costo directo de la mano de obra

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1 ANALISIS DE COSTOS MAESTRIA EN ADMINISTRACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN instituto tecnológico de la construcción 3. Costo directo de la Mano de Obra

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Page 1: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

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ANALISISDE

COSTOSMAESTRIA EN ADMINISTRACIÓN

DE LA CONSTRUCCIÓN

instituto tecnológico de la construcción

3. Costo directo de la

Mano de Obra

Page 2: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

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LEY FEDERAL DEL TRABAJO

ARTICULO 123DE LA CONSTITUCIÓN

POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

3.1 sueldos, salarios y prestaciones

Page 3: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

3

Artículo 58

Jornada de trabajo: el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón.

Artículo 59

El trabajador y el patrón fijarán la duración de la jornada de trabajo.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Artículo 60

Jornada diurna 6:00 a 20:00

Jornada nocturna 20:00 a 6:00

Jornada mixta diurna y nocturna ( menor a 3.5 hrs)

3.1 sueldos, salarios y prestaciones

Page 4: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

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Artículo 61

La jornada de trabajo máxima:

Jornada diurna 8:00 hrs

Jornada nocturna 7:00 hrs

Jornada mixta 7:30 hrs

Artículo 63

Durante la jornada continua de trabajo se concederá un descanso de media hora.

Artículo 66

Podrá prolongarse la jornada de trabajo sin exceder tres horas diarias, ni tres veces por semana.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

3.1 sueldos, salarios y prestaciones

Page 5: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

5

Artículo 68

La prolongación de la jornada de trabajo por más de nueve horas a la semana, se pagará con un 200% más.

Artículo 69

Por cada seis días de trabajo, se disfrutará de un día de descanso.

Artículo 71

El día de descanso será el Domingo. Al trabajar el Domingo, se tendrá derecho a una prima adicional del 25 %.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

3.1 sueldos, salarios y prestaciones

Page 6: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

6

Artículo 74

Días de descanso obligatorio:

•1º DE ENERO•5 DE FEBRERO•21 DE MARZO•1º DE MAYO•16 DE SEPTIEMBRE•20 DE NOVIEMBRE•25 DE DICIEMBRE•1º DE DICIEMBRE CADA 6 AÑOS

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

3.1 sueldos, salarios y prestaciones

Page 7: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

7

Artículo 76

Vacaciones 6 días por año, aumentando 2 días por año hasta llegar a 12, por cada año subsecuente.

Después del 4º año 2 días por cada 5 años.

Artículo 82

El salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.

Artículo 80

Prima vacacional no menor a 25% del salario correspondiente durante el periodo de vacaciones.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

3.1 sueldos, salarios y prestaciones

Page 8: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

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Artículo 87

Aguinaldo anual de cuando menos 15 días de salario, al no cumplir el año se tiene derecho a la parte proporcional.

Artículo 84

El salario se integra con los pagos hechos en efectivo, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra prestación.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

3.1 sueldos, salarios y prestaciones

Page 9: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

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INFONAVIT

El patrón aportará el 5% sobre las percepciones de sus trabajadores al fondo nacional para la vivienda.

3.1 sueldos, salarios y prestaciones

Page 10: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

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Impuesto sobre nominas

De acuerdo a la Legislación local.

IMPUESTOS LOCALES

3.1 sueldos, salarios y prestaciones

Page 11: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

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LEY DEL

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

3.1 sueldos, salarios y prestaciones

Page 12: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

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Artículo 6

• Régimen Obligatorio

• Régimen Voluntario

Artículo 11

El Régimen Obligatorio comprende los seguros de:

I. Riesgo de trabajo

II. Enfermedades y maternidad

III. Invalidez y vida

IV. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez

V. Guarderías y prestaciones sociales

3.1 sueldos, salarios y prestaciones

Page 13: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

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Artículo 11Obligaciones patronales:

I. Registrar e inscribir Trabajadores (5 días)

II. Llevar registros (nóminas y listas de raya)

III. Determinar cuotas obrero-patronales

IV. Proporcionar los elementos para las obligaciones patronales

V. Permitir inspecciones y visitas

VI. Expedir constancias de días trabajados y salario

VII. Cumplir con seguro de retiro, cesantía y vejez

VIII. Cumplir con la ley y el reglamento

IX. Expedir a trabajadores eventuales constancias días trabajados

3.1 sueldos, salarios y prestaciones

Page 14: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

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Artículo 25ENFERMEDAD Y MATERNIDAD Y PENSIONADOS

Patrón 1.05 %Trabajador 0.375 % Estado 0.075 %

Artículo 27

El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra prestación.

