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Decreto número 900 Afiche promocional de la Reforma Agraria de Guatemala. La política agraria buscaba modificar el régimen de tenencia de la tierra, considerado como la columna vertebral del poder oligárquico y extranjero en el país, sostén de las sucesivas dictaduras y un factor de atraso nacional. Cuando se realizaron los censos estadísticos panamericanos de 1950 y se conocieron sus resultados, las presunciones sobre el grado de concentración de la propiedad de la tierra y las abismales desigualdades en el campo se convirtieron en certezas. En ese año el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) elaboró un estudio en el que criticaba acerbamente las desigualdades de la vida guatemalteca y recomendaba adoptar una serie de políticas; entre ellas, un cambio en la tenencia de la tierra para estimular la agricultura campesina y ampliar el mercado interno. 13 El Congreso De La República De Guatemala, ARTÍCULO 1. La Reforma Agraria de la Revolución de octubre tiene por objeto liquidar la propiedad feudal en el campo y las relaciones de producción que la originan para desarrollar la forma de explotación y métodos capitalistas de producción en la agricultura y preparar el camino para la industrialización de Guatemala. ARTÍCULO 2. Quedan abolidas todas las formas de servidumbre y esclavitud, y por consiguiente prohibidas las prestaciones personales gratuitas de los campesinos mozos colonos y trabajadores agrícolas, el pago en trabajo del arrendamiento de la tierra y los repartimiento de indígenas cualquiera que sea la forma en que subsistan. El pago en especie del arrendamiento solo se permitirá en las tierras no cultivadas y que no sean afectables por la Reforma Agraria, no pudiendo exceder la renta del 5% de la cosecha. Cuando la renta se pague en dinero en las tierras a que se refiere el párrafo anterior, la misma no podrá ser tampoco mayor del 5% sobre el valor de la cosecha. ARTÍCULO 3. Son objetivos esenciales que la Reforma Agraria debe realizar: a) Desarrollar la economía capitalista campesina y la economía capitalista de la agricultura en general; b) Dotar de tierra a los campesinos, mozos colonos y trabajadores agrícolas que no la poseen, o que poseen muy poca;

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Decreto número 900

Afiche promocional de la Reforma Agraria de Guatemala.

La política agraria buscaba modificar el régimen de tenencia de la tierra, considerado como la columna vertebral del poder oligárquico y extranjero en el país, sostén de las sucesivas dictaduras y un factor de atraso nacional. Cuando se realizaron los censos estadísticos panamericanos de 1950 y se conocieron sus resultados, las presunciones sobre el grado de concentración de la propiedad de la tierra y las abismales desigualdades en el campo se convirtieron en certezas. En ese año el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) elaboró un estudio en el que criticaba acerbamente las desigualdades de la vida guatemalteca y recomendaba adoptar una serie de políticas; entre ellas, un cambio en la tenencia de la tierra para estimular la agricultura campesina y ampliar el mercado interno.13

El Congreso De La República De Guatemala,

ARTÍCULO 1. La Reforma Agraria de la Revolución de octubre tiene por objeto liquidar la propiedad feudal en el campo y las relaciones de producción que la originan para desarrollar la forma de explotación y métodos capitalistas de producción en la agricultura y preparar el camino para la industrialización de Guatemala.

ARTÍCULO 2. Quedan abolidas todas las formas de servidumbre y esclavitud, y por consiguiente prohibidas las prestaciones personales gratuitas de los campesinos mozos colonos y trabajadores agrícolas, el pago en trabajo del arrendamiento de la tierra y los repartimiento de indígenas cualquiera que sea la forma en que subsistan. El pago en especie del arrendamiento solo se permitirá en las tierras no cultivadas y que no sean afectables por la Reforma Agraria, no pudiendo exceder la renta del 5% de la cosecha. Cuando la renta se pague en dinero en las tierras a que se refiere el párrafo anterior, la misma no podrá ser tampoco mayor del 5% sobre el valor de la cosecha.

