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Red Europea de Consejos de Justicia (RECJ) Réseau européen des Conseils de la Justice (RECJ) Datos de la encuesta de la RECJ sobre la independencia de los jueces 2016-2017 Cofinanciado por el Programa de Justicia de la Unión Europea

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Red Europea de Consejos de Justicia (RECJ)

Réseau européen des Conseils

de la Justice (RECJ)

Datos de la encuesta

de la RECJ

sobre la independencia de

los jueces

2016-2017

Cofinanciado por el Programa de Justicia de la Unión Europea

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Índice

1. Introducción 3

2. Resumen de los resultados de la encuesta 4

3. Metodología y preguntas 6

4. Tasa de respuesta por países y representatividad 9

5. Principales resultados de la encuesta 12

6. Resultados de la encuesta por pregunta en gráficos 15

7. Resultados de la encuesta por pregunta en tablas 33

Esta publicación se ha redactado con el apoyo financiero del Programa de Justicia de la Unión Europea. Los contenidos de esta publicación son responsabilidad exclusiva de la RECJ y no pueden considerarse en ningún modo puntos de vista de la Comisión Europea.

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1. Introducción

En 2013, la RECJ realizó el primer proyecto sobre independencia y rendición de cuentas. El proyecto se centró en el desarrollo de indicadores sobre la independencia y la rendición de cuentas de los poderes judiciales de la UE y el desarrollo de una visión de la RECJ sobre la independencia y la rendición de cuentas.

Desde entonces, la RECJ ha logrado desarrollar una visión normativa sobre la independencia y la rendición de cuentas del Poder Judicial y un marco de análisis que identificaba los elementos básicos de (1) la independencia y (2) la rendición de cuentas del Poder Judicial. Se desarrollaron, probaron y aplicaron una serie de indicadores cuantificables sobre los elementos básicos definidos por el marco en todos los poderes judiciales que participaron en el proyecto.

En la Asamblea General de Roma en 2014, se señaló que nunca se había preguntado a los jueces acerca de su percepción sobre su propia independencia. Esto suponía un punto negro en los indicadores sobre independencia subjetiva, y se decidió redactar una encuesta y realizarla entre los jueces europeos.

La encuesta se realizó en 2015 y los resultados de los indicadores y la encuesta se presentaron a la Asamblea General en 2015. Los datos de la encuesta se han incorporado al Marcador de la Justicia en la UE 2016 (Gráfico 57).1

En 2015/2016 se mejoraron las preguntas de la encuesta. En noviembre de 2016, se realizó la encuesta y

Austria, Croacia, la República Checa, Estonia, Finlandia, Francia y Alemania se unieron a ella por primera

vez, con lo que un total de 11.712 jueces participó en la encuesta. Por otra parte, Montenegro no

participó oficialmente en la encuesta.

1 La RECJ y la Comisión Europea colaboran en algunas partes del Marcador de la Justicia. Los datos utilizados en el apartado 3.3.2

del marcador sobre independencia estructural se recogieron mediante un cuestionario actualizado elaborado por la Comisión Europea en estrecha asociación con la RECJ.

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2. Resumen de resultados de la encuesta

Para recoger los datos acerca de la percepción de los jueces sobre su independencia, la RECJ realizó por segunda vez una encuesta a los jueces de Europa. En esta ocasión, participaron un total de 11.712 jueces de 26 países. En la primera ocasión en 2013-2014, fueron 5.878 jueces de 20 países. La encuesta se realizó a finales de 2016. Se pedían ciertos datos personales de los encuestados: el sexo y la experiencia. El género no tuvo impacto en la puntuación sobre independencia de los jueces en el país. El impacto del género en las opiniones sobre aspectos concretos de la independencia también es limitado, aunque hay diferencias entre países y algunos de ellos destacan. El impacto de la experiencia es escaso por norma general, pero es considerable en ciertos países. Hay una tendencia general a que los jueces con más experiencia otorguen una puntuación más alta a su independencia que los jueces con menos experiencia.

Las principales conclusiones son las siguientes:

(1) Sobre la percepción global de independencia, en una escala de 10 puntos los encuestados otorgan a la independencia de los jueces en su país entre 6,5 y 10 de media por país. Cinco países obtienen puntuaciones entre 6,5 y 7.