3.1 sueldos, salarios y prestaciones

Page 15: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

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Artículo 72RIESGO DE TRABAJO

PRIMA = ((S/365) + V * (I+D)) * (F/N) + M

TENIENDO COMO LIMITE +- 1.00%DE LA PRIMA DEL EJERCICIO ANTERIOR

Artículo 74

LAS EMPRESAS TIENEN LA OBLIGACION DE REVISAR CADA AÑO SU PRIMA DE RIESGO DE TRABAJO

VARIANDO MÁXIMO +- 1.00%

LÍMITES MÁXIMOS DE 0.250 COMO MÍNIMO Y 15.00 COMO MÁXIMO

3.1 sueldos, salarios y prestaciones

Page 16: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

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Artículo 72RIESGO DE TRABAJO

AUTODETERMINACION DE LA PRIMA POR RIESGO DE TRABAJO ART 72° LEY DEL IMSS

PRIMA = ( ( S/365 ) + V x ( I + D ) ) x ( F / N ) + M

PRIMA EJERCICIO ANTERIOR = 3.18550%

V = 28

F = 2.9

N = 743

S = 484

I = 0.08

D = 0

M = 0.0025

PRIMA POR FORMULA = 1.64185% ( PARA COMPARACION)

LIMITES SUPERIOR DE INCREMENTO = 4.18550%

PRIMA EJERCICIO ANTERIOR = 3.18550%

LIMITES INFERIOR DE INCREMENTO = 2.18550%

PRIMA PARA COTIZAR SIGUIENTE EJERCICIO= 2.18550%

3.1 sueldos, salarios y prestaciones

Page 17: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

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Artículo 96ENFERMEDAD NO PROFESIONAL

SUBSIDIO A PARTIR DEL 4º DIA

HASTA POR 52 SEMANAS

PROLONGÁNDOSE HASTA POR 26 SEMANAS MÁS

Artículo 73INSCRIPCIÓN POR PRIMERA VEZ

PRIMA MEDIA EN PORCIENTOSCLASE I 0.54355CLASE II 1.13065CLASE III 2.59840CLASE IV 4.65325

CLASE V 7.58875 INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN

3.1 sueldos, salarios y prestaciones

Page 18: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

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Artículo 106

ENFERMEDAD Y MATERNIDAD, EN ESPECIE

Patrón 13.9* % De un S.MG.V. D.F.

Cuando Salario Cotización > 3 S.MG.V. D.F.

Patrón 6.0* % Del excedente de 3 S.MG.V. D.F.

Trabajador 2.0* % Del excedente de 3 S.MG.V. D.F.

Estado 13.9 % De un S.MG.V. D.F.

* Cambia cada 1º de Enero hasta el 2008 (Art.19 Transitorio)

Artículo 107ENFERMEDAD Y MATERNIDAD, EN DINERO

Patrón 0.70 %Trabajador 0.25 % Estado 0.05 %

3.1 sueldos, salarios y prestaciones

Page 19: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

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Artículo 19 Transitorio

FECHA CUOTA FIJA ART 106 FRACCION I

EXCEDENTE 3 SMG ART. 106 FRACCION II

PATRONAL

EXCEDENTE 3 SMG ART. 106 FRACCION II

OBRERO

1º ENERO DE 1998 13.90 6.00 2.001º ENERO DE 1999 14.55 5.51 1.841º ENERO DE 2000 15.20 5.02 1.681º ENERO DE 2001 15.85 4.53 1.521º ENERO DE 2002 16.50 4.04 1.361º ENERO DE 2003 17.15 3.55 1.201º ENERO DE 2004 17.80 3.06 1.041º ENERO DE 2005 18.45 2.57 0.881º ENERO DE 2006 19.10 2.08 0.721º ENERO DE 2007 19.75 1.59 0.561º ENERO DE 2008 20.40 1.10 0.40

3.1 sueldos, salarios y prestaciones

Page 20: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

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Artículo 147

INVALIDEZ Y VIDA

Patrón 1.750 % * Límite de cáculo cambia cada 1º

Trabajador 0.625 % de Julio hasta el 2008 (Art.25 trans.)

Artículo 168

RETIRO

Patrón 2.00 % SAR

Estado 5.50 % De un S.MG.V. D.F.

CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ

Patrón 3.150 % * Límite de cáculo cambia cada 1º

Trabajador 1.125 % de Julio hasta el 2008 (Art.25 trans.)

