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Cuadro Comparativo Anexo. Acta Circunstanciada, Fallo de Adjudicación. Invitación a cuando menos tres proveedores para participar la contratación de seguro de complejo ASEJ y contenidos. Pág. 1 de 9
COTIZACIÓN PAQUETE MULTIPLE EMPRESARIAL
ANEXO
PROGRAMA DE SEGUROS
SUMA ASEGURADA EN
M.N.
SEGUROS INBURSA, GRUPO FINANCIERO. CECILIA HUERTA.
RSA SEGUROS. MANUEL YEPIZ BOJORQUEZ.
AFIRME SEGUROS. ALEJANDRA GÓMEZ
SATURNO.
SEGUROS BANORTE GENERALI.
ALBERTO GARZA GARCÍA.
I.- INCENDIO EDIFICIOS
Base Proporcional Valores al 100%
$ 300,000,000.00
Incendio y/o Rayo: Sin deducible
coaseguro: Sin coaseguro
convenido para incendio y adicionales
$330,000,000.00
Incendio y/o rayo y explosión: Sin
deducible.
Incendio, Rayo, Explosión: Sin
deducible
Cob. Adicionales: Amplia Incendio
Demás riesgos: Deducible 1% sobre
el valor de la ubicación afectada con máximo de 750
DSMGVDF
Otros riesgos No especificados: hasta
$2,500 USD toda
y cada pérdida
Extensión de cubierta (Excluye F.H.M. y
Explosión): Deducible: 1% de los valores declarados de
cada estructura dañada y sus
contenidos con máximo de 750
DSMGVDF
Demás riesgos: Deducible 1% de la Suma Asegura-da
con máximo de 750 DSMGVDF
Riesgos Hidrometeorológicos
al 90% $ 270,000,000.00
Deducible 2% sobre el valor de reposición de los bienes dañados y un coaseguro del
10% de toda la pérdida, de acuerdo a zona de riesgo según
texto de F.H.M.
Deducible: 1% y Coaseguro del 10% sobre el valor de la reposición de los
bienes asegurados según se haya
contratado. Si el seguro comprende 2 o
más edificios, construcciones o sus
contenidos, el deducible se aplicará separadamente con
respecto a cada edificio, construcción o sus contenidos. Para
bienes cubiertos mediante convenio
expreso el deducible a aplicar será del 5% sobre el sublímite
contratado. Coaseguro 20% del
monto de la pérdida o daño indemnizable,
sobre bienes cubiertos mediante convenio
AMPA-RADA
Deducible 1% de la Suma Asegurada
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expreso de la cobertura de F.H.M.
El coaseguro se
aplicará después de descontados los
deducibles
REMOCIÓN DE ESCOMBROS (SUBLIMITE)
$ 24,894,000.00
Incendio $27,594,000.00 F.H.M Amparada T.E.V. Amparada
Sin deducible
Hasta el 10% de
los valores
declarados en Daño Físico, por
un solo evento y/o el total de
ellos durante la vigencia
de la póliza.
Bienes
cubiertos mediante convenio expreso para el
endoso de F.H.M.: hasta la cantidad
de $15,000,000.00 por
una reclamación o el total
de ellas durante la vigencia
de la póliza.
Sin deducible $30,000,0
00.00 Sin deducible
Terremoto y Erupción Volcánica al 90%
$ 270,000,000.00
Deducible 2% sobre el valor de reposición de los bienes dañados y un coaseguro del
10% de toda la pérdida, de acuerdo a zona de riesgo según
texto de T.E.V.
Deducible: 2% y Coaseguro del 10%
del valor real o de reposición según se
haya contratado, de la estructura afectada y/o sus contenidos.
AMPA-RADA
2% de la Suma Asegurada
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El coaseguro se aplicará después de
descontados los deducibles
II.- INCENDIO CONTENIDOS:
Base Proporcional Valores al 100%
$ 30,000,000.00
$330,000,000.00
Incendio y/o rayo y explosión: Sin
deducible.
Incendio, Rayo, Explosión: Sin
deducible
Cob. Adicionales: Amplia Incendio
Otros riesgos No especificados: hasta
$2,500 USD toda
y cada pérdida
Demás riesgos: 1% de la Suma
Asegurada con máximo de 750
DSMGVDF
Riesgos Hidrometeorológicos
al 90% $ 27,000,000.00
Deducible 2% sobre el valor de reposición de los bienes dañados y un coaseguro del
10% de toda la pérdida, de acuerdo a zona de riesgo según
texto de F.H.M.
Deducible: 1% sobre el valor de la
reposición de los bienes asegurados
según se haya contratado. Si el
seguro comprende 2 o más edificios,
construcciones o sus contenidos, el
deducible se aplicará separadamente con
respecto a cada edificio, construcción o sus contenidos. Para
bienes cubiertos mediante convenio
expreso el deducible a aplicar será del 5% sobre el sublímite
contratado.
AMPA-RADA
1% de la Suma Asegurada
REMOCIÓN DE ESCOMBROS (SUBLIMITE)
$ 2,700,000.00
Incendio $27,594,000.00 F.H.M Amparada T.E.V. Amparada
Sin deducible Sin deducible $30,000,0
00.00 Sin deducible
Terremoto y Erupción Volcánica al 90%
$ 27,000,000.00
Deducible 2% sobre el valor de reposición de los bienes dañados y un coaseguro del
10% de toda la pérdida, de acuerdo a
Deducible: 2% y Coaseguro del 10%
del valor real o de reposición según se
haya contratado, de la estructura afectada y/o sus contenidos.
AMPA-RADA
2% de la Suma Asegura-da
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zona de riesgo según texto de T.E.V.