(2) Cuando los jueces sufren presiones inadecuadas, las tres respuestas más repetidas sobre quién ejerce esas presiones son: la dirección del tribunal, incluido el presidente del tribunal (25%), seguida de cerca por las partes en litigio (24%) y sus abogados y a mayor distancia por los medios de comunicación (16%).

(3) En cuanto a la frecuencia de los sobornos, podemos distinguir tres categorías de poderes judiciales: (1) poderes judiciales en los que la práctica totalidad de los jueces creen que no se aceptan sobornos; (2) poderes judiciales en los que un pequeño porcentaje (menos del 4%) de los jueces cree que se aceptan sobornos, y un 10 - 20% no está seguro de si se aceptan sobornos o no: y (3) poderes judiciales en los que un mayor porcentaje de jueces cree que existen sobornos y mucho más del 20% (hasta el 55%) no tiene claro si se aceptan sobornos o no.

(4) Las decisiones sobre nombramiento y promoción de los jueces son cuestiones cruciales, con un 22% de los jueces (media de todos los países) que cree que las decisiones sobre nombramiento no se basan en los méritos y la experiencia, y un 38% que cree que ocurre lo mismo con las decisiones sobre promoción.

(5) El impacto de los medios de comunicación sobre las decisiones de los jueces es elevado en la mayoría de los países y va en aumento. La influencia de las redes sociales es mucho menor que la de los medios de comunicación tradicionales, pero va en aumento en prácticamente todos los países.

(6) Un 22% de todos los jueces participantes siente que el gobierno y el parlamento no respetan al poder judicial, con un 34% que opina lo mismo de los medios de comunicación tradicionales. Las diferencias entre distintos poderes judiciales son muy grandes. El respeto o la falta del mismo mostrado en las redes sociales suele verse como algo menos problemático.

(7) De media, el 33% de los jueces no cree que el Consejo del Poder Judicial cuente con mecanismos y procedimientos adecuados para defender eficazmente la independencia judicial.

(8) Se preguntó a los jueces qué medida contribuiría mayormente al incremento de la independencia del Poder Judicial en su país. Las respuestas fueron muy coherentes: la más repetida fue mejores condiciones de trabajo en lo relativo a la carga de trabajo, con mejores condiciones de trabajo en lo relativo a la remuneración, incluidas las pensiones y la edad de jubilación, en segundo lugar, y el nombramiento y promoción de jueces basados en la aptitud y la experiencia en tercer lugar.

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3. Metodología y preguntas

En el marco del proyecto sobre independencia, rendición de cuentas y calidad del Poder Judicial, se realizó por segunda vez una encuesta a los jueces de Europa. En esta ocasión, participaron en total 11.712 jueces de 26 países, frente a los solo 5.878 jueces de 20 países que lo hicieron en 2015. La encuesta se realizó a finales de 2016. Puede solicitar que le facilitemos los datos en bruto de la encuesta enviando un correo electrónico a [email protected].

3.1 Metodología

Se envió la encuesta a todos los miembros y observadores de la RECJ. Todos los miembros y observadores que deseaban participar remitieron una carta de presentación y recomendación del presidente de la RECJ a los jueces de sus circunscripciones. La carta incluía un enlace a la página web de la RECJ, donde estaba colgada la encuesta. Los encuestados podían cumplimentar la encuesta en línea de forma anónima. Se les pedía que especificasen el país en que ejercían como jueces. Cada consejo del poder judicial podía decidir libremente si traducía o no la carta de presentación y la propia encuesta. Los jueces podían cumplimentar la encuesta en cualquier idioma al que se hubiese traducido la encuesta.

La mayoría de los consejos del poder judicial pudieron remitir la carta de presentación directamente a los jueces, otros consejos del poder judicial tuvieron que remitir la carta al presidente del tribunal, que a su vez la distribuía entre los jueces de su tribunal. Algunos consejos del poder judicial contaron con el apoyo de la asociación de jueces de su país. La encuesta iba dirigida únicamente a los jueces profesionales.