Estado 7.143 %

3.1 sueldos, salarios y prestaciones

Page 21: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

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Artículo 25 TransitorioFECHA LIMITE EN EL SALARIO BASE DE COTIZACION;

INVALIDEZ Y VIDA, CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ, SOBRE EL S.M.G.V. D.F.

1º ENERO DE 1998 15.001º JULIO DE 1998 16.001º JULIO DE 1999 17.001º JULIO DE 2000 18.001º JULIO DE 2001 19.001º JULIO DE 2002 20.001º JULIO DE 2003 21.001º JULIO DE 2004 22.001º JULIO DE 2005 23.001º JULIO DE 2006 24.001º JULIO DE 2007 25.00

3.1 sueldos, salarios y prestaciones

Page 22: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

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Artículo 169

Los recursos depositados en la cuenta individual de cada trabajador son propiedad de éste.

Artículo 211GUARDERIAS

Patrón 1.00 %

3.1 sueldos, salarios y prestaciones

Page 23: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

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PARA EL CALCULO DEL SALARIO REAL Una de las primeras consideraciones en el

calculo, esta en lo referente a la mano de obra y el equipo a utilizar, de acuerdo al tipo de obra, tamaño y ubicación, pues uno de los principales variables de estos esta en el

rendimiento, pues se puede obtener el ideal al contar con condiciones optimas y en caso contrario tendremos rendimientos bajos que incrementan los costos.

3.2 salario real

Page 24: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

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COSTO DE LA MANO DE OBRA PARA LA EMPRESA

OBTENCION DEL FSRCONSIDERACIONES

SALARIOS

DESTAJOS

RENDIMIENTOS, capacitación, experiencia y condiciones sindicales, politicas y sociales.

VOLUMEN DE OBRA Y PROCESOS CONSTRUCTIVOS

CONDICIONES CONTRACTUALES CON EL CLIENTEAguinaldoVacaciones y prima vacacional.Domingos o séptimo díaDías festivos oficiales y por costumbre

3.2 salario real

Page 25: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

25

DESTAJOS

SALARIOSDE

MERCADO

SALARIOBASE

COSTO EMPRESA FSR

TRABAJADORALCANCE LIQUIDO O NETO DESPUES DE LAS RETENCIONES POR IMSS E ISR

3.2 salario real

Page 26: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

26

DIAS REALMENTEPAGADOS: días calendario + Aguinaldo + Prima vacacional

SALARIOBASE

DIAS REALMENTE LABORADOS:Días calendario, menos: - Domingos - Días festivos por ley - Días festivos por costumbre - Días por mal tiempo - Vacaciones - Días por enfermedadPRESTACIONES

SOCIALES:

IMSS e INFONAVIT

TOTAL DEVENGADOMAS PRESTACIONES

FACTORSALARIO

REAL

TOTAL DEVENGADOMAS PRESTACIONES,

ENTREDIAS REALMENTE

LABORADOS

3.2 salario real

Page 27: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

27

DÍAS FESTIVOS, por ley 1º de enero 5 de febrero 21 de marzo 1º de mayo 16 de septiembre 20 de noviembre 1º de diciembre, de cada 6 años cuando hay cambio

del poder ejecutivo federal 25 de diciembre

esto da un total de 7.17 días

3.2 salario real

Page 28: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

28

DIAS NO LABORABLES,

POR COSTUMBRE 3 de mayo, día de la Santa Cruz jueves, viernes y sábado de la Semana Santa 1ª y 2 de noviembre 12 de diciembre, día de la Virgen de Guadalupe 2 a 4 días por los festejos del carnaval, por ejemplo o: día del santo patrón de la localidad

para efectos prácticos se ha considerado para obra pública 4 días en este rubro

3.2 salario real

Page 29: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

29

FACTOR DE INCREMENTO: días pagados/días laborados

FACTOR DE INCREMENTO POR DIAS NO LABORADOS OBRA "A" OBRA "B"

CONCEPTO LEY F.TRABAJO No. DIAS No. DIAS

DIAS AL AÑO 365.00 365.00

DIAS PAGADOSDIAS CALENDARIO DEL PERIODO INICIO: 01-Ene-01 365.00 16-Abr-01 152.00

TERMINACION: 31-Dic-01 14-Sep-01

AGUINALDO ART. 87 (15 x D.CAL.)/D.AÑO 15.00 (15 x D.CAL.)/D.AÑO 6.25PRIMA VACACIONAL ART. 80 25% x D.VACACIONES 1.50 25% x D.VACACIONES 0.62

