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1 DEPARTAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES (P.P.T.P.) PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO DE LA CIUDAD, LA ADECUACIÓN DE LAS MISMAS A LA NORMATIVA ACTUAL Y LA EJECUCIÓN DE INSTALACIONES TEMPORALES EN APOYO A ACTIVIDADES CULTURALES Septiembre de 2008

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DEPARTAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES (P.P.T.P.) PARA

CONTRATAR EL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS

INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO DE LA CIUDAD, LA ADECUACIÓN

DE LAS MISMAS A LA NORMATIVA ACTUAL Y LA EJECUCIÓN DE

INSTALACIONES TEMPORALES EN APOYO A ACTIVIDADES CULTURALES

Septiembre de 2008

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ÍNDICE

CONDICIONES GENERALES

Preámbulo.............................................................................. 8

C.G. 1 Objeto del pliego.................................................................... 8

C.G. 2 Extensión territorial............................................................... 9

C.G. 3 De las instalaciones actuales.................................................. 9

C.G. 4 De las modificaciones............................................................ 10

C.G. 5 De las nuevas instalaciones.................................................... 10

C.G. 6 De las instalaciones futuras.................................................... 11

PARTE 1ª

CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES

CAPÍTULO I

CLASIFICACIÓN DE LAS INSTALACIONES

I-1 En razón a su conservación..................................................... 12

I-2 En razón a su antigüedad........................................................ 14

I-3 En razón a su singularidad...................................................... 15

CAPÍTULO II

OPERACIONES A REALIZAR POR EL CONTRATISTA INCLUIDAS EN LOS

PRECIOS DE CONSERVACIÓN ESPECÍFICA

II-1 El accionamiento.................................................................... 15

II-2 Del control energético............................................................ 16

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3

II-3 De las inspecciones................................................................ 17

II-4 La inspección operativa semanal........................................... 18

II-5 La inspección de puntos de luz.............................................. 19

II-6 La inspección diurna.............................................................. 20

II-7 La inspección de las luminarias............................................. 21

II-8 La inspección de centros de mando y estabilizadores-

variadores de tensión.....................................……………… 22

II-9 La inspección fotométrica..................................................... 24

II-10 La inspección de obras.......................................................... 25

II-11 La inspección de vandalismos............................................... 26

II-12 Las comprobaciones y mediciones........................................ 26

II-13 Las operaciones casuales....................................................... 28

II-14 Las averías............................................................................. 29

II-15 Otros trabajos a realizar......................................................... 33

CAPÍTULO III

OPERACIONES A REALIZAR POR EL CONTRATISTA NO INCLUIDAS EN LOS

PRECIOS DE CONSERVACIÓN ESPECÍFICA

III-1 Limpieza de luminarias “in situ”............................................ 35

III-2 Limpieza y restauración de luminarias en taller..................... 37

III-3 Limpieza de soportes.............................................................. 38

III-4 Pintura de soportes................................................................. 39

III-5 Reposición de lámparas en grupo........................................... 40

CAPÍTULO IV

OTRAS OPERACIONES A REALIZAR POR EL CONTRATISTA

IV-1 De los reemplazamientos, suministros y mejoras.................. 41

IV-2 De las modificaciones y traslados.......................................... 42

IV-3 De los trabajos diversos......................................................... 43

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IV-4 De los vandalismos y otras causas......................................... 43

CAPÍTULO V

INSTALACIONES ESPECIALES

V-1 De los túneles y pasos inferiores............................................ 45

V-2 De los pasos inferiores para peatones.................................... 51

V-3 De la conservación de soportes de altura superior a 20 metros,

equipados con corona móvil.................................................. 51

V-4 Estabilizadores-Variadores de tensión sin/con

almacenamiento y transmisión de datos…………………… 52

V-5 De las instalaciones conectadas al alumbrado público.......... 52

V-6 Del alumbrado en actos diversos........................................... 53

CAPÍTULO VI

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

VI-1 De la administración del servicio............................................ 53

VI-2 De la Central de Conservación................................................ 55

VI-3 Del servicio de guardia............................................................ 58

VI-4 Del organigrama y plantilla..................................................... 60

VI-5 Del personal............................................................................. 61

VI-6 De los medios.......................................................................... 65

VI-7 De los vehículos...................................................................... 71

VI-8 De los locales y almacenes...................................................... 74

VI-9 Documentación a preparar....................................................... 77

CAPÍTULO VII

DE LA FLEXIBILIDAD

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VII-1 De los subcontratistas............................................................... 79

VII-2 De las emergencias................................................................... 79

VII-3 De las urgencias........................................................................ 80

PARTE 2ª

ADECUACIÓN DE LAS INSTALACIONES A NORMATIVA Y EJECUCIÓN DE

INSTALACIONES TEMPORALES EN APOYO A ACTIVIDADES CULTURALES

CAPÍTULO I

ADECUACIÓN DE INSTALACIONES A NORMATIVA

I-1 De la modificación de las instalaciones existentes para adecuarlas

a la normativa actual en cuanto a seguridad......................................... 81

CAPÍTULO II

INSTALACIONES TEMPORALES

II-1 Del alumbrado de fiestas y otros actos.................................................. 82

PARTE 3ª

OTROS CONDICIONANTES

CAPÍTULO I

DE LOS PRECIOS

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I-1 De los precios de la oferta............................................................... 87

I-2 De otros precios en razón del tipo de conservación,

antigüedad o singularidad............................................................... 87

I-3 De los precios no incluidos en la oferta.......................................... 88

I-4 Del concepto de los precios............................................................ 88

CAPÍTULO II

DE LOS ABONOS

II-1 De las certificaciones...................................................................... 89

II-2 De las relaciones valoradas............................................................. 89

II-3 De la energía reactiva.................………...........….......................... 90

CAPÍTULO III

DEL CONTRATISTA

III-1 De las condiciones del Contratista................................................. 90

III-2 De la responsabilidad..................................................................... 91

III-3 De la responsabilidad respecto de elementos y equipos................ 91

III-4 De la responsabilidad respecto al control y funcionamiento.......... 91

III-5 De la responsabilidad en relación con reemplazamientos,

modificaciones, etc........................................................................ 92

III-6 De la responsabilidad en relación con lo establecido en las

disposiciones municipales............................................................ . 93

III-7 De la responsabilidad en relación con accidentes, daños o

inconvenientes causados por las instalaciones o realización

de los trabajos........……................................................................ 93

III-8 De la responsabilidad respecto al AYUNTAMIENTO................. 94

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CAPÍTULO IV

DE LA OFERTA

IV-1 De la información previa................................................................. 94

IV-2 De la proposición............................................................................. 94

ANEXOS

Anexo nº 1 Cuantificación mensual por zonas (pág. 97).

Anexo nº 2 Cuadro de precios Parte 1ª. Conservación de las instalaciones (pág 130).

Anexo nº 3 Cuadro de precios Parte 2ª. Adecuación y apoyo a actividades culturales (pág.

147).

Anexo nº 4 Operaciones de adecuación a normativa (pág. 149).

Anexo nº 5 Reposición en grupo de lámparas (pág. 156).

Anexo nº 6 Tratamiento de incidencias (pág. 158).

Anexo nº 7 Límites de las cuatro zonas (pág. 160).

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CONDICIONES GENERALES

Preámbulo:

El presente Pliego está dividido básicamente en dos partes claramente diferenciadas:

1ª Parte: Se trata de la conservación y mantenimiento de las instalaciones de

alumbrado público municipales. Para ello se facilitará en el anexo nº 2 un cuadro de precios

con los precios en blanco de cada una de las operaciones a realizar para el desarrollo de este

cometido. El ofertante y previo estudio de la metodología a desarrollar para la ejecución de

estos trabajos, deberá completar cada uno de los conceptos con el precio que considere

oportuno. Esto dará lugar a una oferta económica y a una baja de acuerdo con lo indicado en

los Pliegos Administrativos (esta baja se denomina 1ª Baja de la oferta)

2ª Parte: Se trata de adecuar a la normativa vigente en materia de seguridad, todas

aquellas instalaciones de alumbrado público municipales que lo precisen y realizar la

ejecución de instalaciones temporales en apoyo a actividades culturales. Para el desarrollo de

estas funciones, se deberán tener en cuenta los precios del anexo nº 3. El ofertante deberá

ofrecer si lo cree oportuno la baja con que afectará a todos y cada uno de los precios para la

ejecución de estas operaciones (esta baja se denomina 2ª Baja de la oferta).

C.G.-1

Objeto del Pliego

El objeto de este Pliego es la prestación del servicio de:

Conservación y mantenimiento de las instalaciones de alumbrado público inventariadas

en el Excmo. Ayuntamiento de Madrid, en lo sucesivo “AYUNTAMIENTO”.

Renovación y adaptación de dichas instalaciones cuando no cumplan la normativa

vigente en materia de seguridad.

Ejecución de instalaciones temporales en apoyo a actividades culturales.

Dicha prestación tiene como fin primordial asegurar la continuidad del

funcionamiento del alumbrado público, minimizar los posibles peligros que puedan

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ocasionarse a personas o cosas, adecuar las instalaciones a las necesidades urbanas y

mantener un aceptable equilibrio entre la iluminación que se proporcione y su costo.

Por tanto, deberá prever posibles averías con la realización de las correspondientes

inspecciones y, en su caso, de los trabajos, reparaciones, sustituciones, mejoras, etc.,

necesarias para el mantenimiento del nivel técnico de los equipos así como de la calidad del

alumbrado.

C.G.-2

Extensión territorial

Comprende la totalidad del término municipal de Madrid, si bien, a efectos de

adjudicación se considera dividido dicho término en cuatro zonas cuyos límites aproximados

seguirán unos ejes teóricos de norte a sur (N-I, Paseo de la Castellana, Santa María de la

Cabeza, M-30) y de oeste a este (Paseo de Extremadura, Gran Vía, Alcalá, Avda. de Daroca,

M-40, Avda. de Arcentales). Las zonas por tanto, serán, NE, SE, SO y NO (anexo nº 7).

Los volúmenes de obra, en cuanto se refiere a la conservación del alumbrado público,

son parecidos en las cuatro zonas, estimándose una variación del + 10% con respecto a una

zona que pudiera ser considerada como media (o sea, la cuarta parte de la conservación

correspondiente al inventario total).

C.G.-3

De las instalaciones actuales

El Contratista acepta las instalaciones de alumbrado público existentes y todos y

cada uno de sus componentes, en las condiciones de la fecha de licitación, haciéndose cargo

de las mismas, a las que prestará el servicio correspondiente, de acuerdo con las

especificaciones de este Pliego.

Esta aceptación de todas las instalaciones actuales independientemente de su tipo,

estado, calidad, etc., le obliga a mantener los elementos existentes, sin que puedan ser

sustituidos por otros, salvo en los casos especificados en este Pliego, o cuando previamente

haya sido autorizado para ello por el Departamento de Alumbrado Público, en lo sucesivo

DEPARTAMENTO.

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Es por tanto obligado que los Licitadores realicen el estudio de las instalaciones

actualmente existentes, antes de redactar su oferta, considerando su estado, y para ello,

pueden solicitar del DEPARTAMENTO autorización para tener acceso a las mismas

siempre que no interfieran en su funcionamiento.

C.G.-4

De las modificaciones

Si como consecuencia de avances tecnológicos, modificaciones en los costos, política

energética, etc., el AYUNTAMIENTO aprobara la adopción de materiales y tipos de

instalación, distintos de los existentes, o de los que se prevé utilizar en el momento de la

entrada en vigor del presente Pliego, el Contratista vendrá obligado a prestar a estas nuevas

instalaciones el servicio exigido.

Los precios que deban redactarse como consecuencia de estas variaciones, se

formarán de acuerdo con lo indicado en el Artículo 3º, del Capítulo I, de la Parte 3ª.

C.G.- 5

De las nuevas instalaciones

Durante la vigencia de este Pliego el Contratista se hará cargo, en su zona de

actuación de todas las instalaciones de alumbrado público que realice o reciba de terceros el

DEPARTAMENTO, debiéndose prestar el servicio correspondiente de acuerdo con lo

especificado en el contrato.

No obstante, si la instalación ha sido recibida de terceros y no cumple lo dispuesto en

el Pliego de Condiciones Técnicas Generales aplicable a la redacción de proyectos y

ejecución de las obras municipales, en lo sucesivo PCTG, o en la correspondiente

Normalización de Elementos Constructivos para Obras de Urbanización, en lo sucesivo

NEC, el Contratista deberá hacerlo constar con vistas a la realización de obras para su

adecuación por parte de los responsables.

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El Contratista aceptará la resolución que le transmita el DEPARTAMENTO y, en su

caso, se haría cargo de la instalación en las condiciones existentes y de acuerdo con las

especificaciones de este Pliego.

C.G.- 6

De las instalaciones futuras

Todos los materiales que se utilicen, tanto en instalaciones definitivas como en las

provisionales deberán estar de acuerdo con el citado PCTG y también con la NEC vigentes,

respetando cuanto se indica sobre niveles y uniformidad de las iluminaciones.

En todas las instalaciones podrán utilizarse nuevos materiales si la evolución

tecnológica así lo aconseja, previa comprobación y autorización del DEPARTAMENTO.

De modo expreso se señala que durante la vigencia de este Pliego podrán incluirse en

conservación nuevas lámparas con mayor vida útil y que podrían dar lugar a un aumento en

el número de horas de funcionamiento, en lugar de las horas que se indican en el anexo nº 5.

(En este caso se ajustaría la limpieza para que esta operación coincidiera con la de reposición

masiva de lámparas).

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PARTE 1ª

CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES

CAPÍTULO I

CLASIFICACIÓN DE LAS INSTALACIONES

Artículo 1º

En razón a su conservación

La conservación, en si, “específica” podrá ser Programada, General, Especial,

Singular o en Baja Temporal.

La Conservación Programada es el conjunto de operaciones a realizar en cada

instalación con el fin de garantizar el correcto funcionamiento de cada punto de luz, en su

horario habitual.

Las operaciones que comprende esta conservación se desglosan en:

- Accionamiento: consiste en el encendido y apagado de cada instalación en el horario

adecuado.

- Control energético: consiste en el control de la energía consumida por cada

instalación con la revisión y lectura de los contadores.

- Inspecciones: conjunto de revisiones que deben realizarse en las instalaciones, para

comprobar su estado, cumplir la reglamentación vigente y evitar situaciones de

riesgo.

- Inspección operativa semanal: implica la comprobación del encendido y apagado de

todas las instalaciones de una zona en el plazo máximo de una semana.

- Inspección de puntos de luz: implica la revisión de las instalaciones en el horario en

que están funcionando, para detectar los puntos de luz fuera de servicio.

- Inspección diurna: comprobación de todos y cada uno de los puntos de luz, con el fin

de detectar anomalías del tipo mecánico y eléctrico, y que posteriormente deben ser

corregidas.

- Inspección de luminarias: comprobación de los equipos eléctricos situados en el

interior de las luminarias que se revisan de acuerdo con los programas de limpieza

y/o reposición de lámparas, o en caso de reposición causal.

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- Inspección de los centros de mando: conjunto de operaciones que deberán realizarse

trimestralmente en los centros de mando, medida y protección de las instalaciones, a

fin de garantizar el perfecto estado de los mecanismos.

- Inspección fotométrica: consiste en el registro de la iluminación que proporciona una

instalación, antes y después de efectuar en ella operaciones de limpieza y/o reposición

de lámparas.

- Inspección de las obras: revisión preventiva de la infraestructura de alumbrado

cuando se detecten obras en la vía pública que puedan afectarla.

- Inspección de vandalismos: revisión de aquellas instalaciones que la experiencia

demuestra que están sometidas a actos vandálicos.

- Comprobaciones y mediciones: conjunto de operaciones que deben efectuarse en una

instalación como consecuencia de los programas establecidos o cuando se detecta

alguna anomalía en su funcionamiento, como por ejemplo; medidas de flujo luminoso

en lámparas, calibración de células y relojes, grado de limpieza de luminarias,

mediciones de tierras, aislamientos y rigidez dieléctrica, tensiones, intensidades,

potencias, factor de potencia y equilibrado de fases.

- Operaciones casuales: reposición de lámparas o cualquier elemento cuando queden

fuera de servicio entre dos operaciones programadas.

- Reparación de averías: conjunto de actuaciones para garantizar el funcionamiento de

una instalación en caso de incidencia.

- Otros trabajos a realizar: conjunto de operaciones administrativas y estadísticas que

permitan la optimización del funcionamiento de las instalaciones, así como las

derivadas de la reglamentación de otros organismos, como señalización y

balizamiento de las obras, emisión de informes para la Comunidad de Madrid, etc.

Todas estas operaciones se abonan por punto de luz (o estabilizador-variador) y mes

de acuerdo con los precios ofertados por el Contratista en los apartados de Conservación

Programada (incluidos Pasos Inferiores de Vehículos y Peatones) del anexo nº 2, y se

cuantifican aproximadamente por mes y zona en los mismos apartados del anexo nº 1.

En las instalaciones incluidas en esta conservación programada, se efectúan también

una serie de operaciones de acuerdo a unos programas a elaborar: limpieza de luminarias, in

situ o en taller, limpieza de soportes, pintura en soportes y reposición de lámparas en grupo.

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Estas operaciones no están incluidas en los precios anteriores y se abonan una vez

realizadas, de acuerdo con los precios ofertados por el Contratista que figuran en los

apartados de Reposición, Limpiezas (incluidos Pasos Inferiores de Vehículos y de Peatones)

y Repintados (Acero y Fundición) del anexo nº 2, y se cuantifican aproximadamente por mes

y zona en los mismos apartados del anexo nº 1.

La Conservación general es el conjunto de operaciones a realizar con el fin de

garantizar el correcto funcionamiento de cada punto de luz, en su horario habitual, en

instalaciones de baja calidad o en aquéllas de difícil control de horario de funcionamiento.

Las operaciones que comprende esta conservación son todas las relacionadas

anteriormente para la conservación programada y que se abonan por punto de luz y mes de

acuerdo con los precios del apartado de Conservación General del anexo nº 2, y se

cuantifican aproximadamente por mes y zona en el mismo apartado del anexo nº 1.

En las instalaciones comprendidas en esta conservación general, no se realizan

reposiciones programadas de lámparas.

La Conservación especial se aplica a las instalaciones que no cumplen con el PCTG

y por tanto tienen elementos obsoletos o no normalizados.

La Conservación singular incluye las instalaciones que puedan ejecutarse de

acuerdo con el Artículo 43.10.7 del PCTG, y contienen elementos de diseño autorizados.

La Conservación en baja temporal incluye las instalaciones que por diversos

motivos han de quedar fuera del servicio en largos períodos, pero que deben garantizarse la

conservación de sus elementos con el fin de quedar operativas cuando sea necesario su

funcionamiento.

De modo expreso se señala que, en las Conservaciones citadas, todas las inspecciones

y comprobaciones están incluidas en los precios de conservación que aparecen en los

cuadros adjuntos a este Pliego y no podrá ser certificada cantidad alguna adicional por estos

conceptos.

Artículo 2º

En razón a su antigüedad

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Las instalaciones se clasificarán en los siguientes tipos:

a) En periodo de garantía.

b) En Conservación normal, desde la fecha de alta en conservación que puede solaparse

con el período de garantía.

Esta clasificación, no tiene más objeto que poder decidir, en caso de que aparezcan

anomalías en los componentes, si la responsabilidad es imputable al instalador o al

conservador.

En cualquier caso, el Contratista deberá reparar las instalaciones si el defecto o avería

puede crear situación de peligro, aunque podrá reclamar los gastos ocasionados al instalador,

si es su responsabilidad.

Artículo 3º

En razón a su singularidad

Se consideran instalaciones singulares aquellas que cumpliendo el Artículo

correspondiente del PCTG incorporan elementos como soportes, luminarias, lámparas y

sistemas electrónicos e informáticos para transmisión de datos y emisión de informes, que no

están incluidos en la NEC ni en el Cuadro de Precios de Obras.

Todos estos elementos añadidos a la propia instalación forman parte de la

conservación de la misma, incluyendo todos los materiales y mano de obra especializada

necesaria para su normal funcionamiento.

CAPÍTULO II

OPERACIONES A REALIZAR POR EL CONTRATISTA, INCLUIDAS EN LOS

PRECIOS DE CONSERVACIÓN ESPECÍFICA

Artículo 1º

El accionamiento

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El Contratista será responsable del encendido y apagado de las instalaciones de

alumbrado, de acuerdo con las siguientes condiciones según los tipos de accionamiento:

- Fotocontrol: En el alumbrado público exterior, las células fotoeléctricas se calibrarán

para una actuación entre los 10 y los 30 lux en las condiciones normalizadas de

acuerdo con el Laboratorio Fotométrico Municipal, en lo sucesivo LFM.

En los túneles, pasos inferiores e instalaciones especiales, las células fotoeléctricas se

calibrarán para que los encendidos y apagados se efectúen según indique el proyecto

correspondiente. En los túneles y pasos inferiores de vehículos, de no indicarse nada,

se calibrarán las células de día soleado, entre 10.000 y 20.000 lux, y las de días

nublados entre 500 y 1.000 lux.

En todo caso el DEPARTAMENTO podrá modificar los calibrados si necesidades

urbanas, exigencias municipales u otras conveniencias, así lo aconsejasen.

- Interruptores horarios: la conexión y desconexión del alumbrado se efectuará de

acuerdo con el horario que tiene establecido, o establezca, el DEPARTAMENTO,

admitiéndose una tolerancia en la realización de esta operación de hasta quince

minutos de adelanto en el encendido o de retraso en el apagado. Será responsabilidad

del Contratista la realización de las operaciones de ajuste necesarias en los

interruptores horarios.

- Accionamiento manual: En los casos en que subsiste accionamiento manual, o

funcione provisionalmente así por razones de avería u otras, la conexión y

desconexión del alumbrado se efectuará de acuerdo con el horario que tiene

establecido, o establezca, el DEPARTAMENTO, admitiéndose una tolerancia de

adelanto en el encendido o de retraso en el apagado de veinte minutos como máximo

(si el accionamiento manual de los centros de mando produce el puenteado del

contactor de carga, será necesario instalar provisionalmente un interruptor diferencial

de la sensibilidad adecuada, ya que se anula el relé diferencial que actúa sobre el

contactor).

Artículo 2º

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Del control energético

Con objeto de controlar el consumo de energía eléctrica en las diversas instalaciones,

cada vez que se efectúe una revisión de un centro de mando se realizará la lectura de los

contadores, tanto de activa, reactiva, maxímetro etc.

Estas lecturas, indicando la fecha en que fueron realizadas, se deberán incluir en los

partes que redacte el operario que inspeccione trimestralmente los centros de mando

correspondientes y quedarán asimismo anotadas en la ficha existente en dicho centro.

A indicación del DEPARTAMENTO el Contratista deberá proporcionar el personal

necesario para facilitar a los inspectores municipales y a los de las Compañías

Suministradoras de Energía Eléctrica, el acceso a los centros de mando de las instalaciones a

fin de que puedan efectuar las lecturas de contadores.

Dada la importancia que constantemente tiene el control y ahorro de la energía así

como los intentos que con frecuencia salen al mercado para mejorar los procedimientos y la

gestión sobre el tema, se podrá estudiar e incluso valorar las aportaciones prácticas y reales

que los concursantes puedan incluir en su estudio.

Artículo 3º

De las inspecciones

El Contratista efectuará las inspecciones que se indican más adelante (y de todas ellas

entregará el correspondiente parte periódico en el DEPARTAMENTO), a fin de descubrir

estados y situaciones que puedan ocasionar deficiencias en la prestación del servicio,

reducciones en la vida económica de las instalaciones, averías o depreciaciones en los

equipos utilizados, o accidentes a personas o cosas.

Estas inspecciones permitirán controlar el comportamiento de los materiales para

racionalizar su elección, y también reducir al mínimo la realización de operaciones no

programadas, como consecuencia de averías o fallos imprevistos.

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Las inspecciones deberán ser realizadas por inspectores del Contratista, ya que las

efectuadas por personal municipal tendrán solamente carácter de comprobación. Por tanto,

todas las inspecciones estarán incluidas en los precios de conservación.

El Contratista será el único responsable de la calidad de las inspecciones, debiendo

tomar las adecuadas medidas para que sus inspectores realicen su misión a entera

satisfacción, siendo posible la aplicación de penalidades si, mediante comprobación del

personal del DEPARTAMENTO, o por la colaboración de la Policía Municipal, de los

vigilantes nocturnos o de los propios vecinos, se observase que los partes que facilitan no se

atienen a la realidad, o que los trabajos preventivos efectuados no satisfacen la calidad

exigida por la buena práctica.

Por ello, el personal de la inspección estará capacitado para desarrollar su cometido

con el adecuado conocimiento y, de acuerdo con la importancia de su misión, el

DEPARTAMENTO una vez adjudicado el servicio podrá efectuar periódicamente exámenes

al personal de la inspección, a fin de comprobar que a partir del nivel de oficial electricista

conocen el material que se conserva en su zona y su funcionamiento.

Es de señalar que, aparte de existir las inspecciones sencillas, hay otras que exigen

complementariamente una puesta a punto, incluidas verificaciones y limpiezas y repasos de

las tierras colectivas, etc., tal como se expondrá en los Artículos correspondientes.

Mención especial precisa el cumplimiento de las resoluciones de la Dirección

General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid sobre el mantenimiento y

revisiones periódicas de instalaciones eléctricas en “locales de pública concurrencia y

alumbrado público”.

En este sentido el Contratista realizará las inspecciones, presentará los boletines de

revisión periódicas, certificados de inspección, etc. así como, en los plazos y formatos

incluidos en dichas resoluciones. La contratación de los Organismos de Control Autorizados

los realizará directamente el contratista a su costa, no pudiendo facturar cantidad alguna por

este concepto.

Artículo 4º

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La inspección operativa semanal

La comprobación del encendido de las instalaciones será efectuada en su totalidad

como mínimo cada semana en un plazo inferior a dos horas contadas a partir del momento

del encendido teórico. Los inspectores deben comunicar telefónicamente las anomalías

observadas en la conexión y si la instalación funciona correctamente hacerlo constar así. Esta

comunicación, obligatoria, será oportunamente transcrita al correspondiente Libro de

Registro existente a tal fin en la Central de Conservación, de la cual se trata en este Pliego

más adelante.

La comprobación del apagado será efectuada también en el plazo de dos horas a

partir de su desconexión teórica, como mínimo cada semana y sólo se avisará a la citada

Central de Conservación en caso de anomalías.

Cada zona, por tanto, para este cometido se dividirá en 7 sectores, a cada uno de los

cuales se le asignará por parte del Contratista de forma fija e inamovible, salvo autorización

escrita del DEPARTAMENTO, un día de la semana para ser revisado comenzando por el

lunes y terminando el domingo. Estas operaciones en sábados, domingos o festivos podrán

ser efectuadas por el equipo de guardia de cada zona.

Los planos de los sectores y el día asignado a cada uno de ellos estarán en poder del

DEPARTAMENTO en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de adjudicación

del servicio.

Artículo 5º

La inspección de puntos de luz

Todas las instalaciones se revisarán por la noche una vez al mes para detectar las

lámparas que estén fuera de servicio, o por debajo de su nivel útil o nivel económico,

facilitando partes detallados con los fallos observados. En el caso de control de las

incidencias por ordenador, la información correspondiente sería entregada por el Contratista

en el formato que se especifique.

Estas inspecciones se realizarán por un oficial, en un vehículo ligero con conductor,

en cuyo salpicadero se acoplará un dispositivo sobre el que el inspector podrá tomar

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cómodamente notas de las anomalías observadas. En los casos que no sea posible el acceso

del vehículo la inspección se hará a pie.

Para este cometido por tanto, el Contratista dividirá en 28 sectores, asignando a cada

uno de forma fija e inamovible, salvo autorización escrita del DEPARTAMENTO, un día

del mes (del 1 al 28) para efectuar estas inspecciones.

Los planos de estos 28 sectores y el día asignado a cada uno de ellos estarán en poder

del DEPARTAMENTO en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de

adjudicación del servicio.

Artículo 6º

La inspección diurna

El Contratista presentará un parte de todas y cada una de las calles, plazas, parques,

etc., de su zona, con las anomalías detectadas en cada punto de luz, rellenando el impreso

que figura a continuación y que podría ser modificado en virtud de las necesidades, o

integrado en otros partes.

Estas anomalías serán imputables a la antigüedad de los elementos de la instalación

(báculos oxidados que en el futuro pueden ser peligrosos, pintura con pérdida de color o

desprendida, falta de red o electrodo de tierra, etc.) y no a operaciones incluidas en este

contrato (falta de puerta o tapas de arquetas, báculos golpeados, etc...).

CONTRATISTA ZONA

RELACION DE ANOMALIAS EN LA INSTALACION DE ALUMBRADO DE

LA: (Calle, Plaza, Parque Túnel, Paso Peatonal)

MES AÑO

------ -------

ANOMALIA Nº DE LOS P. L.

AFECTADOS

OBSERVACIONES

Punto de luz sin pica, placa

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ni red de tierra

Punto de luz con pica pero

sin red de tierra

Punto de luz con red de

tierra de 6 mm2 o menor

Conductor grapado en mal

estado

Conductor subterráneo en

mal estado

Báculos oxidados o en mal

estado

Pintura en mal estado

CM con bastidor o armario

en mal estado

Artículo 7º

La inspección de las luminarias

La inspección de todas las luminarias, sobre soporte o fachada, se efectuará siempre

que se haga reposición masiva de lámparas. En aquellos casos en que no exista sustitución

programada de lámparas se hará cada cuatro años. Se encargarán de ello equipos formados

por un oficial y un especialista, los cuales dispondrán de un vehículo dotado de plataforma

hidráulica o grúa con cesta capaz de elevar al personal a la altura que se necesite. Dicho

vehículo contará con un compresor para la limpieza de los componentes eléctricos y el

equipo dispondrá de un medidor de aislamiento y un nivel adecuado para comprobar la

inclinación de la luminaria y posibilitar su perfecta colocación. Para la inspección de faroles

y globos no se exigirá la plataforma hidráulica o grúa-cesta.

En caso de puntos a más de cuatro metros de altura no accesibles desde camión o

plataforma, el Contratista deberá montar un andamio o adoptar cualquier otra solución que

garantice la seguridad de las personas para la ejecución de los trabajos, siendo este párrafo

de aplicación para cualquiera de las operaciones recogidas en este Pliego (reposición,

limpiezas, desmontajes etc.). El coste de este sistema está incluido en los precios de

conservación y adaptación no pudiéndose facturar cantidad alguna por este concepto.

