democracia y corrupcion en bolivia

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DEMOCRACIA Y CORRUPCION EN BOLIVIA Octubre 2009 El presente Estudio ha sido realizado por Ramiro Rivas Montealegre, Consultor. El Estudio centra atención en los pilares de la Administración del Estado relacionada a la actuación de la Asamblea Legislativa Plurinacional y del Organo Ejecutivo en la actividad de designaciones y nombramientos de autoridades en el Organo Ejecutivo y en el Organo Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional, y otros órganos desconcentrados y descentralizados, actos que se convierten en una fundamental causa para la corrupción que da lugar a consecuencias en contra del desarrollo económico, social y humano. Por ética no se hace mención a nombres de personas naturales que han o están en función pública y que se hayan involucrado en actos de corrupción. Asimismo, no se hace mención a nombres de personas y autoridades entrevistadas. El contenido del presente Estudio es tipológico.

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  • DEMOCRACIA Y CORRUPCION EN

    BOLIVIA

    Octubre 2009

    El presente Estudio ha sido realizado por Ramiro Rivas Montealegre, Consultor. El Estudio centra atencin en los pilares de la Administracin del Estado relacionada a la actuacin de la Asamblea Legislativa Plurinacional y del Organo Ejecutivo en la actividad de designaciones y nombramientos de autoridades en el Organo Ejecutivo y en el Organo Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional, y otros rganos desconcentrados y descentralizados, actos que se convierten en una fundamental causa para la corrupcin que da lugar a consecuencias en contra del desarrollo econmico, social y humano. Por tica no se hace mencin a nombres de personas naturales que han o estn en funcin pblica y que se hayan involucrado en actos de corrupcin. Asimismo, no se hace mencin a nombres de personas y autoridades entrevistadas. El contenido del presente Estudio es tipolgico.

  • 2

    I N D I C E I. INTRODUCCION 4 II. PROBLEMATICA DE LA CORRUPCION 7

    2.1 Definicin de corrupcin 7 2.2 Categoras de corrupcin 8 2.3 tica en la funcin pblica 9 2.4 Toma de decisiones y tica pblica 12 2.5 Contratos pblicos y corrupcin 13 2.6 Ineficiencia en los contratos 15 2.7 Clientelismo 16

    a) Clientelismo poltico administrativo 16 b) Clientelismo en el sistema judicial 19 c) El poder del clientelismo 20

    2.8 Corrupcin e impunidad 21 2.9 La corrupcin poltica perjudica el desarrollo 22

    III. ORGANISMOS INTERNACIONALES Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCION 24

    3.1 Convenios Internacionales 24 3.2 Recomendaciones Internacionales 24

    IV. MARCO LEGAL EN BOLIVIA 26

    4.1 Normas legales vigentes 26 4.2 Normas legales en proyecto 28

    V. ORGANOS DE EJECUCION DE LA LEY 29

    5.1 rgano Ejecutivo 29 5.2 rganos de investigacin 29 5.3 rganos descentralizados 30 5.4 rgano de juzgamiento 30 5.5 Otros rganos de investigacin 31

    VI. DESIGNACIONES DE AUTORIDADES 32

    VII. TIPOLOGIA GENERAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCION 34

    7.1 Democracia de pactos y coaliciones 34 7.2 Designaciones y nombramientos de autoridades 36

    VIII. CONCLUSIONES 38

    IX. PLANTEAMIENTO DE POLITICAS PUBLICAS (Recomendaciones) 39 BIBLIOGRAFIA 41

  • 3

    CUADROS

    Cuadro N 1 CONVENCIONES INTERNACIONALES 24 Cuadro N 2 RECOMENDACIONES INTERNACIONALES 24 Cuadro N 3 NORMAS LEGALES VIGENTES 26 Cuadro N 4 NORMAS LEGALES EN PROYECTO 28 Cuadro N 5 ORGANOS DE EJECUCION DE LA LEY 29 Cuadro N 6 ORGANOS DE INVESTIGACION 29 Cuadro N 7 ORGANOS DESCONCENTRADOS 30 Cuadro N 8 ORGANO DE JUZGAMIENTO 30 Cuadro N 9 OTROS ORGANOS DE INVESTIGACION 31 Cuadro N 10 DESIGNACION DE AUTORIDADES 32 Cuadro N 11 REDES DE LA CORRUPCION 37

  • 4

    DEMOCRACIA Y CORRUPCION EN BOLIVIA

    I. INTRODUCCION

    Al iniciar el presente Estudio, es necesario destacar que en la lucha contra la

    corrupcin en Bolivia todos los gobiernos desde el retorno de la democracia en

    1982, pero ms visible y comprometido en la ltima dcada - dentro la etapa

    preelectoral han ofertado a la poblacin una lucha frrea contra la corrupcin, que

    una vez en el gobierno han tratado de convertir esas ofertas en planes de gobierno,

    pero en la prctica fueron aplazados traducindose en fracasos gubernamentales y

    polticos; sin antes reconocer los logros y voluntad poltica en la presente gestin de

    Gobierno, que aunque mnimos son los resultados, las polticas pblicas planteadas

    conducen a avizorar el fortalecimiento de la lucha contra la corrupcin en el futuro.

    La corrupcin no es un fenmeno nuevo, desde siempre ha sido parte de la poltica y

    de la administracin del Estado. La historia testimonia su existencia en todos los

    tiempos, todas las culturas, todas las regiones y en todos los sistemas polticos

    conocidos1, siendo el primer registro que se tiene como un acto de corrupcin del

    ao 3000 a.c.2. De all que no sea de extraar que la segunda profesin ms

    antigua del mundo sea la corrupcin.

    Las manifestaciones concretas del fenmeno de la corrupcin son variadas, tienen

    distinta etiologa3 y afectan a diversos intereses de modos diferentes. La corrupcin

    administrativa, poltica, mercantil y judicial se presenta con peculiaridades

    especficas, lo que hace que su comprensin y las medidas encaminadas a su

    control deban ser tambin particulares. Comn a todos estos tipos de corrupcin es

    la intencin de los agentes que intervienen en ella para obtener un beneficio irregular

    que de otra manera no sera posible conseguir; esta pretensin se manifiesta a

    1 Laporta, F. J., Alvarez, S., La corrupcin poltica, Alianza Editorial, Espaa, 1997.

    2 Noonan, J. T. Jr., Bribes, Editorial Mac Millan, Estados Unidos de Amrica, 1984, en Laporta, F.

    J., Alvarez, S., La corrupcin poltica, Alianza Editorial, Espaa, 1997. 3 Estudio acerca de las causas de las cosas.

  • 5

    travs de la violacin del deber institucional; en este sentido, la corrupcin se

    muestra como una deslealtad hacia el Estado y la institucin a la que pertenecen o

    en la que prestan servicios profesionales. Su carcter desleal a las instituciones y a

    la administracin del Estado hace que los actos corruptos se cometan en secreto, o

    al menos en un marco de discrecin forzada y condicionada.

    La corrupcin en un sentido amplio, no slo limita a la funcin pblica, sino tambin

    consigue darse entre agentes privados y agentes internacionales4. El fenmeno de

    la corrupcin surge de la representacin, cuando un agente dispone de una

    capacidad de accin y decisin en nombre de la institucin y de la disposicin de

    informacin privilegiada; dicho agente se comprometer en comportamientos

    corruptos cuando utiliza irregularmente su posicin o poder en provecho propio.

