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Del Compromiso a la Acción: Políticas para Erradicar la Violencia contra las Mujeres América Latina y el Caribe Documento de análisis regional Al servicio de las personas y las naciones

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Del Compromiso a la Acción: Políticas para Erradicar la Violencia contra las Mujeres América Latina y el Caribe Documento de análisis regional

En el marco de:Con el apoyo de:

Al serviciode las personasy las naciones

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Del Compromiso a la Acción: Políticas para erradicar la violencia contra las mujeres en América Latina y el Caribe, 2016

Documento de análisis regional

Autor: Sebastián EssayagEdición y publicación: Nuria LópezDiseño: Maisa FerroCoordinación técnica: Eugenia Piza-López, Adriana Quiñones y Esperanza Franco RodríguezCoordinación: Esperanza Franco RodríguezISBN 978-9962-688-38-9

PNUD y ONU MujeresCasa de las Naciones Unidas, Ciudad del Saber, Edificio 128 Apartado 0816-1914, Panamá http://www.latinamerica.undp.orghttp://lac.unwomen.org/es

© 2017 PNUD ONU MUJERES TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS ISBN 978-9962-688-38-9 Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, PNUDDirección Regional para América Latina y el Caribe Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamientode las Mujeres, ONU MujeresOficina Regional para América Latina y el Caribe Edición y publicación: Panamá, 2017 El análisis y las recomendaciones de esta publicación no reflejan necesariamente las opiniones del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, ONU Mujeres, las Naciones Unidas, sus Estados Miembros o las organizaciones afiliadas. El presente documento se ha preparado por encargo de las direcciones regionales del PNUD y ONU Mujeres para América Latina y el Caribe.

Los autores de este informe agradecen las siguientes contribuciones fotográficas:

Portada: © PNUD Costa Rica © PNUD PeruPágina 10: © PNUD Costa Rica Página 14: © PNUD BrasilPágina 30: © PNUD Haiti Página 42: © PNUD Honduras Página 46: © PNUD PeruPágina 56: © PNUD GuatemalaPágina 72: © PNUD Peru Página 80: © PNUD ParaguayContraportada: © PNUD Haiti

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Esta publicación fue elaborada por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, PNUD, y la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres, ONU Mujeres.

El informe identifica los avances en el abordaje institucional de la violencia contra las mujeres en la región y será una contribución sobre los aprendizajes de la implementación de las políticas y planes nacionales de gran utilidad para múltiples países que están en procesos de formulación, implementación y evaluación de sus propios planes y políticas públicas. Presenta además experiencias promisorias en los ejes de prevención, atención, sanción y reparación de la violencia contra las mujeres desarrolladas por algunos estados y provee recomendaciones a los mismos para abordar los nudos críticos que persisten en la respuesta a la violencia contra las mujeres en la región.

El informe se basa en las respuestas de 33 países a un cuestionario dirigido a los mecanismos nacionales para el adelanto de las mujeres y entrevistas bilaterales con algunas/os de sus representantes, llevados a cabo durante 2014 y 2015, además de la revisión de fuentes secundarias de información. Los países que contribuyeron a la investigación son: Antigua y Barbuda; Argentina; Bahamas; Barbados; Belice; Estado Plurinacional de Bolivia; Brasil; Chile; Colombia; Costa Rica; Cuba; Dominica; Ecuador; El Salvador; Granada; Guatemala; Guyana; Haití; Honduras; Jamaica; México; Nicaragua; Panamá; Paraguay; Perú; República Dominicana; Saint Kitts and Nevis; San Vicente y las Granadinas; Santa Lucía; Surinam; Trinidad y Tobago; Uruguay y la República Bolivariana de Venezuela. Se agradece el importante apoyo de instituciones públicas, organizaciones sociales y centros académi-cos que ofrecieron información valiosa para su elaboración. En particular queremos agradecer el apoyo y el interés de los mecanismos para el adelanto de las mujeres de los 33 países de América Latina y el Caribe objeto de la investigación, sin su participación el estudio no hubiera sido posible.

El principal investigador de este estudio fue Sebastián Essayag. El equipo técnico coordinador estuvo constituido por Eugenia Piza-López, líder del Área de Género del Centro Regional LAC del PNUD, Adria-na Quiñones, Asesora Regional para la eliminación de la violencia contra las mujeres de la Oficina Regio-nal para las Américas y el Caribe de ONU Mujeres y Esperanza Franco Rodríguez, Especialista en Género y seguridad ciudadana del PNUD. La coordinación del proceso estuvo a cargo de Esperanza Franco Rodríguez, con apoyo de Lorena Mellado, especialista de la unidad de Seguridad ciudadana del PNUD.Se agradece particularmente a las Expertas externas que revisaron el documento, Alejandra Valdés, Coordinadora del Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe de la División de Asuntos de Género de la CEPAL y Ana Carcedo, Presidenta del Centro Feminista de Información y Acción, CEFEMINA.

También se agradece la colaboración de colegas del PNUD y ONU Mujeres, especialmente a Rebeca Arias, Coordinadora Residente del Sistema Naciones Unidas en Guatemala y Representante Residente de PNUD Guatemala y a Christine Arab, representante de la Oficina Multipaís para el Caribe de ONU Mujeres. Del Centro Regional del PNUD para América Latina y el Caribe, agradecemos a Daniel Luz, Asesor Regio-nal en Seguridad Ciudadana, Juliet Solomon, Especialista en Seguridad Ciudadana para el Caribe, Nuria López, especialista en Comunicación y Malena Botello, Asociada de Programas del Área de Género. Se agredece también a Neus Bernabeu, Asesora Regional de Género y Juventud del Fondo de Población de las Naciones Unidas, UNFPA y a Nuria Lopez por sus contribuciones.

Finalmente se agradece a los puntos focales de género y seguridad ciudadana de las Oficinas de país del PNUD y de erradicación de la violencia contra las mujeres de las Oficinas de ONU Mujeres en la región, quienes revisaron los informes nacionales previos a la elaboración del presente informe.

En memoria de Carmen de la Cruz

Desde PNUD y ONU Mujeres, queremos aprovechar el espacio que nos brinda esta publicación conjunta para honrar el recuerdo de Carmen de la Cruz, quien dejó un legado inmenso durante su paso por ambas agencias y una huella imborrable en las personas que trabajaron con ella.

Carmen destacó a lo largo de su vida por ser una firme defensora de los derechos de las mujeres, la igualdad de género y el desarrollo humano. Contaba con una experien-cia de trabajo de más de 20 años en cooperación para el desarrollo y acción humanita-ria en contextos de conflicto y postconflicto en África, Medio Oriente y América Latina.

Entre 2003 y 2006 se desempeñó como Asesora para América Latina del Programa de Paz y Seguridad de UNIFEM y durante ese período fue parte del equipo técnico que operativizó el enfoque de derechos en las Agencias de Naciones Unidas y sus contra-partes en Colombia. La importante tarea de Carmen en Colombia permitió sentar las bases del trabajo de UNIFEM, entidad que precedió a ONU Mujeres, en los temas de la paz y la seguridad con enfoque de género. Desde esa posición contribuyó a visibilizar el impacto diferenciado del conflicto en las mujeres y su rol en la construcción de la paz.

Demostrando su enorme compromiso por los derechos de las mujeres, contribuyó también a la inclusión del enfoque de género desde otras agencias de Naciones Uni-das, como el Centro Regional de RBLAC en Panamá, como Responsable del Área de Género. Desde el 2009 al 2013, trabajó intensamente abogando por los temas de gé-nero, dejando un inmenso legado de políticas innovadoras y relevantes para toda la región. También en el marco de su labor con PNUD contribuyó a la producción de conocimiento con el desarrollo de obras clave como “Género, Derechos y Desarrollo Humano”.

Recordaremos a Carmen de la Cruz como una mujer imprescindible en el avance de los derechos de las mujeres en América Latina y el Caribe y en el mundo.

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A pesar de los valiosos avances en la respuesta a la violencia contra las mujeres y las niñas de los estados de América Latina y el Caribe, este flagelo continúa siendo una amenaza a los derechos humanos, la salud pública, la seguridad ciudadana y la autonomía física, política y económica de las mujeres en la región. Los niveles de violencia contra las mujeres a los que nos enfrentamos en Amé-rica Latina y el Caribe son inaceptables. La región presenta la tasa mayor de violencia sexual fuera de la pareja del mundo y la segunda tasa mayor de violencia por parte de pareja o ex pareja (OMS, 2013); 3 de los 10 países con las tasas más altas de violaciones de mujeres y niñas se encuentran en el Caribe (IDH Caribe PNUD, 2012); y la expresión más radical de esta violencia, el femicidio/feminici-dio, está tomando una magnitud y ensañamiento devastador en Centroamérica, donde 2 de cada 3 mujeres asesinadas mueren por razón de su género (IDH América Central PNUD, 2009).

Con la nueva Agenda de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la agenda de desa-rrollo 2030, los países se han comprometido con la erradicación de la violencia contra las mujeres y niñas como prioridad. La reducción de la violencia contra las mujeres es un factor catalítico para la consecución de los ODS y es fundamental para el logro de la paz, la productividad económica, los derechos, la justicia y la cohesión social (objetivos 5 y 16).

A veintidós años de que los estados firmaran la Convención Interamericana de Belém do Pará, América Latina y el Caribe se ha convertido en una región de avanzada en materia de legislación y políticas para hacer frente a la violencia contra las mujeres. Casi todos los países cuentan con planes nacionales para la eliminación de la violencia de género, siendo 15 de ellos específicos sobre violen-cia contra las mujeres. El 27% de los países ha sancionado leyes “de segunda generación” o integrales, las cuales amplían las distintas manifestaciones de violencia (física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, obstétrica, simbólica, mediática, etc.) en los ámbitos privado y público, algunas conside-ran la diversidad etaria, sexual, étnica de las mujeres, enfatizan la atención integral y establecen más medidas de protección y acciones en caso de incumplimiento. Otro aspecto destacado de las leyes integrales es que reconocen una clara responsabilidad del Estado, por acción u omisión, y asignan las competencias de los diferentes actores y responsables de aplicación de la ley con mayor preci-sión. Otro gran avance es que 16 países de la región han tipificado el delito de femicidio/feminicidio.

Estos logros son importantes pero aún se requiere un salto cualitativo, como anuncia el título de este informe, Del Compromiso a la Acción. Instituciones públicas, organizaciones feministas y de mujeres de la sociedad civil realizan arduos esfuerzos para superar los desafíos de una efectiva implementación de la legislación y políticas destinadas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia

contra las mujeres. La debilidad de los mecanismos de coordinación, de las capacidades técnicas y de los sistemas de información, la falta de coherencia entre los instrumentos legales y las políticas y la insuficiente asignación de recursos financieros son algunos de los nudos críticos que dificultan la obtención de mejores resultados en las acciones públicas. La magnitud del problema requiere de los Estados un abordaje institucional más holístico, más integral, con más recursos.

La Dirección Regional del PNUD para América Latina y el Caribe, en coordinación con la Oficina Re-gional para las Américas de la Entidad de las Naciones Unidas para la igualdad de género y el em-poderamiento de las mujeres, ONU Mujeres, han decidido impulsar la presente investigación en el marco de la Campaña del Secretario General “Únete para poner fin a la Violencia contra las Mujeres”.

La misma, además de presentar los aprendizajes en materia de implementación de planes nacio-nales y políticas dirigidas a erradicar la violencia contra las mujeres, resalta 29 experiencias promi-sorias de los estados en los ejes de prevención, atención, sanción y reparación.

Esperamos que este análisis comparativo regional Del Compromiso a la Acción: Políticas para erradi-car la violencia contra las mujeres en América Latina y el Caribe, ofrezca información de utilidad para los diferentes países, permita el intercambio de nuevas intervenciones efectivas y exitosas; y en definitiva contribuya al cumplimiento de los compromisos internacionales firmados por los países por una vida libre de violencia para las mujeres.

Prólogo

Luiza Carvalho

DirectoraOficina Regional de ONU Mujeres para las Américas y el Caribe

Jessica Faieta

Subsecretaria-General de las Naciones Unidas y Administradora Auxiliar Directora Regional del PNUD para América Latina y el Caribe

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Índice de contenidos y tablas

1 Introducción 10

2. Leyes nacionales de violencia contra las mujeres y/o de género en América Latina y el Caribe 14 2.1 La sanción de leyes de primera generación en el contexto regional 17 2.2 La sanción de leyes de segunda generación en la región de América Latina 26 2.3 La sanción de leyes de femicidio/feminicidio en América Latina 27

3. Políticas y/o planes nacionales específicos para la erradicación de la violencia contra las mujeres 32 3.1 Planes de acción nacionales de violencia contra las mujeres 34 3.2 Planes de acción nacionales de violencia doméstica y/o intrafamiliar 38 3.3 Planes de acción nacionales de violencia de género 38 3.4 Políticas y/o planes de acción nacionales que incluyen un componente específico de violencia contra las mujeres 41 3.5 Países de la región que no poseen un plan de acción nacional de violencia contra las mujeres aprobado oficialmente 43

4. Consistencia entre marcos normativos nacionales y políticas y/o planes de acción nacionales de violencia contra las mujeres 44

5. Claroscuros en materia de formulación, implementación y monitoreo y evaluación de las políticas y/o planes de acción nacionales para abordar la violencia contra las mujeres y/o de género 48 5.1 La formulación e implementación de las políticas y/o planes nacionales 49 5.2 El monitoreo y evaluación de las políticas y/o planes nacionales 52

6. Experiencias promisorias de la respuesta institucional de los países de la región para intervenir en los ejes de la prevención, atención, sanción y reparación de la violencia contra las mujeres y/o de género 58

7. Desafíos y oportunidades frente a la persistencia de nudos críticos que obstaculizan la implementación de políticas y/o planes de acción nacionales para abordar la violencia contra las mujeres y/o de género. 74

8. Bibliografía 82

Tabla 1. Países signatarios de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer - ‘Convención de Belém do Pará’ (1994) 16Tabla 2. Leyes de violencia doméstica e intrafamiliar (leyes de primera generación) y otras normas de violencia, por país (América Latina). 2013-2016 18Tabla 3. Leyes de violencia doméstica e intrafamiliar (leyes de primera generación) y otras normas de violencia, por país (Caribe). 2013-2016 20Tabla 4. Leyes integrales de violencia contra las mujeres (leyes de segunda generación) y otras leyes de violencia, por país. 2013-2016 28Tabla 5. Leyes de femicidio o feminicidio, por subregión, país y año de sanción 30Tabla 6. Cantidad de países y porcentaje del total en la región, por tipo de política y/o plan de acción nacional de violencia contra las mujeres y/o de género. 2013-2016 33Tabla 7. Políticas y/o planes de acción nacionales específicos para la eliminación de la violencia contra las mujeres, por subregión y país. 2013-2016 36Tabla 8. Políticas y/o planes de acción nacionales de violencia doméstica y/o intrafamiliar, por subregión y país. 2013-2016 39Tabla 9. Políticas y/o planes de acción nacionales de violencia de género, por subregión y país. 2013-2016 40Tabla 10. El abordaje de la violencia contra las mujeres y/o de género integrado a una política y/o plan nacional de acogida. 2013-2016 41Tabla 11. Países sin un plan de acción nacional de violencia contra las mujeres y/o de género aprobado oficialmente. 43Tabla 12. Consistencia entre legislación de violencia doméstica, violencia intrafamiliar y violencia contra las mujeres vigente al 2016 y políticas y/o planes nacionales de violencia doméstica, violencia intrafamiliar, violencia de género y violencia contra las mujeres vigentes al 2016, por país. 46Tabla 13. Mecanismos Institucionales para el Adelanto de la Mujer (MAM): dependencia jerárquica, nivel de jerarquía (CEPAL) y existencia de mecanismos de articulación interinstitucionales, por país. 2016. 54

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La violencia contra las mujeres es un problema social de gravísima relevancia en el mundo y una violación flagrante de los derechos humanos. De acuerdo con un estudio de la Organización Mun-dial de la Salud de 2013, globalmente, el 35% de las mujeres ha sido víctima de violencia física y/o sexual por parte de su pareja o de violencia sexual por parte de personas distintas de su pareja y casi un tercio (el 30%) de todas las mujeres que han mantenido una relación de pareja han sido víc-timas de violencia física y/o sexual por parte de su pareja. Según datos actualizados a diciembre del 2014, el número total de homicidios femeninos (femicidios o feminicidios) en la región asciende a 1906 casos (CEPAL, 2016)1 y, según datos del 2013, el 38% de los casos se debe a la violencia conyu-gal (OMS 2013)2. Asimismo, 2 de cada 3 mujeres son asesinadas en Centroamérica por el hecho de ser mujeres y en 1 de cada de 2 casos el asesino es su pareja o ex pareja (OPS, 2012)3.

Es evidente que la violencia contra las mujeres “(...) no conoce fronteras geográficas, culturales ni socioeconómicas. En todo el mundo, una de cada tres mujeres será objeto de violencia física o se-xual en algún momento de su vida, en formas que van desde la violación y la violencia doméstica hasta la intimidación y el acoso en el trabajo y en Internet. Solo este año (2015), más de 200 niñas han sido secuestradas en Nigeria; hemos visto testimonios gráficos de violaciones y esclavitud se-xual de mujeres iraquíes durante el conflicto; dos niñas indias fueron violadas, asesinadas y colga-das de un árbol; y en los Estados Unidos ha habido casos de gran repercusión de violencia sexual en equipos deportivos y campus universitarios. Las mujeres y las niñas son víctimas de actos de violencia en todos los países y los vecindarios, pero esos delitos con frecuencia se ocultan y no se denuncian” (Mensaje del Secretario General de las Naciones Unidas en el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer el 25 de noviembre de 2015).

Las alarmantes cifras señalan que la violencia contra las mujeres es una pandemia mundial que nos debe ocupar a todos y todas y, en especial, a los Estados. Los países del mundo en general, y los de la región de América Latina y el Caribe en particular, han tenido trayectorias diferentes para enfren-tar la violencia contra las mujeres. Si bien todos los Estados han sancionado leyes que protegen los derechos de las mujeres frente a la violencia en el ámbito doméstico, son aún muy pocos los que han legislado sobre las múltiples manifestaciones de la violencia contra las mujeres perpetradas en el ámbito público y poco más de la mitad de los países de la región han tipificado penalmente el femicidio o feminicidio: 15 países de la región aprobaron leyes o reformas a los códigos penales para tipificar el femicidio o feminicidio4 (Brasil, Chile, Estado Plurinacional de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Rep. Bol. de Venezuela y República Dominicana) y 1 (Argentina y) ha tipificado legalmente la figura de ho-micidio agravado por razones de género (CEPAL, 2016)5. Es cierto que la gran mayoría de los países de la región ha elaborado políticas y/o planes nacionales para reglamentar las leyes y ponerlas en marcha, pero aún existen en la región importantes desafíos para lograr una respuesta estatal inte-gral, coordinada y sostenida a esta problemática. A partir del 1o de enero de 2016, las políticas y/o planes nacionales para abordar la violencia contra las mujeres deberán tener en cuenta los nuevos

1.Introducción

..................1. Los datos están actualizados a diciembre de 2014 de acuerdo con la información disponible en 17 países de la región, e incluye Colombia sólo con homicidios íntimos (Observatorio de igualdad de género de América Latina y el Caribe, marzo 2016).2. Estimaciones mundiales de la violencia contra la mujer, OMS 2013.3. Violencia contra las Mujeres en América Latina: un análisis comparativo en 12 países (OPS, 2014) 4. Véase la Tabla 5. Leyes de femicidio o feminicidio, por subregión, país y año de sanción.5. Observatorio de igualdad de género de América Latina y el Caribe, marzo 2016.

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Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS 2016), los cuales plantean la incorporación sistemática de la perspectiva de género en la implementa-ción de la agenda global de desarrollo. Uno de los objetivos clave de esta agenda global es ‘lo-grar la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas’ y la eliminación de la discriminación y la violencia contra las mujeres, incluyendo la participación de hom-bres y los niños en los planes y políticas para erradicar el flagelo.

En este contexto, entre los años 2012 y 2013, el Área de Género del Centro Regional para Amé-rica Latina y el Caribe del PNUD, en colabora-ción con la Oficina Regional de ONU Mujeres y el Fondo para el Logro de los Objetivos de De-sarrollo del Milenio, realizaron el primer mapeo regional sobre políticas y/o planes de acción nacionales para enfrentar la violencia contra las mujeres en 32 países de la región de América Latina y el Caribe6 cuyo análisis culminó en la publicación titulada “El compromiso de los Esta-dos: Planes nacionales y políticas para erradicar la violencia contra las mujeres en América Latina y el Caribe” (PNUD, ONU Mujeres, 2013), que fue traducida también al inglés. El mencionado documento constituye una herramienta de alto valor técnico y político para que los Esta-dos puedan cumplir con la meta de erradicar la violencia contra las mujeres y un valioso aporte al cumplimiento de los Objetivos 1 y 2 del Pilar 2 ‘Alto a la Impunidad del capítulo para América Latina y el Caribe de la Campaña del Secretario General Únete para poner Fin a la Violencia con-tra las Mujeres7. Con este antecedente, a partir de 2014, con el objetivo de identificar, monito-rear y compartir los avances, desde el Área de Género y el Área de Gobernabilidad y Paz del Centro Regional para América Latina y el Caribe del PNUD, se comenzó a realizar un proceso de actualización de dicho mapeo regional, ahora en los 33 países de la región, ya que se suma a Cuba a los 32 países que conformaron la mues-tra inicial.

Además de identificar los avances realizados por los diferentes países desde el estudio ante-rior, el nuevo documento de análisis compara-tivo que aquí se presenta tiene como objetivo general identificar los avances en el abordaje institucional de la violencia contra las mujeres y/o de género. Al igual que la investigación re-gional de 2013, el estudio de 2015 asume un enfoque eminentemente cualitativo. Para la construcción del nuevo mapeo regional, insu-mo principal para la elaboración del presente documento de análisis, se han utilizado dos téc-nicas de investigación cualitativas. Un primer momento estuvo guiado por el análisis de fuen-tes secundarias, principalmente las políticas y/o planes nacionales que abordan la violencia contra las mujeres; los instrumentos legales de los países intervinientes; las respuestas envia-das por los Mecanismos Institucionales para el Adelanto de la Mujer nacionales al cuestionario distribuido por el PNUD entre 2014 y 2015 para la actualización de la información y por demás estudios e investigaciones; entre otras fuentes. En un segundo momento se realizaron entre-vistas en profundidad a informantes clave de los Mecanismos Institucionales para el Adelan-to de la Mujer en 15 de los 33 países (45%). El análisis de las fuentes primarias y secundarias han sido los insumos para la elaboración de los informes de cada país, los cuales conformaron el nuevo mapeo regional sobre políticas y/o planes nacionales para abordar la violencia contra las mujeres.

El presente documento de análisis regional está centrado en los avances logrados por los países de la región entre 2013 y 2016 (las dos ondas de relevamiento de la investigación regional)8 en relación con la sanción de legislación para el abordaje de la violencia contra las mujeres y/o de género; el desarrollo de políticas y/o planes nacionales para hacer operativos los marcos normativos vigentes en la materia; la consisten-cia entre los marcos normativos nacionales y las políticas públicas; las estrategias de formu-

lación, implementación y monitoreo y evaluación de las políticas y/o planes de acción nacionales adoptadas por los Estados; las experiencias promisorias de respuesta institucional para intervenir en los ejes de la prevención, atención, sanción y reparación de la violencia contra las mujeres y, finalmente, los desafíos o nudos críticos que obstaculizan los procesos de implementación de las políticas y las claves para desatarlos.

..................6. La muestra inicial estuvo integrada por 32 de los 33 Estados independientes de la región de América Latina y el Caribe, a excepción de Cuba. La muestra estuvo confor-mada por los siguientes países: Antigua y Barbuda; Argentina; Bahamas; Barbados; Belice; Estado Plurinacional de Bolivia; Brasil; Chile; Colombia; Costa Rica; Dominica; Ecuador; El Salvador; Granada; Guatemala; Guyana; Haití; Honduras; Jamaica; México; Nicaragua; Panamá; Paraguay; Perú; República Dominicana; Saint Kitts and Nevis; San Vicente y las Granadinas; Santa Lucía; Surinam; Trinidad y Tobago; Uruguay y la República Bolivariana de Venezuela.7. Los Objetivos 1 y 2 del Pilar ‘Alto a la Impunidad’ de la Campaña del Secretario General Únete para poner Fin a la Violencia contra las Mujeres son los siguientes: 1. Adoptar y hacer valer las leyes nacionales para tratar y castigar todas las formas de violencia contra mujeres y niñas y 2. Adoptar e implementar planes de acción nacional de sectores múltiples.

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Desde la década de los años ’90, los países de América Latina y el Caribe han aprobado leyes de protección y promoción de los derechos de las mujeres, aunque con significativos matices entre ellos. Las primeras normas que se sancionaron en la región son conocidas como leyes “de primera generación”9. Estas leyes establecen medidas de protección a las mujeres frente a la violencia que sufren en el ámbito privado (familiar, intrafamiliar, doméstico e íntimo). La Convención Interameri-cana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Convención de Belém do Pará) aprobada en el año 1994 representa un hito fundamental en materia de responsabilidad del Estado para enfrentar la violencia contra las mujeres en América Latina y el Caribe. Al año 2016, la Convención de Belém do Pará ha sido adherida y ratificada por 32 de los 33 Estados de América Latina y el Caribe (con excepción de Cuba) (Tabla 1).

La Convención de Belém do Pará, en el artículo 7o del Capítulo III ‘Deberes de los Estados’, expresa, “Los Estados Partes condenan todas las formas de violencia contra la mujer y convienen en adop-tar, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia y en llevar a cabo lo siguiente: c) incluir en su legislación interna normas penales, civiles y administrativas, así como las de otra naturaleza que sean necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y adoptar las medidas administrativas apropiadas que sean del caso”. En consonancia con lo dispuesto por la Convención de Belém do Pará, algunos países de la región han avanzado en la sanción de leyes integrales de violencia contra las mujeres, también conocidas como leyes “de segunda generación”. Estas leyes, a diferencia de las de primera generación, tipifican diversas expresiones de la violencia contra las mujeres, que varían según el país, las cuales no estaban siendo visibilizadas al momento de la aprobación de la la Convención de Belém do Pará, como por ejemplo, la violencia económica o patrimonial, que representa un pro-blema generalizado en la región y que está afectando la calidad de vida de la familia y la autonomía económica de las mujeres. Estas formas de violencia contra las mujeres son perpetradas no sólo en el ámbito privado sino también en el ámbito público, como por ejemplo la violencia contra las mujeres cometida en la calle, en el transporte, en espacios recreativos, en establecimientos edu-cativos, en el marco de conflictos armados, como consecuencia de fenómenos migratorios, entre otros “nuevos contextos de criminalidad” como el narcotráfico o las pandillas criminales juveniles, que, a su vez, demarcan “nuevos territorios” que son el “blanco de ataque” de las nuevas expresio-nes que asume la violencia contra las mujeres y que afectan su integridad psicofísica, emocional y económica y limitan sus capacidades de crecimiento y desarrollo personal y su participación en el desarrollo de las naciones (PNUD, ONU Mujeres, 2013).

..................8. La primera onda de relevamiento fue realizada entre septiembre de 2012 y octubre de 2013 y la segunda onda de relevamiento fue realizada entre marzo de 2014 y enero de 2016 (PNUD, ONU Mujeres).9. La división dicotómica entre legislación de primera y de segunda generación es adoptada con fines puramente analíticos y estratégicos. Esta dicotomía no debe soslayar los procesos políticos que se sucedieron durante años entre una y otra generación, en el marco de las cuales los actores, principalmente las organizaciones y movimientos feministas, incidieron en las instituciones del Estado para lograr grandes avances que van desde la aprobación del primer marco legal, en el que muchas veces las femi-nistas perdieron la batalla de la violencia sexual, quedando las políticas constreñidas a leyes de violencia intrafamiliar o doméstica, a las leyes de femicidio y feminicido. La lucha de más de 20 años intergeneracional ha moldeado procesos políticos que resultaron en importantes cambios en la cultura política y en el discurso político. Por otra parte, la gran diferencia entre las leyes de primera y de segunda generación es que las primeras fueron casi en su totalidad genéricamente neutras, formuladas para el abordaje de la violencia doméstica y/o violencia intrafamiliar, ignorando la existencia de relaciones desiguales de poder en el seno de las familias y entre hombres y mujeres. Esta primera generación de leyes no estaba en armonía con las disposiciones de la convención de Belém do Pará, a pesar de que dicha convención ya había sido adoptada por una gran cantidad de países de la región. Las leyes de segunda generación, por su parte, han buscado superar tal neutralidad y su aprobación ha impactado positivamente en el abordaje de la violencia contra las mujeres en los países de la región, aunque con matices entre ellos.

2.Leyes de

violencia contra las mujeres

y de género en la región

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Incluso algunas leyes de segunda generación también adoptan enfoques que consideran la diversi-dad del colectivo social de las mujeres dado que tienen en cuenta que la violencia no afecta a todas las mujeres por igual. Sabemos que algunos grupos de mujeres están en una situación de mayor vulnerabilidad que otras debido a determinadas condiciones específicas que exacerban la violencia ejercida contra ellas: pertenencia étnica, nivel socioeconómico, ideología política, orientación se-xual, origen nacional o social, estado civil, grupo etario (niñas, adolescentes, mujeres adultas, adultas mayores), nivel de estudios, lugar de residencia (mujeres que viven en zonas urbanas o rurales), por estar privadas de la libertad, por ejercer la prostitución, por vivir con VIH/sida o por poseer alguna dis-capacidad física o mental, entre tantas (Ibídem). Asimismo, las leyes de segunda generación ponen el acento en la atención integral de las víctimas/sobrevivientes y sus entornos a través de la aplicación

Tabla 1. Países signatarios de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer - 'Convención de Belém do Pará' (1994).