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Tanto la revisión de los componentes eléctricos como su limpieza se efectuarán

aplicando una metodología similar a la especificada en el caso de los centros de mando.

El inspector también se responsabilizará de la puesta a punto de los componentes

constructivos de la luminaria o de informar, en su caso, a la Central de Conservación sobre

las anomalías observadas que no hayan sido corregidas por la propia inspección.

Como toda esta puesta a punto no es posible realizarla con los escasos medios

disponibles en la cesta de la grúa, y en malas condiciones de trabajo, en el caso de que se

observasen defectos en la instalación de los accesorios de las lámparas que no puedan ser

adecuadamente subsanados “in situ”, se reemplazarán todos ellos e incluso la luminaria

completa si fuera necesario o conveniente, por otros en perfectas condiciones a fin de que

aquéllos puedan ser reparados o sustituidos por el Contratista en su taller. De acuerdo con

instrucciones del DEPARTAMENTO, se podría incluso proceder a una restauración de la

luminaria con todos sus componentes a precios de este contrato (ver Artículo 2º del Capítulo

III, de la Parte 1ª).

En cualquier caso, el inspector procurará por todos los medios a su alcance que el

punto de luz quede en servicio, aunque sea de forma provisional.

Artículo 8º

La inspección de centros de mando y estabilizadores-variadores de tensión

Trimestralmente se inspeccionarán todos los centros de mando, efectuándose las

lecturas de los consumos de energía activa y reactiva, si existiese este contador, interruptores

diferenciales, efectuando la regulación correcta de éstos en función de las tierras de tal forma

que la tensión de defecto no supere nunca los 24 V, conexiones, fusibles, puestas a tierra,

etc. realizándose asimismo la limpieza de los cuadros de mando, del espacio en el que se

alojan y se repasará la pintura y estado general de los elementos metálicos de ambos,

poniendo cuidado en el aspecto de los armarios montados en el exterior.

Cada equipo estará formado por un oficial y un especialista que dispondrá para su

desplazamiento durante la jornada laboral de una furgoneta de reducido tamaño, así como de

un medidor de aislamiento, de otro de resistencia de tierras, y de un comprobador y medidor

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de tensiones de defecto. Las características de estos aparatos de medidas se indican más

adelante.

Dispondrá, asimismo, de un compresor capaz de facilitar una presión de tres

atmósferas.

El objeto básico de la inspección es efectuar la conservación preventiva de los

centros de mando y del local o armario en el que se alojan, de acuerdo con las exigencias y

criterios que se indican a continuación.

Todas las partes eléctricas del centro de mando se inspeccionarán, comprobarán y

pondrán a punto de acuerdo con los programas trimestrales que se establezcan, los cuales

responderán a la buena práctica de la conservación preventiva usual, y en cuanto a las

medidas de las protecciones se atendrá a lo establecido en el Reglamento Electrotécnico de

Baja Tensión.

En función del valor de las tomas de tierras medidas según el Artículo 12 de este

mismo Capítulo, se calibrarán los interruptores diferenciales regulables, comprobando a

continuación con un simulador el correcto tarado del mismo y su funcionamiento, así como

los rearmes.

En cuanto a los contactores, uno de los componentes más importantes y complejos

del centro de mando, se les hará una inspección general reponiendo, apretando,

reemplazando herrajes, pivotes, pasadores, muelles, contactos y demás partes metálicas. Se

comprobará la caja protectora y, en su caso, se repasará o sustituirá. Se retirarán el óxido y

cordones de los contactos y después de limpios se alinearán. Se repasarán o sustituirán las

conexiones o conductores descoloridos y se revisarán y comprobará que existe buena

continuidad eléctrica. Si parte de los materiales aislantes están carbonizados, rajados o rotos

se deberán sustituir. Se comprobará el estado de los componentes del circuito magnético,

especialmente si está floja o deteriorada la bobina, haciendo funcionar y accionar la

armadura manualmente para observar si existe alguna interferencia o fricción. Se accionará

el contactor eléctricamente, sin carga, y se comprobará su adecuado funcionamiento. Se

comprobará el aislamiento entre fases y tierra y la puesta a tierra.

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Si al realizar la inspección se observasen defectos en los componentes eléctricos o

mecánicos que no pudieran ser reparados por el propio equipo inspector, o fuese necesario

efectuar una pintura total de puertas, armarios, etc., se hará constar de modo especial en el

parte que se entregue en la Central de Conservación, a fin de que se tomen las medidas

necesarias para solucionar el problema.

Asimismo se medirá la intensidad en servicio de cada una de las fases de todos los

circuitos, comprobándose el equilibrio de cargas y que las secciones de los conductores y la

capacidad de las protecciones son las adecuadas. Estas mediciones se harán en horario

nocturno con el fin de evitar encendidos durante el día.

En cuanto a los estabilizadores-variadores sin almacenamiento y transmisión de

datos, además de las operaciones de mantenimiento se tomará semanalmente lectura del

consumo efectuado en esa semana para comprobar el ahorro efectivo de la instalación,

enviando al DEPARTAMENTO un parte mensual con dichas lecturas. En caso de avería se

dará cuenta inmediata de la misma y del tiempo previsto para su reparación.

En caso de contar el sistema con envío de datos vía radio, móvil u otro método, se

entregarán todos ellos semanalmente en el DEPARTAMENTO.

Los resultados de todas las operaciones descritas en este Artículo se recogerán en el

parte de inspección y medición de centros de mando.

Artículo 9º

La inspección fotométrica

Se efectuarán las mediciones de la iluminancia que programe el DEPARTAMENTO,

con el límite del 20% para las calles y plazas en las que se haga reposición programada y

limpieza, y el 100% de los túneles, mediante luxómetro registrador instalado en un vehículo

adecuado, y de modo especial antes y después de efectuadas las mencionadas operaciones.

Para ello, el Contratista dispondrá de un equipo formado por un oficial electricista, un

especialista y un vehículo ligero para su desplazamiento así como para realizar las

mediciones de iluminancia con luxómetro registrador.

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La célula del luxómetro registrador dispondrá de un soporte horizontal en la parte

anterior del capó de la furgoneta.

Este equipo realizará las mediciones operativas de la instalación, es decir, las

iluminancias, que valdrán de verificación de la calidad de la limpieza, así como de las

tensiones, intensidades y factores de potencia, según se establece en el los Artículos 8º y 12º

de este mismo Capítulo.

Su jornada laboral se efectuará estando conectadas las instalaciones de alumbrado.

En aquellos periodos en que, como consecuencia de las horas de conexión y desconexión del

alumbrado público pudieran producirse interferencias con el tránsito peatonal o rodado, la

programación de las tareas se efectuará de forma que se causen las menores dificultades

posibles.

Todo este equipo, que se especificará en marcas y número de unidades de cada

aparato que se ofrezcan, satisfará las exigencias especificadas en este Pliego, en el Artículo

correspondiente, debiendo estar preparado adecuadamente el vehículo que se utilice en la

inspección para que las mediciones con luxómetro registrador puedan efectuarse con

facilidad y aceptable precisión.

En cuanto a las mediciones en túneles para vehículos, se efectuarán en horas de

menos densidad de tráfico y con los tres niveles de encendido, de días claros, de días

nublados y nocturno, actuando manualmente en el cuadro de mando, incluyendo las rampas

de acceso en la medición correspondiente al encendido nocturno.

Los pasos peatonales se medirán manualmente, a un metro sobre la altura del suelo y

tomando un número de puntos que se consideren representativos.

Artículo 10º

La inspección de obras

Dado que las realizaciones de las obras en el subsuelo de las vías públicas constituye

una de las causas principales de las averías que se producen en las instalaciones, el

Contratista vigilará las obras en la vía pública cuando observe o prevea que afectan a su

instalación, advirtiendo a la empresa ejecutora que debe reparar los desperfectos producidos,

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y, en caso de no ser subsanados, lo comunicará para su conocimiento a la Central de

Conservación.

A indicación del DEPARTAMENTO, y con objeto de conocer con realismo y

objetividad los daños causados por las obras, el equipo de mediciones programadas efectuará

las comprobaciones necesarias. El inspector dispondrá del correspondiente vehículo ligero

para su desplazamiento en el desarrollo de su tarea, y de una cámara fotográfica para tomar

instantáneas que sirvan de prueba de los daños detectados.

Artículo 11º

La inspección de vandalismos

Los daños, roturas, robos, desapariciones y otras incidencias que sufra el material de

las instalaciones por causa de actos vandálicos, de fuerza mayor o por catástrofes ajenas a la

instalación (socavones, escapes de gas o de agua, etc.), deberán ser documentados por el

Contratista para su conocimiento por parte del AYUNTAMIENTO.

A este respecto, deberá presentar en el DEPARTAMENTO el correspondiente

informe detallado de lo sucedido con relación de daños, facilitando, hasta donde sea posible,

los datos necesarios para que el AYUNTAMIENTO pueda arbitrar las medidas convenientes

para su corrección y, en su caso, aplicación de sanciones. Deberá acompañar copia de la

oportuna denuncia en la Comisaría o en el Juzgado que correspondan en los casos que se

produzcan actos vandálicos así como sustracciones en los equipos y materiales de las

instalaciones. En dicha denuncia se indicarán los datos y filiación completa del causante, si

se conociera, momento en que se produjo el hecho y demás información disponible.

Artículo 12º

Las comprobaciones y mediciones

Con objeto de realizar mediciones y comprobaciones del nivel técnico del alumbrado

en servicio, y de las características de los diversos elementos y componentes de la

instalación, se efectuarán, con los equipos de medida adecuados, las operaciones siguientes:

-Lámparas: se medirá, a indicación del DEPARTAMENTO, el flujo luminoso de una

muestra de las lámparas que se retiren después de una sustitución en grupo, así como de las

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que se prevean utilizar en dicho tipo de reposición. Dichas muestras serán escogidas al azar

por personal del DEPARTAMENTO en presencia del Contratista y en número significativo.

-Fotocontrol: a petición del DEPARTAMENTO, cuando hubiera sospecha de mal

funcionamiento, se comprobarán fotocontroles en servicio con el luxómetro existente en el

LFM.

-Medidas varias: cuando por indicación del DEPARTAMENTO, sean llevadas al

LFM, luminarias, reflectores, accesorios de lámparas, etc., se medirán sus características

mecánicas (rendimientos, espesores anódicos, etc.) y eléctricas (aislamientos, pérdidas,

intensidades, etc.).

-Iluminancias: además de lo indicado en el capítulo de la inspección fotométrica, en

el caso de que la disposición o anomalías observadas en las mediciones hiciesen aconsejable

el realizar medidas de más precisión, a indicación del DEPARTAMENTO se efectuará un

control de la iluminancia con un luxómetro de color y coseno corregidos y célula nivelada

automáticamente, o procediendo a desmontar al azar una luminaria de dicha instalación para

su medida en el LFM.

-Limpieza: aparte de la comprobación que supone la citada inspección fotométrica, se

efectuará la comprobación de esta operación mediante luxómetro, o desmontaje y traslado al

LFM como en el caso anterior.

-Tomas de tierra, aislamiento y rigidez dieléctrica: el Contratista realizará las

operaciones que determine el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente en los

plazos que en el mismo se indican, enviando los datos obtenidos a la Central de

Conservación.

-Tensiones, intensidades, potencia, cos ϕ, equilibrado de fases: cuando surjan

anomalías en una instalación, o bien a solicitud del DEPARTAMENTO fuera de la

programación habitual con un límite de cincuenta (50), el Contratista efectuará las

mediciones siguientes:

• Tensiones: cuando se estime que existen tensiones de suministro con

variaciones superiores a ±7% de la nominal, se instalará al menos durante

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veinticuatro horas en el centro de mando un registrador o analizador de

redes

• Intensidades: el desequilibrio entre fases no será superior a un ±20% del

valor de la media entre las tres fases. Este exceso será corregido por el

Contratista.

• Cos φ: será siempre superior al 0,9 inductivo sin alcanzar valores

capacitivos. Esta corrección será a cargo del Contratista.

Como se ha indicado anteriormente, estas comprobaciones se harán por el personal

de la Contrata, excepto las que se realicen en el LFM, que se harán con el personal del

mismo, pudiendo asistir el Contratista, si lo desea, a su ejecución. En este caso de

comprobaciones en el citado LFM, corren a cargo del Contratista las operaciones de

desmontaje del equipo o material de las instalaciones, su traslado al LFM, así como su

retirada de éste y su posterior montaje, una vez efectuadas las comprobaciones

correspondientes. De todas formas, estas comprobaciones no se harán sin causa justificada,

salvo las de rutina que en todo el contrato no podrán alcanzar el 2 % de las instalaciones de

la zona.

Con objeto de no reducir la calidad del alumbrado en servicio, el Contratista vendrá

obligado, salvo indicación expresa del DEPARTAMENTO, a sustituir el material retirado

por otro similar mientras se realizan las operaciones.

Aunque todas las demás medidas, es decir, las que se efectúan en el campo, deben ser

efectuadas por personal de la Contrata con sus medios y equipos de medida, limitándose el

DEPARTAMENTO, cuando lo considere conveniente, a realizar la inspección de las

operaciones efectuadas, cabe la posibilidad de que el DEPARTAMENTO efectúe medidas

de campo, por sí mismo. En este caso, el Contratista vendrá obligado a facilitar personal

para colaborar en las mismas, y, si procede, el transporte para el personal municipal y su

equipo, e incluso, a petición expresa del DEPARTAMENTO, un técnico titulado del

Contratista podría estar obligado a asistir a la realización de las mediciones de campo que

hiciese el personal técnico municipal, si se considerase necesario.

Artículo 13º

Las operaciones casuales

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El reemplazamiento de las lámparas cuando queden fuera de servicio de forma

casual, o por ser su flujo luminoso inferior al mínimo correspondiente al final de su vida útil,

se efectuará por el Contratista, a sus expensas, en un plazo inferior a tres días para el caso de

una sola lámpara y dos días cuando sean dos o más lámparas consecutivas (desde que se

detecte el fallo).

Las sustituciones casuales, en cualesquiera de los tipos de conservación de que se

trate, Programada, General, Especial o Singular deben realizarse con lámparas nuevas.

En todos los casos de reposición casual es obligatorio realizar la limpieza de

luminarias tal como se describe más adelante en las limpiezas programadas.

Las demás operaciones casuales que sean necesarias efectuar como resultado de

informaciones ajenas al servicio de Conservación o como consecuencia de las

comprobaciones efectuadas por la inspección, serán objeto de unos programas de actuación

flexibles, a corto plazo, que permitan establecer las correspondientes órdenes de trabajo,

cuya prioridad en su realización se valorará de acuerdo con la importancia y trascendencia

que la anomalía observada pueda tener en relación con la seguridad de personas o cosas, con

los posibles inconvenientes y molestias que pueda causar al ciudadano, con su incidencia

sobre la calidad del servicio, y con sus efectos sobre el mantenimiento y vida de los equipos

y componentes de las instalaciones.

Dado que muchas de estas operaciones se repetirán con frecuencia, los servicios

técnico-administrativos del Contratista situados en la Central de Conservación estudiarán,

propondrán y colaborarán con el personal municipal en la tipificación y programación de su

realización, y en establecer los tiempos medios que exigen a fin de conseguir una óptima

utilización del personal y equipo disponible por el servicio y preparar, cada vez con más

validez y realismo, los programas de actuación.

La realización de todos los trabajos que exijan las operaciones casuales deberán ser

efectuadas por el Contratista sin conectar la instalación, total o parcialmente, a la red de

energía, salvo autorización específica del DEPARTAMENTO con constancia de día, hora y

duración de la conexión.

Artículo 14º

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Las averías

El Contratista está obligado a la localización y reparación de todas las averías que se

produzcan en las instalaciones que conserve, sea cual sea el origen o causa de las mismas.

Las operaciones que exijan estas reparaciones, al igual que todas las que deba

efectuar en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, serán realizadas por el

Contratista incluyendo todos los gastos que lleven unidas, como el pago de los salarios,

seguros sociales, materiales, transportes, gastos de limpieza de la obra, abono de daños y

perjuicios ocasionados, e incluso los que puedan corresponder a tomas de muestras,

mediciones, ensayos, comprobaciones, etc. que sea aconsejable realizar para asegurarse de la

calidad del trabajo.

Los componentes o equipos de las instalaciones que sea necesario o aconsejable

reponer o reemplazar se sustituirán por unos iguales o similares a los que se retiran, o por

otros que satisfagan las exigencias de los normalizados por el DEPARTAMENTO, o por las

especificaciones del vigente Pliego de Condiciones para la realización de las instalaciones

de alumbrado público. En ningún caso se admitirá un deterioro de la calidad de las

instalaciones primitivas. Por ejemplo, en lo que a báculos galvanizados se refiere, su

sustitución será por báculos de la misma calidad. Igualmente se procederá en otros tipos de

reparaciones.

El Contratista, no obstante, deberá consultar con el DEPARTAMENTO en el caso de

que los materiales que debe reparar o sustituir estén obsoletos o tengan una calidad inferior a

la que deberían (según lo expuesto anteriormente).

En el caso de que se autorizase la utilización de materiales con componentes o

equipos distintos a los existentes en la instalación que se repara, el sistema de abono se

indica en el capítulo posterior, quedando los materiales reemplazados como propiedad del

AYUNTAMIENTO. Si se utilizan materiales similares a los ya existentes no se efectuará

abono alguno, por estar incluidos en los conceptos de Conservación expuestos

anteriormente, quedando los materiales y equipos sustituidos en propiedad del Contratista.

Si por la índole de la avería fuese imposible repararla en veinticuatro horas, contadas

a partir del momento en que se produjese, el Contratista facilitará a la Central de

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Conservación un parte en el que se indique el sector afectado, las características del fallo, el

plazo previsto para su reparación y aquellas observaciones que estime pueda facilitar la

comprensión de su importancia y trascendencia.

Cuando la avería, por sus características, afectase a más de dos puntos de luz

consecutivos y se previese un plazo de realización superior a dos noches, el Contratista

vendrá obligado a realizar una instalación temporal haciendo un tendido provisional de

cables, sustituyendo algunos componentes de la instalación, etc., salvo indicación expresa en

contrario por parte del DEPARTAMENTO.

Si no fuese posible la solución anterior, el Contratista realizará, a sus expensas, una

instalación temporal provisional de acuerdo con las siguientes características:

- Calles de anchura igual o inferior a 10 m: lámparas de vapor de sodio alta presión de

150 W, situadas a una altura de 9/10 m, separadas 27 m en distribución unilateral.

- Calles de anchura comprendida entre 10 y 20 m: lámparas de vapor de sodio alta

presión de 250 W, situadas a una altura de 10 m, separadas 28 m, en disposición al

tresbolillo.

- Calles de anchura superior a 20 m: lámparas de vapor de sodio alta presión de 250

W, situadas a una altura de 10 m, separadas 25 m en distribución pareada.

Dentro de este criterio general podrán realizarse, en casos específicos, instalaciones

de tipo provisional que proporcionen similar nivel cualitativo que el indicado y que puedan

ser más adecuadas a las condiciones existentes.

Para realizar estas instalaciones, el Contratista contará con brazos de un metro de

vuelo dotados de dispositivos que permitan acoplarlos a los distintos báculos existentes sin

que los deterioren, y de postes de madera adecuados para poder alcanzar las alturas previstas,

así como de las luminarias cerradas necesarias y de los conductores precisos.

Las instalaciones provisionales que se efectúen satisfarán lo indicado anteriormente,

salvo en casos específicos, aún cuando los puntos de luz fuera de servicio estén dotados de

otro tipo de lámparas, sean de características geométricas distintas, etc.

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En general, las averías deberán ser reparadas en menos de veinticuatro horas, y las

que afecten a centros de mando de forma inmediata aunque pueda tener un carácter

provisional su puesta en servicio.

Si en otro tipo de averías su reparación exigiese, por motivos justificados, un mayor

plazo, se informará de ello a la Central de Conservación de acuerdo con lo indicado

anteriormente.

Aparte de la reparación de las averías que entrañan deficiencias en el funcionamiento

del alumbrado público, el Contratista vendrá obligado a realizar todos aquellos trabajos de

adecuación y puesta a punto de las instalaciones de acuerdo con las anomalías observadas

por los inspectores (y que éstos no hayan podido corregir) y por las denuncias recibidas en la

Central de Conservación a través de los vecinos, de la policía y de otras fuentes, y por la

propia inspección municipal.

Los trabajos correspondientes a la corrección de las condiciones insatisfactorias

observadas, serán programados y normalizados como las demás operaciones de conservación

preventiva, aunque lógicamente algunos de ellos tendrán un cierto carácter eventual en

relación con el momento de su ejecución.

Entre estas condiciones no satisfactorias se encuentran aquellas anomalías que

puedan afectar a la seguridad de personas o cosas, como por ejemplo, mal estado de los

soportes o armarios oxidados, y la falta de puertas en las bases de los báculos; a la

continuidad del servicio como pueden ser los defectos en los contactores; al cumplimiento de

los Reglamentos electrotécnicos vigentes, como serían los defectos en los aislamientos o en

las resistencias de las puestas a tierra, regulación de diferenciales no en consonancia con el

valor de las resistencias de las puestas a tierra anteriores, etc.

Si el báculo o poste que sustente una luminaria careciese de puerta o no pudiera

cerrarse adecuadamente, de acuerdo con los datos recibidos por cualquiera de las fuentes de

información, el Contratista vendrá obligado a subsanar la anomalía en un plazo inferior a

veinticuatro horas.

Para ello, el Contratista dispondrá como mínimo de un equipo formado por un

cerrajero, un especialista y un vehículo ligero dotado de una moto-soldadora portátil

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automática. Dicho equipo tendrá como misión el poner a punto las puertas cuyos defectos no

hayan podido ser subsanados por la inspección de conexiones en los soportes u otra manera.

El Contratista no podrá dedicar dicho equipo a otro cometido mientras exista alguna

puerta con anomalías, entendiéndose que efectúa la tarea descrita cuando construye en taller

puertas de características ya inexistentes en el mercado y necesarias para determinados

báculos que no se fabrican.

Todas las obras civiles que deba efectuar el Contratista como consecuencia de estos

trabajos, tanto si son debidas a su específico desarrollo como si se deben a desperfectos

ocasionados por, o en, las instalaciones de alumbrado, se ajustarán en su realización al

“Pliego de Condiciones de Conservación de Pavimentos de las Vías y Espacios Públicos

Municipales”.

El AYUNTAMIENTO facilitará al Contratista las autorizaciones y licencias de su

competencia que sean precisas para la realización de las obras civiles y le prestará su apoyo

para conseguir aquéllas que, en determinados casos, pueda necesitar de otro organismo.

Artículo 15º

Otros trabajos a realizar

Independientemente de los trabajos relacionados con la administración del servicio

que se describen más adelante, de la redacción de todos los programas implicados en la

Conservación, de la presentación diaria de todos los partes exigidos y de su adecuación para

su tratamiento con el ordenador, de la confección de planos, fichas, etc., y de su

actualización así como de la de los inventarios de sus instalaciones, el Contratista se ocupará

de la puesta a punto de los controles de encendido y apagado.

En cuanto a los interruptores horarios, deberán cumplir en todo momento con las

exigencias expuestas en el capítulo dedicado anteriormente al accionamiento y entrar dentro

de las tolerancias admisibles.

En lo que a controles fotoeléctricos se refiere, se limpiarán “in situ” cada seis meses

como máximo, aprovechándose en lo posible las limpiezas de luminarias, la reposición de

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una lámpara en el punto de luz en que esté situado, o cualquier operación o comprobación de

las que haya que realizar de acuerdo con este Pliego.

La ventanilla de los fotocontroles se limpiará mediante una solución aplicada con

rociador manual, dejándola reposar durante un minuto a fin de que la acción química sea

total. Después, se aclarará con una esponja húmeda para retirar toda la suciedad.

Posteriormente se aplicarán mediante aerosol, dos capas de un producto antiadherente que

repela la humedad y el polvo. Este proceso podrá ser modificado por el DEPARTAMENTO

de considerarlo conveniente para mejorar la limpieza y conservación.

Corren a cargo del Contratista los gastos de montaje y desmontaje, transportes, etc.,

cuando haya que llevarlos al LFM para su comprobación, al existir dudas sobre su

funcionamiento o cuando no satisfagan las tolerancias especificadas en el citado capítulo del

accionamiento.

Durante el periodo en que un control fotoeléctrico esté fuera de servicio, el

Contratista estará obligado a sustituirlo por otro, debidamente calibrado, a fin de asegurar, en

todo momento, el adecuado accionamiento de la instalación.

Los fotocontroles que en la revisión efectuada en el LFM se compruebe que no

pueden satisfacer las tolerancias exigidas serán sustituidos por el Contratista a sus expensas.

Con respecto a la señalización y balizamiento en todas las obras que exija el servicio,

se actuará de acuerdo con lo especificado en la Ordenanza Reguladora de la Señalización y

Balizamiento de las Ocupaciones de las Vías Públicas por Realización de Obras y Trabajos y

las normas de la Dirección General de Tráfico en las vías que sean de su competencia.

También las tierras colectivas se inspeccionarán y medirán de acuerdo con la

Normativa vigente.

CAPÍTULO III

OPERACIONES A REALIZAR POR EL CONTRATISTA NO INCLUIDAS EN LOS

PRECIOS DE CONSERVACIÓN ESPECÍFICA

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Artículo 1º

Limpieza de luminarias “in situ”

La limpieza de las luminarias se realizará de acuerdo con los programas que

establezca el DEPARTAMENTO.

Como base de partida los programas harán coincidir una limpieza con la reposición

de lámparas y otra en el punto intermedio entre dos reposiciones, excepto para las luminarias

de 100 W de vapor de sodio, 125 W de vapor de mercurio y las de potencias menores a éstas,

que no se hará salvo indicación expresa. Esta misma práctica se empleará en algunos casos

en las de 150 W de sodio alta presión. Se exceptuarán de este párrafo las luminarias de

túneles.

Los programas de limpieza de faroles y globos se establecerán, en principio y hasta

nueva orden para intervalos de 1 año.

Estos programas se modificarán en base a los resultados de las inspecciones, a fin de

mantener la iluminancia media dentro de los límites deseados, los cuales, normalmente,

deberán coincidir con los previstos en el proyecto o en el PCTG en su defecto.

Los diversos componentes de los sistemas ópticos se limpiarán “in situ” de acuerdo

con la normativa expuesta a continuación.

REFLECTORES DE ALUMINIO: Para su limpieza se empleará un detergente de

base ácida, diluido en agua, con los inhibidores necesarios para evitar ataques al metal. Para

limpiar se frotará suavemente toda la superficie del reflector, con un paño impregnado en la

solución y se la dejará actuar durante dos o tres minutos. A continuación se frotará la

superficie con un paño empapado en agua hasta eliminar toda la suciedad depositada en el

reflector.

VIDRIOS: Se limpiarán de la misma forma que hemos indicado anteriormente para

los fotocontroles.

PLÁSTICOS: Se utilizará una mezcla al 50% de alcohol isopropílico y agua o

solución similar, que se aplicará mediante rociador. Se dejará actuar la solución durante un

minuto y se aclarará con agua abundante.

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PARTES METÁLICAS: Se limpiarán de acuerdo con la normativa establecida

anteriormente para las partes metálicas del cuadro de mando.

La limpieza de las luminarias cerradas se denominará limpieza completa y

comprenderá las limpiezas de la carcasa, del interior del reflector y del cierre exterior e

interior del vidrio. Aparte de realizarse según los programas, se hará también al reemplazar

causalmente las lámparas.

La limpieza de las luminarias abiertas, de los faroles y de los globos, afectará a todos

sus componentes y elementos.

Aunque la limpieza deberá efectuarse durante la jornada laboral normal diurna, en

aquellos casos en que su realización pueda causar molestias inadmisibles a los usuarios o al

tráfico rodado, podrá efectuarse por la noche, a partir de las cero horas, no admitiéndose que

se apaguen simultáneamente más de tres puntos de luz de una banda en instalaciones con

distribución pareada o al tresbolillo, y de dos, si es unilateral. Los precios serán iguales en

ambos casos.

Será potestativo del DEPARTAMENTO el establecer cuándo la limpieza deba

efectuarse por la noche o durante el día, procurando limitar la realización de las primeras en

los días más crudos del invierno.

El Contratista, a indicación del DEPARTAMENTO, vendrá obligado a realizar las

pruebas de nuevas tecnologías para las limpiezas de luminarias, como puede ser la

utilización de ultrasonidos, a fin de mejorar sus resultados o reducir costos, certificándosele

los trabajos que ello exija a los precios que resulten.

Si el AYUNTAMIENTO como resultado de las pruebas, implantase otra metodología

distinta de la especificada en este Pliego para la limpieza de luminarias, el Contratista vendrá

obligado a realizarla a los precios contradictorios que resultasen, sin que ello le dé derecho a

ninguna reclamación por el cambio de método.

El DEPARTAMENTO, de acuerdo con las mediciones que efectúe la inspección

operativa eléctrica o de la iluminancia, así como las del propio personal municipal, podrá

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estimar que la limpieza no ha alcanzando la calidad que debiera y decidir la comprobación

de la misma en el LFM.

Para ello, el Contratista estará obligado, si así lo ordena el DEPARTAMENTO, a

desmontar tres de las luminarias haya limpiado en una vía y a trasladarlas al LFM,

operaciones que realizará bajo control municipal, y volver a colocarlas después de que se

haya efectuado la comprobación. Estas operaciones deberá realizarlas, en lo posible, el

mismo día.

No se efectuará ningún abono al Contratista por esta operación hasta un número que

represente el 2% de las limpiezas efectuadas, certificándosele a los precios contractuales

vigentes las que sobrepasen éste, salvo los desmontajes justificados por su mala limpieza.

Si al realizar la comprobación en el LFM, que consistirá en medir el flujo antes y

después de limpiadas las luminarias con la metodología establecida en este Pliego, se

observase que la diferencia entre la suma de intensidades de los planos longitudinal y

transversal medidas entre 0º y 80º cada 10º, mejorase un 2%, el Contratista deberá volver a

efectuar las limpiezas anteriormente realizadas en la vía donde se retiraron las que se

comprobaron.