    La corrupcin asociada al manejo de la cosa pblica aplicada en una mala y

    prebendal administracin del Estado, las adquisiciones y contrataciones nacionales

    e internacionales sobrevaloradas y/o dirigidas a un proveedor que oferta coimas por

    las adjudicaciones, dudosas actividades de fraudes financieros bancarios y

    consorcios financieros empresariales, as como la financiacin de partidos polticos,

    llegando a la ms difcil situacin que es el clientelismo y el trfico de influencias,

    sigue y seguir siendo un problema serio que socaba las bases fundamentales del

    Estado de Derecho y Buen Gobierno, estado de situacin donde los gobernantes

    pasan por encima de toda norma legal al momento de nombrar autoridades, tanto el

    Organo Ejecutivo que son cargos de confianza del Presidente y Vicepresidente del

    Estado Plurinacional, como en las designaciones supuestamente meritorias por la

    Asamblea Legislativa Plurinacional para el Organo Judicial y Tribunal Constitucional

    Plurinacional y Entidades descentralizadas y desconcentradas, momento en el cual

    se recurre a la vieja prctica del cuoteo, coaliciones y/o pactos, dejando revelar el

    clientelismo y el trfico de influencias que son los pilares negativos que debilitan la

    lucha contra la corrupcin.

    4 Fabin, E., La corrupcin del agente pblico extranjero e internacional, Editorial Tirant lo

    Blanch, Espaa, 2003.

  • 6

    El clientelismo y el trfico de influencias como una de las formas de corrupcin, son

    considerados los ms peligrosos para la democracia, justicia y lucha contra la

    corrupcin.

    Los controles fiscales ineficientes o inexistentes, que en la mayora de los casos son

    realizados extemporneamente, razn por cual los corruptos terminan invocando la

    proteccin legal de la extemporaneidad, estos controles ineficientes o inexistentes

    permiten que los actos de corrupcin tambin queden en la impunidad.

    Por las ilustraciones anteriores, la comunidad internacional preocupados por la

    gravedad de los problemas y amenazas que plantea la corrupcin para la estabilidad

    y seguridad de las sociedades al socavar las instituciones y los valores de la

    democracia, la tica y la justicia y comprometer el desarrollo y el imperio de la Ley5,

    con el objeto de establecer un documento de consenso universal, teniendo en

    cuenta los diferentes sistemas jurdicos establecidos en todo el mundo6, por

    iniciativa de organismos internacionales se emitieron instrumentos legales como son

    la Convencin de la Organizacin de Estados Americanos, las Convenciones de las

    Naciones Unidas, y las Recomendaciones Internacionales del Grupo de Accin

    Financiera Internacional las que analizamos en el punto III del presente Estudio.

    De estos temas y problemas trataremos en el presente Estudio titulado Democracia

    y Corrupcin en Bolivia, centrando el Estudio en el primer nivel de la corrupcin que

    son las designaciones de autoridades como una de las tantas causas de la

    corrupcin que dan origen a consecuencias nefastas en contra del desarrollo

    econmico, social y humano, as como los esfuerzos de organismos internacionales

    y su relacin en Bolivia en la materia.

    5 Convencin de las Naciones Unidas contra la Corrupcin, Mrida, Mxico, 2003.

    6 Nez Garca Saco, A., Embajador de Espaa ante las Naciones Unidas, Viena, La

    corrupcin en un mundo globalizado: Anlisis interdisciplinario, Salamanca, Espaa, 2004.

  • 7

    II. PROBLEMATICA DE LA CORRUPCION

    2.1 Definicin de corrupcin

    La mayor parte de los estudios sobre el fenmeno de la corrupcin centran su

    perspectiva en las dimensiones polticas y econmicas7. Estos estudios

    proponen desde el punto de vista de la modernidad8 segn la cual corrupcin

    es un abuso de lo pblico por parte de un privado.

    Desde el punto de vista terico y segn la concepcin antropolgica en la que

    descansan muchos de los trabajos ms relevantes sobre corrupcin, podra

    definirse a partir de las relaciones polticas y econmicas, en vistas de

    alcanzar un cierto grado de bienestar de vida y social. Desde el punto de vista

    metodolgico, es significativo que los trabajos sobre corrupcin aborden el

    fenmeno, preponderantemente, a partir de la estadstica y tipologas de

    casos.

    La corrupcin lgicamente est vinculada con el sistema normativo. No es

    posible hablar de corrupcin sin hacer referencia al marco normativo dentro

    del cual se tipifique y reprima la actividad calificada como corrupta.

    A continuacin exponemos la definicin ms prxima de corrupcin9:

    La corrupcin consiste en la violacin de una obligacin por parte de uno o ms personas con el objeto de obtener un beneficio personal extraposicional del agente que los soborna o a quien extorsiona a cambio del otorgamiento de beneficios para el sobornante o el extorsionado que superan los costos del soborno o del pago del servicio extorsionado.

    7 Garzn V., E., Acerca del concepto de corrupcin, Claves de la razn prctica N 56, Espaa,

    1995. 8 Al Kassar, acusado por el Juez espaol Baltasar Garzn, dice sobre la corrupcin: La

    corrupcin sera un fenmeno propio de regimenes polticos no evolucionados, es decir, que cuando mayor sea el grado de desarrollo o de modernizacin de una sociedad poltica, tanto menor habr de ser el grado de corrupcin.

    9 Garzn V., E., Acerca del concepto de corrupcin, Claves de la razn prctica N 56, Espaa,

    1995.

  • 8

    2.2 Categoras de corrupcin

    Corromper es sacar una cosa de su cause natural, sin que esto coincida con el

    jusnaturalismo10. El estudio propone gradaciones de la corrupcin, segn su

    gravedad, para lo cual aplica el sentido jurdico de la pena regulada

    implcitamente en relacin proporcional al bien jurdico ofendido, considerando

    que a mayor ofensa del bien protegido corresponde mayor penalidad, a modo

    de referencia planteamos algunas de las siguientes categoras:

    La propina o regalo que se da como gentileza o agradecimiento por

    algn favor recibido. Entendiendo que la propina o el regalo no son

    actos corruptos, siempre que no se hayan pactado beneficios entre el

    dador y el receptor; o bien cuando no hayan indicios de que a posteriori

    se iba a recibir la ddiva.

    La exaccin, que no es otra cosa que la extorsin por parte de un

    funcionario para que un demandante tenga que pagar una coima "para

    obtener lo que, de todos modos, le es debido".

    El cohecho propiamente dicho, que surge en el mbito de las

    relaciones con funcionarios judiciales, desde magistrados hasta

    empleados del sistema judicial. Los primeros fallan de acuerdo a los

    intereses de alguno de los demandantes o de terceros con intereses en

    la causa, en vez de hacerlo de acuerdo a Derecho; en tanto que los

    ltimos usan mecanismos mas prosaicos, como es esconder

    expedientes o dejar que se cumplan los tiempos procesales, de tal

    forma, que el inculpado escape de los alcances de la Justicia.

    10

    GRONDONA, M.: La Corrupcin, Editorial Planeta, Argentina, 1993.

  • 9

    El peculado, que es el hurto de fondos pblicos que fueron confiados a

    un funcionario.

    El nepotismo, que consiste en ubicar en cargos del Gobierno a

    familiares de quienes detentan el Poder. Es cierto que para tener un

    secretario privado, nada mejor que alguien de absoluta confianza,

    como puede ser un hijo, hermano, etc., pero al extenderse a otros

    cargos de la administracin pblica, el hecho ante la opinin popular es

    considerado como que el Estado se ha convertido en una fuente

    laboral para los familiares y en un botn de saqueo constante.

