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ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA VICTORIA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. CODIGO DE ETICA SEPTIEMBRE, 2013.

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ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA

VICTORIA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

CODIGO DE ETICA

SEPTIEMBRE, 2013.

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INDICE

INTRODUCCIÓN ...................................................................................................................................................... 1

1. OBJETIVOS .......................................................................................................................................................... 1

1.1 OBJETIVO GENERAL .............................................................................................................................................. 1

1.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS ....................................................................................................................................... 1

2. DESTINATARIOS DEL CODIGO DE ETICA .............................................................................................................. 2

3. DISPOSICIONES GENERALES ............................................................................................................................... 2

3.1 VALORES DEL COOPERATIVA ................................................................................................................................ 2

3.2 PRINCIPIOS GENERALES ....................................................................................................................................... 3

4. DISPOSICIONES PARTICUALRES .......................................................................................................................... 4

4.1 EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES: ............................................................................................................................. 4

4.2 SECRETO Y RESERVA BANCARIA: .................................................................................................................................. 4

4.3 INFORMACIÓN PRIVILEGIADA: ..................................................................................................................................... 5

4.4 CONFLICTOS DE INTERESES: ......................................................................................................................................... 5

4.5 PREVENCIÓN Y CONTROL DE LAVADO DE ACTIVOS: .......................................................................................................... 6

4.6 CONFIDENCIALIDAD: .................................................................................................................................................. 7

4.7 USO ADECUADO DE RECURSOS: ................................................................................................................................... 7

4.8 DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN: ................................................................................................................................. 7

4.9 SOLVENCIA: ............................................................................................................................................................. 7

4.10 RELACIÓN CON LAS AUTORIDADES: ............................................................................................................................. 7

4.11 RELACIÓN CON LOS ASOCIADOS, CLIENTES Y USUARIOS: ................................................................................................. 8

4.12 RELACIÓN CON LOS PROVEEDORES: ............................................................................................................................ 8

4.13 RELACIÓN CON LOS COMPETIDORES:........................................................................................................................... 8

4.14 RELACIONES EN EL AMBIENTE DE TRABAJO: .................................................................................................................. 9

4.15 REGALOS E INVITACIONES: ........................................................................................................................................ 9

4.16 COMPETENCIA PROFESIONAL: ................................................................................................................................... 9

5. CONTROL INTERNO Y PREVENCION DE ACTOS INCORRECTOS ...........................................................................10

5.1 DESCRIPCIÓN DE ACTOS INCORRECTOS ....................................................................................................................... 11

5.1.1 Apropiación indebida de recursos .............................................................................................................. 11

5.1.2 Malversación de activos ............................................................................................................................. 11

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5.1.3 Corrupción .................................................................................................................................................. 12

5.1.4 Falsos Reportes ........................................................................................................................................... 12

5.1.5 Manipulación de estados financieros ......................................................................................................... 12

5.1.6 Incumplimiento de obligaciones legales ..................................................................................................... 13

5.1.7 Abuso tecnológico ...................................................................................................................................... 13

5.2 INVESTIGACIÓN DE ACTOS INCORRECTOS ...................................................................................................................... 13

5.3 RESPONSABILIDADES ................................................................................................................................................ 15

6. REGIMEN SANCIONATORIO ...............................................................................................................................15

7. COMITÉ GERENCIAL ...........................................................................................................................................16

8. CANALES DE INFORMACION Y ACTUACION DEL COMITÉ GERENCIAL. ................................................................16

9. DECLARACION DE RECEPCION Y CONOCIMIENTO ..............................................................................................16

10. DISPOSICIONES FINALES ..................................................................................................................................17

10.1. REMISION ........................................................................................................................................................ 17

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Código de Ética El Valor de lo que se debe Ser...y Hacer

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Comité de Educación. 1 COSAVI de R.L.

