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BANQUEO CONCERTADO no FICIU DE LA PROVINCIA DE LEON -Intervención de fondo» Diput«ci6n provincial,—Teléfono 1700 ap. de la Diputación provincial.-Te!, 1916 Jueves 19 de Agosto de 1954 Núm. 187 No se publica los domingos ni días fcatiyoi. Ejemplar corriente! 1,50 pesetas" Idem atrasado: 3.00 pesetas. Dichos precios serán Incrementados con e 10 por 100 para amortización de empréstito I Academia de Ciencias Morales y Políticas PROGRAMA DE CONCURSOS Premios instituidas por el Sr. D. José Santa Marfa de Hita V TRIENIO D E 1951-56 Tema: «A la virtud y al trabajo. Condiciones especiales ,1.a Se concederá un premio de mil quinientas pesetas y un certifi- cado o Diploma a la persona que, a juicio de la Academia, deba ser pre- ferida entre las que, siendo de con- dición humilde, acrediten acciones virtuosas quede muestren el amor fa- miliar, la abnegación, la probidad, la resignación ante desgracias y cam- bios de fortuna; una conducta en fin, que pruebe la elevación de espíritu y el sentimiento del deber en grado que deba estimarse como ejemplar y extraordinario. 2.a Se adjudicará otro premio de wil quinientas pesetas y él diploma correspondiente a la persona que la Academia considere de mayor méri- to entre las que soliciten esta recom- pensa, por la asiduidad y perseve fancia en el trabajo; por actos de compañerismo o de fidelidad a los Patronos, por mejora o perfecciona- miento en la labor desempeñada como obrero, o por cualquier otra jCción ejecutada, en el servicio de *s profesiones agrícolas ^industria- os que prueben honradez y aplica- ron ejemplares en el trabajo. * á- La Academia se reserva la cuitad de declarar desierto este Mif?0!11"80 si juzga que no hay razón o *iciente para adjudicar los premios btf60!^08' y podrá * también distri- ejj r 'as cantidades señaladas para Hj. . en cllotas proporcionadas al ta^ i06 reconozcan a los solici- Pueden presentarse al con- Qbte0 P0 s^ mismo los que aspiren a Merlos premios y se admitirán también las propuestas que hagan otras personas o entidades recono- cidas legalmente. Si solicita estas recompensas alguna persona de na- cionalidad extranjera, habrá de jus tificar que las acciones meritorias fueron ejecutadas en España. 5. a Las solicitudes y propuestas se acompañarán con los documentos oficiales o privados que acrediten la personalidad de los interesados y proponentes y la exactitud de los hechos alegados, indicando además los datos, testimonios y medios de prueba de que pueda servirse la Aca- demia para hacer la investigación y comprobaciones que crea conve- nientes. 6. * Las instancias y propuestas han de presentarse en la Secretaría de la Academia desde esta fecha hasta las doce horas del día 31 de Diciembre de 1956. 7. a La adjudicación de los pre- mios, si hubiere lugar a ella, se hará en la forma que determine la Aca- demia. tensión equivalente a un libro de 200 páginas, impresas en planas de 37 líneas, de 22 ciceros, letra del cuerpo 10 en el texto y del 8 en las. notas. , 3.a El plazo de presentación de Memorias vence a las doce del día 31 de Diciembre de 1956. Reglas generales para los presentes concursos i,a Las obras han de ser inéditas. Premio a l a obra escrita sobre moral q u e s e a m á s útil Tema: «Estudio de alguna o varias instituciones de asistencia humana en cualquiera de sus aspectos o apli- caciones a la mendicidad y ¡a va- ganciai a la enseñanza o a la bene- ficencia pública y privada». de autor español o hispano america- no y deberán presentarse escritas en castellano, a máquina, en Cuartilla por una cara, encuadernadas y seña- ladas con un lema, expresando el Concurso a que se refieren. 2. a Cada autor remitirá con su memoria un pliego cerrado, señala- do en la cubierta con el lema de aquélla y que dentro contenga su firma y la expresión de su resi- dencia, 3.a Concedido el premio, se abri- en sesión ordinaria de la Acade- mia el pliego o pliegos cerrados co- rrespondientes a las memorias a cuyo favor recaiga la daclaración, j los demás se inutilizarán en Junta I pública. En igual acto tendrán lü- |gar la solemne adjudicación da aquellas distinciones. 4. a Los autores de las Memorias recompensadas con premio o accésit conservarán la propiedad literaria de ellas. La Academia se reserva el derecho de imprimir los trabajos a La Academia señala este asuntó ¡que se adjudique premio o accésit, como indicación o por jemplo; pero aunque sus autores no se presenten respetando la cláusula de la Funda-l o los renuncien. ción, admitirá en el concurso cual quier obra de asunto moral en la que pueda reconocerse positiva uti- lidad. Condiciones especiales 1.a El autor o autores de la Me- moria que resulte premiada obten 5.a No se devolverá en ningún caso el ejemplar de los documentos, memorias u obras que se presenten a concurso. 6. a A los autores que no llenen estas condiciones, que en el pliego cerrado omitan su nombre o pongan drán tres mil pesetas en metálico; un j otro distinto, no se otorgará premio Diploma y la cuarta parte de los |como tampoco a los que quebranten ejemplares que de dicha Memoria se i el aMÓnimo. impriman. 7.a Los académicos de número 2.a Las monografías que se pre- \ de esta Corporación no pueden senten no podrán exceder de la ex-1 tomar parte en estos concursos.

