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DOCUMENTOS DE TRABAJO El periodismo en México en estado de indefensión 505 María Elena de la Rosa Vázquez Septiembre 2013

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DOCUMENTOS

DE TRABAJO

El periodismo en México

en estado de indefensión

505

María Elena de la Rosa Vázquez

Septiembre 2013

El periodismo en México en estado de indefensión

María Elena de la Rosa Vázquez*

Fundación Rafael Preciado Hernández A.C.

Documento de Trabajo No. 505

Septiembre 2013

Clasificación temática: Libertad de Expresión

RESUMEN

El presente documento tiene como objetivo reflejar la cruenta realidad a la que

se enfrentan los periodistas y en general la libertad de expresión, agravada por

la impunidad de los crímenes de que son objeto. La cada vez más violenta

respuesta de los agresores al trabajo periodístico, pone a esta profesión como la

más peligrosa en el país; por lo que sostenemos que el Periodismo en México

se encuentra en estado de indefensión. Sin embargo, mecanismos de

autoprotección y protocolos de seguridad pueden ser en estos momentos la

opción más viable para que el periodista o el ciudadano puedan, en el primer

caso, realizar su labor con profesionalismo, y en ambos, garantizar el derecho

a las libertades de información y expresión, consagradas en nuestra

Constitución.

* Correo electrónico [email protected] /Las opiniones contenidas en este documento corresponden

exclusivamente a los autores y no representan necesariamente el punto de vista de la Fundación Rafael Preciado Hernández A.C. Agradezco la colaboración de Mario Jesús Gómez Castillo, prestador de Servicio Social en la Fundación Rafael Preciado

Hernández (Dirección de Comunicación), por su trabajo reporteril para este documento, encargado de las entrevistas y la

elaboración de los mapas mentales.

Contenido

I. Introducción 1-4

II. Justificación de la relevancia de la investigación 5

III. Objetivos de la investigación 6

IV. Planteamiento y delimitación del problema 7

V. Marco teórico y conceptual 8-11

VI. Formulación de hipótesis 12

VII. Pruebas empíricas o cualitativas de la hipótesis 13-14

A) Agresiones a periodistas (1988-2000) 14-15

B) Agresiones a periodistas (2000-2012) 16-18

a) Veracruz es el puntero 19-20

b) El último sexenio 20-21

C) Campaña nacional #impunidadmata 22-25

D) Autoprotección 26-28

1.- Manual de seguridad para periodistas-CPJ 29

2.- Instituto Internacional para la Seguridad de la Prensa 30

3.- Manual de autoprotección para periodistas-Colombia 31

4.- Protocolo para periodistas en situación de alto riesgo-Chihuahua, Méx. 32

E) Primer Encuentro Nacional de Periodistas Capacitadores en Autoprotección 33-34

F) Organismos que tutelan los derechos humanos y la libertad de expresión 35-40

G) Condiciones laborales de los periodistas 40-43

VIII. Conclusiones y nueva agenda de investigación 44-46

IX. Bibliografía 47-48

X. Anexo

1.- Mapa estadístico de agresiones a periodistas “México: medios bajo

ataque”

49

2.- Estadísticas de asesinatos contra periodistas, dos organizaciones:

2A.- Datos del Barómetro de la Libertad de Prensa (RSF)

2B.- Datos de Artículo 19

50-51

52

3.- Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y

Periodistas (13 de junio de 2012)

53-63

4.- Transcripción de la entrevista a Daniela Pastrana, de la organización

Periodistas de a Pies (Realizada el 25 de julio de 2013)

64-71

1

I. Introducción

La soledad del periodista… una gran mayoría en México parece caminar

hacia el vacío. Por ejemplo, están solos frente a poderes de facto: llámese

narcotráfico, gobiernos autoritarios o poder económico: Jacinto

Rodríguez Munguía**.

En un contexto de impunidad como el que se vive en México, en el que incluso la

Comisión Permanente del Congreso de la Unión pidió a los estados asumir la

responsabilidad de proteger a los defensores de derechos humanos y periodistas, ya que

“91% de las agresiones en su contra, registradas desde el año 2000 a la fecha,

permanecen impunes”1, es importante tomar medidas no sólo para detener la escalada

de ataques sino revertir esa tendencia.

Una causa fundamental de la impunidad, señala el Comité para la Protección de

los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés), es la corrupción generalizada que ha

provocado que el sistema judicial mexicano se vuelva tan disfuncional que la mayoría

de las muertes de periodistas quedan sin resolver.2

No puede haber un ejercicio pleno de la libertad de expresión en un clima de

impunidad, en donde los medios judiciales resultan inefectivos y el Estado no adopta

medidas para prevenir nuevos atentados en contra de los periodistas.

Muestra de ello es que en un año (2011-2012), la agresión a periodistas,

trabajadores de la prensa e instalaciones de medios de comunicación se incrementó

20.34%, con 207 incidentes en 25 estados del país, según reporte de la organización

internacional Artícuo 19.3

Las reiteradas agresiones a periodistas en México nos ha llevado a ocupar el

tercer lugar mundial en muertes de comunicadores, después de Siria y Somalia. En tanto

** Periodista fundador de Milenio Semanal y Milenio Diario, de la Revista de El Universal y Emeequis.

Autor del libro La otra guerra secreta. Los archivos prohibidos de la prensa y el poder. Ed. Debate,

México, 2007. 1 En:

http://www.periodistasenlinea.org/modules.php?op=modloa&name=News&life=article&sid=23505 2 Revisar las estadísticas de agresiones contra periodistas en América Latina y particularmente en

México, en http://cpj.org/es/2010/02/ataques-a-la-prensa-en-el-2009-mexico.php 3 Es una organización independiente de Derechos Humanos que trabaja alrededor del mundo para

proteger y promover el derecho a la libertad de expresión. Toma su nombre del Artículo 19 de la

Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual garantiza la libertad de expresión. El citado

Informe está disponible en: http://articulo19.org/informe2012/

2

que somos “el país de América más peligroso para ejercer el periodismo”4, ya que en

la última década al menos 66 periodistas han sido asesinados, además de quienes han

sido amenazados, atacados, heridos, y finalmente desplazados.

Para dar una idea más amplia del nivel y la frecuencia de agresiones a los

periodistas y medios de comunicación en México, ver el Anexo 1 que corresponde al

informe anual (2012) de la organización internacional Artículo 19.5

En infografía presentada por esta organización -con representación en México,

se puntualiza que de enero a octubre de 2012 se registraron 137 agresiones a personas

y inmuebles dedicados al periodismo6. El estado de Veracruz aparece en primer lugar

(24), le siguen Oaxaca (20), Baja California (16) y Distrito Federal (11).

Por otro lado, la organización internacional Repoteros Sin Fronteras (RSF) dio

a conocer que a junio del presente año (2013) se registran 12 periodistas desplazados

en el interior del país y 14 exiliados en otros países. Balbina Flores, corresponal de la

agrupación en México, calificó la situación como una “emergencia humanitaria”.

Si bien es cierto que las agresiones a los periodistas se han recrudecido en la

última década, desde los años 80 se tienen registros de estos atentandos, algunos de

ellos que acabaron la vida de notables comunicadores como Manuel Buendía

Tellezgirón (30 de mayo de 1984).

La estrategia del combate al narcotráfico, que inició de manera oficial y frontal

en el 2006 la administración del Presidente Felipe Calderón -segundo mandatario de

extracción panista- fue el principal detonante para el incremento desproporcionado de

los asesinatos contra los comunicadores.

De ahí que se escuchen voces como la de la periodista Sanjuana Martínez,

respecto a que el Gobierno mexicano “no ha mostrado voluntad política para combatir

la impunidad ni para realizar las reformas estructurales que permitan a los periodistas

el acceso efectivo a la justicia y a la reparación del daño.

“El periodismo está herido. La libertad de expresión mutilada. La prensa

lesionada. La información sacrificada”, sentencia Martínez en un artículo motivo de la

4 Informe de Amnistía Internacional, consultado el 21 de marzo en: http://alzatuvoz.org/periodistas/ 5 Informe disponible en http://articulo19.org/informe2012/ 6 Del 1 de enero al 1 de octubre de 2012 se registraron 137 agresiones de diversos tipos a periodistas y

medios de comunicación. En:

http://www.flickr.com/photos/77679119@N02/8074506460/in/photostream (Fecha de consulta 25 de

enero de 2013)

3

consulta realizada por la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones

Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH).

Pero concluído el segundo sexenio de Acción Nacional, y a seis meses de

iniciado el del priísta Enrique Peña Nieto, las agresiones a los periodistas continúan la

tendencia; se incrementaron más de 46% en comparación con el mismo periodo de

2012, el último año de Felipe Calderón.

De tal suerte que en la primera mitad del año anterior se habían contabilizado

103 agresiones –que pudieron ser amenazas, golpes, desapariciones, secuestros, robo o

destrucción de equipo, atentandos a los inmuebles, tortura y asesinato- y en esta primera

mitad de 2013, la cifra se elevó a 151.

El director de Artículo 19 en México, Dario Ramírez, criticó la actuación del

Mecanismo de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y

Periodistas7, y es que a seis meses del nuevo Gobierno federal se habían registrado ya

cuatro asesinatos, tres desapariciones y nueve ataques contra medios de comunicación,

“registrando el peor arranque en cuanto a ataques a la libertad de expresión y la

profesión periodística”.

“Hay más violencia, una ley de protección a periodistas8, un mecanismo de

protección a periodistas, hay una reforma a la constitución y no hemos logrado bajar el

número de ataques contra periodistas”, denunció Ramírez.

El primer asesinado de este sexenio es el de Jaime González Domínguez en

Ojinaga, Chihuahua, el 3 de marzo de 2013. El portal de noticias que dirigía anunció

que dejaría de funcionar,9 mediante una nota que publicó y tituló: “Ejecutan al

reportero-director de este medio. Muy probablemente esta sea nuestra última Nota”.

Para el 15 de abril, Alonso de la Colina Sordo fue asesinado en la ciudad de

Puebla, cuando salía de una sucursal bancaria; tenía dos meses que había renunciado a

la conducción de un noticiero de televisión Hechos de Guerrero en dicha entidad.10

7 El 30 de abril de 2012 se concluyó el proceso de aprobación de la Ley para la Protección de Personas

Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, derivada de la iniciativa presentada por el Senador

Rubén Camarillo Ortega, del PAN, en la sesión del 13 de marzo de 2012. Uno de sus instrumentos es el

Mecanismo de Protección. 8 El 25 de abril de 2013 en la Cámara de Diputados se aprueba una reforma al Código Federal de

Procedimientos Penales y las leyes orgánicas del Poder Judicial de la Federación y de la Procuraduría

General de la República (PGR), como al Código Penal Federal para que el Ministerio Público Federal

atraiga los casos de agresiones a periodistas. 9 Mediante nota publicada en: www.ojinaganoticias.com.mx el día 4 de marzo. La página ya fue retirada

de la Web. 10 Cable de la agencia EFE, fechado el 15 de abril de 2013. En: http://www.sinembargo.mx/15-04-

2013/590943

4

Mario Ricardo Chávez Jorge, del diario El Ciudadano, fue hallado sin vida en

Tamaulipas, el 26 de junio, dos semanas después de su secuestro. Al respecto, Irina

Bokova, directora general de la UNESCO, indicó en un comunicado que los periodistas

“deben ser capaces de desarrollar su trabajo con seguridad, porque juegan un papel

esencial a la hora de asegurar que un público bien informado pueda ejercer sus derechos

democráticos”.

Alberto López Bello, periodista del diario Imparcial, fue encontrado el 17 de

julio en un paraje cercano de la capital de Oaxaca, junto con otra persona; el

comunicador era colaborador en la sección policiaca del periódico, que ese mismo día

condenó en su página web los hechos y exigió a las autoridades el pronto

esclarecimiento del asesinato. Esto, advirtió el mensaje editorial, “demuestra la

vulnerabilidad, a la que están expuestos los comunicadores en su labor diaria para

informar veráz y oportunamente a la ciudadanía”11.

De acuerdo a estadísticas que más adelante presentaremos, los más afectados

son los encargados de las coberturas policiacas, que realizan investigaciones vinculadas

con el narcotráfico, la corrupción (transparencia y rendición de cuentas) o violaciones

a los derechos humanos.

Incluso en los nuevos medios, llamados digitales, México es considerado un

país parcialmente libre “en la red”, declaró la organización no gubernamental

estadounidense Freedom House12.

Al estar en peligro el desempeño del periodista, como se ve con este breve

recuento, se pone en peligro el espacio para el intercambio de ideas.

11 Portal en el que todavía aparece un moño negro en señal de luto. Consultar:

http://www.imparcialenlinea.com 12 En http://www.animalpolitico.com/2012/10/amordaza-violencia-y-gobierno-libertad-de-blogueros-

en-mexico-freedom-house/

5

II. Justificación

La relación del Estado mexicano con los medios de comunicación e información es un

tema pendiente. Por lo que es conveniente revisar el ejercicio de la libertad de expresión

y sus garantías jurídicas, de manera que se asegure la protección en el desempeño de

los profesionales de la información. Ello es indicativo de las garantías de libre expresión

de que disfruta el resto de la sociedad.

La delincuencia organizada y los programas gubernamentales de combate a la

misma han impactado sobre manera al ejercicio periodístico, y por consecuencia a una

sana convivencia social. De ahí la importancia de esta investigación, que radica en

presentar un análisis de la libertad de expresión en México, que nos permita construir

–no sólo a periodistas sino a toda la sociedad-, partiendo de este diagnóstico, propuestas

que nos lleven a superar esta crisis de “emergencia humanitaria”, y de igual manera

abonar en la formación cívica y política del ciudadano.

Asimismo, las escazas leyes secundarias sobre la libertad de expresión y de

prensa, que no sólo ejercen los periodistas, abonan al clima de inseguridad. No hay

garantías para los profesionales de la comunición, además de sus deplorables

condiciones laborales, que les coarta una adecuada defensa de la libertad de expresión;

y para el resto de los mexicanos, las condiciones pueden ser mucho peores.

Ahora que se logró la “federalización” de los ataques a periodistas y a la libertad

de expresión (la atracción de expedientes por el Ministerio Público Federal, MPF), el

mantenimiento del sistema democrático exige que se intervenga jurídicamente para

recuperar el espacio público en nombre de la ciudadanía, que finalmente es la más

afectacta por esta condición que restringe las libertades, y no sólo la de expresión. No

hay un atentado más grave que el de la vida, y un importante número de periodistas y

defensores de derechos humanos la han perdido en el ejercicio de su labor.

Entre otros actores sociales, los medios de comunicación, así como los

periodistas, “son ejes fundamentales en la articulación de los sistemas políticos, que en

el caso de México, debemos de consolidar en democracia”.13

13 Jaime Rochín del Rincón en La Silla Rota, 21 septiembre de 2012.

6

Los ataques a la libertad de expresión, y la incapacidad y/o falta de voluntad del

Estado para resolverlos, afectan al mismo tiempo el goce de otros derechos

fundamentales, y por tanto a la democracia.

III. Objetivos

1. Proponer condiciones normativas que puedan derivar en legislación

secundaria para que el asesinato a periodistas no quede impune.

2. Fortalecer las instancias de protección y salvaguarda de la labor de los

periodistas, en virtud de que no hay un marco legal apropiado.

3. Valorar los protocolos de seguridad para periodistas y difundirlos entre el

gremio para su oportuna aplicación.

4. Recomendar mejores condiciones laborales para los periodistas y

trabajadores de los medios de comunicación, asegurando el óptimo

desempeño de sus actividades en un marco de libertad y respeto a su labor.

7

IV. Planteamiento y delimitación del problema

Desde hace décadas, el tema de la libertad de expresión y su debida salvaguarda está

presente en la discusión de la agenda nacional. Para el caso particular de esta

investigación, las preguntas centrales son: ¿Cómo erradicar la impunidad respecto al

asesinato de periodistas?, dado que se ha convertido en un problema nacional con

impacto externo, pues ocupamos el octavo sitio a nivel mundial. ¿Qué opciones nos

pueden encaminar a garantizar la libertad de expresión en el país, frente a desafíos como

el crimen organizado, autoritarismo y cacicazgos en los tres niveles de gobierno? ¿Qué

acciones deben tomar los propios periodistas y/o los medios en los que se desempeñan,

así como la ciudadanía para ejercer los derechos de información y expresión bajo tutela

del Estado?

8

V. Marco teórico y conceptual de referencia

Para garantizar el pleno ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a la

información, conceptos plasmados en la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos (CPEUM)14, en sus artículos 6° y 7°, no sólo es necesaria su reglamentación

jurídica; no basta con crear leyes generales y sus respectivos reglamentos. Hace falta

llegar a consensos sociales, más allá de la legislación, para encausarlos en el ámbito de

la ética.

La libertad, en términos generales, se constituye como un derecho fundamental

del ser humano, desde la Declaración Francesa de 1789, “cuyo artículo 4° consagra a

la libertad como una garantía genérica”.15

Este precepto a su vez se divide en libertades físicas y del espíritu, y de acuerdo

a Hegel la libertad de expresión es esencialmente una libertad espiritual “por satisfacer

las necesidad intrínseca que tiene toda persona por manifestar sus ideas, sentimientos,

opiniones, etc”.16

Asimismo, el derecho a la información, plasmado en el artículo 6°, incorporado

a la Constitución mexicana en 197817; plantea las prerrogativas para que cualquier

persona, sin distinción, ejerza su facultad para informar y ser informado.

ARTÍCULO 6º CONSTITUCIONAL

LA MANIFESTACIÓN DE LAS IDEAS NO SERÁ OBJETO DE NINGUNA

INQUISICIÓN JUDICIAL O ADMINISTRATIVA, SINO EN EL CASO DE QUE

ATAQUE A LA MORAL, LOS DERECHOS DE TERCERO, PROVOQUE ALGÚN

DELITO, O PERTURBE EL ORDEN PÚBLICO; EL DERECHO DE RÉPLICA

SERÁ EJERCIDO EN LOS TÉRMINOS DISPUESTOS POR LA LEY. EL

DERECHO A LA INFORMACIÓN SERÁ GARANTIZADO POR EL ESTADO.

