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- DELA PUBLICA BOLIVARIANA DE NEZUELA ====================' ==========, AÑOCXXIX -MES 111 Caracas, jueves 3 de enero de 2002 N° 5.570 Extraordimu-io SUMARIO Asamblea Nacional Ley W 82. Ley Aprobatoria del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de Niños en Conflictos Armados.- Ley W 83. ley Aprobatoria del Convenio entre el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y el Gobierno de la Federación de Rusia. sobre la Coope,:"ción en la Lucha contra el Tráfico lIieilo y el Uso Indebido Estupefacientes y Sustanc.ias Psicolrópicas.- Ley W 84. Ley Aprobatorra del Acuerdo entre los GobIernos de la República Bolivariana de Venezuela y el Reino de España. sobre el Programa Araucaria-Los N" 85. Ley del Convenio sobre Cooperación Técnico-Militar entre el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y el Gobierno de la Federación Rusa.- Ley W 86. Ley Aprobatoria del Protocolo sobre Privilegios e Inmunidades de la Asociación de Estados del G.aribe .- Ley W 87. ley Aprobatoria del Protocolo al Convenio de Coopera- ción en el Marco de la Conferencia Iberoamericana para la Constitución de la Secretaria de Cooperación Iberoamericana y sus Eslatulos.- · Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial Sentencia dictada por esta Comisión.- (Doctor Freddy Rafael Rodriguez Rodriguez).- Defensoría del Pueblo mediante la cual se dictan las Normas Transitorias que Regulan el Reglmen de Personal de esta Defensoria.- - LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECRETA la siguiente. . LEY APROBATORIA DEL PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO RELATIVO A LA PARTICIPACIÓN DE NIÑOS EN CONFLICTOS ARMADOS ARTicULO ÚNICO . aprueba en todas ' sus partes, y para que surta efectos mternaclOnales en cuanto a Venezuela se refiere. el Protocolo Facultativo Convención so.bre los Den:cbos del Niño relativo a la Panicipación de Nmos en los Conflictos Armados. adoptado en la ciudad de Nueva York. el 7 de septiembre de 2000. PROTOCOLO FACULTA'I'IVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑo REI,A'I'IVO A LA PARTICIPACIÓN DE NIÑos EN LOS CONFLICTOS ARMADOS Los Estados Panes _ el priseÑe Protocolo. Alen/ado. por. el apoyo abOlmador que ha merecido la Convención sobre los Dacebos del Niíio, lo que.demuestra que existe una - - voluntad general de luchar por la promoción y la protecci ón de los derechos del niño. Reafirmando que los derechos del niño requieren una prote cc ión especial y que. para ello. es necesario seguir mejorando la situación de l os niños sin distinción y procurar que éstos se desarro ll en y sean educados en condiciones de paz y seguridad. Prtocupados por los efectos pernIcIO SOS y ge nerales que ti e nen para los niños los connictos annados, y por sus co nsecuencias a largo plazo para la paz. la seg uridad y el desarrollo duradero s. Condenando el hecho de que en las situaciones de conll icto armado los niños se conviertan en un blan co, as! como lo s a taqu es directos contra bien es protegidos por el derec ho internacional. incluidos los lugares donde suele haber una considerable pres enc ia infantil , co mo escuelas y hospitale s, Tomando nOla de la adopción del Estatuto de la Corte Pen al Internacional. en particular la ínclusiÓn en tre l os crf menes dt:: guerra en conflictos armados, lanto internacionales como no internacionales. del reclutamiento ó ali stamiento de niños menores de 15 años o su utilización para participar activame nte en las hostilidades. Considerando que para seguir promoviendo"la realización de l os derechos reconocidos en la Convención sobre l os Dere c ho s del Niño es necesario aumentar la protección de los niños con miras a evitar que participen en conflictos armados. Observando que el artículo 1 de la ConvenciÓn sobre l os Derechos del Niño precisa que. para los efectos de esa Convención. se entiende por niño todo se r humano menor de 18 años 4c.edad. sa lv o que . en virtud de la ley aplicable, haya a1canz.ado antes la mayorfa de edad. Convencidos de que un protocolo facultativo de la Convención por el que se eleve la edad mínima para el reclutamiento de perso nas en l as fuerzas armadas y su participación directa en las hostilidades. contribuirá eficazmente a la aplicación del principio de que el interés superior del niño debe ser una consideraciÓn primordial en todas las decisiones que le . conCIernan, Tomando nota de que en diciembre de 1995 la XXVI Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja recomendó a las partes en conflicto que tomaran todas las medidas viables para que los niños menores de 18 años no participen en hostilidades. Tomando nota con satisfacci6n de la aprobación unánime . en junio de 1999. del Convenio de la Organización Internacional del Trabajo W 182 sobre la prohibición de las peores fonnas de trabajo infantil y la acciÓn inmediata para su eliminación. en el que se prohibe. entre otros, el reclutamiento forzoso u obligatorio de niños para utilizarlos en conflictos armados. Condenando con suma preocupaci6n el reclutamiento. adiestramiento y utiliz.ación dentro y fuera de las fronteras nacionales de niños en hostilidades por parte de grupos annados distintos de las fuerzas de un Estado. y reconociendo la responsabilidad de quienes reclutan. adiestran, y utilizan niños de este modo. Recordando que todas las partes en un conflicto armado lienen la obligación de observar las disposiciones del derecho internacional humanitario, Subrayando que el presente protocolo' se entenderá sin perjuicio de los objetivos y principios que contiene la Cana de las Naciones Unidas, incluido su Articulo 51 y las nonnas pertinentes del derecho humanitario. T.niendo presente que, para lograr la plena protección de los niños, en particular durante los conflictos armados y la ocupación exttanjera, es indispensable que se den condiciones de paz y seguridad basadas en el pleno respeto de los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas 'i se observen los instrumentos vigentes en materia de derechos humanos.