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Page 1: DE LA PROVINCIA DE LEON I Academia de Ciencias Moraleslino maquilero. Cantidad de agua que se pide.— 200 litros por segundo. Corriente de donde ha de derivar se.—Río Compludo

BANQUEO CONCERTADO

no FICIU D E L A P R O V I N C I A D E L E O N

-Intervención de f o n d o » Diput«ci6n provincial ,—Teléfono 1700

ap. de la Diputación provincial.-Te!, 1916

Jueves 19 de Agosto de 1954 Núm. 187

No se publica los domingos ni días f ca t iyo i . Ejemplar corriente! 1,50 pesetas" Idem atrasado: 3.00 pesetas. Dichos precios serán Incrementados con e

10 por 100 para amort izac ión de emprés t i to

I Academia de Ciencias Morales y Políticas

PROGRAMA DE CONCURSOS

Premios instituidas por el

Sr. D. J o s é S a n t a M a r f a d e H i ta

V TRIENIO D E 1951-56

Tema: « A la virtud y a l trabajo.

Condiciones especiales ,1.a Se concederá un premio de

mil quinientas pesetas y un certifi­cado o Diploma a la persona que, a juicio de la Academia, deba ser pre­ferida entre las que, siendo de con­dición humilde, acrediten acciones virtuosas quede muestren el amor fa­miliar, la abnegac ión , la probidad, la resignación ante desgracias y cam­bios de fortuna; una conducta en fin, que pruebe la elevación de espír i tu y el sentimiento del deber en grado que deba estimarse como ejemplar y extraordinario.

2.a Se ad jud ica rá otro premio de wil quinientas pesetas y él diploma correspondiente a la persona que la Academia considere de mayor mér i ­to entre las que soliciten esta recom­pensa, por la asiduidad y perseve fancia en el trabajo; por actos de compañerismo o de fidelidad a los Patronos, por mejora o perfecciona­miento en la labor d e s e m p e ñ a d a como obrero, o por cualquier otra jCción ejecutada, en el servicio de *s profesiones agr ícolas ^ indus t r i a ­os que prueben honradez y aplica­ron ejemplares en el trabajo.

* á- La Academia se reserva la cuitad de declarar desierto este

Mif?0!11"80 si juzga que no hay r azón o *iciente para adjudicar los premios btf60!^08' y p o d r á * t a m b i é n dis tr i -ejj r 'as cantidades seña ladas para Hj. . en cllotas proporcionadas al ta^ i 0 6 reconozcan a los solici-

Pueden presentarse al con-Qbte0 P0 s mismo los que aspiren a

Merlos premios y se a d m i t i r á n

t amb ién las propuestas que hagan otras personas o entidades recono­cidas legalmente. Si solicita estas recompensas alguna persona de na­cionalidad extranjera, h a b r á de jus tificar que las acciones meritorias fueron ejecutadas en E s p a ñ a .

