declaración universal de derechos humanos

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Declaración universal de derechos humanos. PREÁMBULO Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana; Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias; Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión; Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones; Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad; Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y

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ley universal de los derechos humanos

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Declaracin universal de derechos humanos.PREMBULOConsiderando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dinidad intr!nseca y de los derec"os iuales e inalienables de todos los miembros de la #amilia "umana$Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derec"os "umanos "anoriinado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la "umanidad, y que se "a proclamado, como la aspiraci%n m&s ele'ada del "ombre, el ad'enimiento de un mundo en que los seres "umanos, liberados del temor y de la miseria, dis#ruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias$Considerando esencial que los derec"os "umanos sean proteidos por un r(imen de )erec"o, a #in de que el "ombre no se 'ea compelido al supremo recurso de la rebeli%n contra la tiran!a y la opresi%n$Considerando tambi(n esencial promo'er el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones$Considerando que los pueblos de las *aciones Unidas "an rea#irmado en la Carta su #e en los derec"os #undamentales del "ombre, en la dinidad y el 'alor de la persona "umana y en la iualdad de derec"os de "ombres y mujeres, y se "an declarado resueltos a promo'er el proreso social y a ele'ar el ni'el de 'ida dentro de un concepto m&s amplio de la libertad$Considerando que los Estados Miembros se "an comprometido a aseurar, en cooperaci%n con la Oranizaci%n de las *aciones Unidas, el respeto uni'ersal y e#ecti'o a los derec"os y libertades #undamentales del "ombre, yConsiderando que una concepci%n com+n de estos derec"os y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dic"o compromiso$L, ,-,MBLE, .E*ER,L proclama la presente )ECL,R,C/0* U*/1ER-,L )E )EREC2O- 2UM,*O- como ideal com+n por el que todos los pueblos y naciones deben es#orzarse, a #in de que tanto los indi'iduos como las instituciones, inspir&ndose constantemente en ella, promue'an, mediante la ense3anza y la educaci%n, el respeto a estos derec"os y libertades, y aseuren, por medidas proresi'as de car&cter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicaci%n uni'ersales y e#ecti'os, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicci%n4 ,rt!culo 54 6odos los seres "umanos nacen libres e iuales en dinidad y derec"os y, dotados como est&n de raz%n y conciencia, deben comportarse #raternalmente los unos con los otros4,rt!culo 74 6oda persona tiene todos los derec"os y libertades proclamados en esta )eclaraci%n, sin distinci%n aluna de raza, color, se8o, idioma, relii%n, opini%n pol!tica o de cualquier otra !ndole, orien nacional o social, posici%n econ%mica, nacimiento o cualquier otra condici%n4,dem&s, no se "ar& distinci%n aluna #undada en la condici%n pol!tica, jur!dica o internacional del pa!s o territorio de cuya jurisdicci%n dependa una persona, tanto si se trata de un pa!s independiente, como de un territorio bajo administraci%n #iduciaria, no aut%nomo o sometido a cualquier otra limitaci%n de soberan!a4,rt!culo 94 6odo indi'iduo tiene derec"o a la 'ida, a la libertad y a la seuridad de su persona4,rt!culo :4 *adie estar& sometido a escla'itud ni a ser'idumbre, la escla'itud y la trata de escla'os est&n pro"ibidas en todas sus #ormas4,rt!culo ;4 *adie ser& sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, in"umanos o deradantes4,rt!culo 4 6oda persona tiene derec"o a que se establezca un orden social e internacional en el que los derec"os y libertades proclamados en esta )eclaraci%n se "aan plenamente e#ecti'os4,rt!culo 7?4 54 6oda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que s%lo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad474 En el ejercicio de sus derec"os y en el dis#rute de sus libertades, toda persona estar& solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el +nico #in de aseurar el reconocimiento y el respeto de los derec"os y libertades de los dem&s, y de satis#acer las justas e8iencias de la moral, del orden p+blico y del bienestar eneral en una sociedad democr&tica494 Estos derec"os y libertades no podr&n, en nin+n caso, ser ejercidos en oposici%n a los prop%sitos y principios de las *aciones Unidas4,rt!culo 9@4 *ada en esta )eclaraci%n podr& interpretarse en el sentido de que con#iere derec"o aluno al Estado, a un rupo o a una persona, para emprender y desarrollar acti'idades o realizar actos tendientes a la supresi%n de cualquiera de los derec"os y libertades proclamados en esta )eclaraci%n4