3.2 Redacción de la encuesta y preguntas

La encuesta estaba redactada de modo que se pidiese a los jueces una evaluación general de su

independencia tal como la percibían para proporcionar los datos del indicador, pero también analizaba

distintos aspectos de la independencia de modo exhaustivo. Además, se les preguntaban ciertos datos

personales (sexo y experiencia). Las preguntas eran fundamentalmente las mismas que en la primera

ocasión, solo se añadieron las recién citadas preguntas sobre datos personales, una pregunta sobre la

idoneidad de los mecanismos con que contaban los consejos del poder judicial para defender la

independencia del poder judicial y una pregunta sobre las posibilidades de mejorar la independencia.

Como se explicó en el informe del año pasado, se han realizado asimismo ciertos cambios textuales. La

encuesta contenía las siguientes preguntas y afirmaciones.

1.1 Durante los dos últimos años, he sido objeto de presiones inadecuadas para que resuelva un asunto de cierta manera.

1.2 Si está de acuerdo o muy de acuerdo con 1.1, ¿cuál ha sido la frecuencia de dichas presiones?

1.3 Si está de acuerdo o muy de acuerdo con 1.1, ¿por parte de quién? Posibilidades que se ofrecen: Las partes en litigio y sus abogados, el Gobierno, el Parlamento, otros jueces (incluidas las asociaciones de jueces), la dirección del tribunal (incluido el presidente del tribunal), el Consejo del Poder Judicial, el Tribunal Supremo, el tribunal Constitucional, los medios de comunicación, las redes sociales.

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2.1 En mi país, creo que durante los últimos dos años ciertos jueces han aceptado sobornos como incentivo para resolver un asunto o asuntos de cierta manera.

2.2 Si está de acuerdo o muy de acuerdo con 2.1, ello ocurrió en contadas excepciones, ocasionalmente o regularmente.

3a. Durante los dos últimos años, he sido amenazado con medidas disciplinarias o de otro tipo, o las he sufrido de forma real, por el modo en que he resuelto un asunto.

3b. Durante los dos últimos años, mis resoluciones o actuaciones han sido directamente objeto de una demanda, o de amenaza de demanda, por responsabilidad personal.

4. Creo que, durante los dos últimos años, se han asignado asuntos a jueces a los que no les correspondían según las normas establecidas o procesales con objeto de influir en el resultado de ese asunto concreto.

5a. Creo que en mi país se han nombrado jueces sin basarse en la aptitud ni la experiencia durante los dos últimos años.

5b. Creo que en mi país se ha promovido a jueces sin basarse en la aptitud ni la experiencia durante los dos últimos años.

6. Creo que en mi país, durante los dos últimos años, las resoluciones o actuaciones de ciertos jueces se han visto influidas directamente por la actuación real, o anticipada, de los medios de comunicación (por ejemplo, prensa, televisión o radio).

7. Creo que en mi país, durante los dos últimos años, las resoluciones o actuaciones de ciertos jueces se han visto influidas directamente por la actuación real, o anticipada, de las redes sociales (por ejemplo, Facebook, Twitter o LinkedIn).

8. Durante los dos últimos años, creo que mi independencia como juez ha sido respetada por los siguientes actores 8(a) a 8(i) (la lista coincide con la del apartado 1).

8j. Creo que en mi país el Consejo del Poder Judicial cuenta con los mecanismos y procedimientos idóneos para defender eficazmente la independencia del poder judicial.

9.1 Durante los dos últimos años, se han producido cambios negativos en mis condiciones de trabajo en lo relativo a (posible respuesta múltiple): (A) la remuneración, (b) las pensiones, (c) la edad de jubilación, (d) la carga de trabajo y (e) los recursos del tribunal. Se ofreció asimismo la siguiente opción: (f) el traslado a otra función, sección o tribunal.

9.2 Creo que los cambios que se han producido en mis condiciones de trabajo relacionadas con los ámbitos indicados en 9.1 han afectado directamente a mi independencia (posible respuesta múltiple).

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10. Durante los dos últimos años, me he visto obligado a tomar decisiones de acuerdo con directrices elaboradas por jueces de mi categoría.

