delitos contra la propiedad_apunte resumen

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  • 8/18/2019 Delitos Contra La Propiedad_apunte Resumen

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    DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD

    Bien jurídico protegido: la propiedad (indiidual!

    Cla"i#icaci$n:

    %&' Delitos contra la propiedad cometidos por medios materiales: aquellos que dice relación con loaprehensible, con lo físicamente visible y encontramos los siguientes delitos:

    a! Robo: usando la violencia o intimidación en las personas o de fuerzas en las cosas.! Hurto: si falta la violencia, la intimidación o la fuerza.c! a apropiación indebidad! !l hurto de hallazgo.

    )&' Delitos contra la propiedad cometidos por medios inmateriales.

    *&' Delitos contra la propiedad cometidos por medios de destrucción.

    ART&+*)& El  que 1sin la voluntad de su dueño y con 2 ánimo de lucrarse 3se apropia de cosa mueble ajenausando de violencia o intimidación en las personas o de fuerza en las cosas, comete robo, si faltan la

    violencia, la intimidación y la fuerza, el delito se califica de hurto (De ,e,oria!

    "#u$les son los elementos para un robo o hurto%

    -enerale": 

    &. 'in la voluntad del due(o: )usencia de voluntad, anuencia o consentimiento, no puede e*istir ningunaautorización, no est$ referido solo a ingreso sino a la toma de esas especies que no le pertenecen,piensa en la apropiación, no en la forma de ingreso, no e*ige tradición para la apropiación, cosa mueble.

    &. #on $nimo de lucrarse: !+. a tele que le robo al pablo. -ncrementar el patrimonio, no solo vender ycuando la regalaba, cuando la tiraba a la basura

    &. a apropiación de cosa mueble a+ena: 'ignifica tomarlo físicamente y llevarlo, hacerlo suyo, requiere dela aprehensión física.

    &. Hablamos del e+emplo de una persona a la cual robaron un bolso robo por sorpresa y lo detienen yuna vez revisado el bolso encuentran que llevaba / ladrillos de coca, "0u1 tenemos ahí%

     )propósito de cosa mueble va a hacer cualquier cosa mueble este fuera del comercio humano, hasta deob+eto ilícito.

    #uando hay robo%

    &. #uando hay violencia o golpear a la víctima, aunque sea un chilito

    &. intimidación en las personas o generar miedo, amenazar, generar un temor

    &. fuerza en las cosas rompimiento de pared, ventanas, forzar chapas

    !+emplo: 'i 2lvaro va en su moto, se estaciona fuera del local que tiene, llega un cliente le saca el espe+oy se lo lleva, "qu1 delito cometió el cliente%

    R: hablamos de un hurto porque falta información, en cuanto a cómo se produ+o la fuerza y si es quehubo de 1sta.

    &. 'i faltan estos 3 elementos hablamos de Hurto.

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    ROBO CON .IOLENCIA O INTI/IDACI0N EN LAS PERSONAS:

    4ace y tiene como verbo rector el art 536, entendemos como robo con violencia respecto de aquel quesin la voluntad de su due(o se apropia de cosa a+ena con $nimo de lucro, pero debemos agregar cuando

    e+erce violencia o intimidación.

    !sta complementado en el )rt. 537. #.8: de memoria o hay robo con violencia y intimidación si no seconfabulan estos dos )rt. y est$ sancionado en el )rt. 539 inc. ;.

    ART& +*1& !ara los efectos del presente párrafo se estimarán por violencia o intimidación en las personaslos malos tratamientos de obra, las amenazas ya para hacer que se entre"uen o manifiesten las cosas,

    ya para impedir la resistencia u oposición a que se quiten, o cualquier otro acto que pueda intimidar o

    forzar a la manifestación o entre"a #ará tambi$n violencia el que para obtener la entre"a o

    manifestación ale"are orden falsa de al"una autoridad, o la diere por s% fin"i$ndose ministro de justicia o

    funcionario p&blico DE /E/ORIA!

    &. os malos tratamientos de obra: ósea los golpes, de obra osea, materialmente.

    &. as amenazas: en varios sentidos,

    a.& para que se manifiesten o entreguen las cosas. !+: si no me la pasas te mato.b.& para impedir la resistencia que tiene: e+: entr1game la cartera sino mato a tu hi+o.

     &. #ualquier acto que pueda invitar a esa manifestación o entrega.

    &. 'uplantación, casi un disfraz: !l que alegue una orden falsa para la entrega de las cosas o falsificaalguna autoridad.