INTRODUCCIÓN

La Administración superior y el personal de la Asociación Cooperativa de Ahorro y Crédito

Santa Victoria de R.L., ha asumido con responsabilidad, el compromiso de afirmarse como una

de las instituciones de más solidez, entre las cooperativas de ahorro y crédito, tanto cuantitativa

como cualitativamente y, consecuentemente, generar valor y confianza a los inversionistas y

asociados.

Para la consecución de los objetivos y metas trazados, está implícito el trabajo eficiente,

transparente, ético, y el compromiso con la creación de valor. Esta tarea implica la

implementación de las prácticas del buen Gobierno Corporativo Cooperativista. Este, representa

un delicado balance entre la transparencia, la equidad corporativa y el cumplimiento de

responsabilidades al interior de la institución.

COSAVI, de R.L. es una cooperativa de carácter financiero, cuyo desempeño siempre se ha

caracterizado por el cumplimiento de las normas y leyes que rigen el sistema cooperativista y de

los principios éticos y morales.

Por ello, el presente Código de Ética enuncia los principios y normas de conducta que buscan

guiar la actitud y el comportamiento de los directivos, funcionarios y empleados de COSAVI, de

tal forma que puedan mantener unas excelentes relaciones, con un personal comprometido con

el crecimiento y el desarrollo de la institución y del país, mediante la promoción de los valores

que engrandecen la persona y nuestra organización.

1. OBJETIVOS

1.1 OBJETIVO GENERAL

Contar con un documento que norme la forma de actuar de los directivos y empleados de

COSAVI, para que con una buena conducta y con la orientación hacia la importancia que reviste

la buena atención a los clientes y asociados se logren los resultados plasmados en los planes

de trabajo de cada unidad administrativa.

1.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS

a) Lograr con base a un esquema de control, seguimiento y programas de auditoría, el estricto

cumplimiento de las normas que regulan la operatividad de la cooperativa;

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Código de Ética El Valor de lo que se debe Ser...y Hacer

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Comité de Educación. 2 COSAVI de R.L.

b) Desarrollar mecanismos de prevención y control para preservar en todo tiempo la integridad

individual e institucional; y

c) Definir estrategias y formas de actuar de los empleados de la cooperativa en diferentes

situaciones logrando con ello la transparencia en el desarrollo de las actividades diarias.

2. DESTINATARIOS DEL CODIGO DE ETICA

Este Código de Ética se aplica a todos al Consejo de Administración, Junta de Vigilancia,

directivos, empleados, funcionarios y colaboradores de COSAVI, de R.L., en adelante la

Cooperativa.

3. DISPOSICIONES GENERALES

3.1 VALORES DE LA COOPERATIVA

Los valores de la Cooperativa son:

a) Compromiso Agresivo: Actuar siempre congruente con las normas, principios, políticas y

procedimientos que orientan a la institución con vocación al servicio.

b) Transparencia: El ejercicio de la transparencia significa dar a conocer la información de

carácter público que obra en los archivos de cada una de nuestras operaciones, garantizar el

derecho de acceso a la información, y salvaguardar la protección de datos personales de

nuestros asociados y clientes en general.

c) Lealtad: Nuestro compromiso para con nuestros clientes y asociados; quienes son la razón

de ser de nuestra institución.

d) Solidez: se refiere a la estabilidad económica de la cooperativa, para hacer frente a sus

obligaciones tanto a corto, mediano y largo plazo, basada en una toma de decisiones en

conjunto y con responsabilidad cooperativista.

e) Honestidad: Actuamos con la conducta moral y social apropiada, unida a la decencia y

rectitud de comportamiento que exige una entidad líder en la prestación de servicios financieros.

Valor que se manifiesta en buscar, aceptar y decir la verdad, respetando los derechos y bienes

de las personas.

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Código de Ética El Valor de lo que se debe Ser...y Hacer

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Comité de Educación. 3 COSAVI de R.L.

