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SUMARIO II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEON III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE CASTRILLO DE DUERO DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid. Anuncio de depósito de los estatutos de la Asociación de empresas de distribución de bebidas en Valladolid. (ADIBEVA). Página 5 ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURA. Servicio de Control de la Legalidad Urbanística. Licencia Ambientales. Edicto de notificación relativa a requerimiento para cambio de Titularidad en inmueble sito en C/Cardenal Torquemada nº 1 a Dª. Página 6 ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURA. Servicio de Control de la Legalidad Urbanística. Licencias Ambientales. Notificación Requerimiento Comunicación Previa de Actividad en inmueble sito en C/ Manteria nº 30. Página 8 Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obra Urbanización de la plaza Santa Marta de Castrillo de Duero, II fase, incluido en el Plan Bienal de Cooperación 2014-2015 Página 10 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID cve: BOPVA-S-2014-159 Sabado, 12 de julio de 2014 Núm. 159 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID BOPVA-B-2014-159 Núm. 159 Sabado, 12 de julio de 2014 Pág. 1

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SUMARIO

II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEON

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE CASTRILLO DE DUERO

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Oficina Territorial deTrabajo de Valladolid. Anuncio de depósito de los estatutos de laAsociación de empresas de distribución de bebidas en Valladolid.(ADIBEVA). Página 5

ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURA. Servicio deControl de la Legalidad Urbanística. Licencia Ambientales. Edicto denotificación relativa a requerimiento para cambio de Titularidad eninmueble sito en C/Cardenal Torquemada nº 1 a Dª. Página 6

ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURA. Servicio deControl de la Legalidad Urbanística. Licencias Ambientales.Notificación Requerimiento Comunicación Previa de Actividad en inmueblesito en C/ Manteria nº 30. Página 8

Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obraUrbanización de la plaza Santa Marta de Castrillo de Duero, II fase,incluido en el Plan Bienal de Cooperación 2014-2015 Página 10

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AYUNTAMIENTO DE GERIA

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO

AYUNTAMIENTO DE SAN CEBRIÁN DE MAZOTE

AYUNTAMIENTO DE TORDESILLAS

AYUNTAMIENTO DE TORDESILLAS

AYUNTAMIENTO DE TORRELOBATÓN

ENTIDAD LOCAL MENOR DE FONCASTÍN

SECRETARÍA. Información pública en expediente de solicitud de licenciaambiental para actividad de Bar Restaurante en la Calle del Medio número14. Página 11

GESTIÓN TRIBUTARIA. Acuerdo por el que se aprueba elestablecimiento de varios precios públicos. Página 12

SERVICIO DE URBANISMO. Notificación relativa a acceso a inmueblesito en Calle Padre Hoyos numero 7 para ejecución subsidiaria de obras. Página 15

Exposición pública de la Cuenta General. Ejercicio 2013 Página 16

Gestión Tributaria y Recaudación. Exposición pública del padrón decontribuyentes de agua basura alcantarillado y depuración,correspondiente al primer trimestre de 2014 Página 17

Urbanismo. Resolución por la que se avoca la competencia para otorgarlicencia de obras por inminente derrumbe de edificación situada en la CalleSanta María nº 14 Página 18

Información pública en expediente de solicitud de licencia ambiental paraactividad nave almacén de maquinaria y productos agrícolas Página 19

Aprobación definitiva de las Ordenanzas Fiscales reguladoras delAbastecimiento de Agua y Recogida de Basuras. Página 20

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4

Edicto de notificación en Procedimiento Despidos/Ceses en Generalnúmero 1193/13 Página 26

Edicto de notificación en Procedimiento Despidos/Ceses en Generalnúmero 1194/13 Página 27

Edicto de notificación en Procedimiento Ordinario número 894/13 Página 28

Edicto de notificación en Procedimiento Ordinario número 1072/2008 Página 30

Edicto de notificación en Procedimiento Ordinario número 261/14 Página 31

Edicto de notificación en Procedimiento Ordinario número 64/14. Página 32

Edicto de notificación en Procedimiento Ordinario número330/14 Página 33

Edicto de notificación de Sentencia. Autos número 1095/12-A Página 34

Edicto de notificación en Procedimiento Monitorio número 1009/2013 J Página 36

Edicto de notificación en Procedimiento Ejecución de Títulos Judicialesnúmero 31/2014-J. Página 38

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JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA. VALLADOLID NÚMERO 15

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA. VALLADOLID NÚMERO 4

Edicto de notificación de Sentencia. Autos número 188/14-R Página 41

Edicto de notificación de Sentencia. Autos número 261/13-A Página 43

Edicto de notificación de Sentencia. Autos número 1156/12-R Página 45

Edicto de notificación en Expediente de Dominio. Reanudación del Tracto379/ 2014. Página 46

Edicto de notificación en expediente de Dominio. Inmatriculación 422/2014. Página 48

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II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEON

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLIDOficina Territorial de Trabajo de Valladolid

La Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid, en cumplimiento de lo dispuesto en elartículo4del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, anuncia el depósito en esta OficinaTerritorial de Trabajo de los Estatutos de la Organización denominada “ASOCIACIÓN DEEMPRESAS DE DISTRIBUCIÓN DE BEBIDAS DE VALLADOLID (ADIBEVA)” cuyosparticulares se relacionan en el Anexo.

ANEXO

DENOMINACIÓN: “ASOCIACIÓN DE EMPRESAS DE DISTRIBUCIÓN DE BEBIDAS DEVALLADOLID (ADIBEVA)” (art. 1)

ÁMBITO TERRITORIAL: Valladolid y provincia (art. 4)

ÁMBITO PROFESIONAL: Empresas del sector de distribución y/o comercialización debebidas y/o similares. (art.8)

FIRMANTES DEL ACTA DE CONSTITUCION:

D. Ricardo Fernández Ramos

D. Fausto Lázaro Pérez

D. Antonio Redondo García

D. Tomás García Díez

D. Paulino Sanz Pulido

Dª Pilar Mellado Alonso

Valladolid, 03 de julio de 2014.- La Jefa de la Oficina Territorial de Trabajo.- Fdo.: CarolinaQuintana Ordóñez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAServicio de Control de la Legalidad Urbanística.

Licencia Ambientales

Resultó frustrado el intento de notificación personal a Dª. Dana Gabriela Gavrila en eldomicilio que como propio de la misma conoce esta Administración Municipal, del Decretode audiencia previa para cambio de titularidad de la actividad de que se trata en esteexpediente. Por ello, mediante el presente edicto, se practica la notificación delDecretodictado en fecha 08 de febrero de 2012 por la Señora Concejala Delegada de Urbanismo, Infraestructuras y Vivienda, por Delegación del Excmo. Sr. Alcalde, delsiguiente tenor literal:

“En relación con la instancia presentada por Dª. Dana Gabriela Gavrila con fecha 09 dediciembre de 2011, solicitando se tome constancia a su favor de cambio de la titularidadde licencia de apertura para LENCERÍA en calle Cardenal Torquemada nº 1, y atendidoque:

Que la tramitación ha de tramitarse conforme lo establecido en el art. 13.1 del Reglamentode Servicios de las Corporaciones Locales de 17 de junio de 1995 y en el apartado II(arts. 8 y 9) de la instrucción nº 1/2000, de 26 de junio, para la simplificación y agilizaciónde la tramitación de licencias de actividades no clasificadas así como los cambios detitularidad de las licencias municipales, aprobada por Decreto de la alcaldía nº 5560, de 26de junio de 2000; y asimismo conforme los criterios a seguir en la resolución de peticionesde cambio de titularidad de las licencias de apertura sentados por la Jefatura del Serviciode control de la Legalidad Urbanística en informe de fecha 3 de noviembre de 2005. Paraque pueda tomarse constancia de cambio de titularidad de una licencia de apertura sin elconsentimiento expreso de su titular formal, en el presente caso Rosa María CerezalRodríguez, es ineludible que resulten acreditados los siguientes extremos:

a) que dicho titular formal haya perdido la posesión del local y con ello la posibilidad fácticade ejercer en el mismo la actividad amparada por la licencia de que se trata, bien porpropia voluntad del mismo, bien en contra de su voluntad por actuaciones llevadas a cabopor la instancia legal correspondiente, acreditándose fehacientemente tal pérdida deposesión mediante la documentación idónea a tal fin.

b) que quien pretenda ser nuevo titular presente, bien el título de propiedadcorrespondiente del local, bien contrato de arrendamiento de éste en favor de aquel con lafinalidad expresa de ejercer la actividad objeto de la licencia de apertura, y así mismo quese encuentra dado de alta en el Censo de Obligados Tributarios por el ejercicio de talactividad.