TOTAL DIAS PAGADOS: 381.50 TOTAL DIAS PAGADOS: 158.87

DIAS NO LABORADOSSEPTIMO DIA ART. 71 DOMINGOS 52.00 21.00DIAS FESTIVOS POR LEY ART. 74 01-Ene 7.00 1.00

05-Feb21-Mar01-May16-Sep20-Nov25-Dic

C/6AÑOS 01-DicVACACIONES ART. 76 (6 x D.CAL.)/D.AÑO 6.00 (6 x D.CAL.)/D.AÑO 2.50PERMISOS Y ENFERMEDAD (3 x D.CAL.)/D.AÑO 3.00 (3 x D.CAL.)/D.AÑO 1.25CONDICIONES CLIMATOLOGICAS 4.00 2.00

TOTAL D.NO LAB: 72.00 TOTAL D.NO LAB: 27.75

DIAS LABORADOS D.CAL - D.NO LAB. 293.00 D.CAL - D.NO LAB. 124.25

FACTOR DE INCREMENTO POR DIAS NO LABORADOS D.PAGADOS/D.LAB. 1.30205 D.PAGADOS/D.LAB. 1.27862

3.2 salario real

Page 30: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

30

  Cuotas patronales  

   

IMSSENFERMEDAD Y

MATERNIDAD  

  cuota fija19.10% 2006 y

19.75% 2007

  excedente2.08 % 2006 y 1.59 % 2007

  prestaciones 0,70%

  gastos médicos en especie 1,05%

  INVALIDEZ Y VIDA 1,75%

  GUARDERIAS 1%

  RETIRO 2%

  CESANTIA EN EDAD AVANZADA 3,15%

  RIESGOS DE TRABAJO 0.256% a 15.6%

mas INFONAVIT 5%  

3.2 salario real

Page 31: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

31

DECLARACION DE PRINCIPIOS DE LOS CONSTRUCTORES

Actuar de acuerdo con la Constitución, las Leyes, los Principios de la Libre Empresa y los estatutos y objetivos de la CMIC

Actuar con honestidad en la asignación, proyecto, realización y supervisión de obras.

Aceptar y observar todos los acuerdos que protejan a la empresa constructora y fortalezcan su unidad.

Propugnar por hacer efectivos los derechos de los trabajadores en lo que se refiere a salarios, seguridad social, protección de su salud y la capacitación que los habilite a elevar su nivel de vida y prestigio, tanto en lo social como en lo económico

Page 32: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

32

Mo = Costo por mano de obra.

Sr = Salario real del personal.

R = Rendimiento.

Mo= Sr / RArticulo 159 del RLOPSRM

NORMATIVIDAD DE LA OBRA PÚBLICA

3.2 salario real

Page 33: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

33

Sr = El salario real del personal, incluirá las prestaciones laborales derivadas de la Ley Federal del Trabajo, Contratos de trabajo y Ley del IMSS.

Sr = Sn x Fsr

Sn = Salario Tabulado, para las diferentes categorías Fsr = Factor de Salario Real

NORMATIVIDAD DE LA OBRA PÚBLICA

3.2 salario real

Page 34: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

34

Sn = Salario Tabulado para las diferentes categorías

NORMATIVIDAD DE LA OBRA PÚBLICA

CLAVE CATEGORIA Salario, según Comisión Nal de Salarios Mínimos

SALARIO REAL DE MERCADO

FUENTE Observaciones, Cuotas Sindicales e impuestos locales

TABULADOR DE SALARIOS

PROYECTO________________ CLIENTE__________________ LUGAR__________ FECHA________

3.2 salario real

Page 35: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

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FACTOR DESALARIO REAL

Fsr = Ps (Tp/Tl) + (Tp/Tl), artículo 160 RLOPSRM

Fsr = factor de salario real, que incluyen las prestaciones derivadas de la Ley Federal del Trabajo y los Contratos Colectivos de Trabajo en vigor.