Es honesto el que no miente, el que no roba, el que no engaña. La honestidad implica ser

sinceros en todo lo que se dice, ser fieles a las promesas hechas en el matrimonio, trabajo y

todos los ámbitos de nuestra vida.

Un empleado es honesto y está comprometido con la institución, cuando da aviso a su jefe

inmediato, de conductas inadecuadas o actividades ilícitas cometidas por sus compañeros o por

cualquier otra persona.

f) Honradez: La integridad en el trabajo diario, el respeto por las normas y la transparencia en

el manejo de los recursos son parte integral de nuestro quehacer.

g) Innovación permanente: Estar a la vanguardia de los sistemas de seguridad tanto

operativos como tecnológicos generando confianza y secreto bancario cooperativo ético.

h) Solidaridad: Creemos firmemente en que todos somos importantes y que juntos somos más

fuertes para alcanzar nuestros objetivos y nuestras metas.

3.2 PRINCIPIOS GENERALES

Los destinatarios del presente Código estarán obligados a cumplir no solamente con las leyes

de la Nación, sino las disposiciones y reglamentaciones que expidan las autoridades y las

normas y las políticas fijadas por la Cooperativa.

Los estatutos, reglamentos, normas, los códigos y los manuales de la Cooperativa son de

obligatorio cumplimiento para proteger la confiabilidad y seguridad de la institución.

Toda actividad, negocios u operaciones que realicen los directivos, funcionarios y empleados de

la Cooperativa en su nombre, deberán estar regidos por los principios éticos establecidos en el

presente Código, destacando la importancia que tienen los clientes, los proveedores y todas las

personas que de una u otra manera tienen relación de trabajo o de negocios con la Institución.

En la medida que todos los destinatarios del Código de Ética sean conscientes de sus

responsabilidades y de sus obligaciones morales, legales y laborales, y las practiquen, se

puede garantizar que se estará cumpliendo con los deberes frente a la sociedad, y la única

forma de hacerlo será guiándose por la senda de un negocio honesto, transparente y legítimo.

Los directivos, funcionarios y empleados dela Cooperativa estarán obligados en todas sus

actuaciones a:

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Código de Ética El Valor de lo que se debe Ser...y Hacer

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Comité de Educación. 4 COSAVI de R.L.

a) Actuar con buena fe, con lealtad, con diligencia y cuidado, velando permanentemente por el

respeto de las personas y el cumplimiento de la ley, dando prioridad en sus decisiones a los

principios y valores de la Cooperativa.

b) No aconsejar o intervenir en situaciones que permitan, amparen o faciliten actos incorrectos,

incluyendo aquellos que puedan utilizarse para confundir o sorprender de buena fe, a terceros o

usarse en forma contraria a los intereses legítimos de la Cooperativa, tales como publicidad

negativa, espionaje, incumplimiento de obligaciones laborales, comerciales, sociales y demás.

c) Informar oportunamente a sus jefes inmediatos todo acto o irregularidad cometida por parte

de otro funcionario o de un tercero, que afecte o pueda lesionar los intereses de la Cooperativa,

de sus clientes y usuarios. Si el empleado prefiere conservar el anonimato para comunicar

dicho acto, puede hacerlo, garantizándosele confidencialidad y ética profesional.

4. DISPOSICIONES PARTICUALRES

Los destinatarios del presente Código, deberán respetar y cumplir los siguientes principios:

4.1 En el ejercicio de sus funciones:

Deberán mantener independencia, objetividad y conocimiento en la toma de decisiones,

actuando con buena fe y en cumplimiento de la ley.

4.2 Secreto y Reserva Bancaria:

Todo el personal deberá conservar la confidencialidad, secreto, reserva y discreción sobre

datos de asociados, clientes y usuarios, que conozcan en desarrollo de sus funciones y labores,

evitando que se den perjuicios con la divulgación de ciertos aspectos que por razones de

negocios, personales o legales no deben ser de libre acceso público. Salvo que sea requerido

por las autoridades facultadas por la ley.