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-

DELA PUBLICA BOLIVARIANA DE NEZUELA ===================='==========,

AÑOCXXIX -MES 111 Caracas, jueves 3 de enero de 2002 N° 5.570 Extraordimu-io

SUMARIO

Asamblea Nacional Ley W 82. Ley Aprobatoria del Protocolo Facultativo de la Convención sobre

los Derechos del Niño relativo a la participación de Niños en Conflictos Armados.- Ley W 83. ley Aprobatoria del Convenio entre el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y el Gobierno de la Federación de Rusia. sobre la Coope,:"ción en la Lucha contra el Tráfico lIieilo y el Uso Indebido ~e Estupefacientes y Sustanc.ias Psicolrópicas.- Ley W 84. Ley Aprobatorra del Acuerdo entre los GobIernos de la República Bolivariana de Venezuela y el Reino de España. sobre el Programa Araucaria-Los Roq~es.- ~~y N" 85. Ley ~probatoria del Convenio sobre Cooperación Técnico-Militar entre el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y el Gobierno de la Federación Rusa.- Ley W 86. Ley Aprobatoria del Protocolo sobre Privilegios e Inmunidades de la Asociación de Estados del G.aribe.- Ley W 87. ley Aprobatoria del Protocolo al Convenio de Coopera­ción en el Marco de la Conferencia Iberoamericana para la Constitución de la Secretaria de Cooperación Iberoamericana y sus Eslatulos.-

·Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial

Sentencia dictada por esta Comisión.- (Doctor Freddy Rafael Rodriguez Rodriguez).-

Defensoría del Pueblo Reso~u~ión mediante la cual se dictan las Normas Transitorias que Regulan el

Reglmen de Personal de esta Defensoria.-

-

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

DECRETA

la siguiente.

. LEY APROBATORIA DEL PROTOCOLO FACULTATIVO DE

LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO RELATIVO A LA PARTICIPACIÓN DE NIÑOS EN

CONFLICTOS ARMADOS

ARTicULO ÚNICO

. S~ aprueba en todas ' sus partes, y para que surta efectos mternaclOnales en cuanto a Venezuela se refiere. el Protocolo Facultativo d~!a Convención so.bre los Den:cbos del Niño relativo a la Panicipación de Nmos en los Conflictos Armados. adoptado en la ciudad de Nueva York. el 7 de septiembre de 2000.