El Contratista realizará esta nueva limpieza a sus expensas, así como los trabajos que

exija el desmontaje, traslados y montaje de las luminarias comprobadas y gastos que puedan

haber ocasionado las pruebas, es decir, ni se le abonará nada por ello ni, en su caso, se le

computará en el número de las que debe realizar a su cargo, además de aplicársele las

penalidades que se establecen en los Pliegos Administrativos.

Las limpiezas bien efectuadas serán certificadas mensualmente al Contratista a los

previos vigentes en el contrato. En el caso de coincidir la limpieza de la luminaria con la

reposición en grupo, se certificarán estas dos operaciones.

Artículo 2º

Limpiezas y restauración de luminarias en taller

Abundando en lo expuesto en el Artículo 7º del Capítulo II, cuando se haga

reposición programada de lámparas, el DEPARTAMENTO decidirá los casos en que las

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limpiezas, e incluso restauraciones de las luminarias, deberán realizarse en el taller del

Contratista con previo envío de muestras al LFM, y posterior ensayo también de muestras

para comprobación de los resultados obtenidos en los trabajos en taller.

Es condición fundamental que la instalación de alumbrado público no sufra reducción

de nivel de iluminación por lo que podrá organizar el trabajo de modo que las unidades

desmontadas a primera hora de la mañana vuelvan a su emplazamiento el mismo día antes de

la hora de encendido. En caso contrario, deberán ser sustituidas provisionalmente por

unidades de características similares. En los casos de unidades abiertas en que sólo se lleve a

taller el reflector, podrán funcionar en estas condiciones, sin reflector, hasta un máximo de

48 horas.

TRABAJOS CON LUMINARIAS CERRADAS: Estos trabajos se clasifican en

simples limpiezas con inspección de los elementos eléctricos y ópticos, o en restauración de

los elementos deteriorados u obsoletos, con las sustituciones que proceda para dejarlas en

condiciones de máximo rendimiento.

En los casos de limpiezas a fondo se procederá como se indica este Capítulo III de

esta misma Parte. Al mismo tiempo se hará una cuidadosa inspección como se indicó en el

Artículo de inspección de luminarias, examinando los filtros, las gomas u otros elementos de

cierre hermético, los condensadores, reactancias y demás componentes de los equipos,

conexiones, latiguillos, terminales, etc., así como los elementos de fijación.

En los casos de restauración se sustituirán además los elementos necesarios para que

las luminarias completas queden en debidas condiciones de uso.

En cuanto a precios, se indican en este Pliego los correspondientes a los diferentes

tipos de limpieza.

Artículo 3º

Limpieza de soportes

La limpieza de los báculos y columnas se realizará a indicación del

DEPARTAMENTO, y se efectuará desde el suelo hasta los tres metros de altura, donde está

situada la numeración.

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Incluye el despegue de los carteles y pegatinas de todo tipo que puedan haberse

colocado sobre el soporte y frotar suavemente, mediante cepillo, las superficies metálicas

con agua jabonosa, reponiendo la numeración del punto de luz.

Los precios se indican en este Pliego, y con ellos se certificarán mensualmente al

Contratista los trabajos efectuados. Si al ir a realizar los trabajos antes indicados, el

Contratista encontrara publicidad fijada en los soportes de forma mecánica a cualquier altura

(a excepción de la institucional autorizada), deberá desmontarla a su costa y entregarla en el

almacén del DEPARTAMENTO, con independencia de poder reclamar al responsable de la

colocación de los carteles los gastos ocasionados en el desmontaje de los mismos.

Fuera de estas operaciones indicadas anteriormente y que son previas a otro tipo de

trabajos (por ejemplo, pintura), es competencia del Servicio Municipal de Limpiezas, de

acuerdo con la Ordenanza General del Protección del Medio Ambiente Urbano, la

eliminación de las pegatinas de los mencionados soportes. En el caso de los carteles con

publicidad no autorizada por el Ayuntamiento se aplicará además lo indicado en la

Ordenanza de Protección del Paisaje Urbano.

Todo lo indicado en este Artículo para los soportes lo es también para los armarios de

los centros de mando.

Artículo 4º

Pintura de soportes

El repintado de los elementos metálicos de las instalaciones, estén o no galvanizados,

se realizará de acuerdo con los programas que se aprueben por el DEPARTAMENTO y se

ejecutará de acuerdo a la metodología y materiales que indica el PCTG.

La pintura será certificada mensualmente a los precios vigentes del contrato, según lo

especificado en este Pliego.

Todos los trabajos de pintura tendrán un periodo de garantía de un año. Todos los

defectos que puedan aparecer durante este tiempo serán corregidos por el Contratista a su

costa.

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La numeración, estará situada a 3,3 m (+0,2 –0) de altura, siempre que no interfiera

con señales de tráfico, en cuyo caso se colocaría en un lugar más adecuado.

Los dígitos se pondrán siempre en posición vertical, y su altura será de 8 cm, en color

blanco sobre fondo verde, o negro sobre fondo galvanizado. Sobre otros colores de

pinturas, se decidirá según proceda.

El tamaño y la altura podrán variarse en los casos que así lo decida el

DEPARTAMENTO, de acuerdo a las características de las instalaciones que puedan

aconsejar otra cosa.

Cuando se dé de alta por primera vez una instalación, el Contratista estará obligado a

pintar la numeración en los soportes y reflejar sus números en los nuevos planos que

confeccione, sin que por ello tenga derecho a ningún abono adicional. De la misma forma,

el Contratista procederá, a su cargo, a la renumeración de una instalación cuando por

cualquier causa se produzca una alteración en el número de puntos de luz.

Artículo 5º

Reposición de lámparas en grupo

Las reposiciones en grupo de las lámparas, se ajustarán a los programas que se

establezcan para ello, ateniéndose a la vida útil indicada en el anexo nº 5 de este Pliego.

Las fechas precisas de su realización serán fijadas por el DEPARTAMENTO a fin de

que los trabajos exigidos por las reposiciones en grupo de lámparas se efectúen de forma

coordinada entre sí y con los demás programas del servicio de Conservación.

Si durante la vigencia del contrato, como consecuencia del incremento de la vida

media de las lámparas, de las exigencias cualitativas de la iluminación, de la variación de los

costos de las reposiciones casuales, etc., el DEPARTAMENTO considerara conveniente

modificar el tiempo que debe transcurrir entre dos reposiciones sucesivas en grupo, podrá

hacerlo, viniendo obligado el Contratista a ajustarse a la nueva programación.

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En caso de que esta modificación afectase a los costos de la conservación

programada al incidir sobre el número de lámparas que deben reponerse de forma casual, se

hará la corrección de los precios correspondientes, a fin de adecuarse los contractuales a los

reales.

La reposición en grupo de las lámparas se efectuará durante la jornada laboral diurna

con las mismas excepciones que las anteriormente especificadas para la limpieza de

luminarias, admitiéndose si la reposición se realiza por la noche, el mismo criterio expuesto

en el Capítulo de limpieza de luminarias en cuanto a simultaneidad de puntos de luz

apagados.

Todas las lámparas de vapor de sodio alta presión que se empleen estarán libres de

mercurio.

A indicación del Departamento las lámparas que se retiren de una reposición en

grupo serán entregadas en el LFM, el cual extenderá el oportuno documento debidamente

firmado por el técnico encargado del mismo. El Contratista deberá unir fotocopia de este

documento a la relación valorada mensual en la que se incluya este trabajo. En ningún caso

el número de lámparas entregadas que estén fundidas podrá superar el uno por ciento (1%)

de la dotación que se reemplaza.

El reciclaje de las lámparas se hará de acuerdo con la legislación vigente,

encargándose el Contratista de las diferentes gestiones, a su costa.

Cuando la reposición en grupo coincida con la limpieza de las luminarias, se

certificarán estas dos operaciones.

CAPÍTULO IV

OTRAS OPERACIONES A REALIZAR POR EL CONTRATISTA

Artículo 1º

De los reemplazamientos, suministros y mejoras

El Contratista estará obligado a realizar los reemplazamientos de los componentes y

equipos de las instalaciones en servicio que por su baja economicidad, por estar obsoletos, o

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por cualquier otra causa, le indique el DEPARTAMENTO, así como a efectuar los

suministros que correspondan.

Los materiales, componentes y equipos que se instalen satisfarán, en todo caso, las

exigencias del PCTG y los precios (incluidos los de la mano de obra) serán los del anexo

nº 2 de este Pliego, ofertados por el Contratista.

En los casos para los que no existan precios en dicho anexo nº 2, se aplicarán los del

anexo nº 3 afectados de la 2ª baja de la oferta.

Artículo 2º

De las modificaciones y traslados

Dada la dinámica urbana, el Contratista vendrá obligado a realizar las obras,

modificaciones y traslado de aparatos que le indique el DEPARTAMENTO, para adecuar las

instalaciones existentes a las nuevas exigencias, entre las que se pueden citar variaciones en

las fachadas que soportan los puntos de luz, cambios espaciales como consecuencia de obras

en las vías públicas, etc., así como efectuar mejoras parciales de los alumbrados debido a

cambios en las características urbanísticas de las vías, en el uso de los edificios, etc.

Asimismo el Contratista vendrá obligado a realizar, si se lo indica el

DEPARTAMENTO, las modificaciones provisionales o definitivas de las instalaciones que

exijan las obras, adecuando su realización a las necesidades de las mismas.

Si la obra se ejecuta por orden del AYUNTAMIENTO, se abonará a los precios del

anexo nº 3 con la 2ª baja de la oferta dentro de la certificación mensual correspondiente al

mes siguiente en que finaliza la obra.

Si la solicitud proviene de particulares a través de la Junta Municipal, éstos

depositarán en dicha Junta, Tesorería o dónde corresponda, la cantidad que el técnico de la

Junta determine en función de lo solicitado y de acuerdo con la Ordenanza Reguladora de los

Precios Públicos Municipales en vigor.

El Departamento abonará al Contratista en la certificación mensual el importe de los

trabajos de acuerdo con los precios de este Pliego.

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Artículo 3º

De los trabajos diversos

El Contratista vendrá obligado a realizar trabajos que no corresponden

específicamente a la conservación y entretenimiento del alumbrado público municipal, si le

son encargados por el DEPARTAMENTO, con la única limitación de que sean similares a

algunas de las operaciones que exige la prestación del servicio y que el personal las efectúe

de acuerdo con su categoría laboral. Estos trabajos podrán ser realizados, incluso para

organismos o personas ajenas al AYUNTAMIENTO.

Son trabajos de este tipo, a cargo del Municipio, por ejemplo, los relacionados con

las señales de tráfico, el alumbrado ornamental, las fiestas y verbenas en los distritos, tomas

para megafonía u otros usos, en actos políticos, culturales, festivos o deportivos organizados

o patrocinados por el AYUNTAMIENTO, iluminaciones en los jardines de Cecilio

Rodríguez u otras dependencias municipales, etc.

Son trabajos ajenos al AYUNTAMIENTO, por ejemplo, las acometidas a cabinas

telefónicas, a relojes en las vías públicas, a las marquesinas de paradas de autobús, con fines

publicitarios, a los planómetros, etc., todo ello conectado a instalaciones de alumbrado

público, y también las ayudas al Ministerio de Cultura u otros ministerios, con motivo de

acontecimientos políticos importantes y que en algún aspecto afecten a los soportes del

alumbrado público y actos políticos, culturales, festivos o deportivos no organizados o

patrocinados por el AYUNTAMIENTO.

Si este tipo de trabajo, que tendrá carácter excepcional, fuese realizado con cargo a

entidad ajena al AYUNTAMIENTO, los precios podrán ser los que acuerde el Contratista

con el organismo o persona que los abone, salvo en aquellas ocasiones en que fueran hechos

por indicación del DEPARTAMENTO, en las que regirían los precios del anexo nº 3 de este

Pliego con la 2ª baja de la oferta.

Artículo 4º

De los vandalismos y otras causas

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En los casos descritos en el Artículo 11º del Capítulo II de la Parte 1ª, el Contratista

estará obligado a su reparación inmediata, corriendo con todos los gastos que se produzcan,

por lo cual deberá prever y asumir todos estos costes, de acuerdo con su experiencia en

trabajos de conservación de alumbrado público y teniendo en cuenta las características del

posible vandalismo en cada una de las cuatro zonas que se ofertan. El Contratista es libre de

optar por acogerse a una póliza de seguros contra el vandalismo, o de correr con los riesgos

correspondientes. Los Licitadores deberán incluir en su oferta de forma razonada los equipos

humanos y materiales destinados a reposición de instalaciones por vandalismo, robos etc.

Se exceptúan las incidencias debidas a fuerza mayor, entendiéndose por tales, las así

clasificadas y descritas en el citado Artículo 11º.

En los casos excepcionados se actuará de acuerdo con lo especificado en este Pliego

para los reemplazamientos, suministros y mejoras, en este mismo Capitulo IV, una vez

comprobados los desperfectos que presenten las instalaciones.

También abonará el AYUNTAMIENTO, de modo similar, las mejoras que puedan

ocasionarse con motivo de las sustituciones de elementos deteriorados por el vandalismo

(cambio a material normalizado si no lo fuera el que se sustituye, cambio de luminarias

abiertas a cerradas, etc.) y las modificaciones que se realicen para evitar o minorizar las

agresiones (cambios a luminarias a más altura, protecciones diversas adicionales,

desplazamientos a lugares más idóneos, etc.), todo ello a iniciativa del DEPARTAMENTO.

Por todo ello, al facilitar el Contratista la información requerida, deberá poner el

mayor número posible de datos en conocimiento del DEPARTAMENTO, con objeto de

tomar las decisiones que procedan en cada caso.

En todos los casos abonables el Contratista tendrá la obligación de entregar en los

almacenes municipales o en los lugares que le indique por escrito el DEPARTAMENTO,

todos los materiales no aprovechables que por cualquier motivo sean retirados de las

instalaciones. Las entregas se efectuarán mediante albarán con el visto bueno

correspondiente.

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Los trabajos abonables que exijan las reposiciones por vandalismo y demás indicadas

en este Artículo, se certificarán, una vez comprobadas sus reparaciones satisfactorias, a los

precios del anexo nº 3 con la 2ª baja de la oferta.

En los casos de actos vandálicos repetitivos en determinadas zonas, el

DEPARTAMENTO decidirá si las reparaciones han de ser inmediatas o no, e incluso si se

han de dejar sin reparar, total o parcialmente, en espera de la sustitución de las instalaciones

por otras menos vulnerables a las agresiones reincidentes que normalmente se presenten en

esos sitios.

CAPÍTULO V

INSTALACIONES ESPECIALES

Artículo 1º

De los túneles y pasos inferiores

Será obligación del Contratista la prestación del servicio de control del

funcionamiento, conservación y adecuación de las instalaciones de alumbrado de túneles y

pasos inferiores para vehículos (que se les indiquen), de cuya utilización sea responsable el

AYUNTAMIENTO.

La prestación del servicio se efectuará de acuerdo con lo establecido para las

instalaciones de alumbrado público de las calles, según se indica anteriormente, excepto en

los aspectos específicos que se recogen a continuación.

DE LAS INSPECCIONES

Las instalaciones de alumbrado de túneles y pasos inferiores serán inspeccionadas de

forma similar a lo especificado para las de alumbrado público.

Las inspecciones de iluminancia y medición programada serán efectuadas por el

mismo equipo especificado para el alumbrado público, y la de lámparas será realizada

diariamente por el conductor de uno de los vehículos del Contratista adscritos a la Central de

Conservación, antes de iniciar su jornada en aquélla y una vez concluida, utilizando para su

transporte el vehículo que conduce.

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Las inspecciones, menos esta última, se efectuarán durante la jornada laboral normal

del personal de la plantilla de túneles y pasos inferiores y su programación estará

estrechamente coordinada con la limpieza de las luminarias, a fin de reducir al máximo el

número de horas que sea necesario cerrar parcialmente el túnel o paso inferior.

Dada la importancia de estas instalaciones para el tráfico y la seguridad de las

personas, así como su elevado consumo eléctrico, el Contratista deberá comprobar

diariamente que el encendido y apagado de los distintos circuitos se realiza correctamente.

La inspección mensual, similar a la diurna del alumbrado público, será además

responsable de facilitar a la Central de Conservación las lecturas de los contadores de horas.

Para dichas inspecciones se procurará aprovechar las coincidencias con la limpieza

de luminarias y con las inspecciones de los componentes de la instalación y la eléctrica de

las luminarias, debiéndose coordinar adecuadamente todas las tareas indicadas.

La inspección de los centros de mando será efectuada de acuerdo con los criterios

fijados para el alumbrado público, pero cada mes. La citada inspección efectuará, asimismo,

las comprobaciones y trabajos que exija la conservación preventiva de las células que

regulan el encendido de los circuitos de días claros (deben actuar entre 10.000 y 20.000 lux)

y las de días nublados (deben actuar entre 500 y 1.000 lux) y los contadores de horas de

estos dos circuitos.

En el caso de que algún túnel carezca de estos contadores de horas el Contratista los

montará y facturará a los precios del anexo nº 3 en el plazo de dos meses desde el día de

inicio de la actividad.

Estos contadores serán de 5 dígitos con puesta a cero.

En la inspección mensual de estos centros de mando se tomará lectura del consumo y

de los contadores de horas y se entregará en el DEPARTAMENTO.

DE LA CONSERVACIÓN PROGRAMADA

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La realización de la conservación programada del alumbrado de túneles y pasos

inferiores se ajustará a los criterios normativos establecida para el alumbrado público con las

excepciones siguientes:

En el momento que el Contratista tenga noticia de que se ha producido una avería en

el alumbrado, deberá enviar, de forma inmediata, el personal necesario para proceder al

reconocimiento de la misma y, en su caso, realizar seguidamente los trabajos que exige su

puesta en servicio o los que aconseje la reducción de los inconvenientes que la avería pueda

causar a la propia instalación, tráfico, etc.

Si la avería afecta a la mitad de los puntos de luz que debían lucir de acuerdo con las

condiciones existentes en el exterior, el Contratista avisará de forma inmediata a la Policía

Municipal y Central de Conservación a fin de que puedan tomar las medidas que se estimen

necesarias.

En los demás casos, deberá informar de la importancia de la avería a la Central de

Conservación e indicar si su reparación definitiva o provisional exigirá un cierre total o

parcial del túnel o paso inferior a fin de que se le faciliten las oportunas instrucciones.

Si la avería afectase exclusivamente al centro de mando de la instalación, el

Contratista deberá proceder a su puesta en servicio, aunque sea de forma provisional, en

memos de tres horas contadas desde el momento en que se dé por enterado de la misma.

Si por la importancia de la avería, o por el momento en que se produce, se limitase el

tráfico por el túnel o paso inferior, el Contratista deberá enviar inmediatamente el personal

necesario para su reparación o puesta en servicio, total o parcial, en menos de ocho horas, a

fin de suprimir lo antes posible limitaciones al tránsito.

Si no se limitase al paso de vehículos, el Contratista deberá reforzar la plantilla de

túneles y pasos inferiores durante la jornada o jornadas laborales siguientes, para que se

efectúe la reparación de la avería bajo la dirección de sus técnicos, sin que ello afecte a la

realización de los trabajos de conservación programados.

En caso de que no se efectúe la reparación definitiva en la primera jornada laboral, el

Contratista deberá facilitar un informe en el que se haga constar la causa de la avería, el

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plazo para su reparación, los puntos de luz que quedarán fuera de servicio durante la

realización de los trabajos, etc. Estos trabajos se efectuarán, en todo caso, en jornadas

laborales normales seguidas hasta que se concluya la reparación definitiva de la avería.

DE LA REPOSICIÓN DE LÁMPARAS

La reposición de lámparas de forma casual y en grupo se realizará de acuerdo con lo

especificado en el apartado para el alumbrado público, con las excepciones que se indican a

continuación:

La reposición casual se efectuará simultáneamente con la primera limpieza de

luminarias que se realice después de ocurrido el fallo de la lámpara, salvo que queden fuera

de servicio tres o más fuentes de luz consecutivas correspondientes a una de las regulaciones

de encendido existentes o el 5% de las de ese circuito.

En este caso, el reemplazamiento se efectuará en la jornada laboral de la plantilla de

túneles y pasos inferiores siguiente a la detección del fallo.

La reposición de lámparas en grupo se efectuará cuando las lámparas hayan

alcanzado el número de horas de funcionamiento que señale el anexo nº 5 de este Pliego,

medidas en el cuenta-horas de las regulaciones de encendido diurnas o nocturnas, o

estimadas en las conectadas al circuito permanente. Las lámparas de los circuitos

permanentes serán del tipo de doble tubo de descarga y todas ellas exentas de mercurio.

Esta reposición se hará coincidir con una limpieza de luminarias.

DE LA LIMPIEZA DE LUMINARIAS

La limpieza de luminarias de túneles o pasos inferiores se efectuará según lo

especificado para el alumbrado público, con las siguientes puntualizaciones.

La limpieza de las luminarias se realizará de acuerdo con los programas que

establezca el DEPARTAMENTO.

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Como base de partida y hasta nueva orden, los programas de limpieza se ajustarán a

intervalos de cuatro meses.

Las operaciones correspondientes se efectuarán desmontando el cierre y su marco,

los cuales, en los túneles o pasos inferiores que dispongan de bocas de riego, serán rociados

con agua a presión, antes de la limpieza química.

En cualquier caso, existan o no bocas de riego, se introducirán en una solución con

detergentes dejándolos reposar durante un minuto a fin de permitir que se efectúe su acción

química.

Posteriormente se aclararán con una esponja húmeda y se les aplicará, mediante

aerosol, dos capas de un producto antiadherente que repela la humedad, el polvo, etc. Los

reflectores se limpiarán de acuerdo con lo establecido para el alumbrado público.

Estas operaciones se efectuarán durante la jornada normal de la plantilla de túneles y

pasos inferiores y su realización se coordinará con los trabajos de inspección, conservación

programada, etc. a fin de reducir al máximo el tiempo en que deben permanecer cerrados

parcialmente al tráfico.

Asimismo se repondrá o adecuará debidamente de acuerdo con las instrucciones del

DEPARTAMENTO, la sujeción del cierre a su marco y se efectuarán los trabajos

establecidos para la inspección eléctrica que se indican para el alumbrado público.

DE LA SEÑALIZACIÓN Y BALIZAMIENTO

Cuando se realicen trabajos en el interior del túnel durante el periodo comprendido

entre las 0 y 6 horas, se cerrarán al tráfico los carriles correspondientes a una dirección, salvo

denegación expresa por parte de la Concejalía de Gobierno de Seguridad y Servicios a la

Comunidad.

A los Departamentos correspondientes se les informará de la fecha de la realización

de los trabajos programados antes de iniciarse la última decena del mes anterior. Si se

efectúan trabajos a muy corto plazo deberá informarse lo antes posible de la fecha en que se

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prevén efectuar los mismos a fin de que den su conformidad al cierre de una dirección del

túnel.

En todo caso, la realización de los trabajos en el túnel exigirá el cierre al tráfico del

carril o carriles necesarios para asegurar la adecuada protección al personal, equipos, etc.

Para estos trabajos se seguirán en cada momento y en su integridad las normas en

vigor de los organismos competentes.

Las señales y balizas necesarias serán utilizadas por el Contratista únicamente para la

señalización de trabajos en el túnel y deberán estar en buen estado de conservación o

limpieza, así como los chalecos de identificación del personal.

El material de señalización y balizamiento podrá ser guardado por el Contratista en

los cuartos o espacios que existen en diversos túneles y pasos inferiores.

DEL PERSONAL

La jornada laboral del personal de la plantilla de túneles y pasos inferiores, así como

la de aquél que la refuerce en caso de averías o trabajos especiales, se iniciará a las cero

horas.

La jornada será ininterrumpida con la duración y descanso que establece la

Ordenanza de Trabajo o el cuadro horario que fije y apruebe la Inspección de Trabajo.

Todas las operaciones que exige la inspección, conservación programada -con la

excepción de las reparaciones de posibles averías u otros trabajos de carácter extraordinario-

así como la limpieza de luminarias y reposición en grupo de lámparas, serán efectuadas a un

ritmo no inferior a 350 puntos de luz por jornada laboral, adecuándose la plantilla a esta

exigencia.

El personal que realiza su trabajo en el túnel estará dotado de las protecciones que

establece el Real Decreto 1627/1997, Real Decreto 1407/1992 y Real Decreto 773/1997

“Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción, debiendo

satisfacer las diversas protecciones que utilice el personal lo establecido en las Normas

Técnicas Reglamentarias del Ministerio de Trabajo.

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Artículo 2º

De los pasos inferiores para peatones

El Contratista vendrá obligado a prestar el servicio correspondiente a las

instalaciones de alumbrado de pasos inferiores para peatones de cuyo funcionamiento sea

responsable el AYUNTAMIENTO.

La prestación del servicio se ajustará a lo indicado para las instalaciones de

alumbrado público en las que se efectúa la conservación programada, según lo especificado

anteriormente, con las excepciones establecidas a continuación:

No se efectuará la inspección de la iluminancia y la inspección operativa diaria será

realizada por un equipo inspector de lámparas de pasos inferiores para peatones.

Esta última inspección será efectuada dos veces a la semana por un oficial,

responsable de la misma, y un especialista.

La inspección deberá llevar el equipo y repuesto necesarios para efectuar la

sustitución inmediata de las lámparas que fallen y realizar los reemplazamientos, pequeñas

reparaciones, etc. que exige la puesta en servicio de los puntos de luz averiados.

La inspección eléctrica de la luminaria así como la de conexión se hará anualmente y

será realizada por un oficial coincidiendo con la limpieza de las mismas.

Los programas de limpieza de estas luminarias se establecerán en principio y hasta

nueva orden para intervalos de cuatro meses.

Artículo 3º

De la conservación de soportes de altura superior a 20 metros, equipados con corona móvil

El Contratista ejecutará todas las operaciones de conservación preventiva y sustituirá

a su costa las piezas necesarias aconsejadas por el fabricante en sus instrucciones de

mantenimiento.

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Tendrá previsto el alquiler de una grúa con cesta capaz de situar a un operario en la

corona de mayor altura de las de su zona para la sustitución y engrase de poleas y cables.

En todo momento se asegurará del funcionamiento correcto de los mecanismos o

bien de la fijación de la corona en su posición normal de funcionamiento, con el fin de evitar

posibles accidentes.

Todas estas operaciones están incluidas en los precios de conservación específica.

Artículo 4º

Estabilizadores-variadores de tensión sin/con almacenamiento y transmisión de datos

El Contratista ejecutará todas las operaciones de conservación preventiva y sustituirá

a su costa las piezas necesarias aconsejadas por el fabricante en sus instrucciones de

mantenimiento.

En todo momento se asegurará del funcionamiento correcto de todos los

componentes del sistema.

Todas estas operaciones están incluidas en los precios de conservación específica.

Artículo 5º

De las instalaciones conectadas al alumbrado público

Las instalaciones que con carácter excepcional se conecten en el futuro a la red del

alumbrado público, satisfarán los niveles cualitativos eléctricos exigidos a las que realice, en

dicha fecha, el DEPARTAMENTO, es decir el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión

(ITC-BT-09 Instalaciones de alumbrado exterior y otras), PCTG, NEC, etc.

Por ello, antes de efectuar la conexión de una instalación a la red del alumbrado

público -que en todo caso debe estar autorizada por escrito por el DEPARTAMENTO- el

Contratista deberá informar de su calidad eléctrica indicando expresamente si satisface o no

las exigencias municipales y las del vigente Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.

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Cuando el Contratista esté autorizado u obligado por el DEPARTAMENTO a

efectuar la conservación de la instalación conectada, la prestación del servicio se realizará de

acuerdo con lo dispuesto en este Pliego.

El Contratista presentará un listado con las instalaciones conectadas en su zona y

procederá a la desconexión de las que no tengan autorización.

Artículo 6º

Del alumbrado en actos diversos

El Contratista montará las instalaciones a las que se refiere este Artículo que

correspondan a su zona, por orden escrita del DEPARTAMENTO.

Estas operaciones consisten fundamentalmente en:

1º.- Alquiler o retirada del almacén del DEPARTAMENTO del material necesario;

proyectores, material vario, lámparas, cables, postes de madera, armarios de

protección y mando, etc.

2º.- Revisión y puesta a punto de dicho material.

3º.- Montaje, conservación y vigilancia del mismo hasta su desmontaje.

4º.- Clasificación, embalaje y entrega en el almacén del DEPARTAMENTO.

Estas instalaciones se ejecutarán con los mismos criterios que las temporales de la

Parte 2ª, tanto para la parte desmontable como para la infraestructura fija existente.

Los precios de estos trabajos serán los del anexo nº 3 afectados de la 2ª baja de la

oferta.

CAPÍTULO VI

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

Artículo 1º

De la administración del servicio

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El Contratista será responsable del servicio, limitándose el DEPARTAMENTO a

disponer de la estructura técnica de supervisión para establecer los planes, coordinar los

trabajos, controlar las realizaciones y, en general, verificar y asegurar que la prestación esté

en condiciones de satisfacer sus exigencias operativas.

El Contratista dispondrá de una estructura administrativa funcional con una lógica y

precisa asignación de responsabilidad y autoridad para crear una organización segura y

responsable, adecuada a los objetivos deseados y capaz de redactar, manejar, controlar e

interpretar toda la documentación e información establecida en este Pliego.

Sus misiones fundamentales son:

a) Recoger la información, de las inspecciones preventivas realizadas, de los

trabajos efectuados, de los controles hechos y de las causas de las anomalías

reparadas.

b) Recoger y ordenar las informaciones de vecinos, policía, vigilantes nocturnos o

inspectores, relativas a anomalías en el servicio de alumbrado público.

c) Realizar las estadísticas por tipos de trabajos, reclamaciones recibidas, averías

habidas, características de la instalación y, en general, todas aquellas que

permitan una adecuación permanente del servicio a las exigencias de la

conservación.

d) Mantener al día un inventario cualitativo y cuantitativo de las instalaciones de

alumbrado público en servicio en su zona, en la forma y con los programas

informáticos que determine el DEPARTAMENTO.

e) Diseñar un esquema informático que, de forma abreviada y significativa, agrupe

diaria y mensualmente, aquellos datos que permitan una orientación válida sobre

la adecuación del servicio a las exigencias del alumbrado urbano. Todo ello

coordinado con el sistema establecido por el AYUNTAMIENTO.

f) Preparar “proyectos – programa” de la inspección, de la conservación preventiva,

de las limpiezas de luminarias, de pinturas de báculos y reposiciones de lámparas,

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todo ello de acuerdo con los controles de laboratorio, resultados de las

inspecciones y las exigencias de este Pliego.

g) Preparar “proyectos – programa” de realizaciones de obras en base de los datos

del inventario cualitativo de las instalaciones y prioridades establecidas: posibles

peligros para personas y cosas, vías públicas sin alumbrado, calles con alumbrado

deficiente o instalaciones de baja economicidad.

h) Redactar los “proyectos operativos” de conservación preventiva con el detalle

requerido y sistematizando el orden de las operaciones.

i) Programar el entrenamiento del personal para que realice las inspecciones, los

trabajos, etc., de forma racional, adecuada y con la máxima productividad.

j) Preparar y redactar las órdenes de trabajo.

