cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en...

22
24/05/2012 1 Cuando la experiencia es creativa Mayo 22, 2012 PROTECCION DEL DERECHO AL TRABAJO Y DERECHOS CONEXOS EN EL REGIMEN LABORAL PÚBLICO ESCUELA DEL MINISTERIO PÚBLICO PROTECCION DEL DERECHO AL TRABAJO Y DERECHOS CONEXOS EN EL REGIMEN LABORAL PÚBLICO (SERVICIO CIVIL) ESCUELA DEL MINISTERIO PÚBLICO •Situación del Empleo Público •Marco Constitucional del Empleo Público •Temas laborales de contexto •Contratación laboral •Acuerdos comerciales internacionales con contenido laboral •Regímenes legales •Ley de la carrera administrativa •Régimen laboral de la actividad privada Sesión III Sesión I Sesión II 2 •Regímenes legales •CAS, legislación y jurisprudencia Sesión III

Upload: others

Post on 01-Nov-2019

4 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

1

Cuando la experienciaes creativa

Mayo 22, 2012

PROTECCION DEL DERECHO AL TRABAJO Y DERECHOS CONEXOS EN EL REGIMEN LABORAL PÚBLICO

ESCUELA DEL MINISTERIO PÚBLICO

PROTECCION DEL DERECHO AL TRABAJO Y DERECHOS CONEXOS EN EL REGIMEN LABORAL PÚBLICO

(SERVICIO CIVIL)

ESCUELA DEL MINISTERIO PÚBLICO

•Situación del Empleo Público•Marco Constitucional del Empleo Público•Temas laborales de contexto•Contratación laboral

•Acuerdos comerciales internacionalescon contenido laboral•Regímenes legales

•Ley de la carrera administrativa•Régimen laboral de la actividadprivada

Sesión III

Sesión I

Sesión II

2

•Regímenes legales•CAS, legislación y jurisprudencia

Sesión III

Page 2: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

2

ESCUELA DEL MINISTERIO PÚBLICO

PROTECCION DEL DERECHO AL TRABAJO Y DERECHOS CONEXOS EN EL REGIMEN LABORAL PÚBLICO

(SERVICIO CIVIL)

ESCUELA DEL MINISTERIO PÚBLICO

•Ley Marco del Empleo Público, legislación yjurisprudencia•SERVIR y su ámbito de aplicación. Cuerpo degerentes públicos•Tribunal del Servicio Civil

•Temas laborales:•Seguridad y salud en el trabajo•Jornada de trabajo•Facultad sancionadora delempleador

Sesión VI

Sesión IV

Sesión V

3

•Temas laborales:•Remuneración y efectos laborales ytributarios•Ius variandi: facultad de cambiarcondiciones de trabajo

•Proyecto de Ley General de Trabajo

Sesión VI

Cuando la experienciaes creativa

Facultad sancionadora del empleador

4

Page 3: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

3

Cuando la experienciaes creativa

El Despido

5

Área Laboral

Principio de Continuidad

El contrato de trabajo es un contrato de tracto sucesivo, es decir, la l ió l b l t di t l li ió i t tá d i t relación laboral no se agota mediante la realización instantánea de cierto

acto, sino que dura en el tiempo.

Tendencia del derecho del trabajo a atribuirle la más larga duración posible a la relación laboral.

Principal expresión: resistencia a que el empleador interrumpa la relación por su simple voluntad.po u p o u ad

Si una empresa ha sido creada para realizar sus actividades y cumplir sus objetivos en un plazo indeterminado, igual debería suceder con los trabajadores, salvo que renuncien.

Page 4: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

4

Área Laboral

Protección contra el despido arbitrario

Definición de despido.- forma de extinción de la relación laboral por d i ió il t l d l l ddecisión unilateral del empleador

Tratamiento Constitucional y Legal:

Art. 27° de la Constitución Política del Perú de 1993: “La ley otorga al trabajador adecuada protección contra el despido arbitrario” (no reconoce estabilidad laboral absoluta).