PROTOCOLO FACULTA'I'IVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑo REI,A'I'IVO A LA

PARTICIPACIÓN DE NIÑos EN LOS CONFLICTOS ARMADOS

Los Estados Panes _ el priseÑe Protocolo.

Alen/ado. por. el apoyo abOlmador que ha merecido la Convención sobre los Dacebos del Niíio, lo que.demuestra que existe una

-

-

voluntad general de luchar por la promoción y la protección de los derechos del niño.

Reafirmando que los derechos del niño requieren una protecc ión especial y que. para ello. es necesario seguir mejorando la situación de los niños sin distinción y procurar que éstos se desarroll en y sean educados en condiciones de paz y seguridad.

Prtocupados por los efectos pernIcIOSOS y generales que tienen para los niños los connictos annados, y por sus consecuencias a largo plazo para la paz. la seguridad y el desarrollo duraderos.

Condenando el hecho de que en las situaciones de conll icto armado los niños se conviertan en un blanco, as! como los ataques directos contra bienes protegidos por el derecho internacional. incluidos los lugares donde suele haber una considerable presenc ia infantil , como escuelas y hospitales,

Tomando nOla de la adopción del Estatuto de la Corte Penal Internacional. en particular la ínclusiÓn entre los crfmenes dt:: guerra en conflictos armados, lanto internacionales como no internacionales. del reclutamiento ó alistamiento de niños menores de 15 años o su utilización para participar activamente en las hostilidades.

Considerando que para seguir promoviendo" la realización de los derechos reconocidos en la Convención sobre los Derechos del Niño es necesario aumentar la protección de los niños con miras a evitar que participen en conflictos armados.

Observando que el artículo 1 de la ConvenciÓn sobre los Derechos del Niño precisa que. para los efectos de esa Convención. se entiende por niño todo ser humano menor de 18 años 4c.edad. salvo que . en virtud de la ley aplicable, haya a1canz.ado antes la mayorfa de edad.

Convencidos de que un protocolo facultativo de la Convención por el que se eleve la edad mínima para el reclutamiento de personas en las fuerzas armadas y su participación directa en las hostilidades. contribuirá eficazmente a la aplicación del principio de que el interés superior del niño debe ser una consideraciÓn primordial en todas las decisiones que le . conCIernan,

Tomando nota de que en diciembre de 1995 la XXVI Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja recomendó a las partes en conflicto que tomaran todas las medidas viables para que los niños menores de 18 años no participen en hostilidades.

Tomando nota con satisfacci6n de la aprobación unánime. en junio de 1999. del Convenio de la Organización Internacional del Trabajo W 182 sobre la prohibición de las peores fonnas de trabajo infantil y la acciÓn inmediata para su eliminación. en el que se prohibe. entre otros, el reclutamiento forzoso u obligatorio de niños para utilizarlos en conflictos armados.

Condenando con suma preocupaci6n el reclutamiento. adiestramiento y utiliz.ación dentro y fuera de las fronteras nacionales de niños en hostilidades por parte de grupos annados distintos de las fuerzas de un Estado. y reconociendo la responsabilidad de quienes reclutan. adiestran, y utilizan niños de este modo.

Recordando que todas las partes en un conflicto armado lienen la obligación de observar las disposiciones del derecho internacional humanitario,

Subrayando que el presente protocolo' se entenderá sin perjuicio de los objetivos y principios que contiene la Cana de las Naciones Unidas, incluido su Articulo 51 y las nonnas pertinentes del derecho humanitario.

T.niendo presente que, para lograr la plena protección de los niños, en particular durante los conflictos armados y la ocupación exttanjera, es indispensable que se den condiciones de paz y seguridad basadas en el pleno respeto de los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas 'i se observen los instrumentos vigentes en materia de derechos humanos.

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N° 5.570 Extraordinario GACETA OFICIAL DE LAREPUBLlCABOLlVARIANA DE VENEZUELA

d ) • Procurar que la ejecución del Proyecto suscite un amplio consenso

institucional y social involucrando especialmente a la sociedad civil en los

procesos de planificación. ejecución y evaluaciÓn.

