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Art. 81
Art. 84
Normativa de referencia
Identificación de producto
Art. 82
Art. 85
Clasificación de las señales de seguridad
Colores para rótulos de peligro y símbolos de
seguridad
Art. 83
Art. 86
Símbolos más comunes de seguridad y significado
Clasificación de riesgos
REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD
ARTÍCULOS 75 A 86
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Art. 75
Art. 78
Prevención
Preparación para la emergencia
Art. 76
Art. 79
Prevención de incendio y extintores
Planes de autoprotección
Art. 77
Art. 80
Prevención de inundaciones
Planes de contingencia
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CAPITULO VI
DE LOS ACCIDENTES MAYORES
Art. 75.- PREVENCIÓN Previa la ejecución de cualquier trabajo que presente algún riesgo, los responsables de Seguridad y Salud Ambiental de cada centro de trabajo, deberán: a) Exigir al área usuaria la presentación de un Programa de trabajo, que señale los recursos, responsables, cronograma de
ejecución y procedimientos a seguir;
b) Instruir a todo el personal sobre los riesgos existentes, restricciones y las medidas de prevención a aplicarse;
c) Comenzar las tareas peligrosas delimitando y restringiendo el acceso a la zona y tener en disposición los equipos para emergencias y primeros auxilios;
d) Evitar toda fuente de ignición en áreas de riesgo; e) Almacenar los productos y materiales inflamables en locales distintos a los de trabajo, y si no fuera posible, en recintos
completamente aislados; f) Rotular los recipientes de líquidos combustibles e inflamables indicando su contenido, peligrosidad y precauciones necesarias
para su empleo, de conformidad con las normas de seguridad específicas para el caso; g) Envasar y embalar de líquidos combustibles e inflamables siempre con las precauciones y equipo de protección personal
adecuado en cada caso;
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h) Dotar a las tuberías y bombas de trasvase de puestas a tierra durante las operaciones de llenado y vaciado de los depósitos de
líquidos inflamables; i) Instruir a todas las personas que realicen el trabajo sobre las precauciones que deben adoptar al limpiar o reparar un tanque de
combustible, y dar a conocer los riesgos a los cuales están expuestos los mismos con la previsión de los sistemas de emergencia y contingencia adecuados;
j) Almacenar los residuos inflamables como trapos con hidrocarburos y aceite, en recipientes apropiados y tapados,
debidamente rotulados para prevenir el riesgo de incendio; k) Eliminar inmediatamente los desperdicios, las manchas de grasa, los residuos de sustancias peligrosas y demás productos
residuales que puedan originar accidentes o contaminar el ambiente de trabajo; l) Disponer en los sitios donde se prevea soldar, de un extintor adecuado al tipo de riesgo presente;
m) Prescindir ventilar con oxígeno los gases, humos y vapores producidos por la soldadura;
n) Evitar engrasar las válvulas de las botellas de oxígeno, ya que la grasa puede inflamarse espontáneamente; o) Mantener las botellas de oxígeno en posición vertical sobre un carro y atadas contra la pared; nunca se deben golpear ni
rodarlas; alejarlas del calor, sol, humedad y variaciones bruscas de temperatura; p) Prohibir fumar en áreas identificadas con riesgo de incendio y explosión;
q) Combatir un incendio de origen eléctrico con extintores de dióxido de carbono; r) Instalar y/o comprobar que en todo equipo de computación y/o sistemas relacionados con medios informáticos digitales,
contengan dispositivos de descargas eléctricas y estáticas basado en normas y técnicas vigentes;
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s) Ubicar en los centros de cómputo o áreas consideradas críticas, alarmas, detectores y sistemas para control de incendio e
inundación; t) Restringir el acceso de personal no autorizado a áreas de alto riesgo.