País Firma Rati�cación Antigua y Barbuda - 08/12/98 Argentina 06/10/94 04/09/96 Bahamas 05/16/95 05/03/95 Barbados 05/16/95 02/08/95 Belice 11/15/96 11/25/96 Estado Plurinacional de Bolivia 09/14/94 10/26/94 Brasil 06/09/94 11/16/95 Chile 10/17/94 10/24/96 Colombia - 10/03/96 Costa Rica 06/09/94 07/05/95 Dominica - 06/30/95 República Dominicana 06/09/94 01/10/96 Ecuador 01/10/95 06/30/95 El Salvador 08/14/95 11/13/95 Granada - 11/29/00 Guatemala 06/24/94 01/04/95 Guyana 01/10/95 01/08/96 Haití - 04/07/97 Honduras 06/10/94 07/04/95 Jamaica 12/14/05 11/11/05 México 06/04/95 06/19/98 Nicaragua 06/09/94 10/06/95 Panamá 10/05/94 04/26/95 Paraguay 10/17/95 09/29/95 Perú 07/12/95 04/02/96 Saint Kitts and Nevis 06/09/94 03/17/95 St. Lucia 11/11/94 03/08/95 San Vicente y las Granadinas 03/05/96 05/23/96 Surinam - 02/19/02 Trinidad y Tobago 11/03/95 01/04/96 Uruguay 06/30/94 01/04/96 República Bolivariana de Venezuela 06/09/94 01/16/95

Fuente: Organización de los Estados Americanos. Departamento de Derecho Internacional. 2016

de medidas de prevención, atención, sanción y reparación (ejes de intervención) y en la coor-dinación de diversos actores (institucionales y sociales) para garantizar la transversalidad en la formulación y ejecución de las políticas pú-blicas, el acceso a la justicia, la investigación y la medición de la violencia contra las mujeres, entre otras ventajas.

2.1 La sanción de leyes de primera generación en el contexto regional

La investigación regional indica que 24 de los 33 países de la región de América Latina y el Caribe (73%) cuentan exclusivamente con leyes ‘de primera generación’ que protegen solamen-te los derechos de las víctimas/sobrevivientes frente al ejercicio de la violencia doméstica y/o violencia intrafamiliar (Antigua y Barbuda; Baha-mas; Barbados; Belice, Brasil; Costa Rica; Cuba; Chile; Dominica; Guyana; Granada; Haití; Hon-duras; Jamaica; República Dominicana; Saint Kitts and Nevis; San Vicente y las Granadinas; Santa Lucía; Surinam; Trinidad y Tobago; Para-guay; Perú; Uruguay y Ecuador), es decir, en casi tres cuartas partes de los países de la región. La Tablas 2 y 3 detallan este panorama regional, según si fueron leyes sancionadas en América Latina o el Caribe y según si fueron sancionadas hasta octubre de 2013 o con posterioridad, has-ta enero de 2016, de acuerdo con las dos on-das de relevamiento de la investigación regio-nal sobre políticas y/o planes nacionales para abordar la violencia contra las mujeres y/o de género. Las tablas presentan además otros ins-trumentos jurídicos que tipifican delitos especí-ficos vinculados con el ejercicio de la violencia contra las mujeres, como los delitos sexuales, la trata y el tráfico de personas, el hostigamiento o acoso sexual en el ámbito laboral, el maltrato a adultos/as mayores, la pornografía infantil, etc.

Violencia doméstica, violencia intrafamiliar, violencia de género y violencia contra las mujeres

¿De qué estamos hablando?Si bien en la literatura académica, los instrumentos legales, las políticas públicas

(protocolos, planes nacionales, etc.) e incluso a través de los medios de comu-

nicación y la prensa se utilizan con frecuencia los términos “violencia contra las

mujeres”, “violencia de género”, “violencia doméstica” y “violencia intrafamiliar” de

manera intercambiable, es decir como si fueran sinónimos o conceptos equiva-

lentes, ciertamente no significan lo mismo. La violencia en un sentido amplio se

refiere a todo acto (o la amenaza) que cause daño o sufrimiento, sea éste físico,

emocional, psicológico, patrimonial o económico, etc.

La “violencia doméstica” es aquella perpetrada por un varón o una mujer ex-

clusivamente en el ámbito privado, comúnmente el hogar donde vive o reside

la víctima/sobreviviente, que también puede ser un varón o una mujer, indistin-

tamente. Lo particular de esta categoría es el ámbito privado donde es infligida

la violencia, en cualesquiera de sus manifestaciones, y ya sea que la misma sea

infligida entre familiares, consangúíneos o políticos, o bien entre personas que,

sin ser familiares, viven en un mismo hogar (misma unidad doméstica).

La “violencia intrafamiliar” hace referencia a cualquier expresión de violen-

cia ejercida entre personas que integran una familia, es decir que poseen un

lazo de consanguinidad o establecido legalmente, independientemente de si

la violencia es infligida en la esfera privada o pública. La “violencia doméstica” y

la “violencia intrafamiliar” podrían resultar equivalentes si la violencia es ejercida

entre miembros de una misma familia que además viven bajo el mismo techo.

El/La agresor/a y la víctima/sobreviviente también pueden ser de cualquier gé-

nero.

La “violencia de género” se define como cualquier violencia ejercida contra

una persona en función de su identidad o condición de género, sea hombre o

mujer, tanto en el ámbito público como en el privado. Las mujeres suelen ser

las víctimas principales de tal violencia, debido a la situación de desigualdad

y discriminación en la que viven. (Fuente: Grupo Interagencial de Género, s.f.).

Según la Convención de Belem do Pará la “violencia contra las mujeres”

hace referencia a “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado” (Capítulo I, Artículo 1.°). La violencia contra

las mujeres incluye la multiplicidad de expresiones de violencia, perpetradores y

ámbitos en los que puede ejercerse la violencia ya sea en la familia, en la pareja,

la comunidad y el espacio público, incluyendo aquella por acción, omisión e

inacción del Estado (Capítulo I, Artículo 2,°). La “violencia contra las mujeres” es

infligida sólo hacia las mujeres, en razón de su sexo o su género, y en la gran

mayoría de los casos es perpetrada por los varones con arreglo a una multi-

plicidad de causas en un “sistema de dominación masculina” que está anclado

históricamente.

Page 10: Del Compromiso a la Acción: Políticas para Erradicar la

1918

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”, Libr

os de

la CE

PAL,

130 (

LC/G

.2620

-P),

Sant

iago d

e Chil

e, Co

misi

ón Ec

onóm

ica pa

ra Am

érica

Latin

a y el

Carib

e (CE

PAL)

, 201

4.

Page 11: Del Compromiso a la Acción: Políticas para Erradicar la

2120

Tabl

a 3. L

eyes

de v

iole

ncia

dom

éstic

a e in

traf

amili

ar (l

eyes

de p

rimer

a gen

erac

ión)

y ot

ras n

orm

as d

e vio

lenc

ia, p

or p

aís (

Carib

e). 2

013-

2016

Leye

s de V

iolen

cia D

omés

tica y

/o In

trafa

milia

r (‘le

yes d

e prim

era g

ener

ació

n’)

País

Le

gisla

ción

sanc

iona

da an

tes d

e oct

ubre

de 2

013

Legi

slació

n sa

ncio

nada

entr

e oct

ubre

de 2

013 y

ener

o de 2

016

(P

rimer

a ond

a de r

elev

amie

nto P

NUD,

ONU

Muj

eres

) (S

egun

da on

da d

e rel

evam

ient

o PNU

D, O

NU M

ujer

es)

Antig

ua y

Barb

uda

Baha

mas

Barb

ados

Cuba

Dom

inica

Ley d

e Deli

tos S

exua

les (T

he Se

xual

Assa

ults A

ct, 19

95) y

su re

form

a (20

04).

Ley d

e Vio

lenc

ia D

omés

tica (

Dom

estic

Viole

nce A

ct) (1

999)

Ley d

e Pre

venc

ión

de la

Trat

a/Trá

fico d

e Per

sona

s (Ac

t 12 -

The T

ra�

cking

in Pe

rsons

(P

reven

tion)

Act).

(201

0)

No se

sanc

iona

ron

nuev

as le

yes i

ntra

fam

iliar, v

iolen

cia de

géne

ro y/

oso

bre v

iolen

cia do

més

tica,

violen

cia vi

olen

cia co

ntra

las m

ujer

es.

Ley s

obre

Deli

tos S

exua

les (T

he Se

xual

O�en

ces A

ct) (1

991)

Ley d

e Vio

lenc

ia D

omés

tica (

Órde

nes d

e Pro

tecc

ión)

(Dom

estic

Viol

ence

- Pr

otec

tion O

rder

s- Ac

t) (2

007)

.En

mien

da a

la Le

y sob

re D

elito

s Sex

uales

(The

Sexu

al O�

ence

s (Am

ende

d) Ac

t) (2

008)

Ley s

obre

Trat

a de P

erso

nas -

Prev

enció

n y Su

pres

ión (T

ra�

cking

in Pe

rsons

- Prev

entio

n an

d Sup

pres

sion-

Act)

(200

8)

No se

sanc

iona

ron

nuev

as le

yes s

obre

viol

encia

dom

éstic

a, vio

lencia

in

trafa

milia

r, vio

lencia

de gé

nero

y/o v

iolen

cia co

ntra

las m

ujer

es.

Ley d

e Deli

tos S

exua

les (T

he Se

xual

O�en

ces A

ct) (1

993)

Ley d

e Vio

lenc

ia D

omés

tica (

órde

nes d

e pro

tecc

ión)

(Dom

estic

Viol

ence

(P

rote

ction

Ord

ers)

Act)

(199

3)Le

y de C

rimen

Tran

snac

iona

l (Tra

nsna

tiona

l Crim

e Bill)

(201

1)

No se

sanc

iona

ron

nuev

as le

yes i

ntra

fam

iliar, v

iolen

cia de

géne

ro y/

oso

bre v

iolen

cia do

més

tica,

violen

cia vi

olen

cia co

ntra

las m

ujer

es.

Dom

inica

Ley d

e Pro

tecc

ión c

ontra

la Vi

olen

cia D

omés

tica (

The P

rotec

tion A

gains

t Dom

estic

Viole

nce

Act)

(200

1)Le

y de P

rote

cció

n con

tra la

Viol

encia

Dom

éstic

a (20

02) (

Refo

rma)

(The

Prot

ectio

n Aga

inst

Dom

estic

Viole

nce A

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men

dmen

t)Le

y de D

elito

s Sex

uales

(Sex

ual O

�enc

es Ac

t) (1

998)

Ley d

e Deli

tos c

ontra

las p

erso

nas d

el añ

o (O

�enc

es Ag

ainst

the P

erson

Act)

(200

3)Re

visió

n a l

a Ley

de D

elito

s con

tra la

s Per

sona

s Cap

. 10:

31 “1

990 R

ev.” (

O�en

ces A

gains

t th

e Pers

ons A

ct Ch

ap 10

:31 “1

990 R

ev.”)

No se

sanc

iona

ron

nuev

as le

yes i

ntra

fam

iliar, v

iolen

cia de

géne

ro y/

oso

bre v

iolen

cia do

més

tica,

violen

cia vi

olen

cia co

ntra

las m

ujer

es.

Códi

go Pe

nal (

Ley N

o 62 de

l año

1987

) en

su Tí

tulo

XI, C

apítu

lo I,

Secc

ión

Cuar

ta, e

l ar

tícul

o 302

.1: "

Prox

enet

ismo y

trat

a de p

erso

nas"

Códi

go Pe

nal: a

rtícu

lo 29

8o y el

300o ti

pific

an la

viol

ació

n y l

a vio

lencia

sexu

al.Le

y No 87

(199

9) ra

tifica

la lín

ea de

seve

ridad

en el

trat

amien

to pe

nal d

e los

delit

os

cont

ra el

nor

mal

desa

rrollo

de la

s rela

cione

s sex

uales

, la fa

milia

, la in

fanc

ia y l

a ju

vent

ud.

No se

sanc

iona

ron

nuev

as le

yes s

obre

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encia

dom

éstic

a, vio

lencia

in

trafa

milia

r, vio

lencia

de gé

nero

y/o v

iolen

cia co

ntra

las m

ujer

es.

Fuen

te: E

labor

ació

n pr

opia

a par

tir de

la in

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ació

n re

cogi

da de

fuen

tes p

rimar

ias y

secu

ndar

ias. 2

015-

2016

Guya

na

Gran

ada

Haití

Jam

aica

Ley d

e Vio

lenc

ia D

omés

tica (

Dom

estic

Viole

nce A

ct) (1

996)

Ley d

e Deli

tos S

exua

les (2

010)

(Sex

ual O

ffenc

es A

ct) r

efor

mad

a en

2013

.Le

y de D

elito

s Pen

ales (

Capí

tulo

8:01

) tip

ifica

pena

lmen

te lo

s deli

tos c

omet

idos

cont

ra la

in

tegr

idad

físic

a, ps

icoló

gica

y se

xual

de la

s per

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s (no

de m

aner

a esp

ecífi

ca co

ntra

las

muj

eres

). (s/

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y par

a Com

batir

el Tr

áfico

de la

s Per

sona

s (Co

mba

ting T

ra

cking

of Pe

rsons

Act, 2

005)

(2

005)

No se

sanc

iona

ron

nuev

as le

yes s

obre

viol

encia

dom

éstic

a, vio

lencia

in

trafa

milia

r, vio

lencia

de gé

nero

y/o v

iolen

cia co

ntra

las m

ujer

es.

Ley d

e Em

pleo

(199

9) (T

he Em

ploym

ent A

ct), b

asad

a en

el pr

incip

io de

no d

iscrim

inac

ión,

tip

ifica

el ac

oso s

exua

l en

el ám

bito

labo

ral.

Ley d

e Vio

lencia

Dom

éstic

a (Do

mes

tic Vi

olenc

e Act)

(200

1).

Ley d

e Pro

tecc

ión

de la

Niñ

ez y

Adop

ción

(201

0) (T

he Ch

ild Pr

otec

tion a

nd Ad

optio

n Act)

tip

ifica

la vi

olen

cia do

més

tica p

erpe

trada

cont

ra n

iños

/as;

el ab

uso d

e niñ

os/a

s y

cons

ider

a víct

ima a

l niñ

o/a q

ue es

testi

go de

acto

s de v

iolen

cia do

més

tica.

Ley d

e Vio

lenc

ia D

omés

tica (

Dom

estic

Viole

nce A

ct) (2

010)

13.

Códi

go Pe

nal (

versi

ón re

visad

a de 1

990 y

enm

ienda

s de 2

012)

(The

Crim

inal C

ode -

Vo

lume 1

of th

e Rev

ised L

aws o

f Gren

ada)

No se

sanc

iona

ron

nuev

as le

yes s

obre

viol

encia

dom

éstic

a, vio

lencia

in

trafa

milia

r, vio

lencia

de gé

nero

y/o v

iolen

cia co

ntra

las m

ujer

es.

Decr

eto q

ue m

odi�

ca el

régi

men

de a

gres

ione

s sex

uale

s (20

05):

la vio

lació

n de

jó de

ser u

n at

enta

do co

ntra

el h

onor

y pa

sa a

ser u

n cri

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cont

ra la

pe

rsona

hum

ana.

Esta

nor

ma m

odifi

ca lo

s artí

culo

s 269

°, 27

8°, 2

79°,

280°

, 281

°, 28

2°y 2

83° d

el Có

digo

Pena

l de H

aití q

ue er

an di

scrim

inat

orio

s con

tra la

s muj

eres14

.

No se

sanc

iona

ron

nuev

as le

yes s

obre

viol

encia

dom

éstic

a, vio

lencia

in

trafa

milia

r, vio

lencia

de gé

nero

y/o v

iolen

cia co

ntra

las m

ujer

es.

Ley d

e Deli

tos c

ontra

las P

erso

nas (

The O

�enc

es ag

ainst

the P

erson

Act)

(199

2,

refo

rmad

a en

2009

)Le

y de V

iole

ncia

Dom

éstic

a (Th

e Dom

estic

Viol

ence

Act)

(199

6) y

refo

rmad

a en

el añ

o 200

4.Le

y sob

re la

Pena

lizac

ión

del In

cesto

(Ince

st Pu

nishm

ent A

ct) (2

006)

Ley d

e Deli

tos

Sexu

ales (

The S

exua

l O�e

nces

Act)

(200

9)Le

y de P

reve

nció

n de

la Po

rnog

rafía

Infa

ntil (

Child

Porn

ogra

phy (

Prev

entio

n) Ac

t) (2

009)

Ley d

e Tra

ta/T

ráfic

o de P

erso

nas (

Traffi

ckin

g in

Perso

ns -

Prev

entio

n,

Supp

resio

n an

d Pun

ishm

ent A

ct) (2

007)

. Ref

orm

ada e

n 20

13.

........

........

..13

. La L

ey de

Viole

ncia

Dom

éstic

a del

año 2

010 r

eem

plaza

a la

Ley d

e Viol

encia

Dom

éstic

a (Do

mes

tic Vi

olenc

e Act)

(200

1). S

us pr

incipa

les co

ntrib

ucion

es fu

eron:

i) div

ersific

ación

de la

s exp

resion

es de

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ncia;

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Estad

o int

ervie

ne en

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asos

de vi

olenc

ia tan

to en

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ámbit

o priv

ado o

dom

éstic

o com

o en e

l ám

bito p

úblic

o en c

onso

nanc

ia co

n los

instr

umen

tos l

egale

s reg

ionale

s e in

terna

ciona

les qu

e el E

stado

gran

adino

ha ad

herid

o y ra

tifica

do; ii

i) la

incor

porac

ión de

vínc

ulos i

nterp

erson

ales q

ue ah

ora p

asan

a se

r obje

to de

cons

i-de

ración

de la

ley,

no ya

restr

ingido

s a la

s rela

cione

s matr

imon

iales

sino

tam

bién a

las e

xtra-

cony

ugale

s; iv)

la ex

pans

ión de

las r

espo

nsab

ilidad

es de

las f

uerza

s poli

ciales

; v) l

a sim

plific

ación

de lo

s proc

esos

judic

iales

; vi)

la ex

pans

ión de

las m

edida

s de p

rotec

ción a

las

víctim

as/so

brev

ivien

tes; y

vii)

el au

men

to de

las p

enas

a los

agres

ores (

en es

pecia

l ant

e la c

omisi

ón de

delito

s sex

uales

); en

tre la

s prin

cipale

s refo

rmas

.14

. El a

rtícu

lo 27

8o de

l Cód

igo Pe

nal e

stable

ce qu

e a pa

rtir d

e aho

ra “el

que c

omete

el de

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viola

ción o

fuera

culpa

ble de

cualq

uier a

gres

ión se

xual

a trav

és de

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olenc

ia, la

s am

enaz

as, la

sorp

resa o

la pr

esión

psico

lógica

cont

ra ot

ra pe

rsona

, será

casti

gado

con d

iez

años

de tr

abajo

s for

zado

s”. A

nteri

orm

ente,

este

tipo d

e ataq

ues e

ran co

nside

rados

un de

lito co

ntra

el ho

nor. E

l artí

culo

281°

del C

ódigo

Pena

l esta

blece

que “

El qu

e aten

te co

ntra

la m

oral

y alie

nte o

facil

ite el

liber

tinaje

y la

corru

pción

de la

juve

ntud

, hac

ia el

otro

sexo

en

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ores a

los d

iecioc

ho añ

os, s

erá sa

ncion

ado c

on pr

isión

de se

is m

eses

a do

s año

s.” Y e

l artí

culo

270°

del C

ódigo

Pena

l dice

ahor

a: “E

l ase

sinato

por e

l cón

yuge

de un

o u ot

ro se

xo en

su co

njunt

o no s

erá ex

cusa

ble si

la vi

da de

l cón

yuge

que c

ometi

ó el a

sesin

ato no

hubie

ra es

tado e

n peli

gro a

l mom

ento

del a

sesin

ato.”

Page 12: Del Compromiso a la Acción: Políticas para Erradicar la

2322

Repú

blica

Do

min

icana

Sain

t Kitt

san

d Ne

vis

San

Vice

nte y

la

s Gra

nadi

nas

Sant

a Luc

ía

Ley N

o 24-9

7 ‘Qu

e int

rodu

ce m

odi�

cacio

nes a

l Cód

igo P

enal

, al C

ódig

o de

Proc

edim

ient

o Crim

inal

y al

Códi

go p

ara l

a Pro

tecc

ión

de N

iños

, Niñ

as y

Adol

esce

ntes

’15.

Ley N

o 137-

03 so

bre T

ráfic

o Ilíc

ito de

Mig

rant

es y

Trata

de Pe

rsona

s (20

03) L

ey N

o 136-

03 qu

e cre

a el C

ódig

o par

a el S

istem

a de P

rote

cció

n y l

os D

erec

hos F

unda

men

tales

de N

iños

, Niñ

as y

Adol

esce

ntes

(200

3)Le

y No 88

-03 q

ue in

stitu

ye la

s Cas

as de

Aco

gida

o Re

fugi

os. (

2003

)Le

y No 46

-07 m

edian

te el

cual

se in

stitu

ye la

cam

paña

anua

l “16

Días

de A

ctivi

smo C

ontra

la

Viol

encia

hac

ia las

Muj

eres

” (20

07).

Reso

lució

n No 38

69 de

l año

2006

de la

Supr

ema C

orte

de Ju

sticia

esta

blec

e el “s

índr

ome d

e la

muj

er m

altra

tada

” her

ram

ienta

de gr

an ut

ilidad

en el

trat

amien

to de

caso

s de m

ujere

s en

alto r

iesgo

de m

uerte

por p

arte

de su

pare

ja o e

x par

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uent

e: Ob

serv

ator

io de

Igua

ldad

de

Gén

ero,

CEPA

L).

No se

sanc

iona

ron

nuev

as le

yes s

obre

viol

encia

dom

éstic

a, vio

lencia

in

trafa

milia

r, vio

lencia

de gé

nero

y/o v

iolen

cia co

ntra

las m

ujer

es.

Ley d

e Vio

lencia

Dom

éstic

a (Th

e Dom

estic

Viole

nce A

ct) (2

000)

. Ref

orm

ada e

n 20

05.

Ley d

e Deli

tos c

ontra

la Pe

rsona

(200

2) (T

he O

enc

es Ag

ainst

the P

erson

Act)

y su

mod

ifica

toria

;Le

y de D

elito

s Crim

inale

s (20

02) (

Crim

inal L

aw Am

endm

ent)

que i

nclu

ye la

figu

ra de

la

pros

tituc

ión f

orza

da (c

omo “

proc

urar

corru

pció

n bajo

frau

de o

adm

inist

ració

n de d

roga

s”)

Ley d

e Pre

venc

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el Trá

fico d

e Per

sona

s (Th

e Tra

�ck

ing in

Perso

ns Pr

even

tion A

ct) (2

008)

No se

sanc

iona

ron

nuev

as le

yes s

obre

viol

encia

dom

éstic

a, vio

lencia

in

trafa

milia

r, vio

lencia

de gé

nero

y/o v

iolen

cia co

ntra

las m

ujer

es.

Ley d

e Vio

lencia

Dom

éstic

a (Do

mes

tic Vi

olenc

e (Su

mm

ary P

roce

eding

s) Ac

t, Cap

228,

1995

). (1

995)

Ley d

e Vio

lenc

ia D

omés

tica (

Dom

estic

Viol

ence

(Sum

mar

y Pr

ocee

ding

s) Ac

t, Ca

p 228

, 199

5) re

form

ada e

n 20

15.

Ley d

e Vio

lenc

ia D

omés

tica (

Dom

estic

Viol

ence

Act (

1995

)Le

y sob

re Ig

uald

ad de

Opo

rtuni

dad y

Trat

o en e

l Em

pleo

y Tra

bajo

(200

0) (E

quali

ty of

Op

portu

nity a

nd Tr

eatm

ent in

Emplo

ymen

t and

Occu

patio

n Act

(200

0) qu

e tip

ifica

el

acos

o sex

ual e

n el

ámbi

to la

bora

l com

o un

delit

o pen

al y e

stabl

ece p

enas

;Có

digo

Pena

l (re

visad

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Sin embargo, a pesar de contar sólo con leyes de primera generación, restringidas al ámbito intra-familiar o doméstico, los países señalados más arriba han logrado avances -y algunos de ellos muy significativos- en materia legislativa para enfrentar la violencia contra las mujeres.

• El Estado de Brasil sancionó la Ley No 13.104 (2015) (Ley de Feminicidio) que modifica el art. 121o del Código Penal (Decreto-Ley No 2848 del 7 de diciembre de 1940) para tipificar el feminicidio como una circunstancia calificada de asesinato y el art. 1o de la Ley No 8072 de 25 de julio de 1990, para incluir el feminicidio en la lista de crímenes atroces. Asimismo, en el marco de lo regulado por el Decreto No 6347 sobre tráfico ilícito de migrantes y trata de personas, se aprueba el Decreto No 7901 que crea la Comisión Tripartita de Coordinación de Políticas contra la Trata en el año 2013.

• En Uruguay, INMUJERES envió en 2014 la propuesta de Textos Sustitutivos para la Reforma del Código Penal y del Código Procesal Penal y la Nota de Posicionamiento del Consejo Nacional Con-sultivo de Lucha contra la Violencia Doméstica y del Sistema Integral de Protección a la Infancia y la Adolescencia contra la Violencia a la Comisión de Constitución del Parlamento para ampliar la definición de violencia doméstica que rige en la legislación nacional y para que dicha reforma pueda contemplar la perspectiva de género y generacional.

• En Chile, en el año 2015, el SERNAM inció un proceso de revisión de la Ley No 20.066 ‘Ley de Vio-lencia Intrafamiliar’ (2005), a través de conversatorios con la sociedad civil y sectores estratégicos en las 15 regiones del país, lo que permitió identificar las fortalezas y nudos críticos de la norma aludida para la elaboración de una propuesta de reforma legislativa de violencia contra las mujeres, compro-metida con los instrumentos jurídicos regionales e internacionales ratificados por el Estado chileno, en especial la Convención de Belem do Pará.

• En el Perú, se sancionó la Ley No 30.068 (2013) que incorpora el artículo 108-B al Código Penal y modifica los artículos 107, 46-B y 46-C del Código Penal, con la finalidad de prevenir, sancionar y erradicar el feminicidio y la Ley No 29.819 (2011) que modifica el artículo 107 del Código Penal, incorporando el feminicidio. El 18 de julio de 2013 Perú aprobó un nuevo texto que reemplaza a la Ley No 29.819 y que considera el feminicidio como un delito autónomo a través de la sanción de la Ley No 29.990, publicada el 25 de enero de 2013 y elimina la conciliación, transacción o el desisti-miento en los casos de violencia familiar. El 26 de marzo de 2015 se publicó oficialmente la Ley No 30.314 ‘Ley para Prevenir y Sancionar el Acoso Sexual en Espacios Públicos’ que establece cuáles son las conductas bajo las que se puede manifestar el acoso sexual y precisa las competencias de los gobiernos regionales, provinciales y locales en la prevención y sanción del acoso sexual, así como las obligaciones ministeriales para atender a este grave problema, indicando las medidas concretas que deben ponerse en marcha.

• El Estado de Ecuador, en el contexto de la reforma al Código Orgánico Integral Penal, se aprobó en 2014 una serie de reformas ha dicho ordenamiento jurídico entre las cuales se destacan la tipifi-cación del femicidio como figura penal en el artículo 141o.

• El Estado de Honduras aprobó la tercera reforma a la ley contra la Violencia Doméstica en 2014, que se suma a las dos reformas anteriores, las de los años 2005 y 2013, sancionadas a través del De-creto No 250 de 2005 y del Decreto No 35 de 2013, respectivamente. Cabe subrayar que esta norma

fue traducida a tres lenguas indígenas tawahka, garífuna y miskito democratizando así el acceso a la información pública a todas las mujeres.

• El Estado de Panamá sancionó el 24 de oc-tubre de 2013 la Ley No 82 que adopta medi-das de prevención contra la violencia hacia las mujeres y además reforma el Código Penal para tipificar el femicidio y sancionar diversas ex-presiones de violencia contra las mujeres. Esta norma representa un avance respecto de la Ley No 38 sobre Violencia Doméstica y Maltrato al Niño, Niña y Adolescente (2001). También se avanzó, por Decreto Ejecutivo No 462 del 12 de agosto de 2015, que nombra la Comisión Inte-rinstitucional para la Reglamentación de la Ley No 82, en la reglamentación de esta última. Esto forma parte de los compromisos asumidos por el Estado panameño en el marco del Acuerdo Interinstitucional “Para establecer acuerdos y aplicar medidas inmediatas de prevención de los femicidios” celebrado el 29 de julio de 2015.

Como se desprende de la Tabla 3 más arriba, el 100% de los Estados Parte de la Comunidad del Caribe (CARICOM) cuentan únicamente con leyes de primera generación. En su conjunto, estos países representan a más de la mitad de los países que, a nivel regional, disponen de este tipo de legislación para el abordaje de las vio-lencias en sentido amplio (58%). Sin embargo, a pesar de no haberse sancionado aún leyes de segunda generación, los Estados caribeños han logrado algunos avances en materia legislativa y están haciendo esfuerzos para ampliar las medi-das de protección a las víctimas/sobrevivientes y robustecer los ordenamientos jurídicos, en es-pecial aquellos que encuadran delitos de orden sexual. Algunos de los ejemplos más salientes en esta subregión se detallan a continuación.

• El Estado de Antigua y Barbuda está revi-sando el marco normativo, las políticas y las prácticas que se ocupan de la violencia de gé-nero y contra la mujer a nivel nacional y existe

sobre tablas un proyecto de reforma de la Ley de Violencia Doméstica (Domestic Violence Act) (1999) que se prevé será debatido en el Parla-mento en 2016.

• El Estado de Barbados comenzó en 2012 una revisión de la Ley de Violencia Doméstica (ór-denes de protección) (Domestic Violence (Pro-tection Orders) Act) (1993) cuyas reformas fue-ron aprobadas por el Gabinete de Ministros en 2013. Las mismas permitieron la adopción de una definición más comprensiva de la violen-cia doméstica, la expansión de las categorías de ‘personas protegidas’, la elegibilidad de las per-sonas habilitadas para presentar denuncias y la expansión de los poderes de la Fuerza Real Po-licial de Barbados (Royal Barbados Police Force) lo que permitió, a finales del 2013, por ejemplo, que se creara una Unidad de Conflicto Familiar (Family Conflict Unit) para fortalecer la respuesta policial en casos de violencia doméstica.

• El Parlamento de Granada aprobó en 2015 un proyecto de ley sobre cibercrimen, una nueva expresión de la violencia que incluye la comisión de delitos entre personas a través de medios electrónicos e Internet, tales como el fraude, la extorsión, la pornografía infantil, el acoso, etc.

• En Trinidad y Tobago la trata y el tráfico de personas comenzó a ser discutida en el ámbito parlamentario en 2015 y diversos sectores del espectro político han comenzado a elaborar un proyecto de ley para tipificar penalmente este delito.

• En San Vicente y las Granadinas la Ley de Violencia Doméstica (Domestic Violence (Sum-mary Proceedings) Act, Cap 228, 1995) no cri-minalizaba la violencia doméstica ya que sólo brindaba órdenes de protección a las víctimas/sobrevivientes y no podía ser invocada para proteger los derechos individuales contra la violencia sexual, el acoso y/o el daño psicoló-

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gico. En 2015 el parlamento granadino aprobó la reforma a la Ley de Violencia Doméstica (Domes-tic Violence Act, 2015: Part I – Preliminary) tipificando nuevas figuras penales, a saber: abuso físico y amenazas de abuso físico; abuso sexual y amenazas de abuso sexual; violencia emocional; violencia verbal; abuso psicológico; abuso económico; intimidación; acoso; acecho; daño o destrucción de la propiedad; y usurpación en la residencia de la víctima sin su consentimiento, aunque todas siguen estando restringidas al ámbito doméstico y/o intrafamiliar.

• En el año 2014 el Estado de Saint Kitts and Nevis realizó una segunda reforma a la Ley de Violen-cia Doméstica (The Domestic Violence Act) (2000), que había sido modificada en el año 2005, a través de la cual se tipifica la violencia sexual, la violación y el incesto como delitos graves, brinda una mayor protección a las víctimas/sobrevivientes y establece sanciones más severas a los agresores.

2.2 La sanción de leyes de segunda generación en la región de América Latina

Gracias a la adhesión a las disposiciones de la Convención de Belém do Pará, a los esfuerzos políticos e institucionales y al encomiable trabajo de incidencia y cabildeo de las organizaciones sociales, en especial la incansable lucha de las organizaciones de mujeres, organizaciones de defensa de los de-rechos humanos y grupos y movimientos feministas, al año 2016, y aún con significativos matices en la región, 9 de los 33 países (27%) han sancionado leyes de segunda generación (México, Argentina, Colombia, El Salvador, Guatemala, Nicaragua, República Bolivariana de Venezuela, Estado Plurinacio-nal de Bolivia y Panamá), representando poco más de un cuarto de los países de la región. Al adoptar un enfoque integral a la respuesta institucional a la violencia contra las mujeres, este tipo de normas son también conocidas como ‘leyes integrales de violencia contra las mujeres’. Es importante seña-lar que la sanción de este tipo de leyes no invalida que las mismas coexistan con instrumentos de primera generación, que no fueron derogados o reemplazados. En la Tabla 4 en las páginas 28 y 29 se señalan los países que han aprobado leyes de segunda generación (marcadas en negritas) y se incorporan en el listado otros instrumentos legales sancionados durante el período 2013-2016 que incluyen otras figuras penales. Algunos de los países que integran este segundo grupo también han realizado nuevos avances entre 2013 y 2016 en materia legislativa, a través de reformas legislativas que fortalecen las medidas de protección a las víctimas/sobrevivientes, entre los cuales se destacan:

• El Estado de Colombia entre 2013 y 2016 ha sancionado un compendio legal de relevancia social para avanzar en la erradicación de tres nuevas expresiones de la violencia contra las mujeres y que afectan, por su ensañamiento y crueldad, al conjunto de la sociedad colombiana: la Ley No 1639 (2013) por medio de la cual se fortalecen las medidas de protección a la integridad de las víctimas de crímenes con ácido, reglamentada por el Decreto No 1033 de 2014; la Ley No 1719 (2013) que adopta medidas para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas/sobrevivientes de violencia sexual, en especial la violencia sexual en ocasión de conflicto armado (estas dos leyes son únicas en su tipo entre los países de la región) y la creación del tipo penal de feminicidio como delito autónomo por Ley No 1761 (Ley ‘Rosa Elvira Cely’) (2015).

• En Nicaragua, se sancionó la Ley No 896 ‘Contra la Trata de Personas’ (2015), una actividad ilegal que está afectando a todas las regiones del mundo, particularmente la región centroamericana y el Caribe donde innumerables personas que migran de su país de origen a otro con mejor esta-

bilidad económica, se convierten en víctimas de este tipo de delito que destruye la esencia de las personas y que se dirige a los sectores poblacionales de mayor vulnerabilidad de la so-ciedad nicaragüense, tales como: niños, niñas, adolescentes y mujeres.

• En la Rep. Bol. de Venezuela se aprobó la Reforma Parcial de la Ley Orgánica sobre el De-recho de las Mujeres a una Vida Libre de Vio-lencia, que incluye la figura de femicidio y la de inducción al suicidio como formas extremas de violencia (2014).

• En México se aprobó el Código Nacional de Procedimientos Penales que homologa el pro-cedimiento con un perfil de protección de de-rechos humanos en todo el país (DOF 5-mar- 2014); la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (DOF 20-mar-2014); la Ley Ge-neral para la Igualdad entre Mujeres y Hombres que regula la implementación de campañas permanentes de concientización sobre la igual-dad (DOF 4-jun-2015) y el Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Li-bre de Violencia que modificó el procedimiento de Alerta de Violencia de Género y el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas dis-posiciones del Código Penal Federal de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (DOF 25-nov-2013).

• El Estado Plurinacional de Bolivia sancionó la Ley No 348 ‘Ley integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia’ en 2013 y, desde el 28 de marzo de 2012, se convirtió en el primer país de la región en contar con una norma específica para enfrentar y sancionar hechos cometidos contra mujeres candidatas y electas en el ejercicio del poder político (violen-cia política) a través de la Ley No 243 ‘Contra el acoso y violencia política hacia las mujeres’ que amplía su alcance a otras instancias vinculadas al ámbito político como las organizaciones so-ciales y las instituciones públicas y privadas.

2.3 La sanción de leyes de femicidio/feminicidio en América Latina

En relación con los avances en la consagración legislativa del femicidio/feminicidio, entre la primera y la segunda onda de relevamiento, la región pasó de contar con 12 países con leyes que tipifican este delito en 2013 (33%) a 16 paí-ses en 2016 (48%), de los cuales 15 aprobaron leyes o reformas a los códigos penales para tipificar el femicidio o feminicidio (Brasil, Chi-le, Estado Plurinacional de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú, Costa Rica, El Salvador, Guatema-la, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Rep. Bol. De Venezuela y República Dominicana) y 1 (Argentina y) ha tipificado legalmente la figura de homicidio agravado por razones de género (CEPAL, 2016) (Tabla 5). De este modo, en casi la mitad de los países de la región se han ade-cuado los marcos normativos a los instrumen-tos regionales e internacionales y, por sobre todo, los Estados están dando una respuesta firme ante el incremento sostenido de muertes por razones de género que se observa en la re-gión y ante los altos índices de impunidad. De acuerdo con la Campaña del Secretario Gene-ral ÚNETE para poner fin a la violencia contra las mujeres, “Con la aprobación de estas leyes, los países se proponen desarrollar una política crimi-nal con perspectiva de género que fortalece, por un lado, las estrategias de persecución y sanción de los responsables de los hechos de violencia con-tra las mujeres y, de otro, garantiza la reparación y compensación de las víctimas. El objetivo es redu-cir la impunidad de manera que la justicia penal cumpla con su función de prevención especial y general de la criminalidad”16.

..................16. La regulación del delito de femicidio y feminicidio en América Latina (Campa-ña del Secretario General “UNETE para poner fin a la violencia contra las mujeres” (2012).

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(201

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Page 16: Del Compromiso a la Acción: Políticas para Erradicar la

Del Comprom

iso a la Acción: Políticas para Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Am

érica Latina y el Caribe

3130

Tabla 5. Leyes de femicidio o feminicidio, por subregión, país y año de sanción

No

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

121314

15

16

Subregión

Cono Sur

Cono Sur

Andina

Centroamérica

Cono Sur

Andina

Centroamérica

Andina

Centroamérica

Centroamérica

Norteamérica

CentroaméricaCentroamérica Andina

Andina

Caribe hispanoparlante

País

Argentina

Brasil

Colombia

Costa Rica

Chile

Ecuador

El Salvador

Est. Plur. de Bolivia

Guatemala

Honduras

Mexico

NicaraguaPanamáPerúRep. Bol. deVenezuelaRepública Dominicana

Año

2012

2015

2015

2007

2010

2014

2012

2013

2008

2013

2012

201220132011

2014

1997

Legislación de femicidio o feminicidio

Ley No 26.791. Se incorpora al Código Penal la figura penal de homicidio agravado por razones de géneroLey No 13.104 que tipifica el feminicidio en el Código Penal Ley No 1761 ‘Por la cual se crea el tipo penal de feminicidio como delito autónomo y se dictan otras disposiciones (Ley Rosa Elvira Cely)’.Ley No 8589 ‘Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres’ que define el femicidio e incorpora la figura judicial de feminicidio íntimo.Ley No 20.480 que tipifica el femicidio y el femicidio íntimo en el Código Penal (art. 390)Código Orgánico Integral Penal (COIP) que tipifica el femicidio en el Código Penal.Decreto No 520 Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres.Ley No 348 que incorpora el femicidio en el Código Penal (art. 7o párrafo 2).Decreto No 22-2008: Ley contra el femicidio y otras formas de violencia contra la Mujer.Decreto No 23-2013Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones al Código Penal Federal (2012). En 31 de las 32 Entidades Federativas, los códigos penales locales tipifican el feminicidio.Ley No 779 Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres.Ley No 82Ley No 29819Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia que tipifica el femicidio.Ley No 24-97

Fuente: Elaboración propia a partir de datos de la CEPAL (2016) y de la Campaña del Secretario General Únete para poner fin a la violencia contra las mujeres (2015).

Page 17: Del Compromiso a la Acción: Políticas para Erradicar la

Del Comprom

iso a la Acción: Políticas para Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Am

érica Latina y el Caribe

3332

Además de impulsar reformas de los marcos normativos, la Convención de Belém do Pará alienta a los Estados Parte a que adopten, por todos los medios posibles, y sin dilaciones, políticas que es-tén orientadas a la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres (Capítulo III, Artículo 8°). Para cumplir con este mandato, los Estados signatarios han aunado esfuerzos para formular políticas públicas y/o planes nacionales para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres con matices en la región. En este contexto, el estudio ha identificado 5 grupos de países de acuerdo con el tipo de violencia que aborda la política o el plan de acción nacional: a) Planes de acción nacionales específicos para la eliminación de la violencia contra las mujeres; b) Planes de acción nacionales de violencia doméstica; c) Planes de acción nacionales de violencia de género; d) Políticas o planes nacionales que incluyen un componente específico para abordar la violencia contra las mujeres y e) Sin un plan de acción nacional de violencia contra las mujeres y/o de género. La Tabla 6 a continuación presenta la cantidad de países en la región según el tipo de política o plan de acción nacional vigente al año 2016 y su comparación con el año 2013.

Tabla 6. Cantidad de países y porcentaje del total en la región, por tipo de política y/o plan de acción nacional para la eliminación de la violencia contra las mujeres y/o de género. 2013-2016

Variación porcentual

67%

0%

100%

-2.5%

-78%

Número de países

Porcentaje

2013 (N=32)

9

2

4

8

9

2016(N=33)

15

2

8

6

2

2013 (N=32)

28%

6%

13%

25%

28%

2016(N=33)

46%

6%

24%

18%

6%

Tipo de plan de acción nacional según tipo de violencia

Planes de acción nacionales específicos de violencia contra las mujeresa

Planes de acción nacionales de violencia domésticaPlanes de acción nacionales de violencia de géneroPolíticas o planes nacionales que incluyen un componente específico para abordar las violencias (en sentido amplio)Sin un plan de acción nacional de violencia contra las mujeres y/o de género

Fuente: Fuente: Elaboración propia.a Aprobado oficialmente y en ejecución al año 2016.

Un primer hallazgo revela que en 2013, 24 de los 32 países (75%) -es decir tres cuartas partes de la región- estaban ejecutando políticas y/o planes nacionales, independientemente de si éstos eran planes específicos para abordar la violencia contra las mujeres o no. En 2016 el estado de situa-ción regional ha mejorado ya que 31 de los 33 países (94%) cuentan con planes de acción

3.Políticas y

planes para la erradicación de la

violencia contra las mujeres

Page 18: Del Compromiso a la Acción: Políticas para Erradicar la

Del Comprom

iso a la Acción: Políticas para Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Am

érica Latina y el Caribe

3534

¿Qué es un plan de acción nacional para la erradicación de la violencia contra las mujeres?

Un plan de acción nacional de violencia contra las

mujeres es un programa estratégico que elabora un

organismo o conjunto de organismos públicos, para

desarrollar actividades en el corto, mediano y largo

plazo para enfrentar -y como meta erradicar- todas

las manifestaciones de la violencia contra las muje-

res, tanto en el ámbito privado (doméstico, familiar,

intrafamiliar e íntimo) como en el ámbito público. Es

un instrumento de política pública que está basado

en un modelo de gestión por resultados cuantifica-

bles que busca reglamentar y hacer operativas leyes

meramente declarativas. Debido a la complejidad de

la problemática de la violencia contra las mujeres, bá-

sicamente por su condición multicausal, un plan de

acción nacional para enfrentarla debe implementarse

intersectorialmente y con un enfoque interdisciplina-

rio. Normalmente, la formulación parte de un diag-

nóstico inicial de las causas que originan la violencia

contra las mujeres (modelo ecológico), para seguir

con una presentación de las estadísticas sobre pre-

valencia e incidencia de los diferentes tipos de vio-

lencia a nivel internacional, regional y nacional que

permitan construir una línea de base (justificación).

Un plan de acción nacional de violencia contra las

mujeres debe prestar especial atención a los cuatro

ejes de intervención: prevención, atención, sanción y

reparación de la violencia contra las mujeres e incluir

acciones transversales, como el desarrollo de capaci-

dades, la medición de la violencia contra las mujeres,

la creación de sistemas de información, la armoniza-

ción legislativa, entre otras.

nacionales para la eliminación de la vio-lencia contra las mujeres (u otras expre-siones de violencia). Es decir, el número de países que ha formulado políticas y/o planes nacionales en la materia aumentó casi un 30% en tres años. También se observa un incremen-to en la cantidad de países que han aprobado oficialmente planes de acción nacionales espe-cíficos para la eliminación de la violencia con-tra las mujeres, pasando de 9 países en 2013 a 15 en 2016, es decir la cantidad aumentó un 67% respecto de 2013. El dato más significativo está relacionado con el número de países sin un plan de acción nacional, independiente-mente de su tipo. En 2013, la cantidad de paí-ses en esta situación representaba casi el 30% del total mientras que al 2016 este porcentaje se ha reducido al 6%, lo que significa una re-ducción de casi el 80% a nivel regional (-78%). La cantidad de planes de acción nacionales de violencia doméstica se mantiene estable entre 2013 y 2016; se observa una disminución del 25% de países con planes o políticas naciona-les que incluyen un componente específico para abordar las violencias (en sentido amplio) y se duplicó la cantidad de países que han de-sarrollado planes nacionales para el abordaje de la violencia de género (100%). Este panora-ma expresa, sin dudas, un avance en la región en cuanto al deber de diligencia de los Estados para abordar las diversas violencias contra las mujeres, no sólo a través de la sanción de nor-mas -condición necesaria pero no suficiente-, sino a través del desarrollo intersectorial, plani-ficado y sistemático de estrategias y líneas de acción concretas y mensurables orientadas a la meta de erradicar el flagelo.

3.1 Planes de acción nacionales específicos para la erradicación de la violencia contra las mujeres

Al año 2016, 15 de los 33 países de la región (45%) han aprobado oficialmente planes de acción nacionales de violencia contra

las mujeres y están en ejecución (Haití, Re-pública Dominicana, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Argentina, Bra-sil, Chile, Colombia, Ecuador, Perú, Paraguay y Nicaragua) y 9 de los 15 (60%) cuentan ya con un segundo plan (Haití, Costa Rica, Honduras, Brasil, Colombia y Chile, este último transitó de un plan de acción nacional para abordar la vio-lencia doméstica a uno específico para abordar la violencia contra las mujeres) o bien están en la fase final de elaboración de su segundo plan (Guatemala, El Salvador y Brasil) (Tabla 7). En Guatemala, de acuerdo con fuentes oficiales, la Secretaría Presidencia de la Mujer (SEPREM) está realizando esfuerzos de coordinación interinsti-tucional para la formulación del nuevo PLANO-VI, que abarcará el período 2015-2025. En El Sal-vador, la Comisión Técnica Especial (CTE) prevé contar con la versión final del Plan Quinquenal para su validación final en el primer semestre de 2016 y posiblemente aprobada oficialmente antes de fin de ese mismo año. En todos los ca-sos los planes nacionales están amarrados a po-líticas nacionales macro (Políticas Nacionales de Género, Políticas de Igualdad de Oportunida-des, Planes Nacionales de Desarrollo, etc.) que son su sustento político, técnico y estratégico y con las cuales guardan una necesaria consis-tencia lógica. En algunos casos como México y Brasil, además, se han formulado programas que hacen operativas las líneas estratégicas contenidas en los planes nacionales.

En el caso de Paraguay, el Plan nacional contra la violencia hacia las mujeres 2015-2020, coexis-

te con otros 4 instrumentos de política pública a nivel nacional los cuales incluyen módulos específicos sobre violencia de género y contra las mujeres: 1. Plan de Igualdad de Oportunida-des entre Mujeres y Hombres (2008-2017) que incluye el ámbito VI ‘Una Vida Libre de Violen-cia’, ámbito en el cual está subsumido el Plan Nacional para la Prevención y la Sanción de la Violencia contra la Mujer (elaborado en 1994); 2. Política “Paraguay para Todos y Todas: Propues-ta de Política Pública para el Desarrollo Social (2010-2020)”, formulada sobre cuatro ejes estra-tégicos, el primero de los cuales aborda la pre-vención, sanción y erradicación de toda forma de violencia de género y edad; 3. Plan Nacional de Salud Sexual y Reproductiva (2009-2013), elaborado por el Ministerio de Salud, cuyo pla-zo de ejecución fue luego extendido al período 2014-2018 y el cual, en su capítulo VI, aborda la “Prevención y Atención a Personas en Situación de Violencia Sexual y Violencia Basada en Gé-nero” y 4. Programa Nacional para la Prevención y la Atención Integral de Mujeres, Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Violencia Basa-da en Género, Doméstica e Intrafamiliar (2010-2015) cuyo objetivo es contribuir a la preven-ción de la violencia de género e intrafamiliar y brindar atención integral a mujeres, niñas, niños y adolescentes en situación de violencia. Ade-más, en diciembre de 2014, el Estado paragua-yo aprobó el Plan Nacional de Desarrollo Para-guay 2030 en el que se incluye a la Igualdad de Género y entre sus líneas de acción a la violen-cia de género en uno de los Ejes Estratégicos, el No1. Reducción de pobreza y desarrollo social.

Page 19: Del Compromiso a la Acción: Políticas para Erradicar la

Del Comprom

iso a la Acción: Políticas para Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Am

érica Latina y el Caribe

3736

Tabla 7. Políticas y/o planes de acción nacionales especícos para la eliminación de la violencia contra las mujeres, por subregión y país. 2013-2016

Plan nacional (2016)País

Haití

RepúblicaDominicana

Costa Rica

El Salvador

Guatemala

Honduras

México

Plan nacional (2013)

a) Política Nacional para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2014- 2015)b) Plan de Acción de la Política Nacional para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2014-2015)

Plan de acción nacional en proceso de formulación.

Plan Nacional de Prevención y Erradicación de la Violencia Intrafamiliar y contra las Mujeres (PLANOVI) (2004-2014)

Segundo Plan Nacional de Lucha contra la Violencia contra las Mujeres (2012- 2016)(Plan National de lutte contre la violence faite aux femmes 2012-2016)17

a) II Plan Nacional de Igualdad y Equidad de Género (PLANEG II) (2006- 2016)b) Plan Estratégico para la Prevención, Detección, Atención y Sanción a la Violencia contra las Mujeres e Intrafamiliar (2011-2016)Plan Nacional de Atención y Prevención de la Violencia contra las Mujeres en las Relaciones de Pareja y Familiares por Hostigamiento Sexual y Violación (PLANOVI Mujer 2010-2015)18

Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer (2013-2022)19

a) Plan Nacional de Desarrollo (2007-2012)b) Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar laViolencia Contra las Mujeres (2010-2012)c) Plan Nacional de Desarrollo (2013-2018)d) Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y No Discriminación contra las Mujeres (2013-2018)e) Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar laViolencia Contra las Mujeres (2014-2018)f) Programa Nacional para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos enMateria de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a lasVíctimas de estos Delitos (2014-2018)g) Programa Nacional de Derechos Humanos (2013-2018)h) Política Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres

Subregion

Caribe francófono

Caribe hispanoparlante

Centroamérica

Centroamérica

Centroamérica

Centroamérica

Norteamérica

Argentina

Brasil

Chile

Colombia

Ecuador

Perú

Nicaragua

b) Programa Mujer Vivir Sin Violencia (Mulher, Viver sem Violência)

Plan Nacional de Acción en Violencia contra las Mujeres (2014-2018)

Plan de Acción Nacional para la Prevención de la Violencia Intrafamiliar (2012-2013)21

a) Política Nacional para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2014- 2015)b) Plan de Acción de la Política Nacional para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2014-2015)22

c) Plan de Nacional de Accióncontra la Violencia hacia laMujer, Niña, Niño yAdolescente (en proceso deformulación).Plan Nacional contra la violencia hacia las mujeres 2015-2020.

Política de Estado para el Fortaleci-miento de la Familia Nicaragüense y Prevención de la Violencia

a) Política Pública Nacional de Equidad de Génerob) Plan Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencias (CONPES 161) (2012-2022)Plan Nacional para la Erradicación de la Violencia de Género hacia la Niñez, Adolescencia y Mujeres (2008)a) Plan Nacional de Desarrollo (2013-2018)b) Política Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (2009-2015)

a) Segundo Pacto Nacional para Enfrentar la Violencia Contra la Mujer (2012- 2015)20

Cono Sur

Cono Sur

Cono Sur

Subregión Andina

Subregión Andina

Región Andina

Centroamérica

Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres (2014-2016)

Plan de acción nacional en proceso de formulación.

..................17. Plan Nacional de Lucha contra la Violencia contra las Mujeres (Plan National de lutte contre la violence faite aux femmes) (2006-2011). El antecedente inmediato del Plan Nacional de Lucha contra la Violencia contra las Mujeres 2006-2011 es el acuerdo celebrado en el año 2008 entre el Ministerio de la Condición Femenina y los Derechos de la Mujer, el Fondo de las Naciones Unidas para la Población (UNFPA) y la Embajada de Brasil en Haití para la prevención y la protección de las niñas y mujeres víctimas de la violencia en el Departamento del Sureste (Prévention et protection des filles et femmes victimes de violences dans le Département du Sud-Est) con el doble objetivo de prevenir la violencia contra las mujeres y fortalecer el eje de la atención.

..................18. El Plan Nacional de Atención y Prevención de la Violencia contra las Mujeres en las Relaciones de Pareja y Familiares por Hostigamiento Sexual y Violación (PLANOVI Mujer 2010-2015) es el segundo plan de acción nacional formulado por el Estado de Costa Rica.19. El Plan Nacional contra la Violencia Hacia la Mujer (2013-2022) es el segundo plan de acción nacional formulado por el Estado de Honduras. Antecedente: Plan Nacional contra la Violencia Hacia la Mujer (2006-2010)20. Antecedente: Primer Pacto Nacional para Enfrentar la Violencia Contra la Mujer (2008-2011)21. Antecedente: Plan de Acción Nacional para la Prevención de la Violencia Intrafamiliar (2011-2012)22. De acuerdo con la información disponible a diciembre de 2015, la Comisión Nacional Interinstitucional de Lucha contra la Violencia hacia las Mujeres continúa en proceso de elaboración del Plan de Nacional de Acción contra la Violencia hacia la Mujer, Niña, Niño y Adolescente, instrumento que hará operativa a la Política de Estado para el Fortalecimiento de la Familia Nicaragüense y Prevención de la Violencia.

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érica Latina y el Caribe

3938

Paraguay

Plan Nacional contra la violencia hacia las mujeres 2015-2020.

a) Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres (2008-2017)b) Política “Paraguay para Todos y Todas: Propuesta de Política Pública para el Desarrollo Social (2010-2020)”c) Plan Nacional de Salud Sexual y Reproductiva (2009-2013)d) Plan Nacional de Salud Sexual y Reproductiva 2014-2018e) Programa Nacional para la Prevención y la Atención Integral de Mujeres, Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Violencia Basada en Género, Doméstica e Intrafamiliar (2010-2015)f) Plan Nacional de Desarrollo “Paraguay 2030”

Cono Sur

Fuente: Elaboración propia.

Tabla 8. Políticas y/o planes de acción nacionales de violencia doméstica y/o intrafamiliar, por subregión y país. 2013-2016

Plan nacional (2016)País

Guyana

Panamá

Plan nacional (2013)Plan de Acción Nacional para la Implementación de las Leyes de Delitos Sexuales y Violencia Doméstica (2014-2017) en proceso de formulación y/o aprobación oficial.

Política Nacional de Violencia Doméstica (2008-2013) (NationalPolicy on Domestic Violence 2008-2013)

a) Plan Nacional Contra la Violencia Doméstica y Políticas de Convivencia Ciudadana (2004-2014)

Subregion

Caribe anglófono

Centroamérica

Fuente: Elaboración propia.

3.2 Planes de acción nacionales de violencia doméstica y/o intrafamiliar

En 2 de los 33 países se han formulado planes de acción nacionales para abordar la violen-cia doméstica (6%) (Guyana y Panamá23) (Tabla 8). En los dos casos, los períodos de ejecución de los planes de acción nacionales ya han prescrito al año 2016. El Estado de Guyana, luego de haber modificado la Ley de Delitos Sexuales en 2013, comenzó a desarrollar el Plan de Acción Nacional para la Implementación de las Leyes de Delitos Sexuales y Violencia Doméstica (2014-2017)24, aún pendiente de aprobación oficial, y los protocolos de actuación para la atención de la violencia de género. En el caso de Panamá, no se dispone de información oficial que confirme si el nuevo Plan Nacional Contra la Violencia Doméstica y Políticas de Convivencia Ciudadana (2014-2024) ha sido aprobado oficialmente habida cuenta de que el vigente ha prescrito, y en cuyo caso cuál sería el en-foque que el nuevo plan adoptaría. Sin embargo, el país cuenta con la Política Pública de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres (PPIOM) que da cumplimiento a la Ley No 4 de Igualdad de Opor-tunidades para las Mujeres que incluye un eje para el abordaje de la violencia contra las mujeres y abarca todos los ámbitos públicos y privados, sustentados en los objetivos y funciones de la Ley No 71 de 2008 que crea el INAMU. En el año 2013 se inicia el proceso de elaboración del Plan de Acción de la PPIOM que se compone de un total de diez ejes de intervención los cuales, a su vez, contienen una serie de Lineamientos y Objetivos estratégicos. El Eje 3 se refiere a la Violencia Contra las Mujeres. Los dos planes de acción nacionales para abordar la violencia doméstica referidos comparten los enfoques intergeneracional, de derechos humanos y de género.

3.3 Planes de acción nacionales de violencia de género

Entre los años 2010 y 2016, 8 de los 33 países han aprobado planes de acción nacionales para abordar la violencia de género (24%) (Antigua y Barbuda, Bahamas, Jamaica, San Vicen-te y las Granadinas, Granada, Belice, Saint Kitts and Nevis y Uruguay) (6 del Caribe anglófono, uno

perteneciente a Centroamérica y otro al Cono Sur) (Tabla 9). Belice es el único país de este grupo que cuenta con un segundo plan de ac-ción nacional de violencia de género (el prime-ro fue formulado en el año 2007 con un plazo de ejecución que abarcó hasta el 2009) y está en proceso de formulación del tercer plan na-cional el cual, según fuentes oficiales, se prevé que cubra el período 2016-2020. Los Estados de Antigua y Barbuda, Bahamas y San Vicente y las Granadinas registran avances respecto del estado de situación en 2013 ya que en los tres países se han aprobado oficialmente los prime-ros planes nacionales de violencia de género (Antigua y Barbuda y Bahamas en 2013 y San Vi-cente y las Granadinas en 2015). Este conjunto de planes de acción nacionales adoptan los en-foques de transversalidad, derechos humanos y género y el Segundo Plan de Acción Nacional sobre Violencia de Género (2010-2013) (Natio-nal Gender-Based Violence Plan of Action 2010-2013) de Belice adopta además los enfoques de interculturalidad e intergeneracional.Por su parte, el Estado de Jamaica ha con-cluido el segundo Plan Estratégico Nacional para Eliminar la Violencia de Género (2015-

..................23. El Plan Nacional de Lucha contra la Violencia Doméstica (2004-2010) forma parte de la Línea Estratégica de Igualdad (LEI N° 9) del Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades y Derechos (2007- 2011).24. La Oficina de Asuntos de las Mujeres que funciona en la órbita del Ministerio de Trabajo, Servicios Sociales y Seguridad Social en Guyana recibió apoyo financiero y técnico de parte de la cooperación internacional (ONU Mujeres, UNICEF, UNFPA y el Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas) para la formulación de dichos instrumentos. Sin embargo, a diciembre de 2015 el Estado de Guyana no ha informado acerca del grado de avance en la formulación de los mismos.

2025) (Gender-Based Violence National Stra-tegic Action Plan), aunque aún pendiente de aprobación oficial. El Estado de Granada si bien no cuenta con la versión completa del Plan de Acción Nacional para Erradicar la Vio-lencia de Género en Granada ( The National Strategic Action Plan to End Gender-Based Vio-lence in Grenada) aprobada oficialmente, en 2013 sí fueron aprobados por el Gabinete de Ministros los lineamientos estratégicos (Key Elements) del mencionado plan nacional que conforman el ‘núcleo duro’ de la planificación aludida y le permiten a la División de Asun-tos de Género y de Familia guiar las acciones programáticas para enfrentar la violencia do-méstica y la violencia de género en el país. En 2010, en Saint Kitts and Nevis se creó el Comité Directivo para la Erradicación de la Violencia de Género (Steering Committee for Ending Gender-based Violence), instancia inte-rinstitucional a cargo de la formulación del Plan de Acción Multisectorial en Violencia Sexual y Violencia de Género ( The Multisec-toral Action Plan on Sexual and Gender Based Violence) que es el plan de acción nacional que está vigente al año 2016.

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4140

3.4 Políticas y/o planes de acción nacionales que incluyen un componente específico de violencia contra las mujeres y/o violencia de género

También en 6 de los 33 países (18%) las estrategias de acción para enfrentar la violencia contra las mujeres y/o de género forman parte de un componente que se encuentra integrado a una política de acogida, como por ejemplo políticas o planes nacionales de género, de equidad e igualdad de género o de igualdad de oportunidades (Surinam, Dominica, Cuba, Est. Plur. de Bolivia, Rep. Bol. de Venezuela y Barbados) (Tabla 10).

