decreto 1843 (julio 22 de 1991) por el cual se reglamentan parcialmente los tÍtulos iii, v, vi, vii...

7

Upload: miguel-angel-peralta-sanchez

Post on 25-Jan-2016

218 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: DECRETO 1843 (JULIO 22 DE 1991) POR EL CUAL SE REGLAMENTAN PARCIALMENTE LOS TÍTULOS III, V, VI, VII Y XI DE LA LEY 09 DE 1979, SOBRE USO Y MANEJO DE PLAGUICIDAS
Page 2: DECRETO 1843 (JULIO 22 DE 1991) POR EL CUAL SE REGLAMENTAN PARCIALMENTE LOS TÍTULOS III, V, VI, VII Y XI DE LA LEY 09 DE 1979, SOBRE USO Y MANEJO DE PLAGUICIDAS

DECRETO 1843DECRETO 1843(JULIO 22 DE 1991)(JULIO 22 DE 1991)

POR EL CUAL SE REGLAMENTAN POR EL CUAL SE REGLAMENTAN PARCIALMENTE LOS TÍTULOS III, V, PARCIALMENTE LOS TÍTULOS III, V, VI, VII Y XI DE LA LEY 09 DE 1979, VI, VII Y XI DE LA LEY 09 DE 1979, SOBRE USO Y MANEJO DE SOBRE USO Y MANEJO DE PLAGUICIDAS.PLAGUICIDAS.

Page 3: DECRETO 1843 (JULIO 22 DE 1991) POR EL CUAL SE REGLAMENTAN PARCIALMENTE LOS TÍTULOS III, V, VI, VII Y XI DE LA LEY 09 DE 1979, SOBRE USO Y MANEJO DE PLAGUICIDAS

DECRETO 3830DECRETO 383029 de Septiembre de 200829 de Septiembre de 2008

Artículo 8°… Artículo 8°… CONSEJO SECCIONAL DE PLAGUICIDASCONSEJO SECCIONAL DE PLAGUICIDAS

Page 4: DECRETO 1843 (JULIO 22 DE 1991) POR EL CUAL SE REGLAMENTAN PARCIALMENTE LOS TÍTULOS III, V, VI, VII Y XI DE LA LEY 09 DE 1979, SOBRE USO Y MANEJO DE PLAGUICIDAS

INTEGRADO POR:INTEGRADO POR:1.1. Director Territorial de Salud o su delegado, quien preside.Director Territorial de Salud o su delegado, quien preside.2.2. Secretario Departamental de Agricultura o su delegadoSecretario Departamental de Agricultura o su delegado3.3. Coordinador de la I.V.C. de F.R.A. de la Dirección Territorial de Salud, quien Coordinador de la I.V.C. de F.R.A. de la Dirección Territorial de Salud, quien

actúa como secretario.actúa como secretario.4.4. Gerente del I.C.A. o su delegado.Gerente del I.C.A. o su delegado.5.5. Representantes legales de las Autoridades Ambientales competentes o sus Representantes legales de las Autoridades Ambientales competentes o sus

delegados, ubicados en la jurisdicción.delegados, ubicados en la jurisdicción.6.6. Repr. de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil – UAEAC.Repr. de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil – UAEAC.7.7. Representante de las Empresas Aplicadoras de plaguicidas.Representante de las Empresas Aplicadoras de plaguicidas.8.8. Representante de la Sociedad de Agricultores de Colombia – SACRepresentante de la Sociedad de Agricultores de Colombia – SAC9.9. Representante de la ANDI.Representante de la ANDI.10.10. Representante de ASINFAR.Representante de ASINFAR.11.11. Repr. Asociación Laboratorios Farmacéuticos de Investigación - AFIDRO.Repr. Asociación Laboratorios Farmacéuticos de Investigación - AFIDRO.12.12. Representante de Universidades o Centro de Investigación.Representante de Universidades o Centro de Investigación.13.13. Representante de Federación de Ingenieros Agrónomos de Colombia – Representante de Federación de Ingenieros Agrónomos de Colombia –

FIAC.FIAC.14.14. Representante de la Confederación Colombiana de Consumidores – CCC.Representante de la Confederación Colombiana de Consumidores – CCC.