ARTÍCULO 3. Son objetivos esenciales que la Reforma Agraria debe realizar:

a) Desarrollar la economía capitalista campesina y la economía capitalista de la agricultura en general;

b) Dotar de tierra a los campesinos, mozos colonos y trabajadores agrícolas que no la poseen, o que poseen muy poca;

c) Facilitar la inversión de nuevos capitales en la agricultura mediante el arrendamiento capitalista de la tierra nacionalizada;

d) Introducir nuevas formas de cultivo, dotando, en especial a los campesinos menos pudientes, con ganado de laboreo, fertilizantes, semillas y asistencia técnica necesaria; y

e) Incrementar el crédito agrícola para todos los campesinos y agricultores capitalistas en general.

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ARTÍCULO 4. Las tierras cuya expropiación se ordene para realizar los objetivos señalados en los artículos anteriores y demás que persigue esta ley, quedan nacionalizadas e incorporadas al patrimonio de la Nación. El Estado, por medio del Departamento Agrario Nacional concederá a los campesinos, mozos colonos y trabajadores agrícolas que lo soliciten, el usufructo vitalicio de tales tierras o el arrendamiento de ellas, durante el término que en cada caso se establezca. S los agricultores capitalistas solamente podrá concedérseles en arrendamiento. El Departamento Agrario Nacional también podrá otorgar en propiedad, parcelas de tierra a los campesinos, mozos colonos y trabajadores agrícolas, hasta extensiones no mayores de dieciocho hectáreas (25 manzanas), pero en este caso la expropiación se hará a favor de los beneficiados y no en beneficio de la Nación.

ARTÍCULO 5. La expropiación a que se refiere la presente ley decretada por interés social se consumará previa indemnización, cuyo importe será cubierto con "Bonos de la Reforma Agraria" redimibles en la forma que determina la Ley.14

AplicaciónLas fincas menores de 90 hectáreas no estaban afectadas por la ley, ni las de menos de 200 hectáreas que estuviesen cultivadas, al menos en sus dos terceras partes. Tampoco las grandes propiedades en producción, cualquiera fuera su tamaño; pero al prohibirse el colonato y la aparcería, se intentaba obligar a los terratenientes a invertir en salarios. Durante los 18 meses de aplicación de la reforma agraria, se repartieron entre 603 y 615 hectáreas de tierras particulares (10% del total de dichas propiedades); 280 mil hectáreas de tierras nacionales; y se concedieron créditos para apoyar la producción. A la compañía bananera United Fruit Company (UFCO), que mantenía sin cultivar el 85% de sus 220 mil hectáreas, se le expropiaron 156 mil hectáreas; es decir el 64% de su superficie. Los terratenientes afectados recibieron un pago en bonos del Estado, según el valor fiscal de la propiedad reportado durante los tres años anteriores (en general cifras drásticamente subvaluadas) con una tasa anual de interés del 3%. Para 1954 se habían beneficiado más de 138 mil familias campesinas, de las cuales la inmensa mayoría eran indígenas. Esto podía traducirse en un estimado de medio millón de personas, para un país que contaba con tres millones de habitantes. Más de la mitad de los beneficiarios obtuvieron también créditos agrícolas. Así se explica en parte el impacto del programa de reforma agraria entre los campesinos.13

La aplicación del referido programa representó un fuerte desafío a la estructura de poder tradicional en el campo, no solo por la reestructuración de la tenencia de la tierra, sino porque la Ley de Reforma Agraria impulsó la organización de Comités Agrarios Locales en cada finca, favoreciendo que se crearan estructuras de poder local alternativo. La reforma se canalizó a través de dichos comités, cuyo número hasta diciembre de 1953 era de 1496. Muchos estuvieron influidos por el comunista Partido Guatemalteco del Trabajo (PGT), aunque adquirieron dinámicas propias en los ámbitos locales. Algunos se constituyeron en foros activos de participación democrática en una época caracterizada por una gran efervescencia política; otros se derivaron en espacios de conflicto y corrupción.13