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Art. 76.- PREVENCIÓN DE INCENDIO Y EXPLOSIÓN Todos los trabajadores, serán responsables de que en los centros de trabajos operativos y administrativos, se tomen las acciones necesarias para prevenir fugas, derrames, incendios, explosiones, por lo que se tomará en cuenta las siguientes normas de seguridad: a) Identificar y reportar actos y/o condiciones sub estándares donde puede existir el riesgo de incendio y explosión; b) Implementa y mantener un programa permanente de orden, aseo y limpieza; c) Almacenar los materiales inflamables, explosivos y químicos en locales independientes y específicos, debidamente ventilados y
aislados de fuentes que puedan producir calor e ignición; d) Instalar válvulas atmosféricas en los sistemas de venteo para tanques; e) Situar el escape de gases y vapores por encima de la marquesina y alejado de los surtidores y de los locales; f) Establecer procedimientos para la manipulación, almacenamiento y transporte de cilindros de gas, basado en la Norma INEN
1534 “Prevención de Incendios, Almacenaje de cilindros y recipientes portátiles de gas licuado de petróleo,” INEN 1536; D.E. 3889 “Reglamento para la comercialización de GLP, a efectos de evitar golpes, caídas de objetos, cambios bruscos de temperatura a la que pueda estar expuesto, etc;
g) Verificar en los sitios de carga de combustible la señalética de prohibición de permanecer el vehículo con las luces encendidas
o el motor en marcha; h) Evitar usar grasas o aceites para lubricar las válvulas de los cilindros; i) Alterar los dispositivos de seguridad de los cilindros de gas;
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j) Respetar las distancias de seguridad en emplazamientos peligrosos para la realización de actividades y la instalación eléctrica; k) Colocar extintores de incendios adecuados a la clase de fuego, disponiéndolos en número suficiente según la norma para las
instalaciones a cubrir; l) Situar los extintores a la distancia permitida, tanto en el interior, como en el exterior de los edificios y en el caso de áreas
operativas en los sitios adecuados según el riesgo; m) Disponer de sistemas contra incendios adecuados y el mantenimiento periódico de los mismos; n) Obtener permiso de trabajo para realizar tareas en caliente y/o desprendimiento de partículas incandescentes; o) Mantener las instalaciones eléctricas debidamente protegidas y revisadas periódicamente; p) Disponer de Planes de Autoprotección adecuados en cada centro de trabajo e implementarlos; q) Desarrollar simulacros de respuesta a emergencias y contingencias; r) Capacitar a los trabajadores en el manejo de extintores portátiles;
s) Disponer de toma de tierra para las cisternas en operaciones de descarga e implantar un sistema de recuperación de gases
inflamables.
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Art. 77.- PREVENCIÓN DE INUNDACIONES a) Para evitar las inundaciones, los centros de trabajo mantendrán en buen estado de limpieza y libre de obstrucciones los
canales recolectores, los ductos y sumideros de desagüe. a) Identificar y reportar actos y/o condiciones sub estándares donde puede existir el riesgo de inundaciones y desastres;
b) Disponer de planes de emergencia y contingencia en caso de inundaciones y desastres.
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Art. 78.- PREPARACIÓN PARA LA EMERGENCIA.- Será responsabilidad de la EP PETROECUADOR a través de la Gerencia de Seguridad, Salud y Ambiente, determinar las estrategias y medios para solventar de manera adecuada una respuesta en situaciones de emergencia derivadas de incendio, explosión, derrame de sustancias, desastres naturales y actos de violencia, para lo cual deberá: a) Identificar las áreas de mayor riesgo, delimitación de puntos seguros, rutas de evacuación y salidas de emergencias,
señalización de seguridad, equipos de extinción y control y sistema de alarmas; b) Informar a los trabajadores sobre el comportamiento a adoptar en caso de accidente; c) Dar a conocer a los trabajadores sobre la ubicación de los elementos de seguridad en el lugar de trabajo, tales como:
extintores, alarmas, caja de control y alimentación eléctrica (breakers) salidas de emergencia y botiquines de primeros auxilios; d) Capacitar a los trabajadores sobre primeros auxilios básicos y reanimación cardiopulmonar; e) Señalizar las vías de evacuación y las salidas de emergencia;
f) Conformar brigadas y capacitarles para la actuación en emergencias. g) Realizar periódicamente simulacros de control de incendios, derrames, emergencias médicas, evacuaciones, desastres
naturales y sabotajes;
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Art. 79.-PLANES DE AUTOPROTECCIÓN a) Mantener Planes de Autoprotección para cada centro de trabajo, en base a los riesgos propios, con estrategias de prevención
y preparación de acciones adecuadas que permitan identificar, valorar, controlar o enfrentar una emergencia, garantizando una respuesta eficaz y oportuna; a estas acciones se sumará la capacitación, entrenamiento, simulacros, auditorias y revisiones periódicas que se realicen a los planes de acuerdo con la normativa vigente;
b) Considerar el grado de vulnerabilidad de las instalaciones por desastres naturales, actividades propias de la empresa, así como
antrópicas que pueden causar incendios, explosiones y derrames de hidrocarburos; c) Actualizar cada año los planes de respuesta a emergencias para todos los centros de trabajo cuando exista cambios a nivel
administrativos y/o en procesos operativos;
d) Mantener un acercamiento interinstitucional con las entidades externas tales como Policía, Cuerpo de Bomberos, Cruz Roja, Secretaría de Gestión de Riesgos y otros organismos de ayuda externa destinados para el efecto;
e) Capacitar a las diferentes brigadas que forman parte del Plan de Autoprotección, tales como: brigadas de combate, monitoreo,
y extintores, mantenimiento, abastecimiento, evacuación y control, primeros auxilios, y comunicaciones, etc. y a todos los integrantes de la Empresa, sobre la respuesta a emergencias;
f) Realizar Simulacros en base a la planificación establecida en cada uno de los centros de trabajo, por lo menos una vez al año,
que involucre la participación de los trabajadores, la comunidad del entorno y organismos de apoyo externo.