11. Durante los dos últimos años, la dirección de mi tribunal ha ejercido presiones sobre mí para resolver asuntos concretos de cierta manera.

12. Durante los dos últimos años, la dirección de mi tribunal ha ejercido presiones inadecuadas sobre mí para resolver asuntos concretos en un plazo determinado.

13. En una escala de 0 a 10 (en que 0 significa "ninguna independencia en absoluto" y 10 significa "el mayor grado posible de independencia"), los jueces profesionales de mi país gozan/no gozan de ninguna independencia en absoluto o de total independencia.

14. En una escala de 0 a 10 (en que 0 significa "ninguna independencia en absoluto" y 10 significa "el mayor grado posible de independencia"), como juez, no me siento independiente en absoluto o me siento totalmente independiente.

15. Desde su punto de vista, ¿qué contribuiría en mayor medida a la mejora de la independencia de los jueces en su país? Opciones:

- La disminución de la corrupción judicial

- Menor uso de (la amenaza de) medidas disciplinarias por las autoridades judiciales

- Menor uso de (la amenaza de) demandas por responsabilidad personal por las partes en litigio

- Un sistema más objetivo de asignación de asuntos a los jueces

- Un nombramiento y promoción de jueces basado estrictamente en la aptitud y la experiencia

- Menos presión por parte de los medios de comunicación

- Menos presión por parte de las redes sociales

- Menos directrices por parte de los jueces de mi categoría

- Menos presión por parte de la dirección del tribunal para resolver asuntos de cierta manera

- Menos presión por parte de la dirección del tribunal para resolver asuntos en un plazo determinado

- Mejores condiciones de trabajo en lo relativo a la remuneración, incluidas las pensiones y la edad de jubilación

- Mejores condiciones de trabajo en lo relativo a la carga de trabajo

- Mejores condiciones de trabajo en lo relativo a los recursos del tribunal

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4. Tasa de respuesta por países y representatividad

El siguiente gráfico ofrece una visión de conjunto de las respuestas de los jueces que recibieron la

encuesta en los países participantes. Los países están clasificados de menor a mayor tasa de respuesta.

*Número de jueces basado en los datos de la CEPEJ del total de jueces profesionales 2014.

La tasa de respuesta varía del 4 por ciento en Francia al 61 por ciento en Noruega. La tasa de respuesta promedio de todos los países participantes es del 24 por ciento.

El número absoluto de respuestas por país es importante para la representatividad de los resultados de la

encuesta. Aunque la tasa de respuesta de un país sea baja, los resultados pueden ser válidos. En

comparación, las encuestas a la población suelen abarcar una porción muy pequeña de la población, y sin

embargo son válidos. La única condición es que la respuesta no sea selectiva, es decir, que los jueces

encuestados no difieran claramente de los no encuestados en aspectos relevantes para los resultados de

la encuesta. Esto debe tenerse en cuenta cuando la tasa de respuesta no esté cercana al 100%. El gráfico

muestra el número de jueces encuestados por país, clasificados por número.

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El número de jueces encuestados varía de los escasos 40 de Albania a los numerosos 3.017 de Alemania. El “intervalo de confianza” de los resultados de los países con un número de encuestados reducido (especialmente Albania, Irlanda y Estonia) será relativamente amplio. En la mayoría de los países, el número es lo bastante elevado para distinguir las diferencias significativas que pueden verificarse estadísticamente utilizando los datos que pueden facilitarse previa petición por correo electrónico a [email protected] .2

Características de los encuestados

La encuesta pedía a los encuestados que indicasen su sexo y experiencia. Los datos figuran en los siguientes gráficos. La ratio promedio mujer/hombre es exactamente del 50%, aunque las diferencias entre países son considerables.

La mayoría de los encuestados son jueces con mucha experiencia. De media, solo el 17% había ejercido de

0 a 5 años como juez, mientras que el 65% lo había hecho durante más de 10 años. Las diferencias entre

países son considerables. Solo los participantes irlandeses indicaron una experiencia relativamente escasa

(el 47% ha trabajado de 0 a 5 años).