En Surinam la violencia domestica y la violencia sexual forman parte del Plan de Politica Nacional: Enfoque Estructural sobre Violencia Doméstica (2014-2017) (National Policy Plan Structural Approach Domestic Violence 2014-2017), vigente al 2016. Hasta 2014 las acciones para enfrentar la violencia do-méstica estaban integradas al Plan de Trabajo de Género 2013 (Gender Work Plan 2013). En Dominica algunas formas de violencia de género y principalmente la violencia intrafamiliar y/o doméstica y los delitos sexuales están amarrados a la Política Nacional y Plan de Acción sobre Equidad e Igualdad de Género (National Policy and Action Plan on Gender Equity and Equality). Por su parte, en Barbados, entre

Tabla 9. Políticas y/o planes de acción nacionales de violencia de género, por subregión y país. 2013- 2016

Plan nacional (2016)PaísAntigua y Barbuda

Bahamas

Jamaica

Saint Vincent and

the Granadines

Granada

Belice

Saint Kitts

and Nevis

Uruguay

Plan nacional (2013)

Plan Estratégico Nacional de Bahamas para Abordar la Violencia Basada en elGénero (The Bahamas National Strategic Plan to Address Gender-Based Violence)25

Plan de acción nacional en proceso de formulación.

Tercer Plan de Acción Nacional sobre Violencia de Género en proceso de formulación previsto para el período 2016-2020.

Segundo Plan de Acción Nacional sobre Violencia de Género (2010- 2013) (National Gender-Based Violence Plan of Action 2010- 2013)

Segundo Plan Nacional de Lucha contra la Violencia Doméstica (2016-2021) en proceso de formulación

Plan Nacional de Lucha contra la Violencia Doméstica (2004-2010)

Plan de Acció n Nacional de Violencia Basada en el Género (2015-2018) (National Gender-Based ViolenceAction Plan 2015-2018)

No cuenta con un plan de acción nacional.

Plan de Acción Estratégico para Erradicar la Violencia de Género (2010- 2015) (Strategic Action Plan to End Gender-Based Violence 2010-2015)

a) Política Nacional de Igualdad de Género (2011-2015)b) Plan Nacional de Desarrollo (2009-2030)c) Plan Nacional de Acción Estratégica para Eliminar la Violencia Basada en el Género en Jamaica (2011) (National Strategic Action Plan to Eliminate Gender-Based Violence in Jamaica 2011)

Plan de Acción Nacional para Erradicar la Violencia Basada en el Género en Granada (The National Strategic Action Plan to End Gender-Based Violence in Grenada)26 – Key Elements.

Saint Kitts

and Nevis

Plan de Acción Multisectorial en Violencia Sexual y Violencia Basada en Género (The Multisectoral Action Plan on Sexual and Gender Based Violence) (2011) 27.

SubregionCaribe

anglófono

Caribe anglófono

Caribe anglófono

Caribe anglófono

Caribe anglófono

Centroamérica

Caribe

anglófono

Cono Sur

Fuente: Elaboración propia.

Tabla 10. El abordaje de la violencia contra las mujeres y/o de género integrado a una política y/o plan nacional de acogida. 2013-2016

Plan nacional (2016)País

Surinam

Dominica

Cuba

Est. Plur. de Bolivia

Rep. Bol. de Venezuela

Barbados

Plan nacional (2013)Plan de Política Nacional: Enfoque Estructural sobre Violencia Doméstica (2014-2017) (National Policy Plan Structural Approach Domestic Violence 2014-2017)

Política Nacional y el Plan de Acción para la Equidad e Igualdad de Género28

(National Policy and Action Plan on Gender Equity and Equality)Plan de Acción Nacional de Seguimiento a la IV Conferencia de la ONU sobre la Mujer (PAN)29

a) Programa Nacional de Lucha contra la Violencia en Razón de Género (2009-2020)b) Plan Nacional para la Igualdad de Oportunidades: ‘Mujeres Construy-endo la nueva Bolivia para Vivir Bien’ (2009-2020)c) Plan Nacional contra la Violencia Hacia la Mujer (2013-2022)

Plan para la Igualdad de Género “Mamá Rosa” (2013-2019)

Plan Nacional Socialista sobre el Derecho de las Mujeres a una Rosa” (2013-2019) Vida libre de Violencia (2010-2013)30

a) Plan de Acción Integral de Género (Integrated Gender Action Plan 2006-2010)b) Plan Sectorial de Protección Legal y Seguridad (2006-2010) (Legal Protection and Security Plan 2006-2010)

Plan Nacional de Acción contra el VIH/sida (2008-2013) (National Action Plan against HIV/AIDS 2008-2013). No posee un plan de acción nacional para el abordaje de la violencia contra las mujeres y/o de género31

Subregion

Caribe anglófono

Caribe anglófono

Caribe hispanoparlante

Región Andina

Región Andina

Caribe anglófono

Fuente: Elaboración propia.

..................25. El plan fue formulado en el año 2013. No se informa el plazo de ejecución.26. En 2013 el gabinete de Ministros sólo aprobó los lineamientos estratégicos (Key Elements) del Plan de Acción Nacional para Erradicar la Violencia Basada en el Género en Granada.27. El Plan de Acción Multisectorial en Violencia Sexual y Violencia Basada en Género fue aprobado en 2010 y sigue vigente al año 2016.28. La Política Nacional y el Plan de Acción para la Equidad e Igualdad de Género fue aprobada oficialmente en 2006 y sigue vigente al año 2016 a pesar de no establecer un plazo de ejecución.29. El Plan de Acción Nacional de Seguimiento a la IV Conferencia de la ONU sobre la Mujer” (PAN) que contiene las Medidas No 66 y 67 sobre violencia de género y contra las mujeres fue formulada en el año 1997 y sigue vigente al año 2016.

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4342

los años 2008 y 2013, la violencia doméstica for-maba parte de las estrategias del Plan Nacional de Acción contra el VIH/SIDA (2008-2013) (Na-tional Action Plan Against HIV/AIDS 2008-2013). Sin embargo, resultaría inexacto sugerir que la violencia contra las mujeres es abordada exclu-sivamente en el contexto de la epidemia del VIH/SIDA, sino que el VIH/SIDA es un factor que profundiza la situación de vulnerabilidad frente a la violencia ejercida hacia las mujeres, siendo la violencia a la vez causa y efecto de la transmi-sión del virus32 y que debido a su alta inciden-cia en el país, la violencia contra las mujeres fue originalmente abordada desde ese instrumento. Sin embargo, desde 2013 y hasta 2016, el Estado de Barbados ha estado realizando importantes esfuerzos en la elaboración del Plan de Acción Nacional de Género (National Action Plan on Gen-der) que cuenta con un módulo específico sobre violencia de género y cuya versión preliminar fue presentada ante la Oficina de Asuntos de Géne-ro dependiente del Ministerio de Asistencia So-cial, Empoderamiento y Desarrollo Comunitario en 2015. Las fuentes oficiales consultadas confir-man que la aprobación oficial del plan nacional tendrá lugar en 2016.

El Estado de Cuba formuló en el año 1997 el Plan de Acción Nacional de Seguimiento a la IV Conferencia de la ONU sobre la Mujer” (PAN) por Acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba y en el que se incluyeron dos medidas, la No 66 y la No 67, orientadas a “evaluar la po-sibilidad de incluir, en la legislación penal sustan-tiva, nuevas figuras, o darle un tratamiento más severo a las ya existentes, para reprimir conductas que atenten contra la familia, la niñez, la juventud y la mujer en particular” (Medida No 66) y a “crear bases que permitan controlar y desglosar datos por sexo, edad y parentesco sobre las víctimas y los autores de todas las formas de violencia contra la mujer, y aquellas contra el normal desarrollo de la infancia y la juventud” (Medida No 67). En cada evaluación del PAN se incorporan asuntos que son de interés para el avance de la mujer, como

es el abordaje de la violencia de género, la vio-lencia intrafamiliar y expresiones de la violencia contra las mujeres que no están contenidas en el marco normativo vigente.

En el Estado Plurinacional de Bolivia, el Ministe-rio de Justicia aprobó en 2008 el Plan Nacional para la Igualdad de Oportunidades (PIO) “Muje-res Construyendo la nueva Bolivia para Vivir Bien” (2009-2020). Uno de los ámbitos del PIO es el de ‘violencia en razón de género’ en el marco del cual se aprobó el Programa Nacional de Lucha contra la Violencia en Razón de Género (2009-2020), vigente al año 2016. Ambos instrumentos de política pública abordan la violencia de géne-ro y adoptan los enfoques de derechos huma-nos, interculturalidad y despatriarcalización. De acuerdo con las fuentes oficiales del Viceministe-rio de Igualdad de Oportunidades dependiente del Ministerio de Justicia, a diciembre de 2015, está siendo formulado un plan de acción nacio-nal para reglamentar la Ley No 348 ‘Ley integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia’ (2013) y un plan de acción nacional para reglamentar la Ley No 243 ‘Contra el acoso y violencia política hacia las mujeres’ (2013).

La República Bolivariana de Venezuela elabo-ró en el año 2010 el ‘Plan de la Patria’ (Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019) que es el documento de base de la planificación estratégica exigida al Ejecutivo Nacional al inicio de cada periodo constitucional de Gobierno para la construcción de una sociedad igualitaria y justa en la promo-ción de la no discriminación y la protección de los grupos socialmente vulnerables. En el marco del Plan de la Patria, y con el objetivo de avanzar en la profundización de las acciones para alcan-zar la igualdad y la equidad de género, en el año 2013, el Estado venezolano elaboró el Plan para la Igualdad de Género “Mamá Rosa” (2013-2019) el cual incluye entre sus objetivos específicos, es-pecíficamente el No 3.6, la eliminación de la vio-lencia de género en todas sus expresiones.

3.5 Países de la región que no poseen un plan de acción nacional de violencia contra las mujeres y/o de género aprobado oficialmente

Solamente 2 de los 33 países (6%) no cuentan con un plan de acción nacional para abordar la violencia contra las mujeres y/o de género aprobados oficialmente (Trinidad y Tobago y Santa Lucía), ambos del Caribe anglófono (Tabla 11).

El Estado de Santa Lucía, recibió apoyo técnico y económico de ONU Mujeres en el marco del Pro-yecto ‘Fortalecimiento de la Responsabilidad del Estado y de la Acción Comunitaria para Erradicar la Violencia de Género’ (Strengthening State Accountability and Community Action for Ending Gender-Based Violence in the Caribbean) en el año 2010. Sin embargo, al año 2015, no hay evidencias de que el proceso de formulación del Plan de Acción Nacional para Erradicar la Violencia de Género (National Plan for Action to End Gender-Based Violence) haya concluido y menos aún de que el mencionado plan haya sido aprobado oficialmente. Por su parte, desde 2012, el Estado de Trinidad y Tobago ha estado

..................30. Al momento de realizarse el estudio en 2012/2013, aún estaba pendiente de aprobación oficial.31. Las fuentes oficiales informan en 2015 contar con una versión preliminar de Plan de Acción Nacional de Género (National Action Plan on Gender) con aprobación oficial prevista para 2016.32. Existe una intersección entre la violencia contra las mujeres y el VIH/sida, ambas consideradas epidemias según la Organización Panamericana de la Salud (2012). A pesar de la creciente feminización de la prevalencia del VIH/SIDA en los países de la región, de acuerdo con datos de la primera onda de relevamiento (2013), sólo en 7 de 29 países (24%) las políticas y/o planes nacionales de violencia contra las mujeres y/o de género y los protocolos de actuación incluían acciones específicas para la preven-ción y especialmente la atención a las víctimas/sobrevivientes de violencia contra las mujeres (en especial de violencia sexual) que pudieran haber contraído el virus o bien estrategias focalizadas hacia las mujeres que viven con VIH/SIDA y que además sufren violencia. Este número asciende a 11 de acuerdo con datos provisorios de la segunda onda de relevamiento: Brasil, Paraguay, Colombia, Guatemala, Honduras, Antigua y Barbuda, Barbados, Haití, Jamaica, Saint Kitts and Nevis y Belice (en estos dos últimos países la atención la violencia contra las mujeres y el VIH/sida está documentada en protocolos de actuación específicos en los que, por ejemplo, las mujeres víctimas de violencia sexual deben recibir kit de emergencia que contiene antibióticos y antirretrovirales para prevenir las infecciones de transmisión sexual y el VIH-SIDA y la píldora de anticoncepción de emergencia, como ocurre, por ejemplo, en Guatemala).

Tabla 11. Países sin un plan de acción nacional de violencia contra las mujeres y/o de género aprobado o�cialmente

Plan nacional (2016)PaísTrinidad y Tobago

Santa Lucía

Plan nacional (2013)No posee un plan de acción nacional para el abordaje de la violencia contra las mujeres y/o de géneroNo posee un plan de acción nacional para el abordaje de la violencia contra las mujeres y/o de género

SubregionCaribe

anglófonoCaribe

anglófono

Fuente: Elaboración propia.

realizando esfuerzos institucionales para la formulación de una política para abordar la violencia de género y la violencia sexual. Según las fuentes oficiales consultadas, en septiembre del año 2015 se completó el desarrollo del primer Plan Estratégico de Acción Nacional de la Violencia de Género y la Violencia Sexual en Trinidad y Tobago (National Strategic Action Plan of Gender Based Violence and Sexual Violence in Trinidad and Tobago) que abarcaría el período 2015-2020. Sin embargo, el Consejo de Ministros aún no lo ha aprobado oficialmente de acuerdo con las fuentes oficiales consultadas.

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De especial relevancia para el objeto del pre-sente estudio es indagar acerca de la consis-tencia entre los marcos normativos y las po-líticas y/o planes nacionales que abordan la violencia contra las mujeres y/o de género de acuerdo con el análisis de los acápites 2 y 3 precedentes. En el marco de esta investi-gación regional, la ‘consistencia’ aludida hace referencia a la equivalencia o compatibilidad (armonización) que existe entre las obligacio-nes que mandatan las leyes (de primera o de segunda generación) y los objetivos de las po-líticas y/o planes nacionales, siendo estos úl-timos formulados e implementados para dar efectivo cumplimiento a las normas, que son su sustrato legal. Pensar la consistencia en el marco de este estudio recae entonces en una indagación acerca de si existe corresponden-cia entre la definición de violencia contra las mujeres, los tipos de violencia tipificados y los ámbitos (público y/o privado) amparados en las normas y en las políticas y/o planes nacio-nales. La Tabla 12 en la señala el tipo de legis-lación vigente en cada país y si éstas guardan consistencia o no con las políticas y/o planes nacionales también vigentes.

El total de los casos analizados (N=31) se redu-jo ya que, como se examinó, dos países, Santa Lucía y Trinidad y Tobago, no cuentan al 2016 con planes de acción nacionales aprobados oficialmente. En 14 de los 31 países de la re-gión la legislación guarda consistencia con las políticas y/o planes nacionales (45%); es decir en casi la mitad de los casos ana-lizados. Para analizar la Tabla 12 se explica un ejemplo. En Colombia existe consistencia entre la Ley No 1257 ‘Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las muje-

res, se reforman los Códigos Penal, de Proce-dimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones’ (2008) y el Plan Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencias (CONPES 161) (2012-2022) ya que las expresiones de violencia contra las mujeres tipificadas penalmente en la Ley No 1257 son homólogas a las que aborda el CONPES 161. En ambos instrumentos, además, se conside-ran las expresiones de violencia contra las mu-jeres que fueron perpetradas en los ámbitos público y privado al igual que se reconoce ‘el derecho a una vida libre de violencia o cultura de paz’ en ambos instrumentos. Las definicio-nes de violencia contra las mujeres que adop-tan ambos instrumentos son consistentes con la definición de la Convención de Belém do Pará, que el país ratificó en el año 1996.

Por el contrario, en 17 de los 31 países (55%) no se observa consistencia entre legislación y políticas públicas al no existir armonización entre ambos instrumentos. Al interior de estos 17 países se observan tres diferentes tipos de inconsistencias entre los instrumentos: a) en 6 casos los planes integrales de violencia contra las mujeres conviven con leyes de violencia doméstica (Haití, Honduras, Brasil, Chile, Perú y Paraguay); b) en 8 países se han aprobado pla-nes de violencia de género que coexisten con leyes de violencia doméstica o de violencia intrafamiliar (Antigua y Barbuda, Bahamas, Ja-maica, San Vicente y las Granadinas, Granada, Belice, Saint Kitts and Nevis y Uruguay) y c) en 3 países se observan tres casos particulares de inconsistencia: en Barbados la Ley de Violencia Doméstica (órdenes de protección) (Domestic Violence (Protection Orders) Act) (1993) coexiste con el Plan Nacional de Acción contra el VIH/sida (2008-2013) (National Action Plan against

4.Consistencia

entre leyes, políticas y planes

de acción de violencia contra

las mujeres

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HIV/AIDS 2008-2013), en el marco del cual se formulan estrategias para la atención de la violencia doméstica, a pesar de que el plan en lo formal ya ha caducado; en Venezuela (República Bolivariana de) la Ley sobre violencia contra la mujer y la familia (1998) y la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2007) coexisten con el ‘Plan de la Patria’ en cuyo marco se elaboró el Plan para la Igualdad de Género “Mamá Rosa” (2013-2019) el cual incluye entre sus obje-tivos específicos, específicamente el No 3.6, la eliminación de la violencia de género en todas sus expresiones y, finalmente, en el caso de Panamá, la Ley Nº 82 que adopta medidas de prevención contra la violencia hacia las mujeres y además reforma el Código Penal para tipificar el femicidio y sancionar diversas expresiones de violencia contra las mujeres, convive con un plan nacional de violencia doméstica, por lo que no habría consistencia entre ambos instrumentos. De este modo, en más de la mitad de los países de la región resulta perentorio armonizar la legislación con las po-líticas públicas. Parte de la explicación de la falta de armonización legislativa podría encontrarse en el bajo nivel jerárquico y la necesidad de mayor liderazgo de los Mecanismos Institucionales para el Adelanto de la Mujer, la poca capacidad de incidencia que poseen en los espacios políticos de toma de decisión (gabinetes ministeriales y ámbitos parlamentarios) y en la escasa articulación y trabajo coordinado del conjunto de los sectores en un contexto social y político caracterizado por patrones culturales patriarcales y misóginos que son con frecuencia resistentes a impulsar reformas legislativas de segunda generación o a reglamentar las leyes vigentes.

..................a. Los Estados de Costa Rica y Guatemala hacen una diferenciación entre VD/VIF y la VCM, en la legislación y en las políticas y/o planes nacionales.b. El Plan de Acción Integral de Género (Integrated Gender Action Plan 2006-2010) abordaba la violencia de género pero l Plan de Política Nacional: Enfoque Estructural sobre Violencia Doméstica (2014- 2017) (National Policy Plan Structural Approach Domestic Violence 2014-2017) vigente se restringe a la violencia doméstica.33. El Estado de Guyana está en proceso de formulación del Plan de Acción Nacional para la Implementación de las Leyes de Delitos Sexuales y Violencia Doméstica (2014-2017) que incluye un abordaje más amplio de formas de violencia que las tipificadas en la legislación vigente al 2016.34. La Ley No 846, ‘Ley de Modificación al artículo 46 y de adición a los artículos 30, 31 y 32 de la Ley No 779, Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres y de Reformas a la Ley No. 641, Código Penal”, sancionada el 25 de septiembre de 2013, entre otras modificaciones, adicionó el artículo 64 (bis) a la Ley No 779, que dispone que la misma será reglamentada de conformidad a lo previsto en el numeral 10 del artículo 150 de la Constitución Política de la República de Nicaragua. Así, mediante los Decretos 42 y 43, el Estado de Nicaragua reglamenta la Ley No 779, ambos publicados en La Gaceta No 143 del 31 de julio de 2014. Sin embargo, preocupa que en todos los puntos en donde se hacía mención a la violencia contra las mujeres la reglamentación de la ley en manos del Poder Ejecutivo sustituyó el término por el de violencia contra la familia, contrario al espíritu de la ley.

Tabla 12. Consistencia entre legislación de violencia doméstica, violencia intrafamil-iar y violencia contra las mujeres vigente al 2016 y políticas y/o planes nacionales de violencia doméstica, violencia intrafamiliar, violencia de género y violencia contra las mujeres vigentes al 2016, por país.

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Fuente: Elaboración propia. Referencias: VD/VIF: Violencia Doméstica/Violencia Intrafamiliar; VCM: Violenciacontra las Mujeres y VG: Violencia de Género.aLos Estados de Costa Rica y Guatemala hacen una diferenciación entre VD/VIF y la VCM, en la legislación y en las políticas y/o planes nacionales.

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5.1. La formulación e implementación de las políticas y/o planes nacionales

Entre 2013 y 2016, se sigue observando en la región la existencia de Mecanismos Institucionales para el Adelanto de la Mujer (MAM) con niveles de liderazgo variables entre los países e incluso la creación en algunos países de mecanismos de articulación interinstitucionales con representación interministerial para la formulación e implementación de las políticas y/o planes nacionales para abordar la violencia contra las mujeres y/o de género (Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Guyana, México, Perú, Rep. Bol. de Venezuela y Uruguay). Esto es valorado como una buena práctica para fortalecer la respuesta interinstitucional frente a la violencia contra las mujeres (PNUD, ONU Mujeres, 2013). También se observa, en algunos países, la participación de comités o consejos nacionales de género que brindan apoyo a los MAM en estos procesos, tal el caso de la asistencia que recibió la Oficina de Asuntos de las Mujeres en Jamaica de parte del Comi-té Asesor en Género (Gender Advisory Committee) para la formulación del Plan Estratégico Nacional para Eliminar la Violencia de Género en Jamaica (2015-2025) (Gender-Based Violence National Strate-gic Action Plan). Por otro lado, se sigue confirmando el rol apreciable del apoyo técnico y financiero de la cooperación internacional, especialmente a los países de la región del Caribe anglófono, para la formulación de políticas y/o planes nacionales de violencia de género.

La creación de MAM en la región es sin dudas un signo favorable de la voluntad política de los Estados para cumplir con los compromisos que los mismos asumieron al adherir y ratificar la Con-vención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés)35. Al año 2016, todos los países de América Latina y el Caribe (100%) han creado un MAM que incluye, como parte de su misión institucional de rectoría de las políticas de género, igualdad de oportunidades y equidad y trato entre los géneros, la función de desarrollar políticas y/o planes nacionales para enfrentar la violencia hacia las mujeres, aún cuando existen matices entre los países36. Sin embargo, el desempeño institucional de los MAM exhibe diferencias signifi-cativas entre ellos debido, entre otras causas, al ‘nivel jerárquico que ocupan en la estructura orga-nizativa del Estado’ (CEPAL)37 y a sus capacidades institucionales38 con implicancias en el ejercicio de tal función.

Para comprender los matices entre países, tanto en la primera como en la segunda onda de rele-vamiento, se han clasificado a los MAM según dos criterios: a) ‘nivel jerárquico’ (CEPAL) y b) ‘presen-

..................35. La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) es la principal convención sobre los derechos de las mujeres que establece las obligaciones legales de los Estados parte para prevenir la discriminación contra las mujeres. La CEDAW fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1979 y entró en vigor en el año 1981. La misma ha sido ratificada a la fecha por 187 Estados en el ámbito mundial con el propósito de eliminar todas las formas de discriminación contra las mujeres y proteger y promover sus derechos.36. De acuerdo con la primera onda de relevamiento, en 2013 todos los países de la muestra de estudio contaban con un MAM, aunque con variaciones en cuanto al nivel jerárquico que ocupan en la estructura organizativa del Estado. Al revisar comparativamente esta información, surge que Ecuador y Nicaragua han avanzado respecto de la situación institucional de 2013. En Ecuador se transita de la Comisión de Transición Hacia el Consejo de las Mujeres y la Igualdad de Género (Decreto Ejecutivo 1733/2009) a la creación del Consejo Nacional para la Igualdad de Género que depende de la Presidencia de la República. En Nicaragua el Ministerio de Familia, Adolescencia y Niñez da paso al Ministerio de la Mujer que absorbe la rectoría en materia de políticas de las mujeres y géneros. El resto de los países mantienen la misma institucionalidad de rectoría de las políticas de género, a pesar de que en algunos casos hubo nuevas denominaciones y redefinición de funciones, como por ejemplo en Brasil.37. La CEPAL ha establecido el nivel jerárquico de los MAM como un indicador cualitativo que describe el estatus que los países formalmente han conferido a estos mecanismos mediante leyes, decretos y otras medidas oficiales. El nivel de jerarquía de los MAM se calcula con base en la legislación nacional que define sus atribuciones y situación jurídica. Fuente: CEPAL, Observatorio de Igualdad de Género (2016).

5.Desafíos

regionales para el abordaje de la violencia contra

las mujeres

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cia o ausencia de mecanismos de articulación institucional para abordar la violencia contra las mujeres y/o de género39. La Tabla 13 en la página a continuación presenta un listado de los MAM, su dependencia jerárquica inmedia-ta, el nivel de jerarquía institucional que cada uno posee según los criterios de la CEPAL y la presencia (o no) de mecanismos de articula-ción interinstitucionales para el abordaje de la violencia contra las mujeres y/o de género, por subregión y país, al año 2016.

Como puede apreciarse en la Tabla 13, el pri-mer grupo de países cuenta con un MAM con un nivel de jerarquía alto, posee ‘rango mi-nisterial o el rango de la o el titular es de Ministra/o con plena participación en el Gabinete’ (CEPAL). Este primer grupo está integrado por 13 de los 33 países (39%) (Brasil, Costa Rica, Cuba, Chile, Haití, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Paraguay, Perú, República Dominicana y Rep. Bol. de Venezue-la). Las principales estrategias que adoptaron los MAM de alto nivel de jerarquía institucional para la formulación e implementación de las políticas y/o planes nacionales para abordar la violencia contra las mujeres y/o de género, aún existiendo matices entre ellos, han estado principalmente orientadas a la creación de me-canismos de articulación interinstitucional (con

las excepciones de Chile, Cuba y Paraguay); el fortalecimiento de la institucionalidad de géne-ro a nivel sub-nacional (provincial, departamen-tal, municipal o local, dependiendo del país); la celebración de acuerdos o convenios interins-titucionales para hacer más eficiente la parti-cipación de los organismos en la ruta crítica y en algunos casos para la elaboración de proto-colos de actuación frente a la violencia contra las mujeres40; la desconcentración del trabajo en comisiones técnicas y operativas (Honduras, México y Costa Rica); la descentralización de los procesos de formulación e implementación de las políticas y/o planes nacionales en los terri-torios buscando responder institucionalmente a las particularidades y requerimientos especí-ficos de las mujeres que sufren violencia en los territorios, coordinados desde el nivel central; la articulación de las políticas y/o planes nacio-nales de violencia contra las mujeres con otros programas, planes nacionales o políticas, como son los planes de salud, seguridad ciudadana, vivienda, VIH/SIDA, pobreza, etc. cuyo amarre resulta clave para garantizar una respuesta ins-titucional integral a la violencia contra las muje-res y la creación de espacios institucionales para canalizar la participación de la sociedad civil41.

El segundo grupo de países está conformado por 2 de los 33 países (6%) (Colombia y

..................38. Las capacidades institucionales de los MAM pueden medirse no sólo en función de los logros alcanzados (lo que permitiría una medición de la eficiencia) sino también en función de los siguientes criterios (eficacia): i) disponibilidad de recursos humanos capacitados; ii) disponibilidad de recursos económicos, en especial los fondos públicos y la capacidad para administrar los recursos escasos; iii) capacidad tecnológica; iv) capital social (que les permite la articulación con la sociedad civil); v) capacidad de negociación; vi) capacidad de representación y articulación de intereses de los diversos colectivos sociales de las mujeres, la población LGBTTTI, las mujeres en situación de mayor vulnerabilidad social, etc.); vii) capacidad para descifrar el contexto social, cultural, económico, nternacional; ix) participación e incidencia en los espacios y procesos de toma de decisiones, tanto en los gabinetes ministeriales como en los ámbitos parlamentarios. Las diferentes trayectorias y perfiles institucionales de los MAM responden, entre otras razones que dependen de cada contexto particular, a: i) marcos normativos y políticas públicas que contribuyen de manera diferenciada en cada país a mitigar las desigualdades sociales y a atender las diversas manifestaciones de la violencia contra las mujeres; ii) culturas más o menos proclives a promover la igualdad entre los géneros y una vida libre de violencia contra las mujeres; iii) voluntad política y compromiso político y social con las políticas de igualdad, inclusión, no discriminación y una vida libre de violencia contra las mujeres; iv) diferencias en cuanto a la capacidad de incidencia de los movimientos sociales, en especial de los movimientos feministas y de las organizaciones de mujeres, para institucionalizar su reclamo frente al avance de una sociedad violenta, machista y patriarcal; entre otras.39. Un análisis exhaustivo de las capacidades institucionales debería incluir un análisis exhaustivo de los recursos económicos y humanos disponibles; la capacidad tecnoló-gica; etc. Esta información no ha sido recabada a través de la línea de investigación propuesta en el presente estudio.40. Véase el Anexo - Tabla A1: Instituciones rectoras de género, según país y principales instrumentos legales y antecedentes de políticas públicas en materia de violencia contra las mujeres y/o de género, según país en: “El Compromiso de los Estados: Planes Nacionales y Políticas para Erradicar la Violencia contra las Mujeres” (2013) (PNUD, ONU Mujeres).

Ecuador) los cuales poseen un MAM con un nivel de jerarquía medio. Estos MAM se co-rresponden con una ‘entidad adscrita a la Presidencia o Mecanismo cuyo titular es directamente responsable ante la Presidencia’ (CEPAL). Los MAM que integran este grupo han sido legalmente constituidos y dependen lineal y funcionalmente de la Presidencia de la República o de un minis-terio del sector social. Ambos países cuentan con un mecanismo de articulación interinstitucional bajo el liderazgo del MAM para la formulación e implementación de las políticas y/o planes nacio-nales de violencia contra las mujeres. En el caso del Ecuador cabe señalar que el Consejo Nacional para la Igualdad de Género es el MAM que asume por mandato legal las funciones y competencias de la exComisión de Transición para la Definición de la Institucionalidad Pública que Garantice la Igualdad entre Hombres y Mujeres y es el órgano responsable de asegurar la plena vigencia y el ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución de la República y en los instrumentos in-ternacionales de derechos humanos de las mujeres y personas LGBTTTI. Las principales estrategias adoptadas por Colombia y Ecuador para la implementación de las políticas y/o planes nacionales para aborda la violencia contra las mujeres también incluyen la creación de un mecanismo de articulación intersectorial; el establecimiento de alianzas y acuerdos interinstitucionales y con la sociedad civil; la creación de institucionalidad para el monitoreo y evaluación de las políticas y/o planes nacionales (Comité de Seguimiento de la Ley 1257 de 2008 en Colombia); la intersecciona-lidad de las políticas públicas, como por ejemplo la articulación del Plan Nacional para la Erradica-ción de la Violencia de Género hacia la Niñez, Adolescencia y Mujeres de Ecuador con el Sistema de Seguridad Ciudadana y, de manera específica, con el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana; la descentralización territorial de las políticas, como por ejemplo a través de la creación de Mecanis-mos Territoriales de Igualdad de Género en Colombia.

El tercer grupo está compuesto por 18 de los 33 países (61%), es decir más de la mitad de los países de la región, que cuentan con un MAM con bajo nivel de jerarquía institucio-nal ya que los MAM son entidades dependientes de segunda o tercera línea de un Ministerio (viceministerios, subsecretarías, institutos, consejos, divisiones, deparatmentos, bureaus, oficinas y otras figuras) (CEPAL) (Argentina, Bolivia, El Salvador, Panamá, Uruguay, Antigua y Barbuda, Ba-hamas, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, Saint Kitts and Nevis, San Vicente y las Granadinas, Surinam, Trinidad y Tobago y Santa Lucía). En 9 de los 20 países (45%) se han creado mecanismos de articulación interinstitucional (Bolivia, Brasil, El Salvador, Panamá, Uruguay, Antigua y Barbuda, Bahamas, Dominica y Surinam). Entre los países que no poseen un mecanismo de articulación interinstitucional existen 6 casos (Jamaica, Saint Kitts and Nevis, San Vicente y las Granadinas, Trinidad y Tobago, Granada y Cuba) en los que las fuentes oficiales consultadas prevén la creación de un mecanismo o de un grupo nacional de trabajo (National Task Force) en el ámbito ejecutivo o parlamentario. Las principales estrategias para la implementación de las políticas y/o planes nacionales en este conjunto de países han estado orientadas a la creación de mecanis-mos de articulación interinstitucional bajo el liderazgo del MAM con las excepciones de Argentina, Cuba, Bahamas, Barbados, Belice, Granada, Guyana, Jamaica, Saint Kitts and Nevis, San Vicente y las Granadinas, Trinidad y Tobago y Santa Lucía; la desconcentración del trabajo en comisiones o Puntos Foales de Género en organismos públicos (El Salvador, Dominica, Panamá); la descentraliza-ción y creación/fortalecimiento de la institucionalidad de género a nivel subnacional (El Salvador, Argentina, Bolivia, Brasil, Panamá, Uruguay); la creación de alianzas interinstitucionales (República Dominicana, Argentina, Bolivia, Chile, Brasil, El Salvador, Panamá, Uruguay); y la creación de espa-cios de participación ciudadana (Uruguay, Brasil, El Salvador, Chile, Bolivia).

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5352

5.2 El monitoreo y evaluación de las políticas y/o planes nacionales

En 2013 la investigación regional hacía referen-cia a la presencia en la región de una cultura in-cipiente de evaluación de los resultados de las políticas públicas en general y de las políticas y/o planes nacionales para abordar la violencia contra las mujeres y/o de género en particular. En 2013 se corroboraba que en 20 de los 32 países (62%) que brindaron información sobre actores, estrategias, mecanismos, metodolo-gías y resultados de experiencias de monitoreo y evaluación de las políticas y/o planes naciona-les, se advertía una notable debilidad en el de-sarrollo de sistemas de monitoreo y evaluación (ex ante y ex post) que permitiera medir cualita-tiva y cuantitativamente la eficacia, eficiencia y economía del desarrollo de las actividades. Solo ocho países de la muestra estudiada en ese en-tonces preveían la creación de sistemas de mo-nitoreo y evaluación que incluirían en el corto o mediano plazo, al menos, metas, indicadores de desempeño, plazos de ejecución e institucio-nes responsables para medir los avances de la gestión. Y eran muy escasos también los países que habían planificado y/o creado mecanismos de monitoreo y evaluación de las políticas y/o planes nacionales.

Lamentablemente, la situación a nivel regional no ha prosperado al año 2016. Sólo 16 de los 33 países (45%) (México, Argentina, Brasil, Uruguay, Estado Plurinacional de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú, Rep. Bol. de Ve-nezuela, República Dominicana, Dominica, Guatemala, Honduras Costa Rica, Nicara-gua y Panamá) es decir menos de la mitad de los países en la región (y un 17% menos que en 2013) brindaron información acer-ca de la fase de monitoreo y evaluación de las políticas y/o planes nacionales para abordar la violencia contra las mujeres y/o de género. De la información disponible surge

que los actores responsables del monitoreo y evaluación son principalmente: a) los MAM, en algunos casos de manera articulada con otros organismos nacionales de fiscalización y/o pla-neamiento (República Dominicana, Dominica, El Salvador, Guatemala, México, Estado Plurina-cional de Bolivia, Colombia y República Boliva-riana de Venezuela); b) las oficinas nacionales de estadísticas (Perú y Belice); c) comisiones creadas para la evaluación de las políticas y/o planes nacionales (Costa Rica, Honduras y Bra-sil); d) los mismos mecanismos de articulación interinstitucionales creados para la implemen-tación de las políticas y/o planes nacionales (Ni-caragua, Panamá y Uruguay); e) un observatorio adscrito al MAM (Argentina); f ) mesas creadas al interior de cada organismo con competen-cias específicas para la evaluación de la imple-mentación de las políticas y/o planes naciona-les (Perú) y g) consultorías externas (Uruguay y Guatemala).

El análisis de la información reconoce al me-nos tres experiencias promisorias en materia de monitoreo y evaluación de las políticas y/o planes nacionales para abordar la violencia contra las mujeres y/o de género en la región. La primera práctica promisoria corresponde a México en donde el Plan Nacional de Desa-rrollo (2013-2018) incluye indicadores para la medición de los temas prioritarios, para darles puntual seguimiento y conocer el avance en la consecución de las metas establecidas y, en su caso, hacer los ajustes necesarios para asegurar su cumplimiento. En los Programas Sectoriales se determinaron los valores que deberán alcan-zar los indicadores para medir efectivamente la acción del Gobierno de la República. En caso de no lograrse alguna de las metas o indicadores, se plantean medidas correctivas de los progra-mas públicos para propiciar su cumplimiento. En el marco del Sistema de Evaluación del Des-empeño, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal dan seguimien-to, con base en indicadores, a los resultados de

sus acciones en relación al Plan Nacional de Desarrollo (2013- 2018) y a los programas a su cargo e informan a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el propósito de que el Presidente de la República ponga en conocimiento al Honorable Congreso de la Unión sobre los resultados de su ejecución, de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexica-nos y la Ley de Planeación. Por otro lado, la Política Nacional Integral, a través del Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres 2014-2018, prevé un método de evaluación diseñado para el seguimiento de los indicadores de cumplimiento y avance por cada objetivo, estrategia y línea de acción específica, mismas que dependiendo de su natura-leza tienen una periodicidad definida.

La segunda práctica promisoria corresponde a Colombia. La Comisión Intersectorial para la Im-plementación de la Política Pública de Equidad para la Mujer y el Plan Integral para Garantizar una Vida Libre de Violencias, mecanismo interinstitucional encargado de dar seguimiento y monitorear el Documento CONPES Social No 161 de ‘Equidad de Género para las Mujeres’ y al Plan Integral por una Vida Libre de Violencias, ha elaborado un tablero de control con indicadores para medir el avance en la implementación de las acciones y el impacto de las políticas de prevención y atención a la violencia según la metodología de Indicadores Claves de Desempeño - ICD (Key Performance Indicators) que puede consultarse en el Sitio de Internet de la ACPEM de manera interactiva. Para la construcción del tablero de control se siguieron los siguientes pasos: i) identificación y priorización de las variables que formarían parte del tablero de control; ii) elaboración de la primera propuesta de indicadores para la medición de las variables identificadas y priorizadas; iii) identificación de las fuentes de información; iv) evaluación de las necesidades y expectativas de las instituciones que integran el mecanismo interinstitucional; y v) definición del marco estratégico, la cadena de valor y formulación de los indicadores. El tablero de control cuenta con 41 indicadores de gestión y resul-tados. Los avances en la implementación del Plan Nacional son compartidos con la ciudadanía a través de la celebración de eventos públicos y el Comité de Seguimiento de la Ley No 1257 ha crea-do un mecanismo para presentar quejas de funcionarios/as que no cumplen con la Ley No 1257. Las instituciones responsables de estos procesos son el Departamento Nacional de Planeación, la Procuraduría General de la Nación y el Consejo Presidencial para la Equidad de la Mujer.

Otra práctica promisoria en materia de monitoreo y evaluación se identifica en Uruguay, donde en el proceso de elaboración de su actual Plan de Acción 2016-2019: Por una vida libre de violencia de género, con mirada generacional, se consideró la evaluación del 1er. Plan Nacional de Lucha contra la Violencia Doméstica (2004-2010), llevada a cabo en 2012. La V línea de acción del nuevo Plan corresponde a seguimiento y evaluación del mismo. Los reportes anuales de los organismos que se responsabilizan de llevar adelante el Plan, así como las Comisiones Departamentales, permitirán que el Consejo Nacional Consultivo, espacio interinstitucional que da seguimiento a las diferentes políticas sectoriales en materia de violencia de género, tenga herramientas concretas para el mo-nitoreo y evaluación y la rendición de cuentas anuales. Para ello se establecen metas, indicadores y organismos responsables en materia de monitoreo y evaluación.

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inte

rinsti

tucio

nal.

No se

creó

un m

ecan

ismo d

e arti

culac

ión

inte

rinsti

tucio

nal.

Siste

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acio

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ión,

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nció

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nció

n y

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encia

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iona

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eó un

mec

anism

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n in

terin

stitu

ciona

lNo

se cr

eó un

mec

anism

o int

erin

stitu

ciona

l. SER

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firm

ó con

veni

os

con

orga

nism

os pa

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n de

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iona

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stitu

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guay

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blica

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eres

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iona

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ujer

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nal d

e las

Muj

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la M

ujer

Insti

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er

Min

ister

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la M

ujer

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la M

ujer

Min

ister

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ujer

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ister

io de

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iden

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lica

Min

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ervic

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lGa

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úblic

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l Pr

esid

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de la

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úblic

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ister

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ujer

y Po

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s Vu

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Pres

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cia de

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epúb

lica

Bajo

Bajo

Alto

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Bajo

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lizad

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pecia

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mec

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stitu

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l.

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la Vi

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ntra

las M

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es

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erta

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isión

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nció

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la M

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stitu

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ión,

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lto N

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Com

isión

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iona

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venc

ión,

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nció

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anció

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43. E

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lidera

zgo d

e la O

ficina

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sunt

os de

las M

ujeres

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Page 29: Del Compromiso a la Acción: Políticas para Erradicar la

5756

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nder

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éner

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ervic

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Bajo

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Bajo

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ión

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rinsti

tucio

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lto N

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ión M

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ctoria

l en V

iolen

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xual

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45. E

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acion

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. El P

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s de i

mple

men

tación

.

Page 30: Del Compromiso a la Acción: Políticas para Erradicar la

Del Comprom

iso a la Acción: Políticas para Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Am

érica Latina y el Caribe

5958

Ya sea que formen parte de las líneas de acción formuladas en las políticas y/o planes nacionales de violencia contra las mujeres y/o de género o bien que se refieran a acciones implementadas sin un encuadre formal de planificación, los Estados, a través de sus MAM y/o de manera concer-tada con la sociedad civil y otras partes interesadas, actúan sobre los cuatro ejes de intervención: prevención, atención, sanción y reparación de la violencia contra las mujeres, de maneras muy variadas. Siguiendo con la tendencia marcada en el 2013, surge que, aún con diferencias entre los países, la totalidad de los países implementan acciones en referencia a los tres primeros ejes (prevención, atención y sanción) y en una muy menor medida implementan accio-nes vinculadas con el eje de la reparación, lo cual sigue constituyendo un gran desafío en la región. En relación con esto último, cabe señalar que los Estados no promueven ni aplican en general medidas encaminadas a que las víctimas/sobrevivientes reparen los derechos que les fueron vulnerados. Nos referimos, por ejemplo, a acciones orientadas al empoderamiento econó-mico de las víctimas/sobrevivientes, la reintegración social, el acceso prioritario a una vivienda y a un empleo estable, el fortalecimiento de las capacidades y de su fuerza emocional para tomar decisiones autónomas, entre otras.

Las iniciativas implementadas y resultados obtenidos para cada uno de los ejes son muy variables. A continuación se presentan las principales estrategias y acciones implementadas para los cuatro ejes de intervención.

En el eje de la prevención las principales estrategias se relacionan con la implementación de campañas de prevención, educación, sensibilización, capacitación, concientización y/o de fomen-to y divulgación de actitudes, valores y prácticas de respeto a los derechos humanos y a una vida libre de violencia a través de medios televisivos, gráficos, radiales, en la vía pública, etc.; la creación de “contextos institucionales seguros” para instaurar ambientes de tolerancia cero a la violencia contra las mujeres tanto en el interior de las instituciones públicas como en el sector privado (a través de alianzas en el marco de los programas de Responsabilidad Social); la creación de redes entre actores sociales e institucionales para involucrar a jóvenes, hombres y niños (por ejemplo, a través de programas de masculinidades positivas y no violentas) para que éstos sean aliados de las transformaciones sociales y actores clave de la modificación de pautas culturales que exacerban la violencia contra las mujeres; el fomento de la movilización comunitaria a través de la participación tanto de las organizaciones sociales de base como de las autoridades locales para implementar acciones conjuntas de prevención en el ámbito territorial; la creación de agendas multisectoriales para garantizar la complementariedad entre políticas públicas que articulan “problemas conexos” que exacerban la violencia contra las mujeres (por ejemplo, el consumo de alcohol, de drogas, el acceso a armas de fuego, etc.); entre otras.

En el eje de la atención, las principales estrategias en la región están vinculadas con la creación de espacios de acogimiento (refugios) y progresivamente algunos países están creando espacios para brindar atención integral a las víctimas/sobrevivientes y sus entornos bajo la modalidad one stop (única parada) que incluye servicios de atención médica y psicológica, contención emocional, asesoramiento jurídico, etc. en un único espacio; elaboración de protocolos de actuación intersec-toriales para la atención de las víctimas/sobrevivientes en la ruta crítica; la habilitación de líneas de atención telefónica en el ámbito nacional, muchas de ellas gratuitas, con atención todos los días, las 24 horas, con personal especializado que brinda asesoramiento, información, orientación y apo-

6.Experiencias innovadoras

institucionales para la prevención,

atención, sanción y reparación de la

violencia contra las mujeres

Page 31: Del Compromiso a la Acción: Políticas para Erradicar la

Del Comprom

iso a la Acción: Políticas para Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Am

érica Latina y el Caribe

6160

yo a las víctimas/sobrevivientes y la creación de redes de apoyo multisectoriales y en algunos casos con participación de las organizaciones de la sociedad civil; entre otras.

En el eje de la sanción, las principales estra-tegias están encaminadas a crear agendas de trabajo multisectoriales para la revisión y armo-nización de los marcos normativos para modi-ficar y/o derogar disposiciones discriminatorias hacia las mujeres; la transversalización del enfo-que de género en los instrumentos legislativos y políticas públicas de violencia contra las mu-jeres; la adopción de medidas para garantizar la protección legal a las víctimas/sobrevivientes; el endurecimiento de las penas a los agresores; la modificación del vocabulario utilizado en la formulación de las leyes con el fin de erradicar sesgos sexistas; la creación y/o fortalecimiento de unidades especializadas de policía para res-ponder a la violencia contra las mujeres y de sistemas de tribunales especializados o proce-dimientos judiciales especializados; el desarro-llo de capacidades a operadores/as de justicia, jueces y juezas y funcionarios/as del sistema judicial en general; el fortalecimiento de la ar-ticulación de la labor de la policía y de los equi-pos de fiscales para atender la violencia contra las mujeres de manera coordinada y eficaz (por ejemplo, a través de la elaboración de protoco-los de actuación intersectoriales); la disponibili-dad de órdenes de protección a las víctimas/so-brevivientes y la implementación de programas “de intervención” para agresores (por ejemplo, programas que promueven la modificación de las conductas de los agresores como parte de la sentencia y no como alternativa al proceso jurídico).

En relación con el eje de la reparación, las po-cas estrategias que se implementan en la región están orientadas al desarrollo de iniciativas ten-dientes a la reparación de los derechos vulnera-

dos y los daños morales de la víctimas/sobrevi-vientes; la aplicación de medidas intersectoria-les que logren el empoderamiento económico de las víctimas/sobrevivientes (por ejemplo, a través del otorgamiento de microcréditos); asis-tencia psicológica, jurídica, social y económica a las víctimas/sobrevivientes; acceso inmediato a viviendas, medicamentos y demás insumos médicos u otros requerimientos específicos y la adopción de medidas encaminadas a la reinte-gración social y laboral a través de programas de empleo, formación profesional, etc.

A continuación se presentan 29 experiencias promisorias de respuesta institucional en rela-ción con los cuatro ejes de intervención: pre-vención, atención, sanción y/o reparación y re-ferencias a algunas acciones transversales que describen experiencias promisorias vinculadas con la medición de la violencia contra las mu-jeres y con el desarrollo de capacidades. Las experiencias promisorias comentadas surgen del análisis de la información recogida en el proceso de construcción del mapeo de planes nacionales y políticas que abordan la violencia contra las mujeres en América Latina y el Ca-ribe y del intercambio que surgió en el marco de las entrevistas en profundidad realizadas a informantes clave de los MAM en los países de la región. En cada una de las tablas se resume la siguiente información: a) subregión y país (o países); b) eje de intervención o acción trans-versal a la que hace referencia la experiencia; c) justificación de porqué es una experiencia promisoria; d) descripción de la experiencia y e) datos de contacto para que el/la lector/a pue-da ampliar la información sobre cada una de las experiencias promisorias. El listado a continua-ción no procura ser exhaustivo sino antes bien ilustrativo con el propósito de enriquecer el co-nocimiento acerca de experiencias promisorias para abordar la violencia contra las mujeres en la región.

6.1

Exp

erie

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ión

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Min

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Justi

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muj

eres

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2015

la di

fusió

n de

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rtícu

los d

e la L

ey N

o 348

‘Ley

inte

gral

para

gara

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r a la

s muj

eres

una v

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ibre

de vi

olen

cia’ (2

013)

a tra

vés d

el pe

rsona

je la

Doct

ora E

dilic

ia en

el m

arco

de la

cam

paña

“Es q

ue n

ada,

nada

justi

fica l

a Vio

lencia

” y su

difu

sión

radi

al en

leng

uas o

rigin

arias

(aym

arálq

uech

ua). T

ambi

én pa

ra la

di

fusió

n de

la Le

y No 3

48, e

l Min

ister

io de

Justi

cia de

l Esta

do Pl

urin

acio

nal d

e Bol

ivia c

on el

apoy

o del

PNUD

ha d

esar

rolla

do un

a Plat

afor

ma d

e Ges

tión

del C

onoc

imien

to so

bre

violen

cia de

géne

ro y

la Le

y No 3

48 qu

e pue

de vi

sitar

se en

Inte

rnet

.Pl

ataf

orm

a de G

estió

n de

Cono

cimien

to: w

ww.

348m

uier

eslib

resd

evio

lencia

.org

Min

ister

io de

Justi

cia: w

ww.

justi

cia.g

ob.b

o/

Andi

naPe

rúPr

even

ción

Desa

rrollo

de c

apac

idad

es

Artic

ulac

ión

inte

rmin

ister

ial p

ara l

a im

plem

enta

ción

de ac

cione

s de p

reve

nció

n de

la vi

olen

cia co

ntra

las m

ujer

es a

part

ir de

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ovec

ham

ient

o de d

atos

de u

na

encu

esta

nac

iona

l que

inclu

ye u

n m

ódul

o esp

ecí�

co so

bre v

iole

ncia

cont

ra la

s muj

eres

.En

2015

desd

e Pro

gram

a Nac

iona

l con

tra la

Viol

encia

Fam

iliar y

Sexu

al (P

NCVF

S) a

carg

o del

Min

ister

io de

la M

ujer

y Po

blac

ione

s Vul

nera

bles

(MIM

P) se

inici

ó la j

orna

da in

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ativa

“P

reve

nció

n de

l em

bara

zo en

adol

esce

ntes

” en

el m

arco

de la

inte

rven

ción

artic

ulad

a ent

re el

MIM

P y el

Min

ister

io de

Educ

ació

n ‘Pr

even

ción

de la

Viol

encia

fam

iliar y

sexu

al,

emba

razo

en ad

oles

cent

e y tr

ata d

e per

sona

s’ que

se re

aliza

en 47

6 ins

tituc

ione

s edu

cativ

as a

nive

l nac

iona

l, con

la fi

nalid

ad de

prot

eger

a la

pobl

ació

n ad

oles

cent

e y jo

ven

frent

e a

la vio

lencia

fam

iliar, s

exua

l y es

colar

; así

com

o fre

nte a

la tr

ata (

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al, la

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l, men

dicid

ad).

Esta

acció

n re

sulta

de un

a dec

isión

del M

IMP a

tent

o a lo

s res

ulta

dos q

ue ar

roja

la En

cues

ta D

emog

ráfic

a y de

Salu

d Fam

iliar (

ENDE

S) de

l año

2014

, la qu

e ind

ica qu

e el 7

1,5%

de la

s muj

eres

peru

anas

fue a

lgun

a vez

viol

enta

da po

r el e

spos

o o co

mpa

ñero

, sien

do

las jó

vene

s de 1

5 a 19

años

de ed

ad la

s más

vuln

erad

as. A

parti

r de l

a inf

orm

ació

n es

tadí

stica

, en

el ám

bito

loca

l, el M

IMP i

mpl

emen

tó la

‘Estr

ateg

ia de

Prev

enció

n, A

tenc

ión

y Pr

otec

ción f

rent

e a la

Viol

encia

Fam

iliar

y Se

xual

en Zo

nas R

urale

s’ en

22 di

strito

s rur

ales d

e 15 r

egio

nes d

el Pe

rú.

MIM

P: w

ww.

mim

p.gob

.pe

Page 32: Del Compromiso a la Acción: Políticas para Erradicar la

6362

Subr

egió

n

País

Eje

Expe

rienc

ia

prom

isoria

Desc

ripció

n

Más

info

rmac

ión

Subr

egió

n

País

Eje

Expe

rienc

ia

prom

isoria

Desc

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n

Más

info

rmac

ión

Andi

naPe

rúPr

even

ción

Alia

nza d

el se

ctor

púb

lico,

el se

ctor

priv

ado y

la co

oper

ació

n in

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acio

nal p

ara l

a pro

gram

ació

n de

activ

idad

es co

njun

tas p

ara l

a pre

venc

ión

del h

ostig

amie

nto

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al en

el ám

bito

labo

ral y

la p

rom

oció

n de

ámbi

tos l

abor

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segu

ros y

no v

iole

ntos

.El

Min

ister

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e la M

ujer

y Po

blac

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s Vul

nera

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(MIM

P) h

a est

able

cido a

lianz

as co

n el

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or p

rivad

o a tr

avés

de l

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rogr

amas

de R

espo

nsab

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d So

cial E

mpr

esar

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ando

cu

mpl

imie

nto a

lo es

tabl

ecid

o en

la Le

y de I

gual

dad

de op

ortu

nida

des e

ntre

hom

bres

y m

ujer

es, L

ey N

o 28.

983,

la cu

al en

su ar

tícul

o 6o

, bus

ca g

aran

tizar

“el d

erec

ho a

un

traba

jo p

rodu

ctivo

, eje

rcido

en co

ndici

ones

de l

iber

tad,

equi

dad,

segu

ridad

y di

gnid

ad h

uman

a, in

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oran

do m

edid

as d

irigi

das a

evita

r cua

lqui

er ti

po d

e disc

rimin

ació

n la

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re m

ujer

es y

hom

bres

, en

el ac

ceso

al em

pleo

, for

mac

ión,

pro

moc

ión

y con

dicio

nes d

e tra

bajo,

y un

a idé

ntica

rem

uner

ació

n po

r tra

bajo

de i

gual

valo

r. Se

inclu

ye

entre

los d

erec

hos l

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la p

rote

cció

n fre

nte a

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ient

o sex

ual y

la ar

mon

izació

n de

las r

espo

nsab

ilida

des f

amili

ares

y la

bora

les”.

Al a

ño 2

015,

el M

IMP

viene

de

sarro

lland

o una

estra

tegi

a col

abor

ativa

con

la A

genc

ia A

lem

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e Coo

pera

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écni

ca (G

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ara p

rom

over

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ente

s lab

oral

es se

guro

s, do

nde s

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pete

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s der

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s de

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eres

y ho

mbr

es a

travé

s de a

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nes d

e mot

ivació

n, co

nven

cimie

nto y

des

arro

llo d

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ades

par

a que

las e

mpr

esas

inte

gren

la p

ersp

ectiv

a de i

gual

dad

y tom

en en

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osto

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pact

os d

e la v

iole

ncia

cont

ra la

muj

er en

el ám

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del

trab

ajo.

Para

tal fi

n, se

ha c

onsid

erad

o un

conj

unto

de a

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nes,

que r

econ

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, inc

entiv

an y

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ivan

al em

pres

aria

do, a

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arse

a es

ta in

iciat

iva.

MIM

P: w

ww.

mim

p.gob

.pe

Cent

roam

érica

Guat

emal

aPr

even

ción

Trad

ucció

n de

las c

ampa

ñas d

e pre

venc

ión

de la

viol

encia

hac

ia la

s muj

eres

a la

s len

guas

de l

os p

uebl

os or

gina

rios y

artic

ulac

ión

del M

ecan

ismo p

ara e

l Ad

elan

to d

e la M

ujer

con

los t

errit

orio

s y el

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or ju

stici

a par

a la p

rogr

amac

ión

de la

s act

ivid

ades

y la

logí

stica

par

a la d

ifusió

n de

la in

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ació

n.De

bido

a la

com

posic

ión

mul

tiétn

ica d

el p

aís,

las c

ampa

ñas y

las p

olíti

cas p

úblic

as q

ue in

trodu

cen

med

idas

de p

reve

nció

n ad

opta

n el

enfo

que é

tnico

y de

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rcultu

ralid

ad q

ue

perm

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el re

cono

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ticul

arid

ades

del

cole

ctivo

socia

l de l

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ujer

es d

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cuat

ro et

nias

dom

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tes e

n Gu

atem

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Xin

ca, G

arífu

na, M

estiz

a y M

aya.

Entre

es

tas p

artic

ular

idad

es es

tá la

leng

ua, y

en es

te se

ntid

o, to

das l

as ca

mpa

ñas s

on tr

aduc

idas

a la

s cua

tro le

ngua

s de l

as et

nias

dom

inan

tes a

trav

és d

e un

traba

jo ar

ticul

ado e

ntre

la

Dire

cció

n de

Pro

moc

ión

de la

Muj

er d

e la S

EPRE

M, l

as O

ficin

as M

unici

pale

s de l

a Muj

er y

las C

oord

inad

oras

Terri

toria

les.

Por e

jem

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la Se

creta

ría P

resid

encia

de l

a Muj

er

(SEP

REM

) ha e

labo

rado

un

video

que

abor

da lo

s Der

echo

s de l

as Ví

ctim

as q

ue fu

e tra

ducid

o a tr

es id

iom

as m

ayas

-Kak

chiq

uel, M

am y

K’ekc

hí- y

par

a gar

antiz

ar su

divu

lgac

ión

se p

rove

yó a

7 Fisc

alía

s Dist

rital

es d

e equ

ipo d

e pro

yecc

ión

y el v

ideo

.SE

PREM

: ww

w.se

prem

.gob

.gt

Subr

egió

n

País

Eje

Acció

n tr

ansv

ersa

lEx

perie

ncia

pr

omiso

ria

Desc

ripció

n

Más

info

rmac

ión

Subr

egió

n

País

Eje

Expe

rienc

ia

prom

isoria

Desc

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n

Más

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rmac

ión

Cent

roam

érica

Hond

uras

Prev

enció

nDe

sarro

llo d

e cap

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ades

Artic

ulac

ión

del s

ecto

r púb

lico,

la co

oper

ació

n in

tern

acio

nal y

orga

niza

cione

s de l

a soc

ieda

d civ

il co

n el

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or ed

ucat

ivo (s

ubse

ctor

uni

vers

itario

) par

a im

ple-

men

tar a

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nes d

e cap

acita

ción

a tra

vés d

e est

udio

s for

mal

es d

irigi

dos a

func

iona

rios/a

s gub

erna

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tale

s y ac

tore

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iale

s con

inje

renc

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irect

a e in

dire

cta

en el

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daje

de l

a vio

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ntra

las m

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es y

el fe

mici

dio.

En el

ámbi

to ac

adém

ico se

creó

el “D

iplo

mad

o en

Géne

ro, C

onviv

encia

y Se

gurid

ad Ci

udad

ana”

a ca

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stitu

to U

nive

rsita

rio en

Dem

ocra

cia, P

az y

Segu

ridad

(IUD

PAS)

de l

a Fa

culta

d de

Cien

cias S

ocia

les d

e la U

nive

rsida

d Na

ciona

l Aut

ónom

a de H

ondu

ras (

UNAH

) baj

o la c

oord

inac

ión

de or

gani

zacio

nes f

emin

istas

, y fi

nanc

iado

por

AEC

ID. S

us

dest

inat

ario

s son

espe

cialm

ente

func

iona

rios/

as d

el g

obie

rno,

repr

esen

tant

es d

e org

aniza

cione

s de l

a soc

ieda

d civ

il y m

ovim

ient

os fe

min

istas

y re

pres

enta

ntes

de l

os m

edio

s de

com

unica

ción.

En 2

015,

des

pués

de s

iete

mes

es d

e cla

ses,

se cl

ausu

ró en

el m

es d

e mar

zo co

n la

gra

duac

ión

de 3

5 nu

evos

pro

fesio

nale

s en

esta

mat

eria

. Est

e prim

er

dipl

omad

o fue

impa

rtido

en si

ete m

ódul

os en

184

hor

as en

cinc

o mun

icipi

os: T

ela,

La Ce

iba,

San

Pedr

o Sul

a y Ch

olom

a y en

el d

istrit

o cen

tral. L

os p

artic

ipan

tes,

entre

ello

s 31

muj

eres

y 4

hom

bres

, obt

uvie

ron

cono

cimie

ntos

en g

éner

o, p

olíti

cas n

acio

nale

s e in

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nale

s que

apoy

an lo

s der

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s hum

anos

de l

a muj

er, f

emici

dios

, mue

rte vi

olen

ta

de m

ujer

es y

la co

nvive

ncia

y se

gurid

ad ci

udad

ana q

ue ra

dica

en la

pre

venc

ión

y rei

nser

ción

socia

l.IU

PDAS

(UNA

H): w

ww.

iupd

as.o

rg

Amér

ica d

el N

orte

Méx

icoPr

even

ción

Crea

ción

y for

tale

cimie

nto d

e Red

es Ci

udad

anas

e In

terin

stitu

ciona

les d

esde

el Es

tado

par

a aun

ar es

fuer

zos e

ntre

el g

obie

rno y

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cieda

d civ

il a �

n de

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nstr

uir a

ltern

ativ

as q

ue p

erm

itan

a la c

iuda

daní

a int

erve

nir d

e man

era a

decu

ada a

nte s

ituac

ione

s de v

iole

ncia

de g

éner

o que

se p

rese

nten

en su

com

unid

ad

y abo

nar c

on es

o a re

stitu

ir el

tejid

o soc

ial d

el p

aís.