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Problemas con su aplicaciónLa aplicación del referido programa representó un fuerte desafío a la estructura de poder tradicional en el campo, no sólo por la reestructuración de la tenencia de la tierra, sino porque la Ley de Reforma Agraria impulsó la organización de Comités Agrarios Locales en cada finca, favoreciendo que se crearan estructuras de poder local alternativo. La reforma se canalizó a través de dichos comités, cuyo número hasta diciembre de 1953 era de 1496. Muchos estuvieron influidos por el comunista Partido Guatemalteco del Trabajo (PGT), aunque adquirieron dinámicas propias en los ámbitos locales. Algunos se constituyeron en foros activos de participación democrática en una época caracterizada por una gran efervescencia política; otros se derivaron en espacios de conflicto y corrupción.15

Pero hubo numerosos problemas con la Reforma Agrafia: A pesar de que la intención de los promotores de enajenar únicamente las tierras ociosas de las grandes fincas, en muchas regiones las comunidades intentaron resolver viejos conflictos locales a través de ella. Asimismo, se produjeron denuncias y ocupaciones de tierras no afectables, así como casos de irregularidades en la distribución de las parcelas. Episodios de esta índole fueron consecuencia, entre otras razones, de la deficiente información que existía sobre la ley, de su errónea comprensión o interpretación por parte del campesinado, de la falta de experiencia de la incipiente organización campesina y de la politización del proceso en su conjunto. A las tensiones que desató la Reforma Agraria deben sumarse los problemas provenientes de un sistema judicial incapaz de aplicar la ley y de resolver los conflictos derivados de su aplicación: los conflictos entre los diferentes sectores llegaron a su punto culminante en un enfrentamiento entre el Ejecutivo y la Corte Suprema de Justicia; la confrontación se produjo debido a un recurso de amparo que finalmente aceptó la Corte Suprema de Justicia y que llevó a la destitución de ésta por parte del Congreso.Nota 6

Interpretación incorrecta

A pesar de que la intención de los promotores de la Ley de Reforma Agraria fue la de enajenar únicamente las tierras ociosas de las grandes fincas, en muchas regiones las comunidades intentaron resolver viejos conflictos locales a través de ella, como los problemas que planteaban las tierras comunales. Uno de esos problemas tuvo lugar en el municipio de Cantel, Quetzaltenango, donde se solicitó la devolución de tierras adjudicadas por Justo Rufino Barrios en 1877 a una comunidad ladina y que los indígenas reclamaban como propias. La resolución de la Comisión Agraria Departamental en 1953 favoreció a estos últimos. Asimismo, en otras ocasiones se produjeron denuncias y ocupaciones de tierras no afectables, así como casos de irregularidades en la distribución de las parcelas. Episodios de esta índole fueron consecuencia, entre otras razones, de la deficiente información que existía sobre la ley, de su errónea comprensión o interpretación por parte del campesinado, de la falta de experiencia de la incipiente organización campesina y de la politización del proceso en su conjunto. Ello contribuyó a «crear tensiones entre los mismos revolucionarios, en la medida en que las acciones del Gobierno no satisfacían las expectativas de las organizaciones comunitarias».13

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Ineficiencia del poder judicial

A las tensiones que desató la Reforma Agraria deben sumarse los problemas provenientes de un sistema judicial incapaz de aplicar la ley y de resolver los conflictos derivados de su aplicación. Esa ineficacia ayudó, en gran medida, a crear más tensiones entre los sectores que impulsaban la reforma y las comunidades donde ésta se aplicaba. Los conflictos entre los diferentes sectores llegaron a su punto culminante en un enfrentamiento entre el Ejecutivo y la Corte Suprema de Justicia. La confrontación se produjo debido a un recurso de amparo que finalmente aceptó la Corte Suprema de Justicia y que llevó a la destitución de ésta por parte del Congreso. Este incidente aumentó las dudas sobre la legitimidad de la Reforma Agraria.13

Temor al comunismo[editar]