14 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos | Nuevas reformas | Diario Oficial de la

Federación (DOF) 05-02-1917. En : http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/9/ 15 Villanueva Ernesto, Diccionario de Derecho de la Información, p. 364, ed. Porrúa. 16 Villanueva Ernesto, op. cit., p. 364. 17 Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o

administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito,

o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el Estado.

9

(Reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el

13 de noviembre de 2007).

Marco jurídico

Libertad Norma Internacional Norma mexicana Legislación

secundaria

De pensamiento u

opinión

(expresión)

- Declaración Universal de

DH (artículo 19)

- Convencón Americana

sobre DH (artículo 13,

apartado I; artículo 1418)

- Pacto Internacional de

Derechos Civiles y

Políticos19

Constitución de

México (artículo 6º)

De prensa o

imprenta

Declaración Universal de

DH (artículo 19)

- Convencón Americana

sobre DH (artículo 13,

apartado I)

- Pacto Internacional de

Derechos Civiles y Políticos

Constitución de

México (artículo 6º y

artículo 7º)

- Ley de imprenta

(promulgada el 12 de

abril de 1917, sin

modificaciones a la

fecha)

- Ley Federal de Radio

y TV (promulgada el

19 de enero de 1960)

De información Declaración Universal de

DH (artículo 19)

Constitución de

México (artículo 6º)

Ley Federal de

Transparencia y

Acceso a la

Información Pública

18 1.- Toda persona afectada por informaciones inexactas o agraviantes emitidas en su perjuicio a través

de medios de difusión legalmente reglamentados y que se dirijan al público en general, tiene derecho a

efectuar por el mismo órgano de difusión su rectificación o respuesta en las condiciones que señale la

ley. 2.- En ningún caso la rectificación o respuesta eximirá de las otras responsabilidades legales en que

se hubiese incurrido. 3.- Para la efectiva protección de la honra y la reputación, toda publicación o

empresa periodística, cinematográfica, de radio o televisión, tendrá una persona responsable que no esté

protegida por la impunidad o disponga de fuero especial, que funja como árbitro en éstos casos. Dicho

convenio fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 7 de mayo de 1981, fecha a

partir de la cual inició su vigencia en México. 19 Adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General (ONU) en su resolución

2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966. Entrada en vigor: 23 de marzo de 1976, de conformidad con

el artículo 49.

10

- Convencón Americana

sobre DH (artículo 13,

apartado I)

- Pacto Internacional de

Derechos Civiles y Políticos

Gubernamental

(Ultima reforma

publicada DOF 08-06-

2012)

Libertad Norma Internacional Norma mexicana Legislación

secundaria

De rectificación o

respuesta

(réplica)

Convención Americana

sobre DH (artículo 14,

fracción 1, 2, y 3)

Publicado en el Diario

Oficial de la

Federación

(7/05/1981)

Reconocida en la

Constitución de

México en 2007.

Reglamento de la Ley

Federal de Radio y

Televisión

(10/10/2002)

De conciencia y

religión

Convención Americana

sobre DH (artículo 12,

fracción I)

Constitución de

México (Artículo 24)

Derechos

Humanos

Reforma constitucional

en materia de DH*

(junio de 2011)

Artículo 1º

Adecuación a la Ley

de la Comisión

Nacional de los

Derechos Humanos

(CNDH)

* Se le considera “uno de los actos legislativos más relevantes de las últimas décadas

por la transformación que implica el funcionamiento de las instituciones estatales”; toda

vez que al entrar en vigor esta reforma, “todas las autoridades tienen la obligación de

promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, y se pone en el centro

de la acción estatal el principio pro personae (El nuevo texto constitucional del Artículo

1 materializó este principio al incorporar los derechos humanos reconocidos en tratados

internacionales y ordenar en la aplicación de las normas, la protección más amplia)”.20

Para el caso que nos ocupa, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

tendrá que ser reforzada, al establecerse -de acuerdo a la reforma mencionada- que las

autoridades que no acepten o cumplan las recomendaciones de ella deberán explicar

20 Abreu Sacramento, José Pablo. Le Clercq, Juan Antonio (coordinadores). La reforma humanista.

Derechos humanos y cambio constitucional en México. Ed. Porrúa y Konrad Adenauer. México, 2011.

Pp. 9-31.

11

públicamente las razones que motivaron la negativa. Por lo que la CNDH tendrá la

facultad de solicitar al Senado que llame a comparecer a los servidores públicos

imcumplidos.

En tanto que el principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de

Expresión aprobada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH),

en el año 2000, establece que:

… el asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así

como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos

fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber

de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar

a las víctimas una reparación adecuada.

Por su parte, la Relatoría para la Libertad de Expresión de la OEA emitió el

principio 13 :

… la utilizacion del poder del Estado y los recursos de la hacienda publica; la

concesion de prebendas arancelarias; la asignacion arbitraria y discriminatoria de la

publicidad oficial y créditos oficiales; el otorgamiento de frecuencias de radio y

television, entre otros, con el objetivo de presionar y castigar o premiar y privilegiar a

los comunicadores sociales y a los medios de comunicacion en funcion de sus líneas

informativas, atentan contra la libertad de expresion y deben estar expresamente

prohibidos por la ley.

12

VI. Hipótesis

La impunidad que prevalece respecto al asesinato de periodistas, exacerba el estado de

indefensión en que se encuentran estos profesionales en México. El Estado mexicano

ha sido incapaz de investigar de manera eficaz las agresiones, desapariciones y

asesinatos de periodistas, lo que ha dado como resultado el incremento de estos hechos

al incentivar a los agresores y futuros agresores.

Al disminuir la impunidad de estos delitos -contra periodistas y medios de

comunicación, así como el blindaje de la actividad periodística, se desincentiva a los

agresores y se crea un ambiente de seguridad y respeto al desempeño profesional de la

comunicación y la información en este país.

13

VII. Pruebas empíricas o cualitativas de la hipótesis

El diseño de esta investigación es cualitativo e inductivo, ya que se reunen datos desde

hace poco más de 30 años sobre la agresión a periodistas en México, con un registro

general (nacional) de 1982 al año 2006 y detallado a partir de 2006 a la fecha. Partiendo

de la base que este fenómeno –agresiones a la libertad de expresión (periodistas)- se ha

registrado frecuentemente, pero que en los últimos 30 años se observa un incremento

constante y acelerado, se presume que dos fenómenos, impunidad y crimen organizado,

han impactado de manera negativa.

Las agresiones contra los comunicadores no son de reciente aparición, sin

embargo en las últimas tres décadas se traducen en una peligrosa espiral de violencia

(en los últimos 29 años, casi 150 perdiodistas han sido asesinados21), impunidad y

autocensura que termina por afectar el sistema democrático de México, al impedir que

el libre tránsito de las ideas e información estén garantizadas.

En un evento realizado el 30 de mayo de 2013, conmemorando la muerte de

Manuel Buendía, el periodista Virgilio Caballero agregó que durante el régimen priista,

de Miguel de la Madrid a la administración de Ernesto Zedillo habían sido 34 los

comunicadores ejecutados, aunque en datos recabados para efecto de esta investigación

la cifra puede variar entre 82 y 103. (Ver Tabla1)

La espiral de violencia contra los periodistas ha sido más notoria en los últimos

20 años, ya que anteriormente cualquier información al respecto era manipulada,

escondida o maquillada. Hoy estos datos están más a la vista, ya no se pueden esconder,

pues aunque las cifras no coincidan, las organizaciones defensoras de derechos

humanos y de periodistas tienen sus propias bases de datos que dan a conocer

frecuentemente a través de sus propios medios y en otras instancias.

Jacinto Rrodíguez Mungía, autor de La otra guerra secreta, nos revela en este

libro que en circunstancias tan especiales como el Movimiento Estudiantil de 1968, la

política represora de Luis Echeverría, entonces secretario de Gobernación, no sólo

estaba enfocada al sector estudiantil, iguales medidas aplicó contra reporteros,

21 En “Decenas de periodistas asesinados, después de Manuel Buendía”. Consultado en el portal de

Contralínea: http://contralinea.info/archivo-revista/index.php/2013/05/30/decenas-de-periodistas-

asesinados-despues-de-manuel-buendia/ Consultado el 13 de junio de 2013.

14

directivos de medios de comunicación y de manera más sutil con los dueños de los

mismos. En el apartado “Echeverría y el poder de la información” se da cuenta de los

mecanismos para manipular, coartar y censurar información relevante que tuviera que

ver con la violación a los derechos humanos y particularmente de los periodistas.

La investigación de Jacinto Rodríguez está documentada en el Archivo General

de la Nación, en especial en los archivos de la Secretaría de Gobernación.

Vicente Leñero, escritor y periodista mexicano, también da cuenta de cómo Luis

Echeverría Álvarez dirigió desde Los Pinos, a través de Gobernación y sus aliados

dentro de la cooperativa que daba vida a Excélsior, el “asesinato” en 1976 de ese

periódico y la posibilidad de la palabra crítica.

Habrá que rescatar de la memoria colectiva este grave atentado a la libertad de

expresión, el golpe a Excélsior, “el más duro golpe de la historia del periodismo

nacional”, como lo narra Leñero en su libro Los Periodistas22.

Otra agresión, que llevó a la muerte al connotado reportero y columnista Manuel

Buendía Tellezgirón, se registró en mayo de 1984, durante el sexenio de Miguel de la

Madrid Hurtado.

A) Agresiones a periodistas (1982-2000)23

- BUENDÍA TÉLLEZ GIRÓN, MANUEL. Excélsior. Muerto en 1984. Este

periodista de investigación de México, recibió un disparo en la espalda a quemarropa

en la capital el 30 de mayo. Había escrito sobre casos de corrupción en el Sindicato de

Trabajadores del petróleo. Su columna “Red Privada” trataba crímenes y corrupción

institucional. (Sexenio- Miguel de la Madrid)

- FELIX MIRANDA, HÉCTOR. Semanario Zeta. Asesinado en 1988. Durante tres

semanas este medio impreso publicó información sobre la organización y atentados del

grupo de narcotraficantes de los hermanos Arellano Félix, aposentados en Tijuana.

Aunque nunca se esclareció el crimen, se cree que fue en represalia por esta

información, narró en su momento el otro editor JESÚS BLANCORNELAS, quien

22 Leñero, Vicente. Los periodistas. Ed. Joaquín Mortiz. Primera edición 30 Aniversario. México, 2006. 23 A excepción del caso de Héctor Félix Miranda, los otros tres fueron consultados en la página de la

Felap: http://www.felap.org Consultado el 15 de agosto de 2013.

15

también fue víctima de un atentado en 1997, y del que salió vivo gracias a su escolta.24

(Sexenio- Miguel de la Madrid)

- CÓRDOVA SOLÓRZANO, ALFREDO. uno-mas-dos. Muerto en 1990. Falleció el

9 de junio, tres días después de que unos pistoleros no identificados le dispararan en su

casa en Tapachula, Chiapas. Había escrito sobre tráfico de drogas. Era el fundador y

director de su periódico desde hacía 5 años. Anteriormente ya había sido agredido y

golpeado. (Sexenio- Carlos Salinas de Gortari)

- FLORES GONZÁLEZ, BENJAMÍN. La prensa. Muerto en 1997. El 15 de julio fue

emboscado y asesinado por un hombre que le disparó 16 veces. Tenía 29 años de edad,

y fue asesinado en San Luis Río Colorado; había recibido amenazas de muerte después

de publicar artículos sobre corrupción y tráfico de drogas. Un capo de la droga local

estuvo implicado en su asesinato. (Sexenio- Ernesto Zedillo)

Estos son sólo algunos casos representativos de cada uno de los sexenios estudiados,

que abarcan casi dos décadas, pero se tienen registros -no oficiales- de decenas de

víctimas relacionadas con la defensa de los derechos humanos y el desempeño

periodístico. (Ver Tabla 1)

Tabla 1

Número de periodistas asesinados por sexenio

1982-200025

Presidente Periodo de gestión No. de periodistas

asesinados

Miguel de la Madrid 1982-1988* 12**

Carlos Salinas de Gortari 1988-1994 46

Ernesto Zedillo Ponce de León 1994-2000 24

*La contabilidad va del año 1983 a 1988.

**Aunque en este periodo un informe de la organización Ni uno Más, reporta que hubo 33

asesinatos.

24 En junio de 2004 fue asesinado otro editor del mismo medio, Francisco Ortiz Franco, por los mismos

motivos, aparentemente; dos años después, en 2006, Blancornelas falleció a consecuencia de un

padecimiento pulmonar. 25 Con datos de la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos (Fapermex)

16

B) Agresiones a periodistas (2000-2012)

Los 12 últimos años, en los que gobernaron dos presidentes de extracción panista, se

pueden ver a luz de sus propias administraciones. Durante la primera, con el Presidente

Vicente Fox Quesada, la tendencia de agresiones a periodistas se mantuvo ligeramente

abajo con 22 asesinatos, dos menos que en el sexenio del último presidente del PRI del

siglo XX, Ernesto Zedillo; pero, por debajo de Carlos Salinas de Gortari, que registró

46 asesinatos de periodistas (Comparar tablas 1 y 2).

Tabla 2

Número de periodistas asesinados por sexenio

2000-201226

Presidente Periodo de gestión No. de periodistas

asesinados

Vicente Fox Quesada 2000-2006 22

Felipe Calderón Hinojosa 2006-2012 47

Para el sexenio del Presidente Felipe Calderón (2006-2012), la estadística de asesinatos

a periodistas se disparó a más de 100% (Ver Tabla 2) en comparación con el número

del sexenio anterior (de VFQ), conforme a datos publicados por Artículo19. Aún así la

cifra de la administración que recién terminó en 2012 está apenas un dígito arriba del

periodo del priista Carlos Salinas de Gortari.

Pero el número de agresiones, que no necesariamente llegaron a asesinato, es

mucho mayor en este lapso (2006-2012), considerando: intimidaciones, amenazas,

golpes, secuestros, robo o destrucción de instrumentos de trabajo, atentados a las casas

editoras de medios de comunicación, desplazamiento forzado y desapariciones,

detenciones arbitrarias, etc.

En la Tabla 3 veremos aquellas agresiones (en general) reportadas a la

Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH):

26 Datos de Artículo 19, publicados en. http://www.animalpolitico.com/2012/05/van-70-periodistas-

asesinados-en-12-anos/#axzz2cAQwsIXp Consultado el 15 de marzo de 2013.

17

Tabla 3

Casos de agresiones registrados ante la CNDH

Sexenio Expedientes

1988-1994 Carlos Salinas de Gortari 88

1994-2000 Ernesto Zedillo Ponce de León 157

2000-2006 Vicente Fox Quesada 275

2006-2012 Felipe Calderón Hinojosa 351*

* La cifra es hasta 2011

Al respecto, un funcionario de la CNDH, en representación del titular, aclaró en evento

oficial –el 7 de febrero de este año, 2013- que la institución ha documentado de 1999 a

la fecha 843 expedientes relacionados con agresiones a periodistas y en los que el tema

es la vulneración a sus derechos humanos, a la seguridad jurídica, la libertad, la

legalidad, la integridad y seguridad personal, así como a la propiedad y posesión. Javier

Tapia, quinto visitador de la Comisión, añadió que, con respecto a los casos que han

sido consignados a las autoridades, sólo en 7% un juez ha dictado sentencia

condenatoria. Lo anterior significa que el índice de impunidad es de 81%27.

Un mosaico de cifras, pero consistentes

Cada una de las diferentes organizaciones que se dedican a la promoción y protección

de los derechos humanos y de periodistas tienen sus propias cifras, algunas coinciden,

la mayoría no. Sin embargo, presentaremos detalladamente para este segundo periodo

de estudio (2000-2012) las que reportan Artículo19 y Reporteros Sin Fronteras (RSF),

dada su experiencia de registro y seguimiento de casos a nivel internacional, en el rubro

de asesinatos, como se comprenderá por ser el más grave atentado: a la vida.

En el Anexo 2 encontrará las listas completas con nombres, fechas de su muerte

(o hallazgo de sus cuerpos) y los medios en los que se desempeñaban los periodistas.

Gráfica 1

27 Las declaraciones del funcionario de la CNDH fueron en el marco de la instalación de la Comisión

Especial para dar seguimiento a agresiones contra Periodistas, en el Senador de la República. Nota

publicada en: http://www.milenio.com/cdb/doc/noticias2011/c2786e10952498759b7205a3a76d6bb3

Consultado el 20 de marzo de 2013

18

Como se podrá observar en la Gráfica 1, las dos organizaciones consultadas no

coinciden en los datos respecto a la cantidad de periodistas asesinados. Por ejemplo,

Reporteros Sin Fronteras (en azul) no tiene registros en los primeros años de la pasada

década, es hasta 2004 cuanto inicia su conteo28 bajo el esquema del Barómetro de la

Libertad de Prensa. Mientas que Artículo19 tiene registros desde 2000 y está por

encima casi siempre de la contabilidad, a excepción del año 2012 donde RSF registra

dos asesinatos más.

En tanto, el Informe anual del Centro Nacional de Comunicación Social

(Cencos) detalla que durante 2012, último año de mandato de Felipe Calderón, resultó

ser el más violento con un total de 258 agresiones a la libertad de expresión. En la

presentación del informe se destacan las nuevas problemáticas y características de

agresiones hacia el derecho de libertad de expresión, desde asesinatos y desapariciones

hasta los actos más sutiles de intimidación como método para inhibir el ejercicio del

periodismo.29

a) Veracruz es el puntero

28 Consultado en su página: 29 Informe anual de Cencos 2012 ¿Por qué tanto silencio? En:

http://issuu.com/cencos/docs/porquetantosilencio-web Consultado el 9 de julio de 2013.

0

2

4

6

8

10

12

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012

RSF

Artículo19

19

Cabe mencionar que el 80% de estas agresiones (en 2012) fueron cometidas en el estado

de Veracruz -y este dato coincide con los reportes de Artículo19 que arriba

mencionamos-, por lo que se considera a esa entidad la más peligrosa para ejercer el

periodismo en México, según los registros de ambas organizaciones.

Paradójicamente, el gobernador de esta entidad, Javier Duarte, recibió un

“premio” que la Asociación Mexicana de Editores de Periódicos, A. C. (AME) le

entregó el 2 de abril de 2013, por haber creado la Comisión Estatal de Atención y

Protección a Periodistas, cuando en los dos primeros años de su administración fueron

asesinados nueves periodistas y al menos tres están desaparecidos.

