decreto 1850

8
OBJETIVO REGLAMENTAR LA ORGANIZCION DE LA JORNADA LABORAL DE DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS ESTATALES DE LA EDUCACION FORMAL, ADMINISTRADOS POR LOS DEPARTAMENTOS, DISTRITOS Y MUNICIPIOS CERTIFICADOS

Upload: adrianis

Post on 21-Jul-2015

2.138 views

Category:

Travel


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Decreto 1850

OBJETIVO

REGLAMENTAR LA ORGANIZCION DE LA JORNADA LABORAL DE DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS ESTATALES DE LA EDUCACION FORMAL, ADMINISTRADOS POR LOS DEPARTAMENTOS, DISTRITOS Y MUNICIPIOS CERTIFICADOS

Page 2: Decreto 1850

JORNADA ESCOLAR JORNADA LABORAL

Es el tiempo que cumple el docente de 8 horas, de las cuales 6 son académicas y las otras 2 las puede cumplir dentro o fuera de la institución.

Es el horario de clase que reciben los estudiantes de sus docentes.

Page 4: Decreto 1850

PREESCOLAR MEDIABASICA

PRIMARIA SECUNDARIA

Horas semanales: 20Horas anuales: 800

Horas semanales: 25Horas anuales: 1.000

Horas semanales: 30Horas anuales: 1200

Horas semanales: 30Horas anuales: 1200

Page 5: Decreto 1850

Son las unidades de tiempo en que se divide la jornada escolar para realizar las actividades pedagógicas propias del desarrollo de las áreas obligatorias y fundamentales y de las asignaturas optativas contempladas en el plan de estudios, serán definidos por el rector o director del establecimiento educativo al comienzo de cada año lectivo y pueden tener duraciones diferentes de acuerdo con el plan de estudios

7:30 a 8:30 Matemáticas8:30 a 9:30 MatemáticasDESCANSO9:50 a 10:50 Español1:50 a 11:50 EspañolDESCANSO12:30 a 1:30 Informática1:30 a 2:30 Reunión de profesores

Page 6: Decreto 1850

Es el tiempo que, distribuido en períodos de clase, dedica el docente a la atención directa de sus estudiantes en actividades pedagógicas correspondientes a las áreas obligatorias y fundamentales y a las asignaturas optativas, de conformidad con el plan de estudios Ejemplo:

SEXTO 1 5 MatemáticasSEXTO 2 5 MatemáticasSEXTO 3 5 MatemáticasSEPTIMO 1 5 MatemáticasSEPTIMO 2 5 MatemáticasSEPTIMO 3 5 MatemáticasOCTAVO 1 5 MatemáticasOCTAVO 2 5 MatemáticasNOVENO 1 3MatemáticasNOVENO 2 3MatemáticasNOVENO 3 3Matemáticas NOVENO 4 3MatemáticasDECIMO 2 2 TrigonometríaDECIMO 3 2 TrigonometríaDECIMO 4 2 CalculoONCE 1 2 Calculo

Nota:Teniendo 60 Horas de clase de Matemáticas, de las cuales 22 debe cumplir cada docente obligatoriamente, para determinar cuantos docentes se necesitan que dicten estas 60 horas, se debe dividir el total de las horas solicitadas (60) en el numero de horas que de debe cumplir cada docente(22), las que sobren serán canceladas como horas extras, cada profesor podrá hacer solo hacer 5 horas extras no más.

Page 7: Decreto 1850

Para el desarrollo de trabajo académico con estudiantes, definidas en el calendario académico, por rector serán (40) semanas, discriminando el tiempo dedicado al cumplimiento de la asignación académica y a las actividades curriculares complementarias

Es el tiempo dedicado por los directivos docentes y los docentes a la formulación, desarrollo, evaluación, revisión o ajustes del proyecto educativo institucional; a la elaboración, seguimiento y evaluación del plan de estudios; a la investigación y actualización pedagógica; a la evaluación institucional anual; y a otras actividades de coordinación con organismos o instituciones que incidan directa e indirectamente en la prestación del servicio educativo, Estas actividades deberán realizarse durante cinco (5) semanas del calendario académico y serán distintas a las cuarenta (40) semanas lectivas de trabajo académico con los estudiantes, establecidas en el calendario

Page 8: Decreto 1850

Se expedirán cada año y por una sola vez, para todos los establecimientos educativos estatales de su jurisdicción, que determine las fechas precisas de iniciación y finalización de las siguientes actividades:

3.Para docentes y directivos docentes:

e)Cuarenta (40) semanas de trabajo académico con estudiantes, distribuido en dos períodos semestrales.

b) Cinco (5) semanas de actividades de desarrollo institucional

c) Siete (7) semanas de vacaciones.

2. Para estudiantes:

m)Cuarenta (40) semanas de trabajo académico, distribuido en dos períodos semestrales

b) Doce (12) semanas de receso estudiantil.