2 Para cada pregunta, puede establecerse qué puntuaciones en porcentaje difieren. Por ejemplo, considerablemente negativo

frente a la puntuación media de todos los países participantes. Cuando las respuestas se expresan en puntuaciones en

porcentaje, puede calcularse si la puntuación de un país (por ejemplo, a un nivel del 5%) es considerablemente superior a la

puntuación media de todos los países. La desviación típica estimada se basa en la de una distribución de probabilidad binomial

que utilice la puntuación en porcentaje total de los países y el número de jueces encuestados de un país. Cuando las respuestas

se expresan en puntuaciones medias (preguntas 13 y 14), es posible calcular si tal puntuación de un país es considerablemente

inferior a la puntuación media total de todos los países mediante una prueba t. La desviación típica estimada se basa en los datos

individuales de todos los países y el número de jueces encuestados de un país. Para evitar análisis técnicos, dichos cálculos no se

presentan aquí.

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Como se analizará posteriormente, el impacto del género y la experiencia es limitado.

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*El 2.9% de los encuestados no respondieron a la pregunta

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5. Principales resultados de la encuesta

En este apartado, los resultados de la encuesta se presentan en tablas por pregunta de la encuesta para todos los países participantes. De este modo, los datos se exponen de manera concisa, ya que pueden consultarse de un vistazo las opiniones de 11.712 jueces europeos sobre cada asunto. Además de los resultados por cada país, los resultados promedio de todos los países se indican en todas las tablas. Aquí no se presentan las medias de todos los jueces, ya que los poderes judiciales que cuenten con más jueces prevalecerían en los resultados.

Antes de expresarlos en las tablas, se sintetizan los resultados. En esta síntesis, los resultados promedio corresponden a las medias de todos los países, como se acaba de explicar. Donde se observen cambios, se realiza una comparación con la anterior encuesta.

Percepción global de independencia

En una escala de 10 puntos, los jueces otorgan a la independencia de los jueces en su país entre 6,5 y 10 de media por país. Cinco países, todos en Europa del Este, obtienen puntuaciones entre 6,5 y 7. Dichos países van desde Albania hasta Letonia. Las puntuaciones de seis países se sitúan entre 9 y 10. Son el Reino Unido, Irlanda, los Países Bajos y los países escandinavos (excepto Suecia).

Dichos resultados coinciden con el resultado de que la inmensa mayoría de jueces de Europa no sufren presiones inadecuadas. El 7% de los jueces alega presiones inadecuadas (el 1% regularmente, el 3% ocasionalmente y el 3% en contadas excepciones). Los porcentajes iguales o superiores al 10% se dan en Albania (24%), Croacia (12%), Lituania (12%), Letonia (11%) y España (10%). En otros países, los porcentajes son muy inferiores, con Dinamarca con los más bajos en el 2%. Por supuesto, el hecho de que los jueces sufran presiones inadecuadas no significa que cedan a dichas presiones.

Cuando los jueces sufren presiones inadecuadas, las tres respuestas más repetidas sobre quiénes ejercen dichas presiones son: (1) la dirección del tribunal, incluido el presidente del tribunal (25%), seguida de cerca por (2) las partes en litigio (24%) y sus abogados y, a mayor distancia, por (3) los medios de comunicación (16%).

Corrupción

En cuanto a la frecuencia de los sobornos, podemos distinguir tres categorías de poderes judiciales. (1) Poderes judiciales en los que la práctica totalidad de los jueces creen que no se aceptan sobornos. Esos países son Dinamarca, Finlandia, Irlanda, los Países Bajos, Noruega, Suecia y el Reino Unido. (2) Poderes judiciales en los que un pequeño porcentaje de los jueces (menos del 4%) cree que se aceptan sobornos, y un 10 - 20% no está seguro de si se aceptan sobornos o no. Austria, Bélgica, Estonia, Francia, Alemania, Portugal y Polonia pertenecen a esta categoría. Y (3) poderes judiciales en los que un mayor porcentaje de jueces cree que existen sobornos y mucho más del 20% (hasta el 55%) no tiene claro si se aceptan sobornos o no. El hecho de que los jueces no estén seguros de la existencia de sobornos es, por sí solo, una mala señal. El lado positivo es que, cuando los jueces creen que existen sobornos, rara vez piensan que se producen regularmente.