Page 5: DECRETO 1843 (JULIO 22 DE 1991) POR EL CUAL SE REGLAMENTAN PARCIALMENTE LOS TÍTULOS III, V, VI, VII Y XI DE LA LEY 09 DE 1979, SOBRE USO Y MANEJO DE PLAGUICIDAS

ART. 9 DECRETO 1843/91…DEL CARÁCTER Y REUNIONES:ART. 9 DECRETO 1843/91…DEL CARÁCTER Y REUNIONES:

Los C.S.P. Tendrán carácter de Asesoría Técnica permanente para la Los C.S.P. Tendrán carácter de Asesoría Técnica permanente para la Dirección Seccional de Salud y el Instituto Colombiano Agropecuario y Dirección Seccional de Salud y el Instituto Colombiano Agropecuario y para las demás entidades gubernamentales de la región.para las demás entidades gubernamentales de la región.

Los C.S.P. se reunirán ordinariamente cada dos (02) meses y Los C.S.P. se reunirán ordinariamente cada dos (02) meses y extraordinariamente a solicitud de dos (02) de sus miembros como extraordinariamente a solicitud de dos (02) de sus miembros como mínimo.mínimo.

Parágrafo 1: El delegado que designe el representante titular mientras Parágrafo 1: El delegado que designe el representante titular mientras tenga tal condición, deberá ser el mismo funcionario o representante que tenga tal condición, deberá ser el mismo funcionario o representante que participe en todas las reuniones.participe en todas las reuniones.

Parágrafo 2: El C.T.S. podrá invitar a sus reuniones, cuando así lo estime Parágrafo 2: El C.T.S. podrá invitar a sus reuniones, cuando así lo estime necesario, a representantes de otras entidades de los sectores público y necesario, a representantes de otras entidades de los sectores público y privado o a sus consultores especiales.privado o a sus consultores especiales.

Parágrafo 3: Las D.T.S., mediante resolución motivada podrán modificar la Parágrafo 3: Las D.T.S., mediante resolución motivada podrán modificar la composición del C.T.S. a solicitud plenamente justificada del mismo.composición del C.T.S. a solicitud plenamente justificada del mismo.

Page 6: DECRETO 1843 (JULIO 22 DE 1991) POR EL CUAL SE REGLAMENTAN PARCIALMENTE LOS TÍTULOS III, V, VI, VII Y XI DE LA LEY 09 DE 1979, SOBRE USO Y MANEJO DE PLAGUICIDAS

Art. 10…. FUNCIONES:Art. 10…. FUNCIONES:

1.1. Promover y divulgar las disposiciones legales sobre plaguicidas.Promover y divulgar las disposiciones legales sobre plaguicidas.2.2. Estudiar, evaluar y proponer soluciones a los problemas propios de Estudiar, evaluar y proponer soluciones a los problemas propios de

la región ocasionados por el uso de estas sustancias.la región ocasionados por el uso de estas sustancias.3.3. Promover en los centros de investigaciones y universidades, Promover en los centros de investigaciones y universidades,

estudios tendientes a identificar y solucionar los problemas estudios tendientes a identificar y solucionar los problemas ocasionados por estas sustancias, así como la inclusión de la ocasionados por estas sustancias, así como la inclusión de la asignatura sobre toxicología y uso y manejo de plaguicidas en las asignatura sobre toxicología y uso y manejo de plaguicidas en las facultades y centros educativos.facultades y centros educativos.

4.4. Asesorar entidades gubernamentales y privadas sobre uso y manejo Asesorar entidades gubernamentales y privadas sobre uso y manejo seguro de plaguicidas en casos especiales.seguro de plaguicidas en casos especiales.

5.5. Elaborar informe semestral de sus actividades al Consejo Nacional. Elaborar informe semestral de sus actividades al Consejo Nacional. 6.6. Orientar la organización y fijación de funciones a Consejos Orientar la organización y fijación de funciones a Consejos

Específicos.Específicos.7.7. Promover, apoyar y coordinar la organización y funcionamiento de Promover, apoyar y coordinar la organización y funcionamiento de

centros toxicológicos.centros toxicológicos.8.8. Fijar y actualizar el monto de las fianzas que deban constituir las Fijar y actualizar el monto de las fianzas que deban constituir las

empresas aplicadoras de plaguicidas.empresas aplicadoras de plaguicidas.

Page 7: DECRETO 1843 (JULIO 22 DE 1991) POR EL CUAL SE REGLAMENTAN PARCIALMENTE LOS TÍTULOS III, V, VI, VII Y XI DE LA LEY 09 DE 1979, SOBRE USO Y MANEJO DE PLAGUICIDAS

??