Esta Alcaldía, de conformidad con lo previsto en el artículo 17.1 de la Ley 30/1992 de

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Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, RESUELVE:

PRIMERO.- Requerir al solicitante para que en plazo de QUINCE días subsane lasdeficiencias indicadas anteriormente con el fin de acreditar la desvinculación de la hastaahora titular formal de la licencia Rosa María Cerezal Rodríguez.

SEGUNDO.- De no atender el presente requerimiento en el plazo referido, se le tendrá pordesistido de su solicitud, previa resolución dictada de conformidad con lo establecido en elartículo 42.1 de la citada Ley.

TERCERO.- Suspender el transcurso del plazo máximo legal para resolver por el tiempoque medie entre la notificación del presente requerimiento y el efectivo cumplimiento delmismo, o el agotamiento del plazo concedido para tal cumplimiento, de conformidad con loestablecido en el artículo 42.5a) de la LRJPAC.”

Lo que se hace público a efectos de notificación a Dª. Dana Gabriela Gavrila para suconocimiento y efectos, significándole que por ser éste un Decreto de Trámite, no essusceptible de recursos.

En Valladolid, a 16 de junio de 2014, El Secretario General PD La Técnico deAdministración General R. Belén Hermano De la Encina

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAServicio de Control de la Legalidad Urbanística.

Licencias Ambientales

Resultó frustrado el intento de notificación personal a D. Jesús Nieves Urueña en eldomicilio que como propio de éste conoce este Ayuntamiento, de anterior resolución sobrerecientes actuaciones relativas a la licencia de que se trata en este expediente. Por ello,mediante el presente edicto, se practica la notificación del decreto de requerimientodictado en 18 de noviembre de 2013 por la Señora Concejala Delegada de Urbanismo yVivienda, y que literalmente dice:

“Vista la comunicación previa de actividad nº 186/2013 promovida por AFRODITABUSINESS S.L. para Venta de productos cosméticosen la calle Mantería 30 bajo (epígrafe652.3), y atendido que:

Que con fecha de 25 de octubre del 2013, se recibió en este Ayuntamiento lacomunicación relativa a la actividad antes descrita. Con fecha 14 de noviembrede 2013, se emite informe técnico por el Técnico de Urbanismo en el que se pone de manifiesto quese deberá presentar documentación técnicaen relación con:

“….Respecto de la documentación, deberá complementarse con la siguiente:

- Plano de situación con ordenación del Plan General de Ordenación Urbana.

- Fotografías a color del exterior del local.

- Plano de planta modificada nº 4 dibujado correctamente con carpintería en el interior dellocal.

Se prevé la ejecución de obras mayores que deberán acogerse a la normativa deaplicación, observándose los siguientes aspectos:

-Se dispondrá de aseo accesible en planta baja (CTE-SUA-9.1.2.6 )

-La normativa de aplicación será la de ámbito estatal, ámbito de la comunidad autónomade Castilla y León y la del Ayuntamiento de Valladolid, eliminando referencia a la de otrosayuntamientos y comunidades autónomas.

-Se justificará el cumplimiento de las condiciones de riesgo de propagación exterior enfachada ( CTE-SI-2 )

-Se justificará el cumplimento del Reglamento Municipal de Protección del Medio AmbienteAtmosférico, así como del artículo 406 del P.G.O.U. debiendo considerarse por otro lado

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las rejillas de extracción a los efectos del cumplimiento de las condiciones para el riesgode propagación vertical.”

Siendo de aplicación lo establecido en la ley 12/2012 de 26 de diciembre de medidasurgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, modificada por Ley14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización,Ordenanza municipal reguladora de las actividades sometidas al régimen de Comunicación,normativa sectorial aplicable

Así como lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley4/1999, de 13 de enero, esta Alcaldía RESUELVE:

PRIMERO: Requerir al interesado, AFRODITA BUSINESS S.L. para que en el plazo dediez días subsane las deficiencias indicadas anteriormente, acreditando el cumplimiento delas mismas aportando documentación técnica justificativa.

SEGUNDO.- De no atender el presente requerimiento en el plazo referido, no quedaráacreditado el cumplimiento de la normativa, así como el procedimiento a seguir, sin lo cualno será posible el ejercicio de la actividad comunicada.”

Lo que se hace público a efectos de notificación a D. Jesús Nieves Urueña al no habersepodido practicar la notificación personalmente, significándole que por ser éste un Decretode Trámite, no es susceptible de recursos.

En Vallladolid, a 17 de junio de 2014, El Secretario General PD La Técnico deAdministración General R. Belén Hermano De la Encina

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CASTRILLO DE DUERO

En sesión plenaria ordinaria de 27 de marzo de 2014 se aprobó el proyecto de obras de "URBANIZACION DE LA PLAZA SANTA MARTA DE CASTRILLO DE DUERO II FASE ",redactado por el ingeniero industrial D MARCOS ARRANZ AGUADO DNI n° 12397620 E.Dicho proyecto se refiere a las obras con las que este Ayuntamiento se encuentra incluidoen el Plan bienal de cooperación 2014/2015 a ejecutar en 2015, y el presupuesto total delmismo asciende a 19.138-€ IVA INCLUIDO (correspondiendo a OBRA CIVIL: 18.515,63-€Y a HONORARIOS DE DIRECCION DE OBRA Y COORDINACION EN MATERIA DESEGURIDAD Y SALUD 622,37-€, IVA incluido)

Dicho proyecto se encuentra expuesto al publico en Secretaria General por espacio de 20días hábiles a contar a partir del siguiente de la publicación de anuncio en el BOP deValladolid, para que los interesados puedan consultarlo y efectuar , en su caso ,lasalegaciones oportunas.

En Castrillo de Duero, a 1 de julio de 2014. La Alcaldesa.- Mónica Lucas Freire

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE GERIA

SECRETARÍA

DON MIGUEL ANGEL SANCHEZ TEDEJO ha solicitado de esta Alcaldía licencia paraejercer la actividad de BAR RESTAURANTE en C/ Medio nº 14 de esta localidad.

En cumplimiento del art. 27 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental deCastilla y León, se abre un periodo de información pública de diez días hábiles a contardesde el siguiente a la publicación de este anuncio para que todo el que se considereafectado por la actividad que se pretende ejercer pueda hacer las observacionespertinentes.

El expediente se halla de manifiesto y puede consultarse durante las horas de oficina en laSecretaría de este Ayuntamiento.

El Alcalde.- Fdo.: Esaú Sánchez Blanco.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO

GESTIÓN TRIBUTARIA.

En ejercicio de las facultades delegadas por el Pleno mediante acuerdo adoptado en fecha5 de julio de 2011, para el establecimiento de determinados precios públicos, deconformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Contratación yPatrimonio, la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 4 de julio de 2014, adoptó,entre otros, los siguientes acuerdos:

1.- Aprobar el establecimiento de los precios públicos para las actuaciones del segundosemestre de 2014 en el Auditorio Municipal:

Cuantía de los precios públicos:

PRECIOS PÚBLICOS PARA LAS ACTUACIONES DE SAN ANTOLÍN 2014 EN ELAUDITORIO MUNICIPAL

ENTRADAS PRECIO

Butaca “Cabaret elegance” 9,00 €

Butaca “Una boda feliz” 18,00 €

Butaca “Aladín, un musical genial” 15,00 €

La tarjeta de “Demanda de empleo” y los Carnés: Joven, Escuela de Arte Dramático,Escuela de Danza y Escuela de Música dan derecho a un 20% de descuento en lasentradas de “Aladín, un musical genial”

PRECIOS PÚBLICOS PARA LAS ACTUACIONES DE PÚBLICO JOVEN-ADULTO DEL 2ºSEMESTRE DE 2014 EN EL AUDITORIO MUNICIPAL

ENTRADAS PÚBLICO JOVEN-ADULTO PRECIO

Butaca “Verano en diciembre, La copla negra, La mujer de negro y Distancia siete minutos” 9,00 €

Butaca “Ibérica, 15 años en danza” 15,00 €

Butaca “Amantes” 16,00 €

Butaca “Misántropo y Los Macbez” 18,00 €

ENTRADAS DE ABONO PÚBLICO JOVEN-ADULTO PRECIO

Butaca de Abono “Ibérica, 15 años en danza” 11,25 €

Butaca de Abono “Amantes” 12,00 €

Butaca de Abono “Misántropo y Los Macbez” 13,50 €

ABONO PÚBLICO JOVEN-ADULTO PRECIO

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Abono: “Verano en diciembre, La copla negra, La mujer de negro y Distancia siete minutos” 18,00 €

La tarjeta de “Demanda de Empleo” da derecho a un descuento de un 20% en todas lasentradas. Los siguientes Carnés dan derecho a un descuento de un 20% en todas lasentradas: Joven, Escuela de Arte Dramático, Escuela de Danza y Escuela de Música. Paragrupos de asociaciones y de alumnos de Instituto de 20 o más personas, descuento del50% en las siguientes obras (Verano en diciembre, La copla negra, La mujer de negro yDistancia siete minutos). Reserva en Concejalía de Cultura, teléfono 983 80 24 67.