Novuo: Las Partes convienen en que cualquier mooificación al presente

instrumento será de común acuerdo y por escrito.

D~cimo: El presente Acuerdo entrará en vigor en la fecha en que ambas

Partes se notifiquen. por escrito y por vfa diplomática. el cumplimiento de sus

requisitO/! constitucionales y legales internos .

Décimo primero: La vigencia del presente Acuerdo será de dos alias a parti r

de la fecha de su fuma. Las actividades se definirán anualmente con la finalidad , de medÍr los indicadores de éxito del proyecto. con lo cual se podrfa estudiar la

posibitidad de extender la cooperación a Otros tópicos importantes para el

Parque Nacional Archipiélago Los Roques.

El presente Acuerdo podrá ser denunciado por cualquiera de las Partes.

mediante notificación escrita. por vía diplomática. finalizando su vigencia a los

tres meses de la fecha de la denuncia. Esto no afectará a 135 actividades en

ejecución. salvo que las Partes lo convinieran en otro sentido.

Hecho en Carac35. el veintidós de agosto de 2000. en dos (2) ejemplares siendo ambos textos igualmente auténticos.

Por la República Bolivariana de Venezuela

José Vicente Rangel Vale Ministro de Relaciones Exteriores

ANEXO

Por Reino de España

Miguel Ángel Femández Mazarambroz

Embajador Extraordinario y Plenipotenciario

PROYECTO PARQUE NACIONAL ARCHIPIÉLAGO LOS ROQ UES PROGRAMA ARAUCARlA

VENEZUELA

INTRODUCCiÓN

El Parque Nacional Archipiélago Los Roques (PNALR) creado en 1972

representa uno de los arrecifes de coral protegidos más importantes de l Caribe .

además de sus comunidades coralinas presenta imponantes comunidades de

fanerógamas marinas. manglares. aves marinas . tortugas marinas. reptiles

te rrestres y peces de arrecife. Debido a su lejanía de la costa (I10Km) y las

labores de guardería. el parque nacional ha mantenido un buen nivel de

conservación desde su creación. si bien las dos actividades económicas que

sustentan a la población del Gran Roque han ido en aumento en los últimos diez

años. en especial la actividad turística, que ha pasado de unos pocos miles de

visitames a comienzo de la década de los noventa a cerca de 10 mil visitantes en

1999. -Esw actividades económicas de turismo y pesca juma a la concentración

de la población existente en el parque de 1.200 personas en la isla del Gran

Roque son los elementos más imponantes de impacto ambiental sobre las

Nacional Archipiélago Los Roques (PNALR) inició sus actuaciones de

cooperación en el PNALR en 1991. actividades que fueron respaldadas por las

Autoridades de Venezuela repre.sentada por el MinJS(eno de Planificac ión y

Desarrollo y el Ministerio de Relaciones EXlenores.

El proyecto de "Apoyo a un desarrollo rurlslÍco sustentable en el PaIque

Nacional Archipiélago Los Roques" se llevó a cabo entre 1997 y 1999 Y

contempló actividades de capacitación tuóstica. establecimiento de un nuevo

sistema de manejo de los desechos sólidos e instalaciÓn de bollas paIa la

señali zación y amarre . Además. el proyecto adqu irió equipos entre los que

caben destacar dos peñero~ con dos motores fue ra de borda cada uno. un equipo

de radi o . ..res equipos de buceo y equipos de perforación submarina para la

instalación de bollas así como sus anclajes correspond ientes.

Áre as prioritarias.

A partir de las entrevistas realizadas . leclura de la documentación

existente en la OTC de Caracas y tres visiw al PNALR. el Ministerio del

Ambiente y de los Recursos Naturales (MARN) a través de su Autoridad Única

de Área y la AECl en Venezue la. identificaron las siguientes áreas sobre las

que. de forma prioritaria. deberla de incidir el proyec tO ARAUCARIA en

Venezuela.