5. a Las solicitudes y propuestas se a c o m p a ñ a r á n con los documentos oficiales o privados que acrediten la personalidad de los interesados y proponentes y la exactitud de los hechos alegados, indicando a d e m á s los datos, testimonios y medios de prueba de que pueda servirse la Aca­demia para hacer la invest igación y comprobaciones que crea conve­nientes.

6. * Las instancias y propuestas han de presentarse en la Secretar ía de la Academia desde esta fecha hasta las doce horas del día 31 de Diciembre de 1956.

7. a La ad jud icac ión de los pre­mios, si hubiere lugar a ella, se h a r á en la forma que determine la Aca­demia.

tens ión equivalente a un l ib ro de 200 páginas , impresas en planas de 37 l íneas, de 22 ciceros, letra del cuerpo 10 en el texto y del 8 en las. notas. , 3.a E l plazo de p resen tac ión de Memorias vence a las doce del día 31 de Diciembre de 1956.

Reglas generales para los presentes concursos

i,a Las obras han de ser i n é d i t a s .

P r e m i o a l a o b r a e s c r i t a s o b r e m o r a l q u e s e a m á s útil

Tema: «Estudio de alguna o varias instituciones de asistencia humana en cualquiera de sus aspectos o apli­caciones a la mendicidad y ¡a va-ganciai a la enseñanza o a la bene­ficencia pública y pr ivada» .

de autor e spaño l o hispano america­no y debe rán presentarse escritas en castellano, a m á q u i n a , en Cuartilla por una cara, encuadernadas y s e ñ a ­ladas con un lema, expresando e l Concurso a que se refieren.

2. a Cada autor r e m i t i r á con su memoria un pliego cerrado, s eña l a ­do en la cubierta con el lema de aqué l l a y que dentro contenga su firma y la expres ión de su resi­dencia,

3. a Concedido el premio, se a b r i ­r á en ses ión ordinaria de la Acade­mia el pliego o pliegos cerrados co­rrespondientes a las memorias a cuyo favor recaiga la dac l a r ac ión ,

j los d e m á s se inu t i l i za rán en Junta I p ú b l i c a . E n igual acto t e n d r á n lü-|gar la solemne ad jud icac ión da aquellas distinciones.

4. a Los autores de las Memorias recompensadas con premio o accési t c o n s e r v a r á n la propiedad l i terar ia de ellas. La Academia se reserva el derecho de i m p r i m i r los trabajos a

L a Academia señala este a sun tó ¡ q u e se adjudique premio o accési t , como ind icac ión o por jemplo; pero aunque sus autores no se presenten respetando la c láusula de la Funda- l o los renuncien. c ión , a d m i t i r á en el concurso cual quier obra de asunto moral en la que pueda reconocerse positiva u t i ­l idad.

Condiciones especiales 1.a E l autor o autores de la Me­

moria que resulte premiada obten

5. a No se devolverá en n i n g ú n caso el ejemplar de los documentos, memorias u obras que se presenten a concurso.

6. a A los autores que no llenen estas condiciones, que en el pliego cerrado omitan su nombre o pongan

d r á n tres m i l pesetas en metá l ico; un j otro distinto, no se o to rga rá premio Diploma y la cuarta parte de los |como tampoco a los que quebranten ejemplares que de dicha Memoria se i e l aMÓnimo. i m p r i m a n . 7.a Los académicos de n ú m e r o

2.a Las monograf ías que se pre- \ de esta Corporac ión no pueden senten no p o d r á n exceder de la ex-1 tomar parte en estos concursos.

Page 2: DE LA PROVINCIA DE LEON I Academia de Ciencias Moraleslino maquilero. Cantidad de agua que se pide.— 200 litros por segundo. Corriente de donde ha de derivar se.—Río Compludo

Madr id , 1 de Julio de 1954.—Por acuerdo de la Academia. El Aca­d é m i c o Secretario, Juan Zaragüe la y Bengoechea.

L a A c a d e m i a se h a l l a establecida en l a C a s a de los L u i a n e s , plaza de la V i ­l l a n ú m , 2, Madrid , en- donde se facil ita-tan g f á t i s e jemplares de estos programas a qu ien los pida de pa labra o por escrito.