El coaseguro se
aplicará después de descontados los
deducibles
III.- PERDIDAS CONSECUENCIALES:
Gastos Extraordinarios
$ 5,520,000.00
Sin deducible Por incendio y
adicionales (excepto F.H.M. y T.E.V.): 3 días de espera por
F.H.M. y T.E.V.: 7 días de espera
Sin deducible 7 Días de Espera
IV.- RESPONSABILIDAD CIVIL:
I.U.C. Inmuebles y Actividades
$ 20,000,000.00 Sin deducible
10% sobre la reclamación con mínimo de 100
DSMGVDF
ESTACIONAMIENTO (Sin Acomodadores)
Deducible: R.C. Estacionamiento:
Daño Material: 5%;
Robo Total: 10%;
Ambos sobre el valor
de la unidad al momento del siniestro
con mínimo 100 D.S.M.G.V.D.F.
Rotura de Cristales: 20% sobre la pérdida.
Deducible:
Daño Material: 5% del valor comercial de la unidad con mínimo. De 20
DSMGVDF.
Robo Total: 10% del valor comercial de la unidad con mínimo. De 40
DSMGVDF
Cristales: 20% del valor de reposición
del cristal afectado a cada vehículo por separado en un
evento.
Capacidad: 130 Cajones
Sublimite por Unidad 500,000.00
$ 2,600,000.00
Los límites operan como
parte de y no en
adición al límite
máximo de
responsabilidad.
Para la
cobertura de R.C.
Inmuebles y
Actividades: Hasta la cantidad
de $10,000,0
00.00 M.N.
Límite Único
Combinado para
bienes de terceros y
R.C. Inmuebles y Actividades: 50% del monto de cada reclamación mínimo de 50 DSMGVDF R.C. Estacionamiento: Daños Materiales: 5% del valor comercial del vehículo con mínimo de $2,500.00 M.N. Robo Total: 10% del valor comercial del vehículo con mínimo de $6,500.00 M.N. Cristales: 20% por cada reclamación. Los deducibles anteriores son aplicables tanto a los montos indemnizables a que hubiere lugar como a los gastos de defensa.
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terceros en sus
personas, por uno o todos los siniestros
que puedan ocurrir
durante la vigencia
de la póliza.
Para la
cobertura R.C.
Estacionamiento
para 130 cajones:
$500,000.00 M.N.
por vehículo y $2,600,000.00 M.N. L.U.C. en agregado
anual, como
Riesgo Accesorio
Sin Acomodad
ores.
V.- ROTURA DE CRISTALES
$ 500,000.00 Amparada
Deducible:
5% de participación en la pérdida con mínimo
de 5 DSMGVDF
Deducible: 5% sobre el valor de cada cristal (incluyendo el costo
de remoción y reinstalación), con
mínimo de 5 DSMGVDF
Deducible:
5% sobre la pérdida con mínimo de 5
DSMGVDF
VII.- ROBO DE CONTENIDOS
$ 2,000,000.00
Amparada. Robo con violencia y/o asalto
Deducible: 10% sobre la pérdida con mínimo de 100
DSMGVDF
Deducible: 10% sobre la pérdida con
mínimo de 100 DSMGVDF
Condición: contar
con alarma central y velador o policía al
servicio del asegurado. La
10% de la pérdida con mínimo de 100
DSMGVDF
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inexistencia, incumplimiento o el
mal funcionamiento de algunas de estas
medidas de seguridad implicará que el
asegurado participe con un coaseguro del
10% de toda y cada pérdida en caso de
siniestro indemnizable, siempre y cuando esto influya en la realización y/o
propagación del siniestro.
IX.- EQUIPO ELECTRONICO
$ 10,000,000.00 Amparada
Deducible:
Equipo Fijo Daño Material:
1%
Robo Total: 15%:
Ambos sobre el valor del equipo dañado con mínimo según Suma
Asegurada
Deducibles: Básica: (excepto robo con violencia) 1% sobre el valor de reposición del equipo afectado
con mínimo por equipo de 20
DSMGVDF al monto del siniestro.
Robo con violencia y Asalto: 10% sobre el valor de reposición del equipo afectado con
mínimo por equipo de 20 DSMGVDF al
monto del siniestro.
Robo sin violencia y Hurto: 25% sobre la pérdida con mínimo de 20 DSMGVDF al monto del siniestro.
Daño Material: 2% sobre el valor de
reposición de cada equipo con mínimo de 100 DSMGVDF
Robo Equipo Fijo: 10% S.V.R. de cada equipo con mínimo de 20 DSMGVDF
Solo para fines administrativos
TEV y Erupción volcánica
Amparada
Deducible del 2% sobre el valor de reposición de los
bienes dañados y un coaseguro del 10%
de toda la pérdida, de acuerdo a zona de
riesgo según texto de Terremoto y/o
Erupción Volcánica
2% del valor de
reposición del equipo dañado.
2% de la suma asegurada. Con coaseguro del
10%.
Ciclón, Huracán, Granizo
Amparada Deducible del 2% sobre el valor de
Demás riesgos: 1% y coaseguro del 10%
1% de la suma asegurada con
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reposición de los bienes dañados y un coaseguro del 10%
de toda la pérdida, de acuerdo a zona de
riesgo según texto de Fenómenos
Hidrometeorológicos.
sobre el valor de reposición del o de los equipos dañados con mínimo por equipo de
20 DSMGVDF
máximo de 750 DSMGVDF.
Inundación Amparada
Demás riesgos: 1% y coaseguro del 10%
sobre el valor de reposición del o de los equipos dañados con mínimo por equipo de
20 DSMGVDF
1% S.V.R. del equipo dañado con mínimo por equipo de 40 DSMGVDF. Coaseguro del
10%.