El personal técnico y administrativo que efectúe todos los trabajos indicados, con la

excepción del punto j), se englobará en la Central de Conservación, que funcionará con el

más estrecho contacto entre los locales municipales y las oficinas del Contratista.

Todos los originales de partes, escritos, copias de fax, correos electrónicos, órdenes

de trabajo, etc., que se reciban o se generen en la Central de Conservación, serán propiedad

exclusiva del AYUNTAMIENTO y, por consiguiente, no podrán ser retirados de la misma

sin permiso especifico del Jefe del DEPARTAMENTO o persona en quien delegue.

Artículo 2º

De la Central de Conservación

Cada Contratista dispondrá de una Central de Conservación compuesta por el

personal y medios que se describen en este Artículo. Se entiende por Central de

Conservación el conjunto de medios humanos y materiales del Contratista que estará más en

contacto con los técnicos municipales y a través del cual se cursarán las órdenes de trabajo,

notas de servicio etc., sirviendo de nexo de unión entre la Contrata y el DEPARTAMENTO.

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El mobiliario, material y equipo de oficina completo (calculadoras, elementos de

dibujo, instalaciones de fax, copiadoras, ordenadores, etc.) que pueda necesitar el personal

del Contratista adscrito a la Central de Conservación, será proporcionado, a su costa, por él

mismo, debiéndose atener en cuanto a sus características a las normas generales que fije el

DEPARTAMENTO.

DEL PERSONAL

El Contratista destinará a la Central de Conservación el personal necesario para

realizar los cometidos que se establezcan en este Capítulo para la administración del

servicio.

Como mínimo cada Contratista destinará a la misma de forma permanente, completa

y exclusiva, un técnico titulado medio o superior, un oficial administrativo y dos oficiales

electricistas, que estarán en contacto permanente con los técnicos del DEPARTAMENTO y

se ocuparán de comprobar el estado de determinadas instalaciones. La plantilla de la Central

de Conservación estará en todo caso perfectamente definida.

Una de las misiones fundamentales del técnico titulado será colaborar con los

técnicos municipales en el análisis de la problemática del servicio a fin de adecuar en todo

momento los programas, operaciones e inspecciones a sus exigencias cambiantes. Esta

adecuación se refiere tanto a los trabajos programados y normativa de inspecciones, como a

los proyectos operativos de conservación, a los programas de entrenamiento de personal, etc.

HORARIO

El personal del Contratista destinado en la Central de Conservación ajustará su

horario y calendario de fiestas, como mínimo, al de los funcionarios municipales, aunque por

razones de régimen interior de cada empresa la duración de su jornada laboral pueda ser

mayor, si así lo permitiese la legislación laboral que les afecte o los convenios de su

empresa.

Los oficiales electricistas prestarán además servicio en horario nocturno para

inspección de instalaciones, dos días a la semana a razón de tres horas cada día.

AUTORIDAD

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El personal del Contratista asignado a la Central de Conservación, dependerá en todo

momento, disciplinaria y funcionalmente, del técnico del Contratista que desarrolle su

jornada laboral en ésta. El Contratista será responsable del desarrollo de las tareas que deba

efectuar su personal de acuerdo con las misiones que se le encarguen, a fin de satisfacer las

necesidades que exija la prestación del servicio.

El técnico del Contratista estará en contacto permanente con el personal técnico

titulado superior y medio del DEPARTAMENTO responsable de la conservación y

mantenimiento de las instalaciones incluidas en el Pliego, en todo lo relativo a la prestación

del servicio.

Cualquier modificación de esta plantilla de la Central de Conservación deberá ser

advertida previamente al personal municipal citado.

DE LOS VEHÍCULOS DE INSPECCIÓN

Durante toda la jornada laboral normal así como para las inspecciones nocturnas de

los oficiales electricistas, el Contratista tendrá a disposición de la Central de Conservación

dos vehículos ligeros con conductor.

Deberán encontrarse, en todo momento, en perfecto estado de conservación,

funcionamiento y limpieza, y dispondrán de teléfono móvil.

Deberán poder prestar servicio durante todo el contrato, indistintamente se trate o no,

de época de vacaciones, para lo que deberá preverse un conductor sustituto.

Los vehículos con conductor podrán prestar servicio, fuera del horario normal de

trabajo, cuando les sea indicado por el DEPARTAMENTO con la única limitación que su

jornada extraordinaria no sobrepase 15 horas en un mes.

Estos vehículos dispondrán de cuatro o cinco puertas y de aire acondicionado o

climatización.

DEL CONTROL DE INCIDENCIAS

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En los locales municipales que se determine existirá un espacio destinado al control

de las incidencias que puedan producirse. Este servicio estará equipado con los elementos

necesarios para recoger las llamadas que puedan producirse y ser posteriormente tratadas

como se indique.

Este trabajo será realizado por personas capacitadas con experiencia en trabajos

administrativos, informáticos y centralita telefónica que actúen de acuerdo con las

necesidades del servicio. Fuera de horas de oficina, las incidencias se recogerán en los

contestadores automáticos para casos no urgentes. Para los avisos urgentes, se indicará en el

mensaje de los contestadores un teléfono especial de guardia permanente.

Se registrarán, en la forma y con los medios informáticos que se determine, las

comunicaciones que se reciban del exterior, las órdenes transmitidas, la hora en que se

efectúen y demás datos de los que haya constancia. De todos modos para su operatividad se

seguirán los pasos indicados en el anexo nº 6.

Artículo 3º

Del servicio de guardia

Existirán servicios de guardia nocturna y en días festivos, de modo que ni un solo

momento a lo largo del contrato quede sin atender el servicio.

El personal de guardia de cada contrata estará situado en su respectiva oficina o

efectuando tareas de inspección, y estará formado por tres cuadrillas bajo la dirección de un

jefe de equipo que dispondrá de un vehículo ligero.

Una de las cuadrillas estará formada por un conductor, un oficial electricista y un

especialista, y dispondrá de un camión con grúa equipada con plataforma desmontable capaz

de elevar el personal a una altura del suelo de hasta 12 metros.

Las otras cuadrillas las formarán un oficial y un especialista, con un vehículo todo

terreno con escalera telefónica.

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Todos los vehículos de las cuadrillas dispondrán de las herramientas que se indican

más adelante, y de los repuestos adecuados para conectar y desconectar instalaciones,

sustituir o reponer fusibles, realizar las reparaciones usuales y tomar las medidas necesarias

para evitar peligros a personas y cosas, o que puedan producir daños en las instalaciones.

Asimismo dispondrá de equipos de señalización y balizamiento de obras y del propio

vehículo, así como de señalización del personal, de comunicación con la oficina

correspondiente etc., que se indican en este Pliego, de acuerdo con la normativa

correspondiente.

El horario del personal de guardia de noche se iniciará una hora antes de la conexión

del alumbrado, concluyendo, el de cuadrilla dotada de vehículo ligero, a las veintitrés horas

si no se producen incidencias que justifiquen la prolongación de su jornada laboral, y el de la

otra cuadrilla, como mínimo una hora después de la desconexión de acuerdo con las

previsiones para este accionamiento y hasta empalmar con el servicio normal de trabajo de

acuerdo con el horario laboral del Contratista. Una cuadrilla similar a ésta prestará servicio

durante los días festivos.

El Contratista será responsable de establecer el programa de la realización de los

trabajos que deban efectuarse como consecuencia de las anomalías que se produzcan durante

las horas sin luz diurna, o en días festivos, a fin de evitar, por orden de prioridad, posibles

peligros contra personas o cosas, serios deterioros de la instalación, dificultades al tráfico,

reparar averías que afecten a puntos de luz contiguos, etc., o ajustarse a las instrucciones

especificas que reciba del DEPARTAMENTO o de la Policía Municipal.

Asimismo, será responsable de avisar a los técnicos de su Empresa, así como a los

del AYUNTAMIENTO o responsables del servicio, Policía Municipal, compañías

suministradoras de energía, etc. de aquellas anomalías que se produzcan, si así lo aconseja su

importancia, causas, etc.

En el caso en que los teléfonos de la central de incidencias no puedan ser atendidos

directamente porque la llamada se haga fuera de los horarios de trabajo, se pondrá en marcha

el contestador automático. Si el caso es urgente, se facilitará al interesado el teléfono de

guardia y si puede demorarse, se le invitará para que su mensaje sea grabado y sea atendido

con posterioridad.

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A primera hora de la jornada laboral siguiente, el contenido del contestador se tratará

de forma precisa por la central de incidencias, tramitando éstas a la Central de Conservación

de la empresa correspondiente, y aquellas que no lo sean, al técnico del Departamento para

que se ocupe de la resolución del problema.

Artículo 4º

Del organigrama y plantilla

El Contratista deberá presentar con su oferta un completo organigrama del personal

del servicio de Conservación, tal como lo pretende realizar, especificando adecuadamente su

plantilla, e indicando los puestos que serán desempeñados por el personal. Como mínimo

(incluyendo el personal de la Central de Conservación) deberá contar con:

1 Director Técnico

2 Técnicos titulados

3 Administrativos

2 Delineantes

1 Auxiliar informático

3 Encargados

30 Oficiales electricistas

28 Especialistas

12 Conductores

Todos ellos con dedicación exclusiva y completa (categorías mínimas).

Dado que el Contratista viene obligado a satisfacer en todo caso las especificaciones

del Pliego, si con el personal y medios previstos en el organigrama y plantilla, no realiza la

prestación con la calidad contractual exigida, vendrá obligado a ampliar los mismos sin que

ello le permita variar su oferta.

El Contratista deberá contar inicialmente con la totalidad del personal previsto en el

organigrama y plantilla, no admitiéndose que pueda transcurrir más de un mes durante la

vigencia del contrato sin tener la plantilla del servicio completa.

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El Contratista estará obligado a informar al DEPARTAMENTO de las variaciones,

en altas y bajas, que experimente su plantilla, antes de transcurridas veinticuatro horas desde

que se produzca la modificación, a fin de que se retire o se entregue la documentación del

personal especificada más adelante en este Pliego en dicho plazo y se reflejen las variaciones

habidas en el organigrama existente en la Central de Conservación.

Si el Contratista considerase conveniente una modificación del organigrama, con

carácter circunstancial o definitivo, a fin de lograr una mejor adecuación a las necesidades

del servicio, lo propondrá al DEPARTAMENTO, debiendo aceptar la resolución que se

tome.

En la primera quincena de enero, se entregará en el DEPARTAMENTO la relación

exacta del personal de la plantilla.

Artículo 5º

Del personal

OBLIGACIONES SOCIALES Y LABORALES DEL ADJUDICATARIO

El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en

materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud.

El incumplimiento de estas obligaciones por parte del Adjudicatario o la infracción

de las disposiciones sobre seguridad por cualquier persona de él dependiente, no implicará

responsabilidad alguna para la Administración contratante.

CONDICIONES GENERALES

El Contratista dispondrá del personal previsto en el organigrama para satisfacer

adecuadamente las exigencias del Pliego y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas

extraordinarias, seguros sociales, etc. los cuales satisfarán, en todo caso, lo dispuesto en la

legislación vigente y los convenios locales y provinciales que le afecten.

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Por cada 5.000 puntos de luz que se incremente el inventario inicial de cada zona, el

Contratista estará obligado a aumentar la plantilla en un mínimo de dos oficiales electricistas

y dos ayudantes o especialistas, con sus medios correspondientes.

El Contratista facilitará mensualmente al Departamento los impresos TC-1 y TC-2

de la Tesorería General de la Seguridad Social correspondientes al personal adscrito al

servicio, la filiación de la persona que desempeña un cometido específico, el organigrama

con el nombre y categoría laboral del personal que ocupa los diversos puestos de trabajo y,

en general, toda aquella información que permita comprobar la plantilla e identificar a los

responsables de las diversas tareas.

DEL DELEGADO DEL CONTRATISTA

El Contratista deberá nombrar un delegado general para que le represente ante el

AYUNTAMIENTO en todo lo que concierne al servicio, el cual tendrá poder suficiente para

tomar las decisiones que exige su prestación sin que las mismas puedan verse afectadas por

falta de capacidad decisoria, ya sea legal o formal.

Este delegado deberá asistir, sin excusa, a las reuniones que se le invite para tratar

asuntos relativos al servicio, siempre que su convocatoria se haya realizado con veinticuatro

horas de antelación o, en su defecto, delegar en una persona con similar poder de decisión.

El delegado, o persona delegada en casos excepcionales justificados, será el único

interlocutor válido para todos los asuntos relativos al servicio.

DE LOS OPERARIOS

El personal del Contratista adscrito al servicio de Conservación así como la

organización del trabajo se ajustará, además de lo dispuesto en la legislación y por la

Dirección de la Empresa, a lo indicado a continuación.

Autoridad: Los Técnicos Superiores y Medios del DEPARTAMENTO con responsabilidad

en el servicio de conservación y mantenimiento procurarán que las órdenes se den a través

de los técnicos del Contratista y, en todo caso, informarán a éstos de las instrucciones que

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den directamente excepto en el caso de los oficiales electricistas adscritos a la Central de

Conservación.

Horario laboral: Se procurará que la jornada laboral del personal que debe desarrollar los

diversos trabajos del servicio se ajuste a un régimen horario fijo, inclusive la de aquellos

responsables de las inspecciones nocturnas, de la plantilla de túneles y pasos inferiores, etc.

Para ello el Contratista propondrá al DEPARTAMENTO la organización de los diversos

trabajos.

Documentación: Si así se decide, el personal del servicio deberá llevar una tarjeta de

identidad plastificada que será facilitada por el propio Contratista. Dicha tarjeta se ajustará al

modelo establecido por el DEPARTAMENTO, en la que se hará constar la filiación, el

número correspondiente de la plantilla, la clasificación profesional, etc. Dicha tarjeta irá

firmada por el JEFE del DEPARTAMENTO y por el delegado del Contratista.

Uniformes: El personal de la Contrata que realiza sus trabajos en la vía pública irá provisto

de uniforme, que cumplirá lo siguiente:

- Chaleco protector normativa: amarillo o naranja con logotipo del Ayuntamiento (de

color azul pantone 285) situado en el lado izquierdo (mirando de frente) y con el de la

empresa situado en la derecha.

- Mono de trabajo de color azul (pantone 285) con los logotipos de la misma manera

colocados sólo que el logotipo será de color blanco (podrá llevar bandas reflectantes

blancas si es preciso).

- Chaqueta o anorak de color azul (pantone 285) con las bandas reflectantes blancas

colocadas en horizontal.

- Camisa o camiseta de color azul (pantone 285) con logotipo del Ayuntamiento (de

color blanco) situado en el lado izquierdo (mirando de frente) y con el de la empresa

situado a la derecha.

- Pantalón de color azul (pantone 285)

- Gorra o casco de color azul (pantone 285) con el logotipo del Ayuntamiento en color

blanco delante y el logo de la empresa detrás.

- Toda la ropa llevará el escudo del Ayuntamiento de Madrid del mismo tamaño que el

de la empresa.

- Se facilitará, cuando el tiempo lo exija, un pantalón y anorak impermeables.

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Dicha ropa de trabajo satisfará lo dispuesto en el Real Decreto 1407/1992 y Real

Decreto 773/1997 así como la Norma de Prevención de Riesgos Laborales.

El Contratista es el responsable de que todo su personal utilice el uniforme durante la

jornada laboral, pues queda expresamente prohibido que se realicen en otras condiciones los

trabajos que exige el servicio.

Medios de protección: El personal de la Contrata utilizará los medios preventivos de

carácter general conforme se fija en el Real Decreto 1627/1997, prestando especial atención

a la Parte C del anexo IV “Disposiciones mínimas específicas relativas a los puestos de

trabajo en las obras en el exterior de los locales”.

Formación: El Contratista vendrá obligado a dar los oportunos cursos de capacitación y

perfeccionamiento a todo el personal de la inspección, conservación preventiva y

responsables de las limpiezas de luminarias para que realicen su tarea de acuerdo con los

programas que se aprueben.

Todo el personal de la inspección, conservación preventiva y responsable de la

limpieza de luminarias asistirán, por lo menos, a un curso una vez durante el contrato.

El Contratista estará obligado, además, a asegurarse de la capacitación del personal

que se incorpore a la plantilla de dichos trabajos.

Asimismo el personal que maniobre en Centros de Mando, puntos de luz, etc., deberá

estar cualificado y formado en temas de seguridad y riesgo eléctrico.

DE LOS TÉCNICOS TITULADOS

Además del técnico titulado que debe realizar su jornada laboral en la Central de

Conservación, el Contratista contará, por lo menos, con un técnico titulado Superior o de

Grado Medio con acreditada competencia en la conservación y mantenimiento de las

instalaciones objeto del Pliego, el cual será el responsable de las decisiones técnicas que

deban ser tomadas en la prestación del servicio, sin que ello afecte a las responsabilidades

contractuales de la Contrata.

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Artículo 6º

De los medios

El Contratista vendrá obligado a contar con el equipo necesario para satisfacer las

exigencias especificadas en el presente Pliego, tanto por lo que respecta a los aparatos de

medida, como a los demás elementos y herramientas que debe manejar su personal y a los

vehículos de los que se les dote, así como de aquel que haya que aumentar como

consecuencia de la dinámica funcional y operativa de la prestación del servicio, y del

crecimiento cuantitativo del número de puntos de luz y otras exigencias que se vayan

creando durante la vigencia del contrato y que haya que satisfacer.

Este equipo se utilizará única y exclusivamente para realizar las operaciones que

exija la prestación del servicio de acuerdo con lo especificado en el Pliego y, con carácter

excepcional, podrá ser empleado por el Contratista en otras obras efectuadas para el

AYUNTAMIENTO, previa autorización por el DEPARTAMENTO.

El DEPARTAMENTO podrá comprobar y revisar el equipo cuando lo desee, sin

interferir la prestación del servicio o influir negativamente en su costo, debiendo dar el

Contratista todas las facilidades necesarias para que ello pueda efectuarse con eficacia y

rapidez.

Al menos una vez, se procederá a una revisión detallada de todo el material y,

especialmente, de todos los vehículos que deberán estar en perfecto estado de revista, así

como sus dotaciones de aparatos, herramientas, balizamiento y demás equipo. La

comparecencia de los vehículos se hará en el lugar que previamente se señale.

En general la totalidad de la maquinaria aportada por la empresa para la conservación

y las obras deberá cumplir la normativa de medio ambiente y de ruido.

DEL EQUIPO DE MEDIDA

Se procurará, dentro de las posibilidades técnicas existentes, que tanto el personal de

la inspección como el que realice las diversas operaciones que exige la prestación del

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servicio, efectúen los controles de forma objetiva mediante la utilización de los adecuados

aparatos de medida.

De acuerdo con ello los equipos de inspección o medición dispondrán como mínimo

de los instrumentos de medida que se indican a continuación:

A) MEDICIONES ELÉCTRICAS EN SERVICIO:

- Tenazas voltimétricas amperimétricas con precisión mínima del 2,5 % con

alcance de medida de 6-300 A y 60-600 V.

- Tenazas vatimétricas trifásicas con precisión mínima del 2,5 % para potencia

activa hasta 800 kW, tensión hasta 400 V y corriente hasta 1.000 A.

- Tenazas fasimétricas trifásicas con precisión mínima de 2,5% con alcance de

medida de cosφ de 0,5 a 1 y tensión nominal de 380 /220 V e intensidades de

10 a 1.000 A.

- Registradores de corriente y tensión portátiles con precisión de registro

mínima del 2,5 %, alcance hasta 500 V, y 150 A, y tensión de prueba de 2 kV.

B) MEDICIONES DE ILUMINANCIA:

- Luxómetro registrador constituido por una fotocélula de selenio con filtro y

registrador. El arrastre del papel se efectuará mediante un acoplamiento

mecánico con las ruedas del vehículo sobre el que se monte, de forma que

exista proporcionalidad entre el avance del papel y el desplazamiento del

vehículo.

Las escalas de medida estarán comprendidas entre 25 y 2.000 lux como

mínimo.

- Luxómetro convencional de fotocélula de selenio con selectividad espectral

corregida, dotada de filtros de adaptación para campos de medida entre 0 y

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120.000 lux con suplemento para corregir el ángulo de incidencia de la

radiación.

-

C) MEDICIONES ELÉCTRICAS VARIAS

- Medidores transistorizados de aislamientos que permitan realizar las medidas

de aislamiento establecidas en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión,

con precisión de error de + 2,5% alcance de medida 2 – 100 megaohmios,

tensión de prueba de 0,5 a 1 kV.

- Medidores transistorizados de resistencias de tierra con precisión de error

inferior al 2,5% con alcance de medida de 0 a 5.000 ohmios. Su medición no

debe resultar afectada por corrientes parásitas ni por tensiones de

polarización.

- Analizador de redes portátil

Alimentación 230 V en c.a. y frecuencia entre 45 y 65 Hz.

Medida de tensión entre 20 y 500 V en c.a.

Medida de corriente entre 5 y 500 A en c.a.

Medida de potencia activa.

Medida de potencia reactiva.

Medida de cos φ.

Medida de armónicos.

Equipado con memoria interna y envío de datos a ordenador.

Visualización gráfica y numérica.

- Aparato múltiple comprobador universal de protecciones en baja tensión para

medida de tensión, continuidad, resistencia de tierra y suelos, aislamientos,

rigidez dieléctrica, corriente y tensión de disparo en interruptores

diferenciales, con tensión de servicio de 220 V y precisión de + 2,5%.

- Microtest que permita realizar las medidas de espesor de la capa de pintura

con una precisión del 10% de error y regulación de reostato.

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Todo el equipo que utilice el Contratista en prestación del servicio satisfará las

exigencias anteriormente especificadas.

A indicación del DEPARTAMENTO, el Contratista vendrá obligado a adquirir y

utilizar nuevos equipos de medida que la técnica puede poner a punto durante la vigencia del

contrato o que así lo aconseje el desarrollo del servicio, a fin de realizar el control de las

instalaciones y del servicio con una óptima eficacia y objetividad hasta un importe máximo

de 1.200 euros.

Todos los aparatos de medida deberán estar en perfectas condiciones de uso y serán

comprobados periódicamente por el Contratista a fin de asegurar que permiten realizar

mediciones correctas de acuerdo con errores admisibles, según el tipo de instrumento.

El Contratista deberá tener marcados, de forma indeleble, todos los aparatos de

medida y entregar en el LFM la lista de los mismos especificando su marca e identificación

(nº de fabricación si lo hubiere). Cuando el DEPARTAMENTO lo indique deberá enviar al

citado Laboratorio, o al oficial que se fije, los aparatos de medida a fin de su contrastación

con aparato patrón o para comprobar su estado.

El DEPARTAMENTO, cuando lo desee, podrá comprobar e inspeccionar sin

perturbar la prestación del servicio, el equipo utilizado por el Contratista y exigir su

inmediata sustitución o reparación en el caso de que no satisfaga adecuadamente los

objetivos que se prevén alcanzar con su empleo. Todo ello con independencia de las

penalidades a que hubiera lugar según lo establecido en los Pliegos Administrativos.

Los Licitadores podrán incluir en su oferta, en base a su experiencia, materiales o

aparatos que minimicen las molestias producidas por las labores de conservación a los

vecinos y usuarios de las vías.

DE LOS EXTINTORES

Todos los camiones y furgonetas que se utilicen en el servicio así como los camiones

y vehículos todo terreno que utilice el servicio de guardia dispondrá de extintores de

incendios que estarán de acuerdo con la legislación vigente en todo momento.

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También llevará el extintor correspondiente el vehículo asignado a la Central de

Conservación y el de reserva.

Los extintores serán revisados periódicamente a fin de comprobar que su carga está

de acuerdo con lo previsto en las normas vigentes.

DE LA PERFORADORA ROMPE PAVIMENTOS

El servicio de guardia dispondrá de una perforadora rompe pavimentos, accionada

por motor de gasolina, de poco peso, compacta y de fácil transporte y manejo. Será capaz de

dar 2.100 a 2.600 percusiones por minuto, con movimientos de rotación y percusión y una

velocidad de perforación del orden de 25 cm/min.

DEL GRUPO DE SOLDADURA

El equipo responsable de la reparación de puertas de báculos o soportes de

luminarias, así como el servicio de guardia, dispondrá de una motosoldadora portátil

automática, dotada de motor de gasolina de unos 8 CV, capaz de soldar electrodos de hasta

3,25 mm y corriente de soldadura regulable hasta 150 A.

DE LOS GRUPOS ELECTRÓGENOS

Cada uno de los camiones dotados de dispositivos para situar al personal hasta la

altura a que están instaladas las luminarias, tendrá montado un grupo electrógeno de 3 kVA

con salida de corriente alterna monofásica de 220 V, con alternador autoexcitado y

autorregulado y dotado de su correspondiente cuadro de control.

DE LA CÁMARA FOTOGRÁFICA

La cámara fotográfica exigible será del tipo digital, resolución mínima 1024x768,

con formatos compatibles (JPEG etc.). Asimismo se deberá disponer del material necesario

para la impresión en color de las fotografías.

DE LAS HERRAMIENTAS, ESCALERAS, ETC.

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El Contratista está obligado a que su personal obrero disponga de las herramientas

necesarias para que efectúe su cometido con seguridad, calidad y eficacia, de acuerdo con la

buena práctica.

A título orientativo se indican las herramientas mínimas con las que debe contar el

servicio de guardia por vehículo equipado con grúa y cesta:

Juego de llaves fijas, tubo y estrella desde 6/7 a 30/32 mm y “Juallen” de 4 a 20 mm,

llave ajustable de 50 mm de boca, martillo de peña de 300 g, alicates de mango plastificado

de tipo universal de 200 mm, de corte de 160 mm, de puntas de 160 mm, atornilladores de 3,

4, 6 y 10 mm, cuchillo de electricista, etc., así como lámparas de prueba, linterna recargable

con autonomía de 3 horas, guantes aislantes hasta 500 V, caretas de protección, botas de

seguridad y guantes de cabritilla.

Estas herramientas deberán ser manejadas, en exclusiva, por el personal de la

guardia, de ahí que el Contratista deberá tomar las medidas necesarias para que, en ningún

caso, puedan ser utilizadas por personal ajeno a la misma o en horas no comprendidas en la

jornada fijada para el servicio de guardia.

El Contratista dispondrá de escaleras extensibles con acoplamiento en las mismas si

fuera necesario, con tacos antideslizantes, así como escaleras de tijera y ruedas, etc., que

necesite para la prestación del servicio con las exigencias del Pliego. Las escaleras de tijera

dispondrán de tacos antideslizantes y de tirante de unión intermedio o una cadena de amarre

que una las dos partes de la escalera.

DE LAS VALLAS DE OBRA

Las vallas de obra (color amarillo) dispondrán de un cartel, en donde se incluye el

logo del Ayuntamiento y se reserva un espacio para el de la empresa conservadora, según

modelo que se determine. El cartel debe ser reflectante.

Todas aquellas obras con una duración superior a 15 días deben ser debidamente

señalizadas con carteles (del modelo que se indique) de manera que el ciudadano pueda

identificar que se trata de una obra municipal.

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DEL MATERIAL INFORMÁTICO

El Contratista deberá disponer del material informático necesario para la gestión del

control y mantenimiento de las instalaciones a su cargo, así como asumir la modernización

de dicho material según el progreso técnico lo vaya demandando.

El Contratista deberá trabajar con las aplicaciones informáticas desarrolladas por el

AYUNTAMIENTO para el servicio, siendo las principales el aplicativo para la gestión del

propio servicio y el sistema de gestión de avisos.

Entre otras opciones, el sistema a manejar por el Contratista incluirá la aplicación de

inventario que permita realizar las operaciones básicas de altas, bajas y modificaciones; la

programación recogida en el presente Pliego en lo referente a reposición de lámparas,

limpiezas etc.; obtener las fichas y listados que se manejan habitualmente en la

conservación, así como un módulo de gestión y análisis de averías que se integraría con el

sistema de Gestión de Avisos existente. Cada Contratista aportará los medios necesarios para

el mantenimiento de los datos que precise el aplicativo, dispondrá de las licencias que se

determinen y colaborará en la implantación del sistema. Esta colaboración es extensiva al

material necesario, así como a la asistencia de su personal a la formación que se requiera

(operarios de pantalla, manejo de terminales, etc.).

Los Licitadores podrán incluir en su oferta, en base a su experiencia, una previsión de

medios humanos y materiales para estas operaciones, si bien se estará en cualquier caso a lo

exigido por el AYUNTAMIENTO.

Artículo 7º

De los vehículos

El inventario mínimo de vehículos dedicados exclusivamente al servicio de

Conservación será:

1 Camión cesta para altura igual o superior a 22 metros.

1 Camión cesta para altura igual o superior a 16 metros.

6 Camiones cesta para altura igual o superior a 12 metros.

1 Camión para capacidad igual o superior a 6 toneladas de carga útil.

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1 Vehículo Todo Terreno de potencia fiscal igual o superior a 14 CV.

9 Furgonetas de potencia fiscal igual o superior a 7 CV.

2 Vehículos ligeros.

Una de las furgonetas se destinará a medidas con luxómetro registrador, para la

inspección fotométrica.

Los camiones y vehículos todo terreno dotados de grupos electrógenos contarán con

un proyector de cuarzo-yodo difusor con una lámpara de 500 W y también con una lámpara

PAR de 120 W, muy concentradora, de forma que puedan dirigir su haz luminoso en todas

las direcciones y sobre la horizontal.

El vehículo todo terreno que utilice el servicio de guardia tendrá, por lo menos, una

capacidad de carga de 750 kg, con ocho marchas hacia delante y dos hacia atrás, carrocería

totalmente metálica, motor diesel y potencia fiscal de 14 CV como mínimo.

Los vehículos ligeros que utilicen las inspecciones podrán ser turismos o furgonetas

de potencia fiscal de alrededor de 7 CV capaces de transportar los equipos previstos así

como el personal de la inspección debidamente sentado.