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Art. 80.- PLANES DE CONTINGENCIA a) Disponer de un Plan de Contingencia, el cual formará parte del Plan de Autoprotección, a fin de reactivar cualquier proceso
productivo y/o administrativo después de la ocurrencia de un evento no deseado; b) Actuar de acuerdo a los instructivos correspondientes, dispuestos para cada centro de trabajo; en el caso de presentarse
desastres naturales como: terremotos inundaciones, erupciones volcánicas, los trabajadores de EP PETROECUADOR,
CAPITULO VII
DE LA SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD Art. 81.- La señalización en los diferentes centros de trabajo se enmarcará en las Normas Técnicas Ecuatorianas 439, 440, 2266:2009, 2288:2000 y Normativa Internacional NFPA (National Fire Protection Asosociatión) como parte de la prevención de riesgos, así como las señaladas en el Decreto Ejecutivo 2393 Cap. VI, VII, VIII, IX Art. 164 al 174, debiendo considerar que: a) Observar que las señales tengan la misión de atraer la atención de los trabajadores y provocar su respuesta de forma
inmediata; b) Establecer la señalización de seguridad y medidas a adoptar ante los mismos y determinar el emplazamiento de dispositivos y
equipos de seguridad y demás medios de protección; c) Adoptar medidas preventivas, colectivas o personales necesarias para la eliminación de los riesgos existentes. d) Emplear la señalización de seguridad según la normativa vigente de forma tal que el riesgo que indica sea fácilmente advertido
o identificado;
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e) Colocar la señalización de información, advertencia, obligación y prohibición en lugares visibles, adecuados y propicios; f) Capacitar y mantener el significado de la señalización, la utilización y conservación; g) Cumplir con la forma, dimensiones y colores de las señales de seguridad en base a lo que establece la Norma INEN 439
“Señales y Símbolos de Seguridad"; h) Identificar que las sustancias peligrosas se encuentren dentro de las Normas INEN 2266:2009 "Transporte, almacenamiento y
manejo de productos químicos peligrosos"; e INEN 2288:2000 "Productos químicos industriales peligrosos, etiquetado de precaución”;
i) Señalizar las tuberías con la norma INEN 440, en la que establece su clasificación, identificación y numeración característica
para los diferentes tipos de fluidos; j) Usar los colores Pantone para la identificación de equipos e instalaciones en los centros operativos, la cual será de
conformidad a lo señalado en la Normas de EP PETROECUADOR; k) Identificar los tanques y tuberías que contienen y conducen sustancias en las instalaciones la Norma INEN 440 y demás
conexas de conformidad a la Tabla de Clasificación de productos.
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ART. 82.- CLASIFICACIÓN DE LAS SEÑALES DE SEGURIDAD
SEÑALES DE PROHIBICIÓN.- El color de fondo será blanco con un círculo y barra inclinada de color rojo, el símbolo de seguridad o el texto será de color negro y colocados en el centro de la señal, pero no debe sobreponerse a la barra inclinada roja. Se recomienda que el color rojo cubra por lo menos el 35% del área de la señal.
SEÑALES DE OBLIGACIÓN.- El color de fondo será azul el símbolo de seguridad o el texto será de color blanco y colocado en el centro de la señal. El color azul debe cubrir por lo menos el 50% del área de la señal. SEÑALES DE PREVENCIÓN O ADVERTENCIA.- El color de fondo será amarillo, franja triangular negra; el símbolo de seguridad o el texto será de color negro y colocado en el centro de la señal. El color amarillo debe cubrir por lo menos el 50% de la señal. SEÑALES DE INFORMACIÓN.- El color de fondo será verde, el símbolo de seguridad o el texto será de color blanco y colocado en el centro de la señal. La forma de la señal debe ser un cuadrado o rectángulo de tamaño adecuado para insertar el símbolo o texto de seguridad. El fondo verde debe cubrir por lo menos el 50% del área de la señal.