    Tambin existe corrupcin fuera del Estado, para ejemplificar valga el

    caso de lo que ocurre en el seno de la Iglesia Catlica, llamado

    simona que consiste en el otorgamiento de concesiones espirituales a

    cambio de dinero, o la venta de jerarquas eclesisticas. Para el

    Derecho Cannico es un delito, pero al igual que en el Derecho Penal,

    depende de quien haya cado en los alcances de la figura para que

    funcionen los mecanismos que lo pondrn al margen de los alcances

    de la Ley. Un ejemplo de esto ocurre en la Sacra Rota, que para lograr

    que un trmite de divorcio sea agilizado ante la Santa Sede, se deben

    hacer donaciones en dinero, donaciones que por su carcter obligatorio

    seran considerado actos de corrupcin.

    2.3 Etica en la funcin pblica

    Plantearse el problema de las intrincadas relaciones de la poltica con la tica

    nos sumerge en uno de los laberintos ms complejos de la filosofa prctica;

    no slo por constituir una constante de su historia por ello mismo un

    problema irresuelto , sino tambin por las implicaciones polticas que su

    discusin conlleva11.

    11

    Perales, B., La poltica desde la tica, I. Historia de un dilema, Editorial Proyecto a, Espaa,

  • 10

    La moral en la poltica en las democracias durante los ltimos decenios,

    relacionada con la teora de la democracia, se ha convertido en la faceta ms

    fecunda de reflexin poltica, llegando las democracias liberales, y por

    supuesto la de nuestro pas, han ido perdiendo de forma llamativa la sustancia

    moral a favor de una positivizacin legal del comportamiento poltico12.

    A modo de ilustracin, hacemos referencia al informe de la Comisin Nolan13

    que tenia por objeto analizar las normas de conducta vigentes en la

    administracin pblica y proponer los cambios pertinentes en Espaa.

    La Comisin concluyo en un informe denominado Normas de conducta en las

    Instituciones Pblicas14. Esta Comisin formulo siete principios bsicos de

    transparencia en la funcin pblica que deben regir en las instituciones

    pblicas altruismo, integridad, objetividad, responsabilidad, transparencia,

    honestidad y liderazgo.

    El altruismo, obliga a los funcionarios a desempear su cargo

    atendiendo exclusivamente al inters pblico, quedndoles vedado

    actuar en beneficio propio o en beneficio de su familia y amigos.

    La integridad, impedira que los funcionarios asuman una obligacin

    financiera, o de otro tipo, que pudiera influir en sus decisiones o

    funciones.

    La objetividad, obliga a quienes desempeen cargos pblicos a que

    tomen decisiones basadas en el mrito, ya sea en lo concerniente a la

    adjudicacin de contratos o la eleccin de personal.

    1998. 12

    Perales, B., La poltica desde la tica, II. Problemas morales de las democracias, Editorial Proyecto a, Espaa, 1998.

    13 La Comisin Nolan fue creada en Gran Bretaa en octubre de 1994.

    14 Primer informe de la Comisin Nolan presentado en mayo de 1996, versin castellana: Syntax,

    CB. Instituto Vasco de Administracin Pblica, Espaa, 1996.

  • 11

    La responsabilidad, establece que los que ejercen cargos pblicos

    deben ser responsables por sus actos y deben someterse a cualquiera

    de los controles establecidos.

    La transparencia, impone que los funcionarios pblicos deben dar las

    razones por las cuales toman decisiones y tan slo pueden guardar

    secreto en aquellas ocasiones donde el inters de la mayora as lo

    exija15.

    La honestidad, establece que todos los funcionarios deben hacer

    declaraciones de sus intereses y quedan obligados a tomar medidas

    para resolver cualquier conflicto entre ellos y los de la administracin a

    la que sirven.

    El liderazgo, entendido como el principio que obliga a los funcionarios

    pblicos a apoyar todo este listado de principios y a dar ejemplo de

    ellos.

    De la entrevista a un Senador del Estado Plurinacional de Bolivia, quin

    prefiri no revelar su identidad por lo candente del tema, sostiene que en

    ningn gobierno, incluso en el actual, no existe tica en la funcin pblica, ah

    tenemos de ejemplo al caso de los 33 camiones que presuntamente

    involucran la Ministro de la Presidencia Juna Ramn Quintana. Hace

    referencia a la actuacin de la Comisin Investigadora de la Honorable

    Cmara de Diputados que slo gestion un escndalo pblico y no otorg

    resultados legales, llegando a denigrar la imagen de los acusados y del

    Estado.

    15

    A esto podemos incluir cuando las normas legales as lo exijan, y la voluntad del funcionario pblico sea capaz de ejercer transparencia.

  • 12

    2.4 Toma de decisiones y tica publica

    El ser humano est constantemente tomando decisiones, no obstante, las

    situaciones con las que se enfrenta no son todas en las que estn presentes

    las dimensiones ticas. Cuando se habla de tica se habla de situaciones

    que persiguen el bien y la felicidad. La virtud, para Aristteles, implica seguir

    una conducta, tomar decisiones y hacer elecciones que son conformes a

    principios que promocionan la comunidad. Ciertamente cualquier decisin

    administrativa podra ser analizada desde una perspectiva tica, pero esa

    generalizacin provocara una trivializacin de la reflexin tica y una falta de

    distincin entre los asuntos con impacto moral significativo y los que no lo

    tienen.

    La conducta tica, es fruto de un complejo proceso de toma de decisiones en

    el que influyen mltiples variables. En este proceso cognitivo influyen

    variables individuales, como la autoestima, la edad, el gnero, y variables de

    entorno como los refuerzos organizativos, la cultura corporativa o los

    estndares profesionales. En el mbito pblico, esta toma de decisiones es

    afectada por la legitimidad del rgimen en el que se vive y por la cultura cvica

    en la que se est socializado16.

    Al igual que el Senador citado en el punto anterior, un Diputado del Estado

    Plurinacional de Bolivia, sostiene que no existe tica en la funcin pblica,

    ms an cuando se trata de toma de decisiones, puso como ejemplo el caso

    del Avin Bechgraf que involucr al ex Ministro de Defensa de 1998 Fernando

    16

    Villoria M., Etica pblica y corrupcin: Curso de tica administrativa, Editorial Tecnos (Grupo Anaya S.A.), Espaa, 2000.

  • 13

    Kieffer, quin en uso de sus atribuciones y funciones tomo la decisin de

    adquirir el citado avin, argumentando que sera para ayudar a los

    damnificados del terremoto de Aiquile, Totora y Misque de 1997, sostuvo que

    como es de dominio pblico, en la compra del avin se sobrevalor el precio,

    y el uso que se le dio hasta el accidente areo en la localidad de Potos, slo

    demostraron esas toma de decisiones ilegales y en provecho de los

    gobernantes de turno, no as a la comunidad afectada por el terremoto citado.

    2.5 Contratos pblicos y corrupcin

    Dado que uno de los ms severos daos a la economa del Estado son las

    adjudicaciones de contratos pblicos para construccin de obras (carreteras,

    desarrollo en hidrocarburos y minera, y construccin de obras pblicas) u otro

    tipo de compras estatales, que, las autoridades en funcin de gobierno al estar

    en poder de decisin en las adjudicaciones que conocen que les dar un

    beneficio extralegal (jugosas coimas), ests han merecido la atencin y

    estudio cientfico y acadmico que a continuacin desarrollamos como parte

    de la administracin del Estado y su relacin con la Democracia y Corrupcin.

    La lucha contra la corrupcin en los Estados desarrollados de Europa y en los

    pases en vas de desarrollo de Amrica Latina exige prestar mucha atencin

    al rgimen de contratos pblicos17.

    Los incentivos para la aparicin del soborno surgen cuando un funcionario

    tiene el poder para asignar un beneficio al sector privado, de manera que la

    corrupcin depende de la magnitud de los beneficios que estn bajo el control

    y responsabilidad de los funcionarios pblicos.

    17

    Rodrguez N. y Fabin E., La corrupcin en un mundo globalizado: Anlisis interdisciplinario, artculo de Rivero P., Corrupcin y contratos pblicos: Las respuestas Europea y Latinoamrica, Espaa, 2003.