Los dos vehículos de la Central de Conservación tendrán cuatro puertas, cinco plazas

y aire acondicionado. El vehículo de reserva deberá llevar la misma rotulación que se

designe para el resto.

Con el fin de optimizar el servicio, todos los camiones, furgonetas y coches

asignados al servicio dispondrán de teléfono móvil. El Contratista facilitará los números de

teléfono al DEPARTAMENTO.

Como la prestación de los servicios de Inspección, Guardia, Central de Conservación,

etc., no coinciden en el tiempo, el Contratista podrá utilizar un vehículo en varios cometidos

siempre que ello sea posible dadas sus características y la compatibilidad de los horarios.

En cuanto a la señalización y balizamiento, los camiones y vehículos todo terreno

utilizados en el servicio llevarán las señales exigidas por los organismos competentes,

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cumpliendo el R.D. 485/1997 de 14 de abril sobre disposiciones mínimas en materia de

Señalización de Seguridad y Salud en el trabajo.

Para trabajar en vías rápidas deberán llevar un remolque con flechas con luz

intermitente que indique estrechamiento de calzada, tanto con luz diurna como nocturna.

La pintura exterior de los vehículos que se empleen en el servicio, en principio de

color blanco con damero verde, se ajustará, en todo caso, a las indicaciones del

DEPARTAMENTO, asignándose a cada uno de ellos un número de orden, el cual será

pintado sobre la carrocería, según se indica, y que no será modificado en toda la duración de

este Pliego. Si un vehículo fuera sustituido por uno nuevo se adjudicaría a éste nuevo

número, dejando de existir el número sustituido.

El Contratista sólo podrá utilizar normalmente para la prestación del servicio,

vehículos cuya pintura e identificación exteriores se ajusten a lo indicado, por lo que, si en

alguna coyuntura especial y como consecuencia de la índole del trabajo, la tarea acumulada,

averías, etc., se viera obligado a emplear vehículos que no satisficieran estas exigencias,

informaría de ello al DEPARTAMENTO indicando la zona en que se utilizarían y el tiempo

que previese usarlos.

Las dimensiones de las letras y números, así como el tamaño del escudo municipal y

sus características, serán facilitados al Contratista por el DEPARTAMENTO al efectuarse la

adjudicación del servicio.

Todos los vehículos deberán estar en adecuado estado de conservación y

funcionamiento de acuerdo con lo que preceptúa el vigente Código de la Circulación, las

Ordenanzas Municipales y el Reglamento de Ordenación de los Transportes Mecánicos por

Carretera.

Además, todos los vehículos que lleven grúas deberán obtener un certificado de

conformidad con el R.D. 1215/97 para seguridad de equipos de trabajo.

Los vehículos estarán perfectamente pintados en todo momento y limpios,

debiéndose efectuar una adecuada limpieza de los mismos, por lo menos, cada quince días.

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Toda la responsabilidad civil del vehículo será del Contratista.

En ningún caso se trasladarán escaleras de ruedas o equipos similares de forma

manual, salvo en aquellas operaciones en las cuales el desplazamiento sea corto, como pueda

ocurrir con algún tipo de limpieza, reparación, modificación y obra nueva. Como criterio

general sólo se emplearán escaleras que no estén montadas sobre vehículos en aquellas

operaciones en las que no podría justificarse su utilización sobre éste por motivos operativos

o económicos, como puede ser, por ejemplo, la limpieza de faroles.

En las revisiones del material rodante, se comprobará el correcto uso de todo el

material de balizamiento y señalización por parte del personal que compone la dotación de

cada vehículo.

El Licitador deberá incluir en su oferta las características de los vehículos que prevé

utilizar en la prestación del servicio, tanto los que exige específicamente el Pliego para la

Central de Conservación, inspecciones y servicio de guardia, como aquellos que necesite

para la limpieza de luminarias, reposición de lámparas, montaje y desmontaje de

fotocontroles, reparación de averías, pintura de soportes de luminarias, etc.

Si por la obsolescencia de los vehículos o por la necesidad de utilizar un mayor

número de éstos como consecuencia de las exigencias del servicio, el incremento del número

de puntos de luz instalados, etc., el Contratista diese de baja o alta algún vehículo asignado a

la conservación y mantenimiento del alumbrado público, deberá comunicarlo por escrito al

DEPARTAMENTO, debiendo mantener, en todo caso, el número de vehículos dedicados a

la prestación del servicio, y con unas características similares o mejores que los anteriores.

Artículo 8º

De los locales y almacenes

Además de lo indicado para la Central de Conservación, el Contratista deberá contar

con los locales necesarios para sus oficinas administrativas, el servicio de guardia, almacenes

y garajes, dentro del término municipal de Madrid o sus inmediaciones, con las superficies y

elementos suficientes para satisfacer adecuadamente las prestaciones contractuales.

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Como mínimo, la oficina del Contratista deberá estar unida a la Central de

Conservación mediante fax durante todo el plazo de duración de este contrato, para

constancia escrita de todas las órdenes.

El local del servicio de guardia que dispondrá de teléfono independiente, tendrá la

capacidad necesaria para el personal que esté de servicio y para que los vehículos utilizados

puedan aparcarse en su interior, exista un local destinado al encargado, y cuente con espacio

capaz para almacenar los materiales necesarios exigidos en la realización de las operaciones

que se efectúen usualmente durante la guardia.

En ningún caso se admitirá que los vehículos del servicio de guardia se estacionen o

aparquen en la vía pública cuando no se utilicen.

DE LOS ALMACENES

El Contratista dispondrá en sus almacenes de los materiales, componentes y equipos

necesarios para efectuar todas las operaciones que exige el servicio de conservación de

forma inmediata, evitando así que su realización pueda estar condicionada por los plazos de

entrega del mercado.

En todo caso, y como mínimo, dispondrá de:

- Un centro de mando normalizado, con dos circuitos de 30 A.

- Diez contactores y otros tantos interruptores diferenciales normalizados así como

cuatro controles fotoeléctricos o relojes astronómicos.

- Seis luminarias del tipo cerrado, seis faroles tipo Villa, seis globos, todos ellos

equipados con 150 W de vapor de sodio a alta presión. Doce luminarias cerradas

equipadas seis de ellas con 250 W de vapor de sodio a alta presión y seis con 400 W

de vapor de sodio a alta presión.

- Cuarenta y ocho lámparas de cada uno de estos equipos y potencias, de 125 y 250 W

de vapor de mercurio; 100, 150, 250 y 400 W de vapor de sodio a alta presión

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tubulares claras, e igual cantidad de 150 W de vapor de sodio a alta presión capa

difusora para faroles y globos sin reflector.

- Cinco báculos estándar de 8, 9, 10 y 12 metros de altura y cinco brazos murales de 1

metro de vuelo, cinco columnas de 4 metros y cinco candelabros Villa de 3 metros de

altura.

- Trescientos metros de conductor de tipo termoplástico de 3 x 2,5 mm2 de 0,6/1 KV y

otros tantos para las secciones comerciales comprendidas entre 1 x 6 mm2 y 1 x 25

mm2, ambas inclusive.

- Repuestos de pequeños materiales y componentes necesarios para realizar las

operaciones normales que exige la conservación y mantenimiento de las instalaciones

durante quince días.

- Un autotransformador de 100 KVA, 380/220 V.

Estos materiales suponen un mínimo en todo caso, ya que las disponibilidades en los

almacenes del Contratista vendrán definidas por los plazos de entrega de los materiales,

componentes y equipos usuales en las diversas coyunturas del mercado y las necesidades del

servicio, a fin de que en todo momento se puedan satisfacer, como se ha dicho

anteriormente, las exigencias de este Pliego a efectos de rapidez en sus realizaciones con las

calidades necesarias.

En cualquier momento, el DEPARTAMENTO podrá reconsiderar los materiales,

componentes, y equipos de los que deba disponer el Contratista en sus almacenes,

modificando incluso los especificados en este apartado, con la única limitación que el

importe total de lo exigido, a los precios unitarios del anexo nº 3, no sobrepase el de la

certificación mensual media que por la prestación del servicio se extienda al Contratista.

Las existencias que el Contratista mantenga en sus almacenes para satisfacer lo

establecido en este Artículo podrán ser comprobadas y revisadas por el DEPARTAMENTO

siempre que lo desee. El Contratista dará toda clase de facilidades al personal municipal que

efectúe la comprobación y revisión para que realice su cometido con la máxima eficacia y

productividad.

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Artículo 9º

Documentación a preparar

El Contratista estará obligado a preparar y entregar en el DEPARTAMENTO la

siguiente documentación para su aprobación:

1) Diariamente: - Partes de inspección de lámparas de calles.

- Partes de inspección de túneles y pasos inferiores de

vehículos y de peatones.

- Partes de inspección diurna de calles.

- Partes de inspección y medición de centros de mando.

- Partes de inspección eléctrica de luminarias y

componentes.

- Partes de inspección de conexiones en soportes.

- Partes de inspección de anomalías en puntos de luz en

fachada.

- Partes de inspección de obras.

- Partes de incidencias importantes y de encendido.

2) Mensualmente: -Actualización de fichas de calles y de centros de

mando y planos de zona.

-Mediciones de caída de tensión.

-Mediciones niveles de iluminación en túneles

-Mediciones de tensión con aparatos registradores.

-Mediciones de consumos.

-Mediciones de factores de potencia y de contadores de

energía reactiva.

-Informe mensual con lecturas semanales de consumos

de los centros de mando provistos de estabilizadores –

variadores de tensión.

-Informes varios relacionados con las exigencias del

Pliego.

3) En la primera quincena de enero

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- Inventario de la dotación de la zona.

- Programas de reposiciones masivas de lámparas.

- Programas de limpieza de luminarias.

- Programas de limpieza de farolas y globos.

- Programas de limpieza de soportes.

- Programas de pinturas de soportes.

- Programas de inspección de centros de mando.

- Programa de inspección diurna de calles y plazas.

- Programas de limpiezas de controles fotoeléctricos.

- Actualización de organigrama y plantilla.

-Actualización de inventario de medios disponibles

(con vehículos en estado de revista).

4) Otra documentación: - Partes de mediciones de tomas de tierras colectivas.

- En cuanto a las tomas de tierras individuales, por su

gran complejidad, sólo se entregarán las mediciones de

las defectuosas que puedan representar un peligro al no

cumplir lo preceptuado.

- Partes de mediciones de aislamiento.

- Otros partes por exigencias de la Comunidad de

Madrid, el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión

etc.

En los partes se recogerán las instalaciones revisadas, los trabajos efectuados, las

anomalías observadas, etc., de acuerdo con las instrucciones al respecto.

El DEPARTAMENTO podrá modificar la periodicidad y el número de equipos que

efectúen las diversas inspecciones, así como variar su cometido o responsabilidad, a fin de

que su realización se ajuste, en todo momento, a criterios operativos y racionales.

La información solicitada se entregará en modelos de impresos aprobados por el

DEPARTAMENTO, en los colores que se indique, y los que se dediquen al control por

ordenador se entregarán según las instrucciones al caso para su rápido proceso.

CAPÍTULO VII

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DE LA FLEXIBILIDAD

Artículo 1º

De los subcontratistas

El Contratista podrá subcontratar aquellos trabajos que no estén incluidos en su

objeto social y que se realicen de forma no regular o con programaciones discontinuas,

además de la subcontratación de la reposición de pavimentos de lo que se ha hablado

anteriormente, aunque en todo caso, el Contratista tendrá un equipo de obra civil, formado

por tres personas al mando de un oficial, como mínimo.

Se autoriza la subcontratación de las obras civiles y la pintura de los elementos

metálicos que se indican, de cuya realización será el Contratista el único responsable e

interlocutor ante el AYUNTAMIENTO.

Los vehículos de los subcontratistas con equipo hidráulico para situar en la posición

de trabajo al personal de pintura, no deberán llevar marcas comerciales en proporción

superior a las previstas para el Contratista municipal.

En el caso de que el Contratista desee subcontratar otros tipos de trabajos cuya

realización se ajuste a las condiciones establecidas en el párrafo primero de este Artículo,

deberá solicitar del DEPARTAMENTO la oportuna autorización.

El Contratista será siempre el único responsable e interlocutor ante el

AYUNTAMIENTO y en ningún caso podrá concertarse por el Contratista la ejecución de

trabajos con personas inhabilitadas para contratar con la Administración.

Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el Contratista principal, que

asumirá por tanto la responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Administración.

Cualquier caso de subcontratación indebida, podrá ser causa de rescisión inmediata

de este contrato a petición del AYUNTAMIENTO.

Artículo 2º

De las emergencias

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Si como consecuencia de circunstancias excepcionales de la empresa, tales como

conflictos laborales, etc., el Contratista estimase que no puede realizar el servicio en las

condiciones establecidas en el Pliego, estará obligado a dar cuenta de ello de forma

inmediata al DEPARTAMENTO, para que éste procure tomar las medidas convenientes a

fin de evitar o reducir los perjuicios que se pudiera causar a la prestación del servicio de

alumbrado.

Los gastos que ocasionen dichas medidas serán abonados directamente por el

Contratista, sin perjuicio de que se le apliquen además las penalidades y descuentos en las

certificaciones que se establecen en los Pliegos Administrativos si hubiese motivo para ello.

En todo caso, si el Contratista no informa en el momento en que conozca que se ha

producido o va a producirse una emergencia de las características contempladas en este

Artículo, el hecho se considerará como un incumplimiento muy grave.

Artículo 3º

De las urgencias

Si como consecuencia de la dinámica de funcionamiento se recibiera una notificación

en la que se conminara a una actuación urgente, mediante un análisis de la situación, la

empresa tomaría la decisión oportuna en cuanto a su actuación inmediata, con independencia

de que con posterioridad se pudieran realizar los trámites oportunos que estén establecidos.

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PARTE 2ª

ADECUACIÓN DE LAS INSTALACIONES A NORMATIVA Y EJECUCIÓN DE

INSTALACIONES TEMPORALES EN APOYO A ACTIVIDADES CULTURALES

CAPÍTULO I

ADECUACIÓN DE INSTALACIONES A NORMATIVA

Artículo 1º

De la modificación de las instalaciones existentes para adecuarlas a la normativa actual en

cuanto a seguridad

El Contratista está obligado a ejecutar las obras que ordene el DEPARTAMENTO

con el fin de dotar a las instalaciones más antiguas de los sistemas de seguridad que exige la

actual normativa o la que pudiera aprobarse durante la vigencia de este Pliego.

En el anexo nº 4 se describe de una forma somera las obras necesarias para la

adecuación de las instalaciones a la normativa vigente. Asimismo se aporta con carácter

orientativo, el volumen de obra previsto en el año 2008, sin que pueda servir de base al

Contratista para cualquier reclamación posterior.

Los materiales, componentes y equipos que se instalen satisfarán, en todo caso, las

exigencias del PCTG, la NEC y sus revisiones posteriores.

El Contratista presentará a los treinta días del comienzo del servicio un programa de

las obras de adecuación a efectuar cada mes, con las prioridades que fije el

DEPARTAMENTO y por el importe correspondiente.

Este programa estará basado en la propuesta de adecuación que realicen los

Licitadores en su oferta, con la cual se elaborará un proyecto de acuerdo con las

instrucciones y modificaciones que estime el DEPARTAMENTO.

Dicho programa señalará el centro de mando al que afecta, las calles y número de

puntos de luz afectados y las operaciones pormenorizadas a efectuar en cada punto de luz de

acuerdo con los precios del anexo nº 3 afectados por la 2ª baja de la oferta.

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Independientemente de lo indicado para el servicio de Conservación, el Contratista

presentará la plantilla del personal que piensa dedicar a estas obras y el inventario de

medios:

La plantilla mínima estará formada por (categorías mínimas):

1 Técnico titulado

1 Encargado

8 Oficiales electricistas

8 Ayudantes no especialistas

Los uniformes de este personal cumplirán lo exigido para los de conservación.

Los medios mínimos consistirán en:

1 Camión cesta para altura igual o superior a 12 metros.

1 Camión con capacidad igual o superior a 6 toneladas de carga útil

4 Furgonetas de potencia fiscal igual o superior a 7 CV

16 Equipos de herramientas necesarias para desarrollar su función

Se podrá subcontratar la obra civil con las mismas condiciones que las especificadas

para la conservación.

CAPÍTULO II

INSTALACIONES TEMPORALES

Artículo 1º

Del alumbrado de fiestas y otros actos

El alumbrado de fiestas y otros actos está compuesto de dos tipos de instalaciones.

1º.- Unas infraestructuras permanentes situadas en vías comerciales importantes de

cada zona de conservación (Gran Vía, Bravo Murillo, Plaza de Cibeles y Plaza de la

Independencia, Alcalá, Avda. de la Albufera, General Ricardos, Plaza Mayor etc.) que

constan de centros de mando, medida y protección, redes subterráneas de alimentación a los

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motivos a iluminar y tomas de corriente para dichos motivos, situadas en cajas estancas en

los báculos de alumbrado de dichas vías.

2º.- Unas instalaciones temporales que se montan y desmontan para dichas fiestas y

que están formadas por material vario que se conecta a la infraestructura permanente, y con

mayor frecuencia a redes aéreas provisionales.

El Contratista prestará el servicio de control, conservación y, en su caso, adecuación

de las instalaciones correspondientes a la infraestructura permanente del alumbrado de

fiestas de acuerdo con lo que se especifica en este Artículo.

Al desmontar el material vario que se ha conectado a la instalación de infraestructura

se realizarán las siguientes operaciones:

CENTROS DE MANDO: La inspección de los centros de mando del Contratista

desmontará el reloj, el cual conservará en sus almacenes hasta que se vuelva a utilizar la

infraestructura, y procederá a realizar la conservación preventiva tal como se especifica para

los centros de mando del alumbrado público. Una vez concluida, los cubrirá con un plástico

que asegure su protección contra la suciedad.

El Contratista deberá dejar en adecuadas condiciones todos los componentes de la

instalación efectuando las reparaciones, mejoras, etc. necesarias para ello.

Cuando el DEPARTAMENTO lo indique el Contratista deberá realizar, en un plazo

inferior a quince días naturales, los siguientes trabajos:

CENTROS DE MANDO: El personal de la inspección de los centros de mando retirará el

plástico protector, colocará el reloj nuevamente en su sitio y procederá a efectuar la

conservación preventiva de acuerdo con lo especificado para los centros de mando.

INSTALACIÓN: Efectuará la comprobación y puesta a punto de los enchufes y cajas de

derivación y protección, de acuerdo con los criterios establecidos en la inspección de

conexiones, y efectuará las medidas eléctricas de la instalación, las cuales serán efectuadas

por personal de la inspección de mediciones programadas, según se indica anteriormente.

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El Contratista dejará en adecuadas condiciones de servicio todos los componentes de

la infraestructura existente.

Durante el periodo en que estén en funcionamiento las instalaciones, el Contratista

será el responsable de su servicio con las obligaciones establecidas, a las que afectarán las

correspondientes exigencias y disposiciones de este Pliego.

Por otra parte, las instalaciones desmontables objeto asimismo de este Pliego, se

clasifican en:

a) Centros de medida, protección y mando

b) Redes de alimentación subterráneas o aéreas.

c) Material vario

Durante el funcionamiento de estas instalaciones, el Contratista ejecutará las

siguientes operaciones de acuerdo con la relación de emplazamientos y motivos que se

entregará para cada zona o con las solicitudes que se vayan realizando durante el contrato:

1º.- Se retirará del almacén del DEPARTAMENTO el material que se encuentra

depositado. En caso de no haber material suficiente, el Contratista deberá aportarlo, sin

que por ello pueda facturar cantidad alguna. En caso que el DEPARTAMENTO

considere interesante que ese material quede de propiedad municipal, se procederá a su

abono, previa presentación de los vales de entrada en el Almacén del

DEPARTAMENTO.

2º.- Reparación y puesta a punto del material retirado para cada zona.

3º.- Montaje, vigilancia y conexión de cuadros, líneas de alimentación y motivos y su

mantenimiento durante el período que se fije.

4º.- Desmontaje, clasificación, embalaje y entrega en el almacén de todo el material.

5º.- Además del material entregado por el AYUNTAMIENTO el Contratista

suministrará y montará (o alquilará) el que se le encargue.

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Todas éstas operaciones se ejecutarán teniendo en cuenta los criterios siguientes:

1º.- El Contratista es el único responsable de las instalaciones eléctricas y sujeciones

realizadas debiendo atenerse a las instrucciones de montaje para instalaciones temporales de

la Comunidad de Madrid y el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, así como realizar

los boletines, certificados de instalación eléctrica, dirección de obra, proyectos etc. (de las

instalaciones que ejecute) así como contar con una póliza de responsabilidad civil frente a

terceros, exonerando de toda responsabilidad al AYUNTAMIENTO, por los posibles

eventos que se ocasionen de forma negligente, dolosa o fortuita.

En cualquier caso, el Contratista realizará los cálculos de los elementos de sujeción (y los

justificará si así se requiere ante la Delegación General de Industria Energía y Minas de la

Comunidad de Madrid) de los arcos, estrellas y otros adornos que se instalen en la vía

pública.

El Contratista, será asimismo el responsable del funcionamiento adecuado de los

elementos y deberá contar durante los días en que presten servicio las instalaciones, con el

personal y vehículos necesarios para efectuar las reparaciones de las averías que puedan

surgir en los mismos, así como realizar la reposición de las lámparas que queden fuera de

servicio.

El montaje de los distintos elementos se realizará a una altura superior a los tres metros,

con el fin de evitar robos y tirones. En todo momento, se cuidará especialmente la correcta

colocación del material, debiendo el Contratista rehacer la instalación si aquella fuera

inadecuada o produjera un mal efecto estético.

2º.- En el caso en que las instalaciones conectadas a estos centros de mando sean realizadas

por terceros, será responsabilidad del Contratista definir los puntos de conexión y la

intensidad máxima en cada punto, con el fin de repartir las cargas y adecuarlas a la

infraestructura existente. Una vez realizada la instalación receptora se medirán las cargas en

las tomas y en las salidas de los centros de mando remitiendo un informe al

DEPARTAMENTO. El Contratista procederá a la desconexión de las instalaciones que

incumplan injustificadamente lo establecido y supongan un peligro para las personas o cosas.

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Asimismo, el Contratista contará con un teléfono disponible las veinticuatro horas del día

para cualquier aviso o anomalía por avería, accidente, etc.

3º.- El Contratista es el único responsable del material que retira del almacén, y se

compromete a reintegrarlo en su totalidad en el plazo que se le indique.

4º.- El Contratista se compromete a tener las instalaciones en correcto estado de

funcionamiento el día de la inauguración de los distintos actos.

Los precios de estas operaciones serán los del anexo nº 3 afectados por la 2ª baja de

la oferta.

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PARTE 3ª

OTROS CONDICIONANTES

CAPÍTULO I

DE LOS PRECIOS

Artículo 1º

De los precios de la oferta

Se unen a este Pliego como anexo nº 2 los cuadros de precios que afectan a la

Parte 1ª Conservación y Mantenimiento de las Instalaciones.

Estos cuadros de precios unitarios, en blanco, que se incluyen en el anexo nº 2, serán

rellenados en su totalidad y sin excepción, y constituirán los precios ofertados por el

Licitador.

Para la Parte 2ª Adecuación de las instalaciones a normativa y ejecución de

instalaciones temporales en apoyo en apoyo a actividades culturales, el Licitador ofertará la

2ª baja de la oferta, que afectará a todos y cada uno de los precios del anexo nº 3 (Cuadro de

Precios para Obras Municipales del año 2008).

Artículo 2º

De otros precios en razón del tipo de conservación, antigüedad o singularidad

Los precios unitarios del concepto establecido en el Artículo 1º del Capítulo I de la

Parte 1ª como “Conservación Especial”, sufrirán un aumento del 10% respecto de los

ofertados en el anexo nº 2.

En cuanto a los del concepto”Conservación en Baja Temporal” serán objeto de una

reducción del 50%, respecto a los del anexo nº 2.

Para la conservación de los puntos de luz en servicio de instalaciones provisionales o

temporales no se efectuará ningún abono adicional respecto de los precios indicados en el

cuadro.

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Para las instalaciones singulares tal como se definen en el Artículo 3º del Capítulo I

de la Parte 1ª, los precios serán los siguientes: cuando las instalaciones tengan luminarias,

equipos, lámparas y/o soportes (báculos, candelabros, etc.) no normalizados, los precios se

reducirán en un 30% respecto de los de la oferta para elementos equivalentes, siempre que

existan repuestos en el Almacén del AYUNTAMIENTO.

En caso contrario, es decir, cuando el AYUNTAMIENTO carezca total o

parcialmente de algún material, los precios se reducirán también en un 30% pero se abonarán

los materiales suministrados, previa presentación de factura, por el importe de la misma.

Artículo 3º

De los precios no incluidos en la oferta

Si como consecuencia de variaciones en la prestación del servicio, fuese necesario

realizar una unidad de obras que no figure en los Cuadros de Precios del contrato (anexos nº

2 y nº 3), se redactará el oportuno precio contradictorio tomando como base, en primer lugar,

los precios contractuales y subsidiariamente los del Cuadro de Precios de Obras vigente,

mediante la tramitación del modificado correspondiente.

Artículo 4º

Del concepto de los precios

Los precios contenidos en los anexos nº 2 y nº 3 no llevan incluido el Impuesto sobre

el Valor Añadido (I.V.A.).

Los precios unitarios contenidos en el anexo nº 2 incluyen todos los gastos que

ocasionen los trabajos y realizaciones que correspondan a los distintos conceptos, tales como

revisiones que procedan de disposiciones de organismos competentes, impuestos, seguros,

gastos generales, beneficio industrial, locomoción, etc. Las certificaciones que se expidan

con los precios del anexo nº 2 se incrementarán con el tipo de I.V.A. vigente.

Las certificaciones que se expidan con precios del anexo nº 3, como por ejemplo las

obras para la adecuación de las instalaciones a la normativa actual, y la ejecución de las

fiestas, se incrementarán un 13% en concepto de gastos generales de la empresa, gastos

financieros, cargas fiscales (I.V.A. excluido), tasas de la Administración legalmente

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establecidas etc., más un 6% en concepto de beneficio industrial. Estos porcentajes serán

englobados en un único del 19%, bajo el epígrafe de gastos generales y beneficio industrial.

Asimismo las mencionadas certificaciones se afectarán por la 2ª baja de la oferta y se

gravarán con el impuesto sobre el valor añadido (I.V.A).

CAPÍTULO II

DE LOS ABONOS

Artículo 1º

De las certificaciones

Mensualmente se expedirán por el DEPARTAMENTO las certificaciones

correspondientes a los trabajos exigidos para la prestación del servicio de conservación y

mantenimiento de las instalaciones de alumbrado público realizados el mes anterior,

aplicando los precios del anexo nº 2 ofertados por el Contratista.

En estas certificaciones se incluirán los diversos trabajos correspondientes a los

reemplazamientos, suministros, mejoras, obras y traslados de aparatos, emergencias,

atenciones varias etc., aplicando los mismos precios indicados anteriormente o en caso de no

contemplarse en el anexo nº 2, se aplicarán los del anexo nº 3 afectados de la 2ª baja de la

oferta. Las mediciones correspondientes a estos trabajos se efectuarán sobre las unidades

realmente instaladas y en ellas se incluyen la totalidad de los materiales con sus recortes,

despuntes, piezas auxiliares, pequeño material, etc.

Las certificaciones correspondientes a la adecuación de instalaciones y apoyo a

actividades culturales, se extenderán aplicando los precios del anexo nº 3 afectados de la 2ª

baja de la oferta, confeccionadas de acuerdo con el criterio del párrafo anterior.

Artículo 2º

De las relaciones valoradas

El DEPARTAMENTO, tomando como base las mediciones, unidades en inventario

etc. y los precios contratados, redactará mensualmente la correspondiente relación valorada.

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Las certificaciones se expedirán tomando como base la relación valorada y se

tramitarán en los siguientes diez días del periodo a que correspondan.

A efectos del cómputo de los plazos de abono se tendrá en cuenta como fecha de

inicio la expedición de las certificaciones por parte del órgano gestor del servicio.

Artículo 3º

De la energía reactiva

Al estar preceptuado de modo obligatorio que todas las instalaciones deberán tener

corregido el factor de potencia por encima de 0,90, cualesquiera consumos o facturaciones

que se produzcan por el concepto de energía reactiva, correrán a cargo del Contratista

correspondiente, y se le deducirán íntegramente de la certificación del mes siguiente a la de

aquél en que se verifiquen los cargos de las compañías eléctricas, respectivas salvo en

aquellos casos que no sean imputables a la propia gestión de conservación y mantenimiento.

CAPÍTULO III

DEL CONTRATISTA

Artículo 1º

De las condiciones del Contratista

Con objeto de adjudicar el servicio a un Contratista idóneo, con las garantías

económicas y técnicas precisas para el adecuado cumplimiento de las obligaciones que

dimanan de este Pliego, el Contratista deberá satisfacer las siguientes condiciones mínimas,

las cuales serán justificadas en su oferta.

a) Contar con personal capaz de realizar los cometidos especificados en el Pliego.

b) Contar con una plantilla de técnicos titulados capaz de dirigir los trabajos que exige

el Pliego.

c) Disponer en un plazo no superior a un mes, desde que se le comunique la

adjudicación del servicio, del personal, equipos, materiales, componentes, locales,

etc., exigidos por el Pliego o, en su caso, especificados en su oferta.

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El Licitador incluirá en su oferta cuanta documentación considere conveniente para

asegurar al AYUNTAMIENTO que en caso de adjudicación del servicio podrá desarrollar

todos los trabajos exigidos en el Pliego con una real y válida garantía.

Artículo 2º

De la responsabilidad

El Contratista será responsable de los equipos de las instalaciones así como del

control y funcionamiento de las mismas, de la conservación de todos y cada uno de sus

componentes, del estado de las tomas de tierra, de la calidad de los materiales y elementos

utilizados, y de los montajes efectuados en las modificaciones, mejoras, reemplazamientos y

suministros que efectúe, mientras esté en vigor el presente Pliego, así como el cumplimiento

de todo lo establecido en las Ordenanzas y Exacciones Municipales que afecten a los

trabajos comprendidos en el servicio y de todos los accidentes o daños causados por las

instalaciones o por las operaciones que exige el cumplimiento de lo dispuesto en el Pliego.

