cts

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1.1.1. Compensación Por Tiempo De Servicios BASE LEGAL Texto Único Ordenado del D. Leg. N° 650 Reglamento de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios. D.S. N° 004-97-TR Ley N° 28051, Ley de Prestaciones Alimentarias Decreto de Urgencia N° 024-2003 1.1.2. Naturaleza De La CTS Beneficio social Se devenga desde el primer mes de iniciado el vínculo laboral. Se deposita semestralmente 1.1.3. Trabajadores Comprendidos Régimen laboral de la actividad privada Jornada mínima de cuatro horas diarias 1.1.4. Remuneración Computable Remuneración básica. Todas las cantidades que regularmente perciba el trabajador: dinero o especie se incluye alimentación principal. EMPLEADOS: En base a un sueldo OBREROS: En base a 30 jornales Correspondientes a abril y octubre de cada año. 1.1.5. Seguro Social De Salud 1.1.5.1. BASE LEGAL

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Que es el CTS

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1.1.1. Compensacin Por Tiempo De ServiciosBASE LEGAL Texto nico Ordenado del D. Leg. N 650 Reglamento de la Ley de Compensacin por Tiempo deServicios. D.S. N 004-97-TR Ley N 28051, Ley dePrestaciones Alimentarias Decreto de UrgenciaN 024-2003

1.1.2. Naturaleza De La CTS Beneficio social Se devenga desde el primer mes de iniciado el vnculo laboral. Se deposita semestralmente

1.1.3. Trabajadores Comprendidos Rgimen laboral de la actividad privada Jornada mnima de cuatro horas diarias

1.1.4. Remuneracin Computable Remuneracin bsica. Todas las cantidades que regularmente perciba el trabajador: dinero o especie se incluye alimentacin principal.

EMPLEADOS: En base a un sueldoOBREROS: En base a 30 jornales

Correspondientes a abril y octubre de cada ao.

1.1.5. Seguro Social De Salud

1.1.5.1. BASE LEGAL La Ley N 27056 (30.01.99), creo el Seguro Social de Salud (ESSALUD), en reemplazo del Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS), como un organismo pblico interno, cuya finalidad es brindar cobertura a los asegurados a travs de diversas prestaciones que corresponden al Rgimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud (RCSSS), as como mediante otros seguros de riesgo humano.

1.1.5.2. DefinicinEl Seguro Social de Salud, que tambin puede identificarse con el nombre de EsSalud, es un organismo pblico descentralizado, creado con la finalidad de dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes a travs del otorgamiento de prestaciones de salud, que incluye la prevencin, promocin, recuperacin y rehabilitacin; as como de prestaciones econmicas y sociales.

1.1.5.3. Asegurados Sujetos Tasas

Asegurados regulares en actividadEntidad empleadora9%Asegurados regulares pensionistaspensionistas4%Asegurados potestativosSegn el plan elegido

En consecuencia, la empresa se encuentra obligada a aportar a ESSALUD por cada trabajador que tenga a su cargo bajo la relacin dependencia, efectuando la constitucin del Seguro Social del Per por una tasa de 9% sobre la base imponible.

1.1.6. Sistema Nacional De Pensiones

1.1.6.1. Base Legal Decreto Ley N 19990 (24.04.73), se crea el Sistema Nacional de Pensiones. A partir del 01.06.94 la Oficina de Normalizacin Provisional (ONP), tiene como funcin administrar el Sistema Nacional de Pensionistas y el Fondo de Pensiones a que se refiere la Ley. Decreto ley 014-74-TR Otras normas legales, reglamentarias y administrativas.

1.1.6.2. DefinicinEl SNP es un sistema de reparto, el cual tiene como caracterstica principal el otorgamiento de prestaciones fijas sobre contribuciones no definidas en valor suficiente para que la aportacin colectiva de los trabajadores financie el total de las pensiones. En la actualidad, este sistema es administrado por la Oficina de Normalizacin Previsional (ONP).

1.1.7. Las Aportaciones Aportan los trabajadores en un porcentaje equivalente al 13% de la remuneracin asegurable Las aportaciones sern calculadas sin topes, sobre la totalidad de las remuneraciones percibidas por el asegurado.

1.1.8. PrestacionesLas prestaciones a las que tiene derecho el asegurado son las siguientes: Pensin de invalidez Pensin de jubilacin Pensin de sobrevivientes Capital de defuncin1.1.9. Sistema Privado De Pensiones

1.1.9.1. Base LegalRegulado por el Decreto Supremo N 054-97-EF, TUO de la Ley del Sistema Privado de Administracin de Fondos de Pensiones y su Reglamento Decreto Supremo 004-98-EF, entre otras normas.Compendio de Normas Reglamentarias del SPP.

1.1.9.2. DefinicinEl Sistema Privado de Pensiones (SPP) es un rgimen administrado por entidades privadas denominadas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), donde los aportes que realiza el trabajador se registran en una cuenta individual. El Sistema Privado de Pensiones se cre como alternativa a los regmenes de pensiones administrados por el Estado y concentrados en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP).