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SEÑORA DIRECTORA DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LIMA METROPOLITANA. IRMA MARINA HERNANDEZ SOTELO, con documento de identidad Nº 09051086, domiciliado en la Calle N°55-Mazana A3- Lote30, Urbanización el “Pinar” -Distrito de Comas - Provincia y Departamento de Lima; a usted expongo: Que, en uso de mi derecho facultado por el Art. 2 numeral 20 de la Carta Magna, en concordancia del Art. Nº 106.1º de la ley 27444, y conforme dispone el artículo 158.1º (QUEJA POR DEFECTO DE TRAMITACIÓN) y seguidos de la misma Ley prescrita expongo lo siguiente: PETITORIO : a) Queja por defectos de tramitación 1 , PARALIZACIÓN del expediente N°0027735-2015 de fecha 10/00/2015 contra: * Gladys Jesús Colca Ccahuana Directora Titular UGEL.04, Jefe de Asesoría Jurídica. b) Pretensión principal: Declarar fundada la queja por defecto de tramitación. 1 ARTÍCULO 158° QUEJA POR DEFECTOS DE TRAMITACIÓN 158.1 En cualquier momento, los administrados pueden formular queja contra los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización , infracción de los plazos establecidos legalmente, incumplimiento de los deberes funcionales u omisión de trámites que deben ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto en la instancia respectiva. 158.2 La queja se presenta ante el superior jerárquico de la autoridad que tramita el procedimiento, citándose el deber infringido y la norma que lo exige. La autoridad superior resuelve la queja dentro de los tres días siguientes, previo traslado al quejado, a fin de que pueda presentar el informe que estime conveniente al día siguiente de solicitado. 158.3 En ningún caso se suspenderá la tramitación del procedimiento en que se haya presentado queja, y la resolución será irrecurrible. 158.4 La autoridad que conoce de la queja puede disponer motivadamente que otro funcionario de similar jerarquía al quejado, asuma el conocimiento del asunto. 158.5 En caso de declararse fundada la queja, se dictarán las medidas correctivas pertinentes respecto del procedimiento, y en la misma resolución se dispondrá el inicio de las actuaciones necesarias para sancionar al responsable ( el subrayado es nuestro)

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SEORA DIRECTORA DE LA DIRECCIN REGIONAL DE EDUCACIN DE LIMA METROPOLITANA.IRMA MARINA HERNANDEZ SOTELO, con documento de identidad N 09051086, domiciliado en la Calle N55-Mazana A3-Lote30, Urbanizacin el Pinar -Distrito de Comas - Provincia y Departamento de Lima; a usted expongo: Que, en uso de mi derecho facultado por el Art. 2 numeral 20 de la Carta Magna, en concordancia del Art. N 106.1 de la ley 27444, y conforme dispone el artculo 158.1 (QUEJA POR DEFECTO DE TRAMITACIN) y seguidos de la misma Ley prescrita expongo lo siguiente:PETITORIO:a) Queja por defectos de tramitacin[footnoteRef:1], PARALIZACIN del expediente N0027735-2015 de fecha 10/00/2015 contra: [1: ARTCULO 158QUEJA POR DEFECTOS DE TRAMITACINEn cualquier momento, los administrados pueden formular queja contra los defectos de tramitacin y, en especial, los que supongan paralizacin, infraccin de los plazos establecidos legalmente, incumplimiento de los deberes funcionales u omisin de trmites que deben ser subsanados antes de la resolucin definitiva del asunto en la instancia respectiva.La queja se presenta ante el superior jerrquico de la autoridad que tramita el procedimiento, citndose el deber infringido y la norma que lo exige. La autoridad superior resuelve la queja dentro de los tres das siguientes, previo traslado al quejado, a fin de que pueda presentar el informe que estime conveniente al da siguiente de solicitado.En ningn caso se suspender la tramitacin del procedimiento en que se haya presentado queja, y la resolucin ser irrecurrible.La autoridad que conoce de la queja puede disponer motivadamente que otro funcionario de similar jerarqua al quejado, asuma el conocimiento del asunto.En caso de declararse fundada la queja, se dictarn las medidas correctivas pertinentes respecto del procedimiento, y en la misma resolucin se dispondr el inicio de las actuaciones necesarias para sancionar al responsable ( el subrayado es nuestro)]

* Gladys Jess Colca Ccahuana Directora Titular UGEL.04, Jefe de Asesora Jurdica. b) Pretensin principal: Declarar fundada la queja por defecto de tramitacin. FUNDAMENTOS DE HECHO Y DERECHO:PRIMERO: Que, con expediente N 0027735 de fecha 10/03/2015, conforme al artculo 209 de la Ley del Procedimiento Administrativo General N 27444, apelo a la Resolucin Directoral N 01349, cumpliendo todos los requisitos para ser elevada a la Instancia respectiva SERVIR de su competencia materia: Terminacin de la relacin de trabajo.SEGUNDO: Que, nadie est por encima de la ley es ms toda autoridad asume con la capacidad de lograr la calidad de atencin a los administrados y cumplir a cabalidad lo que manda la norma en caso de apelacin artculo 227.2 de la LPAG N 27444 dispone: (). El Expediente respectivo deber elevarse al Superior Jerrquico en un plazo mximo de dos (2) das contados desde la fecha de la concesin del recurso respectivo. El subrayado es nuestroEntonces el imperativo precisa para cumplir y no caiga en letra muerta y los responsables hagan pasear mi expediente encontrndose en el rea de Resoluciones inexplicablemente lo correcto Asesora Jurdica solicita copia de sus antecedentes y con oficio apelarlo; lo cual no sucede. TERCERO: Entonces, lo tienen paralizado expediente N0027735-2015 de fecha 10/00/2015 y est excedido largamente en tiempo, por otro lado no tiene aplicabilidad los artculos 35 y 142 de la LPAG N 27444. CUARTO: Advierto y exhorto al especialista responsable del caso y a la Directora DRELM, no encubrir a los responsables flaco favor para que se incremente cientos de expedientes en va de apelacin que exacerba la paz social.

FUNDAMENTO DE DERECHO: Artculo N 158 Ley del Procedimiento Administrativo General y numerales: 158.1-158.5. Ley N 25035.MEDIO PROBATORIO: Copia FUT de fecha 10 marzo de 2015 con expediente N 0027735, solicitando apelacin. Copia de documento de identidad.POR TANTO:

Usted, seora Directora proceda conforme a ley por los fundamentos expuestos declarando fundada la queja por defectos de tramitacin. Comas, 25 de febrero 2015.

IRMA MARINA HERNANDEZ SOTELO