Adecuada protección: (i)Regla general - tutela resarcitoria (indemnización); (ii) Excepción – tutela restitutoria (reposición).

Área Laboral

Protección contra el despido arbitrario

Requisitos para gozar de la protección:

a) Encontrarse sujeto al régimen laboral de la actividad privada. ) j g pb) No solo ampara a trabajadores contratados a plazo indeterminado sino

también a aquellos cuya relación sea a plazo determinado (contratossujetos a modalidad)

c) Haber superado el período de prueba (regla general 3 meses,trabajadores de confianza 6 meses y personal de dirección 1 año).

d) Cumplir una jornada no menor a 4 horas diarias por semana.

No están protegidos los trabajadores en régimen de tiempo parcial, pues no cumplen con el requisito de la jornada mínima de 4 horas.

Page 5: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

5

Área Laboral

Despido arbitrario

Clases:

Incausado.- falta de causalidad del despido, es decir, cuando eldespido verbal o escrito se ha dado sin expresión del motivo o causadespido, verbal o escrito, se ha dado sin expresión del motivo o causalegal ó sin que exista causa justa prevista en la ley.

Causado pero no probado.- se invocan las causas efectivamenterecogidas en la ley pero no se logran probar.

Despido de hecho.- aquél en que se prescinde de todos los requisitosformales de ley, en la mayoría de los casos se configura mediante elimpedimento de ingreso del trabajador a su centro de trabajo. “Lap g j jAutoridad Administrativa de Trabajo (...) prestará su concurso paraverificar el despido arbitrario que se configure por la negativainjustificada del empleador de permitir el ingreso del trabajador alcentro de labores, lo que se hará constar en el acta correspondiente”, eltrabajador puede recurrir también a la policía

Área Laboral

Despido arbitrario

Nueva doctrina constitucional:

El artículo 34° de la LPCL establece como única reparación para eldespido arbitrario el pago de una indemnización, siendo que lap p g , qreposición sólo procederá en caso de que el despido adolezca de nulidad.

La jurisprudencia en materia de amparo del Tribunal Constitucional (TC)ha variado este criterio, sosteniendo que el despido arbitrario al lesionarderechos fundamentales trae como consecuencia la reposición deltrabajador, salvo que éste haya cobrado la indemnización por despidoarbitrario.

L t d t d t i ió d it i l t l Los antecedentes de esta variación de criterio los encontramos en lasentencia de 11 de julio de 2002 (Acción de Amparo seguido por elFETRATEL contra Telefónica del Perú y Telefónica Perú Holding)(Expediente N°1124-2001-AA/TC), habiéndose consagrado la nuevadoctrina con las sentencias de 13 de marzo de 2003 (caso LlanosHuasco) y de 28 de noviembre de 2005 (caso Baylón Flores).

Page 6: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

6

Área Laboral

Despido arbitrario

De manera general el criterio del TC se sustenta en que el artículo 27°de la Constitución dispone que la protección que debe brindar elderecho de trabajo contra el despido injustificado puede ser a través dela reposición o la indemnización, a elección del trabajador.

Sin embargo, el propio artículo 27° de la Carta delega a la ley la formade protección en caso de despido arbitrario.

Los trabajadores de dirección y confianza no tienen derecho a lareposición (Resoluciones del TC de 19 de abril de 2004 y de 17 defebrero de 2005).

Área Laboral

Causas justas de despido

Clasificación:Clasificación:(i) Relacionadas con la capacidad del trabajador.(ii) Relacionadas con la conducta del trabajador.

Al tratarse de causas justas de despido, no procede indemnizaciónalguna; sin embargo el empleador deberá acreditar fehacientemente lacausa que sustenta el despido.

• Los diferentes subtipos de causas justas de despido, relacionadas conla capacidad o con la conducta del trabajador, se encuentran recogidosen los arts. 23° y 24° LPCL.

Page 7: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

7

Área Laboral

Causas justas relacionadas con capacidad de trabajador

1. Detrimento físico o mental o la ineptitud sobrevenida, determinantepara el desempeño de sus tareas

2. Rendimiento deficiente en relación con la capacidad del trabajador ycon el rendimiento promedio y en condiciones similares.