PRECIOS PÚBLICOS PARA EL CICLO DE “TERESA DE JESÚS” DEL MES DEOCTUBRE DE 2014 EN EL AUDITORIO MUNICIPAL

ENTRADAS PARA CICLO TERESA DE JESÚS PRECIO

Butaca “Teresa de Jesús y Recital Teresiano” 8,00 €

ABONOS PARA CICLO TERESA DE JESÚS PRECIO

Abono “Teresa de Jesús y Recital Teresiano” 10,00 €

Abono para abonados de público joven-adulto “Teresa de Jesús y Recital Teresiano” 6,00 €

La tarjeta de “Demanda de Empleo” da derecho a un descuento de un 20% en todas lasentradas. Los siguientes Carnés dan derecho a un descuento de un 20% en todas lasentradas: Joven, Escuela de Arte Dramático, Escuela de Danza y Escuela de Música. Paragrupos de asociaciones y de alumnos de Instituto de 20 o más personas, descuento del50% en las siguientes obras (Verano en diciembre, La copla negra, La mujer de negro yDistancia siete minutos). Reserva en Concejalía de Cultura, teléfono 983 80 24 67.

PRECIOS PÚBLICOS PARA LA PROGRAMACIÓN DE PÚBLICO FAMILIAR DEL 2ºSEMESTRE DE 2014 EN EL AUDITORIO MUNICIPAL

ENTRADAS PARA PÚBLICO FAMILIAR PRECIO

Butaca “Estrellados, Adiós Bienvenida, La vuelta al mundo, Los tres osos, El duende calcetín y Las hadas de la bella durmiente” 5,00 €

Butaca “Minutos” 7,00 €

ABONOS PARA PÚBLICO FAMILIAR PRECIO

Abono “Estrellados, Adiós Bienvenida, La vuelta al mundo, Los tres osos, El duende calcetín y Las hadas de la bella durmiente” 12,00 €

Butaca de Abono “Vuela si puedes” 5,00 €

Los siguientes Carnés dan derecho a un descuento de un 20% en las entradas: Joven,Escuela de Arte Dramático, Escuela de Danza y Escuela de Música.

PRECIOS PÚBLICOS PARA LA PROGRAMACIÓN DE PÚBLICO FAMILIAR DE LASNAVIDADES DE 2014 EN EL AUDITORIO MUNICIPAL

ENTRADAS PRECIO

Butaca “Cuento de Navidad” 5,00 €

Butaca “Nidos” 3,00 €

Los siguientes Carnés: Joven, Escuela de Arte Dramático, Escuela de Danza y Escuela de

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Música dan derecho a un descuento del 20% en las entradas de “Cuento de Navidad”.

2.- Aprobar el establecimiento delprecio público de las entradas de la XXXVI MUESTRAFLAMENCA, habiendo quedado fijada su cuantía en 7,00 €/butaca.

Los acuerdos indicados ponen fin a la vía administrativa y de conformidad con loestablecido en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, porque se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, contralos mismos sólo cabe interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó elacto, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de la fecha de supublicación, siendo el plazo máximo para dictar y notificar la resolución de dicho recurso unmes, entendiéndose desestimado cuando no haya recaído resolución en plazo.

Podrá interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.

LA ALCALDESA EN FUNCIONES. Fdº. Mª Teresa Rebollo García. 1ª Tte de Alcaldesa

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO

SERVICIO DE URBANISMO

NOTIFICAR A LOS HEREDEROS DE D. EMILIO HERRANZ LÓPEZ QUE, TRASAUTORIZACIÓN JUDICIAL, SE VA A ACCEDER AL INMUEBLE DE SU PROPIEDAD,SITO EN LA CALLE PADRE HOYOS, Nº 7 (Nº 9 CATASTRALMENTE), DE MEDINA DELCAMPO, PARA LA EJECUCIÓN SUBSIDIARIA POR EL AYUNTAMIENTO Y A SUCOSTA, DE LAS OBRAS SEÑALADAS EN LA ORDEN DE EJECUCIÓNDICTADA MEDIANTE DECRETO DE 19/11/2013.

Se notifica a los Herederos de D. Emilio Herranz López que, mediante auto nº 104/2014 elJuzgado Contencioso/Administrativo, nº 4, de Valladolid se autoriza a este Ayuntamientopara que acceda al inmueble de su propiedad, ubicado en la c/ Padre Hoyos, nº 7 (nº 9catastralmente) de Medina del Campo y proceder a la ejecución subsidiaria de losdispuesto mediante Decreto de Alcaldía nº 2013002699, de 19 de noviembre de 2013,esto es los trabajos precisos para reponer las condiciones de seguridad, salubridad yornato público de la vía pública.

Dicha autorización de entrada tiene un plazo de vigencia de 2 meses, hasta el 27/08/2014,en horario diurno. Con carácter previo a la materialización de la entrada autorizada, en eltablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el de la Web municipal, se avisará a lapersona o personas afectadas del momento en que se va a efectuar la entrada y el tiempoque va a durar la misma.

Dicha ejecución subsidiara se realizará a costa de los propietarios, el coste de la ejecuciónsubsidiaria previsto en el Decreto antes señalado, es provisional; quedando el importedefinitivo a reserva de la liquidación final de obra que efectúen los servicios técnicosmunicipales y tiene el carácter de liquidación deuda formal que se gira a los propietarios,para que la hagan efectiva a favor del Ayuntamiento.

A fin de notificar lo anterior y desconocerse el domicilio actual de los propietarios delinmueble, de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, se procede a publicar el presente anuncio en elBoletín Oficial de la Provincia de Valladolid y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamientodel último domicilio conocido.

La totalidad del expediente, incluido el auto judicial, está disponible en el Servicio deUrbanismo de este Ayuntamiento.

Lo que se notifica para conocimiento de los interesados y demás efectos.

Medina del Campo, a 08 de julio de 2014. La Alcaldesa Acctal. Teresa Rebollo García.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SAN CEBRIÁN DE MAZOTE

Informada por la Comisión Especial de Cuentas, en sesión celebrada el día 8 de julio de2014, la Cuenta General de este Ayuntamiento correspondiente al ejercicio 2013 y deacuerdo con lo dispuesto en el artículo 212.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de la HaciendasLocales, se expone al público por el plazo de quince días y ocho más, a contar desde lapublicación de este anuncio, durante los cuales los interesados podrán presentar lasreclamaciones, reparos u observaciones que estimen oportunas.

En San Cebrián de Mazote a 8 de julio de 2014. El Alcalde. Fdo.: Desiderio PérezGutiérrez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE TORDESILLAS

Gestión Tributaria y Recaudación

Por Resolución de la Alcaldía número 345/2014 de 30 de junio, se han aprobado lospadrones fiscales de contribuyentes sujetos al pago de la tasa por el servicio de aguas,recogida de basuras y alcantarillado, y tasa por depuración correspondientes al 1º.Trimestre de 2014.

Lo que se hace público para general conocimiento, a fin de que los interesados puedaninterponer por espacio de 20 días hábiles las alegaciones que estimen oportunas. Estapublicación sustituye a la notificación individual dada la naturaleza y clase de acto y lapluralidad de destinatarios.