Ps = obligaciones patronales, en fracción decimal, derivadas del IMSS e INFONAVIT

Tp = días realmente pagados durante un período anual

Tl = días realmente laborados durante el mismo período anual

3.2 salario real

Page 36: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

36

integración de cuadrillas

Categoría Unidad Cantidad Costo empresa

Importe

Peón jor 1.0000 175.00 175.00

Oficial de albañilería jor 1.0000 261.00 261.00

Maestro, mando intermedio

jor 0.0800 371.00 29.68

Herramienta menor % 3.0000 465.68 13.97

Equipo de seguridad % 2.0000 465.68 9.31

TOTAL $488.96

3.2 salario real

Page 37: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

37

Medio físico geográfico

Factor Técnico

Medio Socioeconómico

Clima; temperatura. humedad y lluviasSituación GeográficaTransporteTopografíaCalidad y riesgos del Material

ExperienciaProcedimiento constructivoDirecciónProgramaCapacitaciónEquipoHerramienta

Nivel socio-económicoSalarioEducaciónPieza de trabajoSindicatosIncentivosPrestacionesUsos y costumbres

Factores que afectan el

Rendimiento

3.2 salario real

Page 38: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

38

JORNAL

El pago de la cantidad acordada inicialmente que recibe un trabajador por jornada de trabajo. Nunca inferior al salario mínimo vigente de la zona y tomar muy en cuenta la percepción neta o libre de impuestos.

SISTEMAS DE PAGOSISTEMAS DE PAGO

DESTAJO

El pago de la cantidad que recibe un trabajador o un grupo de trabajadores al ejecutar una cantidad de obra determinada, a la cual se le dio un valor unitario con anterioridad. De tal manera que el pago resultante por jornada y por trabajador, nunca sea inferior al salario mínimo vigente de la zona o valor de mercado.

3.3 destajos y subcontratos

Page 39: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

39

VENTAJAS• FACILIDAD DE CONTROL

EN EL PAGO• MEJOR CALIDAD• MENOS ACCIDENTES

PAGO DE SALARIO POR JORNALPAGO DE SALARIO POR JORNAL

DESVENTAJAS• SOBREVIGILANCIA• DIFICULTAD EN LA VALUACION

UNITARIA• TIEMPOS PERDIDOS• MENOR RENDIMIENTO

3.3 destajos y subcontratos

Page 40: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

40

DESVENTAJAS• DIFICULTAD DE CONTROL• PUEDE SER INJUSTO• PUEDE REDUCIR LA

CALIDAD• MAYOR TRABAJO DE

MEDICIÓN

PAGO DE SALARIO POR DESTAJOPAGO DE SALARIO POR DESTAJO

VENTAJAS• SUPRIME SOBREVIGILANCIA• FACILITA VALUACIÓN

UNITARIA• EVITA TIEMPOS PERDIDOS• MAYOR RENDIMIENTO• ESPECIALIZACIÓN• A MAYOR VOLUMEN, MAS

PAGO• MENOR TRABAJO-MENOR

SUELDO

3.3 destajos y subcontratos

Page 41: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

41

PAGO DE SALARIO POR DESTAJOPAGO DE SALARIO POR DESTAJOALCANCES DEL PAGO POR DESTAJO:• DESTAJOS TABULADOS• NEGOCIACION DEL DESTAJO POR ALTO O BAJO VOLUMEN O

CONDICIONES ESPECIALES Y PAGO NETO DESPUES DE IMPUESTOS

• PORCENTAJE DE PAGO AL MAESTRO O SOBRESTANTE• AYUDA PARA TRANSPORTE• FACILIDADES PARA ALOJAMIENTO• HERRAMIENTA DE MANO• EQUIPO DE SEGURIDAD• DEFINICIÓN DEL “PATRON SUSTITUTO”, PARA QUE SE

ACLAREN LAS OBLIGACIONES ANTE EL IMSS• ACLARACION SOBRE EL PAGO DE AGUINALDO Y VACACIONES• RETENCIONES DE CUOTAS OBRERAS E ISR DE LOS

TRABAJADORES

3.3 destajos y subcontratos

Page 42: COSTO DIRECTO DE LA MANO DE OBRA

42

PAGO DE SALARIO POR DESTAJOPAGO DE SALARIO POR DESTAJO

PARA INTEGRAR UN PRECIO UNITARIO, EN LO REFERENTE A LA MANO DE OBRA Y EN BASE AL DESTAJO QUE SE PAGA, HAY QUE CONSIDERAR O ACLARAR:

•QUE SE ESTA INCLUYENDO EL SEPTIMO DIA, PARTE PROPORCIONAL DE AGUINALDO, VACACIONES Y PRIMA VACACIONAL.

•PARA LA CONTABILIDAD DE LA EMPRESA SE TIENEN QUE REALIZAR VARIOS CALCULOS PARA DETERMINAR EL SALARIO DEVENGADO Y LA DEFINCION DE IMPUESTOS Y CUOTAS AL IMSS

3.3 destajos y subcontratos