cuáles son las funciones de esta junta

4
Cuáles son las funciones de esta junta? Por qué la junta de política monetaria y reg financ define las políticas de liquidez? Quién emite las tasas de interés? Que es fusión? Explique las clases de fusión que existe? la 8 en el art 130 y 131 dicen mis informantes jejejej la 9 en el 170 Definición de fusión de empresas Es la unión de dos o más personas jurídicamente independientes que dedicen unir sus patrimonios y formar una nueva sociedad donde desarrollar su actividad Es una modalidad de negocio en la que se juntan dos o más empresas separadas en una única y universal indentidad económica. De esta forma, desarrollan una actividad común, uniendo sus patrimonios. Una fusión conlleva la disolución de las dos compañías independientes, es decir, desaparecen, y la creación de una empresa totalmente nueva. Características Los socios de las empresas previas continúan siendo socios de la nueva empresa pero no recibirán dinero por la fusión, dado que, no es una liquidación de bienes de la empresa y, por ello, sólo recibirán nuevas acciones. Eliminación de las empresas que se unen Transmisión de los bienes a la nueva

Upload: victor-cedillo

Post on 14-Nov-2015

241 views

Category:

Documents


5 download

DESCRIPTION

Trabajo

TRANSCRIPT

Cules son las funciones de esta junta?Por qu la junta de poltica monetaria y reg financ define las polticas de liquidez?Quin emite las tasas de inters?Que es fusin?Explique las clases de fusin que existe?la 8 en el art 130 y 131 dicen mis informantes jejejej

la 9 en el 170

Definicin de fusin de empresasEs la unin de dos o ms personas jurdicamente independientes que dedicen unir sus patrimonios y formar una nueva sociedad donde desarrollar su actividadEs una modalidad de negocio en la que se juntan dos o ms empresas separadas en una nica y universal indentidad econmica.

De esta forma, desarrollan una actividad comn, uniendo sus patrimonios. Una fusin conlleva la disolucin de las dos compaas independientes, es decir, desaparecen, y la creacin de una empresa totalmente nueva.CaractersticasLos socios de las empresas previas continan siendo socios de la nueva empresa pero no recibirn dinero por la fusin, dado que, no es una liquidacin de bienes de la empresa y, por ello, slo recibirn nuevas acciones. Eliminacin de las empresas que se unen Transmisin de los bienes a la nueva empresa creada Los accionistas siguen siendo accionistas de la nueva empresa

ClasificacinSegn elCdigo de Comercio, una fusin puede ser: Fusin pura: Dos o ms compaas que se unen y forman una nueva Fusin por absorcin: Una sociedad absorbe a otra

Segn la competencia y la importancia econmica, pueden clasificarse segn el siguiente criterio: Fusin horizontal: Dos sociedades que trabajan en la misma rea y deciden unirse para hacerse ms fuertes en el mercado, aumentar la cuota de mercado y aprovechar economas de escala Fusin vertical: Diversificacin hacia delante o hacia atras Conglomerado: Son sociedades que comparten funciones generales y centrales, como la funcin de administracin

