cuadro explicativo de lpoder electoral

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Page 1: Cuadro explicativo de lpoder electoral

Universidad Fermín Toro Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas

Escuela de DerechoCátedra: Derecho Constitucional

CUADRO EXPLICATIVO

Integrante: Yasmin Castillo

CI:14.353.811Saia: C

Prof. Abg. . Emily V RamírezBarquisimeto, Marzo del 2017

Del Poder Electoral

Page 2: Cuadro explicativo de lpoder electoral

Esta establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el Capítulo V del Título V, donde regula lo concerniente al nuevo Poder Electoral. Se trata, de un diseño poco ortodoxo. La estructura institucional que supone el Poder Electoral, está conformada por cuatro órganos: El Consejo Nacional Electoral (en adelante CNE) que actúa como “ente rector”, la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral, y por último, la Comisión de Participación Política y Financiamiento (art.292 CRBV).

EL PODER ELECTORAL

Page 3: Cuadro explicativo de lpoder electoral

Del Poder Electoral

Organización del CNE

En Venezuela

• El Consejo Nacional Electoral está integrado por cinco personas no vinculadas a organizaciones con fines políticos; tres de ellos postulados por la sociedad civil, uno por las facultades de ciencias jurídicas y políticas de las universidades nacionales, y uno por el Poder Ciudadano.

• Los tres integrantes postulados por la sociedad civil tendrán seis suplentes en secuencia ordinal, y cada uno designado por las universidades y el Poder Ciudadano tendrá dos suplentes, respectivamente. Los integrantes del Consejo Nacional Electoral durarán siete años en sus funciones y serán elegidos por separado: los tres postulados por la sociedad civil al inicio de cada período de la Asamblea Nacional, y los otros dos a la mitad del mismo.

• Los integrantes del Consejo Nacional Electoral serán designados por la Asamblea Nacional con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes. Los integrantes del Consejo Nacional Electoral escogerán de su seno a su Presidente, de conformidad con la ley.(Artículo 296 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela).

El Consejo Nacional Electoral, es un cuerpo colegiado formado por 5 Rectores, los cuales son:Tibisay Lucena como Presidenta, Sandra Oblitas como Vicepresidenta, Vicente Díaz como Presidente de Participación Política y Financiamiento, Socorro Hernández Miembro de la Junta Nacional Electoral, y Tania D´Amelio como Miembro de la Comisión de Registro Civil y Electoral.

Jurisdicción Contensiosa Electoral

 Uno de los principios que podríamos denominar clásicos y que rodean a la administración de justicia, es, sin duda alguna, el de unidad de jurisdicción. Por esto, el término Jurisdicción contencioso electoral podría crear cierta animadversión. Sin embargo, no hay motivos que pudieran acreditar tal actitud.

Entre otras razones, porque del principio de unidad jurisdiccional lo que se desprende es la imposibilidad de que alguien pueda sustraerse de la justicia ordinaria y ampararse en otra proclive a él, que era el caso de los fueros especiales del ancien regime. Es esencial al constitucionalismo la eliminación de cualquier jurisdicción que transgreda el principio de igualdad, el cual está consagrado en el artículo 2 de la Constitución venezolana de 1999 como uno de los valores superiores del Estado. Empero, en este caso, la especialización de la jurisdicción es en atención al contenido del acto que se recurre, y no por consideraciones de privilegios personales o institucionales.

Page 4: Cuadro explicativo de lpoder electoral

Jurisdicción

Contensiosa

Electoral

El artículo 297 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que esta jurisdicción será ejercida por la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia y los demás tribunales que determine la ley. En la actualidad el único integrante de esta jurisdicción es la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia por cuanto no han sido creados los tribunales con competencia en materia electoral.

En síntesis, la Jurisdicción Contencioso Administrativa, representa una garantía de la aplicación del Principio de Legalidad de la Administración Pública en todos sus niveles, vale decir, Nacional, Estadal y Municipal. La Jurisdicción contenciosa electoral, alude a los medios jurídicos de control de regularidad de los procesos electorales que tienen como fin la tutela del derecho constitucional al sufragio de sus modalidades activas y pasivas garantizando a su vez la conformidad a Derecho tales proceso, a su vez es aquel de control jurídico de los procesos de designación de los titulares de los cargos de elección popular, estos se encargan de atender el criterio del órgano del cual se atribuye el control de la legalidad, y muchas veces en también de constitucionalidad.