Aspectos internos

En cuanto a los aspectos internos, la asignación de asuntos y las medidas disciplinarias destacan en la encuesta. El 10% o más de los jueces de 7 países opinan que la asignación de asuntos se utiliza para influir en el resultado de los asuntos. Hay más jueces que opinan que las medidas disciplinarias se usan para influir en las resoluciones judiciales que en la anterior encuesta de hace dos años, pero aún no es algo generalizado. Como hace dos años, la influencia de la dirección en el modo en que se resuelven los asuntos es mínima.

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Influencia de la dirección y los compañeros

Mientras que la influencia de la dirección y los compañeros es negativa desde el punto de vista de la independencia, puede ser positiva desde otros puntos de vista, como la aplicación de la ley en un plazo adecuado y de modo uniforme. En muchos poderes judiciales, los jueces sufren presiones de la dirección para que tramiten los asuntos con rapidez.

En la encuesta de 2017, se introdujo la palabra “inadecuadas” en la afirmación correspondiente de la encuesta de 2015. Ahora reza: “Durante los dos últimos años, la dirección de mi tribunal ha ejercido presiones inadecuadas sobre mí para resolver asuntos concretos en un plazo determinado.” Este cambio introduce de manera inadvertida un matiz interesante en la opinión de los jueces. Mientras que en 2015 el 35% de los jueces de media (en todos los países) estaban de acuerdo con la afirmación, en 2017 solo el 15% se mostraron de acuerdo. En los Países Bajos, la puntuación bajó del 44 al 5% y en Dinamarca del 23 al 3%. En otros países, la bajada fue menos pronunciada, y en ciertos países prácticamente no se produjo (por ejemplo, en España bajó del 26 al 25% y en Italia del 23 al 20%). Según parece, muchos jueces no consideran inadecuadas las presiones para resolver asuntos en un plazo determinado.

Nombramiento y promoción

Las decisiones de nombramiento y promoción de los jueces son cuestiones cruciales. Muchos jueces creen que las decisiones de nombramiento no se basan en los méritos ni la experiencia. Destacan España (65% de los jueces), Francia (50%) y Serbia (48%). Solo en Dinamarca y los Países Bajos son muy pocos los jueces que creen que sea el caso (menos del 5%).

La situación frente a la promoción es aún peor en la mayoría de los países, siendo los extremos España (70%) y Francia (60%). De media, el 38% frente al 22% de los jueces tienen esa opinión sobre la promoción y el nombramiento. Solo cinco países obtienen puntuaciones inferiores al 10% sobre la promoción, con Dinamarca como único país con un porcentaje inferior al 5%.

Impacto de las redes sociales

El impacto de las redes sociales sobre las decisiones de los jueces es elevado en la mayoría de los países y va en aumento. Solo en Escandinavia, los Países Bajos y el Reino Unido, un porcentaje bastante inferior al 10% de los jueces no cree que exista dicho impacto. En otros países, ese porcentaje es más elevado: por ejemplo, en Alemania y la República Checa (20%), Francia, España y Polonia (40%) e Italia y Croacia (60%). La influencia de las redes sociales es mucho menor que la de los medios de comunicación tradicionales, pero va en aumento en prácticamente todos los países. Se considera que existe una gran influencia en Italia y Croacia.

Condiciones de trabajo e independencia

Se preguntó asimismo a los jueces sobre los cambios en sus condiciones de trabajo que afectaban negativamente a su independencia. Como en la primera encuesta, la remuneración, la carga de trabajo y los recursos del tribunal suponen una preocupación. La situación es esencialmente la misma. En cuanto a la remuneración, la situación ha variado. En bastantes países, la remuneración supone un problema, especialmente en Letonia, pero también en España, Portugal, Irlanda, Bulgaria, Serbia, Albania, Eslovenia, Lituania y, en menor medida, el Reino Unido. En otros países, no es precisamente una preocupación.

La carga de trabajo y los recursos del tribunal suponen una grave preocupación en muchos países. Solo en los Países Bajos y algunos países escandinavos, un porcentaje bastante inferior al 10% de los jueces cree que estos aspectos afectan a su independencia. Francia y España destacan en el otro extremo del espectro.