Impacto ca usado por la actividad turística:

El crecimiento observado en la actividad turística en el PNALR en la

última década en la que .se ha pasado de unos pocos miles de visitantes al año a

más de 70 mil en 1998. sin que e,'(ista una evaluación del impacto causado por

esta actividad. ni una planificación de la misma para el futuro. se considera que

puede poner en riesgo la calidad ambie ntal del Parque.

Plao de gestión del Parque Nacional Arcbipié lago Los Roques.

Si bien exisle un plan de ordenamiento de l Parque Nacional falta un plan de

gestión con el cual hacer efectivo el plan de ordenación. identificándose además

la necesidad de poner en marcha acú vidades de capacitación para el personal

dedicado a labores de°guardeóa.

Evaluación de recursos pesqueros

La pesca junto con el turismo son las actividades con mayor impacto

ambiental en el PNALR. la ordenación pesquera que existe en la actualidad nI)

cuenta con una evaluación de recursos que perntita valorar el estado de las

poblaciones explotadas (langosta, botuto y peces). asf como la eficacia de las

medidas de ordenación vigentes .

Ser vicios básicos a la comunidad.

El Programa ARAUCARIA en Venezuela apoyará la puesta en marcha de

nuevos modelos de gestión para mejorar la prestación de los servicios básicos

de suministro de agua.. saneamiento. electricidad y residuos sólidos.

Plan de investigación.

comunidades protegidas. Si bien se ha identificado que los riesgos más imponames de impactos en

El Programa ARAUCARIA además de realizar actividad relacionadas

con el impacto ambiental generado por la. comunidad del Gran Roque. ha

centrado sus actiVid'des de investigación en proporcionar el $Opone cienúfico

para la toma de decisioñes de aqueUos aspectos de la pesca o el turismo que

puedan tener impacto ambiental en el PNALR. La metodología de trabajo

eswá dirigida a establecer la capacidad de ciega nuistica del PNALR y la

evaluación de los recursos pesqueros.

La Agencia Espaoola de Cooperación lntemacionaJ (AECn a solicirud

del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Nanuales (MARN) a travts de

su DirccciÓD General Sectorial· Autoridad. Única de: Á.tt.a (AUA) del Parque

el Parque son las actividades relacionadas con la pesca y el turismo. se observan

deficiencias en las bases técnicas que deberlan dar sopone a la gestión y

ordenación de estas actividades. Se consideran como áreas priOrilarias de

investigación la determinación de la capacidad de caIga de visitantes y la

evaluación y ordenación de los recunos pesqueros.

Participación comunitaria en la eestión del PNA LR

La gestión del PNALR se realiza por el directorio de la AUA. éste reune

a. los repre5eDtanleS de tcvitn los Ministerios implicados en el PNALR. el

directorio gestiona aspectos tanto ministeriales como ou os claramente

municipales sin la participación directa de los tabitantes del Grao Roque. por lo

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que se considera importlUlte en una revisión del plan de ordenamien~o del

parque Impl icar Jo las dife rentes asociaciones que representan a 105 hablWl~

del PNALR.

J ustificllción

Ex.isten importantes argumemos

ac tividades de la AECl en el PNALR.

que justi fi can la continuación de las

• El PNALR es uno de los ecosistema coralinos más importantes Y mejor

conservados del Caribe.

• La calidad ambiental del PNALR podría estar en riesgo a medio plazo debido

al crecimiento de la actividad turística en la última década.

• Si bien hay un altO nive l de organiz.ación persi sten deficiencias en el área de:

servicios básicos a la comunidad, planificación del crecimiento turístico y

participac ión de la comunidad en la gestión del PNALR.

• Si bien existe un plan de ordenamiento en el Parque se identifican

deficiencias en el plan de gestión del mismo. no garantizando éste el

cumplimiento de ordenamiento y la correcta conservac ión del parque.

• Falta un plan de investigación dirigido a dar respuesta a los problemas

medioambientales más acuciantes. el impacto ambiental del rurismo y la

evaluación de los recursos pesqueros.