3. Negativa injustificada del trabajador a someterse a examen médicopreviamente convenido o establecido, determinante de la relaciónlaboral, o a cumplir las medidas profilácticas o curativas prescritaspara evitas enfermedades o accidentes.

Área Laboral

Causas justas relacionadas con conducta de trabajador

Comisión de falta grave.

Definición.- Infracción por el trabajador, tipificada en la ley, de losdeberes esenciales que surgen del contrato de trabajo, de tal índoleque haga irrazonable la subsistencia de la relación laboral.

La facultad disciplinaria del empleador debe ser ejercida observandolos criterios de proporcionalidad y razonabilidad

Corresponde al empleador probar la existencia de la falta grave

Page 8: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

8

Área Laboral

Causas justas relacionadas con conducta de trabajador – falta grave

a. Incumplimiento de las obligaciones de trabajo, que supone elquebrantamiento de la buena fe laboral (cabal o diligente cumplimientoquebrantamiento de la buena fe laboral (cabal o diligente cumplimientodel contrato), la reiterada resistencia a las órdenes relacionadas con laslabores, reiterada paralización intempestiva de labores y lainobservancia del Reglamento Interno de Trabajo o del Reglamento deSeguridad e Higiene Industrial que revistan gravedad

b. Disminución deliberada y reiterada en el rendimiento de las labores odel volumen o de la calidad de producción

c. Apropiación consumada o frustrada de bienes o servicios del empleadoro que se encuentran bajo su custodia, así como la retención outilización indebidas de los mismos, en beneficio propio o de terceros,con prescindencia de su valor

Área Laboral

Causas justas relacionadas con conducta de trabajador – falta grave

d. El uso o entrega a terceros de información reservada del empleador, lasustracción o utilización no autorizada de documentación de lasustracción o utilización no autorizada de documentación de laempresa, la información falsa al empleador con la intención de causarleperjuicio u obtener una ventaja; y la competencia desleal

e. La concurrencia reiterada en estado de embriaguez o bajo influencia dedrogas o sustancias estupefacientes, y aunque no sea reiterada cuandopor la naturaleza de la función o del trabajo revista excepcionalgravedad.

f. Actos de violencia, grave indisciplina, injuria y faltamiento de palabraverbal o escrita en agravio del empleador, de sus representantes, delpersonal jerárquico o de otros trabajadores, sea que se cometan dentrodel centro de trabajo o fuera de él cuando los hechos se derivendirectamente de la relación laboral. Los actos de extrema violencia talescomo toma de rehenes o de locales podrán adicionalmente serdenunciados ante la autoridad judicial competente.

Page 9: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

9

Área Laboral

Causas justas relacionadas con conducta de trabajador – falta grave

g. Daño intencional a los edificios , instalaciones, obras, maquinarias,i d ió i i d á bi dinstrumentos, documentación, materias primas y demás bienes depropiedad de la empresa o en posesión de esta

h. El abandono de trabajo por más de tres días consecutivos, lasausencias injustificadas por más de cinco días en un período de treintadías calendario o mas de quince días en un período de ciento ochentadías calendario, hayan sido o no sancionadas disciplinariamente en cadacaso, la impuntualidad reiterada, si ha sido acusada por el empleador,siempre que se hayan aplicado sanciones disciplinarias previas deamonestaciones escritas y suspensiones

Área Laboral

Causas justas relacionadas con conducta de trabajador

2. Condena penal por delito doloso

Se configura con la existencia de sentencia firme condenatoria pordelito doloso, no culposo, de conocimiento del empleador, salvo que elempleador haya sabido del hecho punible antes de contratar altrabajador.

