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ASPECTOS REGISTRALES DE LA DECLARATORIA DE FÁBRICA Fredy Luis Silva Villajuán Presidente del Tribunal Registral

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ASPECTOS REGISTRALES DE LA DECLARATORIA DE

FÁBRICAFredy Luis Silva Villajuán

Presidente del Tribunal Registral

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DECLARATORIA DE FÁBRICA

• Definición: • * Reconocimiento legal de la existencia de una

edificación.

• * Contiene la descripción valorizada de las edificaciones realizadas sobre predios.

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PREDIOS SOBRE LOS QUE PUEDE RECAER LA D.F.

• Las construcciones pueden efectuarse sobre:• - Predios urbanos• -Terrenos que cuenten con proyecto aprobado de

habilitación urbana con construcción simultánea.• - Predios ubicados en zonas urbanas consolidadas

que se encuentren como urbanos en la municipalidad e inscritos como rústicos en el Registro.

• - Predios rurales.

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PRECEDENTE DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA

• Regularización de edificaciones sobre predios ubicados en zonas urbanas consolidadas

• “Para inscribir la regularización de edificaciones existentes sobre un predio ubicado en zona urbana consolidada, que aparece inscrito como predio rústico en el Registro de Predios, no se requiere la resolución de alcaldía la habilitación urbana de oficio, siendo suficiente acreditar que el predio se encuentre registrado como urbano por la municipalidad correspondiente”.

• XIX Pleno del TR

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LEGITIMADOS PARA EFECTUAR LA D.F.

• El Propietario del terreno

• El superficiario

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PRECEDENTE DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA

• Intervención de copropietarios en la regularización de la declaratoria de fábrica

• “En el formulario sobre regularización de declaratoria de fábrica de conformidad con los alcances de la Ley 27157 y su reglamento, deben intervenir todos los copropietarios del bien.

• La anterior disposición no se aplica si la fábrica o la demolición que se quiere regularizar fue efectuada cuando el bien no pertenecía a los copropietarios”.

• X Pleno del TR

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PROCEDIMIENTOS PARA FORMULAR DECLARATORIA DE FÁBRICA

• 1. Procedimiento regular:• - Formulario Único Oficial (FUO) • 2. Procedimiento en vía de regularización:• - Formularios Registrales (FOR)• - Formulario Único Oficial (FUO).• - Formularios municipales (FORMUN)• 3. Constatación de fábrica en el caso de predios rurales

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PROCEDIMIENTO REGULAR

• Presupuesto de hecho: • Que la edificación se haya concluido totalmente o se

encuentre a nivel de casco habitable.

• Casco habitable: • La edificación cuenta con estructuras, muros, falsos pisos y/o

contrapisos, instalaciones sanitarias y eléctricas, aparatos sanitarios, puertas y ventanas exteriores, puerta de baño, y acabados exteriores con excepción de la pintura. (artículo 2 del Reglamento de la Ley 27157).

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DOCUMENTOS QUE SUSTENTARÁN LA INSCRIPCIÓN

• 1. FUO completo (1 y 2), firmado y sellado por el funcionario municipal, acompañado de los planos de localización, ubicación y arquitectura.

• 2. Escritura pública. Además, deberá anexarse el FUO completo, incluyendo sus anexos.

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DECLARATORIA DE FÁBRICA EN VÍA DE REGULARIZACIÓN (FOR)

• Requisitos:• 1- Que la edificación se haya realizado sin licencia

de construcción, conformidad de obra o que no cuente con declaratoria de fábrica.

• 2- Que se haya culminado antes del 21/07/99.• Excepcionalmente, la 14° DT de la Ley 27972 amplió el plazo para

construcciones concluidas hasta el 31/12/2002. Posteriormente con la Ley 28437 amplió el plazo para construcciones concluidas hasta el 31/12/2003.

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TÍTULO INSCRIBIBLE

• Formulario registral debidamente llenado suscrito por el (los) propietarios y el verificador responsable.

• DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS:• Escritura pública o documento privado de fecha cierta.• Certificado de Parámetros Urbanísticos y

edificatorios, en su caso, la declaración del V.R.• Planos de localización, ubicación y arquitectura.• Informe Técnico de Verificación / Constancia de

haberse solicitado la verificación ad hoc.

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PRECEDENTE DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA

• Intervención de Verificador Ad-Hoc• “Corresponde al Verificador Responsable determinar la

pertinencia de solicitar la intervención del Verificador Ad-Hoc, en los supuestos previstos por el artículo 11 del Reglamento de la Ley N° 27157. Sin embargo, el Registrador podrá exigir la constancia del cumplimiento de la comunicación a la entidad rectora y el pago respectivo, en los casos en que, de la partida registral o del título presentado, se evidencie la existencia de alguna de las condiciones señaladas en el precitado artículo”.

• X Pleno del TR

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DECLARATORIA DE FÁBRICA EN VÍA DE REGULARIZACIÓN (FUO)

• Requisitos:• Construcciones iniciadas después del 20/7/1999, sin

cumplir con el trámite de la licencia de obra.• Multa equivalente al 10% del valor declarado de la obra.• Cumplir con la normativa técnica y urbana.

• TÍTULO INSCRIBIBLE:• Resolución Municipal (FUO).• Planos

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DECLARATORIA DE FÁBRICA EN VÍA DE REGULARIZACIÓN (FORMUN)

• Requisitos:• Construcciones terminadas entre el 21/7/1999 y el 30/04/2004,

sin cumplir con el trámite de la licencia de obra.• La regularización debe efectuarse dentro de los 12 meses a partir

del 1/1/2006 en el caso de Lima Cercado y en los distritos a partir de la publicación de las respectivas ordenanzas.

• TÍTULO INSCRIBIBLE:• Resolución Municipal (FORMUN).• Informe técnico de verificación• Planos ubicación, localización y distribución.