3364

Admínistratiiin nrovlncíal

tros rumbo O. 40° S.; de 7." a 8," es­taca se m e d i r á n 100 mts. rumbo S. 40° E.; de 8.B a 9. ' estaca se me d i rán 300 mts. rumbo O. 40° S; de 9.a a 10 estaca se med i r án 200 metros rumbo S. 40° E.; de 10 a 11 estaca se med i r án 200 mts. rumbo O. 403 S.; de 11 a 12 estaca se m e d i r á n 200 me­tros rumbo S. 40° E ; de 12 a 13 esta taca se m e d i r á n 200 mts. rumbo O. 40J S.; de 13 a 14 estaca se me­d i r án 200 mts. rumbo S. 40 E.; de 14 a 15 estaca se m e d i r á n 1.000 me­tros rumbo É . 40° N ; de 15 a 16 es­taca se m e d i r á n 100 mts. rumbo N . 40° O ; de 16 a 17 estaca se me­d i rán 500 mts. í u m b o E . 40° N. ; de 17 a 18 estaca se m e d i r á n 100 me­tros rumbo N . 40° O.; de 18 a 19 es­taca se med i r án 600 mts. rumbo E.. -40° N.; de 19 a 20 estaca se me-Incorporación a filas de los reclutas ¡ áÍTáQ m ( ¡ m t s < r u m b o N 4 0 o Q-de

del reemplazo de 1953, pertenecientes (¿O a 21 estaca se m e d i r á n 1.200 me-aZ cupo de instrucción tros rumbo O. 40° S ; de 21 a 22 es-

Por orden de la Superioridad y en t ? 0 ^ ^ " 1 ^ ^ 1 1 2ot00 .mtS- rUrab0 Tir tud de lo d ispues íb en la Orden f0 d f 22 a ^ e¿t8C4fv,stI T Circular de 2 de Diciembre de 1953 N , r a a 700 rats- ^umbo E. 40' N . ; de

CAIA DE RECLUTA l ü 60 C I R C U L A R

(D. O, n ú m . 273) y en su norma 64a pár ra fo c) se dispone la incorpora­c ión a filas de los reclutas del reem­plazo de 1953 y ágregados a l mismo con la e las iñcac ión de útiles para todo servicio, pertenecientes.al Cupo \ de Ins t rucc ión , efectuando su con -1 cen t r ac ión en esta Caja de Recluta | n ú m e r o 60, sita en la calle de Pío 1 Gul lón n ú m e r o 24, durante los días l 1 y 2 de Septiembre de 1954.

Astorga, 16 de Agosto de 1954.—El

23 a 1.a estaca se m e d i r á n 200 metros rumbo N . 40° Ó.; quedando cerrado el pe r íme t ro dé las pertenencias cuya investigeción se solicita.

Presentados los documentos seña­lados en el a r t í cu lo 10 de la Ley de Minas y admit ido definitivarnente dicho permiso de invest igación, en cumplimiento de lo dispuesto en el a r t ícu lo 12 de la citada Ley de M i ­nas, se anuncia para que en el plazo de treinta d ías naturales pue-

C o m a n d a ñ t e Jefe acctal, Jo sé Fon-1 áan. Presentar los que se consideren _ ' r \a t in rimmincs cines nnnet m e\r\ aa att i n c seca Caro. 3627

DISTRITO MINERO DE L E Í Don J o s é S i lva r iño González, Inge­

niero Jefe del Distr i to Minero de León . Hago saber: Que por D , César Ma­

nuel Carmelo Luna, vecino de Pon-ferrada, se ha presentado en esta Jefatura el d ía diez de Mayo a las once horas una solicitud de permiso de invest igación de hierro, de tres­cientas setenta y tres pertenencias, l lamado «Complemento a Vivaldi» sito en el t é rmino de Cubillos de Sil, hace la designación de las citadas trescientas setenta y tres pertenen­cias, en la forma siguiente:

Se t o m a r á c ó m o punto de partida la boca Oeste del túnel de Cubillos, en el ferrocarril de Ponferrada a Vi l lab l ino .

De Pp. a la 1 a estaca se med i r án 500 mts. rumbo E. 40° N ; de 1." a 2.* estaca se m e d i r á n 1.300 metros rumbo N . 40° O.; de 2.a a 3.a estaca se m e d i r á n 1.500 mts. rumbo O. 40° S.; de 3.a a 4.a estaca se m e d i r á n 1.500 mts. rumbo S. 40° E.; de 4.a a 5.* estaca se m e d i r á n 700 mts, rum­bo E. 40° N. ; de 5,a a 6.a estaca se m e d i r á n 2.500 mts. rumbo S. 40° E.; de 6.a a 7.a estaca se m e d i r á n 100 me-

perjudicados sus oposiciones, en ins­tancia dirigida al Jefe del Distrito Minero.