    ART& +*2& 'uera de los casos previstos en los art%culos precedentes, los robos ejecutados con violencia o

    intimidación en las personas, serán penados con presidio mayor en sus "rados m%nimo a má(imo,cualquiera que sea el valor de las especies substra%das / a(os día a 6< a(os

    ROBO CON .IOLENCIA O INTI/IDACI0N CO/PLE3O O CALI4ICADO

    ART&+**&  El culpable de robo con violencia o intimidación en las personas, sea que la violencia o laintimidación ten"a lu"ar antes del robo para facilitar su ejecución, en el acto de cometerlo o despu$s de

    cometido para favorecer su impunidad, será casti"ado)

    * +on presidio mayor en su "rado medio a presidio perpetuo calificado cuando, con motivo u ocasióndel robo, se cometiere, además, homicidio, violación o al"una de las lesiones comprendidas en los

    art%culos 3-, 3. y 3/, 0* 1*

    6;. #on presidio mayor en su "rado medio a má(imo, cuando las v%ctimas fueren retenidas bajo rescate o por más de un d%a, o se cometieren lesiones de las que trata el 0* 2* del art%culo 3/ .

    =erbo rector: el 536 verbo rector general robo o hurto

    !s una figura comple+a cuando va apare+ado de otros delitos, por lo que el legislador agrava la sanciónadem$s, pero cuando el principal es el robo. !sto determina el >> se hace para asegurar la impunidado tambi1n para asegurar un resultado. !+: un robo mas una violación.

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    ROBO POR SORPRESA (RAPI5A!

    &. )rrebatar cosa mueble a+ena en forma sorpresiva, pero sin generar lesiones directas a la victima.

    !s la persistencia lo que lo transforma en robo con violencia.

    ART& +*2& Inc& )6 e considerará como robo y se casti"ará con la pena de presidio menor en sus "radosmedio a má(imo, la apropiación de dinero u otras especies que los ofendidos lleven consi"o, cuando se

     proceda por sorpresa o aparentando riñas en lu"ares de concurrencia o haciendo otras maniobras

    diri"idas a causar a"olpamiento o confusión

    ) 7IPOTESIS:

    .& a rapi(a ? )parentando ri(a: no se puede dar pura esta hipótesis

    #R-@-#): tendría que ser bien, que se note la ri(a, porque est$ a un paso de convertirse en robo conviolencia. !s impracticable la ri(a.

    6&. #ausar agolpamiento o confusión: 1sta es poco m$s creíble y aceptable. !+.: yo grito un ratón en lasala y las mu+eres se agolpan en un sector de la sala y aprovecho para robar sus billeteras de lasmochilas.

    &. -A8BR@)4@!: Hay que descartar y preocuparse que no haya ninguna amenaza o violencia.

    ROBO CON 48ER9A EN LAS COSAS:

    &. 8uede ser en lugar habitado )R@. 55

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    &. !s un delito que por definición es pluriofensivo en abstracto: no solo pone en riesgo la propiedad, sinoque compromete la integridad física y síquica de las personas, alguien que est1 dormido o +ugando. !neste concepto basta la puesta en peligro. )utoriza la legítima defensa

     )cuerdo reparatorio: solo opera cuando no son pluriofensivo, sino mas bien patrimoniales.

    "#u$ndo hay fuerzas en las cosas% 3 hipótesis aplicables al robo en lugar habitado.

    %!  &. #on escalamiento: cuando se entra por vía no destinada para el efecto.&. 8or forado: por un hoyo que e*istan en el techo&. 8on rompimiento de pared o techos&. ractura de puertas o ventanas.

    )!  &. Haciendo usos de llaves falsas: aquella que se fabrica y no es de los due(os.&. B verdadera que hubiere sido substraída originales robada&. De ganzEas u otros instrumentos seme+antes para entrar en el lugar del robo #ombo,

    destornillador

    *!  &. ) trav1s de seducción engatusar de algEn domestico pedir agua a la nana y entrar robar&. B favor de nombres supuestos tramolao, hablar como milico&. B simulación de autoridad.

    L8-AR NO 7ABITADO

    &. Refiere un lugar que no tenga esa finalidad, se refiere a bodegas, al traba+o !+.: ingreso de noche a unaferretería o farmacia, siempre que no est1 de turno porque derivaría en otro delito.