Los terratenientes guatemaltecos y directivos de la United Fruit Company- estaban completamente en contra de laRevolución de Octubre y de las reformas impulsadas por los gobiernos de Juan José Arévalo y de Jacobo Árbenz Guzmán.16 Luego de la elección de Árbenz en 1950, la élite guatemalteca estaba desesperada; con el nuevo presidente muchos miembros de dicha élite habían tenido la esperanza de que éste diera marcha atrás a las medidas impuestas por el presidente Arévalo, a quien tildaban de comunista; la imagen de Árbenz los había convenció de ello: el coronel guatemalteco estaba casado con María Cristina Vilanova, una dama de la más alta sociedad salvadoreña, era un oficial del ejército, vivía en una mansión en la zona 10 de la Ciudad de Guatemala y tenía fisonomía aristocrática.17 Pero sus esperanzas se vieron frustradas cuenta Árbenz apoyó la organización del comunista Partido Guatemalteco del Trabajo y luego impulsó el Decreto 900 de la Reforma Agraria.18 Ante esta situación, la única motivación clara de los opositores era la defensa implacable de los privilegios de que habían disfrutado hasta entonces en Guatemala -por sobre los indígenas y mestizos- y enarbolaron la bandera del anticomunismo para justificar su lucha. Iniciaron una campaña intensa de desprestigio contra el gobierno arbencista;19 los periodistas e intelectuales estadounidenses de la época, aparte de apoyar el anticomunismo en el país, indicaban que era muy fácil determinar qué era lo que disgustaba a la oposición, pero nunca lo que ésta proponía; los grupos opositores no tenían un programa constructivo o positivo para el país, ya que únicamente los motivaba conservar su estilo de vida.20

Efectos Efectos positivos

«Los campesinos no apoyan a la oposición. Ellos apoyan al gobierno, ya que han sido seducidos por la reforma agraria y por otras promesas. Cierto, hay campesinos inteligentes que comprenden que las promesas del gobierno son sólo ofrecimientos vanos. Pero son sólo unos cuantos. En las presentes circunstancias, son los ricos -los terratenientes- quienes deben pelear en las calles, y ellos nunca lo harán. Los miembros del AGA son buenos tiradores, pero solamente saben dispararle a patos y a otras aves indefensas; jamás le dispararían a un hombre armado. Somoza les ha dicho:

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"Le voy a dar las armas, las municiones y el dinero; ustedes encuentren a los hombres dipuestos." Pero ni Ydígoras, Castillo Armas, Córdova Cerna o Coronado Lira han sido capaces de encontrar hombres dispuestos a luchar.»

—Clemente Marroquín RojasLa Hora, 27 de febrero de 1954Nota 721 22

El decreto 900 creó la posibilidad de ganancia de cultivos para los trabajadores de campo que no tenían tierras anteriormente. Asimismo, el efecto que tuvo esta ley en el mercado de factores de producción es parecido al que se dio en Europa después de la peste bubónica: después de la plaga, en la que murió entre un tercio de la población de Europa, la cantidad de terratenientes disminuyó, lo que liberó muchas de las tierras e incrementó la oferta terrenal, bajó su precio y volvió la adquisición más accesibles para campesinos. Al mismo tiempo, muchos de los campesinos murieron también debido a la plaga, por lo que la fuerza laboral disminuyó. Este desplazamiento de la oferta de trabajadores aumentó los salarios de éstos. Los efectos económicos posteriores a la plaga en Europa son muy similares a los ocasionados por la reforma agraria en Guatemala: durante la primera cosecha después de la implementación de la ley, el ingreso promedio del campesino aumentó de Q225.00 anuales a Q700.00 anuales. Algunos analistas dicen que las condiciones en Guatemala mejoraron después de la reforma y que hubo una «transformación a fondo de la tecnología agrícola como resultado de la disminución en la oferta de mano de obra». El aumento del nivel de vida también sucedió en Europa en el siglo XV, y al mismo tiempo se dieron avances tecnológicos de gran magnitud. Los faltantes de fuerza laboral después de la peste fue «la madre de las invenciones». Los beneficios no fueron limitados únicamente a la clase trabajadora de los campos, se encontraban por primera vez desde el gobierno del capitán general Rafael Carrera en una posición en la que eran tratados con respeto y dignidad. Hubo también incrementos en consumo, producción e inversión privada interna  por su parte, la clase media disfrutaba de beneficios que le permitían progresar y era leal al gobierno de Árbenz.