Días después, 8 de abril, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) desmintió

que este organismo haya tomado “acuerdo unánime” para entregar premio a Javier

Duarte, como lo había declarado oficialmente el gerente de la AME, Julio Bazán

González30.

Más aún, el organismo internacional que agrupa a más de mil 300 diarios,

denuncia que:

La SIP no tuvo ninguna responsabilidad y se deslinda completamente de la

decisión asumida de manera autónoma por la AME. Justamente en el informe y

en dos resoluciones sobre México, la SIP reclamó por la impunidad reinante y

criticó al gobierno de Veracruz, además del de los estados de Coahuila,

Tamaulipas y Chihuahua, donde “se vive una grave y preocupante situación de

ataques, secuestros y amenazas contra los periodistas, medios de comunicación

y usuarios de las redes sociales, y en todos los casos ni las autoridades federales

ni estatales han actuado”, por lo que habría sido una contradicción premiar a

algún gobierno estatal de México31.

Sergio Landa Rosado, reportero de la sección policiaca del Diario Cardel, fue reportado

como desaparecido desde el 22 de enero de este mismo año, considerado la primera

víctima del gremio en la nueva administración federal, en tanto la estadística sigue

creciendo en Veracruz.

30 Se puede ver comunicado de la SIP en: http://www.sipiapa.org/sip-niega-participacion-en-

reconocimiento-a-gobernador-mexicano/ Consultado el 10 de abril de 2013. 31 Ibídem.

20

Una semana después del “premio” a Javier Duarte, la directora editorial y

conductora de Mega Noticias, Verónica Danell, fue despedida de la empresa

Megabable, por la presión que el gobierno del estado, el ayuntamiento de Xalapa y el

PRI, ejercían sobre la misma32.

Tanto el asesinato de Regina Martínez (28 de abril de 2012), corresponsal de la

revista Proceso en Veracruz, como el otorgamiento de asilo político en Estados Unidos

a Miguel Ángel López Solana, quien huyó del estado (mayo de 2012) luego de que

asesinaran a su familia, son casos emblemáticos de la situación de emergencia

humanitaria que se vive en esa entidad.

López Solana es una caso excepcional, ya que la CPJ canalizó su petición de

asilo, por amenazas constantes de muerte, después de que su padre –Miguel Ángel

López Velasco, también destacado columnista en medios locales- fuera asesinado junto

con su esposa y otro hijo en su domicilio particular.

A la fecha hay 14 periodistas exiliados y 12 desplazados de sus comunidades a

nivel nacional.

b) Los últimos seis años en todo el país

Entre 2006 y 2012 hubo 47 periodistas muertos (en 20 casos se ha confirmado que

estuvieron directamente relacionadas con el ejercicio de la profesión), seis

desaparecidos y 26 comunicadores desplazados de sus respectivas regiones. Una etapa

en la que se registrarían 39 agresiones a medios de comunicación, y una caída en la

calidad de la información en 14 estados, casi la mitad del país.

Para detallar, Artículo19 –mediante infografía publicada33- indica que del total

de periodistas asesinados, 92% son hombres y el 8% restante, mujeres; que según su

cargo, las víctimas son: 17% directivos de medios, 7% jefes de información, 8%

columnistas, 12% locutores, 16% periodistas audiovisuales y 40% reporteros.

El aumento de la violencia en el país tiene explicación por la presencia del

crímen organizado, que también impacta en las agresiones a periodistas. De acuerdo

con el Cencos, en el último sexenio quienes ejercieron el periodismo pasaron a formar

32 Consultar en página de RSF: http://www.rsf.org/mexico-dos-casos-nutren-la-controversia-10-04-

2013,44358.html Consultado 10 de abril de 2013. 33 En: http://www.flickr.com/photos/77679119@N02/9352532083/sizes/k/in/photostream/ Consultado

el 12 de agosto de 2013.

21

parte de una población altamente vulnerada. “El crimen organizado fue uno de los

agresores más contundentes” —se lee en el informe anual 2012.

Las estadísticas sobre homicidios vinculados al crimen organizado lo

demuestran, en un informe de la encuesta Ciudadanía, Democracia y Narcoviolencia

(CIDENA) 2011, que publicó el investigador Raúl Benítez Manaut, y de la cual se

presentan dos estadísticas:

Tabla 4

Homicidios 2001-2006

AÑO NÚMERO DE HOMICIDIOS

2001 1, 080

2002 1, 230

2003 1, 290

2004 1, 304

2005 1, 776

2006 2, 221

Total 8, 901

Fuente: Drug Violence in México, Data and Analysis from 2001-2009.

Tabla 5

Homicidios 2007-2011

AÑO NÚMERO DE HOMICIDIOS

2007 2, 275

2008 5, 219

2009 6, 587

2010 11, 583

2011 12, 366

Total 38, 030

Fuente: “Ejecutómetro”, Reforma, 12 de enero de 2012.

22

C) Campaña nacional #impunidadmata

En marzo de 2013, la organización internacional Artículo 19 lanzó la convocatoria, en

el marco de su informe anual 2012, para que el gremio periodítico y ciudadanía en

general apoyaran la campaña en redes sociales, particularmente en Twitter:

#impunidadmata (Doble Asesinato. La prensa entre la violencia y la impunidad), con

la que se pretende sensibilizar a las autoridades y a la sociedad del grave atentado contra

los periodistas y por ende, contra la libertad de expresión.

A través de esta campaña y las subsecuentes actividades de la organización, en

coordinación con otras afines como Periodistas de a Pie, el Cencos, Reporteros Sin

Fronteras, se socializó la información estadística de las agresiones a periodistas; se

demandó la intervención de las autoridades federales en casos muy concretos,

esclarecimiento de asesinatos y protección para periodistas y sus familias, en los casos

de amenazas y desplazamientos forzados.

Desde al año 2009, Artículo19 ha sistematizado la información sobre este tema,

rinde informes anuales, y sirve de enlace con instancias que pueden auxiliar a los

periodistas en casos de agresión, de igual manera genera y desarrolla cursos para la

autoprotección de los comunicadores, que más adelante abordaremos.

Esta organización y su representante en México, Dario Ramírez, incluso han

recibido una serie de amenzas, al parecer del crimen organizado34, por su activismo a

favor del gremio periodístico. La impunidad mata, resume el lema de su campaña.

“Dada la tendencia latinoamericana a pretender resolver los problemas de la

realidad a través de la ley, es pertinente establecer si la impunidad de la que gozan los

agresores y sus crímenes contra periodistas en la región obedece a una deficiencia

legislativa, o si por el contrario, pese a que existen suficientes leyes y adecuada

protección normativa, estamos frente a un problema de aplicación de la ley, ajeno a la

estructura legal”35.

Habrá que contrastar si con la apliación de la nueva ley que reformó el Código

Penal Federal, para atraer los casos de agresiones a la prensa, se termina con la

34 En: http://www.proceso.com.mx/?p=339805 Consultado el 13 de agosto de 2013. 35 <http://www.article19.org/pdfs/publications/mexico-impunity- statement-sp.pdf>. Consultado el 15

de abril de 2013.

23

impunidad o bien se registra una disminución en los índices de periodistas agredidos

en México, incluyendo asesinatos.

La situación es tan complicada en México como en el resto del mundo, por

circunstancias diversas: conflictos armados y/o represión en naciones con régimen

totalitario. En la siguiente tabla, se observará que nuestro país ocupa el octavo lugar a

nivel internacional en cuanto al índice de impunidad (casos no resueltos) de periodistas

asesinados.

TABLA 636

Asesinato de periodistas en el mundo

Puestos País Casos no

resueltos

Población (en

millones)

Cálculo Puntaje

1 Irak 93 32 93/32 2, 906

2 Somalia 11 9,3 11/9,3 1,183

3 Filipinas 55 93,3 55/93,3 0,589

4 Sri Lanka 9 20,9 9/20,9 0,31

5 Colombia 8 46,3 8/46,3 0,173

6 Nepal 5 30,0 5/30,0 0,167

7 Afganistán 5 34,4 5/34,4 0,145

8 México 15 113,4 15/113,4 0,132

9 Rusia 16 141,8 16/141,8 0,113

10 Pakistán 19 173,6 19/173,6 0,109

11 Brasil 5 194,9 5/194,9 0,026

12 India 6 1.170,9 6/1.170,9 0,005

Fuente: Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés). (Fuente

para datos sobre población: Indicadores Mundiales para el Desarrollo 2010, Banco Mundial)

Nota: El índice de impunidad del CPJ calcula el número de asesinatos de periodistas no

resueltos como un porcentaje en relación con la población del país. Para este índice, el CPJ

examinó asesinatos de peridostas ocurridos entre el 1 de enero de 2002 al 31 de diciembre de

2011, que permanecían sin resolver. Sólo aquellos países con cinco o más casos sin resolver

fueron incluidas en este ejercicio.

36 En: http://www.animalpolitico.com/2012/05/mexico-octavo-pais-en-asesinato-de-periodistas-

cpj/#axzz2PKDQ5rfV Consultado el 4 de abril de 2013.

24

Para desmenuzar los efectos de la impunidad en el caso de ataques a periodistas y

medios de comunicación, exponemos una parte medular del estudio de Dario Ramírez

Salazar37, director ejecutivo de ARTICLE 19 - Oficina para México y Centroamérica

(www.articulo19.org):

Desaliento a la denuncia de los actos violatorios. Ante la ineficacia en la integración

de las averiguaciones previas y la falta de resultados, así como la posible colusión de

las autoridades con los agresores, los y las periodistas víctimas de agresiones optan por

no denunciar.

Mensaje alentador a los agresores. En términos estadísticos, los casos que son

conocidos por la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra

Periodistas (FEADLE)38 cuentan con una alta probabilidad de permanecer impunes.

La impunidad que impera por la incapacidad del Estado mexicano para investigar de

manera eficaz las agresiones, desapariciones y asesinatos de periodistas, termina por

incentivar a futuros agresores.

Autocensura. Cada vez son más los medios de comunicación, principalmente locales,

que deciden no dar cobertura a ciertos temas como medida de protección. Algunos

periodistas deciden no firmar sus notas y en los casos más extremos algunas y algunos

han optado por abandonar la profesión periodística y/o abandonar el país39. Esto frena

la generación e inhibe la difusión de información de interés para la sociedad. La

Comisión Interamericana de Derechos Humanos considera que las agresiones en contra

de los profesionales de la comunicación son delitos que tienen el efecto de amedrentar

a otros periodistas y a la ciudadanía en general al generar el temor de denunciar los

atropellos, abusos y actos ilícitos de todo tipo.

Sociedad desinformada. La carencia de información debido a la legítima decisión de

los medios de no publicar sobre ciertas situaciones en el país debido a amenazas,

repercute directamente en el aspecto social del derecho de la libertad de expresión. El

Estado no puede aludir a dicha decisión so pretexto de que es la única manera de

protección para los periodistas.

37 Ramírez Salazar, Dario. En “La libertad de expresión en México amenazada por las agresiones a

periodistas y la concentración de medios”, Revista El Cotidiano, No. 150, UAM-Azcapotzalco. 38 La Fiscalía vio menguado su presupuesto desde su creación: 2006- $2, 304, 000; 2007- $2, 000, 000;

2008- $1, 558, 278; 2009-$1, 402,450; 2010-$ 695,412; 2011-$ 636,740. 39 Hasta 2011 había 17 desplazados, hacia Estados Unidos y Europa. http://cpj.org/es/2011/02/ataques-

a-la-prensa-en-2010-mexico.php Consultado el 7 de mayo de 2013.

25

Debilitamiento del sistema democrático. Todo país democrático necesita que el

derecho a la libre expresión sea respetado a cabalidad. El diálogo, la transparencia, el

flujo de información y la libertad de prensa son algunos elementos sine qua non para el

fortalecimiento de cualquier sistema democrático.

Y respecto a la impunidad en México, en términos generales, en Una agenda para

México 2012, los autores reconocen que:

Mientras no se detenga a los delincuentes y se les sujete al debido proceso penal, el

temor a la ley será cosa de risa y la justicia cosa de excepción. El verdadero guardían

de la seguridad publica no es la policía limpia sino el respeto a la ley… (que) sólo se

siembra en la conciencia de la ciudadanía cuando hay temor al castigo, la certidumbre

de que quien viole la ley será castigado...40

Es decir, que en tanto la impunidad impere en la sistema de justicia mexicano,

la inseguridad pública y la operación de los delincuentes comunes, más aún del crimen

organizado, campearán en todo el territorio nacional.

40 Aguilar Camín, Héctor. Castañeda, Jorge. Una agenda para México 2012. Ed. Penagos. Colección

Punto de Lectura. México 2011. P. 117.

26

D) Autoprotección

Y en tanto las leyes y su debida aplicación hacen su parte, los afectados han tenido que

tomar medidas cautelares para su autoprotección.

Algunas organizaciones gremiales internacionales iniciaron un esfuerzo para

capacitar a los periodistas, sobre todo aquellos que se enfretan –en el desempeño de su

profesión- a conflictos armados, crisis de seguridad, guerras o estados de excepción.

Para tal efecto, se han elaborado los siguientes manuales o protocolos de seguridad:

- En cobertura: una guía para informar sobre situaciones de peligro, Comité para la

Protección de Periodistas (CPJ), 2003.

- Guía de protección para defensores de derechos humanos, periodistas y operadores

de justicia, Asociación para el Estudio y Promoción de la Seguridad en Democracia

(SEDEM), Guatemala 2005.

- Mapa de Riesgo para Periodistas, que elaboró la Unidad de Respuesta Rápida

(URR)41 de la Sociedad Interameriana de Prensa (SIP), 2005-2006.

- Manual para el apoyo emocional del periodista, Fundación para la Libertad de

Prensa, Colombia, 2006.

- Cobertura de desastres y crisis, Deborah Potter y Sherry Ricchiardi, International

Center for Journalists (ICFJ).

- Manual de Seguridad para Periodistas (CPJ), 2012.

- Instituto Internacional para la Seguridad de la Prensa, cuyo principal objetivo es

Apoyar y desarrollar programas de seguridad para todos los trabajadores de los

medios de comunicación noticiosos a escala mundial y local.

Para el caso de México, las organizaciones que más experiencia tienen en este

aspecto también han publicado sus aportaciones en materia de protección y seguridad

para periodistas:

41 En la que participó la periodista mexicana María Idalia Gómez, quien recorrió 15 ciudades de seis

estados de la República. El Mapa de Riesgos sirvió de diagnóstico y demostó “el círculo vicioso y

dinámico en el que se regocijan la violencia, la impunidad y la autocensura”, reza la presentación del

documento publicado por la SIP.

27

- Seguro para periodistas independientes. Reporteros sin Fronteras (RSF) ofrece a los

reporteros independientes (freelance) la posibilidad de suscribir un seguro a través de

su organización, desde el año 2002.

- Procedimientos para denunciar amenazas contra periodistas de la SIP. Especialmente

para México, Colombia y Brasil.

- A salvo en misiones de riesgo. Guía práctica para periodistas. SIP

- Seminario Internacional. Sistemas de alertas y metodología para el registro,

documentación y seguimiento de las agresiones a periodistas y medios de

comunicación en México, ARTICLE 19 y Cencos, México, noviembre de 2007.

- Metodologías de registro y documentación. Protocolo para el registro, documentacion

y seguimiento de agresiones a periodistas, Artículo19 y Cencos, México, 2008.

- Guía práctica sobre la libertad de expresión en México, Artículo19 y Cencos, 2008.

- Dispositivo de seguridad. Reporteros Sin Fronteras (RSF) Desde el año 200942.

- Guía para implementar medidas cautelares en beneficio de periodistas y

comunicadores en México, Comisión Nacional de los Derechos Humanos, México, 7

de octubre de 2010.

- Prevenir para después informar. Guía práctica de seguridad para la cobertura en zonas

de riesgo, Artículo19, México, 2010.

- El Primer Encuentro Nacional de Periodistas Capacitadores en Autoprotección,

realizado en la ciudad de México (23 a 25 de agosto de 2012).

- Curso de Seguridad para Periodistas en línea, implementado por primera vez en

noviembre de 2012. Artículo1943.

- Como un esfuerzo individual el fotoperiodista Mauricio Chalons nacido en Tapachula,

Chiapas, (1970), ofrece entrenamiento a periodistas que se desempeñen en zonas de

conflicto. Tiene formación militar y es egresado del Club Fotográfico de México.44

42 Esta organización internacional también ha trabajado para ofrecerle a los periodistas mecanismo de

seguridad que los auxilian en su desempeño sin que ello los ponga en riesgo. El dispositivo consiste en

marcar el número SOS Press (+33 -1-47-77-74-14), o acudiendo a una agencia local de American

Express, los periodistas en peligro pueden contactar rápidamente con un responsable de RSF que les

facilitará consejos y contactos, avisará a las autoridades locales o consulares y adoptará cualquier otra

iniciativa que imponga la situación concreta. 43 Curso de Seguridad para Periodistas en línea Este sería el primero en su tipo. Fue un curso gratuito

con una duración total de seis semanas, se desarrolló bajo la modalidad de aprendizaje a distancia,

conocida también como e-Learning. En: http://articulo19.org/curso-de-seguridad-para-periodistas-en-

linea/ Consultado el 13 de agosto de 2013. 44 Ha recibido instrucción en Tactical Combat con el maestro de Krav Maga, Andrés Bravo, en

Barcelona, España, y cursó estudios de Fotoperiodismo e Iniciación al Reporterismo con Fotoperiodistes

Kevlar en la antigua Yugoslavia. Ha impartido cursos de seguridad para periodistas en Bosnia y

28

No son escasos los instrumentos de autoprotección que pueden adoptar los periodistas

en situación de riesgo inminente, sin embargo son poco conocidos, utilizados y sobre

todo insuficientemente observados en las empresas periodísticas.

Sólo para dar una idea de lo que estos manuales y protocolos contienen,

presentamos a manera de resumen cuatro mapas mentales respecto a cada uno de ellos:

1) Manual de Seguridad para Periodistas (CPJ), 2012. 2) Las recomendaciones del

Instituto Internacional para la Seguridad de la Prensa. 3) El manual de autoprotección

para periodistas. Colombia. 2012 y 4) El protocolo para periodistas en situación de alto

riesgo (una experiencia local, en el estado de Chihuahua, México)

Herzegovina y Serbia, así como cursos de fotoperiodismo e iniciación a la fotografía digital a estudiantes

de la Universidad Autónoma de Barcelona con el equipo de Kevlar Fotoperiodistes y Reporter Academy.