3. Inhabilitación del Trabajador

Se refiere a aquella inhabilitación cuya duración sea igual o mayor aSe refiere a aquella inhabilitación, cuya duración sea igual o mayor atres meses y que es impuesta al trabajador por autoridad judicial oadministrativa, para el desempeño de las labores que realiza en elcentro de trabajo y que constituye la imposibilidad sobreviniente de queel trabajador pueda seguir realizando sus labores lo que justifica eldespido. Si es por periodo menor, corresponde la suspensión perfecta delas labores.

Page 10: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

10

Área Laboral

Procedimiento previo al despido

Carta de imputación de cargos vinculados a laconducta o de causal relacionada con lacapacidad

Derecho defensa o posibilidad de que eltrabajador demuestre su capacidad

Área Laboral

Trámite del despido

- Exoneración de asistencia

- Reinicio del trámite de despido

- Formalidades del despido (escrito, precisar causa, fecha de cese)

- Facultad del empleador de aplicar diversas sanciones por la comisión de una misma falta

- Principio de inmediatez

Page 11: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

11

Área Laboral

Prueba de la causal de despido

“Ni el despido ni el motivo alegado se deducen o presumen, quien lo acusa debe probarlos.”

Área Laboral

Despido Nulo

Es la excepción en la tutela de la protección que otorga el derechoante el despido. En caso el trabajador demande y logre probar lap j y g pnulidad del despido, debido a que éste está fundado en algunas de lascausales contempladas en el artículo 29° de la LPCL, la tutela queobtendrá es restitutoria, es decir, la reposición en su puesto detrabajo.

Las causales de nulidad de despido responden también al principio detipicidad, de ahí que se le exija al trabajador que la demande queinvoque expresamente y acredite la causal de nulidad.

Las causales de nulidad de despido se encuentran recogidas en elartículo 29° de la LPCL y las precisiones sobre su procedencia en losartículos 47° a 50° Rgto. En todos los supuestos recogidos el motivodel despido lo que está haciendo es vulnerar algún derechofundamental del trabajador.

Page 12: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

12

Área Laboral

Despido Nulo - causales

a) La afiliación a un sindicato o la participación en actividades sindicales

b) Ser candidato a representante de los trabajadores o actuar o haberb) Ser candidato a representante de los trabajadores o actuar o haberactuado en esa calidad

c) Presentar una queja o participar en un proceso contra el empleadorante las autoridades competentes

d) La discriminación por razón de sexo, raza, religión, opinión o idioma

e) El embarazo, si el despido se produce en cualquier momento delperiodo de gestación o dentro de los 90 días posteriores al parto. Sepresume que el despido tiene por motivo el embarazo, si el empleadorno acredita en este caso la existencia de causa justa para despedir.Siempre y cuando el empleador hubiera sido notificadodocumentalmente del embarazo en forma previa al despido y no seenerve la facultad del empleador de despedir por causa justa.

Área Laboral

Derecho de los trabajadores como consecuencia del despido arbitrario

En caso el despido sea arbitrario, y siempre que se haya superado elperiodo de prueba, conforme a la nueva doctrina jurisprudencial del TC,tiene derecho a elección del trabajador a la reposición vía acción detiene derecho, a elección del trabajador, a la reposición vía acción deamparo, pero no al pago de las remuneraciones caídas, que podrán sercobradas total o parcialmente a través de la acción de daños yperjuicios. Si opta por la indemnización, ésta equivale a unaremuneración y media ordinaria mensual por cada año completo deservicios con un máximo de 12 remuneraciones. Las fracciones de añose abonan por dozavos y treintavos, según corresponda.

La acción indemnizatoria excluye la acción de nulidad de despido pero La acción indemnizatoria excluye la acción de nulidad de despido, peropuede demandar adicionalmente cualquier otro derecho o beneficiosocial pendiente.

El cobro de la indemnización por despido arbitrario expresa laconformidad del trabajador de dar por terminada su relación laboral.