• Resueltos los principales problemas en el PNALR podría ~ un ejemplo de .

manejo' y uso público de áreas protegidas, de inmediata aplicación en otras

islas próximas de alto valor ambiental y turístico así como en orros parques

nacionales en el continente.

• España cuenta, en la actualidad con expertos en las áreas de impacto

ambiental, evaluación de recursos, gestión de áreas protegidas, turismo y

pesca con los cuales llevar a cabo una cooperación dirigida a resolver los

problemas más importantes del PNALR.

• La AECI ha realizado UD importante esfuerzo de cooperación en el PNALR.

que amerita ser continuado aprovechando las excelentes relaciones CJlistentes

en la actualidad con el Ministerio del Ambiente y Recursos Narurales

(MARN) y la AUA de los Roques.

• El MARN de Venezuela ha propuesto a la AECI el PNALR como área

prioritaria de actuación.

El nuevo proyecto .podría tener una duración de al menos dos años. con

las actividades que se presentan aquí a realizar en el primer año. durante el .

segundo año además de las actividades a planificar se identificaría una nueva

área de actuación para en el tercer año mantener en Los Roques actividades

pun~ales dirigidas a la sostenibilidad de los logros alcanzados.

<­Componentes y actividades para el periodo 2()()()..2001

• Componentes

1..) Gestión y proleedón del Parque.

Este componente tiene como objetivo proporcionar al PNALR UD plan de

gestión así como los medios para que éste llegue a funcionar de forma

sostenible. el proyecto proporcionaría este plan así como cap-ritaciÓD al

personal de guardería, equipamiento, hases t6cnicas para su implementaci60

basadas en proyectos de investigación. Para reforzar este plan de gestión z

acompaDan actividades de sensibilización acerca de la conservación del medio

ambiente, un centro de visitantes y senderos intctpretativos.

2.-) Componente productivo.

Su objetivo es ~romover actividadeS productivas en La comunidad que

vive dentro del Parque com~b1es con la conservación del mismo, Son dos las

actividades más important.el: la pesca desarrollada en su mayor parte por

perso(W originarias de ~ Roques y el turismo donde mayoriwiameotc se

encuentran persOnAl procedentes de otros países (Italia, España) y velX'zolanos

procedentes del continente. "

Turismo. Se preteDdc incorporar a un mayor número de roqU:Cilos en esta •

actividad por medio de una serie de actividades de carscitaci6a.. piomover la

actividad turlstica hacia Los Roques dentro de los Hmites de • Ir rielad de carga

de visitantes establecido y proporcionar nuevas alternativas de in1er& turisti.co.

Pesca. Se ptttende mejorar las eoodici(JCW!$ de trIIbajo de los pescaOOn::s por

medio de infraestlucturas y servicios que ¡Mml piutar la asociación #-,

pescadn¡cs artesanlles. Dependimdo de los resultados de la evaluación de

recursos pesqueros a realizar en el 2000 se actuaría con actividades que alteren

la eficiencia en la pesca (capacitaci60. mejoras. de equipamiento),

3. -) Infraestructuras y RrYiciO$ búicos

Tiene como objetivo mejorar los servicios búicos de la comunidad

(desechos sólidos. tratamiento de aguas residuales, elecuicidad y suministro de

agua). En el primer año se tratarían de' mejorar las infraesbUCturas de

almacenamiento de residuos sólidos. completar una cadena de IfIramiento de

esros residuos y su reciclado. compuut l por qnemador de materia orgánica.

compactador de latas. uirurador de vidrio y triturador de plisticos. En el área

de b"atam;ento de aguas residuales en el primer ano se realjzari. un estudio de •

evaluación del si.stema de fosas Vpticas exiq"lfC y la propuesta de alternativas

al mismo. En el4rea de sum;nisuo de agua se elaboraría en colaboración con la

AUA una red de distribución del agua para la nueva planra dcsalinizadora

adquirida por la AUA.

4.-) Fortalecimiento comunitario.

