declarar acueducto de ponce monumento histórico

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LaCapitana

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  • ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

    17ma. Asamblea 4ta. Sesin Legislativa Ordinaria

    CMARA DE REPRESENTANTES

    P. de la C. 2153

    6 DE OCTUBRE DE 2014

    Presentado por el representante Vassallo Anadn y la representante Lpez de Arrars

    Referido a la Comisin de Educacin, Para el Fomento de las Artes y la Cultura

    LEY

    Para declarar Monumento Histrico de Puerto Rico el Antiguo Acueducto Alfonso II

    que ubica en el Cerro San Toms del Barrio Viejo Mameyes de Ponce y que se le ordene a la Junta de Planificacin que se inscriba en el Registro de Monumentos.

    EXPOSICIN DE MOTIVOS

    El Antiguo Acueducto Alfonso II, prcticamente desconocido entre los

    profesionales de la conservacin, es una estructura cuya construccin data a la poca de la Corona Espaola. El mismo se encuentra situado en el Cerro San Tomas cerca del barrio Mameyes en Ponce y fue construido en ladrillos y cantera a mediados del siglo XIX hasta comienzos del siglo XX. Esta estructura de ms de 150 aos constituye una obra arquitectnica de gran valor histrico, ya que es un ejemplo de la infraestructura hidrulica que redime y da a conocer la larga y brillante tradicin de ingeniera civil de una poca ya olvidada. La construccin de este acueducto, el primero en el municipio de Ponce, data al 1850 y fue construido con el propsito de suplir agua a la ciudad seorial durante la Corona Espaola.

    Sin embargo lo ms singular de este antiguo acueducto no es su valor histrico y

    arquitectnico sino lo que el mismo representa para los sobrevivientes de la tragedia de Mameyes y los residentes de las distintas comunidades aledaas a ella. El Antiguo Acueducto Alfonso II es la nica estructura que permanece en lo que algn da se conoci como Viejo Mameyes y permanece ah como testigo de un evento que jams ser olvidado por los ponceos.

  • 2

    El Antiguo Acueducto Alfonso II constituye una obra de ingeniera y planificacin de valor histrico y social que aun retiene su integridad estructural, pero ms importante aun el mismo a su vez representa un gran potencial educativo y turstico. A travs de esta legislacin se busca rescatar aquellas memorias de una poca en la cual esta infraestructura hidrulica provey agua potable a la poblacin poncea y dar a conocer nuestra tradicin por la ingeniera y arquitectura de nuestro Pas mientras se fomenta la conservacin de nuestros recursos histricos. Por tal razn, esta Asamblea Legislativa reconoce el valor histrico y social que representa el Antiguo Acueducto Alfonso II para los ponceos y procede a declarar el mismo Monumento Histrico de Puerto Rico y que sea inscrita como ello en el Registro de Monumentos de nuestro Pas.

    DECRTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

    Seccin 1.-Declarar como Monumento Histrico de Puerto Rico el Antiguo 1

    Acueducto Alfonso II que comprende todo el rea del barrio Viejo Mameyes en Ponce y 2

    que se le ordene a la Junta de Planificacin que se inscriba en el Registro de 3

    Monumentos. 4

    Seccin 2.-Esta ley comenzar a regir inmediatamente despus de su aprobacin. 5