Page 13: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

13

Área Laboral

Derecho de los trabajadores como consecuencia del despido arbitrario

En caso el despido sea arbitrario, y siempre que se haya superado elperiodo de prueba, conforme a la nueva doctrina jurisprudencial del TC,tiene derecho a elección del trabajador a la reposición vía acción detiene derecho, a elección del trabajador, a la reposición vía acción deamparo, pero no al pago de las remuneraciones caídas, que podrán sercobradas total o parcialmente a través de la acción de daños yperjuicios. Si opta por la indemnización, ésta equivale a unaremuneración y media ordinaria mensual por cada año completo deservicios con un máximo de 12 remuneraciones. Las fracciones de añose abonan por dozavos y treintavos, según corresponda.

La acción indemnizatoria excluye la acción de nulidad de despido pero La acción indemnizatoria excluye la acción de nulidad de despido, peropuede demandar adicionalmente cualquier otro derecho o beneficiosocial pendiente.

El cobro de la indemnización por despido arbitrario expresa laconformidad del trabajador de dar por terminada su relación laboral.Plazo de caducidad.

Área Laboral

Derecho de los trabajadores como consecuencia del despido arbitrario

Contratos a plazo fijo y personal extranjero:

En ambos casos si luego de vencido el periodo de prueba (art.10°LPCL) el empleador resolviera arbitrariamente el contrato éste deberáabonar al trabajador una indemnización equivalente a unaremuneración y media ordinaria mensual por cada mes dejado delaborar hasta el vencimiento del contrato, con el límite de 12laborar hasta el vencimiento del contrato, con el límite de 12remuneraciones.

Page 14: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

14

Cuando la experienciaes creativa

Remuneración - efectos laborales y tributarios

27

Área Laboral

Remuneración

Constituye remuneración para todo efecto legal:

•el íntegro de lo que el trabajador recibe por susservicios

•en dinero o en especie

•cualquiera sea la forma o denominación que tenga

•de libre disposición

•las sumas de dinero que se entreguen al trabajadordirectamente en calidad de alimentación principal,como desayuno, almuerzo o refrigerio que lo sustituyao cena

Page 15: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

15

Área Laboral

Remuneración

No constituye remuneración:

•Valor de las prestaciones alimentarias otorgadas bajo la modalidadde suministro indirectode suministro indirecto•Gratificaciones extraordinarias o liberalidades, incluyendobonificación por cierre de pliego•Utilidades de la empresa•Costo o valor de condiciones de trabajo•Canasta de navidad o similares•Valor del transporte (asistencia efectiva y razonabilidad)•Bonificación por educación (razonable y sustentado)•Bonificación por cumpleaños, matrimonio, nacimiento de hijos yp p , , j ysimilares. Festividades derivadas de convenios colectivos•Bienes de propia empresa para consumo directo (razonabilidad)•Movilidad, viáticos, gastos de representación, uniformes(razonabilidad y no ventaja patrimonial)•Alimentación como condición de trabajo

Área Laboral

Remuneración

Efectos laborales:

•Gratificaciones legales / bonificación extraordinario•Compensación por tiempo de servicios•Compensación por tiempo de servicios•Remuneración vacacional•Indemnización por despido

Efectos en aportaciones sociales:

•ESSALUD•Sistema privado o público de pensiones•SCTR

Efectos tributarios:

•Impuesto a la renta (5ta categoría)•SENATI, CONAFOVICER

Page 16: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

16

Cuando la experienciaes creativa

IUS VARIANDI

31

Área Laboral

IUS VARIANDI

Por la subordinación, el trabajador presta sus serviciosbajo dirección de su empleador, el cual tiene facultadesj p ,para normar reglamentariamente las labores, dictar lasórdenes necesarias para la ejecución de las mismas, ysancionar disciplinariamente, dentro de los limites de larazonabilidad, cualquier infracción o incumplimiento de lasobligaciones a cargo del trabajador.

El empleador esta facultado para introducir cambios omodificar turnos, días u horas de trabajo, así como laf d lid d d l t ió d l l b d tforma y modalidad de la prestación de las labores, dentrode criterios de razonabilidad y teniendo en cuenta lasnecesidades del centro de trabajo.