Simultáneamente, se abre periodo voluntario de cobranza de los recibos de los referidospadrones, que se llevará a cabo en el Servicio de Recaudación del Ayuntamiento, duranteel horario de 9’00 a 14’00 horas, de lunes a viernes, en el periodo comprendido desde el 1de julio al 1 de septiembre de 2014. Los contribuyentes que no tengan domiciliaciónbancaria, deberán retirar sus recibos en las oficinas de recaudación en el horario indicadoy hacerlos efectivos en las entidades bancarias colaboradoras establecidas por esteAyuntamiento en los instrumentos de cobro que se faciliten. El vencimiento del plazo deingreso en periodo voluntario sin haber satisfecho la deuda, determinará el inicio delperiodo ejecutivo, el devengo del recargo correspondiente y los intereses de demora, deacuerdo con lo dispuesto en los artículos 68 y siguientes del Reglamento General deRecaudación (R.D. 939/2005, de 29 de julio)

Contra el acuerdo referido que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso dereposición en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de la publicación delpresente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, o bien el recurso Contencioso-Administrativo directo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de lapublicación del presente anuncio en el B.O.P. El recurso Contencioso-Administrativo seinterpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo conforme lo dispuesto en losartículos 10.1, 25.1 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa, en su nueva redacción dada por la D.A. 14ª de la LeyOrgánica 19/2003, de 23 de diciembre de modificación de la Ley Orgánica 6/85, de 1 deJulio del Poder Judicial.

Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que estimeoportuno en derecho.

En Tordesillas, a 3 de julio de 2014, El Alcalde.- Jose Antonio González Poncela

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE TORDESILLAS

Urbanismo

El Alcalde-Presidente de la Corporación municipal, mediante Resolución de Alcaldía359/2014, de 4 de julio, ha resuelto:

"Primero. Avocar la competencia para otorgar la licencia urbanística de obras solicitadapor D. Carlos García Sigüenza para proceder al desmontaje y estabilización de la cubierta,así como la estabilización de la fachada del inmueble de su propiedad situado en el número14 de la calle Santa María de esta localidad incluida en la competencia delegada en laJunta de Gobierno Local para el otorgamiento de licencias.

Segundo. Dar cuenta de la presente resolución en la primera sesión que celebren a laJunta de Gobierno Local y al Pleno de la Corporación municipal, así como proceder a supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de edictos del Ayuntamiento, sinperjuicio de que surta efectos desde el mismo día de su firma.”

En Tordesillas, a 8 de julio de 2014, El Alcalde.- Jose Antonio González Poncela

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE TORRELOBATÓN

D. Francisco Javier Puerta Alonso ha solicitado de esta Alcaldía, licencia para ejercer laactividad de Nave-Almacén de Maquinaria y Productos Agrícolas, en la Parcela 5009, delPolígono 25 de Torrelobatón.

En cumplimiento del art. 27 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental deCastilla y León , se abre un periodo de información pública de diez días hábiles a contardesde el siguiente a la publicación de este anuncio para que todo el que se considereafectado por la actividad que se pretende ejercer pueda hacer las observacionespertinentes.

El expediente se halla de manifiesto y puede consultarse durante las horas de oficina en laSecretaría de este Ayuntamiento.

Torrelobatón, a 1 de julio de 2014.- La Alcaldesa.- Fdo.: M. Natividad Casares Puerta.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALENTIDAD LOCAL MENOR DE FONCASTÍN

Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo de la Junta Vecinal de esta EntidadLocal Menor adoptado en sesión de fecha 2 de mayo de dos mil catorce, referido a la aprobación provisional de las Ordenanzas Fiscales Nº 1 TASA POR ABASTECIMIENTODE AGUA y la Nº 2 TASA POR RECOGIDA DE BASURA, sin que se haya presentadoninguna reclamación una vez transcurrido el plazo de exposición pública, dichos acuerdosse elevan a definitivos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real DecretoLegislativo 2/2.004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Leyreguladora de las Haciendas Locales, publicándose el texto íntegro de las ordenanzasfiscales, tal y como figura en el anexo de este anuncio.

Contra cada uno de estos acuerdos, elevados a definitivos, y sus respectivas ordenanzas podrán los interesados interponer recurso Contencioso Administrativo ante el TribunalSuperior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, en el plazo de dos mesescontados a partir del día siguiente al de la publicación de estos acuerdos y del textoíntegro de las Ordenanzas en el "Boletín Oficial de la Provincia".

Foncastin, a 2 de julio de 2014.-La Alcaldesa.-Fdo.: Mª Dolores Mayo Magaz

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TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO

ORDENANZA REGULADORA. Nº 1

ARTICULO 1º.- Fundamento y naturaleza

En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de laConstitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de lasBases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 delReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, esta Entidad Local Menor de Foncastinestablece la tasa por suministro de agua a domicilio, que se regirá por la presenteOrdenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 57 del mencionadoReal Decreto Legislativo.

ARTICULO 2º.- Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de la tasa, la prestación del servicio de recepciónobligatoria de suministro de agua a domicilio, así como suministro a locales,establecimientos industriales y comerciales y cualesquiera otros suministros de agua quese soliciten al Ayuntamiento.

ARTICULO 3º.- Sujetos pasivos.

1.- Son sujetos pasivos en concepto de contribuyentes las personas físicas yjurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35 de la Ley General Tributaria, quesoliciten o que resulten beneficiadas o afectadas por el servicio municipal de suministrode agua.

2.- Tendrá la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente elpropietario de las viviendas o locales, que podrá repercutir, en su caso, las cuotassatisfechas sobre los usuarios de aquéllas, beneficiarios del servicio.

ARTICULO 4º.- Responsables.

1. Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo, laspersonas físicas y jurídicas a que se refieren el artículo 42 de la Ley GeneralTributaria.

2. Serán responsables subsidiarios, las personas físicas y jurídicas a que se refierenel artículo 43 de la Ley General Tributaria.

ARTICULO 5º.- Exenciones.

No se reconocerá ninguna exención, salvo aquellas que expresamente esténprevistas en normas con rango formal de Ley o las derivadas de la aplicación de losTratados Internacionales.

ARTICULO 6º.- Cuota Tributaria.

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1.- La cuota tributaria correspondiente a la concesión de la licencia oautorización de acometida a la red de agua, se exigirá por una sola vez y consistirá enuna cantidad fija en función del número de viviendas de acuerdo a la siguiente tarifa:

Por cada Vivienda, la conexión a la red…………50€

Artículo 6.2.- Tarifas

Mínimo de 30 metros cúbico al trimestre: 20€

Exceso de 30 metros cúbicos/ trimestre, en adelante a 0’40 Euros por metrocúbico.

Artículo 6.3.-A la cuota total de los apartados anteriores se aplicará el tipoque corresponda del impuesto sobre el valor añadido.

ARTICULO 7º.- Devengo.

Se devenga la Tasa y nace la obligación de contribuir desde el momento en que seinicie la prestación del servicio, entendiéndose iniciada, dada la naturaleza de recepciónobligatoria del mismo, cuando esté establecido y en funcionamiento el servicio municipalde suministro de agua a domicilio o cuando se solicite su prestación en los supuestos enlos que el servicio no es de recepción obligatoria. Así como desde que tenga lugar laefectiva acometida a la red general de abastecimiento de agua municipal.

ARTICULO 8º.- Declaración e ingreso.

1.- Los sujetos pasivos vendrán obligados a presentar ante el Ayuntamientodeclaración de alta en la tasa desde el momento en que esta se devengue.

2.- Cuando se conozca, ya de oficio o por comunicación de los interesados,cualquier variación de los datos figurados en la matrícula, se llevarán a cabo en ésta lasmodificaciones correspondientes, que surtirán efectos a partir del periodo de cobranzasiguiente al de la fecha en que se haya efectuado la corrección.

3.- El cobro de las cuotas se efectuará mediante recibo derivado de la matrículatrimestral

ARTÍCULO 9º.- Infracciones y Sanciones.

En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como delas sanciones que a las mismas correspondan en cada caso, se estará a lodispuesto en la Ley General Tributaria y normativa de desarrollo.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

En todo lo no expresamente regulado en esta Ordenanza en relación con la gestión deltributo se estará a lo dispuesto en la Ley reguladora de las Haciendas Locales (textorefundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo) y la Ley58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

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La presente Ordenanza fiscal, ha sido aprobada por la Junta Vecinal en sesión celebradael de de 2014, entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficialde la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

TASA POR RECOGIDA DE BASURAS

ORDENANZA REGULADORA Nº 2

ARTICULO 1º.- Fundamento y naturaleza.