La Co

misi

ón N

acio

nal p

ara P

reve

nir y

Erra

dica

r la V

iole

ncia

cont

ra la

s Muj

eres

(CON

AVIM

), ór

gano

des

conc

entra

do d

e la S

ecre

taría

de G

ober

nació

n, h

a im

pulsa

do co

mo p

arte

de

su p

olíti

ca p

úblic

a las

Red

es Ci

udad

anas

e In

terin

stitu

ciona

les q

ue so

n gr

upos

de m

ujer

es y

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bres

que

esta

blec

en m

ecan

ismos

de a

poyo

, ate

nció

n y p

reve

nció

n de

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viole

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en su

s ent

orno

s. En

esta

s red

es se

capa

cita a

las y

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artic

ipan

tes y

se b

usca

coad

yuva

r con

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nstit

ucio

nes p

úblic

as en

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nes e

fect

ivas e

ncam

inad

as a

gene

rar

una v

ida l

ibre

de v

iole

ncia

par

a las

muj

eres

. Ent

re 2

013

y 201

4 se

cons

truye

ron

y for

tale

ciero

n 22

Red

es Ci

udad

anas

e In

terin

stitu

ciona

les e

n 9

entid

ades

fede

rativ

as (C

hiap

as,

Chih

uahu

a, D

istrit

o Fed

eral,

Gue

rrero

, Hid

algo

, Est

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e Méx

ico, M

ichoa

cán,

Oax

aca y

Yuca

tán)

. La C

ONAV

IM p

rom

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tam

bién

la cr

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n de

Com

unid

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Juve

nile

s co

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mad

as p

or jó

vene

s que

se re

únen

con

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ropó

sito d

e des

arro

llar p

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edio

de t

alle

res,

diná

mica

s y co

nfer

encia

s, pr

oces

os de

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ació

n en

cam

inad

os a

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reve

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n de

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encia

en el

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iazg

o así

com

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omba

te d

e los

este

reot

ipos

de g

éner

o y d

e la v

iole

ncia

cont

ra la

s muj

eres

y la

s niñ

as.

CONA

VIM

: http

://w

ww.

cona

vim.g

ob.m

x/

Page 33: Del Compromiso a la Acción: Políticas para Erradicar la

6564

Subr

egió

n

País

Eje

Expe

rienc

ia

prom

isoria

Desc

ripció

n

Más

info

rmac

ión

Subr

egió

n

País

Eje

Expe

rienc

ia

prom

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Desc

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n

Más

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rmac

ión

Carib

e ang

lófo

noGr

anad

aPr

even

ción

Gest

ión

de co

nocim

ient

o. D

ocum

enta

ción

de in

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ació

n cu

alita

tiva p

ara l

a pro

gram

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n de

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es de

prev

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n de

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olen

cia d

e gén

ero.

La D

ivisió

n de

Asu

ntos

de G

éner

o y d

e Fam

ilia (

Divis

ion

of G

ende

r and

Fam

ily A

ffairs

) que

func

iona

en la

órbi

ta d

el M

inist

erio

de D

esar

rollo

Socia

l, Vivi

enda

y De

sarro

llo

Com

unita

rio (M

inist

ry o

f Soc

ial D

evel

opm

ent,

Hous

ing

& Co

mm

unity

Dev

elop

men

t) ha

exam

inad

o y d

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enta

do lo

s mito

s, cre

encia

s y p

ráct

icas c

ultu

rale

s que

apoy

an la

to

lera

ncia

a la

viol

encia

de g

éner

o en

el p

aís e

n el

per

íodo

201

4-20

15. E

ste c

onoc

imie

nto,

ahor

a doc

umen

tado

, es u

n in

sum

o val

ioso

par

a la g

estió

n de

cono

cimie

nto y

a que

pe

rmite

des

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llar a

ccio

nes d

e pre

venc

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a tra

vés d

e diá

logo

s nac

iona

les,

spot

s rad

iale

s y te

levis

ivos y

talle

res c

omun

itario

s, to

dos e

llos c

atal

izado

res d

el ca

mbi

o cul

tura

l. Por

ej

empl

o, en

el m

arco

del

Pro

gram

a Nac

iona

l de E

duca

ción

de lo

s Hijo

s/as

(Nat

iona

l Par

entin

g Pr

ogra

mm

e), l

a Divi

sión

de A

sunt

os d

e Gén

ero y

de F

amili

a pro

mue

ve en

las

escu

elas

y co

n gr

upos

de j

óven

es y

grup

os co

mun

itario

s la i

dea d

e que

es n

eces

ario

prim

ero e

l ‘aut

orre

cono

cimie

nto’

de la

viol

encia

, al i

nter

ior d

e las

fam

ilias

y en

las r

elac

ione

s de

par

eja,

par

a lue

go ro

mpe

r con

pau

tas c

ultu

rale

s vio

lent

as q

ue es

tán

muy

afian

zada

s en

la p

obla

ción

y fina

lmen

te p

ropo

ner a

ltern

ativa

s bas

adas

en re

lacio

nes d

e par

eja e

in

trafa

mili

ares

salu

dabl

es, c

on u

n m

ensa

je b

asad

o en

la p

reve

nció

n.M

inist

erio

de D

esar

rollo

Socia

l, Vivi

enda

y De

sarro

llo Co

mun

itario

: http

://w

ww.

gov.g

d/m

inist

ries/

socia

l_de

velo

pmen

t.htm

l

Cono

Sur

Para

guay

Prev

enció

nAr

ticul

ació

n de

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ado y

la so

cieda

d civ

il pa

ta ap

oyar

al M

ovim

ient

o Glo

bal S

olid

ario

pro

mov

ido p

or O

NU M

ujer

es, d

enom

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o HeF

orSh

e (Él

por

ella

) cuy

o ob

jetiv

o es g

ener

ar a

nive

l mun

dial

conc

ienc

ia so

bre l

a res

pons

abili

dad

que t

iene

n lo

s hom

bres

de t

odas

las e

dade

s y p

roce

denc

ias c

omo d

efen

sore

s y ag

ente

s de

cam

bio p

ara h

acer

real

idad

los d

erec

hos d

e las

muj

eres

y ni

ñas y

logr

ar as

í un

mun

do ig

ualit

ario

.El

Min

ister

io d

e la M

ujer

apoy

a el M

ovim

ient

o Glo

bal S

olid

ario

pro

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ido p

or O

NU M

ujer

es, d

enom

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o HeF

orSh

e (Él

por

ella

), ta

mbi

én tr

aduc

ido a

l Gua

raní

(kui

mba

’e ku

ña

rehe

hápe

). Es

des

taca

ble e

l tra

bajo

de l

a org

aniza

ción

socia

l Asis

tenc

ia p

ara l

a Pre

venc

ión

y Reh

abili

tació

n en

Viol

encia

Mas

culin

a (AP

REVI

M),

una o

rgan

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n civ

il sin

fine

s de

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que

trab

aja e

n la

reha

bilit

ació

n de

los a

gres

ores

a tra

vés d

e un

prog

ram

a de o

rient

ació

n y t

rata

mie

nto p

sicol

ógico

con

mira

s a su

rein

serci

ón en

el am

bien

te fa

mili

ar y

socio

-labo

ral.

El M

inist

erio

de l

a Muj

er ti

ene fi

rmad

o un

conv

enio

de m

utua

cola

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ción

con

dich

a org

aniza

ción.

Min

ister

io d

e la M

ujer

: http

://w

ww.

muj

er.g

ov.p

y

Subr

egió

n

País

Eje

Acció

n Tr

ansv

ersa

lEx

perie

ncia

pr

omiso

riaDe

scrip

ción

Más

info

rmac

ión

Subr

egió

n

País

Eje

Acció

n tr

ansv

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lEx

perie

ncia

pr

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riaDe

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ción

Más

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rmac

ión

Andi

naPe

rúPr

even

ción

Med

ición

de l

a vio

lenc

ia co

ntra

las m

ujer

es

Crea

ción

de ob

serv

ator

ios d

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idad

par

a la p

rodu

cció

n de

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tadí

stico

s de f

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icido

y tr

ata d

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s a n

ivel

nac

iona

l con

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esag

rega

dos

segú

n la

s car

acte

rístic

as d

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imas

y de

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emici

das,

entr

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os.

El O

bser

vato

rio d

e Crim

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idad

del

Min

ister

io P

úblic

o – Fi

scal

ía d

e la N

ació

n de

l Per

ú, in

cluye

dat

os es

tadí

stico

s que

se h

ayan

info

rmad

os en

los i

nfor

mes

sobr

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stica

s so

bre f

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icidi

o seg

ún la

s car

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rístic

as d

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imas

y el

pre

sunt

o vict

imar

io” y

sobr

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tadí

stica

s sob

re te

ntat

iva d

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inici

dio s

egún

las c

arac

terís

ticas

de l

as ví

ctim

as y

el p

resu

nto v

ictim

ario

”, am

bos c

orre

spon

dien

tes a

l per

íodo

200

9-20

14 (d

atos

anua

lizad

os y

cons

olid

ado p

ara e

l per

íodo

indi

cado

). Lo

s dat

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tadí

stico

s que

pue

den

obte

nerse

de

los m

ismos

son

los s

igui

ente

s: a.

Edad

de l

a víct

ima (

rang

o eta

rio) y

rela

ción

con

el vi

ctim

ario

/a (s

ubca

tego

rizad

o al i

nter

ior d

e las

cate

goría

s ‘par

eja o

expa

reja’

, ‘fam

iliar

’ y

‘cono

cido’)

; b. E

dad

del v

ictim

ario

(ran

go et

ario

); d.

Cara

cter

ística

s del

hec

ho (c

ateg

oriza

ción

de la

s cau

sas d

el fe

mici

dio)

; e. L

ugar

de o

curre

ncia

del

hec

ho (s

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o al

inte

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cate

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s ‘púb

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y ‘pr

ivado

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Obs

erva

torio

de C

rimin

alid

ad ta

mbi

én in

cluye

un

regi

stro r

ealiz

ado s

olo

para

el añ

o 201

0 “Pe

rfil d

e las

víct

imas

, per

fil d

e lo

s(as

) pre

sunt

os(a

s) vic

timar

ios(

as) y

cara

cter

ística

s de l

a ten

tativ

a de f

emin

icidi

o, fe

min

icidi

o, ot

ros h

omici

dios

de m

ujer

es y

hom

icidi

o de h

ombr

es” e

n el

que

se in

cluye

n da

tos e

stad

ístico

s res

pect

o de l

a can

tidad

de f

emin

icidi

os p

ara 2

010 s

egún

tipo

; las

cara

cter

ística

s de l

as ví

ctim

as y

de lo

s/as

vict

imar

ios/

as o

pres

unto

s/as

vicit

mar

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as p

ara

los c

asos

de t

enta

tivas

de f

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icidi

o. Lo

s dat

os es

tadí

stico

s con

solid

an lo

s reg

istro

s adm

inist

rativ

os d

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fisc

alía

s a n

ivel n

acio

nal e

n cu

mpl

imie

nto d

e la D

irect

iva N

o 006

- 20

09-M

P-FN

, apr

obad

a med

iant

e Res

oluc

ión

de la

Fisc

alía

de l

a Nac

ión

No 16

90-2

009-

MP-

FN d

e fec

ha 2

0 de

nov

iem

bre d

e 200

9, la

cual

disp

one q

ue to

dos l

os fi

scal

es d

e fa

mili

a, p

enal

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mixt

os d

eben

rem

itir a

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erva

torio

de C

rimin

alid

ad d

el M

inist

erio

Púb

lico i

nfor

mac

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refe

rida a

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asos

de h

omici

dios

de m

ujer

es y

tent

ativa

s de

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icidi

os d

e muj

eres

que

lleg

uen

a su

cono

cimie

nto y

que

cons

tituy

an fe

min

icidi

o o te

ntat

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e fem

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dio.

El “S

istem

a de I

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mac

ión

Estra

tégi

ca so

bre t

rata

de p

erso

nas

– SI

STRA

”, del

Obs

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torio

de l

a Crim

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idad

del

Min

ister

io P

úblic

o, p

uest

o en

func

iona

mie

nto e

n m

ayo d

el 2

013,

regi

stra

las d

enun

cias a

nive

l nac

iona

l de t

rata

de p

erso

nas,

obte

nien

do en

tiem

po re

al la

info

rmac

ión

de ca

sos,

oper

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s y re

scat

e de v

íctim

as.

MIM

P: w

ww.

mim

p.gob

.pe

Andi

naEc

uado

rPr

even

ción

Med

ición

de l

a vio

lenc

ia co

ntra

las m

ujer

es

Dise

ño y

aplic

ació

n de

una

encu

esta

nac

iona

l esp

ecia

lizad

a par

a la m

edici

ón d

e la p

reva

lenc

ia e

incid

encia

de l

a vio

lenc

ia co

ntra

las m

ujer

es.

Desd

e el C

onse

jo N

acio

nal p

ara l

a Igu

alda

d de

Gén

ero s

e im

pulsó

la g

ener

ació

n de

la P

rimer

a Enc

uest

a Nac

iona

l de R

elac

ione

s Fam

iliar

es y

Viol

encia

de G

éner

o con

tra la

s m

ujer

es (2

011)

, en

coor

dina

ción

con

el In

stitu

to N

acio

nal d

e Est

adíst

ica y

Cens

os y

el M

inist

erio

del

Inte

rior, c

on la

fina

lidad

de e

valu

ar la

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n de

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es en

cuan

to al

de

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o a u

na vi

da li

bre d

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lenc

ia en

el p

aís.

En fu

nció

n de

la in

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n ob

teni

da, d

esde

el Co

nsej

o Nac

iona

l par

a la I

gual

dad

de G

éner

o se h

an re

aliza

do d

iagn

óstic

os a

nive

l nac

iona

l y p

or p

rovin

cias p

ara s

ocia

lizar

los c

on re

pres

enta

ntes

del

Esta

do y

de la

socie

dad

civil,

en es

pecia

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rgan

izacio

nes d

e muj

eres

. La P

rimer

a Enc

uest

a Nac

iona

l de

Rel

acio

nes F

amili

ares

y Vi

olen

cia d

e Gén

ero s

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a inc

luid

o en

el P

rogr

ama d

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adíst

icas d

el In

stitu

to N

acio

nal d

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adíst

icas y

Cens

os (I

NEC)

, par

a ser

aplic

ada c

on u

na

perio

dicid

ad d

e 5 añ

os, h

echo

por

el cu

al se

tien

e pla

nific

ado h

acer

un

nuev

o lev

anta

mie

nto d

e la e

ncue

sta e

n el

año 2

016.

Cons

ejo N

acio

nal p

ara l

a Igu

alda

d de

Gén

ero:

http

://w

ww.

com

ision

detra

nsici

on.g

ob.e

c/

Page 34: Del Compromiso a la Acción: Políticas para Erradicar la

6766

Subr

egió

n

País

Eje

Acció

n Tr

ansv

ersa

lEx

perie

ncia

pr

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ria

Desc

ripció

n

Más

info

rmac

ión

Amér

ica d

el N

orte

Méx

icoPr

even

ción

Med

ición

de l

a vio

lenc

ia co

ntra

las m

ujer

es

Crea

ción

de si

stem

as d

e ind

icado

res e

spec

í�co

s par

a la m

edici

ón d

e la v

iole

ncia

cont

ra la

s muj

eres

cuya

info

rmac

ión

es d

e acc

eso p

úblic

o y u

n in

sum

o par

a la

elab

orac

ión

de p

olíti

cas p

úblic

as. D

iseño

y ap

licac

ión

de en

cues

tas e

spec

ializ

adas

y de

acog

ida c

on m

ódul

os es

pecí�

cos p

ara l

a mae

dició

n de

la vi

olen

cia co

ntra

la

s muj

eres

. Rea

lizac

ión

de es

tudi

os p

ara m

edir

la vi

olen

cia fe

min

icida

.a)

El Es

tado

mex

icano

ha s

ido p

ione

ro en

el le

vant

amie

nto d

e inf

orm

ació

n es

tadí

stica

sobr

e vio

lenc

ia co

ntra

las m

ujer

es lo

que

le h

a per

miti

do d

iseña

r pol

ítica

s púb

licas

ad

ecua

das d

e pre

venc

ión,

aten

ción,

sanc

ión

y erra

dica

ción

de la

viol

encia

cont

ra la

s muj

eres

. El I

NMUJ

ERES

ha d

ispue

sto e

n su

pági

na w

eb el

Sist

ema d

e Ind

icado

res d

e Gén

ero

(http

://w

ww.

inm

ujer

es.g

ob.m

x/bi

blio

teca

-dig

ital/e

stad

istica

s.htm

l), en

el cu

al p

one a

disp

osici

ón d

e tod

as la

s per

sona

s la i

nfor

mac

ión

esta

díst

ica so

bre d

iverso

s tem

as q

ue

perm

iten

tene

r un

pano

ram

a de l

a situ

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n de

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ujer

es y

los h

ombr

es en

Méx

ico y

sobr

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evol

ució

n en

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asad

o rec

ient

e. Pa

ra co

noce

r dat

os so

bre m

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es ví

ctim

as d

e vio

lenc

ia a

nive

l nac

iona

l y p

or en

tidad

fede

rativ

a y su

s car

acte

rístic

as, s

e cue

nta c

on lo

s res

ulta

dos d

e las

Encu

esta

s Nac

iona

les s

obre

la D

inám

ica d

e las

Rel

acio

nes e

n lo

s Ho

gare

s (EN

DIRE

H) re

aliza

da en

2006

y 20

11 p

or el

INM

UJER

ES, e

l INE

GI y

UNIF

EM, e

n co

njun

to co

n ot

ras i

nstit

ucio

nes.

La EN

DIRE

H tie

ne co

mo o

bjet

ivo g

ener

ar in

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n es

tadí

stica

sobr

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recu

encia

y m

agni

tud

de la

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encia

de p

arej

a, as

í com

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ue ex

perim

enta

n la

s muj

eres

en lo

s ám

bito

s esc

olar

, lab

oral

y co

mun

itario

. Est

a inf

orm

ació

n co

labo

ra en

la co

nfor

mac

ión

del S

ubsis

tem

a de E

stad

ística

s sob

re Vi

olen

cia, d

entro

del

Sist

ema N

acio

nal d

e Inf

orm

ació

n Es

tadí

stica

y Ge

ográ

fica.

Un

anál

isis c

ompl

eto d

e los

re

sulta

dos a

nive

l nac

iona

l y p

or en

tidad

fede

rativ

a de l

a END

IREH

200

6 se

encu

entra

en la

s pub

licac

ione

s “Pa

nora

ma d

e la V

iole

ncia

cont

ra la

s Muj

eres

”, a ca

rgo

del I

NEGI

. Se

cuen

ta co

n un

a pub

licac

ión

para

cada

entid

ad fe

dera

tiva,

una

par

a el D

istrit

o Fed

eral

y un

a a n

ivel n

acio

nal.

Otro

s ins

trum

ento

s no e

spec

ífico

s que

han

sido

aplic

ados

son:

En

cues

ta N

acio

nal s

obre

Inse

gurid

ad (E

NSI,

2009

) del

Inst

ituto

Ciud

adan

o de E

stud

ios s

obre

Inse

gurid

ad; E

ncue

sta N

acio

nal s

obre

Viol

encia

en el

Nov

iazg

o (EN

VINO

V, 2

008)

de

la Se

creta

ría d

e Edu

cació

n Pú

blica

(SEP

); En

cues

ta d

e Sal

ud y

Dere

chos

de l

as M

ujer

es In

díge

nas (

ENS A

DEM

I, 20

08) d

e la S

ecre

taría

de S

alud

; Enc

uest

a Nac

iona

l sob

re Vi

olen

cia

cont

ra la

s Muj

eres

(ENV

IM, 2

006)

y la

Encu

esta

Nac

iona

l de V

iole

ncia

y de

salu

d - I

nstit

uto N

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nal d

e Sal

ud.

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tra p

ráct

ica p

rom

isoria

en M

éxico

ha s

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a rea

lizac

ión

de u

n es

tudi

o por

men

oriza

do en

torn

o al c

onte

xto d

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lenc

ia fe

min

icida

en el

paí

s, da

ndo c

uent

a de l

as d

iversa

s fo

rmas

que

afec

tan

la in

tegr

idad

, la l

iber

tad,

la sa

lud

y la v

ida d

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muj

eres

, de l

as cu

ales

hay

evid

encia

esta

díst

ica: d

esde

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cia p

erpe

trada

por

la p

arej

a, la

que

ocur

re

en el

ámbi

to fa

mili

ar y

en el

com

unita

rio, h

asta

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cia in

stitu

ciona

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hom

icidi

o y fe

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o. Co

n es

te ob

jetiv

o, la

Com

isión

Espe

cial p

ara C

onoc

er y

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egui

mie

nto

Punt

ual y

Exha

ustiv

o a la

s Acc

ione

s que

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Empr

endi

do la

s Aut

orid

ades

Com

pete

ntes

en R

elac

ión

a los

Fem

inici

dios

Reg

istra

dos e

n M

éxico

de l

a LXI

Legi

slatu

ra, e

n co

labo

-ra

ción

con

ONU

Muj

eres

y el

Inst

ituto

Nac

iona

l de l

as M

ujer

es re

aliza

ron

el es

tudi

o Vio

lenc

ia fe

min

icida

en M

éxico

. Car

acte

rístic

as, t

ende

ncia

s y n

ueva

s exp

resio

nes e

n la

s en

tidad

es fe

dera

tivas

, 198

5-20

10 cu

yo ob

jetiv

o fue

anal

izar e

l fen

ómen

o del

fem

inici

dio e

n M

éxico

. El t

raba

jo p

revio

fue p

ublic

ado e

n 20

11 b

ajo e

l títu

lo Fe

min

icidi

o en

Méx

ico: A

prox

imac

ión,

Tend

encia

s y Ca

mbi

os 1

985-

2009

. (Fu

ente

: Vio

lenc

ia fe

min

icida

en M

éxico

. Car

acte

rístic

as, t

ende

ncia

s y n

ueva

s exp

resio

nes e

n la

s ent

idad

es fe

dera

ti-va

s, 19

85-2

010.

Prim

era e

dició

n, 20

12).

INEG

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ww.

ineg

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“Vio

lenc

ia fe

min

icida

en M

éxico

. Car

acte

rístic

as, t

ende

ncia

s y n

ueva

s exp

resio

nes e

n la

s ent

idad

es fe

dera

tivas

, 198

5-20

10”:

http

://w

ww.

unwo

men

.org

/~/m

edia

/Hea

dqua

rters/

Atta

chm

ents

/Sec

tions

/Lib

rary

/Pub

licat

ions

/201

3/2/

Fem

inici

dio_

Mex

ico-1

985-

201

0%20

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ición

de l

a vio

lenc

ia co

ntra

las m

ujer

esCr

eació

n de

un

regi

stro

úni

co a

nive

l nac

iona

l que

per

mite

hom

ogen

eiza

r los

regi

stro

s adm

inist

rativ

os d

e los

orga

nism

os p

úblic

os a

nive

l nac

iona

l, su

b-na

ciona

l y l

ocal

par

a con

tar c

on in

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ació

n es

tadí

stica

con�

able

.El

Cons

ejo N

acio

nal d

e las

Muj

eres

dep

endi

ente

del

Cons

ejo N

acio

nal d

e Pol

ítica

s Soc

iale

s de l

a Pre

siden

cia d

e la N

ació

n fir

mó u

n co

nven

io d

e coo

pera

ción

con

el In

stitu

to

Nacio

nal d

e Est

adíst

icas y

Cens

os (I

NDEC

) en

sept

iem

bre d

e 201

2 pa

ra la

elab

orac

ión

de u

n Re

gistr

o Úni

co d

e Cas

os d

e Vio

lenc

ia co

ntra

la M

ujer

(RUC

VCM

). El

obje

tivo d

el

conv

enio

se ce

ntró

en la

elab

orac

ión

de u

n co

njun

to d

e ind

icado

res p

ara d

ar cu

enta

del

fenó

men

o de l

a vio

lenc

ia co

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las m

ujer

es, d

esag

rega

dos p

or ed

ad, s

exo,

esta

do ci

vil,

ocup

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n, ví

ncul

o con

el ag

reso

r (re

sgua

rdan

do la

iden

tidad

de l

a víct

ima/

sobr

evivi

ente

), en

tre ot

ros.

Para

la el

abor

ació

n de

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el IN

DEC r

ealiz

ó las

sigu

ient

es ac

cione

s: i)

defin

ición

de l

as va

riabl

es; i

i) ca

tego

rizac

ión

de la

s var

iabl

es; i

ii) el

abor

ació

n de

un

form

ular

io g

uía p

ara e

l ing

reso

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os or

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smos

al re

gist

ro y

un es

quem

a de i

nfor

me

para

la p

rese

ntac

ión

de lo

s dat

os; y

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iseño

de u

na p

lata

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a inf

orm

ática

que

cons

iste e

n la

estru

ctur

a de l

a bas

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stro

y la

fich

a de i

ngre

so. A

dem

ás, e

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EC ju

nto

con

el CN

M fi

rmar

on co

nven

ios c

on el

Min

ister

io d

e Jus

ticia

de l

a Nac

ión,

el M

inist

erio

Púb

lico d

e la D

efen

sa d

e la N

ació

n, el

Min

ister

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urid

ad d

e la N

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n y l

as

prov

incia

s de C

órdo

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alta

, Cat

amar

ca, L

a Rio

ja, C

haco

, San

tiago

del

Este

ro, B

ueno

s Aire

s y R

ío N

egro

. El R

UCVC

M ce

ntra

liza y

sist

emat

iza 5

0.70

3 re

gist

ros a

dmin

istra

tivos

qu

e pro

viene

n de

dife

rent

es or

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smos

y se

rvici

os a

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vincia

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unici

pal y

/o lo

cal e

n el

paí

s. El

RUC

VCM

ha r

ecab

ado y

sist

emat

izado

info

rmac

ión

espe

cífica

so

bre l

as d

istin

tas e

xpre

sione

s de l

a vio

lenc

ia co

ntra

las m

ujer

es en

el ám

bito

púb

lico y

priv

ado e

n co

nson

ancia

con

la Le

y 26.

485

para

el p

erío

do 0

1/20

13 –

07/

2015

y es

abie

rto a

que n

uevo

s ser

vicio

s en

cual

esqu

iera

de l

as ju

risdi

ccio

nes d

el p

aís p

ueda

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herir

se y

prov

eerle

de d

atos

a tra

vés d

e com

prom

isos m

utuo

s de t

raba

jo si

n pr

oces

os

buro

crát

icos c

ompl

ejos

. Asim

ismo,

el R

UCVC

M p

erm

ite o

bser

var y

cara

cter

izar l

a din

ámica

par

ticul

ar d

el fe

nóm

eno d

e la v

iole

ncia

cont

ra la

s muj

eres

y lo

s con

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efini

cio-

nes y

clas

ifica

cione

s brin

dan

info

rmac

ión

com

para

ble,

tant

o a n

ivel

loca

l com

o nac

iona

l e in

cluso

regi

onal

e in

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acio

nal.

CNM

: ww

w.cn

m.g

ov.ar

Cono

Sur

Urug

uay

Prev

enció

nM

edici

ón d

e la v

iole

ncia

cont

ra la

s muj

eres

Real

izació

n de

la En

cues

ta N

acio

nal d

e Pre

vale

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sobr

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lenc

ia B

asad

a en

Géne

ro y

Gene

racio

nes (

PENP

VBGG

)

Por p

rimer

a vez

en U

rugu

ay, d

uran

te el

per

íodo

2013

-201

4, se

real

izó en

el p

aís l

a prim

era E

ncue

sta N

acio

nal d

e Pre

vale

ncia

sobr

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lenc

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asad

a en

Géne

ro y

Gene

racio

nes

(PEN

PVBG

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ue ar

rojó

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os fi

dedi

gnos

resp

ecto

a la

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encia

hac

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ujer

es, n

iñas

y ad

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cent

es. S

egún

CEPA

L, la

s enc

uest

as so

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tual

men

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inst

rum

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más

ad

ecua

do p

ara c

onoc

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pre

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de l

a vio

lenc

ia en

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cieda

d. El

obje

tivo g

ener

al d

e la e

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ue es

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ecer

una

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a de b

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canc

e nac

iona

l que

per

mita

med

ir y d

ar se

guim

ient

o a la

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encia

de g

éner

o eje

rcida

en lo

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rent

es ám

bito

s y co

noce

r sus

prin

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es ca

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eríst

icas.