En: http://www.youtube.com/watch?v=-taRIJJD1T0 Consultado el 21 de agosto de 2013.

29

1.- Manual de Seguridad para Periodistas- CPJ

30

2.- Instituto Internacional para la Seguridad de la Prensa

31

3.- Manual de autoprotección para periodistas-Colombia

32

4.- Protocolo para periodistas en situación de alto riesgo-Chihuahua, Méx.

33

E) Primer Encuentro Nacional de Periodistas Capacitadores en Autoprotección

Este esfuerzo del gremio periodístico es el primero en su tipo en México y se desarrolló

en la capital hace aproximadamente un año (23 a 25 de agosto de 2012), cuyo objetivo

fue preparar y dotar de conocimientos a periodistas, trabajadoras y trabajadores de

medios de comunicación de todo el país en técnicas de autoprotección, a través de la

formulación de protocolos y experiencias que les permitieran enfrentar los riesgos de

agravios y reducir la vulnerabilidad que padecen para un mejor ejercicio del

periodismo.

Fue organizado por la Casa de los Derechos de Periodistas. Este Primer

Encuentro Nacional significó una opción práctiva e inmediata para que el gremio

enfrente la situación de constantes agresiones. Sus actividades se centraron en mesas

redondas, conferencias y talleres, en las que se reunieron periodistas de 28 estados del

país, durante tres días, y revisaron los siguientes temas:

Respuesta a la agresiones contra el ejercicio del periodismo en México; Tipologías de

agravios, agresores y agredidos por el ejercicio del periodismo; Situación de la libertad

de prensa en las entidades de la República; Normas y leyes existentes para el ejercicio

de la libertad de expresión y del periodismo; Manejo de información con estándares

éticos internacionales; Los retos del periodismo mexicano ante un clima de agresiones;

Protocolos personales para evitar, evadir o enfrentar riesgos de violencia; Los retos del

periodismo de investigación; Límites a la libertad de expresión en el Sistema Jurídico

Mexicano; Respuestas de periodistas frente agravios y organización para la

autoprotección; Análisis y propuestas para la protección del periodismo.

Y como parte del resolutivo a que llegaron este conglomerado periodístico,

publicado el 4 de septiembre de 2012, se destaca:

Las agresiones hacia los periodistas y trabajadores de medios no provienen única, ni

principalmente, de la llamada delincuencia organizada que es la más violenta;

identificamos también a funcionarios de todos los niveles de gobierno, elementos de

fuerzas de seguridad, policías, dirigentes de partidos, empresarios y hasta de

organizaciones sociales que aprovechan la atmósfera de impunidad para atajar el

periodismo que les incomoda.

Que ha sido y es insuficiente la voluntad política en las instancias de los poderes

Ejecutivo, Legislativo y Judicial en los estados y en la federación, en empresarios de

34

la prensa e incluso de nosotros los periodistas para cumplir las responsabilidades que

pueden frenar esta atmósfera.

Que se necesitan medidas de fondo y no sólo contra los agravios, porque la profesión

de periodista padece riesgos estructurales por la insuficiencia del andamiaje legal y

condiciones laborales en los medios de prensa que den garantías a la seguridad y

tutelen los derechos de los periodistas para cumplir mejor su responsabilidad social

de ofrecer información de interés público con los estándares ético-profesionales

necesarios que la sociedad demanda45.

De igual manera formularon objetivos y compromisos para cotrarrestar los agravios al

gremio, entre los que se encuentran:

1.- Crear la Red de Enlaces para intercomunicación, con tres niveles, el de mayor

prioridad será para alertas tempranas y reacción rápida ante agravios o amenazas; el

segundo nivel, de difusión masiva de manuales, guías y protocolos de protección y otras

medidas cautelares, correctivas y preventivas; y el tercero, para divulgar de forma

masiva conocimientos para el desarrollo profesional continuo.

2.- Organización. Cada organismo o periodista en lo individual mantendrá su

autonomía. La Red nacional no implica una estructura organizativa nueva, sino que

respeta las organizaciones o individuales del gremio en cada entidad.

3.- Capacitación. Se aplicará un programa que atenderá la necesidad más urgente que

es la autoprotección, con la premisa de que la mejor protección para los periodistas es

realizar bien su trabajo.

4.- Investigaciones y estudios por región, por entidad y a nivel nacional, con los

objetivos de contar con diagnósticos rigurosos sobre la situación del periodismo, causas

y consecuencias de agravios contra el ejercicio y así proponer soluciones estructurales

para enfrentar las contingencias.

5.- Interlocución y colaboración. Cada organización o periodista en lo individual

asistente al Encuentro buscará que los periodistas sean aceptados como interlocutores

con autoridades de los tres poderes en cada estado, entidades de educación superior,

organismos empresariales de prensa y otros. El fin es coordinar acciones de reacción

45 Resolutivo General del Primer Encuentro Nacional de Periodistas Capacitadores en Autoprotección,

disponible en: http://periodistas.org.mx/red-de-enlaces-por-la-proteccion-y-derechos-de-periodistas

Con énfasis propio. Consultado el 5 de abril de 2013.

35

rápida ante agravios o amenazas, seguimiento de investigación de casos, promoción de

mecanismos de protección entre periodistas y promoción de leyes que reconozcan

derechos y el reconocimiento general de que el periodismo es una actividad de interés

público que requiere ser tutelada y protegida por el Estado.

F) Organismos que tutelan los derechos humanos y la libertad de expresión

En el apartado anterior pudimos dar un panorama general, señalar casos particulares

como el de Veracruz, pero sobre todo presentar una imagen detallada de las condiciones

en que laboran los periodistas, llámense reporteros, jefes de información, fotógrafos y

quienes se mueven en el ámbito digital, que tampoco se escapan del clima violento.

Dentro de los mecanismos de protección a los que aparentemente el periodistas

puede acudir para buscar seguridad jurídica e integridad física y emocional, se

encuentra la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad

de Expresión (Feadle), de la Procuraduría General de la República (PGR); el Programa

de Atención a Periodistas y Defensores Civiles de Derechos Humanos, de la CNDH; la

Comisión (especial) para dar Seguimiento a las Agresiones a Periodistas y Medios de

Comunicación (CEAP), hoy en la Cámara de Senadores.

De la primera de ellas, la Feadle, se puede decir que no ha cumplido a cabalidad

con su objetivo de creación, porque, en primer término, no ha ejercido su presupuesto

satisfactoriamente, según tabla (7) que a continuación se presenta; en segundo término,

porque los casos a ella remitidos no se han resuelto con la rapidez que la situación

requiere, particularmente en cuanto al esclarecimiento de los asesinatos y amenazas e

intimidaciones.

Con la aparente “federalización” de las agresiones a periodistas, esta Fiscalía

Especial estará “dotada de dientes” para propiciar la acción penal contra los agresores,

sin embargo, en opinión de especialistas en el tema aún carece del marco normativo

adecuado para cumplir con las obligaciones de prevenir, investigar y sancionar toda

violación a la libertad de expresión.

36

Tabla 7

Subejercicio de la Feadle (en miles)

Feadle 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012

Presupuesto

asignado

2’ 304

mil

2’ 000

mil

1’ 558

mil

1’ 402

mil

695 mil

416

636 mil

740

1’ 173

mil

Presupuesto

ejercido

846 mil

979

1’ 067

mil

1’ 511

mil

897 mil

958

57 mil

126

733 mil

443

839 mil

384

% de

subejercicio

60.34

------- ------- --------

91.79

--------- --------

Fuente: Elaboración propia con datos de Artículo19.

------- Datos no disponibles.

“No tiene la estructura administrativa adecuada para operar, sus facultades son acotadas

y no responden al contextos de inseguridad generalizada”46, señala el informe de

Artículo19.

Desde su creación (2006) a diciembre de 2011, la Feadle tuvo conocimiento de

265 agresiones contra periodistas, en términos generales: 51 homicidios, 10

desapariciones y 204 agresiones diferentes47, pero sólo resolvió un caso con sentencia

condenatoria48. Ello muestra la ineficacia de la Fiscalía.

Por lo que el reto ahora es, una vez que se aprobó la reforma constitucional para

que las autoridades federales atraigan los casos de agresión a la prensa y en general a

la libertad de expresión, que la Feadle se adecue a las normas y cumpla sus objetivos

como organismo especializado. Dada la información, no se muestra como una

institución consolidada y confiable.

46 Discurso sin Resultados, Informe sobre la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos

contra la Libertad de Expresión (Feadle). Diciembre de 2012. México DF. 47 Ver “Informe de Rendición de Cuentas de la Administración Pública Federal 2006-2012” de la PGR.

Pp. 95-101. (Primera etapa). Consultado el 15 de agosto de 2013. En:

http://www.pgr.gob.mx/Temas%20Relevantes/Documentos/Transparencia/IRC%20de%20la%20PGR

%202006-2012%20(Primera%20Etapa).pdf 48 En “Mitos y realidades de la federalización”, del Informe Anual 2012 de Artículo19, Doble

asesinato. La prensa entre la violencia y la impunidad.

37

Sobre el Programa de Atención a Periodistas y Defensores Civiles de Derechos

Humanos, de la CNDH, ha habido sobradas y suficientes críticas respecto a su

actuación. En el capítulo VII, apartado B de esta investigación, destacamos que la

Comisión Nacional reconoce que en sólo 7%, de los expedientes que abre por

agresiones a periodistas y contra la libertad de expresión, un juez ha dictado sentencia

condenatoria. Lo que se traduce en un índice de impunidad de 81%. De 1999 a la fehca

hay 840 expedientes de agresiones a comunicadores.49

Considerando que una de las funciones de la CNDH, a través del Programa de

Atención a Periodistas, no sólo es procurar la protección de los derechos humanos,

capacitación respecto al tema, sino de igual manera emitir recomendaciones a las

autoridades responsables de una falta, se confirma que sus acciones no son efectivas.

De acuerdo a las respuestas a solicitudes de información a la Comisión, que

interpuso Artículo19, se recopilaron datos que revelan que de las 384 quejas recibidas

–entre 2006 a 2012- sólo en 6% se emitieron recomendaciones y en 3% hubo

cumplimiento a éstas.

Cabe hacer notar que “ninguna de estas recomendaciones ha derivado en una

sanción penal a los servidores públicos señalados” como responsables de transgredir

los derechos humanos de periodistas.50 Nuevamente aparecen signos graves de

impunidad en un instancia creada para la protección y salvaguarda de los periodistas y

la libertad de expresión.

Y de la Comisión Especial para dar Seguimiento a las Agresiones a Periodistas

y Medios de Comunicación, primero instalada en la Cámara de Diputado en la LX

Legislatura (19 de diciembre de 2006), y hoy nuevamente integrada en la Cámara de

Senadores (7 de febrero de 2013), se puede decir que su trabajo ha radicado en la

constante convocatoria a diversos actores sociales, entre ellos periodistas y dueños de

medios de comunicación, especialistas en el tema, catedráticos e investigadores,

organizaciones gremiales y de defensa de los derechos humanos para integrar mesas de

trabajo y foros que hasta hoy han llevado a la aprobación de la reforma constitucional

sobre delitos contra la libertad de expresión y su atracción al ámbito federal.

49 En: http://www.milenio.com/cdb/doc/noticias2011/c2786e10952498759b7205a3a76d6bb3

Consultado el 21 de agosto de 2013. 50 En “El Estado, acciones cosméticas”, del Informe Anual 2012 de Artículo19, Doble asesinato. La

prensa entre la violencia y la impunidad

38

Sin embargo, las reformas a leyes secundarias “para armonizar la adición al

párrafo segundo de la fracción XXI del artículo 73 Constitucional, en materia de delitos

contra la libertad de expresión y el derecho a la información” están pendientes. Lo cual

quiere decir que en los hechos la situación de franca impunidad se mantendrá, hasta

entonces no se dote de instrumentos jurídicos precisos a las instancias gubernamentales

de procuración de justicia federal.

Entonces lo que queda es la autoprotección, en virtud de que el Estado mexicano

sigue empantanado con articular legislativamente la reforma para garantizar seguridad

a los periodistas y a quienes ejercen su derecho a la libertad de expresión, mientras que

el resto de los mecanismos de protección muestran graves deficiencias e inoperancias.

La difusión de protocolos de seguridad, que cada medio de información pueda

elaborar el propio y lo asuma a cabalidad para garantizar el óptimo desempeño de las

funciones del periodista puede ser un objetivo de este proyecto de servicio, ante la

necesidad concreta de que se garantice la libertad de expresión, y con ello contribuir a

consolidar los espacios democráticos.

Lo anterior sin dejar de hacer hincapié en que la más contundente de las medidas

es acabar con la impunidad, y que los agresores tengan su debido y legal castigo, para

desincentivar a nuevos agresores.

Gráfica 2

Fuente: Elaboración propia con datos del Informe 2012 de Artículo19.

Los empleadores, dueños de los medios de comunicación, poco o nada han entrado al

debate de la vulnerabilidad de los periodistas; no han vislumbrado que los ataques y

5% 6%

14%

14%

15%

43%

Presuntos agresores

Fuerzaspartidistas

39

amenazas contra sus colaboradores impactan de manera directa la calidad de su

información –que algunos consideran “mercancía”- y que a corto plazo los puede llevar

a la baja de su circulación, ráting, o simplemente a la pérdida de credibilidad.

Lo anterior se explica porque se han tenido que modificar las políticas y criterios

de cobertura y de redacción en casi todo el país, incluso eventos violentos o

relacionados con el crimen organizado ya no tienen espacio en medios que comúmente

los reportaban. Por ejemplo, el periódico Imagen de Zacatecas anunció que no

publicaría más notas policíacas (rojas) en su portada51; mientras que el Consejo

Editorial del Zócalo de Coahuila también hizo público que a partir del 11 de marzo de

2013 se abstendría de publicar información relacionada con el crimen organizado52.

También ha cambiado el lenguaje, en parte como resultado del Acuerdo para la

cobertura Informativa de la Violencia53, como medida para evitar que los grupos

delictivos usen a los medios como vía para difundir sus mensajes.

Es así como un estudio (Ver Tabla 8) sobre la cobertura de esta información en

los diarios de la ciudad de México reporta un interesante comportamiento de sus

primeras planas, particularmente del lenguaje utilizado en ellas.

Se ha dejado de utilizar palabras como asesinatos, homicidios, ejecuciones y

crimen organizado, entre otras, y al mismo tiempo las imágenes explícitas de estos

hechos han disminuido en la prensa nacional, aunque en casos excepcionales en medios

“amarillistas” que aún siguen publicando.

El Acuerdo para la Cobertura Informativa de la Violencia pretendía antes que

nada asumir la responsabilidad –de los 50 medios firmantes- de actuar con

profesionalismo y de “preguntarnos sobre las implicaciones potenciales que tiene el

manejo de la información”.

Aquí considero que se encuentran los primeros resultados de esta medida de

autorregulación mediática. (Ver Tabla8)

Tabla 8

Portadas de prensa en el DF

FCH FCH EPN % Diferencia

51 En: http://www.animalpolitico.com/2013/02/diario-imagen-de-zacatecas-niega-acuerdo-para-

censurar-notas-sobre-violencia/#axzz2d5UBSC00 Consultada el 13 de febrero de 2013. 52 En: http://www.sinembargo.mx/11-03-2013/555499 Consultada el 11 de marzo de 2013. 53 Se puede consultar íntegro en: http://lacolumna.wordpress.com/2011/03/24/acuerdo-para-la-

cobertura-informativa-de-la-violencia/

40

Dic. 2011/

Feb. 2012

Sep. 2012/

Nov. 2012

Dic. 2012/

Feb. 2013

Asesinatos 234 106 117 50

Homicidios 281 155 147 47.7

Ejecuciones 141 97 81 42.5

Crimen

organizado

943 601 469 50.2

Narcotráfico 593 409 269 54.6

Cártel 419 370 194 53.6

Violencia 1, 228 937 805 34.4

Fuente: Observatorio de los Procesos de Comunicación Pública de la Violencia.

En televisión abierta, señala el séptimo informe del Observatorio del Acuerdo de

Medios (Dic. 2012- Feb. 2013), el comportamiento fue similar ya que las palabras

“crimen organizado” y “narcotráfico” dejaron de mencionarse hasta un 70 y 44%,

respectivamente; en televisión de paga, los porcentajes se ubicaron en 65 y 41%.

G) Condiciones laborales de los periodistas

Pero ante la dilación en la impartición de justicia, la apuesta de esta investigación es

proponer la dignificación de salarios a que tienen derecho los periodistas, contratados

o agentes libres, como el primer paso para mejorar las condiciones labores a las que se

enfrentan, ya de suyo riesgosas.

Esto es, que por norma un periodista al ser contratado tenga el beneficio de un

salario base que pueda incrementarse en la medida de los riesgos que corra, según la

fuente a que sea asignado, tal es el caso de quienes se desempeñan en coberturas

policíacas (crimen organizado), corrupción o rendición de cuentas (funcionarios

públicos) o bien conflictos sociales y armados. Tomando en cuenta que, según

estadísticas, sus principales agresores son el crimen organizado y los funcionarios

públicos de los tres niveles de gobierno. (Ver Gráfica 2)

41

Gráfica 3

Fuente: Encuesta virtual de la página CLASES DE PERIODISMO.COM elaborada en agosto

de 2011.

Por lo que es necesario un marco normativo, a nivel de la Ley Federal del Trabajo; que

se establezcan condiciones mínimas laborales del periodista –reporteros, fotógrafos,

camarógrafos y editores, así como personal de la redacción, y todos los empleados que

tengan que ver con la producción, edición y distribución-, dada la repercusión de su

labor; que se considere una actividad de alto riesgo, y por tanto tenga acceso inmediato

a seguros médicos y de vida, según el caso, en tanto no existan garantías institucionales

para salvaguardar su integridad física y emocional, dentro y fuera de las instalaciones

del medio en que se desempeñe, así como la de su familia; y que se procure, por medio

de la capacitación constante, el cumplimiento de la responsabilidad social de ofrecer

información de interés público con el nivel ético y profesional necesario que la sociedad

requiere.