    ART& ++)& El robo en lu"ar no habitado, se casti"ará con presidio menor en sus "rados medio a má(imosiempre que concurra al"una de las circunstancias si"uientes)

    1a Escalamiento

    2a 'ractura de puertas interiores, armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados

    3a #aber hecho uso de llaves falsas, o verdadera que se hubiere substra%do, de "anz&as u otros

    instrumentos semejantes para entrar en el lu"ar del robo o abrir los muebles cerrados

    &. a penalidad es m$s ba+a, y e*iste un problema ac$ porque si lo sustraído estaba en el +ardín o en labodega del patio% a doctrina est$ dividida, porque necesariamente hay que analizarlo, algunos lorealizan de la vía civil y otro de la penal, porque se dice que es en la bodega y est$ en la casa, otrosdicen que da lo mismo si es en la propiedad porque puede en la eventualidad una persona en esemomento ir a la bodega a buscar algo, es discutible.

    3 presupuestos parecidos al 55< pero con algunas diferencias:

    &. !scalamiento6&. ractura de puertas interiores

    3&. Haber hecho uso de llaves falsas.

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    ROBO DE COSAS ;8E SE ENC8ENTRAN EN BIENES NACIONALES DE 8SO P8BLICO

    &. )c$ nos vamos a remitir a civil, lugares de uso pEblico son bienes comunes, como las plazas, aquel quetenemos acceso todos, sea donde est1 ubicado, sea por su origen o naturaleza.

    !+. la plaza, todos tenemos libre acceso a las bancas, las piletas, por su naturaleza, pero un vehículoestacionado en la plaza, porque lo pusieron ahí tambi1n tenemos todo acceso a el porque lo podemostocar, est$ ubicado en un bien y lugar de acceso pEblico, esto marca mucho de el tipo de delito queestamos hablando. @ambi1n se incluye el robo de tendido el1ctrico.

    &. 'irley y sergio se les queda el celu en la banca y paso yo y lo robo, que delito hay% Hurto de hallazgo.

    &. !l mismo e+emplo, pero esta vez yo llevo un cuchillo y amenazo a 'ergio y le pido el celu que hay%Robo con intimidación.

    &. !l mismo e+emplo, pero ahora no est$n sirley y 'ergio, veo una banca y la destornillo y me la llevo parala casa, que delito cometo% Robo de cosa que se encuentran en bien nacional de uso pEblico.

    &. !l mismo e+emplo, pero amenazo al vie+o que riega y le digo que me saque 1l la banca, que robo hay%Robo con intimidación.

    &. o que define el tipo penal es la forma en que se logra la sustracción, m$s que el lugar donde estas.

    &. )lvaro fue a la plaza 8rat en su moto harley y se va a comer a un local, y cuando vuelve sorprende aalguien corriendo con su espe+o de la moto, que delito cometieron contra alvaro% 4o se tiene claro si fuecon fuerza o no, por lo tanto hay que preguntar si es ocuparon o no fuerza porque el e+emplo no lo dice.

    ART&++*&  +on la misma pena señalada en el art%culo anterior se casti"ará el robo de cosas que seencuentren en bienes nacionales de uso p&blico o en sitio no destinado a la habitación si el autor hace

    uso de llaves falsas o verdaderas que se hayan substra%do, de "anz&as u otros instrumentos semejanteso si se procede, mediante fractura de puertas, vidrios, cierros, candados u otros dispositivos de

     protección o si se utilizan medios de tracción

    i el delito a que se refiere el inciso precedente recayere sobre un veh%culo motorizado, se impondrá la

     pena de presidio menor en su "rado má(imo

    i con ocasión de al"una de las conductas señaladas en el inciso primero, se produce la interrupción o

    interferencia del suministro de un servicio p&blico o domiciliario, tales como electricidad, "as, a"ua,

    alcantarillado, colectores de a"uas lluvia o telefon%a, la pena se aplicará en su "rado má(imo

    -nc. 'egundo: cuando se trata de vehículos como romper el vidrio y sacar la radio cambia la pena.

    -nc. @ercero: idem a la anterior si se interrumpe o interfiere algEn suministro pEblico o domiciliario.

    EL 78RTO

    &. !n estricto tiene varias variantes, pero vamos a ver solo el hurto simple y el hurto agravado.

    .ero rector: nace a partir del 536, define el robo y el hurto.

    !l hurto no tiene mucho que e*plicar, el verbo rector esta definida en el 536 y no necesita acceder a otroartículo.

    .& tener siempre presente: e+: del alvaro le roban la moto, cuando yo hablo de la fuerza mas que pensar en la fuerza en el mismo bien, es en la fuerza que se e+erce en los medios de resguardo, en que estoypensando, en la puerta, en las ventanas, en los techos, ahí donde yo e+erzo la fuerza m$s que en el bienpropiamente tal que estoy sustrayendo.