E l expediente tiene el n ú m . 11.990. León, 15 de Julio de 1954.—José

Si lvar iño. ^ 3299

- S e n l d o s H i d r í n l l c o s del Norte de Espaofl

Concesión de aguas públ icas H a b i é n d o s e formulado en estos

Servicios H id ráu l i cos la pe t ic ión que se reseña en la siguiente

N O T A Nombre del peticionario,—Don

Raimundo Alvarez Morán . Clase de aprovechamiento,—Mo­

lino maquilero. Cantidad de agua que se pide.—

200 litros por segundo. Corriente de donde ha de derivar­

se.—Río Compludo. T é r m i n o s municipales en que ra­

d i c a r á n las obras; Los Barrios de Sa­las (León) .

De conformidad con lo dispuesto en el a r t ícu lo 11 del Rea! Decreto Ley n.0 33 de 7 de Enero de- 1927, mo­dificado por el de 27 de Marzo de 1931 y disposiciones pe steriores concor­dantes, se abre un plazo, que ter­

m i n a r á a las trece horas del di» que se cumplan treinta naturales^ consecutivos desde la fecha sismp } te, inclusive, a la de publicación S í presente anuncio en el Boletín Oñn- , del Estado. 1101(11

Durante este plazo, y en horas h ' biles de oficina, debe rá el peticiona r io presentar en las oficinas de esto Servicios Hidráu l icos , sitas en Ovio8 do, calle del Dr. Casal n.0 2, 3.° el pro yecto.correspondiente a las obras qué trata de ejecutar. T a m b i é n se admi-t i r án en dichas oficinas y en los refe" ridos plazos y hora, otros proyectos que tengan el mismo obieto que la pet ic ión que se anuncia o sean ÍQ.

¡ compatibles con él. Transcurrido el I plazo fijado 00 se a d m i t i r á ninguno m á s en competencia con los presen­tados.

La apertura de proyectos, a que se refiere el a r t í cu lo 13 del R. D. Ley antes citado, se verificará a las trece horas del primer día laborable si­guiente al de t e rminac ión del plazo de treinta d ías antes fijado, pudien-do asistir al acto todos los peticiona­rios y l evan tándose de ello el acta que prescribe dicho art ículo, que será suscrita por los mismos.

Oviedo , 9 de Jul io de 1954. -Ei Ingeniero Director, I . Fontana. 3256 N ú m . 861.-159,50 ptas.

l e la tnra de Obras M a s de l a p r w i n c l a de l e i

ANUNCIO OFICIAL Hab iéndose terminado las obras dé

bacheo con emuls ión de los kilóme­tros 1 al 34 de la carretera de Pon-ferrada a Orense—Itineraria Sr-pVI-12—Ponferrada Vigo ejecutadas' por el contra tista D- Antonio Rodríguez Camino. se hace públ ico en cumpli­miento de la R. O. de 3 de Agosto de 1910, a fin de que las personas o en­tidades que se crean con derecho a reclamar contra la fianza, por daños y perjuicios, deudas de jornales o materiales, accidentes del trabajo o cualquier otro concepto que de Jas obras se deriven, puedan presentar sus demandas ante los Juzgados Municipales de Ponferrada, Priaran-za del Bierzo, Borrenes, Carucedo y Puente de Domingo Flórez durante el plazo de veinte (20) días, contado* a part irdela fecha de publ icación de presente anuncio en el BOLETÍN OFI CIAL de la provincia. Acabado este pe riodo, el Alcalde del correspondien t é rmino deberá solicitar dé la Autor^ dad judic ia l la re lac ión de d e t n ^ das formuladas, la cual remitira la Jefatura de Obras Públ icas .