Respecto a este último punto, aplicar un programa nacional que atienda la

necesidad más urgente que es la autoprotección, no sin antes realizar un diagnósticos

por región sobre la situación del periodismo, porque las agresiones no sólo se dan a

nivel de calle, incluso dentro de las mismas instalaciones de los medios -recuérdese que

0

10

20

30

40

50

60

70

80

Salarios de reporteros

menos de 500

menos de mil

menos de 1,500

menos de 2 mil

menos de 3 mil

más de 3 mil

En dólares/mes

%

42

también los inmuebles han sido objeto de atentados- y que no todos los estados tienen

los índices de agresión a la libertad de prensa de Veracruz.

Otro elemento fundamental de autogestión, es la conciencia y el desempeño con

ética de la labor periodística.

En entrevista ex profeso con la directora ejecutiva de la Red Periodistas de a

Pie, Daniela Pastrana54, considera que buena parte de la seguridad de un periodista o

de quien ejercer la liberta de expresión es el desempeño profesional:

Y también de protección y de prevención, incluso de depuración y de autocrítica,

porque debemos pasar por un proceso de reflexión y entender qué es lo que estamos

haciendo tan mal, por qué la gente no nos cree nada; cuáles son las cosas en donde

nos estamos equivocando; y esos procesos de autocrítica nos tiene que llevar a una

depuración… (de quienes) caen en prácticas corruptas.

- Con qué mecanismos de protección se puede contar, se le inquirió a Pastrana.

- Lo primero que hay que revisar es cómo hacemos nuestro trabajo periodístico. Ese

sería nuestro primer mecanismo de protección y lo segundo es tener que aprender a

trabajar en equipo; nosotros somos muy soberbios y creemos que todos son idiotas,

menos el que está hablando, ¡que somos los más chingones del mundo! Hay que

aprender a quitarle tres rayitas a ese gran ego que tenemos, pero sobre todo a trabajar

en equipo. Porque en una situación de conflicto como la que tenemos en México –no

es guerra, pero es un conflicto armado-, existen consecuencias como en cualquier

guerra.

La única forma de poder hacer periodismo es aportando distintas cosas,

trabajando en equipo. El periodista que quiere ser héroe, ser el de las películas

gringas, que descubre todo solito: está muy mal. Pasar por encima de cualquier

obstáculo, en la situación de un conflicto donde no están bien definidas las partes de

guerra… No es el gobierno contra los criminales, unas partes del gobierno contra otras

partes del gobierno y unos criminales contra otros criminales, etc. Pues entonces, si

no sabemos trabajar en equipo no vamos a poder salir de este hoyo.

54 Periodista independiente, especializada en derechos humanos, movimientos sociales y política social.

Trabajó en los diarios Reforma, La Jornada y el Centro. Actualmente es corresponsal para la agencia

Inter Press Service (IPS) y directora ejecutiva de la Red de Periodistas de a Pie.

43

También agregaría un segundo mecanismo de protección que es la articulación

de periodistas, bien capacitados, que puedan elaborar investigaciones de mayor

calidad.

Existen otros obstáculos que limitan y quebrantan la labor del periodista, como:

legislación que propicia la censura previa, ante la criminalización de la difamación y la

calumnia; y el manejo discrecional de la publicidad oficial, que permite influir en la

línea editorial de los medios, entre otros, que pueden ser objeto de una siguiente

investigación.

Un informe preliminar, titulado Geografía de Riesgos, elaborado por la

Sociedad Interamericana de Prensa (México- Noviembre de 2010), propuso la creación

de una Red de Enlaces para Intercomunicación entre los periodistas, propósito que

replicó el resolutivo del Primer Encuentro Nacional de Periodistas Capacitadores en

Autoprotección (2012), con algunas precisiones, y con las que nuestra entrevistada

coincide:

En tres niveles, el de mayor prioridad para alertas tempranas y reacción rápida ante

agravios o amenazas; el segundo, de difusión masiva de manuales, guías y protocolos

de protección y otras medidas cautelares, correctivas y preventivas; y el tercero, para

divulgar de forma masiva conocimientos para el desarrollo profesional continuo.

Es en los dos últimos niveles en que la Fundación Rafael Preciado Hernández -como

centro para la generación y difusión de ideas- puede aportar experiencia, canales de

divulgación y diseño de programas de instrucción para los periodistas mexicanos, y con

base en sus principios humanistas -como la solidaridad y subsidiariedad- coadyuvar en

“el reconocimiento general de que el periodismo es una actividad de interés público

que requiere ser tutelada y protegida por el Estado”55.

55Geografía de Riesgos, SIP (México- Nov. 2010)

44

VIII. Conclusiones y nueva agenda de investigación

Ninguna historia (información) vale la pena una vida:

Paul Wood, corresponsal de la BBC en Medio Oriente56.

La disciplina del Periodismo exige actualización permanente, especialización necesaria

y un espíritu de conquista cotidiana. Y para las circunstancias sociales que vive México,

no sólo es urgente terminar con la impunidad respecto a las constantes y cada vez más

violentos atentados a la libertad de expresión, también se requiere dotar de proyectos

multidisciplinarios de autoprotección y capacitación constante a quienes ejerzan este

derecho, profesionales de la comunicación o no.

Ante los datos aportados en esta investigación, del nivel de agresiones que

padecen quienes se desempeñan en medios de información, particularmente quienes

tienen que ver con temas de corrupción y crimen organizado, se da cuenta también de

la inoperancia con que actúan las instituciones encargadas de garantizar los derechos

humanos y de protección para los periodistas.

Pudimos comprobar que lejos de desincentivar a los presuntos agresores de la

libertad de expresión, en su mayoría autoridades de los tres niveles de gobierno, las

cifras de atentados a la prensa se incrementaron durante el último periodo de Gobierno

federal y cuya tendencia se mantiene con la actual administración, tomando en cuenta

que desde 1991 la Comisión Nacional de Derechos Humanos abrió un Programa

Especial de Periodistas “en virtud de considerarse a los integrantes de este gremio como

un grupo vulnerable” y que se creó una Fiscalía (Feadle) especial para la atención de

estos casos en 2006.

No han cumplido con sus objetivos. En el caso de la primera, y conforme al

número de expediente abiertos hay más de 80% de casos no resueltos, que se traduce

en impunidad; respecto a la segunda, la investigación muestra un subejercicio

presupuestal, que en 2006 fue de poco más del 60% y a 2010 llegó a 91.79%, y fue

dentro de este lapso que sólo resolvió un caso con sentencia condenatoria. Por lo que

se muestra un defiente desempeño de ambas instancias federales.

56 En el Blog de los editores de la BBC. Consultado el 20 de marzo de 2013. En:

http://www.bbc.co.uk/mundo/blogs/2013/08/130806_blog_editores_ninguna_historia_vale_una_vida.s

html

45

Se vislumbra que la impunidad permanecerá, no sólo porque a menos de un año

de iniciado el nuevo Gobierno federal (del PRI) los atentados a la libertad de expresión

continúan: cuatro periodistas asesinados, tres desapariciones y nueve ataques contra

medios de comunicación, de entre un total de 151 agregiones registradas por la

organización Artículo19, en los primeros seis meses.

Más aún, el Mecanismos de Protección a Periodistas y Defensores de Derechos

Humanos, de la Secretaría de Gobernación, se ve impactado con una disminución de

99.3% de su presuspuesto, que equivale a 127.6 millones de pesos, como parte de los

recortes calendarizados a programas de prevención del delito en 201357.

El clima de inseguridad y las medidas de combate al narcotráfico se suman a

este panorama y esto no permite ir disminuyendo la impunidad; los incentivos para los

agresores y futuros agresores se mantienen.

Se comprueba la hipótesis de que el Estado mexicano ha sido incapaz de

investigar de manera eficaz las agresiones, desapariciones y asesinatos de periodistas,

y por tanto de aplicar el castigo a los perpetradores; ha permitido que la impunidad se

mantenga. Y ello explica la condición de indefensión en que se encuentran los

periodistas y la sociedad en general al no haber garantías institucionales para el

ejercicio de la libertad de expresión.

Proponemos por tanto, que ante la inoperancia de las instancias para

salvaguarda esta garantía individual y colectiva, que es necesario tomar medidas

cautelares que lleven al gremio periodístico y a la ciudadanía en general a

autoprotegerse, mediante manuales y protocolos de seguridad que ya existen pero que

poco son conocidos y sobre todo, puestos en práctica.

La formación de periodistas en el ámbito de la seguridad y el desempeño ético

de la profesión debe ser también responsabilidad expresa de las empresas mediáticas

en que se desempeñan, puesto que han mantenido un perfil muy bajo respecto a la

protección de sus empleados y sus propias instalaciones.

57 Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, Ejercicio del Gasto al

Segundo Trimestre de 2013: Ramo 04 “Gobernación”, 19 de agosto de 2013.

46

Hay que advertir que los dueños de los medios no sólo son los directamente

afectados con los atentados a la libertad de prensa, son al mismo tiempo responsables

de las pésimas condiciones labores que prevalecen en sus empresas.

Es necesario un marco normativo, a nivel de la Ley Federal del Trabajo que

establezca condiciones mínimas laborales del periodista –reporteros, fotógrafos,

camarógrafos y editores, así como personal de la redacción, y todos los empleados que

tengan que ver con la producción, edición y distribución-, dada la repercusión de su

labor; que se considere una actividad de alto riesgo, y por tanto tenga acceso inmediato

a seguros médicos y de vida, según el caso, en tanto no existan garantías institucionales

para salvaguardar su integridad física y emocional, dentro y fuera de las instalaciones

del medio en que se desempeñe, así como la de su familia; y que se procure, por medio

de la capacitación constante, el cumplimiento de la responsabilidad social de ofrecer

información de interés público con el nivel ético y profesional necesario que la sociedad

requiere.

En cuanto a este último punto, es urgente aplicar un programa nacional que

atienda la necesidad de autoprotección, no sin antes realizar un diagnósticos por región

sobre la situación del periodismo, porque las agresiones no sólo se dan a nivel de calle,

incluso dentro de las mismas instalaciones de los medios -recuérdese que también los

inmuebles han sido objeto de atentados- y que no todos los estados tienen los índices

de agresión a la libertad de expresión como Veracruz.

Por tanto, se requiere ampliar líneas de investigación sobre el índice de

homicidios contra periodistas para contrastarlo con el índice general de homicidios en

el país, y con ello determinar los factores que han incidido en el comportamiento de

agresiones a periodistas, concretamente asesinatos.

Y como una segunda vertiente de investigación, la observancia en la

Constitución mexicana y demás leyes secundarias de tratados internacionales sobre la

promoción y protección de la libertad de expresión.

47

IX. Bibliografía

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Diario Oficial de la Federación (DOF) 05-02-1917. En :

http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/9/

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http://www.fdrlibrary.marist.edu/od4freed.html

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En la revista El Cotidiano, No. 158 (noviembre-diciembre, 2009) de la Universidad

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Penagos. Colección Punto de Lectura. México 2011.

- Goodwin, Eugene. A la búsqueda de una ética en el Periodismo. Ed. Gernika, 4º

Edición. México, 1998.

48

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- Comité Para la Protección de los Periodistas (CPJ) (www.cpj.org)

- Red Mexicana de Protección a Periodistas. Centro Nacional de Comunicación Social

(CENCOS) (http://www.cencos.org/)

- Reporteros Sin Fronteras (RSF) (http://es.rsf.org)

- Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) (http://www.cndh.org.mx)

- Red Periodistas de a Pie (http://www.periodistasdeapie.org.mx)

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- Propuesta Cívica (http://www.propuestacivica.org.mx)

- Amnistía Internacional

- Relatoría Especial para la libertad de expresión

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- http://www.libertad-expresion.org.mx/wp-content/uploads/2010/10/Gastos-en-pu-

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- http://www.unesco.org/new/es/education/themes/education-building-

blocks/literacy/single-

view/news/vienna_meeting_to_launch_implementation_of_un_action_plan_on_the_s

afety_of_journalists/

- Observatorio de la libertad de expresión (http://libex.funciva.org/tags/redes-sociales/)

- Publicidad Oficial (http://publicidadoficial.com.mx/v2/)

- Instituto Internacional para la Seguridad de la Prensa (The International News Safety

Institute, INSI) (http://www.newssafety.org)

- Amnistía Interncional México (http://www.amnistia.org.mx)

49

X. Anexos

1.- Mapa estadístico (México: medios bajo ataque, de Artículo 19)

2.- Estadísticas de asesinatos contra periodistas, dos organizaciones:

50

2A- Datos del Barómetro de la Libertad de Prensa (RSF)

2004

- 28 de noviembre de 2004 - Gregorio Rodríguez Hernández - El Debate

- 31 de agosto de 2004 - Francisco Arratia Saldierna - El Imparcial, El Regional,

Mercurio, El Cinco, Enlíneadirecta

- 22 de junio de 2004 - Francisco Javier Ortíz Franco - Zeta

2005

- 16 de abril de 2005 - Dolores Guadalupe García Escamilla - Radio Estéreo

91XHNOE

- 8 de abril de 2005 - Raúl Gibb Guerrero - La Opinión

2006

- 8 de diciembre de 2006 - Raúl Marcial Pérez - El Gráfico

- 30 de noviembre de 2006 - Adolfo Sánchez Guzmán - Televisa Veracruz Xhora

Ori Stereo

- 21 de noviembre de 2006 - Roberto Marcos García - Testimonio

- 16 de noviembre de 2006 - José Manuel Sánchez Nava - El Sol de México

- 10 de noviembre de 2006 - Misael Tamayo Hernández - El Despertar de la

Costa

- 27 de octubre de 2006 - Brad Will - Indymedia

- 9 de agosto de 2006 - Enrique Perea Quintanilla - Dos caras, una verdad

- 10 de marzo de 2006 - Ramiro Téllez Contreras - Radio Exa 95.7 FM

- 9 de marzo de 2006 - Jaime Arturo Olvera Bravo - La Voz de Michoacán

2007

- 16 de abril de 2007 - Saúl Martínez Ortega - Diario de Agua Prieta, Interdiario

- 6 de abril de 2007 - Amado Ramírez - Radiorama Acapulco, Televisa

2008

- 13 de noviembre de 2008 - Armando Rodríguez - El Diario

- 10 de octubre de 2008 - Miguel Ángel Villa Gómez Valle - Noticias de

Michoacán

- 7 de abril de 2008 - Felicitas Martínez - Radio La Voz que Rompe el Silencio

- 7 de abril de 2008 - Teresa Bautista Flores - Radio La Voz que Rompe el

51

Silencio

2009

- 2 de noviembre de 2009 - Vladimir Antuna García - El Tiempo de Durango

- 23 de septiembre de 2009 - Norberto Miranda Madrid - Radio Visión

- 25 de mayo de 2009 - Eliseo Barrón Hernández - Milenio Torreón

2010

- 5 de noviembre de 2010 - Carlos Alberto Guajardo Romero - Expreso de

Matamoros

- 16 de septiembre de 2010 - Luis Carlos Santiago Orozco - El Diario

- 10 de julio de 2010 - Marco Aurelio Martínez Tijerina - XEDD La Tremenda

- 10 de julio de 2010 - Guillermo Alcaraz Trejo - DHNET TV

- 28 de junio de 2010 - Juan Francisco Rodríguez Ríos - Sol de Acapulco

- 29 de enero de 2010 - Jorge Ochoa Martínez - El Sol de la Costa

- 8 de enero de 2010 - Valentín Valdés Espinosa - Zócalo de Saltillo

2011

- 24 de septiembre de 2011 - María Elizabeth Macías - Primera Hora

- 26 de agosto de 2011 - Humberto Millán Salazar - Radio Fórmula, A-Discusión

- 26 de julio de 2011 - Yolanda Ordaz de la Cruz - Notiver

- 20 de junio de 2011 - Miguel Ángel López Velasco - Notiver

- 25 de marzo de 2011 - Luis Emanuel Ruíz Carrillo - La Prensa

2012

- 14 de noviembre de 2012 - Adrian Silva Moreno - Puntual (internet, Glob@l

México)

- 14 de junio de 2012 - Víctor Báez - Milenio

- 18 de mayo de 2012 - Marco Antonio Ávila García - El Regional de Sonora y el

Diario Sonora de la Tarde

- 3 de mayo de 2012 - Gabriel Huge - Notiver

- 3 de mayo de 2012 - Guillermo Luna Varela - Veracruznews

- 28 de abril de 2012 - Regina Martínez - Proceso

2013

- 17 de julio de 2013 - Alberto López Bello - El Imparcial

- 3 de marzo de 2013 - Jaime Guadalupe González Domínguez - Portal de

información Ojinaga Noticias

52

2B.- Datos de Artículo 19

53

3.- Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y

Periodistas (13 de junio de 2012)

LEY PARA LA PROTECCION DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS

TEXTO VIGENTE Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federacion el 25 de junio de 2012

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la Republica.

FELIPE DE JESUS CALDERON HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso de la Union, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO "EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: SE EXPIDE LA LEY PARA LA PROTECCION DE PERSONAS DEFENSORAS DE

DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS. Articulo Unico.- Se expide la Ley para la Proteccion de Personas Defensoras de Derechos

Humanos y Periodistas.

LEY PARA LA PROTECCION DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS

Capitulo I Objeto y Fin del Mecanismo

Articulo 1.- La presente Ley es de orden publico, interes social y de observancia general en toda la Republica y tiene por objeto establecer la cooperacion entre la Federacion y las Entidades Federativas para implementar y operar las Medidas de Prevencion, Medidas Preventivas y Medidas Urgentes de Proteccion que garanticen la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que se encuentren en situacion de riesgo como consecuencia de la defensa o promocion de los derechos humanos, y del ejercicio de la libertad de expresion y el periodismo. Esta Ley crea el Mecanismo de Proteccion para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, para que el Estado atienda su responsabilidad fundamental de proteger, promover y garantizar los derechos humanos. Articulo 2.- Para los efectos de esta Ley se entendera por: Agresiones: dano a la integridad fisica o psicologica, amenaza, hostigamiento o intimidacion que por el ejercicio de su actividad sufran las Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Beneficiario: persona a la que se le otorgan las Medidas Preventivas, Medidas de Proteccion o Medidas Urgentes de Proteccion a que se refiere esta Ley. Estudio de Evaluacion de Accion Inmediata: Analisis de factores para determinar el nivel de riesgo y Medidas Urgentes de Proteccion en los casos en los que la vida o integridad fisica del peticionario o potencial beneficiario esten en peligro inminente. Estudio de Evaluacion de Riesgo: Analisis de factores para determinar el nivel de riesgo en que se encuentra el peticionario o potencial beneficiario. Fondo: Fondo para la Proteccion de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. La Coordinacion: Coordinacion Ejecutiva Nacional. Mecanismo: Mecanismo para la Proteccion de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Medidas de Prevencion: conjunto de acciones y medios encaminados a desarrollar politicas publicas y programas con el objetivo de reducir los factores de riesgo que favorecen las agresiones contra Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, asi como para combatir las causas que las producen y generar garantias de no repeticion. Medidas Preventivas: conjunto de acciones y medios a favor del beneficiario para evitar la consumacion de las agresiones.