  • 14

    Los numerosos escndalos relacionados con las adjudicaciones de contratos

    pblicos de todo tipo pone en evidencia el vnculo entre el fenmeno de la

    corrupcin con la administracin pblica y el sector privado18 como ofertantes

    de bienes y servicios, de importante trascendencia para el sector privado.

    La lucha de la sociedad contra la corrupcin es parte de una meta ms amplia

    que es crear un gobierno eficiente y eficaz. Quienes estn a cargo de las

    reformas no debern estar slo preocupados por la corrupcin sino tambin

    por su efecto en perjuicio del desarrollo econmico y social.

    Cuando el gobierno compra bienes o contrata servicios, se presentan varias

    razones para sobornar a los funcionarios, por una parte para ser incluidos en

    la lista de concursantes; por otra que los funcionarios pblicos definan

    especificaciones que favorezcan al proponente concursante; o finalmente,

    para ser seleccionadas como el proponente ganador y adjudicado el contrato.

    En general en todo tipo de programas gubernamentales, sus autoridades

    cuentan con informacin valiosa y privilegiada para las personas y empresas

    proponentes, mismas que desearan conseguir y conocer antes que sus

    competidores, informacin como las especificaciones de contratos, la

    condicin real de la necesidad del contratante o la realizacin de futuros

    proyectos. Toda esta informacin se convierte en una oportunidad de

    sobornos y corrupcin.

    Es importante destacar que cuando la corrupcin es generalizada, los puestos

    dentro la administracin pblica se convierte en los ms deseados por las

    oportunidades de recibir pagos extralegales por favores a los proponentes.

    18

    Rezzoagli, B. A., Corrupcin y contratos pblicos, Editorial Ratio Legis, Espaa, 2005.

  • 15

    En entrevista al Asesor de un Ministro del Estado Plurinacional de Bolivia,

    mantiene que los contratos pblicos desde siempre llevaron incluida una

    coima para quienes toman las decisiones, en este caso, se refiri como primer

    beneficiario al Ministro, as derivando a sus colaboradores ms cercanos.

    Asimismo, se refiri a que de estas coimas, hasta el Presidente del Estado

    Plurinacional recibe su cuota, y que es muy jugosa.

    2.6 Ineficiencia en los contratos

    Los sobornos realizados a funcionarios por parte de potenciales contratistas

    hacen que los contratos no sean asignados al contratista ms eficiente, sino

    al contratista dispuesto a pagar un soborno. Las causas de la consiguiente

    ineficiencia en el ejercicio de la labor del contratista son muchas, por una

    parte el contratista ms eficiente puede sentir escrpulos de participar de

    prcticas corruptas y fraudulentas y por ello abstenerse de participar en la

    licitacin; por otra parte aquel contratista que asume el pago de un soborno

    esperar obtener subsidios, beneficios monoplicos y regulaciones cada vez

    menos estrictas; los proyectos pueden tornarse ms complejos y difciles de

    realizar ya que as es ms fcil disimular los sobornos; para compensar el

    pago del soborno el contratista adjudicatario tiende a bajar la calidad y

    costos de su servicio, la calidad de los materiales o finalmente, incluir

    en sus costos e incrementar el precio a fin de recuperar el precio (pago)

    de la corrupcin. Por su parte, el funcionario pblico que ha recibido el pago

    corrupto por la adjudicacin del contrato, con el poder clientelar con el que

    cuenta, no permitir la realizacin del control o fiscalizacin de los contratos.

    Por otra parte, los procesos de pagos pueden demorarse intencionalmente

    para obtener otros pagos corruptos y mayores beneficios de coimas y regalos

    (dadivas)19.

    19

    Rose - Ackerman, S. (1996), The Political Consequences of Corruption. Causes and Consequences. World Bank, Note 74, Estados Unidos de Amrica, 1996.

  • 16

    En la Encuesta de Competitividad Global del Foro Econmico Mundial de 1997

    demostraron que las empresas que pagan sobornos pasan ms tiempo en

    reuniones y negociaciones con funcionarios pblicos, negociando los contratos

    y su no fiscalizacin.

    El Asesor citado en el anterior punto, sostiene que en los contratos pblicos de

    cuantiosos montos, ms an si son para construcciones de obras como

    caminos, hidrocarburos, minera y otros sectores que requieren proponentes

    internacionales, antes de iniciar el proceso de Convocatoria Pblica, las

    decisiones ya estn tomadas, y que las influencias vienen desde los Ministros,

    en lo que respecta a que proponente poda ser el adjudicado porque ya tiene

    el compromiso de la coima.

    En otros contratos de menor relevancia instruyen para que autoridades de

    mandos medios negocien con los proponentes y adjudicar al que mejor coima

    ofrezca.

    Tambin sealo que el costo de las coimas son incorporados al precio final de

    la obra, que incluso durante el proceso de evaluacin de propuestas

    econmicas, en muchas oportunidades fue testigo de que la Comisin de

    Contratacin llegue a coordinar con el proponente, para abrir los sobres de

    propuesta econmica y proceder a cambiar papeles donde se encuentran los

    importes o costos de la obra, as de este modo adecuar al Presupuesto de la

    obra.

    2.7 Clientelismo

    a) Clientelismo poltico administrativo

    Clientelismo es una categora analtica que los antroplogos y etnlogos

    descubrieron en los aos cincuenta del Siglo XX. A partir de los aos

  • 17

    setenta fue adoptada por las otras ciencias sociales, en particular por la

    ciencia poltica en la administracin del Estado. Dentro de esta

    disciplina la categora ha logrado conseguir una posicin consolidada

    gracias a muchas investigaciones empricas y valiosas aportaciones

    tericas. Utilizada por los antroplogos para analizar sociedades tribales

    y sociedades agrarias primitivas, la categora ha sido aplicada por los

    politlogos en un primer momento a los sistemas de Amrica Latina, Asia

    del Sureste y Mediterrneo, dentro del marco de la teora del desarrollo

    poltico en el Tercer Mundo. Despus se descubri la utilidad y

    fecundidad de su aplicacin a los sistemas de democracia avanzada de

    las sociedades industrializadas.

    En el mbito de la ciencia poltica, el clientelismo sirve para estudiar

    relaciones informales de poder. Las relaciones, tendencialmente

    estables, se basan en el intercambio de favores entre dos o ms

    personas de posicin desigual, cada una de ellas interesadas en buscar

    un aliado como una relacin didica20, en virtud de la cual una persona

    de status ms elevado - el patrono - utiliza su influencia y sus recursos

    econmicos para facilitar proteccin y beneficios a una persona de status

    inferior - el cliente - que ofrece sus servicios y/o apoyo. Es por lo tanto

    una relacin de poder personalizado, que implica un intercambio social

    recproco y mutuamente beneficioso21.

    El clientelismo implica relaciones sociales precontractuales, estas

    relaciones no se basan en solidaridades colectivas, sino en intereses

    particulares, siguiendo pautas de valores no universales, sino individuales

    y particulares. En el vnculo cara a cara lo que vale es la confianza

    en el comportamiento de uno con otro.

    20

    Didica es definida como una funcin o combinacin lineal. 21

    Caciagli M., Clientelismo, corrupcin y criminalidad organizada, Centro de estudios constitucionales, Espaa, 1996.

  • 18

    El clientelismo tiene una dimensin simblica con sus rituales y su

    lenguaje, con tendencia duradera, puede convertirse en un elemento

    constitutivo de formas de vida y de costumbre, por supuesto de

    organizacin poltica, convirtindose sus reglas en una conducta en el

    sistema poltico.