En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de laConstitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Basesde Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales, esta Entidad Local Menor de Foncastinestablece la tasa por recogida de basuras, que se regirá por la presente Ordenanza fiscal,cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 57 del citado Real DecretoLegislativo.

ARTICULO 2º.- Hecho imponible.

1.- Constituye el hecho imponible de la Tasa la prestación del Servicio, derecepción obligatoria, de recogida de basuras domiciliaria y residuos sólidosurbanos de viviendas.

2.- A tal efecto, se consideran basuras domiciliarias y residuos sólidosurbanos los restos y desperdicios de alimentación o detritus procedentes de la limpiezanormal de viviendas y se excluyen de tal concepto, los residuos de tipo industrial,escombros de obras, detritus humanos, materias y materiales contaminados,corrosivos, peligrosos o cuya recogida o vertido exija la adopción de especiales medidashigiénicas, profilácticos o de seguridad.

3.- No está sujeta a la Tasa la prestación de carácter voluntario y a instanciade parte, de los siguientes servicios:

a) Recogida de basuras y residuos no calificados de domiciliarias yurbanos de industrias, hospitales y laboratorios.

b) Recogida de escorias y cenizas de calefacción centrales.

c) Recogida de escombros de obras

d) Estiércol de cuadras y apriscos

ARTICULO 3º.- Sujetos pasivos:

1.- Son sujetos pasivos contribuyeras de las físicas o jurídicas y las entidades aque se refiere el artículo 35 de la Ley General Tributaria, que ocupen o utilicen lasviviendas y locales ubicados en lugares, plazas, calles o vías públicas en que se presteel servicio, ya sea a titulo de propietario o de usufructuario, habitacionista, arrendatarioo incluso de precario.

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2.- Tendrá la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente elpropietario de las viviendas o locales, que podrá repercutir en su caso, las cuotassatisfechas sobre los usuarios de aquéllas, beneficiarios del servicio.

ARTÍCULO 4º.- Responsables.

3. Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo, laspersonas físicas y jurídicas a que se refieren el artículo 42 de la Ley GeneralTributaria.

4. Serán responsables subsidiarios, las personas físicas y jurídicas a que se refierenel artículo 43 de la Ley General Tributaria.

ARTÍCULO 5º.- Exenciones

No se reconocerá ninguna exención, salvo aquellas que expresamente esténprevistas en normas con rango formal de Ley o las derivadas de la aplicación de losTratados Internacionales.

ARTÍCULO 6º. - Cuota Tributaría

1.-La cuota tributaría consistirá en una cantidad fija, por unidad de local,que se determinará en función de la naturaleza y destino de los inmuebles.

A.- A tal efecto se aplicará la siguiente tarifa:

a) Por cada vivienda……………………………………………………………..80€

B.- Las viviendas vacías que previamente se hayan dado de baja nopagarán.Las Naves no pagarán salvo que generen basura

C.- Las cuotas señaladas en la Tarifa tienen carácter irreductible ycorresponden a un año.

ARTÍCULO 7º.- Devengo.

1.- Se devenga la Tasa y nace la obligación de contribuir desde el momento enque se inicie la prestación del servicio, entendiéndose iniciada, dada la naturaleza derecepción obligatoria del mismo, cuando esté establecido y en funcionamiento el servicioMunicipal de recogida de basuras domicilias en las calles o lugares donde figuren lasviviendas o locales utilizados por los contribuyentes sujetos a la Tasa.

2.- Establecido y en funcionamiento el referido servicio, las cuotas se devengaránel primer día de cada año natural, salvo que el devengo de la Tasa se produjese conPosterioridad a dicha fecha, en cuyo caso la primera cuota se prorrateará por meseshasta el primer día del año natural siguiente.

ARTÍCULO 8º.- Declaración e ingreso

1.- Los sujetos pasivos vendrán obligados a presentar ante el Ayuntamientodeclaración de alta en la tasa desde el momento en que esta se devengue.

2.- Cuando se conozca, ya de oficio o por comunicación de los interesados,cualquier variación de los datos figurados en la matricula, se llevarán a cabo en ésta las

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modificaciones correspondientes, que surtirán efectos a partir del periodo de cobranzasiguiente al de la fecha en que se haya efectuado la corrección.

3.- El cobro de las cuotas se efectuará mediante recibo derivado de lamatrícula trimestralmente.

ARTÍCULO 9º.- Infracciones y Sanciones.

En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de lassanciones que a las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuestoen la Ley General Tributaria y normativa de desarrollo.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

En todo lo no expresamente regulado en esta Ordenanza en relación con la gestión deltributo se estará a lo dispuesto en la Ley reguladora de las Haciendas Locales (textorefundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo) y la Ley58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

DISPOSICIÓN FINAL.

La presente Ordenanza fiscal, entrará en vigor el mismo día de su publicación enel Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación oderogación expresas.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

D/Dª JOSE LUIS GARCIA ROIG, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 002 deVALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0001193 /2013 de esteJuzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª MARIA ELENA ANDRES TRASOBAREScontra sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por Dña. María Elena Andrés Trasobares frente aAgrulim SL debo declarar extinguida a fecha de la presente resolución la relación laboralentre las partes condenando a la empresa demandada a que indemnice en la cantidad de15.391 euros y a satisfacer a la actora la cantidad de 1.973,44 euros en concepto desalarios debidos más el 10% de los intereses de mora declarando la responsabilidad delFOGASA.

Se previene a las partes que contra la presente sentencia cabe recurso de suplicación antela Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castillay León, con sede en Valladolid, interponiéndose ante este Juzgado en el plazo de CINCODIAS hábiles contados a partir del siguiente de la presente notificación según previene elart. 194 de la LRJS. Si fuese la empresa la recurrente tendrá que exhibir al tiempo deanunciar el recurso, resguardo acreditativo de haber depositado la cantidad objeto de lacondena más trescientos euros (300 €), art. 229.1.a) de la LRJS, en el Banesto, (Sucursalde Pza. San Miguel), nº 6230; //c nº 0630008 y nº de cuenta expte. 4627000065; 1193/13.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

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Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a AGRULIM S.L., en ignoradoparadero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia deValladolid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid a dos de Mayo de dos mil catorce. El /La Secretario/a Judicial

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

D/Dª JOSE LUIS GARCIA ROIG, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 002 deVALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0001194 /2013 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª MARIA PURIFICACION ALONSOVIVAS contra la empresa AGRULIM S.L., sobre DESPIDO, se ha dictado la siguienteresolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por Dña. María Purificación Alonso Vivas frente aAgrulim SL debo declarar extinguida a fecha de la presente resolución la relación laboralentre las partes condenando a la empresa demandada a que indemnice en la cantidad de28.481,7 euros y a satisfacer a la actora la cantidad de 2.690,36 euros en concepto desalarios debidos más el 10% de los intereses de mora declarando la responsabilidad delFOGASA.

Se previene a las partes que contra la presente sentencia cabe recurso de suplicación antela Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castillay León, con sede en Valladolid, interponiéndose ante este Juzgado en el plazo de CINCODIAS hábiles contados a partir del siguiente de la presente notificación según previene elart. 194 de la LRJS. Si fuese la empresa la recurrente tendrá que exhibir al tiempo deanunciar el recurso, resguardo acreditativo de haber depositado la cantidad objeto de lacondena más trescientos euros (300 €), art. 229.1.a) de la LRJS, en el Banesto, (Sucursalde Pza. San Miguel), nº 6230; //c nº 0630008 y nº de cuenta expte. 4627000065; 1194/13.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

E/

Y para que sirva de notificación en legal forma a AGRULIM S.L., en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid a dos de Mayo de dos mil catorce. El /La Secretario/a Judicial

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 894 /2013 de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancia de D/Dª VICTORIO DE LA FUENTE GARCIA contra la empresa CENSENAL VALLADOLID S.L., sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución,cuya parte dispositiva se adjunta:

En VALLADOLID, a dieciséis de Junio de dos mil catorce.

Vistos por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 3. Doña MARIADOLORES ROMÁN DE LA TORRE, los presentes autos número 894/13, seguidos ainstancia de VICTORIO DE LA FUENTE GARCIA contra CENSENAL VALLADOLID S.L., sobre DERECHO Y CANTIDAD.