Atribuciones

Junta Electoral Nacional

ARTÍCULO 49: La Presidenta o el Presidente de la Junta Nacional Electoral tiene las siguientes atribuciones:

1. Cumplir y hacer cumplir las funciones que le han sido atribuidas por ley.2. Cumplir y hacer cumplir las decisiones del Consejo Nacional Electoral y de la Junta Nacional Electoral.3. Requerir de todos los organismos, entidades y funcionarias o funcionarios información sobre asuntos relacionados con la competencia de la Junta Nacional Electoral.4. Girar instrucciones en materia de su competencia a los organismos electorales subalternos, a las oficinas regionales electorales, y cualquier persona en el ejercicio de una función electoral.5. Disponer lo conducente a la organización, administración, funcionamiento y evaluación de la Junta Nacional Electoral, salvo en aquellos casos en que la ley lo haya reservado al Consejo Nacional Electoral.6. Cualquier otra que señale la ley y el reglamento.

Page 5: Cuadro explicativo de lpoder electoral

Comisión del Registro Civil

y Electoral

ARTÍCULO 60: La Presidenta o el Presidente de la Comisión de Registro Civil y Electoral tiene las siguientes atribuciones:

1. Cumplir y hacer cumplir las funciones que le han sido atribuidas por ley.2. Cumplir y hacer cumplir las decisiones del Consejo Nacional Electoral y la Comisión de Registro Civil y Electoral.3. Requerir de todos los organismos, entidades y funcionarias o funcionarios información sobre asuntos relacionados con sus funciones.4. Girar instrucciones en materia de su competencia a las oficinas regionales electorales, y cualquier persona en el ejercicio de una función electoral.5. Disponer lo conducente a la organización, administración, funcionamiento y evaluación de la Comisión de Registro Civil y Electoral, salvo en aquellos casos en que la ley se lo haya reservado al Consejo Nacional Electoral.6. Cualquier otra que señale la ley y el reglamento.

Comisión y Participación

política y Financiamient

o

ARTÍCULO 67: La Presidenta o el Presidente de la Comisión de Participación Política y Financiamiento tiene las siguientes atribuciones:

1. Cumplir y hacer cumplir las funciones que le han sido atribuidas por ley.2. Cumplir y hacer cumplir las decisiones del Consejo Nacional Electoral y la Comisión de Participación Política y Financiamiento.3. Requerir de todos los organismos, entidades y funcionarias o funcionarios información sobre asuntos relacionados con sus funciones.4. Girar instrucciones en materia de su competencia a las oficinas regionales electorales, y cualquier persona en el ejercicio de una función electoral.5. Disponer lo conducente a la organización, administración, funcionamiento y evaluación de la Comisión de Participación Política y Financiamiento, salvo en aquellos casos en que la ley se lo haya reservado al Consejo Nacional Electoral.6. Cualquier otra que señale la ley y el reglamento.

Page 6: Cuadro explicativo de lpoder electoral

Para finalizar decimos que El CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CNE) es el Poder Electoral de la República Bolivariana de Venezuela que organiza y supervisa todo lo relativo a la elección popular de los cargos públicos, mediante el sufragio universal, directo y secreto. Tiene además la facultad de organizar las elecciones sindicales, gremiales y de organizaciones de la sociedad civil que lo soliciten. Entre otras funciones, reglamenta las leyes electorales y resuelve las dudas y los vacíos que éstas susciten o contengan; emite directivas en materia de financiamiento y publicidad político-electorales y aplica sanciones cuando no sean acatadas, y puede declarar la Nulidad total o Parcial de las elecciones.

CONCLUSION

Page 7: Cuadro explicativo de lpoder electoral

Bibliografía• Consejo Nacional Electoral (página oficial)http://www.cne.gov.ve/web/normativa_electoral/ley_organica_poder_electoral/titulo3.php

• Wikipedia Enciclopedia Libre , Consejo Nacional Electoral en Venezuela (2016)

https://es.wikipedia.org/wiki/Consejo_Nacional_Electoral_(Venezuela)

• Monografías.com , El Poder Electoral en Venezuela Autor: Carla Santaella (2013)

http://www.monografias.com/trabajos92/poder-electoral-venezuela/poder-electoral-venezuela.shtml

• Ley del Poder Electoral. Gaceta oficial Nº 37.573 de la República Bolivariana de Venezuela, 19 de Noviembre de 2002.