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    6.&cuando revisamos el robo en lugar habitado, cuando revisa el escalamiento, y compara el 55< y el 556,4B dicen lo mismo, !4 ! 556 H)F) D! ) C!RG) !!R#-D) !4 8)R@!' -4@!R-BR!', muchoshan dicho que al no decir fuerza interior se entiende la fuerza en lugares e*teriores. ! 8RB!: al noprecisar el profe piensa que es en tanto en el interior como en el e*terior.

    3.& Btra cosa que es discutible: e+ del vehículo en el ante+ardín, no habitado porque el ante+ardín no esta

    habitado, el profe no se atreve a decir si es o no habitado, la #' ha sido clara en el punto y ha se(aladoelementos para distinguir esto por e+: si roba en el patio de atr$s en la bodega y hay un calefont significaque transita gente, el profe piensa que es !' H)F-@)DB.

    !l hurto simple esta definido en el 536, su sanción est$ en el 559, el hurto la pena va asignada en razónde valor de lo sustraído, y el legislador ha hecho fran+as de pena.

    &. a pena va asignada en valor a lo sustraído, al valor de la cosa.

    ART& ++2& os autores de hurto serán casti"ados)

    14 +on presidio menor en sus "rados medio a má(imo y multa de once a quince unidades tributarias

    mensuales, si el valor de la cosa hurtada e(cediera de cuarenta unidades tributarias mensuales

    24 +on presidio menor en su "rado medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales, si el 

    valor e(cediere de cuatro unidades tributarias mensuales y no pasare de cuarenta unidades tributarias

    mensuales

    34 +on presidio menor en su "rado m%nimo y multa de cinco unidades tributarias mensuales, si e(cediere

    de media unidad tributaria mensual y no pasare de cuatro unidades tributarias mensuales

    i el valor de la cosa hurtada e(cediere de cuatrocientas unidades tributarias mensuales, se aplicará la

     pena de presidio menor en su "rado má(imo y multa de veintiuna a treinta unidades tributarias

    mensuales 

    &. 'obre a 5< C@A.

    6&. 'obre 5 C@A y hasta 5< C@A.

    3&. 'obre I C@A y hasta 5 C@A.

    78RTO A-RA.ADO

    !leva la sanción de las penas cuando concurren algunas de las hipótesis que va desarrollando y se basaen la confianza, en el abuso de 1sta.

    !+: caso de 'ergio con sirley robo del celular, abuso de confianza., el traba+ador de confianza, etc.

    ART& ++

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    &. 8ensando en la nana que abusando de la confianza empieza a sustraer cosas.

    6&. 8ensando en traba+adores, alumnos en relación a su maestro que va al taller y roba cosas.

    3&. 8ensando en el que tiene a cargo la posada, pensión, arriendo.

    5&. Hablando del capit$n o el que est1 a cargo que roba las cosas que tiene a cargo.

    ART& ++< BIS&  El hurto de cosas que forman parte de redes de suministro de servicios p&blicos odomiciliarios, tales como electricidad, "as, a"ua, alcantarillado, colectores de a"uas lluvia o telefon%a,

    será casti"ado con presidio menor en sus "rados medio a má(imo

    i con ocasión de al"una de las conductas señaladas en este art%culo se produce la interrupción o

    interferencia del servicio, la pena se aplicará en su "rado má(imo 

    &. Hablamos como colgarse a la luz, al @= cable,

    &. -nc 6; si altera el suministro se aplica la pena al grado m$*imo

    78RTO DE 7ALLA9-O

    ART& ++=& El que hallándose una especie mueble al parecer perdida, cuyo valor e(ceda de una unidad tributaria mensual, no la entre"are a la autoridad o a su dueño, siempre que le conste qui$n sea $ste por 

    hechos coe(istentes o posteriores al hallaz"o, será casti"ado con presidio menor en su "rado m%nimo y 

    multa de cinco unidades tributarias mensuales

    7ambi$n será casti"ado con presidio menor en su "rado m%nimo y multa de cinco unidades tributarias

    mensuales el que se hallare especies, al parecer perdidas o abandonadas a consecuencia de naufra"io,

    inundación, incendio, terremoto, accidente en ferrocarril u otra causa análo"a, cuyo valor e(ceda la

    cantidad mencionada en el inciso anterior, y no las entre"are a los dueños o a la autoridad en su defecto

    &. a victima debe acreditar la propiedad, ese es el verbo rector.

    DELITOS CONTRA EL BIEN 38R>DICO LIBERTAD:

    &. !s uno de los bienes +urídicos m$s relevante +unto con la vida. @iene una categoría de garantíaconstitución y tiene mecanismo para garantizarlo.