2.2. Definicin.La fusin es unprocedimientode concentracin de empresas propio del derecho de sociedades regulado en la Ley deSociedades Annimaspara todas las sociedades denacionalidadespaola, (por tanto inscritas en elRegistroMercantil), que permite obtenerderechosjurdicos excepcionales, en relacin con el derecho comn, sobre todo la disolucin sin liquidacin, sucesin universal en las titularidades de las sociedades disueltas (bienes,crditos, deudas ycontratos) y la asignacin directa de acciones o participaciones a los socios de aquellas por parte de la sociedad resultante.La sucesin universal o traspaso en bloque de todas las titularidades a la sociedad resultante incluye la cesin automtica de contratos. No obstante, por va de excepcin los terceros contratantes cedidos podran oponerse a la sucesin si demuestran ante los tribunales que aquella constituye excesiva onerosidad sobrevenida o alteracin de la base del negocio. Si bien frente a la doctrina tradicional que permite en tales casos la resolucin del contrato, elobjetivode la fusin debe imponer su subsistencia mediante la adaptacin del contenido del contrato por va negocial o judicial, si aquella es posible.La LSA ha acogido un rgimen de fusin aplicable cualquiera que sea el tipo de la sociedad resultante, siempre que sea mercantil. Segn el artculo 233-1 de la LSA la sociedad resultante ha de ser una sociedad annima. Pero el artculo admite que la sociedad resultante sea una sociedad colectiva o comanditaria, requiriendo, en tal caso, el consentimiento de todos los accionistas que pasen a responder ilimitadamente de las deudas sociales. No existe razn pues para excluir una fusin en que la sociedad absorbente o de nueva creacin sea una SL.2.3. Clases de fusiones.2.3.1. Fusiones propias.Fusin por absorcin: En este caso una o varias sociedades (sociedades absorbidas) se extinguen y transfieren en bloque todo su patrimonio social a una sociedad ya existente (sociedad absorbente). Esta ltima ampla su capital social entregando las nuevas acciones a los accionistas de las sociedades absorbidas en proporcin a sus respectivas participaciones.Fusin por creacin de una nueva sociedad: En este caso varias sociedades transfieren a una sociedad que constituyen, como consecuencia de una disolucin sin liquidacin, la totalidad del patrimonio social mediante la atribucin proporcional a sus accionistas de acciones de la nueva sociedad.2.3.2. Fusiones impropias.Podemos denominar fusiones impropias aquellasoperacionesde concentracin de empresas del derecho de sociedades en las que falta uno o varios de los "presupuestos" de la fusin propia, precisamente por realizarse al margen del procedimiento imperativo regulado en la ley de sociedades annimas.Podran establecerse los siguientes tipos de fusiones impropias:Transmisin en bloque del patrimonio de una sociedad a otra.Una sociedad puede transmitir todo su patrimonio actual, activo y pasivo, a otra, del mismo modo del mismo modo que por va de contrato puede hacerlo unempresarioindividual respecto de un establecimiento o toda su organizacin empresarial, ingresando la contraprestacin endinero, con la cual, previa modificacin del objeto, podr iniciar otra actividad o bien podr decidir su disolucin y liquidacin. Pero el artculo 155 de la Ley de Sociedades Annimas aade algo ms para el caso de disolucin: "una vez disuelta la sociedad se abrir el periodo de liquidacin, salvo en los supuestos de fusin o absorcin o cualquier otro de cesin global de activo y pasivo".Venta de todas las acciones de una sociedad.Otorga al adquiriente elcontrolabsoluto sobre la sociedad afectada. A continuacin, el adquiriente, constituyndose en junta general puede decidir la disolucin con liquidacin de la sociedad, cuyas acciones ha adquirido, o bien conservar su personalidad jurdica.Cesin de control.Consiste en la transmisin de un paquete de acciones de unasociedad annimaque, sin ser la totalidad de su capital, conlleva el control de la junta general y con ella el rgano deadministracin.Lo importante en esta figura es que con el fin de proteger a los socios no favorecidos en la compra, en cuanto a la "prima de control", se les haya permitido vender sus acciones en iguales condiciones, con el fin de escapar a su posicin de debilidad como "accionistas externos", lo que viene exigido tambin por el principio deigualdadde oportunidades en el mercado financiero.Pero esta operacin, como la anterior, por tratarse de transmisin de acciones y no deactivosni de patrimonio social, no puede acogerse a los beneficios de la ley de fusiones de empresas 76/1980.Laventa-fusin.Consta de las siguientes operaciones:Transmisin global del patrimonio de una sociedad a otra.Pago de la adquiriente con acciones propias, mediante aumento del capital social.Disolucin y disolucin de la primera sociedad, con entrega de las acciones recibidas a sus socios en concepto de cuota de liquidacin, pasando con ello a integrarse en la nueva sociedad adquiriente.Se trata de lograr los resultados de la fusin propia sin respetar sus garantas a favor de los acreedores y socios. Pero como consecuencia de la disolucin la sociedad entrar en liquidacin, dentro de la cual vern protegidos sus derechos los acreedores y socios.La escisin.Otro supuesto calificado como "fusin de empresas" en la ley 76/1980 es la escisin o divisin o desdoblamiento del patrimonio social con transmisin de las partes resultantes, con disolucin de la sociedad o sin ella, a sociedades de nueva creacin o preexistentes con entrega de acciones a la transmitente, o bien con entrega directa de acciones a los socios de las disueltas, proporcional al valor de las anteriormente posedas.La escisin, en sentido amplio, se puede clasificar en propia e impropia. La primera, a su vez, en escisin mediante laconstitucinla constitucin de una nueva sociedad y mediante absorcin.La impropia o parcial consiste en la segregacin de uno o varios sectores o unidades patrimoniales de una sociedad sin afectar a la continuidad de esta, recibiendo los socios de la sociedad escindida acciones o participaciones de las sociedades beneficiarias

Leer ms:http://www.monografias.com/trabajos96/fusiones-y-clases-fusiones-empresas/fusiones-y-clases-fusiones-empresas.shtml#ixzz3Oj3aV6E9Es funcin del Banco Central bajar las tasas de inters?

No. En razn del esquema econmico las tasas de inters las fija el mercado. Es funcin del Banco Central del Ecuador analizar, calcular y difundir la informacin sobre tasas de inters y de esa manera contribuir a la transparencia y competencia en el sistema financiero.

7 en art 118