cuadro explicativo derecho constitucional

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UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE DERECHO ESCUELA DE DERECHO INTEGRANTE: WILMER ANTEQUERA CI: 25.146.251 CATEDRA: DERECHO CONSTITUCIONAL PROFESOR(A): EMILY VANESSA RAMIREZ BARQUISIMETO. 10 DE OTUBRE 2016. Derechos y Garantías CONSTITUCIONALES

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Page 1: Cuadro explicativo derecho Constitucional

UNIVERSIDAD FERMIN TOROVICE RECTORADO ACADEMICO

FACULTAD DE DERECHOESCUELA DE DERECHO

INTEGRANTE: WILMER ANTEQUERACI: 25.146.251

CATEDRA: DERECHO CONSTITUCIONALPROFESOR(A): EMILY VANESSA RAMIREZ

BARQUISIMETO. 10 DE OTUBRE 2016.

Derechos y Garantías

CONSTITUCIONALES

Page 2: Cuadro explicativo derecho Constitucional

DEFINICION DIFERENCIASDerechos Civiles.

De Los Derechos Civiles, constituyen los Derechos Humanos Fundamentales del ciudadano considerado como individuo y forman parte del catalogo de Derechos Fundamentales de corte clásico.

Los derechos civiles difieren de las "libertades civiles". Y ha girado en torno al derecho básico a no sufrir un trato no igualitario en función de determinadas características protegidas (raza, sexo, incapacidad, etc.)

La diferencia es que las garantías buscan proteger estos derechos mediante su fundamentación jurídica,  y en ello se refieren tanto a los derechos humanos y de los derechos naturales. Los derechos civiles son concedidos dentro de un Estado, mientras que los derechos naturales o los derechos humanos son internacionales.

Garantía de los

Derechos Civiles.

Todos los individuos desde el momento en que nacen son dueños de estas garantías sin distinción por su raza, nacionalidad, sexo, edad, creencias religiosas o políticas, como se encuentran manifestadas en la constitución nacional.

Derechos Políticos

Son aquellos derechos que tienen los ciudadanos para expresar, ejercer y participar en el universo democrático de la sociedad a la que pertenece, porque con ello se consolida y se realiza la democracia, una de las maneras de manifestar este derecho, es a través de las elecciones.

Los derechos políticos es todo ese conjunto de condiciones que la norma le da al ciudadano de participar políticamente en su país mediante el sufragio y las garantías son las que se encuentran tipificadas en nuestra constitución, estas buscan que se consoliden todos esos derechos políticos que tiene el ciudadano.

Garantía de los

Derechos Políticos.

Los derechos políticos son el conjunto de condiciones y opciones que posibilitan al ciudadano a participar en la vida política de su nación, expresando con el ejercicio del derecho su criterio, como forma de ejecutar su libertad, con su manifestación, y crear un vinculo con sus representantes electos, es decir entre gobernantes y gobernados. Este derecho se encuentra señalado en el art.62 de nuestra carta magna.

Page 3: Cuadro explicativo derecho Constitucional

DEFINICION DIFERENCIASDerechos Sociales.

Los derechos sociales son aquellos derechos que facilitan a los ciudadanos o habitantes de un país a desarrollarse en autonomía, igualdad y libertad así como aquellos derechos que les permiten unas condiciones económicas y de acceso a bienes necesarios para una vida digna.

Garantía de los

Derechos Sociales.

Son el conjunto de derechos que tienen por objeto la regulación y protección de las instituciones propias del Derecho de Familia, a saber: La Familia, La Adopción, La Maternidad, El Matrimonio, Los Hijos, así como también todo lo referido a la Seguridad Social, la Salud, El Trabajo, Los Salarios, y todo lo relacionado al desarrollo social de los ciudadanos venezolanos.

Derechos Culturales y Educativos

Consisten en el derecho que posee cada ciudadano a la invención, producción y divulgación de obras creativas, científica, tecnológica y humanísticas. Acceso a la educación gratuita. Artículo 98 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Garantía de los

Derechos Culturales y Educativos.

Son el conjunto de normas que tienen por objeto la ratificación y garantizar, acceso y protección de la Cultura, así como también del Sistema Educativo. La Constitución Nacional recalca algunos aspectos de la Cultura, entre los que se destacan: La Libertad de Cultura, y dentro de esta un aspecto muy importante como lo es el reconocimiento por parte del Estado de la Propiedad Intelectual sobre las obras de diversa índole: científicas, literarias, artísticas, patentes, marcas, entre otras.

Page 4: Cuadro explicativo derecho Constitucional

DEFINICION DIFERENCIASDerechos

Económicos.

Son el conjunto de preceptos jurídicos que establecen los lineamientos que garantizan y regulan todo lo referido a la Iniciativa Privada y a la Libertad Empresarial así como la autoridad del Estado para controlar dicha actividad.

Garantía de los

Derechos Económicos.

El Estado es el que asume la tutela y garantía para el desarrollo de las mismas puesto que contribuyen con el desarrollo de la economía popular.

Derechos de los Pueblos Indígenas.

Son el conjunto de preceptos jurídicos que reconocen y garantizan las diversas formas de manifestaciones de los grupos indígenas venezolanos, así como la protección y la participación en diferentes ámbitos de la vida nacional. Sin duda alguna, La Constitución Venezolana es pionera y un importante punto de regencia en cuanto al reconocimiento de los Derechos de los Pueblos Indígenas, ninguna Constitución en América y en el resto del mundo integra y reconoce los derechos inherentes a las poblaciones propias de los países de la forma como lo hace esta Constitución.

Garantía de los

Derechos de los Pueblos Indígenas.

La garantías de los Derechos de los Pueblos Indígenas los encontramos en nuestra Constitución en su Título III Capitulo VIII, Buscando así el reconocimiento de los Pueblos y Comunidades Indígenas.

Page 5: Cuadro explicativo derecho Constitucional

DEFINICION DIFERENCIASDerechos

Ambientales.Son el conjunto de preceptos jurídicos que establecen los elementos protectores referidos a la conservación del ambientales, diversidad biológica, fauna y parques nacionales.

Garantía de los

Derechos Ambientales.

El Estado tiene la obligación de desarrollar una política de Ordenación territorial que respete el equilibrio ecológico, geográfico, social, cultural, todo esto de acuerdo con el desarrollo sustentable y donde se tome en cuenta a la población.