    &. =amos a ver varios conceptos, detención, secuestros, etc.

    &. #uando hablamos de la libertad estamos hablando de un sentido individual como bien +urídico.

    DELITO DE A/ENA9AS

    &. @iene una descripción típica bastante clara art. 679 c.p y va cambiando conforme a la descripción deltipo penal, dependiendo de las hipótesis: amenazas condicionales y no condicionales.

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    &. #laramente amenaza lo interno, lo sicológico, vis relativa, afecta una suerte de posibilidad de resolver en forma autónoma.

    ART& )12&  El que amenazare seriamente a otro con causar a $l mismo o a su familia, en su persona,honra o propiedad, un mal que constituya delito, siempre que por los antecedentes aparezca veros%mil la

    consumación del hecho, será casti"ado)

    14 +on presidio menor en sus "rados medio a má(imo, si hubiere hecho la amenaza e(i"iendo una

    cantidad o imponiendo ile"%timamente cualquiera otra condición y el culpable hubiere conse"uido su

     propósito

    2* +on presidio menor en sus "rados m%nimo a medio, si hecha la amenaza bajo condición el culpable

    no hubiere conse"uido su propósito

    3* +on presidio menor en su "rado m%nimo, si la amenaza no fuere condicional8 a no ser que merezca

    mayor pena el hecho consumado, caso en el cual se impondrá $sta

    +uando las amenazas se hicieren por escrito o por medio de emisarios, $stas se estimarán como

    circunstancias a"ravantes

    !ara los efectos de este art%culo se entiende por familia el cónyu"e, los parientes en la l%nea recta de

    consan"uinidad o afinidad le"%tima, los padres e hijos naturales y la descendencia le"%tima de $stos, los

    hijos ile"%timos reconocidos y los colaterales hasta el tercer "rado de consan"uinidad o afinidad 

    le"%timas

    Sujeto Actio:  #ualquier persona. 4o requiere ninguna actitud especial solo ser responsablepenalmente.

    Sujeto pa"io: cualquier persona, sin embargo hay algunas que por su condición de salud u otra no

    pueden ser amenazados e+: amenazo a Justavo cerati o amenazar una guagua.

    Sujeto pa"io indirecto: cuando es respecto a la familia las amenazas.

    Re?ui"ito" del ero rector para entender ?ue @a a,enaa:

    %&' Debe ser real, no puede ser imaginada

    )&' Debe ser actual, !+.: marcela y su beb1, amenaza al profe antes de tener la guagua.

    *&' Debe generar verosimilitud, debe generar elementos de verdad, por e+emplo: si me sigues molestando

    te voy a pegar con ese poste, claramente, en estricto, eso carece de realidad por lo tanto no es verosímil,tambi1n los que hacen carabineros y gendarmería las amenazas el conte*to de traba+o de ellos no lohace verosímil.

    &. !st1 muy ligada a la circunstancia que se produce la amenaza. K que genere un da(o al honor de esapersona.

    &. a amenaza en estricto, tiene un problema de prueba, es difícil de probar ya que solo tengo a lavíctima, por lo tanto depende mucho del valor probatorio que tenga esa persona.

    &. 4ormalmente uno vera vinculada la amenaza en la =- genera mucha credibilidad, aquí no secuestiona la verosimilitud. o bueno es que da seguridad a la víctima, lo malo es que se puede llenar el

    ministerio pEblico de denuncias por =- temerarias no reales, mentiras'anción penal:

    &. )menazas condicionales: & 8roponga una condición arbitraria e ilegal y 6que haya logrado su ob+etivo

    6&. )menazas condicionales pero no consiguen su ob+etivo: &. o amenaza y no consigue su propósito,

    3&. )menaza no condicionales: &.directa sin ninguna condición. #uando te vea te voy a pegarLte

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    &. 4o solo se habla de amenazas de muerte, incluye las de lesiones, tambi1n la de propiedad, vida, etc. !lproblema es que la víctima no siempre tiene quien lo asista de manera real.

    -nc. 5: 'i la amenaza se hace por escrito ser$n agravantes, y y poco h$bil, porque genera el ne*o causal.

    &. !l Eltimo inciso precisa la =-, la importancia que sea =- es la condena y el abandono del hogar 

    comEn.

    ART&)1

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     )quel que lo realice lo hace sin derecho y ninguna autorización y aquí uno toca mucho el derecho deflagancia que tiene el cod. 8rocesal penal, )rt. 3