Que, en la demanda formulada por D. VICTORIO DE LA FUENTE GARCÍA, frente a lamercantil CENSENAL VALLADOLID, S.L., procede apreciar de oficio la excepción de faltade litisconsorcio pasivo necesario respecto a INTEGRA MANTENIMIENTO, GESTIÓN YSERVICIOS INTEGRADOS, CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO, S.L., sin pronunciamientosobre el fondo del asunto y sin perjuicio del derecho que en su caso asista a la parte parala presentación de nueva demanda.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Se advierte a las partes que contra la presente resoluciónpodrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberáser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en la Oficina Judicialdentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simplemanifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmenteal recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de SeguridadSocial, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, quedeberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en SANTANDER a nombrede esta Oficina Judicial con el IBAN: ES55 0049 3569 9200 0500 1274 y el núm. 62304628 0000 65 0894 13, debiendo indicar en el campo concepto "recurso" seguido delcódigo "34 Social Suplicación", acreditando mediante la presentación del justificante deingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como; en el casode haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignar en lacuenta de Depósitos y Consignaciones abierta la cantidad objeto de condena, o formalizaraval bancario a primer requerimiento indefinido por dicha cantidad en el que se hagaconstar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a esta Oficina Judicial conel anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para latramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a CENSENAL VALLADOLID S.L., enignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia

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de VALLADOLID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a dieciocho de Junio de dos mil catorce..- El /La Secretario/a Judicial.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

CEDULA DE NOTIFICACION

Dª. ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número003 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DEMANDA 1072 /2008 de este Juzgado de lo Social, seguidos ainstancias de D. ALEJANDRO JAVIER VELASCO WINTER contra la empresa FOGASA, EAS TECNO SYSTEM, S.L. Y FOGASA , sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente:

En la ciudad de VALLADOLID a veintisiete de Junio de dos mil catorce.

Vistos por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 3. Doña MARIADOLORES ROMÁN DE LA TORRE, los presentes autos número 1072/2008, seguidos ainstancia de ALEJANDRO JAVIER VELASCO WINTER contra demandado EAS TECNOSYSTEM, S.L. y FOGASA sobre CANTIDAD.

Que, estimando la demanda formulada por D. ALEJANDRO J. VELASCO WINTER, frentea la mercantil EAS TECNO SYSTEM, S.L., procede condenar a la empresa a que abone aldemandante la cantidad de 52,77 euros, en concepto de diferencias en el abono de lashoras extraordinarias realizadas durante el año 2007, sin intereses.

Se advierte a las partes que contra la presente resolución, no cabe recurso de suplicación.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de NOTIFICACION EN LEGAL FORMA a EAS TECNO SYSTEM,S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados deeste Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

En Valladolid, a treinta de junio de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

D/Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 003 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D. SERGIO JOSE PENA FERNANDEZ contra AUTRONIKINFRAESTRUCTURAS-RENOVABLES S.L., en reclamación por ORDINARIO, registradocon el nº PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000261 /2014 se ha acordado, en cumplimientode lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a AUTRONIK INFRAESTRUCTURAS-RENOVABLES S.L.,, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 11/11/2014 alas 10:50 horas, en PLAZA DEL ROSARILLO, S/N - Sala 001, para la celebración de losactos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediantepersona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba deque intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos nose suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a AUTRONIK INFRAESTRUCTURAS-RENOVABLES S.L., seexpide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia ycolocación en el tablón de anuncios.

En Valladolid, a tres de julio de dos mil catorce. El /La Secretario/a Judicial.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

D/Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 003 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D/Dª LA FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION contra INSTALACIONES NAVASANZ S.L., en reclamación por ORDINARIO, registrado con el nºPROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000064 /2014 se ha acordado, en cumplimiento de loque dispone el artículo 59 de la LJS, citar a LA FUNDACION LABORAL DE LACONSTRUCCION, INSTALACIONES NAVASANZ S.L. , en ignorado paradero, a fin deque comparezca el día 6/11/2014 a las 11:30 horas, en PLAZA DEL ROSARILLO, S/N -Sala 001, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendocomparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberáacudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de quees única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada deasistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a INSTALACIONES NAVASANZ SL , se expide la presentecédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón deanuncios.

En Valladolid, a tres de julio de dos mil catorce. El /La Secretario/a Judicial.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D. JOSE OLIVO ESTEVEZ RODRIGUEZ contra FOGASA, EXPERTOS ENCONSTRUCCION DOLMEN, S.L., en reclamación por ORDINARIO, registrado con el nºPROCEDIMIENTO ORDINARIO 330/2014 se ha acordado, en cumplimiento de lo quedispone el artículo 59 de la LJS, citar a EXPERTOS EN CONSTRUCCION DOLMEN, S.L.,en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 15/1/2015 a las 10:50 horas, enPLAZA DEL ROSARILLO, S/N - Sala 001, para la celebración de los actos de conciliacióny en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmenteapoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse,con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán porfalta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a EXPERTOS EN CONSTRUCCION DOLMEN, S.L., seexpide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia ycolocación en el tablón de anuncios.

En Valladolid, a tres de julio de dos mil catorce. El /La Secretario/a Judicial.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4

D/Dª MARIA YOLANDA MARTÍN LLORENTE, Secretario/a Judicial del Juzgado de loSocial nº 004 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento ORDINARIO 0001095/2012 de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancia de D/Dª BARBARA GONZALEZ GOMEZ contra la empresa PUNTOY GAMA ARTES GRÁFICAS S.A.L., sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguienteresolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

S E N T E N C I A.- Valladolid, a seis de junio de dos mil catorce.

Vistos por D. José Antonio Merino Palazuelo, Magistrado-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cuatro de Valladolid, los presentes autos nº 1095/2012, sobre RECLAMACIÓNDE CANTIDAD, seguidos a instancia de Dña. Bárbara González Gómez, frente a PUNTOY GAMA ARTES GRÁFICAS, S.A.L., que no comparece, con citación del FONDO DEGARANTÍA SALARIAL, que tampoco comparece.

F A L L O.- Que estimando la demanda interpuesta por Dña. Bárbara González Gómez,frente a PUNTO Y GAMA ARTES GRÁFICAS, S.A.L., con citación del FONDO DEGARANTÍA SALARIAL, debo condenar y condeno a la indicada empresa demandada aque abone a la actora la suma de 9.424,40 €, más los intereses prevenidos en el artículo29.3 del Estatuto de los Trabajadores devengados desde el 29.02.2012 hasta la presenteresolución, sin perjuicio de la responsabilidad que, en su caso, pueda corresponder alFONDO DE GARANTÍA SALARIAL.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo la indicación de que contra lamisma cabe interponer, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia deCastilla y León (Valladolid), recurso de suplicación, que se podrá anunciar en esteJuzgado, por comparecencia o mediante escrito, en un plazo de cinco días a partir de lanotificación, o por su mera manifestación al realizarse ésta, previa consignación de lacantidad objeto de la condena en la cuenta nº 3935/0000/65/1095/12 de BANCO DESANTANDER, Oficina de la Plaza San Miguel de Valladolid, pudiendo sustituirse laconsignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en que conste laresponsabilidad solidaria del avalista, y debiendo efectuar además el ingreso de 300 euroscomo depósito especial para interponer dicho recurso, todo ello en el caso de que elrecurrente no fuera trabajador, su causahabiente, o beneficiario del régimen público de laSeguridad Social, o no gozara del beneficio de Justicia Gratuita, o no se hallare incluido enel artículo 229,4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, acreditando haberrealizado, en caso de no estar exento de la misma, la autoliquidación de la tasaestablecida en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre –BOE de 21.11-2012- (artículos 2.f,4.2.a, 5.3, 7.1 y 2, 8.1 y 2) y Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre –BOE de15.12.2012-, modificada por la Orden HAP/490/2013, de 27 de marzo –BOE de 30 demarzo-.

Así por esta mi sentencia, de la que se deducirá certificación para unir a los autos de quedimana, y a la que se le dará la publicidad prevenida en la normativa en vigor,

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definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.” Firmada yrubricada.