    Si las relaciones clientelares ms simples son entre dos personas, las

    ms complejas son entre entidades e instituciones pblicas y polticas,

    razn por la cual el mismo actor puede ser patrono de subalternos y

    cliente de los ms poderosos. Un conjunto de entidades e instituciones

    polticas forman una red clientelista, estructurada en cadenas

    piramidales.

    El modelo didico ms simple vale para las comunidades pequeas y las

    sociedades rurales primitivas. Cuando las comunidades entran en

    contacto con un sistema econmico - social ms amplio, cambian las

    funciones y el contenido de la relacin, y se desarrollan relaciones

    multididicas22. Las relaciones multididicas van a formar estructuras

    jerrquicas y centralizadas en diferentes niveles segn la localizacin de

    los recursos y del poder. Eso ocurre despus de la expansin del

    mercado y la centralizacin del Estado, que en el mundo contemporneo

    han ido afectando a un nmero de sistemas cada vez mayor.

    El proceso multididico establece una relacin social entre favores por

    adhesin poltica o electoral, donde la clase clientelar goza de gran

    fortaleza. Esto obedece a la cultura poltica dentro de la cual resulta

    preciso desembocar en discriminaciones por niveles socio - econmicos.

    No slo los ms postergados econmicamente son objeto y sujeto del

    clientelismo, lo que puede variar es el producto del intercambio, no el

    proceso en s. 22

    La expresin multidiadic (en ingles) se encuentra en J. D. Powell, Peasant Society and Clientelist Politics, en American Political Science Review, 1970.

  • 19

    Por tal motivo, detrs de cada estructura funcional en los diferentes

    organismos oficiales, se establecen un conjunto de prcticas clientelares

    que alcanzan las dimensiones de verdaderas organizaciones corruptas.

    b) Clientelismo en el sistema judicial

    En la mayora de los Estados, las relaciones clientelares del sistema

    judicial tienen su origen en los nombramientos de fiscales, jueces y

    magistrados23, estos procedimientos en la mayora de los casos son

    amaados y responden a cuotas de poder entre los Organos Legislativo y

    Ejecutivo.

    Para entender mejor, nos referiremos al ejercicio de la potestad

    jurisdiccional, segn la ecuacin de Robert Klitgaard24:

    Corrupcin = Monopolio + Discrecionalidad Responsabilidad

    Naturalmente, las condiciones expuestas en esta frmula no han de

    entenderse como condiciones necesarias o suficientes para que se

    produzcan actos de corrupcin, sino ms bien como generadoras de un

    marco que ofrece fuertes incentivos para la corrupcin judicial,

    concluyendo que en su prctica profesional tienen muchos incentivos para

    comprometerse en actividades clientelares y corruptas.

    Analizando el monopolio del poder judicial desde el punto de vista de la

    separacin de poderes, el monopolio con el que cuentan los jueces es la

    potestad jurisdiccional y un gran poder de decisin. En efecto, estos

    23

    En Bolivia, estos nombramientos son competencia del Poder Legislativo, por voto poltico y no por meritos profesionales de los concursantes.

    24 Ver Robert Klitgaard, Controlando la Corrupcin. Versin castellana: E. Sierra Ochoa, Editorial

    Sudamrica, 1994.

  • 20

    tienen la facultad de dirimir los conflictos que conocen en virtud de su

    competencia y de hacer ejecutar sus decisiones an contra la oposicin

    de los afectados y la sociedad.

    c) El poder del clientelismo

    El funcionario pblico hace uso del poder clientelar para incrementar sus

    beneficios que se negocian introduciendo adjudicaciones de contratos,

    retrasos de pagos, inventando obstculos o bien amenazando con la

    aplicacin de Leyes y regulaciones con mayor rigor.

    La posibilidad que tienen los funcionarios de crear rentas econmicas y

    controlar su distribucin determina que los estudios sobre la corrupcin

    deban incluir un anlisis de la organizacin y estructura de las entidades

    pblicas. Es probable que en los mandos superiores se encuentren en

    mayores posibilidades de crear rentas extras que los mandos ms bajos.

    El gran dao de la corrupcin a alto nivel es la sensacin de

    desproteccin que experimenta la ciudadana.

    En todo caso, los corruptos se encuentran en constante riesgo, por tal

    razn hacen que los alcances o redes clientelares se expandan hacia

    otros sectores de la administracin pblica y el poder judicial a fin de

    recibir proteccin en caso de denuncias. Es evidente que el atractivo

    para realizar tratos fuera de la Ley se reduce cuando es ms probable

    que la corrupcin se detecte y castigue. Sobornador y sobornado

    debern tener en cuenta al realizar la transaccin, la probabilidad de ser

    descubiertos, la probabilidad de ser sentenciado y la sancin que les

    esperara. Con estos datos analizarn todas las alternativas para salir

    bien librados de la accin corrupta, extendiendo las redes a todos los

    sectores y poderes del aparato estatal.

  • 21

    Los sobornos aceptados por los funcionarios reducen las ganancias del

    Estado, llegando a socavar las bases de la democracia, el Estado de

    Derecho y Buen Gobierno, as como el desarrollo y lucha contra la

    pobreza.

    2.8 Corrupcin e impunidad

    El trmino impunidad deriva del latn, significa "sin castigo", tiene su origen en

    el vocablo punire, sinnimo de castigo. El Derecho coincide con la definicin

    etimolgica, es decir, considera impune a lo que escapa al castigo previsto por

    las sanciones de la Ley. Para el Derecho, la impunidad viene afectada por

    varias razones, entre ellas podemos citar lo que la criminologa clsica llama

    cifra negra que son todos los delitos cometidos y que tienen un autor, pero

    stos no han sido descubiertos, en consecuencia no sufre la eventual

    condena.

    En cuanto hace a los delitos de "cuello blanco" impunes, corresponden en su

    impunidad a los de la "cifra negra", aunque en mayor intensidad, ya que no

    solamente no son descubiertos.

    En general, las redes y alcances clientelares llevan a una impunidad absoluta,

    ya que la corrupcin de cuello blanco ve necesario extender sus alcances con

    el objeto de obtener beneficios y proteccin legal, en consecuencia, el monto

    de los sobornos estn relacionados con el costo de mantener el secreto de la

    operacin y la proteccin de los actores.

    El poder del clientelismo a travs del trfico de influencias se torno en una

    forma de gobierno, as sostiene un Juez que prefiri no revelar su identidad.

    Se refiri con irona al rol de los Fiscales que durante el proceso investigativo,

    cuando se trata de una persona vinculada al partido oficialista, este Fiscal

  • 22

    recibe rdenes para liberar de toda culpa al presunto corrupto, entonces

    cuando llega a su Juzgado, ya se tiene solucionado, y en muchas otras no

    llega al Juzgado, sino el Fiscal negocia con el poder oficialista, a cambio de

    ello el Fiscal recibe proteccin y algunas coimas, sostuvo el Juez.

    2.9 La corrupcin poltica perjudica el desarrollo

    Los polticos saqueadores y las multinacionales que sobornan perjudican el

    desarrollo econmico, afirma Transparencia Internacional. El Informe sobre

    Corrupcin Mundial 2004 de Transparencia Internacional, diagrama el flujo de

    valores robados, recomienda maneras de recuperar el dinero saqueado y

    establece nuevas Normas sobre Finanzas y Favores Polticos.

    "La corrupcin poltica perjudica la esperanza de prosperidad y estabilidad en

    los pases en vas de desarrollo y hace dao a la economa mundial", dijo

    Peter Eigen, presidente de Transparencia Internacional, cuando present el

    Informe de Corrupcin Mundial del 2004. "El abuso del poder para lograr

    ventajas polticas afecta a quienes pagan impuestos y a los tenedores de

    acciones corporativas en todo el mundo y niega a los ms necesitados los

    servicios pblicos bsicos, creando un grado de desesperacin que genera

    conflicto y violencia. El problema debe ser abordado a nivel nacional e

    internacional".