Artículo 3º

De la responsabilidad respecto de elementos y equipos

El Contratista podrá ejecutar sobre si las acciones que procedan para reclamar las

indemnizaciones debidas a aquellas terceras personas que pudiesen resultar responsables,

civil o criminalmente, de los daños ocasionados a las instalaciones que tiene a su cargo con

motivo de la adjudicación de su conservación.

Artículo 4º

De la responsabilidad respecto al control y funcionamiento

Será responsabilidad del Contratista, la calidad de las inspecciones y trabajos

administrativos que se efectúen, debiendo contar para ello con personal responsable y

preparado para este servicio, tan difícil de controlar las primeras por la movilidad del

personal y la complejidad de su localización y los segundos por la dificultad existente para

comprobar la validez de los informes de inspección, normativa de los trabajos de

conservación preventiva, etc., a muy corto plazo.

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Para ello el Contratista deberá contar con la adecuada supervisión muestral y con una

organización de los trabajos que permita reducir la incertidumbre sobre la exactitud de los

informes mediante una rotación espacial de los inspectores, primas al personal por la

reducción de las averías consecuencia de su detección previa, coincidencia de su

información con la proporcionada por la policía y vecinos o cualquiera otras medidas que su

experiencia y conocimientos le aconseje.

Asimismo será responsabilidad del Contratista la adecuación y puesta a punto de

todos los trabajos que exige el control de las instalaciones y de su funcionamiento mediante

la mejora de los recorridos de los inspectores, a fin de conseguir que el tiempo empleado sea

el mínimo compatible con una inspección válida; la utilización de equipos de medida

ajustados a las posibilidades tecnológicas existentes, para reducir los costos de los trabajos y

optimizar mediciones; el mantenimiento de una organización ágil y preparada que disponga

de información puesta al día sobre los avances existentes en el sector de la conservación,

organización de los trabajos, etc.

El Contratista será responsable de las deficiencias en el funcionamiento de las

instalaciones, tanto por lo que respecta a las interrupciones totales o parciales en el servicio

que no sean imputables a falta de energía, causas de fuerza mayor, actuación de terceros,

etc., como a la calidad de los trabajos que exige la conservación, tales como limpiezas,

pintura, etc.

Estos trabajos deben ser efectuados de forma que ocasionen el mínimo posible de

incomodidades o dificultades a la vida ciudadana: reduciendo la ocupación de la vía pública,

ajustando el horario de las realizaciones a las exigencias, tráfico, etc., y efectuando las

operaciones de acuerdo con las normas e instrucciones que se le faciliten.

Artículo 5º

De la responsabilidad en relación con reemplazamientos, modificaciones, etc.

La responsabilidad del Contratista en relación con los materiales, equipo y montaje

que exigen estas realizaciones, es la especificada en el PCTG para la redacción de proyectos

y ejecución de las obras dentro del término municipal de Madrid y que no esté en

contradicción con lo establecido en este Pliego.

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Artículo 6º

De la responsabilidad en relación con lo establecido en las disposiciones municipales

El Contratista será responsable de que los trabajos que exige el cumplimiento de sus

obligaciones contractuales se realicen de acuerdo con las especificaciones establecidas por el

AYUNTAMIENTO en los Pliegos de Condiciones, Ordenanzas, etc., correspondientes a

obras similares y que no estén en contradicción con lo dispuesto en el presente Pliego.

Durante la ejecución de los trabajos, se realizarán las operaciones precisas en orden a

que las interferencias sobre tráfico y circulación peatonal sean las mínimas, estableciendo los

elementos de protección y señalización que a tal efecto establecen la Ordenanza Reguladora

de la Señalización y Balizamiento de las Ocupaciones de las Vías Públicas por Realización

de Obras y Trabajos, y la Ordenanza de Diseño y Gestión de Obras en la Vía Pública.

Asimismo, el Contratista será responsable de solicitar y disponer de las

autorizaciones municipales que exija la realización de los trabajos que debe efectuar,

ajustarse en su realización a las condiciones que se le fijen, etc., y asumirá el coste de las

tasas, que le sean imputables, correspondientes a la retirada de los vehículos que fueran

necesarios para la ejecución de los trabajos incluidos en este contrato, conforme a lo

contemplado en la vigente Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa de Retirada de Vehículos

de la Vía Pública.

El DEPARTAMENTO colaborará con el Contratista, a solicitud de éste, en la

consecución de las autorizaciones municipales correspondientes a realizaciones que por su

importancia, rapidez exigida, etc., sea aconsejable para conseguir una agilización en la

obtención de los permisos necesarios.

Artículo 7º

De la responsabilidad en relación con accidentes, daños o inconvenientes causados por las

instalaciones o realización de los trabajos

El Contratista será responsable de los accidentes o daños de cualquier naturaleza

causados directamente por las instalaciones o como consecuencia de su estado, de los fallos

o defectos en su funcionamiento, así como de los posibles perjuicios que puedan causar a

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terceros o al Municipio, salvo que ello se deba a decisiones del AYUNTAMIENTO

comunicadas por escrito.

El Contratista será asimismo responsable de los accidentes, daños y perjuicios que

pueda causar como consecuencia de la realización de los trabajos que exija la prestación del

servicio.

Artículo 8º

De la responsabilidad respecto al AYUNTAMIENTO

El Contratista será responsable del cumplimiento de las disposiciones municipales

incluidas en Ordenanzas y Exacciones que afecten a los trabajos u obligaciones resultantes

de lo establecido en el Pliego.

Todas las infracciones cometidas se sancionarán según lo estipulado en las citadas

disposiciones.

CAPÍTULO IV

DE LA OFERTA

Artículo 1º

De la información previa

Las personas físicas o jurídicas que prevean presentarse al concurso podrán solicitar

en el DEPARTAMENTO desde el día en que se publique el anuncio de la licitación,

autorización para visitar las instalaciones de alumbrado público existentes, la cual estará

condicionada a que no se interfiera en el funcionamiento ni en las operaciones de

conservación tal como se ha indicado en la Parte 1ª de este Pliego.

Artículo 2º

De la proposición

A efectos de la oferta y de la baremación de este concurso, las cuantías por conceptos

y zonas son las siguientes (en miles de euros):

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Concepto Capítulo Presupuestario Importe Zona

3.287,5 NE

3.250,0 SE Capítulo II

3.307,0 SO

Conservación de las instalaciones incluyendo las operaciones indicadas en la Parte 1ª: accionamiento, control energético, averías, inspecciones, reposiciones, pinturas, mediciones de tierra, limpiezas, etc.

3.209,5 NO

37,5 NE

45,5 SE Instalaciones temporales en

apoyo a actividades culturales Capítulo II 85,5 SO

83,0 NO

1.145,5 NE

1.132,0 SE Adecuación a Normativa Capítulo VI

1.152,0 SO

1.118,0 NO

TOTAL

17.853 -

La proposición se redactará de acuerdo con el modelo incluido en los Pliegos

Administrativos.

Además de lo determinado en los Pliegos Administrativos, los Licitadores deberán

presentar los siguientes documentos:

a) Informe justificativo de la organización que prevé dar al servicio, programas,

proyectos, indicando la definición de categorías y profesiones del personal así como

el organigrama del funcionamiento.

b) Programa de puesta en servicio del equipo exigido en el Pliego o, en su caso, incluido

en la oferta, a partir del momento en que se le comunique la adjudicación.

c) Equipos de que dispone directamente relacionados con la realización y montaje de

instalaciones de alumbrado público.

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d) Vehículos que prevé utilizar el Licitador en la prestación del servicio, indicando sus

características principales.

e) Relación nominal del personal técnico y subalterno que se compromete a adscribir al

servicio, tanto de Conservación como de Adecuación de instalaciones.

También aportará toda aquella documentación que el Licitador estime contribuirá a

justificar su capacidad, experiencia y garantía en el desempeño del servicio, así como el

detalle de aquellos aspectos de la prestación del servicio que prevé superen las exigencias del

Pliego, especificando las mejoras en el equipo, personal, controles, etc.

Se desecharán todas las propuestas que no satisfagan lo especificado en este Capítulo.

Madrid, septiembre de 2008

El Jefe del Departamento de Alumbrado Público

Fdo.: P.A. Alejandro Oliver Mayayo

El Subdirector de Vías y Espacios Públicos

Fdo: Carlos Erenas Godín

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ANEXO Nº 1

CUANTIFICACIÓN MENSUAL POR ZONAS

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CUANTIFICACIÓN MENSUAL POR ZONAS

ZONA NORESTE

CONSERVACIÓN PROGRAMADA

8.975 Ud. HASTA 100 W SAP

35.306 Ud. 150 W SAP

12.564 Ud. 250 W SAP

4.732 Ud. 400 W SAP

29 Ud. 600 W SAP

186 Ud. 750 W SAP

158 Ud. 1.000 W SAP

85 Ud. HASTA 125 W MCC

81 Ud. 250 W MCC

2 Ud. 400 W MCC

43 Ud. HASTA 175 W HAL

104 Ud. 250 W HAL

162 Ud. 400 W HAL

76 Ud. 1.000 W HAL

1 Ud. 1.500 W HAL

37 Ud. 2.000 W HAL

NOTA: SAP: Sodio Alta Presión

MCC: Mercurio Color Corregido

HAL: Halogenuros Metálicos

ESTABILIZADORES-VARIADORES SIN ALMACENAMIENTO Y TRANSMISIÓN DE DATOS

5 Ud. HASTA 20 KVA

4 Ud. HASTA 30 KVA

9 Ud. HASTA 40 KVA

3 Ud. HASTA 50 KVA

2 Ud. HASTA 60 KVA

2 Ud. HASTA 80 KVA

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ESTABILIZADORES-VARIADORES CON ALMACENAMIENTO Y TRANSMISIÓN DE DATOS

2 Ud. HASTA 20 KVA

5 Ud. HASTA 30 KVA

3 Ud. HASTA 40 KVA

2 Ud. HASTA 50 KVA

3 Ud. HASTA 60 KVA

1 Ud. HASTA 80 KVA

CONSERVACIÓN GENERAL

9 Ud. HASTA 100 W INCANDESCENCIA ESTÁNDAR

16 Ud. 200 W INCANDESCENCIA ESTÁNDAR

7 Ud. 300 W INCANDESCENCIA ESTÁNDAR

1 Ud. HASTA 500 W INCANDESCENCIA CUARZO IODO

1 Ud. 1.000 W INCANDESCENCIA CUARZO IODO

1 Ud. MÁS DE 1000 W INCANDESCENCIA CUARZO IODO

332 Ud. HASTA 58 W FLUO

192 Ud. HASTA 2x58 W FLUO

2 Ud. HASTA 160 W LM

1 Ud. 250 W LM

INSTALACIONES DEPORTIVAS Y PARQUES SOMETIDOS A VANDALISMO

1 Ud. HASTA 150 W SAP

1 Ud. 250 W SAP

1 Ud. 400 W SAP

1 Ud. 600 W SAP

1 Ud. 750 W SAP

1 Ud. 1.000 W SAP

1 Ud. 2x400 W SAP

1 Ud. HASTA 125 W MCC

1 Ud. 250 W MCC

1 Ud. 400 W MCC

1 Ud. HASTA 175 W HAL

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1 Ud. 250 W HAL

1 Ud. 400 W HAL

1 Ud. 1.000 W HAL

1 Ud. 1.500 W HAL

1 Ud. 2.000 W HAL

NOTA: SAP: Sodio Alta Presión

MCC: Mercurio Color Corregido

HAL: Halogenuros Metálicos

CONSERVACIÓN PROGRAMADA PASOS INFERIORES DE VEHÍCULOS

5 Ud. HASTA 100 W SAP 187 Ud. 150 W SAP 435 Ud. 250 W SAP 146 Ud. 400 W SAP

2 Ud. 2x100 W SAP 3 Ud. 2x150 W SAP 1 Ud. 2x250 W SAP 1 Ud. 2x400 W SAP

53 Ud. 150 W SAP DOBLE TUBO 27 Ud. 250 W SAP DOBLE TUBO

1 Ud. 400 W SAP DOBLE TUBO

48 Ud. 250 W HAL 1 Ud. 400 W HAL

CONSERVACIÓN PROGRAMADA PASOS INFERIORES DE PEATONES

2 Ud. HASTA 36 W FLUO 6 Ud. 58 W FLUO 3 Ud. 2x18 W FLUO

15 Ud. 2x36 W FLUO 2 Ud. 2x58 W FLUO 1 Ud. 4x18 W FLUO 2 Ud. 4x36 W FLUO 1 Ud. 10x36 W FLUO

1 Ud. 125 W MCC

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1 Ud. HASTA 100 W SAP 2 Ud. 150 W SAP

2 Ud. 250 W HAL

REPOSICIÓN DE LÁMPARAS

187 Ud. HASTA 100 W SAP

736 Ud. 150 W SAP

262 Ud. 250 W SAP

98 Ud. 400 W SAP

1 Ud. 600 W SAP

2 Ud. 750 W SAP

2 Ud. 1.000 W SAP

2 Ud. 150 W SAP DOBLE TUBO

1 Ud. 250 W SAP DOBLE TUBO

1 Ud. 400 W SAP DOBLE TUBO

2 Ud. HASTA 125 W MCC

2 Ud. 250 W MCC

1 Ud. 400 W MCC

1 Ud. HASTA 175 W HAL

2 Ud. 250 W HAL

3 Ud. 400 W HAL

2 Ud. 1.000 W HAL

1 Ud. 1.500 W HAL

1 Ud. 2.000 W HAL

3 Ud. 18 W FLUO

1 Ud. 36 W FLUO

2 Ud. 58 W FLUO

LIMPIEZA

2 Ud. Luminaria CERRADA hasta 2 metros de altura

691 Ud. Luminaria CERRADA de 2,1 a 9 metros de altura

525 Ud. Luminaria CERRADA de 9,1 a 12 metros de altura

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102 Ud. Luminaria CERRADA más de 12 metros de altura

31 Ud. Luminaria ABIERTA hasta 9 metros de altura

4 Ud. Luminaria ABIERTA más de 9 metros de altura

1.954 Ud. Luminaria ESFÉRICA

399 Ud. Farol VILLA

21 Ud. Farol FERNANDINO Plástico

6 Ud. Farol FERNANDINO Vidrio

15 Ud. OTROS Plástico

14 Ud. OTROS Vidrio

25 Ud. Lavado de SOPORTE (hasta 3,3 metros de altura)

LIMPIEZA EN PASOS INFERIORES DE VEHÍCULOS

3 Ud. HASTA 100 W SAP

47 Ud. 150 W SAP

109 Ud. 250 W SAP

37 Ud. 400 W SAP

1 Ud. 2x100 W SAP

1 Ud. 2x150 W SAP

1 Ud. 2x250 W SAP

1 Ud. 2x400 W SAP

12 Ud. 250 W HAL

1 Ud. 400 W HAL

LIMPIEZA EN PASOS INFERIORES DE PEATONES

2 Ud. HASTA 36 W FLUO

2 Ud. 58 W FLUO

2 Ud. 2x18 W FLUO

4 Ud. 2x36 W FLUO

15 Ud. 2x58 W FLUO

1 Ud. 4x18 W FLUO

2 Ud. 4x36 W FLUO

1 Ud. 10x36 W FLUO

1 Ud. 125 W MCC

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1 Ud. HASTA 100 W SAP

1 Ud. 150 W SAP

3 Ud. 250 W HAL

NOTA: A efectos de limpieza, las luminarias con lámparas de doble tubo se consideran igual que las que tienen

lámparas de un solo tubo

REPINTADO DE SOPORTES DE ACERO

302 Ud. Columna galvanizada hasta 4 metros

223 Ud. Columna o báculo galvanizado de 4,1 a 9 metros

219 Ud. Columna o báculo galvanizado de 9,1 a 12 metros

128 Ud. Columna o báculo galvanizado de 12,1 a 14 metros

13 Ud. Columna o báculo galvanizado de 14,1 a 20 metros

1 Ud. Columna o báculo galvanizado de más de 20 metros

120 Ud. Columna o báculo galvanizado por cada brazo además del primero

3 Ud. Restauración de columna galvanizada hasta 4 metros

2 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado de 4,1 a 9 metros

1 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado de 9,1 a 12 metros

5 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado de 12,1 a 14 metros

2 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado de 14,1 a 20 metros

1 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado de más de 20 metros

1 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado por cada brazo además del primero

6 Ud. Brazo mural galvanizado hasta 1,5 metros

1 Ud. Brazo mural galvanizado de 1,6 a 2 metros

2 Ud. Brazo mural galvanizado de más de 2 metros

52 Ud. Numeración de punto de luz hasta 3,3 metros de altura

33 Ud. Numeración de punto de luz a más de 3,3 metros de altura

3 Ud. Imprimación y pintura de armario AM-1

5 Ud. Imprimación y pintura de armario AM-2

8 Ud. Repintado de armario AM-1

8 Ud. Repintado de armario AM-2

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REPINTADO DE ELEMENTOS DE FUNDICIÓN

87 Ud. Candelabro tipo VILLA

71 Ud. Candelabro tipo FERNANDINO hasta 5 metros de altura

5 Ud. Candelabro tipo FERNANDINO de más de 5 metros de altura

27 Ud. Candelabro tipo FERNANDINO por cada brazo además del primero

22 Ud. Palomilla tipo VILLA

14 Ud. Palomilla tipo FERNANDINA de hasta 0,9 metros

6 Ud. Palomilla tipo FERNANDINA de más de 0,9 metros

25 Ud. Cabeza de farol tipo VILLA

2 Ud. Cabeza de farol tipo FERNANDINO modelo reducido

9 Ud. Cabeza de farol tipo FERNANDINO modelo normal

5 Ud. Cabeza de farol tipo FERNANDINO gran modelo

REEMPLAZAMIENTOS Y SUMINISTROS

3 Ud. Sustitución de lámpara de mercurio por 150 W SAP

5 Ud. Sustitución de lámpara de mercurio por 250 W SAP

1 Ud. Sustitución de lámpara de mercurio por 400 W SAP

6 Ud. Sustitución de luminaria por otra cerrada de 150 W SAP

3 Ud. Sustitución de luminaria por otra cerrada de 250 W SAP

1 Ud. Sustitución de luminaria por otra cerrada de 400 W SAP

25 Ud. Sustitución de farol Villa por otro con reflector de 100 W SAP

16 Ud. Sustitución de farol Villa por otro con reflector de 150 W SAP

9 Ud. Sustitución de farol Fernandino (m. normal) por otro con reflector de 100 W SAP

5 Ud. Sustitución de farol Fernandino (m. normal) por otro con reflector de 150 W SAP

1 Ud. Sustitución de farol Fernandino (gran mod.) por otro con reflector de 150 W SAP

1 Ud. Sustitución de farol Fernandino (gran mod.) por otro con reflector de 250 W SAP

11 Ud. Sustitución de manguito terminal en brazo mural o báculo

54 Ud. Hora de oficial electricista

25 Ud. Hora de ayudante

26 Ud. Hora de coche escala hasta 12 metros

15 Ud. Hora de coche escala más de 12 metros

Page 105: DEPARTAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO...funcionamiento del alumbrado público, minimizar los posibles peligros que puedan 9 ocasionarse a personas o cosas, adecuar las instalaciones a

105

11 Ud. Restauración y limpieza de luminaria en taller de 150 W SAP

4 Ud. Restauración y limpieza de luminaria en taller de 250 W SAP

2 Ud. Restauración y limpieza de luminaria en taller de 400 W SAP

1 Ud. Restauración y limpieza de luminaria en taller de 750 W SAP

1 Ud. Restauración y limpieza de luminaria en taller de 1000 W SAP

22 Ud. Suministro y colocación de rejilla antideslumbrante hasta 150 W

14 Ud. Suministro y colocación de rejilla antideslumbrante hasta 250 W

3 Ud. Suministro y colocación de rejilla antideslumbrante hasta 400 W

11 Ud. Suministro y colocación de faldón antideslumbrante hasta 150 W

13 Ud. Suministro y colocación de faldón antideslumbrante hasta 250 W

6 Ud. Suministro y colocación de faldón antideslumbrante hasta 400 W

17 Ud. Suministro y colocación de rejillas antivandálicas para farol Villa existente

20 Ud. Suministro y colocación de reflector asimétrico en farol Villa existente

13 Ud. Suministro y colocación de reflector asimétrico en farol Fernandino existente

Nota: Las cantidades relacionadas se han obtenido en base a la experiencia de años anteriores, si bien no

presupone en ningún caso que puedan repetirse en todos sus apartados en los próximos ejercicios.

Page 106: DEPARTAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO...funcionamiento del alumbrado público, minimizar los posibles peligros que puedan 9 ocasionarse a personas o cosas, adecuar las instalaciones a

106

CUANTIFICACIÓN MENSUAL POR ZONAS

ZONA SURESTE

CONSERVACIÓN PROGRAMADA

15.067 Ud. HASTA 100 W SAP

27.201 Ud. 150 W SAP

12.199 Ud. 250 W SAP

3.471 Ud. 400 W SAP

12 Ud. 600 W SAP

123 Ud. 750 W SAP

235 Ud. 1.000 W SAP

436 Ud. HASTA 125 W MCC

867 Ud. 250 W MCC

40 Ud. 400 W MCC

249 Ud. HASTA 175 W HAL

38 Ud. 250 W HAL

208 Ud. 400 W HAL

97 Ud. 1.000 W HAL

2 Ud. 1.500 W HAL

1 Ud. 2.000 W HAL

NOTA: SAP: Sodio Alta Presión

MCC: Mercurio Color Corregido

HAL: Halogenuros Metálicos

ESTABILIZADORES-VARIADORES SIN ALMACENAMIENTO Y TRANSMISIÓN DE DATOS

1 Ud. HASTA 20 KVA

1 Ud. HASTA 30 KVA

61 Ud. HASTA 40 KVA

1 Ud. HASTA 50 KVA

1 Ud. HASTA 60 KVA

1 Ud. HASTA 80 KVA

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107

ESTABILIZADORES-VARIADORES CON ALMACENAMIENTO Y TRANSMISIÓN DE DATOS

1 Ud. HASTA 20 KVA

1 Ud. HASTA 30 KVA

1 Ud. HASTA 40 KVA

1 Ud. HASTA 50 KVA

1 Ud. HASTA 60 KVA

1 Ud. HASTA 80 KVA

CONSERVACIÓN GENERAL

3 Ud. HASTA 100 W INCANDESCENCIA ESTÁNDAR

2 Ud. 200 W INCANDESCENCIA ESTÁNDAR

3 Ud. 300 W INCANDESCENCIA ESTÁNDAR

2 Ud. HASTA 500 W INCANDESCENCIA CUARZO IODO

1 Ud. 1.000 W INCANDESCENCIA CUARZO IODO

2 Ud. MÁS DE 1000 W INCANDESCENCIA CUARZO IODO

206 Ud. HASTA 58 W FLUO

353 Ud. HASTA 2x58 W FLUO

1 Ud. HASTA 160 W LM

1 Ud. 250 W LM

INSTALACIONES DEPORTIVAS Y PARQUES SOMETIDOS A VANDALISMO

1 Ud. HASTA 150 W SAP

1 Ud. 250 W SAP

1 Ud. 400 W SAP

1 Ud. 600 W SAP

1 Ud. 750 W SAP

1 Ud. 1.000 W SAP

1 Ud. 2x400 W SAP

1 Ud. HASTA 125 W MCC

1 Ud. 250 W MCC

1 Ud. 400 W MCC

1 Ud. HASTA 175 W HAL

Page 108: DEPARTAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO...funcionamiento del alumbrado público, minimizar los posibles peligros que puedan 9 ocasionarse a personas o cosas, adecuar las instalaciones a

108

1 Ud. 250 W HAL

1 Ud. 400 W HAL

1 Ud. 1.000 W HAL

1 Ud. 1.500 W HAL

1 Ud. 2.000 W HAL

NOTA: SAP: Sodio Alta Presión

MCC: Mercurio Color Corregido

HAL: Halogenuros Metálicos

CONSERVACIÓN PROGRAMADA PASOS INFERIORES DE VEHÍCULOS

6 Ud. HASTA 100 W SAP 552 Ud. 150 W SAP

1.816 Ud. 250 W SAP 566 Ud. 400 W SAP 146 Ud. 2x100 W SAP

2 Ud. 2x150 W SAP 1 Ud. 2x250 W SAP

180 Ud. 2x400 W SAP

43 Ud. 150 W SAP DOBLE TUBO 29 Ud. 250 W SAP DOBLE TUBO

1 Ud. 400 W SAP DOBLE TUBO

1 Ud. 250 W HAL 1 Ud. 400 W HAL

CONSERVACIÓN PROGRAMADA PASOS INFERIORES DE PEATONES

86 Ud. HASTA 36 W FLUO 2 Ud. 58 W FLUO 1 Ud. 2x18 W FLUO

16 Ud. 2x36 W FLUO 134 Ud. 2x58 W FLUO

1 Ud. 4x18 W FLUO 2 Ud. 4x36 W FLUO 1 Ud. 10x36 W FLUO

2 Ud. 125 W MCC

Page 109: DEPARTAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO...funcionamiento del alumbrado público, minimizar los posibles peligros que puedan 9 ocasionarse a personas o cosas, adecuar las instalaciones a

109

3 Ud. HASTA 100 W SAP 1 Ud. 150 W SAP

2 Ud. 250 W HAL

REPOSICIÓN DE LÁMPARAS

314 Ud. HASTA 100 W SAP

567 Ud. 150 W SAP

255 Ud. 250 W SAP

73 Ud. 400 W SAP

1 Ud. 600 W SAP

3 Ud. 750 W SAP

5 Ud. 1.000 W SAP

2 Ud. 150 W SAP DOBLE TUBO

2 Ud. 250 W SAP DOBLE TUBO

1 Ud. 400 W SAP DOBLE TUBO

10 Ud. HASTA 125 W MCC

19 Ud. 250 W MCC

1 Ud. 400 W MCC

6 Ud. HASTA 175 W HAL

1 Ud. 250 W HAL

5 Ud. 400 W HAL

3 Ud. 1.000 W HAL

1 Ud. 1.500 W HAL

1 Ud. 2.000 W HAL

2 Ud. 18 W FLUO

3 Ud. 36 W FLUO

5 Ud. 58 W FLUO

LIMPIEZA

3 Ud. Luminaria CERRADA hasta 2 metros de altura

508 Ud. Luminaria CERRADA de 2,1 a 9 metros de altura

536 Ud. Luminaria CERRADA de 9,1 a 12 metros de altura

Page 110: DEPARTAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO...funcionamiento del alumbrado público, minimizar los posibles peligros que puedan 9 ocasionarse a personas o cosas, adecuar las instalaciones a

110

59 Ud. Luminaria CERRADA más de 12 metros de altura

52 Ud. Luminaria ABIERTA hasta 9 metros de altura

5 Ud. Luminaria ABIERTA más de 9 metros de altura

1.187 Ud. Luminaria ESFÉRICA

427 Ud. Farol VILLA

43 Ud. Farol FERNANDINO Plástico

5 Ud. Farol FERNANDINO Vidrio

66 Ud. OTROS Plástico

4 Ud. OTROS Vidrio

26 Ud. Lavado de SOPORTE (hasta 3,3 metros de altura)

LIMPIEZA EN PASOS INFERIORES DE VEHÍCULOS

2 Ud. HASTA 100 W SAP

145 Ud. 150 W SAP

469 Ud. 250 W SAP

146 Ud. 400 W SAP

37 Ud. 2x100 W SAP

1 Ud. 2x150 W SAP

1 Ud. 2x250 W SAP

45 Ud. 2x400 W SAP

1 Ud. 250 W HAL

1 Ud. 400 W HAL

LIMPIEZA EN PASOS INFERIORES DE PEATONES

23 Ud. HASTA 36 W FLUO

1 Ud. 58 W FLUO

1 Ud. 2x18 W FLUO

5 Ud. 2x36 W FLUO

34 Ud. 2x58 W FLUO

1 Ud. 4x18 W FLUO

1 Ud. 4x36 W FLUO

1 Ud. 10x36 W FLUO

1 Ud. 125 W MCC

Page 111: DEPARTAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO...funcionamiento del alumbrado público, minimizar los posibles peligros que puedan 9 ocasionarse a personas o cosas, adecuar las instalaciones a

111

2 Ud. HASTA 100 W SAP

1 Ud. 150 W SAP

1 Ud. 250 W HAL

NOTA: A efectos de limpieza, las luminarias con lámparas de doble tubo se consideran igual que las que tienen

lámparas de un solo tubo

REPINTADO DE SOPORTES DE ACERO

155 Ud. Columna galvanizada hasta 4 metros

169 Ud. Columna o báculo galvanizado de 4,1 a 9 metros

176 Ud. Columna o báculo galvanizado de 9,1 a 12 metros

90 Ud. Columna o báculo galvanizado de 12,1 a 14 metros

34 Ud. Columna o báculo galvanizado de 14,1 a 20 metros

1 Ud. Columna o báculo galvanizado de más de 20 metros

144 Ud. Columna o báculo galvanizado por cada brazo además del primero

3 Ud. Restauración de columna galvanizada hasta 4 metros

1 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado de 4,1 a 9 metros

1 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado de 9,1 a 12 metros

1 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado de 12,1 a 14 metros

1 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado de 14,1 a 20 metros

1 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado de más de 20 metros

6 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado por cada brazo además del primero

2 Ud. Brazo mural galvanizado hasta 1,5 metros

2 Ud. Brazo mural galvanizado de 1,6 a 2 metros

1 Ud. Brazo mural galvanizado de más de 2 metros

59 Ud. Numeración de punto de luz hasta 3,3 metros de altura

15 Ud. Numeración de punto de luz a más de 3,3 metros de altura

1 Ud. Imprimación y pintura de armario AM-1

1 Ud. Imprimación y pintura de armario AM-2

2 Ud. Repintado de armario AM-1

4 Ud. Repintado de armario AM-2

Page 112: DEPARTAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO...funcionamiento del alumbrado público, minimizar los posibles peligros que puedan 9 ocasionarse a personas o cosas, adecuar las instalaciones a

112

REPINTADO DE ELEMENTOS DE FUNDICIÓN

36 Ud. Candelabro tipo VILLA

45 Ud. Candelabro tipo FERNANDINO hasta 5 metros de altura

10 Ud. Candelabro tipo FERNANDINO de más de 5 metros de altura

16 Ud. Candelabro tipo FERNANDINO por cada brazo además del primero

37 Ud. Palomilla tipo VILLA

17 Ud. Palomilla tipo FERNANDINA de hasta 0,9 metros

8 Ud. Palomilla tipo FERNANDINA de más de 0,9 metros

33 Ud. Cabeza de farol tipo VILLA

6 Ud. Cabeza de farol tipo FERNANDINO modelo reducido

21 Ud. Cabeza de farol tipo FERNANDINO modelo normal

5 Ud. Cabeza de farol tipo FERNANDINO gran modelo

REEMPLAZAMIENTOS Y SUMINISTROS

5 Ud. Sustitución de lámpara de mercurio por 150 W SAP

6 Ud. Sustitución de lámpara de mercurio por 250 W SAP

3 Ud. Sustitución de lámpara de mercurio por 400 W SAP

5 Ud. Sustitución de luminaria por otra cerrada de 150 W SAP

5 Ud. Sustitución de luminaria por otra cerrada de 250 W SAP

2 Ud. Sustitución de luminaria por otra cerrada de 400 W SAP

23 Ud. Sustitución de farol Villa por otro con reflector de 100 W SAP

16 Ud. Sustitución de farol Villa por otro con reflector de 150 W SAP

4 Ud. Sustitución de farol Fernandino (m. normal) por otro con reflector de 100 W SAP

6 Ud. Sustitución de farol Fernandino (m. normal) por otro con reflector de 150 W SAP

2 Ud. Sustitución de farol Fernandino (gran mod.) por otro con reflector de 150 W SAP

1 Ud. Sustitución de farol Fernandino (gran mod.) por otro con reflector de 250 W SAP

22 Ud. Sustitución de manguito terminal en brazo mural o báculo

47 Ud. Hora de oficial electricista

22 Ud. Hora de ayudante

15 Ud. Hora de coche escala hasta 12 metros

15 Ud. Hora de coche escala más de 12 metros

Page 113: DEPARTAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO...funcionamiento del alumbrado público, minimizar los posibles peligros que puedan 9 ocasionarse a personas o cosas, adecuar las instalaciones a

113

2 Ud. Restauración y limpieza de luminaria en taller de 150 W SAP

1 Ud. Restauración y limpieza de luminaria en taller de 250 W SAP

2 Ud. Restauración y limpieza de luminaria en taller de 400 W SAP

1 Ud. Restauración y limpieza de luminaria en taller de 750 W SAP

1 Ud. Restauración y limpieza de luminaria en taller de 1000 W SAP

15 Ud. Suministro y colocación de rejilla antideslumbrante hasta 150 W

16 Ud. Suministro y colocación de rejilla antideslumbrante hasta 250 W

14 Ud. Suministro y colocación de rejilla antideslumbrante hasta 400 W

6 Ud. Suministro y colocación de faldón antideslumbrante hasta 150 W

5 Ud. Suministro y colocación de faldón antideslumbrante hasta 250 W

3 Ud. Suministro y colocación de faldón antideslumbrante hasta 400 W

39 Ud. Suministro y colocación de rejillas antivandálicas para farol Villa existente

16 Ud. Suministro y colocación de reflector asimétrico en farol Villa existente

9 Ud. Suministro y colocación de reflector asimétrico en farol Fernandino existente

Nota: Las cantidades relacionadas se han obtenido en base a la experiencia de años anteriores, si bien no

presupone en ningún caso que puedan repetirse en todos sus apartados en los próximos ejercicios.

