decreto firmado por atrip

2
SAN PEDRO (Bs. As.), SETIEMBRE 25 de 2015.- Señor Intendente Municipal D. HUGO FABIO GIOVANETTONI S/D De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a Ud., transcribiéndole el siguiente DECRETO Nº 35/15, de este Honorable Concejo Deliberante.- DECRETO Nº 35 del 25 de SETIEMBRE de 2015 VISTO : La Sesión Nº 1457, convocada para el día 24/09/2015, a las 19:00Hs., Y CONSIDERANDO: La citada Sesión, comenzó en el tiempo estipulado y cuando transcurría la hora 19:53, se solicita un cuarto intermedio, votado por el Hº. Cuerpo Deliberativo; Al regreso del cuarto intermedio, el Hº. Cuerpo Deliberante queda sin quórum necesario para proseguir la Sesión; Que se vuelve a convocar para el día 25/09/2015, a las 11:00 hs. Que a esta nueva convocatoria, se registra la inasistencia de los Concejales Municipales : Adrover, Liliana Luján; Almada, Juan Ángel; Ferraro, María Elisa; Paz, Iván; Rosa, Sergio Héctor; Sánchez Negrete, Mario; Nouet, Fernando Gabriel; Salazar, Graciela Lorena y Noseda, Martín Carlos; Que nuevamente el Hº. Concejo Deliberante se encuentra sin quórum necesario para proseguir la Sesión Nº 1457; Que, la minoría reunida en el recinto de sesiones acuerda solicitar la fuerza pública, tal cual lo indica el Art. 10º del Decreto 42/2006 – Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante; Que, aún mediante la convocatoria a los señores Concejales Municipales en sus domicilio por la fuerza pública, estos no concurrieron al recinto de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, imposibilitando la continuación de la Sesión Nº 1457; Que el Artículo 157º del Decreto 42/2006 – Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante, establece : “Todo Concejal que faltare a las sesiones citadas por el Honorable Concejo Deliberante será pasible de una multa del 50% (cincuenta por ciento) de su dieta por falta injustificada por cada sesión.” Que la minoría reunida en el recinto de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, solicita que la Presidencia proceda hacer efectivo el descuento del 50% de la dieta a los señores Concejales Municipales que han impedido la conformación del quórum necesario para realizar la Sesión Nº 1457; Por todo ello, El VICEPRESIDENTE 1º, en ejercicio de la PRESIDENCIA del HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN PEDRO, en uso de sus atribuciones

Upload: la-opinion-semanario

Post on 07-Dec-2015

5 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Establece el descuento del 50 por ciento de la dieta para los Concejales que no asistieron a la polémica sesión.

TRANSCRIPT

Page 1: Decreto firmado por Atrip

SAN PEDRO (Bs. As.), SETIEMBRE 25 de 2015.- Señor Intendente Municipal D. HUGO FABIO GIOVANETTONI S/D De mi mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a Ud., transcribiéndole el siguiente

DECRETO Nº 35/15, de este Honorable Concejo Deliberante.-

DECRETO Nº 35 del 25 de SETIEMBRE de 2015

VISTO :

La Sesión Nº 1457, convocada para el día 24/09/2015, a las 19:00Hs., Y

CONSIDERANDO:

La citada Sesión, comenzó en el tiempo estipulado y cuando transcurría la hora 19:53, se solicita un cuarto intermedio, votado por el Hº. Cuerpo Deliberativo;

Al regreso del cuarto intermedio, el Hº. Cuerpo Deliberante queda sin quórum necesario para proseguir la Sesión;

Que se vuelve a convocar para el día 25/09/2015, a las 11:00 hs. Que a esta nueva convocatoria, se registra la inasistencia de los Concejales

Municipales : Adrover, Liliana Luján; Almada, Juan Ángel; Ferraro, María Elisa; Paz, Iván; Rosa, Sergio Héctor; Sánchez Negrete, Mario; Nouet, Fernando Gabriel; Salazar, Graciela Lorena y Noseda, Martín Carlos;

Que nuevamente el Hº. Concejo Deliberante se encuentra sin quórum necesario para

proseguir la Sesión Nº 1457; Que, la minoría reunida en el recinto de sesiones acuerda solicitar la fuerza pública,

tal cual lo indica el Art. 10º del Decreto 42/2006 – Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante;

Que, aún mediante la convocatoria a los señores Concejales Municipales en sus

domicilio por la fuerza pública, estos no concurrieron al recinto de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, imposibilitando la continuación de la Sesión Nº 1457;

Que el Artículo 157º del Decreto 42/2006 – Reglamento Interno del Honorable

Concejo Deliberante, establece : “Todo Concejal que faltare a las sesiones citadas por el Honorable Concejo Deliberante será pasible de una multa del 50% (cincuenta por ciento) de su dieta por falta injustificada por cada sesión.”

Que la minoría reunida en el recinto de sesiones del Honorable Concejo

Deliberante, solicita que la Presidencia proceda hacer efectivo el descuento del 50% de la dieta a los señores Concejales Municipales que han impedido la conformación del quórum necesario para realizar la Sesión Nº 1457;

Por todo ello,

El VICEPRESIDENTE 1º, en ejercicio de la PRESIDENCIA del HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN PEDRO,

en uso de sus atribuciones

Page 2: Decreto firmado por Atrip

DECRETA

Art. 1º.- Procédase a la aplicación de la sanción establecida en el Artículo 157º del Decreto 42/2006 – Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante, de la dieta mensual correspondiente al mes de setiembre de 2015, a los señores Concejales Municipales : Adrover, Liliana Luján; Almada, Juan Ángel; Ferraro, María Elisa; Paz, Iván; Rosa, Sergio Héctor; Sánchez Negrete, Mario; Nouet, Fernando Gabriel; Salazar, Graciela Lorena y Noseda, Martín Carlos. Art. 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dese al registro del Honorable Concejo Deliberante, Publíquese en el Boletín Oficial, según Artículo 108º, Inc. 18, de la Ley Orgánica de las Municipalidades y Archívese.-

-------------------------