Esto

ha r

esul

tado

fund

amen

tal p

ara s

uper

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s lim

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-ne

s que

trae

n co

nsig

o los

regi

stro

s adm

inist

rativ

os (d

enun

cias,

utili

zació

n de

serv

icios

de a

tenc

ión

a vio

lenc

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encu

esta

s par

ciale

s. La

encu

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cont

ó con

el re

spal

do d

el

Inst

ituto

Nac

iona

l de E

stad

ística

en to

do el

pro

ceso

de r

ealiz

ació

n de

la m

isma,

aseg

uran

do d

e est

a man

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ilida

d de

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esul

tado

s obt

enid

os y

ha si

do el

resu

ltado

de

“un

proc

eso d

e coo

rdin

ació

n de

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spac

ios d

e arti

cula

ción

inte

rinst

itucio

nal c

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mpe

tenc

ia en

la te

mát

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istem

a de P

rote

cció

n a l

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ancia

y Ad

oles

cenc

ia co

ntra

la

Viol

encia

– IN

AU, C

onse

jo N

acio

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onsu

ltivo

de l

ucha

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ra la

Viol

encia

Dom

éstic

a, re

pres

enta

ntes

del

Min

ister

io d

e Sal

ud P

úblic

a; el

Min

ister

io d

el In

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r y el

Inst

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Na

ciona

l de l

as M

ujer

es; a

simism

o se i

nteg

raro

n el

Inst

ituto

Nac

iona

l de E

stad

ística

(INE

); la

Age

ncia

Uru

guay

a de C

oope

ració

n In

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acio

nal;

la U

nida

d de

Ges

tión

del P

roye

cto

Urug

uay U

nido

; el F

ondo

de p

obla

ción

de la

s Nac

ione

s Uni

das y

ONU

Muj

eres

. Est

e tra

bajo

inte

rinst

itucio

nal “r

esul

tó fu

ndam

enta

l par

a sor

tear

con

éxito

cada

etap

a de l

a

Page 35: Del Compromiso a la Acción: Políticas para Erradicar la

6968

Subr

egió

n

País

Eje

Acció

n Tr

ansv

ersa

lEx

perie

ncia

pr

omiso

riaDe

scrip

ción

Más

info

rmac

ión

6.2

Exp

erie

nci

as p

rom

isor

ias

en re

laci

ón c

on e

l eje

de

la a

ten

ción

de

la v

iole

nci

a co

ntr

a la

s m

ujer

es y

/o d

e g

éner

o

Subr

egió

n

País

Eje

Acció

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ansv

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lEx

perie

ncia

pr

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riaDe

scrip

ción

Más

info

rmac

ión

encu

esta

: las

defi

nicio

nes c

once

ptua

les,

la co

nfec

ción

del c

uest

iona

rio, l

a sel

ecció

n de

l per

sona

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ampo

, la c

apac

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n de

encu

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dora

s, su

perv

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ítica

s, el

trab

ajo

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mpo

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pro

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mie

nto y

elab

orac

ión

de es

te in

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e. Es

pecia

lmen

te q

uerem

os d

esta

car e

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oluc

ram

ient

o y co

mpr

omiso

del

INE”.

http

://w

ww.

inm

ujer

es.g

ub.u

y/in

nova

porta

l/file

/338

76/1

/resu

men

_de_

encu

esta

_mid

es.p

df

Cono

Sur

Para

guay

Prev

enció

nM

edici

ón d

e la v

iole

ncia

cont

ra la

s muj

eres

Med

ición

de l

os co

stos

empr

esar

iale

s de l

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ia co

ntra

las m

ujer

es

El Pr

ogra

ma R

egio

nal –

Com

batir

la Vi

olen

cia co

ntra

la M

ujer

en La

tinoa

mér

ica–

Com

VoM

ujer

Deu

tsche

Ges

ellsc

haft

für I

nter

natio

nale

Zusa

mm

enar

beit

(GIZ)

Gm

bH co

n el

apoy

o del

PNUD

y la

Red d

el Pa

cto G

loba

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as N

acio

nes U

nida

s en

Para

guay

, ent

re ot

ros a

liado

s estr

atég

icos y

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res p

artic

ipan

tes,

reali

zaro

n el

prim

er es

tudi

o sob

re “L

os co

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mpr

esar

i-ale

s de l

a vio

lencia

cont

ra la

s muj

eres

en Pa

ragu

ay” p

ublic

ado e

n se

ptiem

bre d

e 201

5 en

el qu

e se r

ealiz

a un

análi

sis de

la es

timac

ión

de lo

s cos

tos e

mpr

esar

iales

de la

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encia

co

ntra

las m

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es en

Para

guay

. Tal

com

o se s

eñala

en el

docu

men

to “A

l igua

l que

en lo

s país

es ve

cinos

, el im

pact

o eco

nóm

ico de

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olen

cia co

ntra

las m

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es es

cont

unde

nte,

y no

solo

prov

iene d

e las

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eres

agre

dida

s por

sus p

areja

s, sin

o tam

bién

de lo

s agr

esor

es y

del p

erso

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ue la

ates

tigua

. Gra

cias a

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dio,

se sa

be qu

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empr

esas

para

guay

as

pier

den m

ucho

a ca

usa d

e la v

iolen

cia co

ntra

las m

ujer

es: 7

34.8

mill

ones

de dó

lares

amer

icano

s al a

ño, e

quiva

lente

s al 2

.39 %

del P

rodu

cto I

nter

no B

ruto

”.Lo

s cos

tos e

mpr

esar

iales

de la

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encia

cont

ra la

s muj

eres

en Pa

ragu

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eutsc

he G

esell

scha

ft fü

rIn

tern

atio

nale

Zusa

mm

enar

beit

(GIZ

) Gm

bH, P

rogr

ama R

egio

nal C

omVo

Muj

er y

Red

del P

acto

Glo

bal d

e las

Nac

ione

s Uni

das e

n Pa

ragu

ay y

PNUD

(201

5).

Cent

roam

érica

El Sa

lvad

orAt

enció

nCr

eació

n de

una

red

nacio

nal d

e ate

nció

n de

serv

icios

inte

gral

es d

el ti

po on

e sto

p (p

arad

a úni

ca) p

ara a

coge

r a la

s víct

imas

/sobr

eviv

ient

es d

e vio

lenc

ia co

ntra

la

s muj

eres

(Ciu

dad

Muj

er).

El éx

ito de

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elo de

aten

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e ‘Ciu

dad M

ujer

’ se de

be a

que c

once

ntra

dent

ro de

un m

ismo e

spac

io a

14 in

stitu

cione

s del

Esta

do qu

e pre

stan d

ifere

ntes

serv

icios

espe

cializ

ados

pa

ra la

s muj

eres

, gar

antiz

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que s

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tend

idas

de m

aner

a opo

rtuna

, en u

n am

bien

te de

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abilid

ad y

calid

ad. L

os ce

ntro

s de ‘

Ciuda

d Muj

er’ o

pera

n con

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ólo f

emen

ino.

Asim

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Ciuda

d Muj

er cu

enta

con m

ódul

o esp

ecial

izado

en la

aten

ción d

e las

niña

s y ni

ños q

ue ac

ompa

ñan a

sus m

adres

, divi

dido

en tr

es se

ccio

nes s

egún

edad

es; c

on eq

uipo

y m

obilia

rio ad

ecua

do, c

on fi

nes p

edag

ógico

s y lú

dico

s; at

endi

do po

r un e

quip

o de p

rofe

siona

les, e

spec

ialist

as en

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e la i

nfan

cia, in

cluid

a una

méd

ica pe

diat

ra. D

entro

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da

sede

de Ci

udad

Muj

er, se

cuen

ta co

n la p

artic

ipac

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disti

ntas

insti

tucio

nes d

el Es

tado

que p

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de la

ruta

críti

ca, q

ue en

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es un

a rut

a crít

ica co

rta, c

uyos

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icios

es

tán c

entra

lizad

os en

un ún

ico es

pacio

redu

ciend

o el e

strés

postr

aum

ático

de la

s víct

imas

/sob

reviv

iente

s y su

s hijo

s/as

(si a

plica

re).

Este

prog

ram

a ini

ció ofi

cialm

ente

con l

a ap

ertu

ra de

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er ce

ntro

Ciud

ad M

ujer

Coló

n, ub

icado

en el

depa

rtam

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de La

Libe

rtad,

dond

e por

prim

era v

ez se

impl

emen

tó el

mod

elo de

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nteg

ral y

que s

igui

ó con

la

aper

tura

de la

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de ‘C

iuda

d Muj

er’ e

n el m

unici

pio d

e Usu

lutá

n, de

parta

men

to de

Usu

lutá

n, el

30 de

sept

iembr

e de 2

012.

En 20

13 se

abrie

ron

las se

des d

e San

ta A

na y

San

Mar

tín

(San

Salva

dor).

A fi

nales

de es

te m

ismo a

ño, s

e ina

ugur

aron

los c

entro

s de S

an M

igue

l y M

oraz

án pa

ra ac

erca

r los

serv

icios

a las

muj

eres

de la

zona

orien

tal d

el pa

ís.Ci

udad

Muj

er: w

ww.

ciuda

dmuj

er.g

ob.sv

Subr

egió

n

País

Eje

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rienc

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isoria

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íses

Eje

Expe

rienc

ia

prom

isoria

Desc

ripció

n

Más

info

rmac

ión

Cono

Sur

Bras

ilAt

enció

nCr

eació

n de

una

red

nacio

nal d

e ate

nció

n de

serv

icios

inte

gral

es d

el ti

po on

e sto

p (p

arad

a úni

ca) p

ara a

coge

r a la

s ví

ctim

as/so

brev

ivie

ntes

de v

iole

ncia

cont

ra la

s muj

eres

.A

travé

s del

Pro

gram

a “M

ujer

: Vivi

r sin

Viol

encia

” (“M

ulher,

Vive

r sem

Violê

ncia”

) a ca

rgo

de Se

creta

ría Es

pecia

l de P

olíti

cas p

ara l

as M

ujer

es (S

ecret

aria

de Po

lítica

s par

a as

Mulh

eres)

(SPM

-PR)

dep

endi

ente

de l

a Pre

siden

cia d

e la R

epúb

lica s

e ha a

mpl

iado

la re

d de

serv

icios

inte

gral

es d

el ti

po on

e sto

p (p

arad

a úni

ca).

En el

prim

er se

mes

tre d

el añ

o 20

15 se

inau

gura

ron

las “

Casa

s de l

a Muj

er d

e Bra

sil” e

n am

bas c

apita

les,

Bras

ilia y

Cam

po G

rand

e. La

s Cas

as d

e la M

ujer

de B

rasil

son

espa

cios d

e rec

epció

n y a

siste

ncia

hu

man

izada

a la

s víct

imas

/sob

reviv

ient

es q

ue ce

ntra

lizan

en u

n m

ismo e

spac

io fí

sico l

os d

ifere

ntes

serv

icios

espe

cializ

ados

con

un ab

orda

je m

ultid

iscip

linar

io. El

Esta

do

bras

ileño

pre

vé q

ue p

ara e

l año

201

9 la

s Cas

as d

e la M

ujer

de B

rasil

esté

n fu

ncio

nand

o en

las 2

7 ca

pita

les e

stad

uale

s.SP

M-P

R: h

ttp://

ww

w.se

pm.g

ov.b

r/

Cono

Sur

Chile

Aten

ción

Crea

ción

desd

e el e

stad

o de u

nida

des d

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nció

n es

pecí­

cas p

ara v

íctim

as/so

brev

ivie

ntes

de v

iole

ncia

sexu

al (a

ctua

les o

pas

adas

) que

se ar

ticul

an co

n pr

ogra

mas

sani

tario

s con

cobe

rtur

a nac

iona

l.La

s agr

esio

nes s

exua

les c

onst

ituye

n un

a de l

as fo

rmas

más

gra

ves d

e vio

lenc

ia co

ntra

las m

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es. L

a Uni

dad

de P

reve

nció

n de

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olen

cia co

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la M

ujer

, Pro

gram

a Chi

le

Acog

e, d

el Se

rvici

o Nac

iona

l de l

a Muj

er (S

ERNA

M),

ha cr

eado

un

nuev

o mod

elo p

ara m

ujer

es ví

ctim

as d

e vio

lenc

ia se

xual,

den

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ado “

Cent

ros d

e Ate

nció

n Re

para

toria

a M

ujer

es Ví

ctim

as d

e Agr

esio

nes S

exua

les”

(CVS

Muj

eres

). Lo

s CVS

Muj

eres

, est

án d

estin

ados

a at

ende

r a m

ujer

es m

ayor

es d

e 18

años

al m

omen

to d

el in

gres

o al c

entro

, que

han

sid

o víct

imas

de a

gres

ione

s sex

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s, ac

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es o

sufri

das e

n la

infa

ncia

, agr

esio

nes s

exua

les v

igen

tes o

pre

scrit

as le

galm

ente

, agr

esio

nes s

exua

les e

n el

ámbi

to in

trafa

mili

ar; o

ex

trafa

mili

ar p

or te

rcero

s con

ocid

os o

extra

ños.

Al añ

o 201

5, se

han

crea

do tr

es CV

S Muj

eres

en la

s reg

ione

s Met

ropo

litan

a, d

e Val

para

íso y

Bío B

ío, co

n co

bertu

ra re

gion

al y

ubica

dos e

n la

ciud

ad ca

pita

l de c

ada u

na d

e ella

s. Co

mpl

emen

taria

men

te, e

l Min

ister

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e Sal

ud ta

mbi

én h

a lan

zado

pro

gram

as p

ara l

a ate

nció

n de

víct

imas

/sob

reviv

ient

es

de vi

olen

cia in

trafa

mili

ar y

sexu

al q

ue se

artic

ulan

con

los C

VS p

ara q

ue la

s víct

imas

/sob

reviv

ient

es ac

ceda

n a e

stos

serv

icios

más

fácil

men

te.

SERN

AM: w

ww.

sern

am.cl

Cono

sur y

Carib

e ang

lófo

noPa

ragu

ay y

Antig

ua y

Barb

uda

Aten

ción

Prác

ticas

des

taca

das e

n m

ater

ia d

e pre

venc

ión

y ate

nció

n di

fere

ncia

da a

muj

eres

que

vive

n co

n VI

H/SI

DA y

sufre

n vi

olen

ciaPa

ragu

ay: P

ara l

a pre

venc

ión

de la

tran

smisi

ón d

el VI

H/sid

a e IT

S, en

ocas

ión

de ac

tos d

e vio

lenc

ia se

xual

, el M

inist

erio

de l

a Muj

er y

el M

inist

erio

de S

alud

Púb

lica h

an

logr

ado l

a gra

tuid

ad d

e la a

tenc

ión

para

los c

asos

de v

iole

ncia

intra

fam

iliar

y vio

lenc

ia se

xual,

pro

visió

n de

insu

mos

y eq

uipo

s méd

icos p

ara p

obla

cione

s vul

nera

bles

y el

im

pulso

de e

spac

ios i

nter

inst

itucio

nale

s de d

iscus

ión

sobr

e pre

venc

ión

para

la tr

ansm

isión

de I

TS y

VIH/

sida.

Antig

ua y

Barb

uda:

El Ce

ntro

de C

risis

traba

ja en

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a arti

cula

da co

n la

Clín

ica d

e HIV

/sid

a par

a brin

dar a

tenc

ión

espe

cializ

ada p

ara l

as ví

ctim

as d

e vio

lenc

ia se

xual,

por

ej

empl

o a tr

avés

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visió

n de

med

icam

ento

s ant

irret

rovir

ales

de e

mer

genc

ia y

la re

aliza

ción

de lo

s est

udio

s ser

ológ

icos c

orre

spon

dien

tes.

Para

guay

: Min

ister

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e la M

ujer

: http

://w

ww.

muj

er.g

ov.p

yAn

tigua

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rbud

a: M

inist

erio

de E

duca

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Dep

orte

s, Ju

vent

ud y

Géne

ro: h

ttp://

ww

w.ed

ucat

ion.

gov.a

g/

Page 36: Del Compromiso a la Acción: Políticas para Erradicar la

7170

Subr

egió

n

País

Eje

Expe

rienc

ia

prom

isoria

Desc

ripció

n

Más

info

rmac

ión

Subr

egió

n

País

Eje

Expe

rienc

ia

prom

isoria

Desc

ripció

n

Andi

naEc

uado

rSa

nció

nCr

eació

n de

uni

dade

s esp

ecia

lizad

as d

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lenc

ia co

ntra

las m

ujer

es y/

o de g

éner

o en

los s

ecto

res d

e seg

urid

ad y

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icia,

con

alca

nce n

acio

nal y

subn

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el

abor

ació

n de

pro

toco

los d

e act

uació

n en

el ám

bito

judi

cial.

El Có

digo

Org

ánico

de la

Func

ión

Judi

cial, a

prob

ado e

n el

año 2

009,

crea

los Ó

rgan

os de

Justi

cia Es

pecia

lizad

a, lo

s Juz

gado

s de V

iolen

cia co

ntra

la M

ujer

y la

Fam

ilia, lo

s Juz

gado

s de

Cont

rave

ncio

nes y

de Fa

milia

y lo

s Juz

gado

s de F

amilia

, Muj

er, N

iñez

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oles

cenc

ia qu

e ree

mpl

azan

a las

Com

isaría

s de l

a Muj

er y

la Fa

milia

. El C

onse

jo de

la Ju

dica

tura

en el

año

2013

creó

29 U

nida

des J

udici

ales d

e Vio

lencia

Cont

ra la

Muj

er y

la Fa

milia

, en

24 ca

nton

es de

19 pr

ovin

cias d

el pa

ís, y

en fe

brer

o de 2

014 p

one e

n fu

ncio

nam

iento

una n

ueva

unid

ad,

alcan

zand

o el n

úmer

o de 3

0. Es

tas u

nida

des j

udici

ales e

spec

ializa

das e

stán

inte

grad

as po

r 79 j

ueza

s y ju

eces

con

com

pete

ncia

cant

onal

y fun

ciona

mien

to de

scon

cent

rado

dent

ro de

la

circu

nscri

pció

n te

rrito

rial. E

n el r

esto

de ca

nton

es de

l país

se h

a esta

blec

ido u

na co

bertu

ra te

rrito

rial p

or su

brog

ació

n de

com

pete

ncias

, de a

cuer

do a

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tabl

ecid

o en

el CO

IP, de

ta

l man

era q

ue do

nde n

o exis

ten

juzg

ados

espe

cializ

ados

en vi

olen

cia, t

ienen

com

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ncia

para

aten

der l

as U

nida

des J

udici

ales d

e Fam

ilia, M

ujer

y Ni

ñez,

las un

idad

es co

ntra

ven-

ciona

les y

las un

idad

es m

ultic

ompe

tent

es. E

l sist

ema d

e jus

ticia

ecua

toria

no cu

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con

dive

rsos “

Prot

ocol

os pa

ra la

Ges

tión

judi

cial, a

ctua

ción

y valo

ració

n pe

ricial

en ca

sos d

e vio

lencia

cont

ra la

muj

er o

miem

bros

del n

úcleo

fam

iliar”,

apro

bado

s por

el Co

nsejo

de la

Judi

catu

ra co

n la

finali

dad d

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ar la

actu

ació

n de

toda

s las

unid

ades

judi

ciales

con

com

pete

ncias

para

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der e

ste ti

po de

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encia

. En

la Fis

calía

Gen

eral

del E

stado

se tr

abaja

en la

cons

trucc

ión

de pr

oces

os de

aten

ción

en pe

ritaje

inte

gral,

para

acor

tar l

os ti

empo

s de

l pro

ceso

y co

noce

r la m

ayor

cant

idad

de ex

pedi

ente

s, co

n la

finali

dad d

e evit

ar la

impu

nida

d. D

icha i

nstit

ució

n ha

crea

do un

idad

es es

pecia

lizad

as en

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encia

de gé

nero

, que

in

cluye

n el

abor

daje

de lo

s deli

tos d

e vio

lencia

intra

fam

iliar, d

elito

s sex

uales

, tra

ta, v

iolen

cia se

xual,

expl

otac

ión

sexu

al y p

orno

graf

ía. A

dem

ás, e

l Esta

do ec

uato

riano

cuen

ta co

n un

Sis

tem

a Nac

iona

l de P

rote

cció

n a V

íctim

as y

Testi

gos q

ue tr

abaja

con

una r

ed de

insti

tucio

nes p

úblic

as y

priva

das.

Min

ister

io d

e Jus

ticia

: ww

w.ju

stici

a.go

b.ec

Cent

roam

érica

Guat

emal

aSa

nció

nCr

eació

n de

uni

dade

s esp

ecia

lizad

as p

ara l

a ate

nció

n de

l fem

icidi

o en

el se

ctor

just

icia c

on al

canc

e nac

iona

l y d

epar

tam

enta

l

Para

el ac

ceso

a la

just

icia d

e las

víct

imas

/sob

reviv

ient

es se

crea

ron

Juzg

ados

de P

rimer

a Ins

tanc

ia Pe

nal d

e Del

itos d

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icidi

o y ot

ras f

orm

as d

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lenc

ia co

ntra

la M

ujer

y el

Tr

ibun

al d

e Sen

tenc

ia Pe

nal d

e Del

itos d

e Fem

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o y ot

ras f

orm

as d

e Vio

lenc

ia co

ntra

la M

ujer

en d

iverso

s dep

arta

men

tos d

e Gua

tem

ala.

Asim

ismo,

se cr

eó el

Cent

ro d

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stici

a de D

elito

s de F

emici

dio y

otra

s for

mas

de V

iole

ncia

cont

ra la

Muj

er, e

l cua

l alb

erga

a la

s jud

icatu

ras e

spec

ializ

adas

en es

ta m

ater

ia. L

a Cor

te Su

prem

a de J

ustic

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impl

emen

tó la

Sala

de l

a Cor

te d

e Ape

lacio

nes d

e Del

itos d

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icidi

o y ot

ras f

orm

as d

e Vio

lenc

ia co

ntra

la M

ujer

, la c

ual c

onoc

e en

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nda i

nsta

ncia

los c

asos

que

sean

re

miti

dos p

or el

Trib

unal

. Par

a el c

omba

te d

e la i

mpu

nida

d so

bre e

l fem

icidi

o y ot

ras f

orm

as d

e vio

lenc

ia co

ntra

la m

ujer

, el E

stado

gua

tem

alte

co h

a cre

ado l

os Ju

zgad

os d

e Pr

imer

a Ins

tanc

ia Pe

nal d

e Del

itos d

e Fem

icidi

o y ot

ras f

orm

as d

e Vio

lenc

ia co

ntra

la M

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y el

Trib

unal

de S

ente

ncia

Pena

l de D

elito

s de F

emici

dio y

otra

s for

mas

de V

iole

ncia

co

ntra

la M

ujer

en lo

s dep

arta

men

tos d

e Gua

tem

ala,

Chiq

uim

ula,

Que

tzal

tena

ngo,

los c

uale

s ent

raro

n en

func

iona

mie

nto e

l 24 d

e feb

rero

de 2

010

(Acu

erdo

1-2

010)

. La

Pres

iden

ta d

el O

rgan

ismo J

udici

al y

de la

Corte

Supr

ema d

e Jus

ticia

(CSJ

), in

augu

ró el

Cent

ro d

e Jus

ticia

de D

elito

s de F

emici

dio y

otra

s for

mas

de V

iole

ncia

cont

ra la

Muj

er, e

l cu

al al

berg

a a la

s jud

icatu

ras e

spec

ializ

adas

en es

ta m

ater

ia. A

simism

o, la

Corte

Supr

ema d

e Jus

ticia

(CSJ

), im

plem

entó

la Sa

la d

e la C

orte

de A

pela

cione

s de D

elito

s de

Fem

icidi

o y ot

ras f

orm

as d

e vio

lenc

ia co

ntra

la M

ujer

, la c

ual c

onoc

erá e

n se

gund

a ins

tanc

ia lo

s cas

os q

ue se

an re

miti

dos p

or el

Trib

unal

de l

a mism

a mat

eria

. El p

erso

nal q

ue

conf

orm

a est

a jud

icatu

ra h

a sid

o cap

acita

do y

sens

ibili

zado

par

a dar

una

aten

ción

inte

gral

y es

pecia

lizad

a, d

e igu

al fo

rma q

ue se

brin

da ac

tual

men

te en

el Ju

zgad

o y Tr

ibun

al

espe

cializ

ados

. El I

nstit

uto d

e Def

ensa

Púb

lica P

enal

(IDP

P), d

e con

form

idad

con

los a

rtícu

los 1

9 y 2

1 de

la le

y de l

a mat

eria

, en

la la

bor d

esar

rolla

da a

travé

s del

Pro

gram

a de

Asist

encia

Lega

l Gra

tuita

a M

ujer

es Ví

ctim

as d

e Vio

lenc

ia y

sus F

amili

ares

, est

á tra

baja

ndo p

ara a

umen

tar l

a con

cient

izació

n so

bre l

a vio

lenc

ia co

ntra

las m

ujer

es. E

n es

a lín

ea,

se h

an at

endi

do lo

s req

uerim

ient

os d

e asis

tenc

ia le

gal, g

ratu

ita y

con

perti

nenc

ia cu

ltura

l des

de su

inst

aura

ción,

en m

ás d

e 54,

383

caso

s de d

istin

tas á

reas

lega

les e

n re

clam

os

Más

info

rmac

ión

6.4

Exp

erie

nci

as p

rom

iso

rias

en

rel

ació

n c

on

el e

je d

e la

rep

arac

ión

de

la v

iole

nci

a co

ntr

a la

s m

uje

res

y/o

de

gén

ero

Subr

egió

n

Paíse

sEj

eEx

perie

ncia

pr

omiso

riaDe

scrip

ción

de d

istin

tos d

erec

hos,

de lo

s cua

les s

e han

conc

luid

o en

su to

talid

ad 4

4,48

0, q

ue re

pres

enta

el 8

4 %

del

tota

l de l

os ca

sos.

Al añ

o 201

5, el

Esta

do g

uate

mal

teco

cuen

ta co

n 10

se

des,

ubica

das e

n 8

de lo

s 22

depa

rtam

ento

s de l

a Rep

úblic

a de G

uate

mal

a. La

per

tinen

cia cu

ltura

l im

plica

el ac

ompa

ñam

ient

o ade

cuad

o de u

na ví

ctim

a que

se id

entifi

ca

com

o per

tene

cient

e a u

na et

nia,

que

requ

iere

inté

rpre

tes,

debi

endo

ser e

l per

sona

l cap

acita

do y

sens

ibili

zado

. En

gara

ntía

de e

llo, e

l IDP

P cu

enta

con

inté

rpre

tes q

ue h

abla

n y

entie

nden

13

de lo

s 22

idio

mas

may

as q

ue se

hab

lan

en G

uate

mal

a. A

simism

o, pr

omue

ve la

s rel

acio

nes d

e coo

rdin

ació

n co

n ot

ras i

nstit

ucio

nes c

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Page 38: Del Compromiso a la Acción: Políticas para Erradicar la

Del Comprom

iso a la Acción: Políticas para Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Am

érica Latina y el Caribe

7574

La violencia contra las mujeres es una grave violación de los derechos humanos, con re-percusiones negativas para las mujeres, sus familias y entornos y la comunidad que las rodea, constituyendo un impedimento al re-conocimiento y goce de todos sus derechos humanos, incluyendo el respeto a su vida e in-tegridad física, psíquica y moral (Convención Belém do Pará). A pesar de que 32 de los 33 países de la región han adherido y ratificado la Convención de Belém do Pará, su aplicación es muy desigual. La investigación ha podido constatar que 24 de los 33 países (73%) de la región cuentan exclusivamente con leyes ‘de primera generación’ (entre los cuales se encuentran todos los países del Caribe) que protegen los derechos de las víctimas/sobre-vivientes solamente frente al ejercicio de la violencia doméstica y/o violencia intrafamiliar y 9 de los 33 (27%) han sancionado leyes de ‘segunda generación’ que tipifican una variada gama de expresiones de violencia contra las mujeres tanto en el ámbito privado como en el ámbito público. Algunos países han encuadra-do en la legislación los nuevos contextos de criminalidad, como el narcotráfico o el ciber-crimen e incluso ‘nuevas’ expresiones como la violencia contra las mujeres en el marco de los conflictos armados, la violencia política o los crímenes perpetrados a través de ataques con ácido, entre tantas otras, y 16 países ya han ti-pificado penalmente la figura del femicidio o feminicidio.

Sin embargo, una ley que no se reglamenta es una forma de veto y un modo ‘silencioso’ del ejercicio de la violencia de parte del Es-tado, esta vez por omisión, al violar el propio Estado el principio que establece que los de-rechos y garantías no pueden ser negados ni limitados por la omisión o insuficiencia de la reglamentación y ésta no puede cercenarlos, con el agravante de que esta omisión impli-ca además bloquear la voluntad legislativa. En este sentido, además de impulsar reformas de

los marcos normativos, la Convención de Be-lém do Pará alienta a los Estados Parte a que adopten, por todos los medios posibles, y sin dilaciones, políticas que estén orientadas a la prevención, sanción y erradicación de la vio-lencia contra las mujeres (Capítulo III, Artículo 8°). Para cumplir con este mandato, los Esta-dos signatarios de la Convención de Belém do Pará han formulado políticas públicas y/o planes nacionales para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres con matices en la región. En este contexto, el es-tudio ha identificado 5 grupos de países de acuerdo con el tipo de violencia que aborda la política o el plan de acción nacional: a) Pla-nes de acción nacionales específicos de vio-lencia contra las mujeres; b) Planes de acción nacionales de violencia doméstica; c) Planes de acción nacionales de violencia de género; d) Políticas o planes nacionales que incluyen un componente específico para abordar la violencia contra las mujeres y e) Países que no cuentan con un plan de acción nacional de violencia contra las mujeres y/o de género.

Buenas noticias: entre 2013 y 2016, es decir en tan sólo tres años, la región pasó de contar con 24 países (72%) con políticas y/o planes nacio-nales, con independencia de si eran específicos para abordar la violencia contra las mujeres, a 31, lo que representa el 94% de la región. Tam-bién se observa un incremento en la cantidad de países que han aprobado oficialmente pla-nes de acción nacionales específicos de violen-cia contra las mujeres, pasando de 9 países en 2013 a 15 en 2016, es decir un 66% más que en 2013. Y el dato más significativo está relaciona-do con el número de países que carecen de un plan de acción nacional, independientemente de su tipo. En 2013, la cantidad de países en esta situación representaba casi el 30% del to-tal mientras que al 2016 este porcentaje se ha reducido al 6%, lo que significa una baja de casi el 80%. En 8 de los 33 países se han formula-do planes de acción nacionales para abordar la

7.Nudos y

oportunidades para implementar

las políticas de erradicación de la

violencia contra las mujeres

Page 39: Del Compromiso a la Acción: Políticas para Erradicar la

Del Comprom

iso a la Acción: Políticas para Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Am

érica Latina y el Caribe

7776

violencia de género (24%), todos ellos de la región del Caribe anglófono, y en 6 de los 33 países (18%) las estrategias de acción para enfrentar la violencia contra las mujeres y/o de género forman parte de un componente que se encuentra integrado a una política nacional o a un plan nacional de gé-nero, equidad e igualdad de género o de igualdad de oportunidades. Sólo 2 de los 33 países (6%) no cuentan con un plan de acción nacional para abordar la violencia contra las mujeres y/o de género aprobados oficialmente, ambos del Caribe anglófono. Finalmente, en cuanto a la consistencia entre instrumentos legales y políticas públicas, en 14 de los 31 países de la región que cuentan con un plan de acción nacional (independientemente de su tipo) se observa tal concordancia (45%) mientras que en 17 de los 31 países (55%), es decir poco más de la mitad de los casos, se requiere armonizar la legislación y las políticas públicas para alcanzar la consistencia entre ambos instrumentos. De todos modos, cabe señalar que tal armonización no es siempre una garantía, tal el caso de Costa Rica en donde existe apoyo en no promover cambios en la ley de femicidio, a pesar de sus limitaciones, por-que abrir ese debate posee un riesgo muy alto de retroceder en los logros alcanzados.

Sin embargo, a pesar de los avances mencionados, los Estados de la región siguen evidenciando algunos de los mismos nudos críticos que se observaban en 2013. Revisémoslos.