Tiene como objetivo incorporar a la poblaci60 ioqueñl en la toma c.Ie decisiooes en el PNALR. la estrategia a denrroUar' va dirigida a fonnar o

reforzar según los casos las asociacioDCS de los pobladcJiCS del Gran Roque con

actividades de ca; 5 citación, inCOrporaciÓD en las actividades del proyecto que .

den mayor contenido a la asoci,ciÓD y adMo en COlabonciÓD con la AUA un

sistema de incoaponci60 de sus iepu.sentantcs ea el directorio de la AUA.

5,") Gestl6. del proyecto, ,

Tiene como objetivo crear UD sistema eficiente de Bestión del proyecto

Acti,idades 2.0OQ..2OO1

1.-) Gestión y Protección del Parque.

• Establecer la cap,cidad de carga de visitantes

• Evaluar los recursos pesqueros de 1,ngos". ~EO Y peces Y establecer

criterios de Ordenación-pesquera.

• Establecer las directtices de investigación ea el Parque Nacional

An:hipi6\ago Los Roques.

• •

• • • • •

Realizar program, de c'p"witaci60 del persooaJ. de guardería del Parque.

Dotai de equipos pua el b"cn fimcioo1miento del Parque. radio. lanchas.

lnst.l,r 100 boyas para anclaje de embp'uriooes .

Diseñar y construir el Centto de intuptet .... iÓD del Parque

E10h0nr UD plan de gesti6a del porque. ,

• • TU1llSMO

• •

., C'pvitaciÓD do 1"'" Cap citación de larrheC ....

, ,

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N· 5.570 E.lnordinario GACETA OFICIAL OE LA REPUBLlCA BOLIVARIANA OE VENEZUELA

• ,

• • • • •

Cal zcitacicm de paSOn.a1 de hoslC:leria. EdiciÓQ de • del gwa parque. Arrecife utifkiaL

, Hoja \lId),

Curso de 11M itadro de turismo.

,

Puticiprioo en FITUR 2001 (pendiente de estimación de capacidad de carga de visitantes).

J.-) Iofraubuclun '1 servidos bAsicos.

• RESIDUOS SÓLIDOS

• Infa,¿ dJlK"tnnl para la organización del área de acumulación de desec hos. • Campaña de coocienciaciÓD de clasificación y reciclaje:

• Adquisición de equipo de trituración de vidrio y compactación de laras

. SUMINISTRO DE AGUA

• inL"sb ... "1Ura de disrribución de agua. • . Fsnytio de evaluaci60 del sistema de tratamiento de aguas servidas.

4.-) Fortaledmienlo comunitario.

• f1;-_maci60 de asociación de vecinos de El Gran Roque.

• Fort-lcrimiento de asociación de pescadores.

• FtwwlCi60 de asociación de hosteleña.

• InclAptX-=iÓll de las MOCiaciooes en la estruc tura del directorio de AUA.

S.-) Gesti6D dd pr'Oyecto.

• A .... .,.nw:j6a de infncstructura cedida por la AUA.

• Adquisici60 de equipamiento de oficina del proyecto en Los

4. _) Foruleclmienlo comunl Cario

veCinos

S,-) Gestión del proyecto.

coordlnae,on ,

TO TAL POR COMPONENTES

Cronog rama de ac tividades para el año 2. 000-2001 .

• Ejecuci60 Y coordinación del proyecto. •

• f.-) Gestión y Pro tección del Parquo

PICSURYMlo 2.000

L-) GestiÓD Y Prolección del Parque Actividad

rresupueslo 2.000 Capacidad de carga

t .-} Gestió"., Prol~ción " e l P~tq"e lOS recursos

• PESCA

• TURISMO

'1. -) Componente productivo.

MESES

Actividad

3.-1 "" .. StruduRS., IWYicios Wlsicos

• RESIDUOS SOLIDOS

I parque

• SU'P)P5TRO DE AGUA

I '

- - . mercadeo

, I

9

,.