Conviene señalar que el traslado de jueces no supone una preocupación, salvo en Albania, Croacia y Serbia.

Respeto al Poder Judicial

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El 22% de todos los jueces participantes siente que el gobierno y el parlamento no respetan al poder judicial, y un 34% opina lo mismo de los medios de comunicación. La opinión sobre el gobierno y el parlamento suele ser la misma. Las diferencias entre distintos poderes judiciales son muy grandes. En Polonia, el 75% de los jueces no se sentía respetado por el gobierno, en Bulgaria el 55% y en el Reino Unido, Italia y Albania el 40%. En Alemania, Austria, Escandinavia y los Países Bajos, ese porcentaje se sitúa muy por debajo del 10%. Las variaciones a lo largo del tiempo pueden ser grandes, pero no necesariamente negativas. Por ejemplo, en Italia el porcentaje bajó del 70% hace dos años al 38%, y en Eslovaquia del 48% al 17%.

En cuanto a los medios de comunicación, las respuestas coinciden con las respuestas sobre el impacto de los medios de comunicación sobre las resoluciones antes analizadas. Esta cuestión preocupa especialmente en Polonia, el Reino Unido, Lituania y Bulgaria, donde aproximadamente el 60% de los encuestados no se siente respetado. En Alemania, la República Checa y Austria, ese porcentaje aún asciende al 20%.

El respeto o la falta del mismo mostrado en las redes sociales suele verse como algo menos problemático, pero en el Reino Unido, Polonia, Bulgaria y Lituania el 50% de los jueces, y en un gran número de países, como Alemania y los Países Bajos, el 30% de los jueces no se siente respetado.

Mecanismos con que cuentan los consejos del poder judicial para defender la independencia judicial

De media, el 33% de los jueces no cree que el Consejo del Poder Judicial cuente con mecanismos y procedimientos idóneos para defender eficazmente la independencia judicial. En Polonia, ese porcentaje es del 71%, mientras que en España asciende al 62%, en Portugal al 50%, en Rumanía al 44% y en Irlanda al 43%. En Francia, el porcentaje es del 37%, y en Italia del 32%. Solo en Dinamarca, los Países Bajos y Noruega el porcentaje se sitúa entre el 11 y el 15%.

Posibilidades de mejora

En esta ocasión, la pregunta que se formuló fue qué medida contribuiría mayormente al incremento de la independencia del Poder Judicial en el país del encuestado. Se pedía a los encuestados que indicasen los tres puntos más importantes.

Las respuestas fueron muy coherentes. La más repetida fue mejores condiciones de trabajo en lo relativo a la carga de trabajo (6.575 veces), con mejores condiciones de trabajo en lo relativo a la remuneración, incluidas las pensiones y la edad de jubilación, en segundo lugar (5.737) y el nombramiento y promoción de jueces basados en la aptitud y la experiencia en tercer lugar (5.241). A esos puntos les seguían las condiciones de trabajo en lo relativo a los recursos del tribunal (4.748) y menos presión por parte de los medios de comunicación (3.917). Los demás aspectos se mencionaron con menos frecuencia (menos de 1.800 veces).

Impacto del género y la experiencia

Como ya se ha dicho, pedimos asimismo ciertos datos personales de los encuestados: el sexo y la experiencia.

El género no tuvo impacto en la puntuación sobre independencia de los jueces en el país (la media de todos los países fue de 8,4 para los jueces y 8,3 para las juezas). El impacto del género en las opiniones sobre aspectos concretos de la independencia también es limitado, aunque hay diferencias entre países y algunos de ellos destacan, sobre todo Albania. Por ejemplo, en Albania las mujeres discrepan mucho más que los hombres con que el nombramiento de los jueces se base exclusivamente en el mérito y la experiencia. En general, los hombres son más críticos, por ejemplo con las condiciones de trabajo. El impacto de la experiencia es escaso por norma general, pero es considerable en ciertos países. Hay una tendencia general a que los jueces con más experiencia otorguen una puntuación más alta a su independencia que los jueces con menos experiencia (puntuación de 9,2 frente al 8,8 de los jueces con menos experiencia de media para todos los países).