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Medidas de Proteccion: conjunto de acciones y medios de seguridad para enfrentar el riesgo y proteger los derechos a la vida, integridad, libertad y seguridad del beneficiario. Medidas Urgentes de Proteccion: conjunto de acciones y medios para resguardar, de manera inmediata, la vida, la integridad y la libertad del beneficiario. Peticionario: Persona que solicita Medidas Preventivas, Medidas de Proteccion o Medidas Urgentes de Proteccion ante el Mecanismo. Periodistas: Las personas fisicas, asi como medios de comunicacion y difusion publicos, comunitarios, privados, independientes, universitarios, experimentales o de cualquier otra indole cuyo trabajo consiste en recabar, generar, procesar, editar, comentar, opinar, difundir, publicar o proveer informacion, a traves de cualquier medio de difusion y comunicacion que puede ser impreso, radioelectrico, digital o imagen. Persona Defensora de Derechos Humanos: Las personas fisicas que actuen individualmente o como integrantes de un grupo, organizacion o movimiento social, asi como personas morales, grupos, organizaciones o movimientos sociales cuya finalidad sea la promocion o defensa de los derechos humanos. Procedimiento Extraordinario: procedimiento que deriva en Medidas Urgentes de Proteccion con el fin de preservar la vida e integridad del beneficiario. Articulo 3.- El Mecanismo estara integrado por una Junta de Gobierno, un Consejo Consultivo y una Coordinacion Ejecutiva Nacional y sera operado por la Secretaria de Gobernacion.

Capitulo II Junta de Gobierno

Articulo 4.- La Junta de Gobierno es la instancia maxima del Mecanismo y principal organo de toma de decisiones para la prevencion y proteccion de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Las resoluciones que emita la Junta de Gobierno seran obligatorias para las autoridades federales, cuya intervencion sea necesaria para satisfacer Medidas de Prevencion, Medidas Preventivas, Medidas de Proteccion y Medidas Urgentes de Proteccion previstas en esta Ley. Articulo 5.- La Junta de Gobierno esta conformada por nueve miembros permanentes con derecho a voz y voto, y seran:

I. Un representante de la Secretaria de Gobernacion; II. Un representante de la Procuraduria General de la Republica;

III. Un representante de la Secretaria de Seguridad Publica; IV. Un representante de la Secretaria de Relaciones Exteriores; V. Un representante de la Comision Nacional de los Derechos Humanos, y VI. Cuatro representantes del Consejo Consultivo elegidos de entre sus miembros.

Los cuatro representantes del Poder Ejecutivo Federal deberan tener un nivel minimo de Subsecretario y el de la Comision Nacional de Derechos Humanos, el de Visitador o sus equivalentes. El representante de la Secretaria de Gobernacion presidira la Junta de Gobierno y en aquellos casos en que no sea posible su presencia se elegira un presidente sustituto para esa unica ocasion de entre los miembros permanentes. Articulo 6.- La Junta de Gobierno invitara a todas sus sesiones, con derecho a voz, a:

I. Un representante de la Oficina en Mexico del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos;

II. Un representante de la Conferencia Nacional de Gobernadores; III. Un representante del Poder Judicial de la Federacion; IV. Al Presidente de la Comision de Derechos Humanos del Senado de la

Republica, y V. Al Presidente de la Comision de Derechos Humanos de la Camara de

Diputados. Articulo 7.- La Junta de Gobierno sesionara ordinariamente una vez al mes hasta agotar todos los temas programados para esa sesion y debera contar con un quorum de la mitad mas uno de sus integrantes. Las decisiones seran tomadas mediante un proceso deliberativo, transparente y por mayoria de votos. Articulo 8.- La Junta de Gobierno contara con las siguientes atribuciones:

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I. Determinar, decretar, evaluar, suspender y en su caso, modificar las Medidas Preventivas y las Medidas de Proteccion, a partir de la informacion elaborada por las unidades de la Coordinacion;

II. Evaluar, suspender y en su caso, modificar las Medidas Urgentes de Proteccion, a partir de la informacion elaborada por las unidades de la Coordinacion;

III. Aprobar los manuales y protocolos de Medidas Preventivas, Medidas de Proteccion y Medidas Urgentes de Proteccion elaborados por la Coordinacion;

IV. Convocar al peticionario o beneficiario de las Medidas de Proteccion, a las sesiones donde se decidira sobre su caso;

V. Invitar a las personas o autoridades que juzgue conveniente, con el consentimiento del peticionario o beneficiario a las sesiones donde se discuta su caso;

VI. Celebrar, propiciar y garantizar, a traves de la Coordinacion, convenios de coordinacion y cooperacion con las autoridades federales, entidades federativas, organos publicos u organizaciones dedicadas a la defensa de los derechos humanos y la libertad de expresion nacionales o internacionales, asi como con personas y organizaciones sociales y privadas para la instrumentacion de los objetivos del Mecanismo;

VII. Revisar y aprobar el plan anual de trabajo elaborado por la Coordinacion; VIII. Resolver las inconformidades a que se refiere el Capitulo XI de esta Ley; IX. Presentar publicamente informes anuales sobre la situacion nacional en

materia de seguridad de las Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas con datos desagregados y con perspectiva de genero;

X. Proponer e impulsar, a traves de la Coordinacion, politicas publicas y reformas legislativas relacionadas con el objeto de esta Ley;

XI. Emitir las convocatorias publicas correspondientes a solicitud del Consejo Consultivo para la eleccion de sus miembros;

XII. Solicitar al Consejo Consultivo su opinion o asesoria en todo lo relativo al objeto de esta Ley;

XIII. Conocer las recomendaciones del Consejo Consultivo sobre los programas y actividades que realicen la Coordinacion y, fundamentar y motivar su decision;

XIV. Recibir y difundir el informe anual de actividades del Consejo Consultivo; XV. Aprobar el informe anual de actividades y el informe sobre el ejercicio

presupuestal de la Coordinacion; XVI. Aprobar los perfiles para la designacion de los integrantes de la Unidad de

Recepcion de Casos y Reaccion Rapida, de la Unidad de Evaluacion de Riesgo y de la Unidad de Prevencion, Seguimiento y Evaluacion, y

XVII. Aprobar las reglas de operacion y el presupuesto operativo del Fondo.

Capitulo III Consejo Consultivo

Articulo 9.- El Consejo Consultivo es el organo de consulta de la Junta de Gobierno y estara integrado por nueve consejeros, uno de ellos sera el presidente por un periodo de dos anos y se elegira por mayoria simple por el mismo Consejo. En ausencia del presidente, el Consejo elegira a un presidente interino por el tiempo que dure la ausencia o hasta que culmine el periodo. En la integracion del Consejo se buscara un equilibrio entre personas expertas en la defensa de los derechos humanos y del ejercicio de la libertad de expresion y el periodismo. Articulo 10.- Por cada consejero habra un suplente. La suplencia solo procedera en caso de ausencia definitiva del titular y en los casos previstos en la guia de procedimientos del Consejo Consultivo. Articulo 11.- Los consejeros deberan tener experiencia o conocimiento en la defensa o promocion de los derechos humanos o en el ejercicio del periodismo o conocimiento en evaluacion de riesgos y proteccion de Personas Defensoras de Derechos Humanos o Periodistas, y no debera desempenar ningun cargo como servidor publico. Articulo 12.- El Consejo Consultivo elegira a sus miembros a traves de una convocatoria publica emitida por la Junta de Gobierno.

56

Articulo 13.- Los consejeros nombraran de entre sus miembros a cuatro de ellos para formar parte de la Junta de Gobierno, de los cuales dos seran personas expertas en la defensa de los derechos humanos y dos del ejercicio de la libertad de expresion y el periodismo. Articulo 14.- Los consejeros no recibiran retribucion, emolumento o compensacion alguna por su participacion tanto en la Junta de Gobierno como en el Consejo, ya que su caracter es honorifico. Articulo 15.- Los consejeros se mantendran en su encargo por un periodo de cuatro anos, con posibilidad de reeleccion por un periodo consecutivo. Articulo 16.- El Consejo Consultivo tendra las siguientes atribuciones:

I. Atender las consultas y formular las opiniones que le sean solicitadas por la Junta de Gobierno;

II. Formular a la Junta de Gobierno recomendaciones sobre los programas y actividades que realice la Coordinacion;

III. Colaborar con la Coordinacion en el diseno de su plan anual de trabajo; IV. Remitir a la Junta de Gobierno inconformidades presentadas por peticionarios

o beneficiarios sobre implementacion de Medidas Preventivas, Medidas de Proteccion y Medidas Urgentes de Proteccion;

V. Comisionar Estudios de Evaluacion de Riesgo independiente solicitados por la Junta de Gobierno para resolver las inconformidades presentadas;

VI. Contribuir en la promocion de las acciones, politicas publicas, programas y proyectos relacionados con el objeto de esta Ley;

VII. Participar en eventos nacionales o internacionales para intercambiar experiencias e informacion sobre temas relacionados con la prevencion y proteccion de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas;

VIII. Realizar labores de difusion acerca de la operacion del Mecanismo y de como solicitar las Medidas Preventivas, Medidas de Proteccion o Medidas Urgentes de Proteccion;

IX. Presentar ante la Junta de Gobierno su informe anual de las actividades, y X. Elaborar y aprobar la guia de procedimientos del Consejo.

Capitulo IV

La Coordinacion Ejecutiva Nacional Articulo 17.- La Coordinacion es el organo responsable de coordinar con las entidades federativas, las dependencias de la administracion publica federal y con organismos autonomos el funcionamiento del Mecanismo y estara integrada por los representantes de:

I. La Unidad de Recepcion de Casos y Reaccion Rapida; II. La Unidad de Evaluacion de Riesgos, y

III. La Unidad de Prevencion, Seguimiento y Analisis.

Un funcionario de la Secretaria de Gobernacion, con rango inmediato inferior a Subsecretario o equivalente, fungira como Coordinador Ejecutivo Nacional. Articulo 18.- La Coordinacion contara con las siguientes atribuciones:

I. Recibir y compilar la informacion generada por las Unidades a su cargo y remitirla a la Junta de Gobierno con al menos cinco dias naturales previo a su reunion;

II. Comunicar los acuerdos y resoluciones de la Junta de Gobierno a las autoridades encargadas de su ejecucion;

III. Administrar los recursos presupuestales asignados para el cumplimiento de esta Ley;

IV. Proveer a la Junta de Gobierno y al Consejo Consultivo los recursos para el desempeno de sus funciones;

V. Elaborar y proponer, para su aprobacion a la Junta de Gobierno, los manuales y protocolos de Medidas Preventivas, Medidas de Proteccion y Medidas Urgentes de Proteccion;

VI. Facilitar y promover protocolos, manuales y en general instrumentos que contengan las mejores practicas disponibles para el cumplimiento del objeto de esta Ley a entidades federativas, dependencias de la administracion publica federal y organismos autonomos;

VII. Instrumentar los manuales y protocolos de Medidas Preventivas, Medidas de Proteccion y Medidas Urgentes de Proteccion;

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VIII. Disenar, con la colaboracion del Consejo Consultivo, su plan anual de trabajo; IX. Celebrar los acuerdos especificos necesarios para el cumplimiento de los fines

del Mecanismo; X. Dar seguimiento e implementar las decisiones de la Junta de Gobierno, y XI. Someter a la consideracion de la Junta de Gobierno su informe anual de

actividades incluyendo su ejercicio presupuestal.

Capitulo V

Las Unidades Auxiliares

Articulo 19.- La Unidad de Recepcion de Casos y Reaccion Rapida es un organo tecnico y auxiliar de la Coordinacion para la recepcion de las solicitudes de incorporacion al Mecanismo, la definicion de aquellos casos que seran atendidos por medio del procedimiento extraordinario definido en esta Ley y contara con las siguientes atribuciones:

I. Recibir las solicitudes de incorporacion al Mecanismo; II. Definir si los casos que se reciben son de procedimiento extraordinario u

ordinario; III. Solicitar a la Unidad de Evaluacion de Riesgos la elaboracion del Estudio de

Evaluacion de Riesgo; IV. Realizar el Estudio de Evaluacion de Accion Inmediata; V. Emitir e implementar de manera inmediata las Medidas Urgentes de

Proteccion; VI. Informar a la Coordinacion sobre las Medidas Urgentes de Proteccion

implementadas; VII. Elaborar, evaluar y actualizar periodicamente el protocolo para la

implementacion de Medidas Urgentes de Proteccion; VIII. Auxiliar al peticionario o beneficiario en la presentacion de quejas o denuncias

ante las autoridades correspondientes, y IX. Las demas que prevea esta Ley.

Articulo 20.- La Unidad de Recepcion de Casos y Reaccion Rapida se integra por al menos cinco personas expertas en materia de evaluacion de riesgo y proteccion. Una de ellas debera serlo en la defensa de derechos humanos y otra del ejercicio del periodismo y libertad de expresion. Asi mismo, se conforma por un representante de la Secretaria de Gobernacion, un representante de la Procuraduria General de la Republica y un representante de la Secretaria de Seguridad Publica, todos con atribuciones para la implementacion de las Medidas Urgentes de Proteccion. Articulo 21.- La Unidad de Evaluacion de Riesgos es el organo auxiliar, de caracter tecnico y cientifico de la Coordinacion que evalua los riesgos, define las Medidas Preventivas o de Proteccion, asi como su temporalidad y contara con las siguientes atribuciones:

I. Elaborar el Estudio de Evaluacion de Riesgo; II. Definir las Medidas Preventivas o las Medidas de Proteccion;

III. Dar seguimiento periodico a la implementacion de las Medidas Preventivas o de Proteccion para, posteriormente, recomendar su continuidad, adecuacion o conclusion, y

IV. Las demas que prevea esta Ley. Articulo 22.- La Unidad de Evaluacion de Riesgos se integra por al menos cinco personas expertas en materia de evaluacion de riesgo y proteccion, al menos una de ellas debera serlo en la defensa de derechos humanos y otra del ejercicio del periodismo y libertad de expresion. Articulo 23.- La Unidad de Prevencion, Seguimiento y Analisis es un organo auxiliar de caracter tecnico y cientifico de La Coordinacion y contara con las siguientes atribuciones:

I. Proponer Medidas de Prevencion; II. Realizar el monitoreo nacional de las Agresiones con el objeto de recopilar,

sistematizar la informacion desagregada en una base de datos y elaborar reportes mensuales;

III. Identificar los patrones de Agresiones y elaborar mapas de riesgos; IV. Evaluar la eficacia de las Medidas Preventivas, Medidas de Proteccion y

Medidas Urgentes de Proteccion implementadas, y V. Las demas que prevea esta Ley.

Capitulo VI

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Solicitud de Proteccion, Evaluacion y Determinacion del Riesgo Articulo 24.- Las agresiones se configuraran cuando por accion u omision o en aquiescencia

se dane

la integridad fisica, psicologica, moral o economica de: I. Persona Defensora de Derechos Humanos o Periodista; II. Conyuge, concubina, concubino, ascendientes, descendientes, dependientes

de las Personas Defensoras de Derechos Humanos o Periodista; III. Personas que participan en las mismas actividades desde el mismo grupo,

organizacion, o movimiento social; IV. Los bienes de la persona, el grupo, organizacion, o movimiento social, y V. Las demas personas que se determine en la evaluacion de riesgo.

Articulo 25.- La Unidad de Recepcion de Casos y Reaccion Rapida recibira las solicitudes de incorporacion al Mecanismo, verificara que cumplan con los requisitos previstos en esta Ley, y en su caso, determinara el tipo de procedimiento. Solamente dara tramite a las solicitudes que cuenten con el consentimiento del potencial beneficiario, salvo que este se encuentre impedido por causa grave. Una vez que desaparezca el impedimento, el beneficiario debera otorgar su consentimiento. Articulo 26.- En el supuesto que el peticionario declare que su vida, integridad fisica o la de los senalados en el articulo 24 esta en peligro inminente, el caso sera considerado de riesgo alto y se iniciara el procedimiento extraordinario. La Unidad de Recepcion de Casos y Reaccion Rapida procedera a: I. Emitir, en un plazo no mayor a 3 horas contadas a partir del ingreso de la solicitud, las Medidas Urgentes de Proteccion;

II. Implementar de manera inmediata, una vez emitidas, y en un plazo no mayor a 9 horas, las Medidas Urgentes de Proteccion;

III. Realizar simultaneamente a la emision de las Medidas Urgentes de Proteccion, un Estudio de Evaluacion de Accion Inmediata;

IV. Informar al Coordinador Ejecutivo, una vez emitidas, sobre las Medidas Urgentes de Proteccion implementadas, y

V. Remitir a la Unidad de Evaluacion de Riesgo el expediente del caso para el inicio del procedimiento ordinario.

Articulo 27.- En cualquier otro caso, la solicitud sera tramitada a traves del procedimiento ordinario y la Unidad de Recepcion de Casos y Reaccion Rapida la remitira inmediatamente a su recepcion a la Unidad de Evaluacion de Riesgos. La Unidad de Evaluacion de Riesgos, en un termino de diez dias naturales contados a partir de la presentacion de la solicitud, procedera a:

I. Elaborar el Estudio de Evaluacion de Riesgo; II. Determinar el nivel de riesgo y Beneficiarios, y

III. Definir las Medidas de Proteccion. Articulo 28.- El Estudio de Evaluacion de Riesgo y el Estudio de Evaluacion de Accion Inmediata se realizaran de conformidad con las mejores metodologias, estandares internacionales y buenas practicas.