En virtud de lo anterior deberán abstenerse de:

a) Proporcionar información de las operaciones de los asociados y clientes o usuarios de la

Cooperativa a personas ajenas al mismo cliente o usuario, sus beneficiarios o autorizados,

representantes o apoderados, en términos de la misma.

b) Facilitar información sobre las operaciones de clientes o usuarios a los empleados o

funcionarios de la propia institución, salvo cuando el suministro de dicha información sea

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Código de Ética El Valor de lo que se debe Ser...y Hacer

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Comité de Educación. 5 COSAVI de R.L.

estrictamente necesaria para el cumplimiento de sus funciones como empleados de la

Cooperativa

c) Dar a conocer información reservada que pudiera dañar la imagen o el prestigio de la

Cooperativa o de terceras personas.

4.3 Información Privilegiada:

Es aquella que se encuentra fuera del dominio público, bien sea de la Cooperativa, de sus

asociados, clientes o proveedores; esta información se manejará de manera prudente para la

toma de decisiones. Información que se capta en el procedimiento de la captación de dinero de

los asociados, clientes y de los créditos concedidos.

Los destinatarios del presente Código deberán abstenerse de:

a) Efectuar cualquier operación en provecho propio o de terceros utilizando información

privilegiada de la Cooperativa, de sus asociados, clientes o proveedores.

b) Proporcionar información a un tercero, que no éste autorizado a recibirla.

c) Aconsejar a terceros, la realización de una operación con base en información confidencial

que conozca, en razón de su cargo.

4.4 Conflictos de Intereses:

Se entiende por conflicto de interés toda situación de interferencia entre esferas de interés, en

las cuales una persona puede sacar provecho para sí o para un tercero, en razón de la

actividad que desarrolla, y cuya realización implicaría la omisión de los deberes legales,

contractuales o morales a los que se encuentra sujeto.

Los conflictos de interés generan un efecto negativo en la transparencia, equidad y buena fe

que deben caracterizar las relaciones de negocios.

Cuando se presenten conflictos de interés deberán abstenerse de:

a) Participar en actividades, negocios u operaciones contrarias a los intereses de la Cooperativa

o que puedan dañar el cumplimiento de sus deberes y responsabilidades o afectar el buen

nombre de la Institución.

b) Realizar cualquier negocio u operación con fundamento, en sentimiento de amistad o

enemistad.

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Código de Ética El Valor de lo que se debe Ser...y Hacer

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Comité de Educación. 6 COSAVI de R.L.

c) Abusar de su condición de directivo, funcionario o empleado de la Cooperativa para obtener

beneficios, para sí o para terceros, relacionados con los productos o servicios que presta la

Cooperativa, así como, para obtener beneficios personales de asociados, proveedores,

contratistas, clientes o usuarios.

d) Apropiarse, desviar o usar los bienes de propiedad o bajo responsabilidad de la Cooperativa,

para ser destinados a fines diferentes de aquellos para los cuales hayan sido específicamente

adquiridos o recibidos.

Cuando se presente un conflicto de intereses entre los destinatarios del presente Código, de tal

manera que se afecte la libertad e independencia en una decisión, deberá evaluarse la situación

en base a las normas y procedimientos establecidos por la Cooperativa e informar al superior

jerárquico antes de tomar cualquier decisión.

4.5 Prevención y Control de Lavado de Activos:

Se deberá asegurar el cumplimiento de las medidas encaminas a prevenir y controlar el lavado

de activos, para lo cual se deberá considerar lo siguiente:

a) Vigilar que todos los clientes vinculados a la Cooperativa reúnan requisitos de calidad y

carácter tales, que exista una integridad moral reconocida y una actividad licita y transparente.