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ART: 83.- SÍMBOLOS MÁS COMUNES DE SEGURIDAD Y SIGNIFICADO 1.- SEÑALES DE PROHIBICION
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PROHIBIDO FUMAR
PROHIBIDO EL PASO
NO CORRER
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2.- SEÑALES DE OBLIGACIÓN
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USO OBLIGATORIO DE CASCO
USO OBLIGATORIO DE PROTECCIÓN
AUDITIVA.
USO OBLIGATORIO DE PROTECCIÓN OCULAR
USO OBLIGATORIO DE GUANTES
USO OBLIGATORIO DEL ARNÉS DE
SEGURIDAD
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3.- SEÑALES DE PRECAUCIÓN
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ADVERTENCIA DE RIESGO ELÉCTRICO
PRECAUCIÓN SUSTANCIA TOXICA
PRECAUCIÓN SUSTANCIAS CORROSIVAS
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4.- SEÑALES PARA EQUIPO A UTILIZAR EN CASO DE INCENDIO
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UBICACIÓN DE UN EXTINTOR
UBICACIÓN DE UN EQUIPO DE
CONTRAINCENDIOS
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5.- SEÑALES QUE INDICAN UBICACIÓN DE SALIDAS DE EMERGENCIA Y DE PRIMEROS AUXILIOS
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UBICACIÓN DE UNA ESCALERA DE EMERGENCIA
UBICACIÓN DE UNA SALIDA DE
EMERGENCIA
INDICACIÓN DE LA VÍA DE SALIDAD DE EMERGENCIA
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Art. 84.- IDENTIFICACIÓN DE PRODUCTO Los productos almacenados en tanques y transportados por tuberías se han dividido, para efectos de identificación en trece categorías, a cada una de las cuales se les asigna un color específico (Norma INEN 440) según la Tabla siguiente: En la identificación del producto, debe constar el número que indique la categoría del producto y además especificar con la segunda cifra la naturaleza exacta del fluido.
CLASIFICACIÓN DE PRODUCTOS
PRODUCTO
IDENTIFICACIÓN CODIGO DE COLORES DE PETROECUADOR SH - 010
MUESTRA
Vacío
Gris-acero 02
Agua Verde de seguridad 24
Vapor de Agua
Gris-plata 04
Aire
Azúl de seguridad 29
Gases Combustibles
Amarillo obscuro 17
Gases No Combustibles
Crema obscuro 21
Ácidos y Corrosivos
Anaranjado 14
Álcalis Violeta 31
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Líquidos Combustibles
Café 12
Líquidos No Combustibles
Durazno 09
Agua o Vapor para uso contraincendios
Rojo de seguridad 10
Gas Licuado Petróleo
Blanco 05
Espuma Contra Incendio
Amarillo 18
NOTA.- GLP en estado gaseoso se identifica con el color amarillo; en estado líquido con el color blanco.
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ART.85.- COLORES PARA RÓTULOS DE PELIGRO Y SÍMBOLOS DE SEGURIDAD Los colores para los rótulos de peligro y símbolos de seguridad, se aplicará de conformidad a lo señalado en la Norma INEN 2266:2009 Anexo E.
DEFINICIÓN DE LOS COLORES DE IDENTIFICACIÓN
COLOR
PANTONE MUESTRA
Verde 361
Blanco W
Negro Negro O 419
Amarillo
1 09
Rosa Intenso
198
Azul
299
Anaranjado
152
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Art. 86.- CLASIFICACIÓN DE RIESGOS La clase de riesgos de los materiales peligrosos está indicado tanto por su número de clase (o división) o por nombre, el mismo que debe aparecer en los tanques de almacenamiento y autotanques que transportan líquidos combustibles e inflamables, observando a su vez lo establecido en la norma INEN 22:66:2009 Los Códigos de Identificación de Riesgos “Números de Riesgo” serán los establecidos según la Identificación de las Naciones Unidas y se ubicarán en un panel naranja.
PRODUCTO CLASE DE PELIGRO –
NÚMERO DE DIVISIÓN
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN
DE LAS NACIONES
UNIDAS
Gasolina Super
Clase 3 –Líquido Inflamable
Gasolina Extra
Clase 3 –Líquidos Inflamables
Nafta Base
Clase 3 –Líquidos Inflamables
Jet Fuel (JP1)
Clase 3 –Líquidos Inflamables
Diesel 1
Clase 3 –Líquidos Inflamables
Diesel 2
Clase 3 –Líquidos Inflamables
1203
1203
1203
1863
1202
1202
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Diesel Premium
Clase 3 –Líquidos Inflamables
Gas Licuado de Petróleo (GLP)
Clase 2.1–Gases Inflamables
Petróleo crudo Clase 3 –Líquidos Inflamables
1202
1075
1267