Nudo crítico 1: Necesidad de robustecer el liderazgo político de los mecanismos institucionales para el adelanto de las mujeres en los países de la región

Ya ha sido ampliamente difundido que para lograr revertir el crecimiento de la violencia contra las mujeres los Estados deben estar presentes y ser fuertes, es decir, se requiere de una gestión pública eficaz y eficiente. Para ello, los Mecanismos Institucionales para el Adelanto de las Mujeres deben poseer el suficiente liderazgo que les permita lograr acuerdos políticos para agenciar más recursos presupuestarios y para hacer frente a las resistencias culturales patriarcales y violentas que están anquilosadas en las estructuras del Estado. La responsabilidad de la implementación efectiva de legislación y políticas de violencia contra las mujeres no solo es del mecanismo para el adelanto de las mujeres, pero una alta jerarquía institucional del mismo sin duda ayuda a articular las respuestas sectoriales al tema que competen a las diferentes instituciones. La situación es particularmente seria entre los países del Caribe, y en especial entre los países del Caribe anglófono, que representan la mayoría de los MAM con baja jerarquía institucional. Tal como se pudo comprobar en el estudio, existe una correlación estadísticamente significativa entre la baja jerarquía institucional de los MAM del Caribe, su capacidad institucional limitada y la ausencia de mecanismos de articulación inte-rinstitucionales para enfrentar la violencia contra las mujeres de manera coordinada, además de políticas públicas que no guardan consistencia con los instrumentos legislativos, muchos de ellos suspendidos en el tiempo.

La experiencia regional señala que los Estados con MAM fortalecidos han creado mecanismos de articulación interinstitucionales que están integrados por organismos con alto nivel de jerarquía institucional, lo que les ha permitido contar con aliados estratégicos para aprobar más expedita-mente las leyes y políticas y/o planes nacionales, fortalecer el entramado institucional de género y han abierto canales de diálogo con la sociedad civil, en especial con las organizaciones de mujeres, para identificar sus necesidades, compartir las buenas prácticas, ideas innovadoras, escuchar sus propuestas y establecer vínculos duraderos para transformar sus demandas en respuestas efectivas.

Nudo crítico 2: Recursos presupuestarios insuficientes para la implementación de las políticas y/o planes nacionales para abordar la violencia contra las mujeres y/o de género

Uno de los grandes obstáculos identificados en 2013 hacía referencia a la insuficiente asigna-ción de recursos presupuestarios para la formu-lación e implementación de las políticas y/o pla-nes nacionales y para la reglamentación de las leyes. Con la escasa información en materia pre-supuestaria que brindaban las fuentes oficiales en 2013, se pudo concluir en ese entonces que los países de la región no contaban con parti-das presupuestarias específicas para abordar la violencia contra las mujeres, situación que se agravaba aún más si se consideraban los reduci-dos presupuestos asignados a los MAM, cuando éstos eran visibilizados. Desafortunadamente, el cuadro de situación no se ha modificado desde 2013: la información sigue siendo muy escasa, las fuentes de financiamiento para la implemen-tación de las políticas y/o planes para abordar la violencia contra las mujeres siguen siendo los escasos recursos públicos asignados a los orga-nismos rectores (MAM) o, en algunos casos ais-lados, a los organismos que participan de la ruta crítica. La gran mayoría de los países de la región no etiquetan recursos públicos específicos para la implementación de las políticas y/o planes nacionales para abordar la violencia contra las mujeres. Otro cuello de botella está relacionado con la escasa coordinación entre los donantes y el impacto de sus inversiones en la materia, las cuales están basadas en prioridades de política exterior y no en las necesidades principales de las mujeres y las niñas.

Este estudio ha reconocido al menos dos expe-riencias promisorias en materia de asignación de recursos públicos para el combate del flage-lo. La primera corresponde a México, en donde los recursos para ejecutar el Plan Nacional de

Desarrollo (2013-2018) están contemplados en el Presupuesto de Egresos de la Federación. El ejercicio fiscal 2015 incluye programas presu-puestales en las distintas dependencias y ám-bitos de la Administración Pública Federal, que son evaluados y medidos por su contribución a la igualdad de género. La segunda práctica promisoria corresponde al Estado Plurinacional de Bolivia en donde la Ley No 348 determina los roles de las distintas instancias e institucio-nes que participan de su implementación y que deben modificar sus presupuestos y des-tinar fondos específicos para su aplicación. El Decreto Supremo No 2145, que reglamenta la Ley integral No 348, asigna un porcentaje (30% el primer año y 10% a partir del segundo) de los recursos de Seguridad Ciudadana de los Gobiernos Autónomos Departamentales para la construcción y equipamiento de las casas de acogida y refugios temporales para mujeres en situación de violencia y los Gobiernos Autóno-mos Municipales establecen un porcentaje (en-tre 25% y 30% dependiendo de la cantidad de habitantes) para financiar infraestructura equi-pamiento, mantenimiento y atención de los Servicios Legales Integrales Municipales para la atención de la violencia contra las mujeres.

Nudo crítico 3: Debilidad en la continuidad de las políticas y/o planes nacionales y respuesta institucional fragmentada

Además de la falta de presupuesto, los MAM padecen de una alta tasa de rotación de las autoridades a cargo, lo cual tiene un efecto ne-gativo sobre la continuidad y sostenibilidad de las políticas y programas. En este sentido, es re-comendable iniciar un debate profundo en los ámbitos sociales y parlamentarios para que la lucha contra la violencia hacia las mujeres no sea sólo una política del gobierno de turno, va-riable de acuerdo con la plataforma política y el perfil ideológico oficialista, sino antes bien, y si-guiendo el ejemplo de Ecuador, que sea elevada

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cíficas, entre otras desventajas. Para contrarrestar la actual debilidad en los sistemas de medición, en algunos países se ha avanzado en la incorporación de un módulo específico sobre violencia contra las mujeres en otras encuestas de acogida, como las Encuestas Demográficas y de Salud (DHS, por sus siglas en inglés), seguridad ciudadana, victimización, etc. a un menor costo que las encuestas especializadas (México, Ecuador). Asimismo, en algunos países se hace un aprovecha-miento de los registros administrativos a través de la aplicación de manera rigurosa de procedi-mientos estadísticos como las encuestas basadas en registros (Argentina).

Un ejemplo de práctica promisoria en este ámbito es la de Ecuador. Una de las metas del Plan Na-cional para la Erradicación de la Violencia de Género hacia la Niñez, Adolescencia y Mujeres es “De-sarrollar sistemáticamente información, cualitativa (...) que permita contar y proveer de datos confiables a la institucionalidad pública y privada y que sirva como sustento para la toma de decisiones y para la elaboración e implementación de políticas (...)”. Para alcanzar esta meta, en 2012, diferentes sectores estatales participaron del diseño y aplicación de la Encuesta Nacional de Relaciones Familiares y Violencia de Género contra las Mujeres, encuesta especializada para la medición de la violencia contra las mujeres, cuyo antecedente es la Encuesta Demográfica y de Salud Materna e Infantil, ejecutada en 2004 por el Centro de Estudios de Población y Desarrollo Social (CEPAR) y conocida localmente con las siglas ENDEMAIN48. Otra práctica promisoria es la del Perú a través de la crea-ción del Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público – Fiscalía de la Nación del Perú (Véase el apartado 6.4 Experiencias promisorias de reparación de la violencia contra las mujeres y/o de género).

Nudo crítico 5: Persistencia de patrones culturales patriarcales que naturalizan la violencia contra las mujeres

Finalmente, la región sigue sufriendo la persistencia de patrones culturales patriarcales, los cuales están fundados en las relaciones de desigualdad e inequidad entre hombres y mujeres, enrai-zadas históricamente en tradiciones, costumbres, religiones, mandatos, sistemas de creencias y construcciones simbólicas, entre otros factores. En el plano político, el sistema patriarcal respon-de a una “toma de poder” histórica por parte de los hombres, que ha impactado sobre la gestión de las políticas públicas que abordan las cuestiones de género en general y de violencia contra las mujeres en particular. Existe consenso entre las informantes clave de los MAM de los países con quienes se ha establecido diálogo en que prevalece cierta “sensación de indiferencia” por parte de las cúpulas políticas quienes le restan importancia a las demandas de género al no incorporarlas en las agendas políticas. Esta invisibilización del fenómeno de la violencia contra las mujeres tiene un solo efecto no deseado: lo naturaliza. Un claro indicador de esta situación es la baja asignación de recursos presupuestarios para financiar el mandato de los MAM, como se ha mencionado. En este sentido, sigue haciendo falta en la región un debate profundo desde los Estados y la sociedad civil en torno a la necesidad de una transformación social para abordar seriamente el flagelo de violencia contra las mujeres y su relación con la universalidad de los de-rechos y la no discriminación.

a política de Estado con rango constitucional. En este sentido, la meta de erradicar la violen-cia contra las mujeres debe ser independiente de la alternancia política, debiéndose adecuar a las demandas sociales de cada época, forman-do siempre parte de la agenda gubernamental bajo el liderazgo de los MAM y con el apoyo de todos los sectores gubernamentales47, quienes son corresponsables del diseño y ejecución de las políticas públicas orientadas a la eliminación del flagelo. Por otro lado, si bien algunos países de la región han logrado avanzar en la sanción de leyes de segunda generación, aún son mu-chos los países que no han sancionado legis-lación que tipifique las diversas expresiones de violencia contra las mujeres tanto en el ámbito privado como en el ámbito público desde una perspectiva integral e inclusiva. En este sentido, los países de la región deben redoblar los es-fuerzos para incidir sobre legisladores/as, fun-cionarios/as, juristas y medios de comunicación para construir agendas legislativas adaptadas a los nuevos contextos de criminalidad y con es-pecial énfasis en las necesidades y requerimien-tos específicos de las mujeres que se encuen-tran en una situación de mayor vulnerabilidad social: mujeres indígenas, mujeres afrodescen-dientes, mujeres que integran minorías étnicas y religiosas, las niñas y adolescentes, las muje-res adultas mayores, las mujeres que viven con VIH/SIDA, las mujeres migrantes o refugiadas, las mujeres lesbianas, transexuales y transgéne-ro, entre otras. Este tránsito es posible pero se deben desafiar los grupos más conservadores y resistentes al cambio. Y para ello, es primordial contar con aliados políticos y sociales y apro-vechar las “ventanas de oportunidad” que se abren en momentos de gobiernos progresistas y con mayorías parlamentarias a favor del cam-bio para colar las propuestas reformistas.

Nudo crítico 4: Sistemas de información y medición de la violencia contra las mujeres

Otro grave problema en la región es la falta de medición confiable, sistemática y periódica de la prevalencia e incidencia de la violencia contra las mujeres. Las encuestas especializa-das para medir la violencia contra las mujeres no son utilizadas suficientemente en la región, a excepción de algunos países, como ha sido destacado entre las prácticas promisorias iden-tificadas, y esto debido principalmente a su ele-vado costo, a pesar de ser uno de los métodos más efectivos y confiables de medición. Pero el problema no es sólo el costo, sino también el hecho de que la medición de la violencia con-tra las mujeres no forma parte de las funciones y responsabilidades de los Institutos Nacional de Estadísticas, que son los responsables de levantar información en los niveles nacionales. En este sentido, se debe fortalecer el uso de las Directrices para la producción de estadísticas sobre la violencia contra la mujer: Encuestas esta-dísticas (Departamento de Asuntos Económicos y Sociales División de Estadística de Naciones Uni-das, 2014) y el trabajo intersectorial con los Ins-titutos Nacionales de Estadísticas para avanzar en esta materia. No hay posibilidades de dise-ñar seriamente políticas públicas ni proponer proyectos legislativos que se correspondan con las necesidades de la sociedad si no se cuenta con datos estadísticos confiables. Alternativa-mente, los países de la región utilizan registros administrativos. Sin embargo, éstos no miden la incidencia de la violencia contra las mujeres y por lo tanto no permiten conocer la verdadera dimensión del problema ya que los datos que recaba cada servicio responden a necesidades, objetivos institucionales y competencias espe-

..................47. “Essential Services Package for Women and Girls Subject to Violence Core Elements and Quality Guidelines”. United Nations Entity for Gender Equality and the Empower-ment of Women (UN Women); World Health Organization (WHO); United Nations Population Fund (UNFPA); United Nations Development Programme (UNDP); United Nations Office on Drugs and Crime (UNODC). Para leer la publicación en línea, véase: http://www.unwomen.org/en/digital-library/publications/2015/12/essential- services-package-for-women-and-girls-subject-to-violence#sthash.Ulg3XofZ.dpuf

..................48. La ENDEMAIN forma parte del estudio comparativo realizado por la OPS y el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades de los Estados Unidos. “Violencia contra las mujeres en América Latina y el Caribe: Análisis comprarativo de datos poblacionales de 12 países”. Washington, DC. OPS, 2014.

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Existe consenso entre las funcionarias entrevistadas tanto en 2013 como en 2016 en que la clave para generar las condiciones sociales para una vida libre de violencia contra las mujeres recae en la educación y en profundizar el eje de la prevención, y esto incluye trabajar con hombres y niños para prevenir la violencia contra las mujeres, tal como proponen los ODS 2016. Como se ha evidenciado, en los países de la región existen experiencias promisorias en materia de prevención, como por ejemplo el diseño de programas de educación para la transformación de los patrones culturales pa-triarcales y basados en estereotipos sexistas; las adaptaciones de los contenidos curriculares, imáge-nes, símbolos y mensajes sexistas, discriminatorios y que promueven la violencia contra las mujeres en los libros de texto y en los materiales de enseñanza, las campañas de prevención, sensibiliza-ción, difusión, promoción, toma de conciencia y/o divulgación de la violencia contra las mujeres buscando incluir en los mensajes a los grupos tradicionalmente excluidos de mujeres y en algu-nos países traducidas a las lenguas de los pueblos originarios (Honduras, Guatemala, Paraguay), adoptando los enfoques de interculturalidad, igualdad y equidad de género y no discriminación. Sin embargo, y en línea con lo planteado en un reciente informe regional de ONU Mujeres y UNICEF sobre prevención de la violencia contra las mujeres y las niñas en el contexto educativo, se requiere de un esfuerzo adicional, tanto en materia de armonización legislativa, políticas educati-vas, estrategias educativas específicas, medidas de protección y sanción, investigación, estadística y evaluación, así como del fortalecimiento de la coordinación interinstitucional e intersectorial49.

Es clave avanzar entonces en estrategias encaminadas a derribar las resistencias de grupos socia-les conservadores y que los MAM participen en las comisiones parlamentarias para incidir en que se legisle a favor de los temas tradicionalmente invisibilizados. Para este cometido es importante que los equipos técnicos de los MAM junto con los/las “aliados/as del cambio” creen un mapa de las organizaciones sociales y actores públicos estatales y no estatales resistentes al cambio; formulen propuestas basadas en argumentos convincentes para incidir sobre los actores más resistentes como los costos de la violencia (Véase “Los costos empresariales de la violencia contra las mujeres en Paraguay”. Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit (GIZ) GmbH, Pro-grama Regional ComVoMujer y Red del Pacto Global de las Naciones Unidas en Paraguay y PNUD, 2015 en Experiencias promisorias en el apartado 6.1 Experiencias promisorias en relación con el eje de la prevención de la violencia contra las mujeres y/o de género); diseñen e implementen acciones de sensibilización y concientización dirigidas a los grupos conservadores para legitimar los discursos; y que se abran espacios de diálogo para “quitar los velos” que esconden posiciones fundadas en la desigualdad, inequidad y discriminación que han naturalizado la violencia contra las mujeres en los países de la región.

..................49. La prevención de la violencia contra las mujeres y las niñas en el contexto educativo. Prácticas promisorias en 14 países de América Latina y el Caribe. Documento de trabajo. Campaña del Secretario General de las Naciones Unidas para poner Fin a la Violencia contra las Mujeres. ONU Mujeres, UNICEF. 2015.

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8.Bibliografía

8.1. Políticas y/o planes nacionales para abordar la violencia contra las mujeres y/o de género consultados, según país

Política y/o plan nacional para abordar la violencia contra las mujeres y/o de géneroSegundo Plan Nacional de Lucha contra la Violencia contra las Mujeres (2012-2016)(Plan National de lutte contre la violence faite aux femmes 2012-2016)a) II Plan Nacional de Igualdad y Equidad de Género (PLANEG II) (2006-2016)b) Plan Estratégico para la Prevención, Detección, Atención y Sanción a la Violencia contra las Mujeres e Intrafamiliar (2011-2016)Plan Nacional de Atención y Prevención de la Violencia contra las Mujeres en las Relaciones de Pareja y Familiares por Hostigamiento Sexual y Violación (PLANOVI Mujer 2010-2015)a) Política Nacional para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2014-2015) b) Plan de Acción de la Política Nacional para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2014-2015)Plan Nacional de Prevención y Erradicación de la Violencia Intrafamiliar y contra las Mujeres (PLANOVI) (2004-2014)Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer (2013-2022)a) Plan Nacional de Desarrollo (2007-2012)b) Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (2010-2012)c) Plan Nacional de Desarrollo (2013-2018)d) Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y No Discriminación contra las Mujeres (2013-2018)e) Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (2014-2018)f) Programa Nacional para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos (2014-2018)i) Programa Nacional de Derechos Humanos (2013-2018)Política Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las MujeresPlan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres (2014-2016)a) Segundo Pacto Nacional para Enfrentar la Violencia Contra la Mujer (2012-2015)b) Programa Mujer Vivir Sin Violencia (Mulher, Viver sem Violência)Plan de Acción Nacional para la Prevención de la Violencia Intrafamiliar (2012-2013) Plan Nacional de Acción en Violencia contra las Mujeres (2014-2018)a) Política Pública Nacional de Equidad de Génerob) Plan Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencias (CONPES 161) (2012-2022)Plan Nacional para la Erradicación de la Violencia de Género hacia la Niñez, Adolescencia y Mujeres (2008) a) Plan Nacional de Desarrollo (2013-2018)b) Política Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (2009-2015)a) Política Nacional para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2014-2015)b) Plan de Acción de la Política Nacional para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2014-2015)c) Plan de Nacional de Acción contra la Violencia hacia la Mujer, Niña, Niño y Adolescente.Plan de Acción Estratégico para Erradicar la Violencia de Género (2010-2015) (Strategic Action Plan to End Gender-Based Violence 2010-2015)Plan Estratégico Nacional de Bahamas para Abordar la Violencia Basada en el Género (The Bahamas National Strategic Plan to Address Gender-Based Violence)

Segundo Plan Nacional de Lucha contra la Violencia contra las Mujeres (2012-2016)(Plan National de lutte contre la violence faite aux femmes 2012-2016)

Plan Nacional de Atención y Prevención de la Violencia contra las Mujeres en las Relaciones de Pareja y Familiares por Hostigamiento Sexual y Violación (PLANOVI Mujer 2010-2015)

Plan Nacional de Prevención y Erradicación de la Violencia Intrafamiliar y contra las Mujeres(PLANOVI) (2004-2014)

a) Segundo Pacto Nacional para Enfrentar la Violencia Contra la Mujer (2012-2015)b) Programa Mujer Vivir Sin Violencia (Mulher, Viver sem Violência)

a) Política Pública Nacional de Equidad de Génerob) Plan Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencias (CONPES 161) (2012-2022)

a) Plan Nacional de Desarrollo (2013-2018)b) Política Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (2009-2015)

Plan de Acción Estratégico para Erradicar la Violencia de Género (2010-2015) (Strategic Action Plan to End Gender-Based Violence 2010-2015)

a) Plan Nacional de Desarrollo (2007-2012)b) Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (2010-2012)c) Plan Nacional de Desarrollo (2013-2018)d) Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y No Discriminación contra las Mujeres (2013-2018)e) Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (2014-2018)f) Programa Nacional para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos (2014-2018)i) Programa Nacional de Derechos Humanos (2013-2018)Política Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres

PaísHaití

República Dominicana

Costa Rica

El Salvador

Guatemala

HondurasMéxico

Argentina

Brasil

Chile

Colombia

Ecuador

Perú

Nicaragua

Antigua y BarbudaBahamas

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Política y/o plan nacional para abordar la violencia contra las mujeres y/o de géneroa) Política Nacional de Igualdad de Género (2011-2015)b) Plan Nacional de Desarrollo (2009-2030)c) Plan Nacional de Acción Estratégica para Eliminar la Violencia Basada en el Género en Jamaica (2011) (National Strategic Action Plan to Eliminate Gender-Based Violence in Jamaica 2011)Plan de Acción Nacional de Violencia Basada en el Género (2015-2018) (National Gender-Based Violence Action Plan 2015-2018)Plan de Acción Nacional para Erradicar la Violencia Basada en el Género en Granada (The National Strategic Action Plan to End Gender-Based Violence in Grenada) – Key Elements.Segundo Plan de Acción Nacional sobre Violencia de Género (2010-2013) (National Gender- Based Violence Plan of Action 2010-2013)Plan de Acción Multisectorial en Violencia Sexual y Violencia Basada en Género (The Multisectoral Action Plan on Sexual and Gender Based Violence) (2011).Política Nacional de Violencia Doméstica (2008-2013) (National Policy on Domestic Violence 2008-2013)Plan de Acción Nacional para la Implementación de las Leyes de Delitos Sexuales y ViolenciaDoméstica (2014-2017) en proceso de formulación y/o aprobación oficial.a) Plan Nacional Contra la Violencia Doméstica y Políticas de Convivencia Ciudadana (2004- 2014)b) Plan Nacional Contra la Violencia Doméstica y Políticas de Convivencia Ciudadana (2014- 2024) en proceso de formulacióna) Plan Nacional de Lucha contra la Violencia Doméstica (2004-2010)b) Segundo Plan Nacional de Lucha contra la Violencia Doméstica (2016-2021) en proceso deformulacióna) Plan de Acción Integral de Género (Integrated Gender Action Plan 2006-2010)b) Plan Sectorial de Protección Legal y Seguridad (2006-2010) (Legal Protection and SecurityPlan 2006-2010)Plan de Politica Nacional: Enfoque Estructural sobre Violencia Domestica (2014-2017) (National Policy Plan Structural Approach Domestic Violence 2014-2017)Política Nacional y el Plan de Acción para la Equidad e Igualdad de Género (National Policy and Action Plan on Gender Equity and Equality)Plan de Acción Nacional de Seguimiento a la IV Conferencia de la ONU sobre la Mujer (PAN)a) Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres (2008-2017)b) Política “Paraguay para Todos y Todas: Propuesta de Política Pública para el Desarrollo Social (2010-2020)”c) Plan Nacional de Salud Sexual y Reproductiva (2009-2013)d) Programa Nacional para la Prevención y la Atención Integral de Mujeres, Niñas, Niños y Adolescen-tes en Situación de Violencia Basada en Género, Doméstica e Intrafamiliar (2010- 2015)e) Plan Nacional de Desarrollo “Paraguay 2030”a) Programa Nacional de Lucha contra la Violencia en Razón de Género (2009-2020)b) Plan Nacional para la Igualdad de Oportunidades: ‘Mujeres Construyendo la nueva Bolivia para Vivir Bien’ (2009-2020)c) Plan Nacional contra la Violencia Hacia la Mujer (2013-2022)Plan Nacional Socialista sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia (2010- 2013)Plan para la Igualdad de Género “Mamá Rosa” (2013-2019)Plan Nacional de Acción contra el VIH/sida (2008-2013) (National Action Plan against HIV/AIDS 2008-2013).

a) Política Nacional de Igualdad de Género (2011-2015)b) Plan Nacional de Desarrollo (2009-2030)c) Plan Nacional de Acción Estratégica para Eliminar la Violencia Basada en el Género en Jamaica (2011) (National Strategic Action Plan to Eliminate Gender-Based Violence in Jamaica 2011)

Plan de Acción Nacional para Erradicar la Violencia Basada en el Género en Granada (The National Strategic Action Plan to End Gender-Based Violence in Grenada) – Key Elements.

Plan de Acción Multisectorial en Violencia Sexual y Violencia Basada en Género (The Multisectoral Action Plan on Sexual and Gender Based Violence) (2011).

Plan de Acción Nacional de Seguimiento a la IV Conferencia de la ONU sobre la Mujer (PAN)

a) Programa Nacional de Lucha contra la Violencia en Razón de Género (2009-2020)b) Plan Nacional para la Igualdad de Oportunidades: ‘Mujeres Construyendo la nueva Bolivia para Vivir Bien’ (2009-2020)c) Plan Nacional contra la Violencia Hacia la Mujer (2013-2022)

Plan Nacional de Acción contra el VIH/sida (2008-2013) (National Action Plan against HIV/AIDS 2008-2013).

a) Plan Nacional Contra la Violencia Doméstica y Políticas de Convivencia Ciudadana (2004- 2014)b) Plan Nacional Contra la Violencia Doméstica y Políticas de Convivencia Ciudadana (2014- 2024) enproceso de formulación

a) Plan de Acción Integral de Género (Integrated Gender Action Plan 2006-2010)b) Plan Sectorial de Protección Legal y Seguridad (2006-2010) (Legal Protection and SecurityPlan 2006-2010)Plan de Politica Nacional: Enfoque Estructural sobre Violencia Domestica (2014-2017) (National Policy Plan Structural Approach Domestic Violence 2014-2017)

PaísJamaica

Saint Vincent and Granadines

Granada

Belice

Saint Kitts and Nevis

Guyana

Panamá

Uruguay

Surinam

Dominica

CubaParaguay

Est. Plur. de Bolivia

Rep. Bol. de VenezuelaBarbados

Nota: Para conocer los instrumentos legales de cada país consultados, véanse las Tablas 2, 3, 4 y 5 ut supra.

8.2 Documentos consultados

Acuña C. y Repetto F. (2001), “Marco de análisis de las políticas sociales”, Proyecto sobre Políti-cas Sociales en América Latina CEDI-BID, Bue-nos Aires, Argentina.

Benavente Riquelme, María Cristina y Barrien-tos, Alejandra Valdés, “Políticas públicas para la igualdad de género: un aporte a la auto-nomía de las mujeres”, Libros de la CEPAL, N° 130 (LC/G.2620-P), Santiago de Chile, Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), 2014

CEDAW, Recomendación General No 19: La Vio-lencia Contra La Mujer. 11o período de sesiones (29/01/1992).

Convención Interamericana para Prevenir, San-cionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belém do Para” suscripta en Belem do Pará en la Republica Federativa del Brasil, el 9 de junio de 1994.

El Progreso de las Mujeres en el Mundo. En busca de la Justicia (2011-2012). ONU Mujeres, 2011.

Essayag, Sebastián E. “El Compromiso de los Es-tados: Planes Nacionales y Políticas para Erradi-car la Violencia contra las Mujeres” (PNUD, ONU Mujeres, 2013).

Essayag, Sebastián E. Mapeo de políticas públi-cas y/o planes nacionales que abordan la vio-lencia contra las mujeres en América Latina y el Caribe. Área de Género del Centro Regional del PNUD para América Latina y el Caribe - ONU Mujeres, 2013. (documento interno de trabajo).

Essayag, Sebastián E. Mapeo de políticas públi-cas y/o planes nacionales que abordan la vio-lencia contra las mujeres en América Latina y el

Caribe en el marco de la presente Investigación Regional. Área de Género del Centro Regional del PNUD para América Latina y el Caribe - ONU Mujeres, 2016. (documento interno de trabajo).

Essential Services Package for Women and Girls Subject to Violence Core Elements and Quality Gui-delines. United Nations Entity for Gender Equali-ty and the Empowerment of Women (UN Wo-men); World Health Organization (WHO); United Nations Population Fund (UNFPA); United Na-tions Development Programme (UNDP); United Nations Office on Drugs and Crime (UNODC).

Estimaciones mundiales y regionales de la vio-lencia contra la mujer: prevalencia y efectos de la violencia conyugal y de la violencia sexual no conyugal en la salud (OMS, 2013).

Guzmán, Virginia. “La institucionalidad de Géne-ro en el Estado: nuevas perspectivas de análisis”. CEPAL, Santiago de Chile, 2001.

Handbook for National Action Plans on Violence Against Women. (UN Women, New York 2011)

La regulación del delito de femicidio y femini-cidio en América Latina (Campaña del Secreta-rio General “UNETE para poner fin a la violencia contra las mujeres” (sin fecha).

Segundo Informe Hemisférico del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará sobre la Implementación de la Convención de Belém do Pará. (OEA, 2012).

The Committee on the Elimination of Discrimina-tion against Women (CEDAW) - Office of the Uni-ted Nations High Commissioner for Human Rights.

Violencia contra las mujeres en América Lati-na y el Caribe: Análisis comparativo de datos poblacionales de 12 países. Washington, DC : OPS, 2014.

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8.3 Bases de datos y sitios de internet consultados

Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe de la CEPAL:http://www.cepal.org/oig/

Base de datos del Secretario General sobre Violencia contra la Mujer: http://sgdatabase.unwomen.org (secciones de “Búsqueda Avanzada” y “Páginas de los Estados”).

Campaña del Secretario General de las Naciones Unidas “ÚNETE para poner Fin a la Violencia contra las Mujeres”: Sitio de “América Latina Genera”: www.americalatinagenera.org Sección “Feria de Co-nocimiento. Avances legislativos, políticos y jurídicos”.

Centro Virtual de Conocimiento para Poner Fin a la Violencia contra las Mujeres y las Niñas de ONU Mujeres: http://www.endvawnow.org (Secciones de “Módulo de Legislación” y de “Iniciati-vas Principales”).

Portal de UN Women Caribbean Office - Strengthening State Accountability and Community Ac-tion for Ending Gender-Based Violence in the Caribbean: http://www.unifemcar.org

Portal de UN Women - http://www.unwomen.org/es

Division for Sustainable Development. Department of Economic and Social Affairs. United NationsSecretariat Building - https://sustainabledevelopment.un.org/

8.4 Sitios de internet de los mecanismos institucionales para el adelanto de la mujer consultados entre el 17/10/2015 y el 17/01/2016, por país

País

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El PNUD se asocia con la gente en todos los niveles de la sociedad para ayudar a construir naciones que puedan soportar las crisis, impulsar y sostener el tipo de crecimiento que mejora la calidad de vida para todos y todas. Ofrecemos una perspectiva global y conocimiento local sobre el terreno en más de 170 países y territorios, para ayudar a potenciar vidas y construir naciones resilientes.

ONU Mujeres es la organización de las Naciones Unidas dedicada a promover la igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres. Como defensora mundial de mujeres y niñas, ONU Mujeres fue establecida para acelerar el progreso que conllevará a mejorar las condiciones de vida de las mujeres y para responder a las necesidades que enfrentan en el mundo. ONU Mujeres apoya a los Estados miembros de Naciones Unidas en el establecimiento de normas globales para lograr la igualdad de género y trabaja con gobiernos y sociedad civil para diseñar las leyes, políticas, programas y servicios necesarios para implementar esas normas. Se sitúa detrás de la participación igualitaria de las mujeres en todos los aspectos de la vida, enfocándose en cinco áreas prioritarias: aumento de la participación y liderazgo de las mujeres; eliminación de la violencia contra las mujeres; involucrar a las mujeres en todos los aspectos de los procesos de paz y seguridad; impulsar el empoderamiento económico de las mujeres; y situar la igualdad de género en el centro en la planificación nacional del desarrollo y de los presupuestos. ONU Mujeres también coordina y promueve el trabajo del Sistema de Naciones Unidas de fomento de la igualdad de género.

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Del Compromiso a la Acción: Políticas para Erradicar la Violencia contra las Mujeres América Latina y el Caribe Documento de análisis regional

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