La capacidad económica de los clientes debe ser acorde con su actividad y con los movimientos

u operaciones que realicen en la institución.

b) Se deberá informar de inmediato a los funcionarios de mayor nivel con el fin de unificar

criterios, cuando se tenga conocimiento de una actividad sospechosa de un asociados, cliente o

usuario y se considere que no se debe extender la relación de negocios entre éste y la

Cooperativa, para prevenir repercusiones desfavorables y enviar reportes del caso a la

autoridad competente.

c) Anteponer los principios éticos al logro de metas comerciales, considerando que es

primordial generar una cultura orientada a cumplir y hacer cumplir las normas establecidas para

la prevención y detección del lavado de activos.

d) Todo funcionario y empleado de la Cooperativa que intervenga en la autorización, ejecución

y revisión de las operaciones deberán utilizar los mecanismos e instrumentos establecidos por

la Cooperativa para tal fin.

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Comité de Educación. 7 COSAVI de R.L.

4.6 Confidencialidad:

En general, deberán mantener la debida reserva sobre los documentos de trabajo e información

confidencial que estén a su cargo. Por lo consiguiente, deberán controlar y evitar que cualquier

unidad o dependencia de la Cooperativa haga uso indebido de dicha información o que sea

conocida por personas no autorizadas.

De igual manera, no darán a conocer ni transferirán a terceras personas las tecnologías,

metodologías y secretos comerciales que pertenezcan a la Cooperativa, sus asociados, clientes

y proveedores, a los que haya tenido acceso con respecto a su cargo. Así mismo, no obtendrán

ni intentarán el acceso a información que represente secreto comercial o estratégico en forma

ilegítima. Aun después de su desvinculación de la Cooperativa, estas obligaciones continuaran,

respecto a la información a que haya tenido acceso en función de su cargo.

4.7 Uso Adecuado de Recursos:

Realizar uso adecuado y racional de su tiempo, los muebles, las herramientas, los equipos y

demás elementos de trabajo de la Cooperativa. Se garantiza el derecho a la privacidad siempre

que la utilización de la infraestructura de la cooperativa sea exclusivamente a asuntos de

carácter laboral.

4.8 Divulgación de Información:

Toda información relativa a los resultados de la Cooperativa, situación financiera, la

composición accionaria de la Cooperativa, entre otras, de clientes, usuarios, autoridades y

asociados, deberá darse a conocer de manera oportuna, completa, precisa y clara, cuando

fuere necesario.

4.9 Solvencia:

Todo empleado de la Cooperativa deberá mantener solvencia moral y económica,

entendiéndose esta última como el mantener niveles moderados de endeudamiento que no

sobrepase los niveles preestablecidos por la Administración de la Cooperativa, así como otras

normas y políticas de entes reguladores.

4.10 Relación con las Autoridades:

Las relaciones de la Cooperativa con las entidades gubernamentales, municipales y con otras

autoridades públicas, deberán mantenerse dentro de marco de la ley y bajo los principios

descritos en este Código de Ética.

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Código de Ética El Valor de lo que se debe Ser...y Hacer

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Comité de Educación. 8 COSAVI de R.L.

4.11 Relación con los Asociados, Clientes y Usuarios:

Se deberá reconocer a nuestros Asociados, clientes y Usuarios como el centro de nuestra

actividad y parte fundamental del objetivo de nuestra función institucional. Por ende los

destinatarios del presente Código deberán abstenerse de realizar negocios con personas

naturales o jurídicas de las cuales se tenga conocimiento que observan un comportamiento

empresarial contrario a las leyes. De igual manera deberán expresar con claridad a los

asociados, clientes y usuarios las condiciones de las operaciones, de manera que conozcan los

productos y servicios, así como las obligaciones contraídas en toda actividad comercial.

Las sugerencias, reclamaciones o solicitudes de servicio deberán ser atendidas de forma

oportuna y precisa, conforme a la ley y a los contratos respectivos. Así también se evitaran

actos que perjudiquen el trabajo y la reputación de los empleados y de los asociados, clientes y

usuarios.