Y para que sirva de notificación en legal forma a PUNTO Y GAMA ARTES GRAFICASS.A.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial dela Provincia de Valladolid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a treinta de Junio de dos mil catorce. El /La Secretario/a Judicial.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4

D/Dª MARIA YOLANDA MARTIN LLORENTE, Secretario/a Judicial del Juzgado de loSocial nº 004 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento MONITORIO 1009/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidosa instancia de D/Dª JACINTO CARRETERO NIETO contra la empresa ACCIONAINFRAESTRUCTURAS S.A., INTERPAINT REVESTIMIENTOS INTERIORES S.L.U. y FOGASA, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

D E C R E T O

Secretario/a Judicial D/Dª MARIA YOLANDA MARTIN LLORENTE.

En VALLADOLID, a veintiocho de Abril de dos mil catorce.

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda el archivo de los presentes autos de proceso monitorio, seguidos a instanciade JACINTO CARRETERO NIETO, frente a INTERPAINT REVESTIMIENTOSINTERIORES S.L.U., ACCIONA INFRAESTRUCTURAS y FOGASA, previa baja en loslibros correspondientes.

Expídase testimonio de la demanda que quedará unida a las actuaciones. Líbrese oficio alDecanato solicitando la transformación del presente procedimiento en procedimientoordinario.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quiendicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juiciodel recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188.2de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimenpúblico de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en lacuenta de consignaciones del Juzgado, entidad BANESTO/SANTANDER, cuenta nº 39350000 30 1009 13 (para transferencias IBAN nº ES55 0049 3569 92 0005001274, indicandoen “concepto” el nº de cuenta y el nombre de la recurrente).

Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, lasComunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomosdependientes de ellos.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma a INTERPAINT REVESTIMIENTOSINTERIORES S.L.U., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en elBoletín Oficial de la Provincia de Valladolid .

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la

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resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a trece de Junio de dos mil catorce. El /La Secretario/a Judicial.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4

D/Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, Secretario/a Judicial acctal. del Juzgado de loSocial nº 4 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 31 /2014 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª PILAR DE MIGUEL ALVAREZ contra laempresa CAVIDA PLAN INMEDIATO S.L. y FOGASA, se ha dictado AUTO y DECRETO,cuya parte dispositiva se adjunta:

A U T O

Magistrado/a-Juez

Sr/Sra. D/D.ª JOSE ANTONIO MERINO PALAZUELO

En VALLADOLID, a dos de Julio de dos mil catorce.

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, PILARDE MIGUEL ALVAREZ, frente a CAVIDA PLAN INMEDIATO S.L. y FOGASA, parteejecutada, por importe de 16.991,13 euros en concepto de principal, más otros 3.400,00 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedandevengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posteriorliquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Secretario/a judicial, y copia de lademanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y comodispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectosmencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, yconforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órganojudicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el queademás de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y elcumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrádeducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimientodocumentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechosimpeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar,siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo lacompensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público deseguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito pararecurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 4. Quedanexentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades

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Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

EL/LA MAGISTRADO/A JUEZ EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

D E C R E T O

Secretario/a Judicial D/Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA.

En VALLADOLID, a dos de Julio de dos mil catorce.

PARTE DISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

- Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienesdel ejecutado CAVIDA PLAN INMEDIATO S.L.

-El embargo y retención de los saldos de las cuentas bancarias de dicho ejecutado hastacubrir los importes reclamados.

-El embargo de las posibles devoluciones de la Agencia Estatal de AdministraciónTributaria a que tuviera derecho dicho ejecutado.

Dichos embargos se llevarán a efecto de forma telemática mediante la aplicación quepara tal fin dispone el Juzgado.

-Requerir a CAVIDA PLAN INMEDIATO S.L., a fin de que en el plazo de cinco díasmanifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de laejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el casode inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimientode que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobedienciagrave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que nosean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas ygravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivasperiódicas.

Previo a la declaración de insolvencia de dicho ejecutado y conforme a lo prevenido en elart. 276 de la LRJL, dése traslado por 15 días a la actora y al FOGASA para que insten lapráctica de las diligencias que a su derecho convengan.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en elartículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio ydatos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos delocalización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellosintentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, direcciónelectrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.

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MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisiónque deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRES DÍAS hábilessiguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en lamisma a juicio del recurrente, art. 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición detrabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer undepósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones de esteJuzgado. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, lasComunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomosdependientes de ellos.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma a CAVIDA PLAN INMEDIATO S.L., enignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provinciade Valladolid .

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a dos de julio de dos mil catorce. El /La Secretario/a Judicial.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4

NIG: 47186 44 4 2014 0000740 N28150

DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000188 /2014

Procedimiento origen: /

Sobre DESPIDO

DEMANDANTE/S D/ña: JOSE MARIA GOMEZ SANTOS

DEMANDADO/S D/ña: FOGASA, PROMOLID S.A.

E D I C T O

D/Dª MARIA YOLANDA MARTIN LLORENTE, Secretario/a Judicial del Juzgado de loSocial nº 004 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000188 /2014 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JOSE MARIA GOMEZ SANTOS contrala empresa FOGASA, PROMOLID S.A., sobre DESPIDO, se ha dictado la siguienteresolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

En VALLADOLID, a seis de Junio de dos mil catorce.

D.IGNACIO SEGOVIANO ASTABURUAGA Magistrado/a Juez del JDO. DE LO SOCIALN. 4 tras haber visto el presente DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000188/2014 ainstancia de D. JOSE MARIA GOMEZ SANTOS, contra FOGASA, PROMOLID S.A., ENNOMBRE DEL REY, ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. José María Gómez Santoscontra “Promolid S.A..” debo declarar y declaro improcedente el despido de la partedemandante producido en fecha 14-1-2014, condenando a la entidad demandada aindemnizar a la actora en la cantidad de 26.989 €,declarando extinguida la relación laboralcon esta fecha, condenándola igualmente a abonar a la parte actora la cantidad de8.749,09 €, la cual devengará el interés del 10 % anual.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en elartículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio ydatos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de

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localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellosintentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, direcciónelectrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Se advierte a las partes que contra la presente resoluciónpodrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberáser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en la Oficina Judicialdentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simplemanifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmenteal recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de SeguridadSocial, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, quedeberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en Santander a nombre deesta Oficina Judicial con el núm. de este juzgado, debiendo indicar en el campo concepto"recurso" seguido del código "34 Social Suplicación", acreditando mediante la presentacióndel justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso asícomo; en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad,deberá consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta la cantidad objetode condena, o formalizar aval bancario a primer requerimiento indefinido por dicha cantidaden el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a estaOficina Judicial con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designarLetrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a PROMOLID S.A., en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de VALLADOLID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a tres de julio de dos mil catorce. El /La Secretario/a Judicial.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4

D/Dª MARIA YOLANDA MARTIN LLORENTE, Secretario/a Judicial del Juzgado de loSocial nº 004 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento P.OFICIO AUTORIDAD LABORAL 0000261/2013 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de la TGSS TESORERIA GENERAL DE LASEGURIDAD SOCIAL contra la empresa CALIVALLE 48 S.L., y MARIA DIVINAFRANCISCO BISPO y MARIA BORCILAU, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguienteresolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

S E N T E N C I A.- Valladolid, a diez de febrero de dos mil catorce.

Vistos por D. José Antonio Merino Palazuelo, Magistrado-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cuatro de Valladolid, los presentes autos nº 261/13, sobre determinación de lanaturaleza jurídica de la relación que vincula a las partes, como consecuencia deimpugnación de acta de infracción, seguidos de oficio a partir de demanda de laTESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, tras comunicación de la InspecciónProvincial de Valladolid de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, representada yasistida por el Letrado D. Luis Ángel López Prieto, frente a CALIVALLE 48, S.L.,representada y asistida por el Letrado D. José Luis Espinosa Rueda, y como trabajadorasafectadas Dña. María Divina Francisco Bispo (NIE X9527360R) y Dña. María Borcilau (NIEX6666273B), que no comparecen.