Page 114: DEPARTAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO...funcionamiento del alumbrado público, minimizar los posibles peligros que puedan 9 ocasionarse a personas o cosas, adecuar las instalaciones a

114

CUANTIFICACIÓN MENSUAL POR ZONAS

ZONA SUROESTE

CONSERVACIÓN PROGRAMADA

7.990 Ud. HASTA 100 W SAP

39.804 Ud. 150 W SAP

11.380 Ud. 250 W SAP

2.215 Ud. 400 W SAP

0 Ud. 600 W SAP

203 Ud. 750 W SAP

462 Ud. 1.000 W SAP

3 Ud. HASTA 125 W MCC

19 Ud. 250 W MCC

106 Ud. 400 W MCC

63 Ud. HASTA 175 W HAL

10 Ud. 250 W HAL

64 Ud. 400 W HAL

1.186 Ud. 1.000 W HAL

1 Ud. 1.500 W HAL

1 Ud. 2.000 W HAL

NOTA: SAP: Sodio Alta Presión

MCC: Mercurio Color Corregido

HAL: Halogenuros Metálicos

ESTABILIZADORES-VARIADORES SIN ALMACENAMIENTO Y TRANSMISIÓN DE DATOS

1 Ud. HASTA 20 KVA

1 Ud. HASTA 30 KVA

1 Ud. HASTA 40 KVA

1 Ud. HASTA 50 KVA

1 Ud. HASTA 60 KVA

1 Ud. HASTA 80 KVA

Page 115: DEPARTAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO...funcionamiento del alumbrado público, minimizar los posibles peligros que puedan 9 ocasionarse a personas o cosas, adecuar las instalaciones a

115

ESTABILIZADORES-VARIADORES CON ALMACENAMIENTO Y TRANSMISIÓN DE DATOS

1 Ud. HASTA 20 KVA

1 Ud. HASTA 30 KVA

1 Ud. HASTA 40 KVA

1 Ud. HASTA 50 KVA

1 Ud. HASTA 60 KVA

1 Ud. HASTA 80 KVA

CONSERVACIÓN GENERAL

1 Ud. HASTA 100 W INCANDESCENCIA ESTÁNDAR

1 Ud. 200 W INCANDESCENCIA ESTÁNDAR

125 Ud. 300 W INCANDESCENCIA ESTÁNDAR

1 Ud. HASTA 500 W INCANDESCENCIA CUARZO IODO

2 Ud. 1.000 W INCANDESCENCIA CUARZO IODO

12 Ud. MÁS DE 1000 W INCANDESCENCIA CUARZO IODO

29 Ud. HASTA 58 W FLUO

3 Ud. HASTA 2x58 W FLUO

1 Ud. HASTA 160 W LM

2 Ud. 250 W LM

INSTALACIONES DEPORTIVAS Y PARQUES SOMETIDOS A VANDALISMO

1 Ud. HASTA 150 W SAP

1 Ud. 250 W SAP

1 Ud. 400 W SAP

1 Ud. 600 W SAP

1 Ud. 750 W SAP

1 Ud. 1.000 W SAP

1 Ud. 2x400 W SAP

1 Ud. HASTA 125 W MCC

1 Ud. 250 W MCC

1 Ud. 400 W MCC

1 Ud. HASTA 175 W HAL

Page 116: DEPARTAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO...funcionamiento del alumbrado público, minimizar los posibles peligros que puedan 9 ocasionarse a personas o cosas, adecuar las instalaciones a

116

1 Ud. 250 W HAL

1 Ud. 400 W HAL

1 Ud. 1.000 W HAL

1 Ud. 1.500 W HAL

1 Ud. 2.000 W HAL

NOTA: SAP: Sodio Alta Presión

MCC: Mercurio Color Corregido

HAL: Halogenuros Metálicos

CONSERVACIÓN PROGRAMADA PASOS INFERIORES DE VEHÍCULOS

225 Ud. HASTA 100 W SAP 1.185 Ud. 150 W SAP

755 Ud. 250 W SAP 98 Ud. 400 W SAP 32 Ud. 2x100 W SAP

8 Ud. 2x150 W SAP 1 Ud. 2x250 W SAP

130 Ud. 2x400 W SAP

5 Ud. 150 W SAP DOBLE TUBO 9 Ud. 250 W SAP DOBLE TUBO 1 Ud. 400 W SAP DOBLE TUBO

1 Ud. 250 W HAL 1 Ud. 400 W HAL

CONSERVACIÓN PROGRAMADA PASOS INFERIORES DE PEATONES

8 Ud. HASTA 36 W FLUO 1 Ud. 58 W FLUO 2 Ud. 2x18 W FLUO 4 Ud. 2x36 W FLUO 1 Ud. 2x58 W FLUO 1 Ud. 4x18 W FLUO 1 Ud. 4x36 W FLUO 1 Ud. 10x36 W FLUO

1 Ud. 125 W MCC

Page 117: DEPARTAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO...funcionamiento del alumbrado público, minimizar los posibles peligros que puedan 9 ocasionarse a personas o cosas, adecuar las instalaciones a

117

1 Ud. HASTA 100 W SAP 9 Ud. 150 W SAP

3 Ud. 250 W HAL

REPOSICIÓN DE LÁMPARAS

167 Ud. HASTA 100 W SAP

830 Ud. 150 W SAP

234 Ud. 250 W SAP

47 Ud. 400 W SAP

1 Ud. 600 W SAP

5 Ud. 750 W SAP

10 Ud. 1.000 W SAP

2 Ud. 150 W SAP DOBLE TUBO

2 Ud. 250 W SAP DOBLE TUBO

1 Ud. 400 W SAP DOBLE TUBO

1 Ud. HASTA 125 W MCC

2 Ud. 250 W MCC

3 Ud. 400 W MCC

2 Ud. HASTA 175 W HAL

1 Ud. 250 W HAL

2 Ud. 400 W HAL

26 Ud. 1.000 W HAL

1 Ud. 1.500 W HAL

1 Ud. 2.000 W HAL

1 Ud. 18 W FLUO

2 Ud. 36 W FLUO

1 Ud. 58 W FLUO

LIMPIEZA

2 Ud. Luminaria CERRADA hasta 2 metros de altura

401 Ud. Luminaria CERRADA de 2,1 a 9 metros de altura

186 Ud. Luminaria CERRADA de 9,1 a 12 metros de altura

Page 118: DEPARTAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO...funcionamiento del alumbrado público, minimizar los posibles peligros que puedan 9 ocasionarse a personas o cosas, adecuar las instalaciones a

118

116 Ud. Luminaria CERRADA más de 12 metros de altura

25 Ud. Luminaria ABIERTA hasta 9 metros de altura

6 Ud. Luminaria ABIERTA más de 9 metros de altura

1.054 Ud. Luminaria ESFÉRICA

558 Ud. Farol VILLA

299 Ud. Farol FERNANDINO Plástico

17 Ud. Farol FERNANDINO Vidrio

21 Ud. OTROS Plástico

2 Ud. OTROS Vidrio

36 Ud. Lavado de SOPORTE (hasta 3,3 metros de altura)

LIMPIEZA EN PASOS INFERIORES DE VEHÍCULOS

28 Ud. HASTA 100 W SAP

299 Ud. 150 W SAP

189 Ud. 250 W SAP

26 Ud. 400 W SAP

1 Ud. 2x100 W SAP

1 Ud. 2x150 W SAP

1 Ud. 2x250 W SAP

33 Ud. 2x400 W SAP

1 Ud. 250 W HAL

1 Ud. 400 W HAL

LIMPIEZA EN PASOS INFERIORES DE PEATONES

1 Ud. HASTA 36 W FLUO

1 Ud. 58 W FLUO

1 Ud. 2x18 W FLUO

1 Ud. 2x36 W FLUO

1 Ud. 2x58 W FLUO

1 Ud. 4x18 W FLUO

1 Ud. 4x36 W FLUO

1 Ud. 10x36 W FLUO

1 Ud. 125 W MCC

Page 119: DEPARTAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO...funcionamiento del alumbrado público, minimizar los posibles peligros que puedan 9 ocasionarse a personas o cosas, adecuar las instalaciones a

119

1 Ud. HASTA 100 W SAP

2 Ud. 150 W SAP

1 Ud. 250 W HAL

NOTA: A efectos de limpieza, las luminarias con lámparas de doble tubo se consideran igual que las que tienen

lámparas de un solo tubo

REPINTADO DE SOPORTES DE ACERO

194 Ud. Columna galvanizada hasta 4 metros

199 Ud. Columna o báculo galvanizado de 4,1 a 9 metros

134 Ud. Columna o báculo galvanizado de 9,1 a 12 metros

36 Ud. Columna o báculo galvanizado de 12,1 a 14 metros

10 Ud. Columna o báculo galvanizado de 14,1 a 20 metros

1 Ud. Columna o báculo galvanizado de más de 20 metros

102 Ud. Columna o báculo galvanizado por cada brazo además del primero

1 Ud. Restauración de columna galvanizada hasta 4 metros

1 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado de 4,1 a 9 metros

1 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado de 9,1 a 12 metros

1 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado de 12,1 a 14 metros

1 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado de 14,1 a 20 metros

1 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado de más de 20 metros

7 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado por cada brazo además del primero

2 Ud. Brazo mural galvanizado hasta 1,5 metros

1 Ud. Brazo mural galvanizado de 1,6 a 2 metros

1 Ud. Brazo mural galvanizado de más de 2 metros

29 Ud. Numeración de punto de luz hasta 3,3 metros de altura

21 Ud. Numeración de punto de luz a más de 3,3 metros de altura

1 Ud. Imprimación y pintura de armario AM-1

1 Ud. Imprimación y pintura de armario AM-2

1 Ud. Repintado de armario AM-1

1 Ud. Repintado de armario AM-2

Page 120: DEPARTAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO...funcionamiento del alumbrado público, minimizar los posibles peligros que puedan 9 ocasionarse a personas o cosas, adecuar las instalaciones a

120

REPINTADO DE ELEMENTOS DE FUNDICIÓN

29 Ud. Candelabro tipo VILLA

37 Ud. Candelabro tipo FERNANDINO hasta 5 metros de altura

6 Ud. Candelabro tipo FERNANDINO de más de 5 metros de altura

16 Ud. Candelabro tipo FERNANDINO por cada brazo además del primero

18 Ud. Palomilla tipo VILLA

22 Ud. Palomilla tipo FERNANDINA de hasta 0,9 metros

13 Ud. Palomilla tipo FERNANDINA de más de 0,9 metros

19 Ud. Cabeza de farol tipo VILLA

6 Ud. Cabeza de farol tipo FERNANDINO modelo reducido

23 Ud. Cabeza de farol tipo FERNANDINO modelo normal

9 Ud. Cabeza de farol tipo FERNANDINO gran modelo

REEMPLAZAMIENTOS Y SUMINISTROS

8 Ud. Sustitución de lámpara de mercurio por 150 W SAP

8 Ud. Sustitución de lámpara de mercurio por 250 W SAP

1 Ud. Sustitución de lámpara de mercurio por 400 W SAP

2 Ud. Sustitución de luminaria por otra cerrada de 150 W SAP

3 Ud. Sustitución de luminaria por otra cerrada de 250 W SAP

1 Ud. Sustitución de luminaria por otra cerrada de 400 W SAP

28 Ud. Sustitución de farol Villa por otro con reflector de 100 W SAP

15 Ud. Sustitución de farol Villa por otro con reflector de 150 W SAP

8 Ud. Sustitución de farol Fernandino (m. normal) por otro con reflector de 100 W SAP

7 Ud. Sustitución de farol Fernandino (m. normal) por otro con reflector de 150 W SAP

3 Ud. Sustitución de farol Fernandino (gran mod.) por otro con reflector de 150 W SAP

2 Ud. Sustitución de farol Fernandino (gran mod.) por otro con reflector de 250 W SAP

10 Ud. Sustitución de manguito terminal en brazo mural o báculo

65 Ud. Hora de oficial electricista

26 Ud. Hora de ayudante

18 Ud. Hora de coche escala hasta 12 metros

18 Ud. Hora de coche escala más de 12 metros

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121

5 Ud. Restauración y limpieza de luminaria en taller de 150 W SAP

6 Ud. Restauración y limpieza de luminaria en taller de 250 W SAP

8 Ud. Restauración y limpieza de luminaria en taller de 400 W SAP

2 Ud. Restauración y limpieza de luminaria en taller de 750 W SAP

5 Ud. Restauración y limpieza de luminaria en taller de 1000 W SAP

16 Ud. Suministro y colocación de rejilla antideslumbrante hasta 150 W

9 Ud. Suministro y colocación de rejilla antideslumbrante hasta 250 W

10 Ud. Suministro y colocación de rejilla antideslumbrante hasta 400 W

19 Ud. Suministro y colocación de faldón antideslumbrante hasta 150 W

9 Ud. Suministro y colocación de faldón antideslumbrante hasta 250 W

6 Ud. Suministro y colocación de faldón antideslumbrante hasta 400 W

18 Ud. Suministro y colocación de rejillas antivandálicas para farol Villa existente

17 Ud. Suministro y colocación de reflector asimétrico en farol Villa existente

15 Ud. Suministro y colocación de reflector asimétrico en farol Fernandino existente

Nota: Las cantidades relacionadas se han obtenido en base a la experiencia de años anteriores, si bien no

presupone en ningún caso que puedan repetirse en todos sus apartados en los próximos ejercicios.

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122

CUANTIFICACIÓN MENSUAL POR ZONAS

ZONA NOROESTE

CONSERVACIÓN PROGRAMADA

10.198 Ud. HASTA 100 W SAP

26.377 Ud. 150 W SAP

13.360 Ud. 250 W SAP

3.985 Ud. 400 W SAP

5 Ud. 600 W SAP

84 Ud. 750 W SAP

166 Ud. 1.000 W SAP

1.206 Ud. HASTA 125 W MCC

536 Ud. 250 W MCC

15 Ud. 400 W MCC

475 Ud. HASTA 175 W HAL

159 Ud. 250 W HAL

436 Ud. 400 W HAL

59 Ud. 1.000 W HAL

59 Ud. 1.500 W HAL

61 Ud. 2.000 W HAL

NOTA: SAP: Sodio Alta Presión

MCC: Mercurio Color Corregido

HAL: Halogenuros Metálicos

ESTABILIZADORES-VARIADORES SIN ALMACENAMIENTO Y TRANSMISIÓN DE DATOS

6 Ud. HASTA 20 KVA

2 Ud. HASTA 30 KVA

5 Ud. HASTA 40 KVA

3 Ud. HASTA 50 KVA

2 Ud. HASTA 60 KVA

1 Ud. HASTA 80 KVA

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123

ESTABILIZADORES-VARIADORES CON ALMACENAMIENTO Y TRANSMISIÓN DE DATOS

4 Ud. HASTA 20 KVA

5 Ud. HASTA 30 KVA

7 Ud. HASTA 40 KVA

3 Ud. HASTA 50 KVA

2 Ud. HASTA 60 KVA

1 Ud. HASTA 80 KVA

CONSERVACIÓN GENERAL

16 Ud. HASTA 100 W INCANDESCENCIA ESTÁNDAR

84 Ud. 200 W INCANDESCENCIA ESTÁNDAR

29 Ud. 300 W INCANDESCENCIA ESTÁNDAR

22 Ud. HASTA 500 W INCANDESCENCIA CUARZO IODO

6 Ud. 1.000 W INCANDESCENCIA CUARZO IODO

22 Ud. MÁS DE 1000 W INCANDESCENCIA CUARZO IODO

771 Ud. HASTA 58 W FLUO

36 Ud. HASTA 2x58 W FLUO

3 Ud. HASTA 160 W LM

1 Ud. 250 W LM

INSTALACIONES DEPORTIVAS Y PARQUES SOMETIDOS A VANDALISMO

1 Ud. HASTA 150 W SAP

1 Ud. 250 W SAP

1 Ud. 400 W SAP

1 Ud. 600 W SAP

1 Ud. 750 W SAP

1 Ud. 1.000 W SAP

1 Ud. 2x400 W SAP

1 Ud. HASTA 125 W MCC

1 Ud. 250 W MCC

1 Ud. 400 W MCC

1 Ud. HASTA 175 W HAL

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124

1 Ud. 250 W HAL

1 Ud. 400 W HAL

1 Ud. 1.000 W HAL

1 Ud. 1.500 W HAL

1 Ud. 2.000 W HAL

NOTA: SAP: Sodio Alta Presión

MCC: Mercurio Color Corregido

HAL: Halogenuros Metálicos

CONSERVACIÓN PROGRAMADA PASOS INFERIORES DE VEHÍCULOS

669 Ud. HASTA 100 W SAP 786 Ud. 150 W SAP 999 Ud. 250 W SAP 369 Ud. 400 W SAP 16 Ud. 2x100 W SAP 42 Ud. 2x150 W SAP 11 Ud. 2x250 W SAP 77 Ud. 2x400 W SAP

9 Ud. 150 W SAP DOBLE TUBO

12 Ud. 250 W SAP DOBLE TUBO 13 Ud. 400 W SAP DOBLE TUBO

1 Ud. 250 W HAL 1 Ud. 400 W HAL

CONSERVACIÓN PROGRAMADA PASOS INFERIORES DE PEATONES

23 Ud. HASTA 36 W FLUO 25 Ud. 58 W FLUO 46 Ud. 2x18 W FLUO

2 Ud. 2x36 W FLUO 2 Ud. 2x58 W FLUO 1 Ud. 4x18 W FLUO

10 Ud. 4x36 W FLUO 1 Ud. 10x36 W FLUO

2 Ud. 125 W MCC

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125

1 Ud. HASTA 100 W SAP 8 Ud. 150 W SAP

5 Ud. 250 W HAL

REPOSICIÓN DE LÁMPARAS

223 Ud. HASTA 100 W SAP

556 Ud. 150 W SAP

286 Ud. 250 W SAP

116 Ud. 400 W SAP

1 Ud. 600 W SAP

3 Ud. 750 W SAP

5 Ud. 1.000 W SAP

2 Ud. 150 W SAP DOBLE TUBO

3 Ud. 250 W SAP DOBLE TUBO

1 Ud. 400 W SAP DOBLE TUBO

26 Ud. HASTA 125 W MCC

12 Ud. 250 W MCC

2 Ud. 400 W MCC

11 Ud. HASTA 175 W HAL

4 Ud. 250 W HAL

10 Ud. 400 W HAL

2 Ud. 1.000 W HAL

2 Ud. 1.500 W HAL

2 Ud. 2.000 W HAL

18 Ud. 18 W FLUO

16 Ud. 36 W FLUO

25 Ud. 58 W FLUO

LIMPIEZA

9 Ud. Luminaria CERRADA hasta 2 metros de altura

666 Ud. Luminaria CERRADA de 2,1 a 9 metros de altura

542 Ud. Luminaria CERRADA de 9,1 a 12 metros de altura

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126

59 Ud. Luminaria CERRADA más de 12 metros de altura

54 Ud. Luminaria ABIERTA hasta 9 metros de altura

3 Ud. Luminaria ABIERTA más de 9 metros de altura

1.002 Ud. Luminaria ESFÉRICA

708 Ud. Farol VILLA

55 Ud. Farol FERNANDINO Plástico

8 Ud. Farol FERNANDINO Vidrio

156 Ud. OTROS Plástico

25 Ud. OTROS Vidrio

36 Ud. Lavado de SOPORTE (hasta 3,3 metros de altura)

LIMPIEZA EN PASOS INFERIORES DE VEHÍCULOS

168 Ud. HASTA 100 W SAP

200 Ud. 150 W SAP

251 Ud. 250 W SAP

95 Ud. 400 W SAP

5 Ud. 2x100 W SAP

12 Ud. 2x150 W SAP

3 Ud. 2x250 W SAP

22 Ud. 2x400 W SAP

1 Ud. 250 W HAL

1 Ud. 400 W HAL

LIMPIEZA EN PASOS INFERIORES DE PEATONES

6 Ud. HASTA 36 W FLUO

7 Ud. 58 W FLUO

12 Ud. 2x18 W FLUO

2 Ud. 2x36 W FLUO

2 Ud. 2x58 W FLUO

1 Ud. 4x18 W FLUO

3 Ud. 4x36 W FLUO

1 Ud. 10x36 W FLUO

1 Ud. 125 W MCC

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127

1 Ud. HASTA 100 W SAP

3 Ud. 150 W SAP

3 Ud. 250 W HAL

NOTA: A efectos de limpieza, las luminarias con lámparas de doble tubo se consideran igual que las que tienen

lámparas de un solo tubo

REPINTADO DE SOPORTES DE ACERO

171 Ud. Columna galvanizada hasta 4 metros

225 Ud. Columna o báculo galvanizado de 4,1 a 9 metros

255 Ud. Columna o báculo galvanizado de 9,1 a 12 metros

121 Ud. Columna o báculo galvanizado de 12,1 a 14 metros

46 Ud. Columna o báculo galvanizado de 14,1 a 20 metros

3 Ud. Columna o báculo galvanizado de más de 20 metros

103 Ud. Columna o báculo galvanizado por cada brazo además del primero

7 Ud. Restauración de columna galvanizada hasta 4 metros

13 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado de 4,1 a 9 metros

10 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado de 9,1 a 12 metros

6 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado de 12,1 a 14 metros

1 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado de 14,1 a 20 metros

1 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado de más de 20 metros

2 Ud. Restauración de columna o báculo galvanizado por cada brazo además del primero

15 Ud. Brazo mural galvanizado hasta 1,5 metros

7 Ud. Brazo mural galvanizado de 1,6 a 2 metros

3 Ud. Brazo mural galvanizado de más de 2 metros

39 Ud. Numeración de punto de luz hasta 3,3 metros de altura

15 Ud. Numeración de punto de luz a más de 3,3 metros de altura

6 Ud. Imprimación y pintura de armario AM-1

7 Ud. Imprimación y pintura de armario AM-2

5 Ud. Repintado de armario AM-1

9 Ud. Repintado de armario AM-2

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REPINTADO DE ELEMENTOS DE FUNDICIÓN

55 Ud. Candelabro tipo VILLA

89 Ud. Candelabro tipo FERNANDINO hasta 5 metros de altura

18 Ud. Candelabro tipo FERNANDINO de más de 5 metros de altura

8 Ud. Candelabro tipo FERNANDINO por cada brazo además del primero

35 Ud. Palomilla tipo VILLA

15 Ud. Palomilla tipo FERNANDINA de hasta 0,9 metros

6 Ud. Palomilla tipo FERNANDINA de más de 0,9 metros

25 Ud. Cabeza de farol tipo VILLA

6 Ud. Cabeza de farol tipo FERNANDINO modelo reducido

22 Ud. Cabeza de farol tipo FERNANDINO modelo normal

3 Ud. Cabeza de farol tipo FERNANDINO gran modelo

REEMPLAZAMIENTOS Y SUMINISTROS

10 Ud. Sustitución de lámpara de mercurio por 150 W SAP

8 Ud. Sustitución de lámpara de mercurio por 250 W SAP

6 Ud. Sustitución de lámpara de mercurio por 400 W SAP

9 Ud. Sustitución de luminaria por otra cerrada de 150 W SAP

10 Ud. Sustitución de luminaria por otra cerrada de 250 W SAP

3 Ud. Sustitución de luminaria por otra cerrada de 400 W SAP

20 Ud. Sustitución de farol Villa por otro con reflector de 100 W SAP

12 Ud. Sustitución de farol Villa por otro con reflector de 150 W SAP

9 Ud. Sustitución de farol Fernandino (m. normal) por otro con reflector de 100 W SAP

9 Ud. Sustitución de farol Fernandino (m. normal) por otro con reflector de 150 W SAP

5 Ud. Sustitución de farol Fernandino (gran mod.) por otro con reflector de 150 W SAP

1 Ud. Sustitución de farol Fernandino (gran mod.) por otro con reflector de 250 W SAP

13 Ud. Sustitución de manguito terminal en brazo mural o báculo

55 Ud. Hora de oficial electricista

26 Ud. Hora de ayudante

15 Ud. Hora de coche escala hasta 12 metros

15 Ud. Hora de coche escala más de 12 metros

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129

6 Ud. Restauración y limpieza de luminaria en taller de 150 W SAP

7 Ud. Restauración y limpieza de luminaria en taller de 250 W SAP

3 Ud. Restauración y limpieza de luminaria en taller de 400 W SAP

1 Ud. Restauración y limpieza de luminaria en taller de 750 W SAP

2 Ud. Restauración y limpieza de luminaria en taller de 1000 W SAP

18 Ud. Suministro y colocación de rejilla antideslumbrante hasta 150 W

12 Ud. Suministro y colocación de rejilla antideslumbrante hasta 250 W

10 Ud. Suministro y colocación de rejilla antideslumbrante hasta 400 W

10 Ud. Suministro y colocación de faldón antideslumbrante hasta 150 W

5 Ud. Suministro y colocación de faldón antideslumbrante hasta 250 W

4 Ud. Suministro y colocación de faldón antideslumbrante hasta 400 W

15 Ud. Suministro y colocación de rejillas antivandálicas para farol Villa existente

25 Ud. Suministro y colocación de reflector asimétrico en farol Villa existente

9 Ud. Suministro y colocación de reflector asimétrico en farol Fernandino existente

Nota: Las cantidades relacionadas se han obtenido en base a la experiencia de años anteriores, si bien no

presupone en ningún caso que puedan repetirse en todos sus apartados en los próximos ejercicios.

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130

ANEXO Nº 2

CUADRO DE PRECIOS PARTE 1ª-CONSERVACIÓN

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Conservación Programada

Código Concepto Precio (€) 1,001 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 100 W de sodio a alta presión incluyendo las

operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

1,010 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 150 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

1,020 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 250 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

1,030 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 400 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

1,040 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 600 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

1,050 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 750 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

1,060 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 1000 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

1,070 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 125 W de vapor de mercurio color corregido incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

1,080 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 250 W de vapor de mercurio color corregido incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

1,090 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 400 W de vapor de mercurio color corregido incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

1,100 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 175 W de halogenuros metálicos incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

1,110 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 250 W de halogenuros metálicos incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

1,120 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 400 W de halogenuros metálicos incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

1,130 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 1000 W de halogenuros metálicos incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

1,140 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 1500 W de halogenuros metálicos incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

1,150 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 2000 W de halogenuros metálicos incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

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132

1,160 Unidad de conservación mensual de estabilizador-variador de tensión de hasta 20 KVA sin almacenamiento ni transmisión de datos, incluyendo todos los materiales y mano de obra necesarios para el normal funcionamiento.

1,170 Unidad de conservación mensual de estabilizador-variador de tensión de hasta 30 KVA sin almacenamiento ni transmisión de datos, incluyendo todos los materiales y mano de obra necesarios para el normal funcionamiento.

1,180 Unidad de conservación mensual de estabilizador-variador de tensión de hasta 40 KVA sin almacenamiento ni transmisión de datos, incluyendo todos los materiales y mano de obra necesarios para el normal funcionamiento.

1,190 Unidad de conservación mensual de estabilizador-variador de tensión de hasta 50 KVA sin almacenamiento ni transmisión de datos, incluyendo todos los materiales y mano de obra necesarios para el normal funcionamiento.

1,200 Unidad de conservación mensual de estabilizador-variador de tensión de hasta 60 KVA sin almacenamiento ni transmisión de datos, incluyendo todos los materiales y mano de obra necesarios para el normal funcionamiento.

