-Deschutes-Jefferson Child Care Council(Personal bilingüe en español)

Crook, Deschutes, Harney, Jefferson 541-389-5122

Jackson-Josephine 4-C Council Jackson, Josephine, Klamath, Lake 541-779-7857

Mid-Columbia Community Action Council(Personal bilingüe en español)

Hood River, Sherman, Wasco 541-298-5131

Northwest Nutrition Service, Inc. (Personal bilingüe en español, chino, vietnamita y ruso)

Clackamas, Clatsop, Columbia, Hood River, Marion, Multnomah, Polk, Tillamook, Wasco, Washington, Yamhill

503-653-76261-800-600-6058

Nutrition First(Personal bilingüe en español y ruso)

Benton, Lincoln, Linn, Marion, Polk, Tillamook, Yamhill

503-581-75631-800-288-6368

Oregon Child Development Coalition(Personal bilingüe en español))

Jackson, Josephine 541-770-58931-877-207-5850

Southwestern Child and Adult Care Food Program(Personal bilingüe en español)

Coos, Curry 541-888-70961-800-962-2838 ext 7096

United Community Action Network

Douglas 541-672-70041-800-947-1206

Recursos y otra información — continuado

Lista de Patrocinadores del Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA)

Encuentre su condado en la columna de en medio para encontrar al patrocinador del USDA en su área. Nota: algunos condados son servidos por más de un patrocinador.

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Child Care Payment Worksheet Spanish DHS 7492W (1/08)

Children, Adults and Families

Planilla de pago de cuidado de niños Llene esta planilla para calcular los costos de cuidado de niños para una familia.

Paso 1: Escriba la cantidad total que usted cobra por el mes. (Si cobra por hora, multiplique la cantidad que cobra por hora por el número de horas para obtener el costo mensual.) Costo mensual $

Paso 2: Reste la tarifa máxima del Departamento de ServiciosHumanos (DHS). Los límites máximos de tarifas de DHS se encuentran el la Guía para Proveedores de Cuidado de Niños (DHS 7492) y en la Guía para Padres sobre Cuidado de Niños (DHS 7478). (Use la tarifa de la columna para el número de horas autorizado por DHS.)

Reste el pago deDHS $

Subtotal:Ésta es la diferencia entre lo que usted cobra y lo que paga DHS. Si usted cobra menos de lo que paga DHS, ponga “0” en esta línea. Subtotal $

Paso 3: Sume la cantidad del copago de la familia que está impresa en el formulario de cobro. Si la familia no tiene copago, ponga “0” en esta línea. Sume el copago $ Esta cifra es un cálculo aproximado de la cantidad que usted tendrá que cobrarle a la familia. SU TOTAL $

Llame a la Agencia local de Recursos y Referencias para el Cuidado de Niños (CCR&R) o a la Unidad de Pago Directo (DPU) si tiene preguntas sobre esta planilla.

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-ticpartner:RDP)]trabajaroasistiralaescuela

almenosmediotiempooelpadre(oelcónyuge

oRDPdelpadre)estáexentodeesterequisito

debi

do a

una

dis

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cida

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esen

ta

unFormularioWFC-DP.

¿Qué

es

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parafamiliastrabajadorasdeOregonesel(la)hijo(a)

delpadreotutorlegal,hijastro(a),nieto(a),nieto(a)

político(a),hermano(a),hermanastro(a),sobrino(a),

sobrino(a)político(a),ohijo(a)decuidadotemporal

quie

n:

•Teníamenosde13años;O

•Calificóparaelcréditodeexenciónadicionalpara

una

niño

con

una

dis

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d.

Y •Esdeclaradocomodependienteenladeclaración

deimpuestosfederaldelpadre;o

•Podríahabersidodeclaradocomodependienteen

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•Elmenorproporcionómenosdeunamitaddesu

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Estosrequisitosseexplicanenelfolletode

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.oregon.gov/DOR.

Parareclamarestecrédito,lospadresdesucuidado

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delpago.Losrecibosnecesitanincluirelnúmerode

segurosocial(SSN)deustedoelnúmerofederalde

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na s

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paraunFEINaunquenotengaempleados.

PuededescargarunasolicituddelportaldeInternet

delIRSenwww.irs.gov.Unavezqueseleasignesu

número,notendráqueusarsuSSNenlosrecibos.

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Sinotieneunnúmerodesegurosocial,presenteuna

solicitudparaunnúmerodeidentificaciónpersonal

delcontribuyente(i

ndiv

idua

l tax

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ntifi

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peroesútilparaprepararartículosrelacionadosa

impu

esto

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UseelFormulariofederalW-7parasolicitarunITIN.

ElformularioestádisponibleenelportaldeInternet

delIRSenwww.irs.gov.

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Identifiquequién(personaoagenciagubernamental)

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pagadototalmente.Sinembargo,sólomuestrela

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. Ejemplosdegastosquenocalificanson:

•Colegiaturadeescuelapúblicaoprivadaentreel

kindergartenyeldoceavogrado;

•Clasesdenatación,danzaogimnasia;

•Campamentoresidencial;

•Clasesdeidiomas;

•Cuidadoinfantilpagadoporunaagenciadeasis

-tenciafederaloestatal;

•Cuidadoinfantilpagadoporalguienquenoseael

padre;o

•Cuidadoinfantilpagadocuandoel(los)padre(s)

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75

Portales de Internet

Programa de Cuidado Infantil del Departamento de Servicios Humanos: www.oregon.gov/DHS/children/childcare/main.shtml

Centro para el Desarrollo Profesional de Oregon (Registro de Oregon) www.centerline.pdx.edu

Reglas de las verificaciones de antecedentes: www.oregon.gov/dhs/chc

División de Cuidado Infantil del Departamento de Empleo de Oregon: www.oregon.gov/EMPLOY/CCD/

Capacitación para el Cuidado Infantil de Oregon www.oregonchildcaretraining.org

Red de Recursos y Derivaciones del Cuidado Infantil de Oregon www.oregonchildcare.org

AFSCME Consejo 75 www.oregonafscme.com

SEIU Local 503 www.seiu503.org

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Oregon Departmentof Human Services

Spanish DHS 7492 (Rev. 11/2011)