León . 23 de Julio de 1954. - E '

geniero Jefe, (ilegible). 3433

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Page 4: DE LA PROVINCIA DE LEON I Academia de Ciencias Moraleslino maquilero. Cantidad de agua que se pide.— 200 litros por segundo. Corriente de donde ha de derivar se.—Río Compludo

1 A d m i E i s l r a t i é n mmilt ipal

Ayuntamiento de Cármenes

El Ayuntamiento de m i presiden­cia, en sesión ordinaria del día 30 de Jul io ppdo. teniendo en cuenta que durante el pe r íodo de exposi­ción al públ ico de la ap robac ión provisional de las cuentas munic i ­pales de este Ayuntamiento, de los a ñ o s 1945 a 1953 ambos inclusive, rio se formularon contra las mismas, por los interesados, reparos n i ob­servaciones, a c o r d ó prestarla su a p r o b a c i ó n definitiva, sin haber lu ­gar a declarar responsabilidades y que se expongan al púb l i co por es­pacio de quince días, durante los cuales y ocho más , p o d r á n fo imu-larse contra las mismas los reparos u observaciones que se estimen ne­cesarios.

Cá rmenes , 2 de Agosto de 1954.— E l Alcalde, (ilegible). 3518

iMliisirtiitn le Imtliii T R I B U N A L P R O V I N C I A I

D E LO CONTENCIOSO-ADMINISTRAT1VO DE LEON

Don Federico de la Cruz Presa, Se­cretario del T r ibuna l Provincial de lo Contencioso-Administrativo de León, Certifico: Que por este Tr ibuna l se

ha dictado el siguiente: Auto.—Señores: Valladares, Du­

que, Fraile, Diez Arias, de Ron Pan­do. En la ciudad de León á catorce de Julio de m i l novecientos cincuen­ta y cuatro.

Resultando: Que iniciado este re­curso n ú m e r o 42 del a ñ o 1953 a ins^ tancia del Procurador Sr.sMenéndez Ramos en representación de León Industr ial S. A . , contra acuerdo del l i m o . Sr, Delegado de Hacienda de esta provincia de diez de Octubre de m i l novecientos cincuenta y tres que a p r o b ó las Ordenanzas confec­cionadas por el Ayuntamiento de Onzonilla, con fecha veinticinco de Junio del corriente a ñ o este T r i b u ­nal d ic tó sentencia cbya parte dis-positiva dice así:

«Fal lamos: Que estimando en par­te el recurso interpuesto debemos revocar y revocamos la resolución del l i m o . Sr. Delegado de Hacienda de fecha diez de Octubre de m i l novecientos cincuenta y tresaproba-toria de la Ordenanza del Ayunta­miento de Onzonilla sobre los extre­mos a que afecta esta r e c l a m a c i ó n y declaramos que las tarifas seña ladas en dicha Ordenanza aprobada por el Ayuntamiento para la regulación, y exacción de derechos y tasas por ocupac ión de la vía púb l i ca se re­ducen a los tipos siguientes: Concep­to primero, poi metro lineal de con­

ducc ión eléctrica sub te r r ánea o aérea de baja tens ión, a quince c é n t i m o s de peseta; concepto quinto, deriva­ciones o acometidas eléctricas, me tro lineal a veinticinco cén t imos de peseta; concepto sép t imo, por cada palomilla que vuele sobre la vía públ ica a dos pesetas; dejando sub­sistentes los d e m á s tipos no señala­dos y que figuran en la Ordenanza respectiva, todo ello sin hacer una expresa impos ic ión de costas. Una vez firme esta resolución, devuélvase el expediente administrativo a la oíi c iña de procedencia para que el fallo reca ído sea llevado á su puro y de­bido efecto y publ íquese en la forma a c o s t u m b r a d a , »

Se aclara la sentencia definitiva dictada en este pleito en el solo sen tido de que el concepto quinto del fallo referente a derivaciones o aco­metidas eléctr icas ha quedado su­pr imido y dejado sin efectos por el propio Sr, Delegado de Hacienda, antes de promoverse la demanda y por lo tanto no ha sido objeto del pleito. Una vez firme esta resolución al publicarse en el BOLETÍN OFICIAL y al remit i r el testimonio necesario para que el fallo sea llevado a puro y debido efecto, tes t imóniese la par­te dispositiva y ad ic iónese al d é l a sentencia definitiva, que se aclara en el concepto reseñado .