Page 17: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

17

Cuando la experienciaes creativa

Proyecto de Ley General de Trabajo

33

ANTECEDENTES

ANTEPROYECTO DE LEY GENERAL DEL TRABAJO 2001 - 2002

CARLOS BLANCAS B.VICTOR FERRO D.

COMISIÓN DE EXPERTOS JAVIER NEVES M.MARIO PASCO C.ALFREDO VILLAVICENCIO R.

DESIGNACIÓN: COMISIÓN DE TRABAJO DEL CONGRESO(LUIS NEGREIROS CRIADO)

ENTREGA JULIO DE 2002 A LA COMISIÓN

34

ENTREGA: JULIO DE 2002 A LA COMISIÓN

MTPS

CONSEJO NACIONAL DEL TRABAJO

Page 18: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

18

ENCARGO A LA COMISIÓN DE EXPERTOS

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 257-2011

CARLOS BLANCAS B.ALFONSO DE LOS HEROS P.

COMISIÓN DE EXPERTOS JAVIER NEVES M.MARIO PASCO C.JAIME ZAVALA C.ALFREDO VILLAVICENCIO R.

DESIGNACIÓN: MTPE

ENTREGA 19 DE ENERO DE 2012

35

ENTREGA: 19 DE ENERO DE 2012

ENCARGO: REVISAR/ACTUALIZAR EL (ANTE)PROYECTO

LINEAMIENTOS

RESPETO DE CONSENSOS

CORRECCIÓN DEFICIENCIAS TÉCNICASLINEAMIENTOS:

CORRECCIÓN DE ERRORES QUE AFECTABANCOHERENCIA

ACLARACIÓN DE DISPOSICIONES AMBIGUAS

EN CONSIDERACIÓN: JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNALCONSTITUCIONALJURISPRUDENCIA DE LA CORTE SUPREMA

36

JURISPRUDENCIA DE LA CORTE SUPREMA

EN 10 AÑOS: CASO LLANOS HUASCO (DESPIDO)CASO BAYLON FLORES (DESPIDO)CASO SERPOST (SECRETO DE COMUNICACIONES)CASO ROSADO ADANAQUE (LIB. DE CONCIENCIA)CASO PORTUARIOS (ARBITRAJE NEG. COLECTIVA)

Page 19: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

19

PRESUNCIÓN DE LABORALIDAD

PRESUNCIÓN DE LABORALIDAD

PRESTACIÓN DE SERVICIO PERSONAL RELACIÓN LABORAL

SALVO PRUEBA EN CONTRARIO

3737

NUEVA LEY PROCESAL DEL TRABAJO (ART. 23)

VARIAS EMPRESAS JURÍDIC. INDEPENDIENTES

Ó

GRUPO DE EMPRESAS

GRUPO DE EMPRESA UNIDAD ECONÓM. O PRODUCT. PERMANENTE

DIRECCIÓN ÚNICA DE CONTENIDO GENERAL

SOLIDARIDAD TRABAJADORES PRESTAN SERVICIOSEN VARIAS EMPRESAS DEL GRUPO,ÉSTAS SON RESPONSABLESSOLIDARIAS

3838

SOLIDARIAS

PRESUNCIONES: ACTIVIDADES DE INTEGRACIÓN ECONÓM. YPRODUCTIVA

RELACIÓN DE DOMINIO ACCIONARIADOACCIONISTAS CON PODER DECISORIO COMUNESÓRGANOS DE DIRECCIÓN CON MISMAS PP.NN.IDÉNTICA DENOMINACIÓN, MARCA O EMBLEMA

Page 20: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

20

TRASPASO EMPRESAS MISMO GRUPO NO AFECTA REMUNERACIÓN, CATEGORÍA NI ANTIGÜEDAD

TRASPASO Y REORGANIZACIÓN

REORGANIZACIÓN TRABAJADORES MANTIENEN DERECHOS (FUSIÓN, ABSORSIÓN, ESCISIÓN)