    El Informe de Corrupcin Mundial del 2004 presta especial atencin a la

    corrupcin poltica, fue un llamado a la accin para incluir en la gobernabilidad

    la integridad y la rendicin de cuentas, frenar el soborno por parte de las

    empresas multinacionales y reducir el flujo de cuantas robadas hacia cuentas

    en bancos extranjeros en Occidente. Transparencia Internacional es la

  • 23

    principal organizacin no gubernamental encargada de combatir la corrupcin

    en el mundo25.

    De este tema, entrevistamos a un ciudadano que se desenvuelve en el campo

    del anlisis poltico, y con firmeza explico que la corrupcin en Bolivia est

    inserta en todos los espacios de poder, que desde que estudiaba en la

    Universidad, siempre escucho de corrupcin, sean en gobiernos de facto y

    mucho ms pronunciado en los democrticos, y que en todos la corrupcin

    afect al desarrollo, ya que al hablar de desarrollo tenemos que hablar de

    contratos pblicos, entonces como todo contrato lleva su cuota de coima a las

    autoridades que tiene en su momento la decisin de adjudicar, estos

    siempre se beneficiaron con coimas de los programas de desarrollo, sostuvo.

    25

    Transparencia Internacional desde 1995, calific en su informe anual sobre la corrupcin mundial que Bolivia se encuentra entre los pases ms corruptos del mundo, llegando a obtener - en promedio general 2,5 puntos de 10 puntos que es el puntaje ms elevado. A mayor informacin ver: www.transparency.org

  • 24

    III. ORGANISMOS INTERNACIONALES Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCION

    3.1 Convenciones Internacionales

    La base del presente Estudio est sentada sobre las Convenciones y Tratados

    Internacionales, en este sentido, bsicamente son tres las bases sobre las cuales

    descansa el actual sistema de lucha contra la corrupcin en el mundo, y que en

    Bolivia fueron ratificadas por Ley de la Repblica, estas son:

    Cuadro N 1 CONVENCIONES INTERNACIONALES

    Organismo Internacional Instrumento Ratificacin en Bolivia

    Organizacin de Estados Americanos

    Convencin Interamericana contra la Corrupcin

    Ley 1473 15 de enero de 1997

    Naciones Unidas Convencin de las Naciones Unidas contra la Corrupcin

    Ley 3068 01 de junio de 2005

    Naciones Unidas

    Convencin de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional

    Ley 3107 02 de agosto de 2005

    El orden responde a una clasificacin ascendente por fechas.

    3.2 Recomendaciones Internacionales

    Cuadro N 2 RECOMENDACIONES INTERNACIONALES

    Gru

    po d

    e A

    cci

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    inan

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    l (G

    AF

    I)

    40 Recomendaciones contra el lavado de dinero y financiamiento del terrorismo

    Es una recomendacin internacional constituida como la matriz de lucha contra el lavado de dinero en el mundo, teniendo como uno de los delitos precedentes a la corrupcin. Bolivia el ao 1997 en este marco incluy en el Cdigo Penal el delito de legitimacin de ganancias ilcitas (lavado de dinero), as como emiti el Decreto Supremo 24771 que Reglamenta el accionar de la Unidad de Investigaciones Financieras. Anualmente evala a los pases miembros.

  • 25

    Las Convenciones citadas que fueron ratificadas en Bolivia por Ley, as como

    las Recomendaciones, establecen medidas que deben ser incorporadas en el

    rgimen penal y administrativo de Bolivia.

  • 26

    IV. MARCO LEGAL EN BOLIVIA

    Como citamos en el punto anterior, las Convenciones de la Organizacin de

    Estados Americanos y las Convenciones de las Naciones Unidas han sido

    ratificadas en Bolivia por Ley de la Repblica, mismas que a la fecha no fueron

    incorporados en el Cdigo Penal, menos en una Ley especial contra la

    corrupcin26.

    4.1 Normas legales vigentes

    Para el anlisis es necesario recurrir a las normas legales dentro las cuales, de

    una u otra forma se encuentran insertos temas relacionados a la corrupcin,

    estas son:

    Cuadro N 3 NORMAS LEGALES VIGENTES

    NORMA LEGAL N. FECHA DE

    APROBACION / PROMULGACION

    RELACION

    Cero tolerancia a la corrupcin

    D.S. 0214 22 de julio de 2009

    En el marco de la nueva CPE y concordante con el D.S. 29272 Plan Nacional de Desarrollo, el gobierno plantea su Plan de Gobierno de Cero Tolerancia a la Corrupcin

    Constitucin Poltica del Estado (Nueva)

    --- 07 de febrero de 2009

    Mandato constitucional que incorpora la lucha contra la corrupcin como poltica de Estado

    Organizacin del Organo Ejecutivo

    D.S. 29894

    07 de febrero de 2007

    Establece la estructura del Organo Ejecutivo (Poder Ejecutivo), donde se incorpora en el Ttulo III, Captulo III el Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupcin

    26

    Trogolo, M.J., Rivas, R., Evaluacin de las caractersticas del delito organizado y la corrupcin en Bolivia, Bolivia, 2006.

  • 27

    Plan Nacional de Desarrollo

    D.S. 29272

    12 de septiembre de 2007

    Desarrollo de polticas de lucha contra la corrupcin

    Ley General de Aduanas

    Ley 1990 28 de julio de 1999 Relacionado a los funcionarios aduaneros

    Lavado de Dinero D.S. 24771

    31 de julio de 1997

    Concordante con los Artculos 185 bis y 185 ter, reglamenta el funcionamiento de la Unidad de Investigaciones Financieras para la lucha contra el Lavado de Dinero que tiene entre sus delitos precedentes a la corrupcin como un delito transversal

    Cdigo Penal (Modificaciones)

    Ley 1768 10 de marzo de 1997

    Tipifica delitos relacionados con la corrupcin, as como el lavado de dinero producto de la corrupcin

    Responsabilidad por la funcin pblica

    D.S. 23318 (A)

    03 de noviembre de 1992

    Reglamenta los procedimientos para determinar la responsabilidad por la funcin pblica, modificada en partes por el D.S. 26237

    Ley de Administracin y Control Administrativo

    Ley 1178 20 de julio de 1990

    Establece normas de administracin y control de las entidades del Estado, incorporando las clases de responsabilidad de los funcionarios pblicos en el ejercicio de sus funciones

    Cdigo Civil Decreto Ley 12760

    06 de agosto de 1975

    Referente al Ttulo IV Del Enriquecimiento ilegtimo. Por otra parte en lo referente a la Responsabilidad Civil por la funcin pblica, determinado en la Ley 1178 y D.S. 23318 (A)

    El orden responde a una clasificacin descendente por fechas.

  • 28

    4.2 Normas legales en proyecto

    Cuadro N 4 NORMAS LEGALES EN PROYECTO

    PROYECTO ESTADO DE SITUACION

    Ley de lucha contra la corrupcin (Marcelo Quiroga Santa Cruz)

    Fue presentada por el Poder Ejecutivo al Poder Legislativo a finales del 2006, se aprob en la Cmara de Diputados, pas a la Cmara de Senadores, donde a la fecha no es tratada

    Ley de cdigo de tica y conducta del servidor pblico

    mayo de 2007

    Anteproyecto de Ley de recuperacin de bienes ilcitamente obtenidos

    marzo de 2007

    Ley de transparencia y acceso a la informacin pblica

    diciembre de 2006

    El orden responde a una clasificacin descendente por fechas.

  • 29

    V. ORGANOS DE EJECUCION DE LA LEY

    Partiendo de la Constitucin Poltica del Estado, dentro el ordenamiento de

    estructura del Estado e institucional, las polticas pblicas, investigaciones y

    juzgamiento se encuentran a cargo de las siguientes instituciones:

    5.1 Organo Ejecutivo (Poder Ejecutivo)

    Cuadro N 5 ORGANO EJECUTIVO

    INSTITUCION / ENTIDAD MISION

    Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha contra la Corrupcin

    Promueve y ejerce la accin de transparencia institucional dentro la administracin pblica, as como la accin administrativa para investigar y reprimir actos de corrupcin

    5.2 Organos de investigacin

    Cuadro N 6

    ORGANOS DE INVESTIGACION

    INSTITUCION / ENTIDAD MISION

    Ministerio Pblico / Fiscala

    Promueve y ejerce la accin de investigacin, defendiendo la legalidad, los intereses generales de la sociedad para contribuir al imperio de la paz y del Estado social, democrtico y de derecho.

    Polica Nacional de Bolivia

    En cumplimiento de la Ley Orgnica de la Polica Nacional de Bolivia, concordante con el Cdigo de Procedimiento Penal, bajo la Direccin Funcional de la Fiscala ejerce acciones de investigacin penal

  • 30

    5.3 Organos descentralizados

    Cuadro N 7

    ORGANOS DESCONCENTRADOS

    INSTITUCION / ENTIDAD MISION

    Contralora General de la Repblica

    Al amparo de la Ley 1178 y Decretos Reglamentarios, ejerce el Control de las Instituciones de la Administracin Pblica, pudiendo en su caso determina las siguientes responsabilidades:

    Administrativa

    Ejecutiva

    Civil

    Penal

    Unidad de Investigaciones Financieras

    Organo de tipo administrativo que forma parte de la estructura de la Autoridad de Fiscalizacin del Sistema Financiero (ASFI), ejerce acciones para prevenir, detectar y reportar a la autoridad competente (Ministerio Pblico) hechos relacionados con el lavado de dinero, dentro los cuales tiene como delito precedente a la corrupcin.

    5.4 Organo de juzgamiento

    Cuadro N 8 ORGANO DE JUZGAMIENTO

    INSTITUCION / ENTIDAD MISION

    Organo Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional (Poder Judicial)

    En el mbito penal, a Requerimiento de la Fiscala ejerce la accin de juzgamiento e imponer sanciones a los presuntos corruptos. En el mbito civil, se vincula con la administracin pblica a travs de Contratos de adquisicin de bienes y/o contratacin de servicios; as como el juzgamiento por responsabilidad civil de los funcionarios pblicos.

  • 31

    5.5 Otros rganos de investigacin

    Cuadro N 9 OTROS ORGANOS DE INVESTIGACION

    INSTITUCION / ENTIDAD MISION

    Organo Legislativo (Poder Legislativo)

    Al amparo de la Constitucin Poltica del Estado, la Ley Orgnica del Ministerio Pblico y el Cdigo de Procedimiento Penal, se conforman Comisiones Especiales en la Cmara de Senadores o en la Cmara de Diputados para la investigacin de hechos relevantes.

  • 32

    VI. DESIGNACION DE AUTORIDADES

    Las designaciones de autoridades jerrquicas (Mxima Autoridad Ejecutiva)27

    designadas / nombradas para el ejercicio ejecutivo son:

    Cuadro N 10

    DESIGNACION DE AUTORIDADES

    INSTITUCION / ENTIDAD AUTORIDAD NOMBRAMIENTO

    Organo Ejecutivo (Poder Ejecutivo)

    Ministro (a) Por el Presidente del Estado Plurinacional, es un nombramiento de confianza

    Organo Legislativo (Poder Legislativo)

    Senador (a) o Diputado (a) Electos por voto universal

    Organo Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional (Poder Judicial)

    Ministros (as) y Consejeros (as)

    Designaciones por el Poder Legislativo

    Las designaciones se tornan triviales, ya que para elegir a las autoridades, lo

    bsico asociado a la costumbre parlamentaria es el famoso cuoteo, pacto y/o la

    coalicin, prctica prebendal que se asocia a designaciones manipuladas,

    recayendo estas designaciones en personas no calificadas para el ejercicio de tan

    importantes funciones. De estas designaciones amaadas parten los futuros actos

    de corrupcin como el clientelismo, el trfico de influencias, el enriquecimiento

    ilcito, en consecuencia la impunidad y el empobrecimiento del Estado y la

    poblacin.

    La historia cuanta que no es necesario ser un candidato idneo con los mejores

    mritos acadmicos y experiencia profesional, sino que el candidato debe contar

    con una cuota de compromiso poltico con uno o ms partidos polticos con

    representacin poltica en el Organo Legislativo, y un notorio trfico de influencias

    del Organo Ejecutivo.

    27

    Ley 1178 de Administracin y Control Gubernamental, de 20 de julio de 1990.

  • 33

    La vieja prctica del cuoteo de cargos llevo a Bolivia a una ineficiente

    administracin de la cosa pblica, llegando a tornarse en una constante injerencia

    del Organo (Poder) Ejecutivo y/o del Organo (Poder) Legislativo en el Organo

    (Poder) Judicial, de este modo una flagrante violacin a la independencia de

    Poderes.

    Por otra parte, al concluir el mandato de cualquier autoridad jerrquica electa por el

    Organo Legislativo, es en el Organo Ejecutivo quienes se encargan de los nuevos

    nombramientos, estos son de interinatos por Decreto Supremo, de esta forma slo

    se llega a nombrar a militantes del Partido Poltico de turno en el Gobierno,

    llegando a la toma del Organo Judicial y otras Entidades descentralizadas y

    desconcentradas, traducido en una constante injerencia; en consecuencia una

    ineficiente administracin de las Entidades del Estado, as como una ineficiente

    administracin de justicia.

  • 34

    VII. TIPOLOGIA GENERAL DONDE SE INCIA LA CORRUPCION

    7.1 Democracia de pactos y coaliciones

    La frgil democracia desde su retorno en 1982 sufri fuertes y serias cadas en

    los resultados electorales, de all que los partidos polticos se vean en la

    necesidad de buscar pactos y coaliciones con otros partidos a objeto de contar

    con mayora en el Poder Legislativo (Congreso Nacional) hoy Organo Legislativo

    (Asamblea Legislativa Plurinacional). Estos pactos y coaliciones llevaron a una

    reparticin de las entidades del aparato estatal, principalmente en los Poderes

    Ejecutivo y Judicial, as como de las entidades descentralizadas y

    desconcentradas. La eleccin o designacin de sus autoridades jerrquicas se

    realizaban por cuotas de poder, no meritoria, menos con solvencia moral para el

    ejercicio de la funcin pblica, llevando a constantes actos de corrupcin.

    En el 2005 se presenta por primera vez un resultado electoral del 53,74 %

    obtenido por el partido poltico Movimiento Al Socialismo (MAS) en alianza con el

    partido poltico el Movimiento Sin Miedo (MSM) que se encuentran en el actual

    Gobierno. El planteamiento de una lucha frrea contra la corrupcin planteada

    por el MAS se torna dificultoso al momento por falta de normas legales precisas y

    draconianas, ya que el Gobierno del MAS por falta de estas normas legales no

    llega ni logra erradicar la corrupcin, todo muestra que en los ms de 25 aos de

    democracia lo ms daino para la democracia, el Estado de Derecho y Buen

    Gobierno es la corrupcin; ninguno de los gobiernos pudo plantear polticas

    pblicas ni medidas legales severas para erradicar este mal; por el contrario

    dirigentes, militantes y seguidores de todos los partidos polticos en funcin de

    gobierno se vieron involucrados en actos de corrupcin, as lo certifican los

    informes anuales del organismo internacional Transparencia Internacional28,

    28

    www.transparency.org

  • 35

    donde Bolivia se encuentra entre los pases ms corruptos del mundo situado en

    el puesto 102 de 180 pases, con un indicador del Indice de Percepcin de la

    Corrupcin (IPC) no mayor al 2,5 puntos de una regla de 0 a 10.