F A L L O.- Que estimando la demanda de oficio interpuesta por la TESORERÍAGENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, frente a la empresa frente a CALIVALLE 48,S.L., con intervención de las ciudadanas extranjeras indicadas en el encabezamiento, debodeclarar y declaro la existencia de relación laboral entre estas y CALIVALLE 48, S.L. el26.12.2012.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo la indicación de que contra lamisma cabe interponer, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia deCastilla y León (Valladolid), recurso de suplicación, que se podrá anunciar en esteJuzgado, por comparecencia o mediante escrito, en un plazo de cinco días a partir de lanotificación, o por su mera manifestación al realizarse ésta, debiendo efectuar además elingreso de 300 euros como depósito especial para interponer dicho recurso en la cuenta nº3935/0000/65/0696/12 de BANESTO, Oficina de la Plaza San Miguel de Valladolid, todoello en el caso de que el recurrente no fuera trabajador, su causahabiente, o beneficiariodel régimen público de la Seguridad Social, o no gozara del beneficio de Justicia Gratuita,o no se hallare incluido en el artículo 229,4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social,acreditando haber realizado, en caso de no estar exento de la misma, la autoliquidación dela tasa establecida en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre –BOE de 21.11-2012-(artículos 2.f, 4.2.a, 5.3, 7.1 y 2, 8.1 y 2) y Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre –BOE de 15.12.2012-, modificada por la Orden HAP/490/2013, de 27 de marzo –BOE de30 de marzo-.

Así por esta mi sentencia, de la que se deducirá testimonio para unir a los autos de que

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dimana, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.” Firmaday rubricada.

Y para que sirva de notificación en legal forma a MARIA DIVINA FRANCISCO BISPO yMARIA BORCILAU, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en elBoletín Oficial de la Provincia de Valladolid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a tres de julio de dos mil catorce. El /La Secretario/a Judicial.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4

D/Dª MARIA YOLANDA MARTIN LLORENTE, Secretario/a Judicial del Juzgado de loSocial nº 004 de VALLADOLID, HAGO SABER:Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001156/2012 de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancia de D/Dª SOULEIMANE TRAORE contra la empresa DIMIR VACHEVDIMITROV, FOGASA, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuyaparte dispositiva se adjunta:

S E N T E N C I AValladolid, a veintidós de abril mil catorce.Vistos por D. José Antonio Merino Palazuelo, Magistrado-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cuatro de Valladolid, los presentes autos nº 1156/2012, sobre reclamación decantidad, seguidos a instancia de D. Souleimane Traore, representado y asistido por laLetrada del turno de oficio Dña. María Ángeles Pérez Sánchez, frente a D. Dimir VachevDimitrov, que no comparece, con citación del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL,representado y asistido por la Letrada Dña. Rocío López Muñoz

F A L L OQue estimando en parte la demanda interpuesta por D. Souleimane Traore, frente a D.Dimir Vachev Dimitrov, con citación del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, debo condenary condeno a la indicada empresa demandada a que abone al actor la suma de 512,50 €,más el interés prevenido en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores desde el14.10.2012 hasta la presente resolución, sin perjuicio de las responsabilidades que, en sucaso, puedan corresponder al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo la indicación de que contra lamisma no cabe interponer recurso en vía ordinaria.

Así por esta mi sentencia, de la que se deducirá certificación para unir a los autos de quedimana, y a la que se le dará la publicidad prevenida por la normativa en vigor,definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

DILIGENCIA.- Seguidamente se procede a dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos266 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 212 de la LECivil. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a DIMIR VACHEV DIMITROV, en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia deValladolid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a tres de julio de dos mil catorce. El /La Secretario/a Judicial.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA. VALLADOLID NÚMERO

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N. L G.: 47186 42 1 2014 0006958

EXPEDIENTE DE DOMINIO. REANUDACION DEL TRACTO 0000379 /2014

Procedimiento origen: /

Sobre OTRAS MATERIAS

DEMANDANTE D/ña. MARIA DEL CARMEN, PABLO FERNANDO, JOSE ENRIQUE,MARIA TERESA Y MARIA JESUS PUENTE APARICIO

Procurador/a Sr/a. JOSE LUIS MORENO GIL

EDICTO

D./Da. INMACULADA GONZALEZ ALVARO, SECRETARIO/A DEL JDO. PRIMERAINSTANCIA N° 15 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que en este órgano judicial se sigue el procedimiento EXPEDIENTE DEDOMINIO. REANUDACION DEL TRACTO 0000379 /2014 instancia de D./Da MARIA DELCARMEN, PABLO FERNANDO, JOSE ENRIQUE, MARIA TERESA Y MARIA JESUSPUENTE APARICIO expediente dominio de las siguientes-fincas:

COCHERÁ ENCERRADERO sita en el patio interior de la casa de la acera de Recoletosn° 14, a la que se accede a través de portal de •dicho inmueble directamente desde lacalle o avenida.

LINDA: por la derecha de su entrada según se mira de frente con otra cochera de Dña.Guadalupe Bocos Martín, hoy Manuel Merino Pereira; por la izquierda, con separación deledificio de la propia casa a la que pertenece; por el fondo, con pared de la casa n° 13 dela acera de Recoletos, hoy Hotel Meliá Recoletos; y por su frente con el patio en el queestá situada.

La cochera está situada a la izquierda del patio según se entra en él.

Forma parte del inmueble matriz del que se han ido haciendo segregaciones, que constainscrito como finca 8058 del Registro General, no constando inscrito como fincaindependiente.

DATOS CATASTRALES: su referencia catastral es la 632102UM5162A0006HZ, quecoincide con la de la vivienda situada en la planta 3a, escalera derecha, (en las escriturasconsta como segundo derecha) del n° 14 de la Acera de Recoletos, de la que sonpropietarios los demandantes, estableciéndose una superficie en dicho registro de 13 m2.,siendo su año de construcción el de 1892.

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La finca descrita fue adquirida por los demandantes mediante adjudicación de herencia desus padres, D. PABLO PUENTE PAZ y DNA. Ma DEL CARMEN APARICIO CARRILLO,mediante escritura pública de fecha 04/03/2005. A su vez sus padres habían adquirido lafinca del matrimonio formado por D.

Luis Martín Calero Alonso y Dña. Josefa Muñoz Puneda, mediante contrato de compraventa privado de fecha 31/12/1977, donde se hacía constar que la finca no constaba deinmatriculación independiente. Forma parte del resto de la finca matriz que no fue objeto desegregación y que consta inscrita como finca 8058 del Registro General por el Registro dela Propiedad n° 5 de Valladolid. En la certificación referida, los pisos y la mayoría de losdiferentes elementos de esta finca fueron objeto de segregación e inscripciónindependiente, restando aún en la superficie no segregada de la finca matriz, algunas delas cocheras o encerraderos situados en la planta baja del inmueble. La cochera cuyotracto registral se pretende reanudar, no computa en el coeficiente de participación de lacomunidad de propietarios. Catastralmente su referencia es la misma que la del piso delque también son titulares los demandantes por adjudicación de herencia.

Por el presente y en virtud de lo acordado en resolución de esta fecha se convoca a laspersonas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en eltérmino de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer enel expediente alegando lo su derecho convenga.

En Valladolid a 3 de junio de dos mil catorce.-El/ La Secretario/a Judicial.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA. VALLADOLID NÚMERO

4

N.I.G.: 47186 42 1 2014 0007383

EXPEDIENTE DE DOMINIO. INMATRICULACION 0000422 /2014

Procedimiento origen: /

Sobre OTRAS MATERIAS

DEMANDANTE D/ña. FEDERICO OLMEDO OLMEDO

Procurador/a Sr/a. TATIANA GONZALEZ RIOCEREZO

Abogado/a Sr/a. D/ña.

Procurador/a Sr/a.

Abogado/a Sr/a.

SECCION A

EDICTO

D./Da.BEGOÑA RODRIGUEZ MARTINEZ, SECRETARIO/A DEL JDO. PRIMERAINSTANCIA N. 4 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que en este órgano judicial se sigue el procedimiento EXPEDIENTE DEDOMINIO. INMATRICULACION 0000422 /2014 a instancia de D./Da FEDERICOOLMEDO OLMEDO expediente de dominio de las siguientes fincas:

Majuelo en término municipal de Geria, al pago de los Lavanderos, excluida de la zona deconcentración parcelaria; tiene una superficie de veintisiete áreas, y linda Norte, ElpidioGonzález; Sur, Camino de los Lavanderos; Este, herederos de Félix Olmedo y Oeste,Antonio Fernández. Con el número de catastro 5.104, del polígono 3 de Geria, conreferencia catastral 47072A003051040000PK y una extensión de 2.634 m2.

Por el presente y en virtud de lo acordado en resolución de esta fecha se convoca a laspersonas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en eltérmino de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer enel expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En Valladolid, a veintinueve de mayo de dos mil catorce.- El/ La Secretario/a Judicial

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Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 159 Sabado, 12 de julio de 2014 Pág. 48

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