1,210 Unidad de conservación mensual de estabilizador-variador de tensión de hasta 80 KVA sin almacenamiento ni transmisión de datos, incluyendo todos los materiales y mano de obra necesarios para el normal funcionamiento.

1,220 Unidad de conservación mensual de estabilizador-variador de tensión de hasta 20 KVA con almacenamiento y transmisión de datos, incluyendo todos los materiales y mano de obra necesarios para el normal funcionamiento.

1,230 Unidad de conservación mensual de estabilizador-variador de tensión de hasta 30 KVA con almacenamiento y transmisión de datos, incluyendo todos los materiales y mano de obra necesarios para el normal funcionamiento.

1,240 Unidad de conservación mensual de estabilizador-variador de tensión de hasta 40 KVA con almacenamiento y transmisión de datos, incluyendo todos los materiales y mano de obra necesarios para el normal funcionamiento.

1,250 Unidad de conservación mensual de estabilizador-variador de tensión de hasta 50 KVA con almacenamiento y transmisión de datos, incluyendo todos los materiales y mano de obra necesarios para el normal funcionamiento.

1,260 Unidad de conservación mensual de estabilizador-variador de tensión de hasta 60 KVA con almacenamiento y transmisión de datos, incluyendo todos los materiales y mano de obra necesarios para el normal funcionamiento.

1,270 Unidad de conservación mensual de estabilizador-variador de tensión de hasta 80 KVA con almacenamiento y transmisión de datos, incluyendo todos los materiales y mano de obra necesarios para el normal funcionamiento.

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133

Conservación General

Código Concepto Precio (€) 2,001 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 100 W de lámpara incandescente incluyendo

las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,010 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 200 W de lámpara incandescente incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,020 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 300 W de lámpara incandescente incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,030 Ud. conservación mensual punto de luz de hasta 500 W de lámpara incandescente (cuarzo iodo) incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,040 Ud. conservación mensual punto de luz hasta 1000 W de lámpara incandescente (cuarzo iodo) incluyendo operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,050 Ud. conservación mensual punto de luz de más de 1000 W de lámpara incandescente (cuarzo iodo) incluyendo operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,060 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 58 W de lámpara fluorescente incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,070 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 2x 58 W de lámpara fluorescente incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,080 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 160 W de lámparas de luz mezcla incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,090 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 250 W de lámparas de luz mezcla incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

INSTALACIONES DEPORTIVAS Y PARQUES SOMETIDOS A VANDALISMO

2,100 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 150 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,110 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 250 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,120 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 400 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,130 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 600 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,140 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 750 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,150 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 1000 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,160 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 2x 400 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

Page 134: DEPARTAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO...funcionamiento del alumbrado público, minimizar los posibles peligros que puedan 9 ocasionarse a personas o cosas, adecuar las instalaciones a

134

2,170 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 125 W de vapor de mercurio color corregido incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,180 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 250 W de vapor de mercurio color corregido incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,190 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 400 W de vapor de mercurio color corregido incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,200 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 175 W de halogenuros metálicos incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,210 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 250 W de halogenuros metálicos incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,220 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 400 W de halogenuros metálicos incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,230 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 1000 W de halogenuros metálicos incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,240 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 1500 W de halogenuros metálicos incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

2,250 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 2000 W de halogenuros metálicos incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

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Conservación Programada Pasos Inferiores de vehículos

Código Concepto Precio (€) 3,001 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 100 W de sodio a alta presión incluyendo las

operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

3,010 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 150 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

3,020 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 250 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

3,030 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 400 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

3,040 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 2x100 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

3,050 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 2x150 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

3,060 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 2x250 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

3,070 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 2x400 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

3,080 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 150 W de sodio a alta presión de doble tubo o arranque instantáneo incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros del P.C.T.P.

3,090 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 250 W de sodio a alta presión de doble tubo o arranque instantáneo incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros del P.C.T.P.

3,100 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 400 W de sodio a alta presión de doble tubo o arranque instantáneo incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros del P.C.T.P.

3,110 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 250 W de halogenuros metálicos incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

3,120 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 400 W de halogenuros metálicos incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

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Conservación Programada Pasos Inferiores de peatones

Código Concepto Precio (€) 4,001 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 36 W de lámpara fluorescente incluyendo las

operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

4,010 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 58 W de lámpara fluorescente incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

4,020 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 2x18 W de lámpara fluorescente incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

4,030 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 2x36 W de lámpara fluorescente incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

4,040 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 2x58 W de lámpara fluorescente incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

4,050 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 4x18 W de lámpara fluorescente incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

4,060 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 4x36 W de lámpara fluorescente incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

4,070 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 10x 36 W de lámpara fluorescente incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

4,080 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 125 W de vapor de mercurio de color corregido incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

4,090 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 100 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

4,100 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 150 W de sodio a alta presión incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

4,110 Unidad de conservación mensual de punto de luz de hasta 250 W de halogenuros metálicos incluyendo las operaciones de la parte primera capítulo II todos los artículos y capítulo IV artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

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Reposición

Código Concepto Precio (€) 5,001 Unidad de reposición de lámpara de hasta 100 W de sodio a alta presión incluyendo los materiales, mano

de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

5,010 Unidad de reposición de lámpara de hasta 150 W de sodio a alta presión incluyendo los materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

5,020 Unidad de reposición de lámpara de hasta 250 W de sodio a alta presión incluyendo los materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

5,030 Unidad de reposición de lámpara de hasta 400 W de sodio a alta presión incluyendo los materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

5,040 Unidad de reposición de lámpara de hasta 600 W de sodio a alta presión incluyendo los materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

5,050 Unidad de reposición de lámpara de hasta 750 W de sodio a alta presión incluyendo los materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

5,060 Unidad de reposición de lámpara de hasta 1000 W de sodio a alta presión incluyendo los materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

5,070 Unidad de reposición de lámpara de hasta 150 W de sodio a alta presión doble tubo incluyendo los materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

5,080 Unidad de reposición de lámpara de hasta 250 W de sodio a alta presión doble tubo incluyendo los materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

5,090 Unidad de reposición de lámpara de hasta 400 W de sodio a alta presión doble tubo incluyendo los materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

5,100 Unidad de reposición de lámpara de hasta 125 W de vapor de mercurio color corregido incluyendo los materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

5,110 Unidad de reposición de lámpara de hasta 250 W de vapor de mercurio color corregido incluyendo los materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

5,120 Unidad de reposición de lámpara de hasta 400 W de vapor de mercurio color corregido incluyendo los materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

5,130 Unidad de reposición de lámpara de hasta 175 W de halogenuros metálicos doble tubo incluyendo los materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

5,140 Unidad de reposición de lámpara de hasta 250 W de halogenuros metálicos doble tubo incluyendo los materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

5,150 Unidad de reposición de lámpara de hasta 400 W de halogenuros metálicos incluyendo los materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

5,160 Unidad de reposición de lámpara de hasta 1000 W de halogenuros metálicos incluyendo los materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

5,170 Unidad de reposición de lámpara de hasta 1500 W de halogenuros metálicos incluyendo los materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

5,180 Unidad de reposición de lámpara de hasta 2000 W de halogenuros metálicos incluyendo los materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

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5,190 Unidad de reposición de lámpara de hasta 18 W de lámpara fluorescente incluyendo los materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

5,200 Unidad de reposición de lámpara de hasta 36 W de lámpara fluorescente incluyendo los materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

5,210 Unidad de reposición de lámpara de hasta 58 W de lámpara fluorescente incluyendo los materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera capítulo III artículo 5 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

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Limpieza

Código Concepto Precio (€) 6,001 Unidad de limpieza de luminaria cerrada situada hasta 2 m de altura incluyendo materiales, mano de

obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

6,010 Unidad de limpieza de luminaria cerrada situada de 2,1 m. hasta 9 m de altura incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

6,020 Unidad de limpieza de luminaria cerrada situada de 9,1 m. hasta 12 m de altura incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

6,030 Unidad de limpieza de luminaria cerrada situada a más de 12 m de altura incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

6,040 Unidad de limpieza de luminaria abierta situada hasta 9 m de altura incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

6,050 Unidad de limpieza de luminaria abierta situada a más de 9,1 m de altura incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

6,060 Unidad de limpieza de luminaria esférica, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

6,070 Unidad de limpieza de luminaria tipo villa de plástico incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

6,080 Unidad de limpieza de luminaria tipo fernandino de plástico incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

6,090 Unidad de limpieza de luminaria tipo fernandino de vidrio, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

6,100 Unidad de limpieza de otros tipos de luminaria de plástico, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

6,110 Unidad de limpieza de otros tipos de luminaria de vidrio, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

6,120 Unidad de limpieza de lavado de soporte de todo tipo, de hasta 3,3 m de altura incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

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Limpieza Pasos Inferiores de vehículos

Código Concepto Precio (€) 7,001 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 100 W de sodio a alta presión incluyendo materiales, mano

de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

7,010 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 150 W de sodio a alta presión incluyendo materiales, mano de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

7,020 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 250 W de sodio a alta presión incluyendo materiales, mano de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

7,030 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 400 W de sodio a alta presión incluyendo materiales, mano de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

7,040 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 2x100 W de sodio a alta presión incluyendo materiales, mano de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

7,050 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 2x150 W de sodio a alta presión incluyendo materiales, mano de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

7,060 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 2x250 W de sodio a alta presión incluyendo materiales, mano de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

7,070 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 2x 400 W de sodio a alta presión incluyendo materiales, mano de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

7,080 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 250 W de halogenuros metálicos incluyendo materiales, mano de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

7,090 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 400 W de halogenuros metálicos incluyendo materiales, mano de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

NOTA: A efectos de limpieza, las luminarias con lámparas de doble tubo se consideran igual que las que tienen lámparas de un solo tubo

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Limpieza Pasos Inferiores de peatones

Código Concepto Precio (€) 8,001 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 36 W de lámpara fluorescente incluyendo materiales, mano

de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

8,010 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 58 W de lámpara fluorescente incluyendo materiales, mano de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

8,020 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 2x18 W de lámpara fluorescente incluyendo materiales, mano de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

8,030 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 2x36 W de lámpara fluorescente incluyendo materiales, mano de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

8,040 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 2x58 W de lámpara fluorescente incluyendo materiales, mano de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

8,050 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 4x18 W de lámpara fluorescente incluyendo materiales, mano de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

8,060 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 4x36 W de lámpara fluorescente incluyendo materiales, mano de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

8,070 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 10x 36 W de lámpara fluorescente incluyendo materiales, mano de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

8,080 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 125 W de vapor de mercurio de color corregido incluyendo materiales, mano de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

8,090 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 100 W de sodio a alta presión incluyendo materiales, mano de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

8,100 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 150 W de sodio a alta presión incluyendo materiales, mano de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

8,110 Unidad de limpieza de punto de luz de hasta 250 W de halogenuros metálicos incluyendo materiales, mano de obra y medios de la parte primera capítulo III artículos 1, 2 y 3 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

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Repintado de elementos de acero

Código Concepto Precio (€) 9,001 Unidad de pintado de báculo o columna de hasta 4 m de altura incluyendo materiales, mano de obra y

medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

9,010 Unidad de pintado de báculo o columna de 4,1 m hasta 9 m de altura incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

9,020 Unidad de pintado de báculo o columna de 9,1 m hasta 12 m de altura incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

9,030 Unidad de pintado de báculo o columna de 12,1 m hasta 14 m de altura incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

9,040 Unidad de pintado de báculo o columna de 14,1 m hasta 20 m de altura incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

9,050 Unidad de pintado de báculo o columna de más de 20 m de altura incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

9,060 Unidad de pintado de báculo o columna por cada brazo además del primero, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

9,070 Unidad de restauración completa, incluida pintura de báculos y columnas de hasta 4 m de altura incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

9,080 Unidad de restauración completa, incluida pintura de báculos y columnas de 4,1 m hasta 9 m de altura incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

9,090 Unidad de restauración completa, incluida pintura de báculos y columnas de 9,1 m hasta 12 m de altura incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

9,100 Unidad de restauración completa, incluida pintura de báculos y columnas de 12,1 m hasta 14 m de altura incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

9,110 Unidad de restauración completa, incluida pintura de báculos y columnas de 14,1 m hasta 20 m de altura incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

9,120 Unidad de restauración completa, incluida pintura de báculos y columnas de más de 20 m de altura incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

9,130 Unidad de restauración completa, incluida pintura de báculos y columnas por cada brazo además del primero, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

NOTA: Estos precios incluyen la limpieza del soporte, el retoque de imprimación y los despegues de

pegatinas si las hubiera, así como la numeración hasta un máximo de 3,3 m de altura sobre el suelo

9,140 Unidad de pintado de brazo mural de hasta 1,5 m de longitud incluyendo materiales, mano de obra y

medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

9,150 Unidad de pintado de brazo mural de 1,6 m hasta 2 m de longitud incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

9,160 Unidad de pintado de brazo mural de más de 2 m de longitud incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

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NOTA: Estos precios son independientes de la altura a la que esten situadas los brazos e incluye retoque de imprimación.

9,170 Unidad de numeración de punto de luz hasta 3,3 m de altura incluyendo materiales, mano de obra y

medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

9,180 Unidad de numeración de punto de luz a mas de 3,3 m de altura incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

NOTA: Esta numeración solo sería abonable en los casos de orden expresa del DEPARTAMENTO.

9,190 Unidad de imprimación y pintura de armario tipo AM-1 incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

9,200 Unidad de imprimación y pintura de armario tipo AM-2 incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

9,210 Unidad de repintado de armario tipo AM-1 incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

9,220 Unidad de repintado de armario tipo AM-2 incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

NOTA: Estos precios incluyen la eliminación de óxido, retoque de imprimación y numeración.

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Repintado de elementos de fundición

Código Concepto Precio (€) 10,001 Unidad de repintado de candelabros de tipo villa, incluyendo materiales, mano de obra y medios

conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

10,010 Unidad de repintado de candelabros de tipo fernandino, hasta 5 m (incluido), incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

10,020 Unidad de repintado de candelabros de tipo fernandino, de más de 5 m, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

10,030 Unidad de repintado de candelabros de tipo fernandino, por cada brazo, además del primero, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

10,040 Unidad de repintado de palomillas de tipo villa, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

10,050 Unidad de repintado de palomillas de tipo fernandino, hasta 0,9 m (incluido), incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

10,060 Unidad de repintado de palomillas de tipo fernandino, de más de 0,9 m, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

10,070 Unidad de repintado de cabezas de farol de tipo villa, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

10,080 Unidad de repintado de cabezas de farol de tipo fernandino, modelo reducido, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

10,090 Unidad de repintado de cabezas de farol de tipo fernandino, modelo normal, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

10,100 Unidad de repintado de cabezas de farol de tipo fernandino, gran modelo, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo III, artículo 4 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

NOTA: Estos precios incluyen la limpieza del soporte, el retoque de imprimación y los despegues de pegatinas si las hubiera, así como la numeración hasta un máximo de 3,3 m de altura sobre el suelo.

NOTA: Los precios de numeración no incluidos en este cuadro serán según los precios de la página anterior.

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Reemplazamientos y suministros

Código Concepto Precio (€)

11,001 Unidad de sustitución de equipo y lámpara de vapor de mercurio por equipo y lámpara de sodio a alta presión de 150W, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros del P.C.T.P.

11,010 Unidad de sustitución de equipo y lámpara de vapor de mercurio por equipo y lámpara de sodio a alta presión de 250W, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros del P.C.T.P.

11,020 Unidad de sustitución de equipo y lámpara de vapor de mercurio por equipo y lámpara de sodio a alta presión de 400W, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros del P.C.T.P.

11,030 Unidad de sustitución de luminaria por otra cerrada de sodio a alta presión de 150W, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

11,040 Unidad de sustitución de luminaria por otra cerrada de sodio a alta presión de 250W, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

11,050 Unidad de sustitución de luminaria por otra cerrada de sodio a alta presión de 400W, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

11,060 Unidad de sustitución de farol Villa por otro con reflector, con equipo de sodio a alta presión de 100W, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

11,070 Unidad de sustitución de farol Villa por otro con reflector, con equipo de sodio a alta presión de 150W, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

11,080 Unidad de sustitución de farol Fernandino modelo normal por otro con reflector, con equipo de sodio a alta presión de 100W, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros del P.C.T.P.

11,090 Unidad de sustitución de farol Fernandino modelo normal por otro con reflector, con equipo de sodio a alta presión de 150W, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros del P.C.T.P.

11,100 Unidad de sustitución de farol Fernandino gran modelo por otro con reflector, con equipo de sodio a alta presión de 150W, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros del P.C.T.P.

11,110 Unidad de sustitución de farol Fernandino gran modelo por otro con reflector, con equipo de sodio a alta presión de 250W, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros del P.C.T.P.

11,120 Unidad de sustitución de manguito terminal en brazo mural o báculo, incluyendo materiales, mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros que sean de aplicación del P.C.T.P.

11,130 Unidad de prestación de hora de oficial electricista

11,140 Unidad de prestación de hora de ayudante

11,150 Unidad de prestación de hora de coche escala de hasta 12 m Incluido conductor

11,160 Unidad de prestación de hora de coche escala de más de 12 m Incluido conductor

11,170 Unidad de restauración y limpieza de luminaria en taller, incluyendo desmontaje, limpieza, restauración y montaje de luminaria cerrada de sodio a alta presión de hasta 150W, incluyendo materiales, mano de obra y otros medios conforme al P.C.T.P.

11,180 Unidad de restauración y limpieza de luminaria en taller, incluyendo desmontaje, limpieza, restauración y montaje de luminaria cerrada de sodio a alta presión de 250W, incluyendo materiales, mano de obra y otros medios conforme al P.C.T.P.

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11,190 Unidad de restauración y limpieza de luminaria en taller, incluyendo desmontaje, limpieza, restauración y montaje de luminaria cerrada de sodio a alta presión de 400W, incluyendo materiales, mano de obra y otros medios conforme al P.C.T.P.

11,200 Unidad de restauración y limpieza de luminaria en taller, incluyendo desmontaje, limpieza, restauración y montaje de luminaria cerrada de sodio a alta presión de 750W, incluyendo materiales, mano de obra y otros medios conforme al P.C.T.P.

11,210 Unidad de restauración y limpieza de luminaria en taller, incluyendo desmontaje, limpieza, restauración y montaje de luminaria cerrada de sodio a alta presión de 1.000W, incluyendo materiales, mano de obra y otros medios conforme al P.C.T.P.

11,230 Unidad de colocación de visera antideslumbrante para luminaria de hasta 150W, incluyendo materiales (visera), mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros del P.C.T.P.

11,240 Unidad de colocación de visera antideslumbrante para luminaria de hasta 250W, incluyendo materiales

(visera), mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros del P.C.T.P.

11,250 Unidad de colocación de visera antideslumbrante para luminaria de hasta 400W, incluyendo materiales

(visera), mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros del P.C.T.P.

11,260 Unidad de colocación de faldón antideslumbrante para luminaria de hasta 150W, incluyendo materiales

(faldón), mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros del P.C.T.P.

11,270 Unidad de colocación de faldón antideslumbrante para luminaria de hasta 250W, incluyendo materiales

(faldón), mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros del P.C.T.P.

11,280 Unidad de colocación de faldón antideslumbrante para luminaria de hasta 400W, incluyendo materiales

(faldón), mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros del P.C.T.P.

11,290 Unidad de colocación de rejillas antivandálicas en farol Villa, incluyendo materiales (rejillas), mano de

obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros del P.C.T.P.

11,300 Unidad de colocación de grupo óptico en farol Villa, incluyendo materiales (reflector etc.), mano de obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros del P.C.T.P.

11,310 Unidad de colocación de grupo óptico en farol Fernandino, incluyendo materiales (reflector etc.), mano de

obra y medios conforme a la parte primera, capítulo IV, artículo 1 y otros del P.C.T.P.

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ANEXO Nº 3

CUADRO DE PRECIOS PARTE 2ª– ADECUACIÓN Y APOYO A ACTIVIDADES CULTURALES

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Este cuadro se corresponde con el cuadro de precios de obras aprobado por el Ayuntamiento para el año 2008.

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ANEXO Nº 4

OPERACIONES DE ADECUACIÓN A NORMATIVA

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Concepto de adecuación a normativa

Uno de los objetos del presente Pliego es la adecuación a la normativa actual de las

instalaciones de alumbrado público de la ciudad de Madrid actualmente en conservación.

Se entiende como adecuación a normativa, prioritariamente, el cumplimiento de las

instalaciones en lo referente a seguridad eléctrica para las personas y cosas.

Una de las carencias más importantes es la falta de tomas de tierra en los puntos de

alumbrado, que junto con los relés diferenciales, dan cumplimiento a la instrucción ITC-BT-

24 “Protección contra los contactos directos e indirectos” apartado 4.1 “Protección contra los

contactos indirectos”, así como a la ITC-BT-09 “Instalaciones de alumbrado exterior”

apartado 4 “Cuadros de protección, medida y control”.

Cuando la red de alumbrado sea renovada, cumplirá con el la ITC-09 del actual REBT en

cuanto a cableado y red de tierras. Cuando no exista red de tierra y las tomas de tierra sean

individuales, se cumplirá la ITC-BT-24 y la ITC-BT-09 en cuanto a regulación de

diferenciales de acuerdo con los valores de las tomas de tierra.

En general, las tomas de tierra que deben preverse son individuales o en red de acuerdo con

el siguiente criterio:

- Tomas de tierra individuales para canalizaciones enterradas con cables de tensión

asignada 0,6/1kV y con sección mínima de 6mm2, pero obstruidas por lo que no es

posible tender un nuevo cable de red de tierra

- Red de tierra enterrada con tomas de tierra individuales para canalizaciones

enterradas con cables de tensión asignada inferior a 0,6/1kV o secciones inferiores a

6mm2, renovándose la canalización y las líneas.

- Redes murales con una toma de tierra cada cinco puntos de luz, para instalaciones

adosadas a fachada.

Estos sistemas de puesta a tierra se complementan con los relés diferenciales existentes, los

cuales se regularán en sensibilidad según el valor conseguido de la toma de tierra. Las

mediciones de las tomas de tierra serán por cuenta del licitador y así deberá recogerlo en el

proyecto de oferta.

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Las tomas de tierra se ejecutarán de acuerdo con lo indicado en la última actualización de

alumbrado público del Pliego de Condiciones Técnicas Generales del Ayuntamiento de

Madrid (PCTG) y la Normalización de Elementos Constructivos (NEC).

El Contratista, a la hora de redactar el proyecto anual, deberá comprobar qué puntos de esta

zona ya disponen de tierra con el fin de que el número de puntos de luz sobre los que se

actuará quede perfectamente definido en el proyecto.

Debido a que las instalaciones objeto del proyecto sufren modificaciones, es de obligado

cumplimiento adecuar las mismas a normativa en otros aspectos, por lo que también debe

contemplarse otras operaciones complementarias como el cambio de conductores con

secciones o aislamiento fuera de normas, cambio de cajas de derivación, canalizaciones

subterráneas para tendido de cables, cimentaciones para puntos de luz etc.

Las operaciones a realizar deberán indicarse en los listados que se relacionan en el punto

Descripción de las obras, los cuales incluirán los centros de mando afectados, las calles,

números de puntos de luz y operaciones pormenorizadas.

Descripción de las obras

Para la medición del número de tomas de tierra, tapas, arquetas necesarias etc., se deberán

realizar inspecciones por los diferentes emplazamientos para comprobar la existencia de

toma de tierra y su estado actual.

Deberá completarse este trabajo con un reportaje fotográfico donde se refleje el estado actual

de las arquetas, báculos, columnas, tomas de tierra y centros de mando.

Se ha establecido una casuística con las situaciones que se presentan, casos 1 a 3 para las

tomas individuales, 4 y 5 para instalaciones en fachada y casos 6 y 7 para actuaciones en los

soportes y canalizaciones:

- Caso 1: Cuando no exista toma de tierra individual, aunque disponga de una red

equipotencial y exista arqueta y tapa de fundición.

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Actuación: Se instalará una toma de tierra individual en cada báculo o columna.

- Caso 2: Cuando no exista toma de tierra individual y disponga de la arqueta pero

carezca de tapa de fundición (arqueta ciega).

Actuación: Se instalará una toma de tierra individual en cada báculo o columna y una

tapa en cada arqueta ciega.

- Caso 3: Cuando no exista toma de tierra individual y no exista arqueta.

Actuación: Se instala una toma de tierra individual en cada báculo o columna y una

arqueta completa.

- Caso 4: Instalación de toma de tierra en fachada con sustitución completa del cable

(aislamiento fuera de normas, secciones inferiores a 6mm2).

Actuación: Se sustituirá el cable existente fuera de normas por cable con aislamiento

y sección normalizados, mínimo 5x6 mm2, se instalará una toma de tierra individual

en cada bajada y una arqueta completa, se conectará a tierra el brazo mural o

palomilla.

- Caso 5: Instalación de toma de tierra en fachada manteniendo el cable existente.

Actuación: Se instalará un cable de tierra de igual sección con tres bridas metálicas

plastificadas por metro para sujeción al cable existente, se instalará una toma de tierra

individual y una arqueta completa en cada bajada, se conectará a tierra el brazo mural

o palomilla.

- Caso 6: Sustitución de báculo no normalizado por otro normalizado.

Actuación: Se descubrirá la base del báculo, se desmontará el mismo y se montará un

báculo nuevo normalizado; se pintará el báculo y se cambiará la caja de conexión y el

cable interior de alimentación a la luminaria, reponiendo el pavimento.

- Caso 7: Adecuación de canalización eléctrica existente.

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Actuación: Se realizará nueva canalización subterránea así como nuevas

cimentaciones de soportes, se sustituirá el cable existente fuera de norma por cable

con aislamiento y sección normalizados, se cambiarán las cajas de derivación y se

instalará una red equipotencial de tierra y una toma de tierra con arqueta completa en

cada soporte.

En el proyecto anual se incluirán cuadros con los resultados obtenidos de los trabajos de

campo, ordenados por centro de mando. En dichos cuadros aparece la información relativa a

los centros de mando, las calles donde se ubican los báculos o columnas inspeccionados, el

número de puntos y el caso al que pertenecen.

El número de puntos que corresponden a cada uno de los casos se recogerá en el siguiente

cuadro:

Nº DE PUNTOS DE LUZ

CASO 1 -

CASO 2 -

CASO 3 -

CASO 4 -

CASO 5 -

CASO 6 -

CASO 7 -

A título informativo se detallan los importes y número de puntos por casos proyectados con

cargo al contrato de conservación del año 2008. No presupone en ningún caso que pueda

repetirse en todos sus apartados en ejercicios sucesivos:

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ZONA NE

Presupuesto: 2.054.340 €

Nº DE PUNTOS DE LUZ

CASO 1 -

CASO 2 1.566

CASO 3 -

CASO 4 596

CASO 5 108

CASO 6 -

CASO 7 257

Sustitución de 226 módulos de salida de centro de mando.

ZONA SE

Presupuesto: 2.103.256 €

Nº DE PUNTOS DE LUZ

CASO 1 -

CASO 2 -

CASO 3 1.033

CASO 4 464

CASO 5 49

CASO 6 -

CASO 7 713

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ZONA SO

Presupuesto: 2.110.234 €

Nº DE PUNTOS DE LUZ

CASO 1 -

CASO 2 -

CASO 3 1.486

CASO 4 972

CASO 5 -

CASO 6 -

CASO 7 166

Sustitución de 92 módulos de salida y 32 centros de mando completos.

ZONA NO

Presupuesto: 1.991.158 €

Nº DE PUNTOS DE LUZ

CASO 1 232

CASO 2 -

CASO 3 1.367

CASO 4 -

CASO 5 -

CASO 6 -

CASO 7 765

Sustitución de 18 centros de mando completos.

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ANEXO Nº 5

REPOSICIÓN EN GRUPO DE LÁMPARAS

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TIPO POTENCIA (W) REPOSICION EN GRUPO A LAS (HORAS)

70 16.000

100 16.000

150 18.000

SAP 250 18.000

400 18.000

600 18.000

750 18.000

1.000 16.000

80 16.000

MCC 125 16.000

250 16.000

400 16.000

175 3.000/8.000/12.000

250 3.000/8.000/12.000

HAL 400 3.000/8.000/12.000

1.000 3.000/8.000/12.000

1.500 3.000/8.000/12.000

2.000 3.000/8.000/12.000

18 7.500/10.000

FLUO 36 7.500/10.000

58 7.500/10.000

1.- Para las lámparas de halogenuros metálicos se considera una vida de 3.000 horas para un funcionamiento

medio de 3/4 horas por encendido, 8.000 horas para una media de 10/11 horas por encendido y 12.000 horas

para un funcionamiento permanente.

2.- Para las lámparas fluorescentes se considera una vida de 10.000 horas para las instalaciones de encendido

permanente y 7,5 horas para las instalaciones de encendido y apagado diario

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ANEXO Nº 6

TRATAMIENTO DE INCIDENCIAS

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COMUNICACIÓN SUBSANACIÓN

LLAMADA

LLAMADA

DÍA SIGUIENTE

SOLO MENSAJESGRABADOS CONTESTADOR

REMISIÓN FORMULARIOFLUJO NORMAL URGENCIAS

FLUJO NORMAL COMUNICACIÓN SUBSANACIÓN

ORDEN DE TRABAJO

TRABAJO

SE IGNORA

CENTRAL DE CONSERVACIÓN DE LA

EMPRESA (24 H.)

INCIDENCIA OPERADOR/A (JORNADA TRABAJO)

CONTESTADOR TELEFÓNICO (FUERA JORNADA TRABAJO)

NO INCIDENCIA

FLUJO NORMAL INCIDENCIAS (linea continua)

SUBSANACIÓN

TRATAMIENTO DE INCIDENCIAS

JUNTAS U OTROS ORGANISMOS MUNICIPALES

CIUDADANO

TÉCNICOS MUNICIPALES

FORMULARIO

URGENCIA (TFNO. 24 H.) NO URGENCIA

INCIDENCIA

CENTRAL DE GESTIÓN DE INCIDENCIAS

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ANEXO Nº 7

LÍMITES DE LAS CUATRO ZONAS

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Los límites de las cuatro zonas quedan reflejados en el plano adjunto.

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