Capitulo VII Medidas Preventivas, Medidas de Proteccion y Medidas Urgentes de

Proteccion

Articulo 29.- Una vez definidas las medidas por parte de la Unidad de Evaluacion de Riesgos, la Junta de Gobierno decretara las Medidas Preventivas o Medidas de Proteccion y la Coordinacion procedera a:

I. Comunicar los acuerdos y resoluciones de la Junta de Gobierno a las autoridades correspondientes en un plazo no mayor a 72 hrs;

II. Coadyuvar en la implementacion de las Medidas Preventivas o Medidas de Proteccion decretadas por la Junta de Gobierno en un plazo no mayor a 30 dias naturales;

III. Dar seguimiento al estado de implementacion de las Medidas Preventivas o Medidas de Proteccion e informar a la Junta de Gobierno sobre sus avances.

Articulo 30.- Las Medidas Preventivas, las Medidas de Proteccion y las Medidas Urgentes de Proteccion deberan reducir al maximo la exposicion al riesgo, seran idoneas, eficaces y temporales, podran ser individuales o colectivas y seran acordes con las mejores metodologias, estandares internacionales y buenas practicas. En ningun caso dichas

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medidas restringiran las actividades de los beneficiarios, ni implicaran vigilancia o intrusiones no deseadas en sus vidas laborales o personales. Articulo 31.- Las Medidas Preventivas, las Medidas de Proteccion y las Medidas Urgentes de Proteccion se deberan extender a aquellas personas que determine el Estudio de Evaluacion de Riesgo o el Estudio de Evaluacion de Accion Inmediata. Dichas medidas se analizaran, determinaran, implementaran y evaluaran de comun acuerdo con los beneficiarios. Articulo 32.- Las Medidas Urgentes de Proteccion incluyen: I) Evacuacion; II) Reubicacion Temporal; III) Escoltas de cuerpos especializados; IV) Proteccion de inmuebles y V) Las demas que se requieran para salvaguardar la vida, integridad y libertad de los beneficiarios. Articulo 33.- Las Medidas de Proteccion incluyen: I) Entrega de equipo celular, radio o telefonia satelital; II) Instalacion de camaras, cerraduras, luces u otras medidas de seguridad en las instalaciones de un grupo o casa de una persona; III) Chalecos antibalas; IV) Detector de metales; V) Autos blindados; y VI) Las demas que se requieran. Articulo 34.- Las Medidas Preventivas incluyen: I) Instructivos, II) Manuales, III) Cursos de autoproteccion tanto individuales como colectivos, IV) Acompanamiento de observadores de derechos humanos y periodistas; y VI) Las demas que se requieran. Articulo 35.- Las Medidas de Proteccion y las Medidas Urgentes de Proteccion estaran sujetas a evaluacion periodica por parte de la Unidad de Evaluacion de Riesgo. Articulo 36.- Se considera que existe uso indebido de las Medidas Preventivas, Medidas de Proteccion y Medidas Urgentes de Proteccion por parte del beneficiario cuando:

I. Abandone, evada o impida las medidas; II. Autorice el uso de las medidas por personas diferentes a las determinadas por

las unidades del Mecanismo;

III. Comercie u obtenga un beneficio economico con las medidas otorgadas; IV. Utilice al personal designado para su proteccion en actividades que no esten

relacionadas con las medidas; V. Agreda fisica o verbalmente o amenace al personal que esta asignado a su

esquema de proteccion; VI. Autorice permisos o descanso al personal del esquema sin el conocimiento de

las unidades correspondientes del Mecanismo; VII. Ejecute conductas ilicitas haciendo uso de los medios fisicos y humanos

dispuestos para su proteccion; VIII. Cause dano intencionalmente a los medios de proteccion fisicos y humanos

asignados para su proteccion. Articulo 37.- Las Medidas Preventivas, Medidas de Proteccion y Medidas Urgentes de Proteccion podran ser retiradas por decision de la Junta de Gobierno cuando el beneficiario realice un uso indebido de las mismas de manera deliberada y reiterada. Articulo 38.- El beneficiario podra en todo momento acudir ante la Junta de Gobierno para solicitar una revision de las Medidas Preventivas, Medidas de Proteccion, Medidas Urgentes de Proteccion, Estudio de Evaluacion de Riesgo o Estudio de Evaluacion de Accion Inmediata. Articulo 39.- Las Medidas Preventivas y Medidas de Proteccion otorgadas podran ser ampliadas o disminuidas como resultado de las revisiones periodicas. Articulo 40.- El beneficiario se podra separar del Mecanismo en cualquier momento, para lo cual debera externarlo por escrito a la Junta de Gobierno.

Capitulo VIII

Medidas de Prevencion

Articulo 41.- La Federacion y las Entidades Federativas en el ambito de sus respectivas competencias deberan desarrollar e implementar Medidas de Prevencion. Articulo 42.- La Federacion y las Entidades Federativas, en el ambito de sus respectivas competencias recopilaran y analizaran toda la informacion que sirva para evitar Agresiones potenciales a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Articulo 43.- Las Medidas de Prevencion estaran encaminadas al diseno de sistemas de alerta temprana y planes de contingencia con la finalidad de evitar potenciales Agresiones a las Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Articulo 44.- La Federacion y las Entidades Federativas, en el ambito de sus respectivas competencias promoveran el reconocimiento publico y social de la importante labor de las

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Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, para la consolidacion del Estado Democratico de Derecho, y condenaran, investigaran y sancionaran las agresiones de las que sean objeto. Articulo 45.- La Federacion promovera las reformas y adiciones necesarias en la legislacion para mejorar la situacion de las Personas Defensoras de los Derechos Humanos y Periodistas.

Capitulo IX Convenios de Cooperacion

Articulo 46.- La Federacion y las Entidades Federativas, en el ambito de sus respectivas competencias celebraran Convenios de Cooperacion para hacer efectivas las medidas previstas en el Mecanismo para garantizar la vida, integridad, libertad y seguridad de las Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Articulo 47.- Los Convenios de Cooperacion contemplaran las acciones conjuntas para facilitar la operacion eficaz y eficiente del Mecanismo mediante:

I. La designacion de representantes que funjan como enlaces para garantizar el cumplimiento del objeto de esta Ley;

II. El intercambio de informacion de manera oportuna y de experiencias tecnicas del Mecanismo, asi como para proporcionar capacitacion;

III. El seguimiento puntual a las medidas previstas en esta Ley en sus respectivas entidades;

IV. La promocion del estudio, analisis, investigacion y desarrollo de estrategias, acciones, sistemas y metodologias que incorporen las mejores practicas de prevencion y proteccion;

V. La promocion de las reformas y adiciones necesarias en la legislacion para mejorar la situacion de las Personas Defensoras de los Derechos Humanos y Periodistas, y

VI. Las demas que las partes convengan.

Capitulo X

Fondo para la Proteccion de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas

Articulo 48.- Para cumplir el objeto de esta Ley y con el proposito de obtener recursos economicos adicionales a los previstos en el Presupuesto de Egresos de la Federacion, se crea el Fondo para la Proteccion de las Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Articulo 49.- Los recursos del Fondo se destinaran exclusivamente para la implementacion y operacion de las Medidas Preventivas, Medidas de Proteccion y Medidas Urgentes de Proteccion y la realizacion de los demas actos que establezca la Ley para la implementacion del Mecanismo, tales como evaluaciones independientes. Articulo 50.- El Fondo operara a traves de un fideicomiso publico, el cual se regira por las disposiciones juridicas aplicables. Articulo 51.- Los recursos del Fondo se integraran por:

I. La cantidad que el Gobierno Federal aporte inicialmente, asi como las aportaciones que en su caso realice en terminos de las disposiciones aplicables;

II. Los recursos anuales que senale el Presupuesto de Egresos de la Federacion y otros fondos publicos;

III. Los donativos que hicieren a su favor personas fisicas o morales sin que por ello adquieran algun derecho en el fideicomiso;

IV. Los bienes que le transfiera a titulo gratuito el gobierno federal o las entidades federativas, y

V. Los demas bienes que por cualquier titulo legal adquiera el fideicomiso para o como consecuencia del cumplimiento de sus fines.

Articulo 52.- El Fondo contara con un Comite Tecnico presidido por el Secretario de Gobernacion e integrado por un representante de: la Secretaria de Seguridad Publica, la Procuraduria General de la Republica y la Secretaria de Relaciones Exteriores.

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Articulo 53.- El Fondo tendra un organo de vigilancia integrado por un comisario publico y un suplente, designados por la Secretaria de la Funcion Publica, quienes asistiran con voz pero sin voto a las reuniones del comite tecnico y tendran las atribuciones que les confiere la Ley. Articulo 54.- El Comite Tecnico del Fondo sometera a la aprobacion de la Junta de Gobierno sus reglas de operacion y su presupuesto operativo.

Capitulo XI

Inconformidades

Articulo 55.- La inconformidad se presentara por escrito, debidamente firmada, ante la Junta de Gobierno y debera contener una descripcion concreta de los agravios que se generan al peticionario o beneficiario y las pruebas con que se cuente. Articulo 56.- La inconformidad procede en:

I. Contra resoluciones de la Junta de Gobierno, la Coordinacion y las unidades respectivas relacionadas con la imposicion o negacion de las Medidas Preventivas, Medidas de Proteccion o Medidas Urgentes de Proteccion;

II. Contra del deficiente o insatisfactorio cumplimiento de las Medidas Preventivas, Medidas de Proteccion o Medidas Urgentes de Proteccion por parte la autoridad, y

III. Caso de que la autoridad no acepte, de manera expresa o tacita, las decisiones de la Junta de Gobierno relacionadas con las Medidas Preventivas, Medidas de Proteccion o Medidas Urgentes de Proteccion otorgadas al beneficiario.

Articulo 57.- Para que la Junta de Gobierno admita la inconformidad se requiere: I. Que lo suscriba la persona o personas que hayan tenido el caracter

peticionario o beneficiario, y II. Que se presente en un plazo de treinta dias naturales contados a partir de la

notificacion del acuerdo de la Junta de Gobierno o de la respectiva autoridad, o de que el peticionario o beneficiario hubiese tenido noticia sobre la resolucion definitiva de la autoridad acerca del cumplimiento de las Medidas Preventivas, Medidas de Proteccion y Medidas Urgentes de Proteccion.

Articulo 58.- Para resolver la inconformidad: I. La Junta de Gobierno, a traves del Coordinador Ejecutivo Nacional, solicitara a

la Unidad de Evaluacion de Riesgos y Reaccion Rapida un nuevo estudio de evaluacion de riesgo en el cual de respuesta a la inconformidad planteada;

II. Si la inconformidad persiste, la Junta de Gobierno, a traves del Coordinador Ejecutivo Nacional, solicitara al Consejo Consultivo que comisione un Estudio de Evaluacion de Riesgo independiente para el analisis del caso;

III. El Consejo emitira su resolucion en un plazo maximo de quince dias naturales despues de recibidos los resultados del Estudio de Evaluacion de Riesgo independiente;

IV. El Consejo inmediatamente remitira su resolucion, junto con el Estudio de Evaluacion de Riesgo independiente, a la Junta de Gobierno, quien en su proxima sesion resolvera la inconformidad.

Articulo 59.- En el caso del procedimiento extraordinario, la inconformidad se presentara ante la Coordinacion y debera contener una descripcion concreta de los riesgos o posibles agravios que se generan al peticionario o beneficiario. Articulo 60.- La inconformidad procede en: I. Contra resoluciones de la Unidad de Recepcion de Casos y Reaccion Rapida relacionadas con el acceso al procedimiento extraordinario o la imposicion o negacion de las Medidas Urgentes de Proteccion;

II. Contra del deficiente o insatisfactorio cumplimiento de las Medidas Urgentes de Proteccion, y

III. Caso de que la autoridad no acepte, de manera expresa o tacita, las decisiones de la Unidad de Recepcion de Casos y Reaccion Rapida, relacionadas con las Medidas Urgentes de Proteccion.

Articulo 61.- Para que la Coordinacion admita la inconformidad se requiere: I. Que lo presente la persona o personas que hayan tenido el caracter peticionario o beneficiario, en un plazo de hasta diez dias naturales, contados a partir de la notificacion del acuerdo de la Unidad de Recepcion de Casos y Reaccion Rapida.

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Articulo 62.- La Coordinacion resolvera, en un plazo maximo de hasta doce horas, para confirmar, revocar o modificar la decision de la Unidad de Recepcion de Casos y Reaccion Rapida. Articulo 63.- El acceso y la difusion de la informacion relacionada con esta Ley, sera de conformidad a lo que disponga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica Gubernamental y demas disposiciones aplicables. Las Medidas Preventivas, Medidas de Proteccion y Medidas Urgentes de Proteccion otorgadas a traves del Mecanismo se consideraran informacion reservada. Los recursos federales que se transfieran, con motivo del cumplimiento de esta Ley, a las Entidades Federativas, asi como los provenientes del Fondo se sujetaran a las disposiciones federales en materia de transparencia y evaluacion de los recursos publicos.

Capitulo XII

Transparencia y Acceso a la Informacion

Articulo 64.- Los informes a los que se refieren los articulos 8, 16 y 18 seran de caracter publico.

Capitulo XIII Sanciones

Articulo 65.- Las responsabilidades administrativas que se generen por el incumplimiento de las obligaciones previstas en esta Ley se sancionaran conforme a lo que establezca la legislacion aplicable, con independencia de las del orden civil o penal que procedan. Articulo 66.- Comete el delito de dano a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, el servidor publico o miembro del Mecanismo que de forma dolosa utilice, sustraiga, oculte, altere, destruya, transfiera, divulgue, explote o aproveche por si o por interposita persona la informacion proporcionada u obtenida por la solicitud, tramite, evaluacion, implementacion u operacion del Mecanismo y que perjudique, ponga en riesgo o cause dano a la Persona Defensora de Derechos Humanos, Periodista, peticionario y beneficiario referidos en esta Ley. Por la comision de este delito se impondra de dos a nueve anos de prision, y de setenta hasta cuatrocientos dias multa y destitucion e inhabilitacion de dos a nueve anos para desempenar otro empleo, cargo o comision publicos. Si solo se realizara en parte o totalmente los actos ejecutivos que deberian producir el resultado, u omitiendo los que deberian evitarlo, y si aquel no se consuma por causas ajenas a la voluntad del agente, se aplicara la mitad de la sancion. Articulo 67.- Al Servidor Publico que en forma dolosa altere o manipule los procedimientos del Mecanismo para perjudicar, poner en riesgo o causar dano a la Persona Defensora de Derechos Humanos, Periodista, peticionario y beneficiario, se le impondra de dos a nueve anos de prision, y de setenta hasta cuatrocientos dias multa y destitucion e inhabilitacion de dos a nueve anos para desempenar otro empleo, cargo o comision publicos referidos en esta Ley.

Transitorios

Primero.- El presente Decreto entrara en vigor al dia siguiente de su publicacion en el Diario

Oficial de la Federacion. Segundo.- El Ejecutivo Federal tendra un termino de entre tres a seis meses maximo, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para expedir el reglamento de esta Ley. Tercero.- El Mecanismo al que se refiere el Capitulo Primero quedara establecido dentro de los cuatro meses siguientes contados a partir de la entrada en vigor de esta Ley. Cuarto.- La primera Junta de Gobierno se instalara en el termino de diez dias habiles contados a partir de la entrada en vigor de esta Ley, con la participacion de las dependencias de la Administracion Publica Federal y la Comision Nacional de los Derechos Humanos. Quinto.- Una vez instalada la primera Junta de Gobierno tendra como termino diez dias habiles para emitir la convocatoria nacional publica a organizaciones de la sociedad civil involucradas en la defensa y proteccion de los derechos humanos, asi como en el ejercicio del periodismo y la libertad de expresion para conformar el primer Consejo Consultivo.

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Sexto.- Una vez emitida la convocatoria a que se refiere el Articulo Quinto Transitorio, las organizaciones de la sociedad civil involucradas en la defensa y promocion de los derechos humanos y en el ejercicio del periodismo y la libertad de expresion, se registraran ante la Junta de Gobierno y entre ellas elegiran a los nueve integrantes del primer Consejo Consultivo, en un termino de un mes contados a partir del cierre del registro. Una vez proporcionada la lista de los integrantes del Consejo a la primera Junta de Gobierno, este se instalara en un termino de diez dias habiles. Septimo.- En la conformacion del primer Consejo Consultivo y por unica vez, los cuatro miembros elegidos para integrar la Junta de Gobierno duraran en su cargo cuatro anos, otros tres, tres anos y los restantes dos, dos anos. La duracion en el cargo de cada consejero se efectuara por sorteo. Octavo.- La Junta de Gobierno se instalara con caracter definitivo y en un termino de diez dias habiles contados a partir de la recepcion de la notificacion del Consejo Consultivo de los cuatro consejeros que participaran como miembros. Noveno.- Instalada la Junta de Gobierno y en su primera sesion designara al Coordinador Ejecutivo Nacional, quien a su vez, y en el termino de un mes, sometera a la aprobacion de la Junta los nombres de los titulares de las unidades a su cargo. Decimo.- Los Convenios de Cooperacion a que se refiere el articulo 46 deberan celebrarse en un termino de seis meses contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto. Decimo Primero.- La Camara de Diputados del H. Congreso de la Union, asignara en el Presupuesto de Egresos de la Federacion los recursos para la implementacion y operacion del Mecanismo. Los recursos destinados en el Presupuesto de Egresos de la Federacion 2012 relativos a la proteccion de periodistas y defensores de derechos humanos, formaran parte del presupuesto para implementar y operar el Mecanismo. Decimo Segundo.- Para implementar y operar el Mecanismo se comisionaran, de forma honoraria y sin menoscabo de sus derechos adquiridos, a los servidores publicos pertenecientes de la Secretaria de Gobernacion, Procuraduria General de la Republica y Secretaria de Seguridad Publica necesarios para la operacion de las Unidades previstas en esta Ley. En caso de que los servidores publicos no cumplan con los requisitos previstos para la conformacion de las Unidades, se realizaran las contrataciones respectivas. Decimo Tercero.- Las Secretarias de Hacienda y Credito Publico y de Gobernacion, llevaran a cabo todos los actos necesarios de conformidad con las disposiciones aplicables para constituir el Fondo en un termino de tres meses contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto. Decimo Cuarto.- Constituido el Fondo, y en el termino de un mes, la Junta de Gobierno debera aprobar sus reglas de operacion. Mexico, D.F., a 30 de abril de 2012.- Sen. Jose Gonzalez Morfin, Presidente.- Dip. Guadalupe Acosta Naranjo, Presidente.- Sen. Renan Cleominio Zoreda Novelo, Secretario.- Dip. Martin Garcia Aviles, Secretario.- Rubricas." En cumplimiento de lo dispuesto por la fraccion I del Articulo 89 de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicacion y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de Mexico, Distrito Federal, a veintidos de junio de dos mil doce.- Felipe de Jesus Calderon Hinojosa.- Rubrica.- El Secretario de Gobernacion, Alejandro Alfonso Poire Romero.- Rubrica.