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I o GAC ETA OFICIA L DE LA REPUBLlCA BOLlVARI~NA DE VENEZUELA N° 5.570 Extraordinario

J .. ) Inf'uostru ct uras y sC/"II ici05 btls icos

Actividad

afea

, ,

Ir atamiento

4 .-) Fortalecimiento comunitario

;kti\"ida<! .\ )nlW ;\ECI :\ )f)rtl' .\lI\ ~_-----c~ ____ t-__ ~250 . 000

I

AUA TOT.-\L IP"'/ I .UOO.UUU

5. -) Gestión del proyecto

.kli\'ic1ad :\ l!Jrtl' AEl'1 .-\POrlt' .\C.\

TOTAL POR COMPONENTES

('omptlllt'llh' .\porlt' :\l::C1 ;\ Orll' .\lJ \

Dada, fumada y sellada en el Palacio Federal Legislativo, en Caracas. a los diecinueve illa~el ?f'!ii de junio de dos mil uno. Año 191 0 de la Independencia y r42' ~Il<l ~ederación .

IVILLIAN LARA Presidente

LEOI'OLDO PUCHI Primer Vkcpn.'siclente

EUSTOQUIO CONTRERAS Secreta rio .

GERARDO SAER Segundo Vicepresidente

VLADlMIR VILLEGAS Su IJsecrcta rio

Palacio de Miraflores, en Caracas, a los tres Año 1910 de la días del mes de enero de dos mil dos.

Independencia y 1420 de la Federación.

Refrendado La Vicepresidenta Ejecutiva (L.S.)

Refrendado El Minlsbo de Reladones Exteriores (L.S.)

• I

HUGO CHAVEZ FRIAS

ADINA MERCEDES BASTIDAS CASIILLO

LUIS ALfONSO DAVlLA GARCIA

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

DECRETA ·

LA SIGUIENTE, I

Ley Aprobatoria del Convct\io sobre Cooperación Tknico-Militar entre

el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y el Gobierno de la

Federación de Rusia.

ARTICULO ÚNICO

Se aprueba en todas sus partes y para que surta efectos internacionales en

cuanto a Venezuel~ se retier,e, el Convenio sobre Cooperación Técnico-Militar

susc rito en Moscú, el 14 de mayo de 2001. entre la República Bolivariana de

Venezuela y el Gobierno de la Federación de Rusia.

CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y EL GOBIERNO

DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA SOBRE COOPERACIÓN :t'tCNICO.MILlTAR

El Gobierno de la RepúbLi~a Bolivariana de Venezuela y el Gobierno de

la Federación de Rusia. que en adelante se denominarán "Las Partes" ,

GUIADOS [)Oc la aspiración de las dos Partes de desarrollar y consolidar

sus relaciones de amistad y. basándose en los principios y objetivos declarados

en la Carta de la ONU;

y A FIN de contribuir a la cooperación mutuamente ventajosa y fundada

en los intereses de cada una de las Partes.

han acordado lo siguiente:

ARTicULO PRIMERO

Las Partes efectuarán la cooperación técnico-militar bilateral en las áreas

siguientes:

a) suministro de armamento. técnica militar y otro material de uso bélico;

b ) garantía de empleo. reparación. y modernización del armamento y técnica

militar suministrados. así como la prestación de otros servicios de carácter

técnico-militar;

c) tranSferencia de licencias paca la producción de armamento y técnica •

militar y prestación de asistencia técnica en la organización de su

fabricación;

d) suministro de equipos y materiales y prestación de asistencia técnica en la

fundación y equipamiento de los objetos de uso militar;

e) fonnación del personal militar;

O investigaciones cienlfficas y _ttabajos de diseño conjuntos en la esfera de

creación de nuevos tipos de armamentos y técnica militar;

g) rabricación conjunta del material bélico destinado tanto paca el uso en las

Fuerzas AJyn.das propias Jbmo paca el suministro a los terceros paises: y

h) oteos medios de cooperación técnico-militac que acuerden las Partes .

,

ARTICULO SEGUNDO

Los organismos ce.sponsables de las Partes en lo que se refiere a la

ejecución del siguiente Convenio serán:

Por la Pacte venezolana:

. Por la Parte rusa:

El Ministerio de la Defensa de la Repdblica Bolivariana de Venezuela El Comité de la Federación de Rusia de

... Cooperación T6c:nico Miliw con los Estado. Extranjero¡.