    Por lo citado, podemos concluir que la frgil democracia y la constante corrupcin

    en todos y cada unos de los gobiernos de turno desde el retorno de la

    democracia en 1982, se debe a posiciones efmeras en las polticas pblicas,

    una mala administracin del Estado, injerencia de los Organos Ejecutivo y

    Legislativo en el Ministerio Pblico, el Poder Judicial, y la Polica Boliviana. A

    esto incluimos una mala y polarizada gestin legislativa del Organo Legislativo

    debido a la fragmentacin poltico partidario, as como la creacin de Comisiones

    Especiales en el Organo Legislativo para la investigacin de hechos relevantes

    que finalmente slo llegan a entorpecer la investigacin penal que debe llevar

    adelante el Ministerio Pblico. Estas Comisiones ms que una investigacin

    penal slo llevan escndalos mediticos, enfrentamientos verbales, pero nada de

    resultados y soluciones, como lo sucedido con los casos de corrupcin en

    Yacimientos Petrolferos Fiscales Bolivianos (YPFB) que se llevo por delante un

    muerto, dinero perdido producto de la corrupcin, contratos lesivos al Estado, y

    mucha impunidad, donde el Estado no recupera el dinero perdido.

    Estas acciones slo y nicamente concluyen con la impunidad de quienes

    debieran ser juzgados y sancionados penalmente, para luego el Estado

    recuperar lo perdido por las acciones corruptas.

  • 36

    7.2 Designaciones y nombramientos de autoridades

    Como citamos en puntos anteriores, el hecho de nombrar a autoridades

    jerrquicas por cuoteo poltico, o en su caso nombrar por Decreto del Organo

    Ejecutivo, lleva a una constante dependencia convertida en injerencia entre

    Organos, instituciones y autoridades, ms concentrado en una injerencia del

    Organo Ejecutivo en el Organo Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional, en

    el Ministerio Pblico, la Polica Boliviana y otros rganos desconcentrados

    llamados por Ley, con resultados nefastos frente a las investigaciones y la

    administracin de justicia, en consecuencia la no existencia de un Estado de

    Derecho y Buen Gobierno.

    Los nombramientos amaados, hacen que la lucha contra la corrupcin no llegue

    a buen fin, por lo que el Estado y la sociedad pierden recursos econmicos y

    financieros que deberan estar dirigidos al desarrollo econmico, humano y

    social. Las consecuencias son la impunidad por la no sancin a los

    responsables, y la no recuperacin de los bienes del Estado a favor del Estado,

    de esta manera haciendo que la impunidad sea el arma protectora en contra del

    Estado y la sociedad.

    A modo de ilustracin, a continuacin una grafica que muestra la cadena

    eslabonada de injerencia e impunidad en la lucha contra la corrupcin:

  • 37

    Cuadro N 11 REDES DE LA CORRUPCION

    Fuente: Elaboracin propia

  • 38

    VIII. CONCLUSIONES

    1. En los ms de 27 aos de democracia desde su retorno en 1982, el Estado

    boliviano y su sociedad fueron vctimas de una mala administracin a travs

    del saqueo constante de las arcas del Estado, contratos pblicos nacionales e

    internacionales amaados, administracin prebendal y una frgil democracia

    por los constantes pactos y/o coaliciones de partidos polticos para tomar el

    Gobierno.

    2. El tema especfico de la corrupcin fue un tema de discursos y promesas

    preelectorales de una lucha frrea, que al momento de tomar decisiones

    gubernamentales, slo quedaron en escndalos pblicos que involucraron e

    involucran a jerarcas de partidos polticos protegidos por sus partidos polticos

    o por la inmunidad por ser Diputados o Senadores, o finalmente por ser

    Ministros de Estado, Prefectos o Alcaldes protegidos por el derecho a juicios

    de responsabilidades o que gocen de caso de Corte.

    3. En los ltimos tiempos, es notorio un avance en tratar ms el tema de la lucha

    contra la corrupcin, traducidos en proyectos de Ley que por la falta de

    voluntad poltica y relaciones encontradas - principalmente en el Organo

    Legislativo no llegaron a ser tratadas, menos aprobadas. Es cierto y

    evidente que los proyectos de Ley contra la corrupcin an no han tomado

    madurez tcnica, pero son buenas intenciones que deberan ser objeto de

    correcciones, adecuaciones a las normas legales bolivianas y actualizaciones

    a los estndares internacionales.

  • 39

    IX. PLANTEAMIENTO DE POLITICAS PUBLICAS (Recomendaciones)

    En el marco de la Constitucin Poltica del Estado de 7 de febrero de 2009 y la

    modernizacin del Estado, planteamos las siguientes polticas pblicas:

    1. Adecuar y actualizar el Proyecto de Ley de lucha contra la Corrupcin

    (Marcelo Quiroga Santa Cruz) a la Constitucin Poltica del Estado de 7

    de febrero de 2009, y los estndares internacionales contenidas en las

    Convenciones de la Organizacin de Estados Americanos y de las

    Naciones Unidas a fin de garantizar el debido proceso dentro de un

    Estado de Derecho y Buen Gobierno, de forma tal que no permita - al

    imperio de la Ley la violacin de los Derecho Humanos.

    2. Las adecuaciones del Proyecto de Ley de lucha contra la Corrupcin

    (Marcelo Quiroga Santa Cruz) tambin deben estar dirigidas a la relacin

    estrecha que existe entre la corrupcin y la legitimacin de ganancias

    ilcitas (lavado de dinero), en consecuencia el Gobierno boliviano debe

    plantear una nueva norma legal especial con jerarqua de Ley adecuada y

    actualizada a las Convenciones de la Organizacin de Estados

    Americanos y de las Naciones Unidas, concordante con las 40

    Recomendaciones del Grupo de Accin Financiera Internacional (GAFI).

    3. Del anterior punto, garantizar que las autoridades designadas cumplan

    con el mandato constitucional, ejerciendo el imperio de la Ley de lucha

    contra la corrupcin y buenas prcticas en la administracin del Estado.

    4. Adecuar y actualizar la Ley 1178 de Administracin y Control

    Gubernamental a los nuevos acontecimientos y estructura del Estado,

    fortaleciendo los controles y otorgando mayores atribuciones a la

    Contralora General de la Repblica.

  • 40

    5. Para concluir, elaborar un Proyecto de Ley para designaciones y

    nombramientos de autoridades en el Organo Judicial y Tribunal

    Constitucional Plurinacional y en el Organo Ejecutivo, cuyo proyecto de

    Ley sera aprobado en el Organo Legislativo a fin de garantizar el

    nombramiento de personas idneas y no polticas, que cumplan el tiempo

    de mandato constitucional.

    En el proyecto de Ley se debe contar con un Capitulo sobre faltas y

    sanciones de las autoridades designadas y nombradas, estas deben ser

    estrictamente de tipo administrativo si son faltas leves, y de tipo penal si

    son faltas graves, de forma tal que facilite el tratamiento en primera

    instancia la recuperacin de los recursos econmicos y financieros que

    la autoridad corrupta haya estado sustrayendo o beneficindose, sean

    recursos del Estado o recursos por coimas provenientes del sector

    privado por efecto de contratos pblicos.

    ___________________________________________________________________

    La Paz, octubre de 2009

  • 41

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  • 42

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