Lo acordaron y firman los señores del margen. Certifico.—G. F , Valla dares,—-L. Duque Estévez,—Arturo Fraile.—V. Diez Arias.—Antonio dé Ron.—Rubricados, -

Y para que conste y remit i r con la sentencia del recurso a que se refiere, que la aclara en su parte dispositiva, de fecha Veinticinco de Junio del corriente año , expido y firmo el presente con el Visado del l imo . Sr. Presidente en León a vein titrés de Julio de m i l novecientos cincuenta y cuatro.—Federico de la Cruz. -V.0 B.0: E l Presidente, Gonza lo F. Valladares, 3419

Juzgado de 1 .a Instancia e Instrucción de Baza

Don José López Ruiz, Juez de Ins­t rucc ión de Baza y su partido; Por el presente se deja sin efecto

la requisitoria mandada publicar por este Juzgado en siete de Marzo úl t imo, dimanante del sumario nú­mero 49 de 1953, sobre hurto, relati­va a la procesada en el mismo María Pérez Domeñé , de 27 años , soltera, hija ,de José Manuel y de Ramona, natural y vecina de Baza, por haber sido habida.

Dado en Baza, a cuatro de Agosto de m i l novecientos cincuenta y cua­tro.—El Juez, José López Ruiz.—El Secretario (ilegible). 3557

Cédula de emplazamiento El Sr. Juez de primera instancia

de Villafranea del Bierzo y su par t í

do, por providencia de esta fecu dictada en ju ic io declarativo de tn yor cuant ía , formulado por el pí!^ curador D . Luis López Laguna, e represen tac ión de D." Rosario*pii F e r n á n d e z , de esta vecindad, q,? gira comercialmente con el notnbr6 de «Viuda de Nicolás González»6 contra D. Faustino Domínguez Amil go, vecino que fué de esta villa y ac! tualmente en ignorado- paradero' sobre r ec l amac ión de 39.029 pesetas 20 cén t imos , ha acordado hacer un segundo llamamiento al demandado para que en t é r m i n o improrrogable de cinco d í a s comparezca en los au­tos, pe r sonándose en forma,

Y para que sirva de segundo em­plazamiento al demandado D. Faus­tino Domínguez Amigo, que se en­cuentra en ignorado paradero, aper­cibido que de no comparecer será declarado rebelde y se da rá por con­testada la demanda, pongo el pre­sente en Vil lafranca del Bierzo a seis de Agosto de m i l noveciento& cincuenta y cuatro.—El Secretario^. Pedro F e r n á n d e z . 3600 N ú m . 845. -85.25 ptas.

Requisitorias Delgado Alvarez, Antonio , de 28.

a ñ o s de edad, soltero, industrial, h i jo de R a m ó n y de Isabel, natural de Tuiza de Abajo (O dedo) y vecino de León, procesado en la causa nú­mero 101 de 1952 por roborhabién-dose fugado del Depósito Municipal de Pola ele Lena, la noche del 21 al 22 de Junio del corriente año , y cuyo actual paradero se ignora, compare­cerá ante este Juzgado dentro del t é r m i n o de diez días, con objeto de constituirse nuevamente en ¡irisión, como comprendido en el art. 835 n ú m e r o 2.° de la Ley de Enjuicia­miento Criminal , bajo apercibimien­to de ser declarado rebelde.

A l propio tiempo se ruega a las Autoridades y se ordena a los Agen­tes de la Pol ic ía Judicial procedan a la busca y de tenc ión de dicho pro­cesado quien caso de ser habido será puesto a disposición de este Juzgado. ,

Dado en Benavente a veintiséis ae Julio de m i l novecientos cincuenta y cuatro.—El Secretario, C 1 1 ^ 1 ^

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Moro J i m é n e z , José , las demás circunstancias personales se igo ran, vecino de Mayorga de Campo » en la actualidad, en d e s c o n o c í ^ paradero, c o m p a r e c e r á en el PTqS-de diez días ante el Juzgado de i t ruqción de Valencia de Don Jua"» para ser reducido a Prisi°n'j,l; re­apercibimiento de ser declarado r beldé. Sumario n ú m . 31 de lyo*» V aprop iac ión indebida. ¿e

Valencia de Don Juan, a * ta Julio de m i l novecientos cinC .jAn, y cuatro.—El Juez de I n s t r u c c ^ (ilegible).