cuadros derecho constitucional

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD FERMIN TORO BARQUISIMETO Prof. María Durán Deyanires López C.I. 11264165 SAIA G CARACT ERISTI CAS Y APORTE S LEGALE S DEL ESTADO , NACION

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Page 1: Cuadros derecho constitucional

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD FERMIN TORO

BARQUISIMETO

Prof. María Durán

Deyanires López

C.I. 11264165

SAIA G

Barquisimeto, 28 de febrero del 2015

CARACTERISTICAS Y APORT

ES LEGALES DEL ESTAD

O, NACIONALIDAD Y

CIUDA

Page 2: Cuadros derecho constitucional

CUADRO 1

CARACTERISTICAS MAS RELEVANTES

FORMA DE ESTADO

-La democracia es una forma de estado en la que todos los ciudadanos adultos ejercen el poder y la responsabilidad cívica, ya sea directamente o por medio de representantes libremente elegidos.

 Los ciudadanos de una democracia no solo tienen derechos, sino también la obligación de participar en el sistema político y este, a su vez, protege sus derechos y libertades.

La democracia como sistema de gobierno fue asumida por los venezolanos, porque el pueblo fue quien eligió en forma universal, directa y secreta al presidente de la república. Lo mismo se hizo con los representantes de los cuerpos deliberantes (diputados a la Asamblea Nacional, diputados a las Asambleas Legislativas y Concejales Municipales).

NACIONALIDAD Nacionalidad es un vínculo natural que por efecto de la vida en común y de coincidencias sociales idénticas, hacen al individuo miembro del grupo que forma la Nación.

La Nacionalidad esta vinculadas a factores sociales, espaciales, culturales y políticos.

La Nacionalidad es "el vínculo jurídico básico que determina la pertenencia de las personas a un Estado".

La nacionalidad es un sello que no desampara al hombre donde quiera que este vaya, puede cambiar de nacionalidad, pero siempre tendrá una nacionalidad la cual muere o desaparece con él.

CIUDADANIA La ciudadanía podría ser como un status jurídico y político mediante el cual el ciudadano adquiere unos derechos como individuo (civil, político, social) y unos deberes (impuestos, servicio militar, fidelidad), respecto a una colectividad política, además de la facultad de actuar en la vida colectiva de un Estado.

Para que una persona ejerza la ciudadanía tiene que tener la nacionalidad, una persona puede tener la nacionalidad y estar limitada para ejercer la ciudadanía.

El artículos 39 de la CRBV dice que los venezolanos o venezolanas que no estén sujetos o sujetas a inhabilitación política, o a interdicción civil y en las condiciones de la edad previstos en la constitución ejercen la ciudadanía, y son titulares de deberes y derechos políticos.

CARACTERISTICAS Y APORT

ES LEGALES DEL ESTAD

O, NACIONALIDAD Y

CIUDA

Page 3: Cuadros derecho constitucional

CUADRO 2

APORTES LEGALES CONSTITUCIONALES

FORMA DE ESTADO

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es el documento vigente que contiene la Ley fundamental del país, dentro de cuyo marco deben ceñirse todos los actos legales. En ella se generan las instituciones, derechos y deberes fundamentales.

El Estado venezolano cumple un rol esencial al contribuir con el mejoramiento de las condiciones de vida de todos los venezolanos (as), además de regular el funcionamiento de un mercado que no corresponde a la transparencia en su funcionamiento, puesto que todos los agentes económicos no tienen el mismo peso dentro de la estructura productiva, lo cual se hace claro ante la influencia de las grandes comercializadoras que son intermediarias entre los productores primarios y los consumidores finales.

Artículos de la Constitución Bolivariana de Venezuela: 01, 02, 03, 04, 05 y 06

NACIONALIDAD El régimen legal de la nacionalidad debe regularse en una legislación especial, conforme a las normas sustantivas y procesales relacionadas con la adquisición, opción, renuncia y recuperación de la nacionalidad venezolana, así como la revocación de la naturalización (art. 38 C.R.B.V). La disposición transitoria segunda de nuestra Constitución establece: " Mientras se dicta la ley prevista en el Artículo 38: la ley dictará, de conformidad con las disposiciones anteriores, las normas sustantivas y procesales relacionadas con la adquisición, opción, renuncia y recuperación de la nacionalidad venezolana, así como con la revocación y nulidad de la naturalización.

Artículos de la Constitución Bolivariana de Venezuela: 32, 33, 34, 35 y 36.

CIUDADANIALa ciudadanía en Venezuela, está plenamente garantizada por la constitución nacional vigente y nuestro libertador expreso lo siguiente, " penetraos bien de que sois todos venezolanos, hijos de una misma patria, miembros de una sociedad y ciudadanos de una misma República”.En cuanto a los beneficios cívicos obtenidos por los venezolanos por su ciudadanía; los derechos constitucionales (denominados también derechos fundamentales y garantías individuales) son aquellos derechos humanos garantizados con rango constitucional que se consideran como esenciales en el sistema político que la Constitución funda y que están especialmente vinculados a la dignidad de la persona humana. Es decir, son aquellos derechos que dentro del ordenamiento jurídico disfrutan de un estatus especial en cuanto a garantías (de tutela y reforma).

Artículos de la Constitución Bolivariana de Venezuela: 21, 39, 40, 41 y 42

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