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CONSISTE EN -> RAZONES DE -> INCUMPLIMIENTO Convenio sobre la consulta tripartita 1976(ratificación: 2004) Una normativa de diálogo y cooperación entre los gobiernos, los empleadores y los trabajadores para formular las normas y las Se observa que la Sociedad Nacional de Industria (SNI) manifiesta que los diversos procesos de consulta no se cumplen ya que el Gobierno adopta diversas normas sin hacer Tanto la CUP y la CATP mencionan que no hay un adecuado acceso a los textos de memoria que presenta el gobierno, los cuales son remitidos a destiempo o no son remitidos y Por su parte la CGTP destaca que a pesar de que el Perú cuenta con instancias del diálogo tripartito, por falta de voluntad política, estas instancias de diálogo no han recibido el apoyo mínimo del Gobierno para El Estado peruano debe fiscalizar y adecuarse al convenio firmado y a través del ministerio de Trabajo debe controlar la aplicación de las reglas suscritas e iniciar el proceso de sumisión a la autoridad competente del convenio y dejar de lado

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Una normativa de dilogo y cooperacin entre los gobiernos, los empleadores y los trabajadores para formular las normas y las polticas orientadas al tratamiento de los asuntos laborales.

CONSISTE EN ->

Se observa que la Sociedad Nacional de Industria (SNI) manifiesta que los diversos procesos de consulta no se cumplen ya que el Gobierno adopta diversas normas sin hacer consulta a los diversos empleadores

Tanto la CUP y la CATP mencionan que no hay un adecuado acceso a los textos de memoria que presenta el gobierno, los cuales son remitidos a destiempo o no son remitidos y tambin que no existe un debido programa de capacitacin.

Convenio sobre la consulta tripartita 1976(ratificacin: 2004)

RAZONES DE -> INCUMPLIMIENTO

Por su parte la CGTP destaca que a pesar de que el Per cuenta con instancias del dilogo tripartito, por falta de voluntad poltica, estas instancias de dilogo no han recibido el apoyo mnimo del Gobierno para el adecuado desempeo de sus funciones ni sus sesiones se llevan a cabo de manera regular.

El Estado peruano debe fiscalizar y adecuarse al convenio firmado y a travs del ministerio de Trabajo debe controlar la aplicacin de las reglas suscritas e iniciar el proceso de sumisin a la autoridad competente del convenio y dejar de lado intereses polticos que dejen al margen a los trabajadores y empleadores en el convenio.

OPININ CRTICA ->