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4.- Transcripción de la entrevista a Daniela Pastrana, de la

organización Periodistas de a Pies (Realizada el 25 de julio de 2013)

Las palabras son nuestro escudo

Hacer buen periodismo no necesariamente te salva el pellejo y

el hacer mal periodismo te pone como blanco: Daniela Pastrana.

Mario Jesús Gómez Castillo

Daniela Pastrana, periodista especializada en los derechos humanos y temas sociales

como (pobreza y educación). Estudió en la Universidad Iberoamericana la licenciatura

en Ciencias de la Comunicación (1988-1993). Fue fundadora del diario Reforma y

trabajó de 1993 a 1997. Posteriormente ingresó al periódico La Jornada como reportera

especializada en temas sociales donde se desempeñó en la sección Rumbos. También

fue becaria de la Fundación Nuevo Periodismo Iberoamericano (FNPI) y de

la Fundación Prensa y Democracia (Prende). Es profesora de la Escuela de Periodismo

Carlos Septién García, donde imparte las asignaturas de crónica periodística. Además

es directora ejecutiva de la Red de Periodistas de A Pie desde el año 2007.

BC.- ¿Cómo surge periodistas de Periodistas de A Pie?

DP.- Nos empezamos a reunir en el 2006, “porque queríamos mejorar el periodismo”.

Decíamos y ahora qué… cómo vamos a seguir cubriendo estas cosas (violencia) sin

repetirnos. En mayo del 2007 le pusimos el nombre. Y decidimos que íbamos a trabajar

en el sentido de la capacitación de temas sociales.

Le dimos sentido, objetivo… y nuestra idea original era orientar a la

capacitación y actualización (de los periodistas). Pero… pues llegó Calderón… y la

violencia se nos cruzó a todos por todos lados, ¡comenzaron a caer como moscas los

compañeros! Y en 2010… decidimos incorporar el tema de la defensa de la libertad de

expresión a nuestras líneas de trabajo que estaban enfocadas en la capacitación. Con la

salvedad de que no somos una organización dedicada a la libertad de expresión, porque

somos periodistas… entonces nuestro aporte no iba ser el que ya hacen otros… como

monitoreo, de seguimiento muy puntual de casos.

Nuestro aporte en la libertad de expresión iba ser enfocada a la articulación de

periodistas, entonces empezamos a trabajar con grupos de colegas en distintos estados,

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con gente que sí quiere hacer Periodismo y de ahí ir articulando una red de redes: donde

todos podamos estar comunicados, que ellos vayan también realizando sus propios

procesos, sus propias dinámicas… que se vaya capacitando, ver qué necesidades se

tienen según los estados. Y eso es lo hemos estado haciendo en este último año.

Con un agregado: tienes la capacitación y las redes de periodistas y ¿cómo, para

qué? Si no tienes donde publicarla (información), porque los medios tradicionales no

quieren publicar nada que valga la pena. Entonces (el propósito de Periodistas de A

pie) es para generar productos periodísticos, e investigaciones, etc. Por lo que se creó

el libro de Entre las cenizas, siendo uno de nuestros primeros productos concretos.

BC.- ¿Qué mecanismos no oficiales consideras oportunos para la protección de

periodistas?

DP.- Hacer buen periodismo no necesariamente te salva el pellejo y el hacer mal

periodismo te pone como blanco. Las buenas prácticas quizás no te salven la vida, pero

las malas te ponen en peligro, en el centro del tiro al blanco; cualquier mala práctica

periodística te pone en “jaque”.

El chiste es trabajar para que no lleguemos a esas cosas ni a cómo te escapas,

cuáles son las rutas de salida… está bien saberlo, como los cursos de primeros auxilios.

Pero honestamente es mejor trabajar para no llegar a esto y es fundamental trabajar con

las buenas prácticas del periodismo; nosotros estamos muy viciados.

El periodismo mexicano tiene unos usos y costumbres bastante malitos. Por

ejemplo: el chacaleo, no confirmar las cosas (datos), pasar por encima de los derechos

de otros creyendo que, porque somos periodistas, tenemos derecho a pasar por encima

de la gente. Todo ese tipo de cosas son muy malas para nosotros.

Lo primero que hay que revisar es cómo hacemos nuestro trabajo periodístico:

ese sería nuestro primer mecanismo de protección y lo segundo es tener que aprender a

trabajar en equipo; nosotros somos muy soberbios y creemos que todos son idiotas,

menos el que está hablando, ¡que somos los más chingones del mundo! Hay que

aprender a quitarle tres rayitas a ese gran ego que tenemos, pero sobre todo a trabajar

en equipo. Porque en una situación de conflicto como la que tenemos en México –no

es guerra, pero es un conflicto armado-, existen consecuencias como en cualquier

guerra.

La única forma de poder hacer periodismo es aportando distintas cosas,

trabajando en equipo. El periodista que quiere ser héroe, ser el de las películas gringas,

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que descubre todo solito: está muy mal. Pasar por encima de cualquier obstáculo, en la

situación de un conflicto donde no están bien definidas las partes de guerra… No es el

gobierno contra los criminales, unas partes del gobierno contra otras partes del gobierno

y unos criminales contra otros criminales, etc. Pues entonces, si no sabemos trabajar en

equipo no vamos a poder salir de este hoyo.

También agregaría un segundo mecanismo de protección que es la articulación

de periodistas, bien capacitados, que puedan elaborar investigaciones de mayor calidad.

BC.- Colombia como México, es otro país que ha tenido bastante decesos de

periodistas… incluso han trabajado en reformar leyes constitucionales donde se

promueve y resguarda la protección de los periodistas. ¿Por qué en México no pasa

esto?

DP.- Es que en la ley sí está y está el mecanismo de protección, que no fue una

concesión de las autoridades, fue una exigencia de -¡hay que decirlo!- de las

organizaciones de los defensores de los derechos humanos. Porque los periodistas no

más ahí nos colgamos (de la) Ley de protección de personas defensoras de derechos

humanos y periodistas.

Los defensores la impulsaron y los periodistas salimos ahí beneficiados, la

impulsamos nosotros. Pero ahí está la ley y el marco está, y bien o mal es el instrumento

más completo que tenemos para que el Estado cumpla con su obligación de garantizar

que la gente esté informada.

Y en el tema de Colombia, es que la comparación no me gusta, porque creo que

son esquemas distintos, aunque ahí puede haber similitudes, ¿que cuál fue el esquema

en Colombia? En Colombia había un grupo que atacaba a los periodistas, un grupo

inidentificable, una cabeza identificable que era Pablo Escobar y había un esquema de

corrupción que él tenía, pero era muy identificable… atacabas la cabeza y se podían

resolver algunos problemas… algunas cosas, no todas.

En México lo que tenemos es una dispersión de grupos que además, asustados

con esta estrategia fallidísima de (el ex presidente de México) Calderón, ¡súper

equivocada! Lo que provocó fue una cantidad enorme de grupos –delictivos- que acabas

con unos y se reproducen más y es como una locura… y lo único que provocan cuando

hay detenciones y casos muy escandalosos hace que se multipliquen las agresiones.

Además está absolutamente desdibujada la línea en muchos lugares entre los

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“criminales ilegales y los criminales del gobierno”, en muchos lados son lo mismo o ya

están dentro de las estructuras del gobierno… entonces es una situación muchísimo más

compleja.

En Colombia lo que ocurrió es que atacaron primero a los grandes medios y

aquí lo que pasa es que ¡matan y matan periodistas¡, pero nunca ha habido una bomba

en El Universal, por decir algo. Entonces qué es lo que pasa, que los dueños de los

medios no están interesados en que esto se resuelva. Si estuvieran interesados ya

habrían tomado otras medidas.

Regresando al ejemplo de Colombia, allá los medios empezaron a trabajar en la

publicación colectiva, hacer coberturas colectivas; proteger a sus periodistas, porque

directamente se fueron sobre los medios, y medios importantes. Entonces la diferencia

es que hoy en Colombia matan a un periodista y es escándalo nacional; el presidente

sale a condenarlo, es muy alto el costo político de matar a un periodista. Y en México

(en cambio), matan a uno, puedes ver desaparecer a otro y el costo sigue siendo

muy bajito.

Te pongo un ejemplo: nadie sabe el nombre de los dos periodistas desaparecidos

en este año en México, entonces la situación realmente es difícil. Además ellos tienen

un poder judicial bastante más autónomo que nosotros; ellos tienen una policía nacional

–nosotros tenemos distintos niveles de policías y distintos niveles de corrupción en las

policías.

Entonces tratar de pensar que el esquema es parecido…¡nooo¡ en lo único que

estamos muy parecidos es en las malas prácticas y eso es algo que sí podemos trabajar

con ellos. Lo que sí les podemos imitar son los consejos de qué no se debe hacer en las

prácticas periodísticas, lo demás es una construcción que debemos hacer aquí en

México, porque las condiciones mexicanas son muy especiales.

BC.-Tú con lo que has visto en México y otros países ¿consideras que sirvan los

mecanismos no oficiales para la protección de los propios periodistas?

DP.- Yo creo que debe de haber mecanismos paralelos, por una parte, la verdad quien

tiene los recursos: físicos, materiales y demás para proteger y la obligación es el Estado,

entonces hay que hacer que sea un mecanismo funcional. El mecanismo federal de este

año tiene 127 millones de pesos… ¡tiene que funcionar… no es de ¡a ver si funciona¡

o no y no hacen caso y ellos son el problema, pero tiene que funcionar, porque son 127

millones de pesos de recursos públicos.

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Ahora, mientras las autoridades entienden, porque ellos siempre se tardan

bastante en entender, a veces no quieren –creo es el caso mexicano-, no tienen ningún

interés en entender y hay que generar otros mecanismos entre nosotros; tampoco

podemos estar presionando a que hagan su chamba, pero tampoco podemos sentarnos

a ver cuándo lo hacen, porque así nos podemos quedar esperando mucho tiempo.

Entonces si tenemos que generar otros mecanismos propios, entre nosotros, que nos

ayuden a defendernos.

BC.- ¿Se tendría que buscar la unión del gremio periodístico?

DP.- Más que la unión, porque la unión de pronto parece que ya todos vamos a estar

muy felices, nos vamos a estar pasando las notas… y eso no ocurre. Y más que la unión

yo diría que lo que se necesita es la articulación de una red solidaria, que no es lo mismo

no necesitamos estar unidos, -que incluya protección de intercambio de información

para reportajes incuso colectivos-; que no signifique que todos vamos a hacer el mismo

trabajo, que todos vamos a hacer el mismo reportaje, que todos vamos a contar la mima

historia. Eso es lo que hacen (hoy) los medios: contar la misma historia, todos

igualitos… se trata de que cada uno va a aportar distintas partes de una historia que es

la que está pasando en este país con distintos temas.

Y también de protección y de prevención, incluso de depuración y de

autocrítica, porque debemos pasar por un proceso de reflexión y entender qué es lo que

estamos haciendo tan mal, por qué la gente no nos cree nada; cuáles son las cosas en

donde nos estamos equivocando; y esos procesos de autocrítica nos tiene que llevar a

una depuración de separar totalmente a los periodistas… que por una u otra razón caen

en prácticas corruptas. No le podemos llamar periodistas a los periodistas que son

corruptos, porque eso nos hace mucho daño.

BC.- ¿No son éticos?

DP.- No sólo es cuestión de ética, es que la corrupción es uno de las principales

problemas de este país -es un cáncer enorme. Pero los periodistas tenemos una

responsabilidad social, la información no es de nosotros, ni de los medios ni del

gobierno; la información es como el agua o coma la luz –es un bien público, nuestra

chamba es trabajar con la información para hacérselas llegar a la gente para que pueda

tomar decisiones libres-, pero la información es de la gente, todos tienen derecho a estar

bien informados.

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Entonces cuando un periodista se corrompe y empieza a manipular la

información y a cambiar las cosas y a evitar la realidad, le está haciendo un daño enorme

a toda la sociedad, no nada más así mismo. No puedes meterlo (a ese periodista) en el

mismo paquete y decir “sí, todos somos periodistas”, pero para eso tiene que haber

siempre ciertos parámetros. Como un gran acuerdo para ver hasta dónde es el límite y

hasta dónde se puede tolerar y aceptar ciertas malas prácticas, pero actos directos de

corrupción se pueden aceptar o no. Y ese es un proceso de autocrítica, aceptar que hay

periodistas corrompidos y hay periodistas que realmente no son periodistas.

BC.- Éstas articulaciones que mencionas entre los periodistas, para generar

trabajos de resguardo. ¿Cómo se deben difundir este tipo de medidas y sobre todo

concientizar a los jefes de los medios de comunicación?

DP.-Pues es un trabajo que deben hacer los periodistas dentro de sus medios a punta de

estar insistiendo e insistiendo en que se respete su trabajo. Pero ahí hay una cosa muy

clara, si queremos que nos traten como profesionales, tenemos que comportarnos como

profesionales.

Si estamos ahí tirados a la flojera, mandamos las notas sin ninguna

investigación, sin ninguna confirmación y ningún interés de hacerlo, pues no nos

quejemos de que los jefes nos traten como si fuéramos… no sé… notarios -digo yo,

que dan (fe pública) o que si fuéramos personas que no piensan.

El primer paso es hacer mejor el trabajo, investigar, checar; dedicarle más

tiempo y luego dar la pelea interna, unas las vamos a ganar, otras las vamos a perder.

Otros vamos a descubrir que en ese medio no tenemos espacio.

Internet ahorita está dando muchas opciones para hacer publicaciones

alternativas y –claro- los primeros años no ganas dinero, te la pasas muy mal. Si tú

tienes un trabajo sólido y consistente, con el tiempo la gente te va a ir apostando para

consumir ese material, esa información. Esa es mi experiencia, yo sí estoy convencida

de la opción que nos dan las plataformas digitales pues es una gran oportunidad, puedes

publicar. Hace 15 año si no te publicaban en un periódico ya no te publicaba nadie.

El tema es que perdimos de vista, con este rollo que nos vendieron de la

empresa periodística, perdimos de vista que la información no es una mercancía,

aunque lo digan y lo insistan y haya toda una corriente de gente que diga que sí es un

producto ¡No, no es! Es un bien público. Entonces el tema es que todos quieren ganar

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dinero con sus medios y los medios de información no son para ganar dinero, claro que

se tienen que cobrar.

Ahora ya está el otro tema que ya con el periodismo ciudadano ya nadie quiere

pagar por información… o bueno sí se tiene que cobrar, porque es un servicio

profesional como el de un médico, el maestro da un servicio profesional, es un servicio

que se tiene que cobrar, pero no lucrar con ello.

Entonces en esas fronteras, los dueños defienden a capa y espada sus intereses,

es absolutamente absurdo ese discurso, no pueden defender sus intereses, porque la

información no es para comerciar.

Si quieres tener un medio de comunicación, un negocio que te permita ganar

mucho dinero, pues no sé… prepara tacos… véndelos… no sé… vende telas finas. Si

quieres tener un medio de comunicación, no debe de ser con el objetivo de tener un

negocio, tal vez en la parte de entretenimiento; pero en el tema de la información, no

podría ser.

Pues cómo los concientizas. Creo que no hay modo, porque no se quieren

concientizar, lo que quieren es tener dinero, todo lo demás les importa muy poco, hasta

que llegue el momento y les pase algo feo.

Más que de concientizarlos (a los jefes) es convencerlos de que la buena

información también puede ser vendida. Que se van con lo fácil y dicen. ¡Hay, es que

a nadie le importa!… claro que eso le importa a la gente… ¡es que la gente quiere ver

sangre, drogas y rock and roll!… No es cierto… mi mamá no… ¡ya está harta de esas

noticias!

Nadie quiere seguir viendo las caras de los descabezados y que además de que

las vean tus hijos, nadie quiere ver esta cobertura política de ‘dijo’, ‘expresó’ y

‘además’; con cosas que además uno sabe que son mentiras que dicen los políticos.

Entonces las experiencias que hay recientes del periodismo (híper-local), en el

que los periódicos han retomado las cosas y el interés más cercano a la gente, el de la

colonia, el del barrio, el de la comunidad, el de la delegación… han tenido mucho éxito.

La gente está consumiendo esa información muchísimo más que otras. Sólo hay que

convencerlos y para convencerlos hay que hacer buenos trabajos, porque no los vas a

convencer con un trabajo mediocre.

Bc.- El buen trabajo periodístico ¿da pie a tener mayor seguridad?

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DP.- Mira yo creo que para eso lo dividimos en pasos: uno, haces un buen trabajo; dos,

se lo vendes, convences al editor de que eso vale la pena y que lo va a consumir la

gente; paso tres, si tú generas esa buena audiencia, si la gente está convencida de que

es una información mejor preparada y tiene más calidad, acepta que tiene que pagar por

esa información. Entonces puedes tener un medio más sustentable. Ahora cuando el

objetivo es hacerte rico con la información, nunca vas a tener forma de conciliarlo; pero

puede haber medios alternativos y esas son las opciones que nos dan las plataformas

tecnológicas.

Y lo que te decía, que hacer buenos trabajos no te garantiza salvarte en un país

como el de nosotros, no te garantiza tener una vida segura. Si eres rico, pobre, mujer

hombre, lo que sea. Nada te garantiza que te pase algo que pudo haberse evitado. Pero

por lo menos te va ir reduciendo el riesgo, te va ir quitando de estar en el centro del tiro

al blanco.

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Documentos de Trabajo es una investigación de análisis de la Fundación Rafael Preciado Hernández, A. C.

a petición del Partido Acción Nacional.

Registro ante el Instituto Nacional de Derechos de Autor en trámite

Fundación Rafael Preciado Hernández, A.C.

Ángel Urraza No. 812, Col. Del Valle, C.P. 03100, México, D. F.