NOTIFICACIÓN DE LA TRANSMISIÓN A TRABAJADORES O REPRESENTANTES

3939

NOTIFICACIÓN DE LA TRANSMISIÓN A TRABAJADORES O REPRESENTANTES

RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR OBLIGACIONES A LA FECHA DE LA TRANSMISIÓN

ADQUIRENTE RESPONSABLE POR OBLIGACIONES POSTERIORES

DISMINUCIÓN DE LOS SUPUESTOS DE CONTRATACIÓN TEMPORAL (EXCLUSIÓN)

CONTRATACIÓN TEMPORAL

DISMINUCIÓN DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LAS MODALIDADES

CONTRATO POR INICIO DE ACTIVIDAD: SOLO SUPUESTO DE INICIO DE ACTIVIDADES

DISMINUCIÓN DEL PLAZO DE DURACIÓN DE LA CONTRATACIÓN TEMPORAL

4040

TEMPORAL

CONTRATO DE INICIO DE ACTIVIDAD: 18 MESES DESDE INICIO

ENCADENAMIENTO: 2 AÑOS

SERVICIO ESPECÍFICO / SUPLENCIA: ?

Page 21: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

21

REGULACIÓN EXPRESA DE DERECHOS INESPECÍFICOS:

DIGNIDAD

DERECHOS INESPECÍFICOS Y PACTOS ESPECIALES

ACOSO SEXUAL MOBBINGLIBERTAD DE EXPRESIÓNLIBERTAD RELIGIOSA

REGULACIÓN EXPRESA DE PACTOS ESPECIALES:

NO COMPETENCIA (POR ESCRITO, INTERES ECONÓMICO O Ó Ó Á Ñ

4141

COMERCIAL, COMPENSACIÓN ECONÓMICA, MÁXIMO UN AÑO)

PERMANENCIA (POR ESCRITO, POR ESTUDIOS CON LICENCIA, DERECHO A INDEMNIZACIÓN)

EXCLUSIVIDAD (POR ESCRITO, COMPENSACIÓN ECONÓMICA)

• CAMBIOS EN DEFINICIONES DE INTERMEDIACIÓN YTERCERIZACIÓN

INTERVENCIÓN DE TERCEROS

• SOLIDARIDAD ENTRE EMPRESAS

NO SOLO EN DESTAQUE O DESPLAZAMIENTO

SERVICIO EXCLUSIVOTAMBIÉN CUANDO NO HAY DESTAQUE PERO

MISMO GRUPO

4242

• PAGO DE UTILIDADES DERECHO A REPARTICIÓN DE UTILIDADESDE EMPRESA USUARIA

Page 22: Cuando la experiencia es creativa - mpfn.gob.pe · legal ó sin que exista causa justa prevista en la ley. Causadoperonoprobado.-se invocan las causas efectivamente recogidas en la

24/05/2012

22

DESPIDO LESIVO DE DERECHOS FUNDAMENTALES Y FRAUDULENTO

POSIBILIDAD DE REPOSICIÓN

DESPIDO

DESPIDO INJUSTIFICADO:

INDEMNIZACIÓN HASTA 8 AÑOS: 1 ½ Rem. por año.

DE 8 A 12 AÑOS: 1 Rem. Adicional por año.

DE 12 A MÁS (MAX. 4): ½ Rem. Adicional x año.

4343

PLAZO FIJO 1 ½ POR CADA MES QUE FALTA HASTA 12 REM.

DESPIDO PROPUESTA

DETERMINADOS DIRIGENTES SINDICALES

DESPIDO

DESPIDO POR SITUACIÓN DE EMPRESA :

INDEMNIZACIÓN

HASTA 8 AÑOS: 22 días de Rem. por año.COLECTIVO DE 8 A 12 AÑOS: 10 días de Rem. adicionales por año.

DE 12 A MÁS (MAX. 4): 7 días de Rem. adicional. x año.

4444

GRAVE DESMEDRO: Se reduce en un tercio.

HASTA 8 AÑOS: 1 ½ Rem. por año.INDIVIDUAL DE 8 A 12 AÑOS: 1 Rem. Adicional por año.

DE 12 A MÁS (MAX. 4): ½ Rem. Adicional por año.