4.12 Relación con los Proveedores:

Las relaciones con los proveedores deben de ser única y exclusivamente de trabajo, en ningún

momento los ejecutivos o empleados se deben prestar a recibir dadivas o comisiones por la

aprobación de ofertas de dichos proveedores, poniendo en riesgo el normal desarrollo de las

actividades de la Cooperativa, debido a que, la calidad que ofrecen no sea la requerida. Deberá

fundamentarse la elección y contratación de proveedores en criterios técnicos, profesionales,

éticos y en las necesidades de la Cooperativa, conduciéndolas por medio de procesos que

garanticen la mejor relación costo beneficio, tales como el conocimiento del proveedor, la

evaluación del mismo, calidad de productos y servicios, y la cotización presentada, entre otros.

4.13 Relación con los Competidores:

La competencia justa es un mandato legal y ético, no corresponde a los empleados entablar

discusiones o llegar a acuerdos con los competidores en relación con las prácticas competitivas.

Se mantendrá una competencia leal como elemento básico en todas las operaciones y

relaciones con otras cooperativas e instituciones del mercado financiero. En ningún caso

deberán hacer comentarios que puedan afectar la imagen de los competidores o contribuir para

la divulgación de rumores sobre los mismos.

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Código de Ética El Valor de lo que se debe Ser...y Hacer

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Comité de Educación. 9 COSAVI de R.L.

4.14 Relaciones en el Ambiente de Trabajo:

Los funcionarios y empleados de la Cooperativa deben tomar conciencia que son responsables

de todas las actividades asignadas de acuerdo al puesto que desempeñan, por esa razón

deberán dedicarse con esmero al trabajo que les corresponde, ingresar y salir en los horarios

establecidos, debiendo también participar en aquellos trabajos que requieran su apoyo. Las

relaciones en el ambiente de trabajo deberán enmarcarse bajo la cortesía y el respeto, así como

buscar que predomine el espíritu de colaboración, trabajo en equipo y lealtad, dando estricto

cumplimiento a las normas señaladas en el Reglamento Interno de Trabajo de la Cooperativa y

el presente Código de Ética.

4.15 Regalos e Invitaciones:

Los intereses comerciales de la Cooperativa serán mejor servidos cuando sus decisiones estén

basadas en criterios comerciales y no influidos por factores tales como regalos, favores,

donaciones, invitaciones, viajes o remuneraciones, para los destinatarios del presente Código,

sus vinculados o familiares. Por lo consiguiente, ningún directivo, funcionario y empleado de la

Cooperativa podrán solicitar, ofrecer, recibir o dar, en forma directa o indirecta, gratificaciones

personales, comisiones, regalos, favores, donaciones, invitaciones, viajes o pagos en desarrollo

de las actividades de la Cooperativa, que puedan influir en sus decisiones, un negocio o

compromiso en beneficio propio o de terceros.

Se exceptúan los regalos o invitaciones institucionales o publicitarias que hagan parte del giro

ordinario de los negocios y que tengan un objetivo comercial, tales como agendas, bolígrafos,

llaveros, etc., por valores mínimos, o atenciones (comidas de negocios) de costo moderado.

Los comprobantes o cuentas de cobro presentadas a la Cooperativa por concepto de viajes o

atenciones sociales deberán corresponder a actividades oficiales del mismo y deberán estar

autorizados por la Gerencia General.

Cuando se tenga conocimiento de cualquier transacción inusual o posiblemente ilegal que

afecte a la institución, se debe informar oportunamente sobre estas acciones al jefe inmediato

para que tome las medidas correctivas pertinentes.

4.16 Competencia Profesional:

Es importante que el personal de la Cooperativa se prepare, que aumente sus conocimientos en

su área y en otras áreas afines, con el propósito de que se les considere para los ascensos de

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Comité de Educación. 10 COSAVI de R.L.

puestos y en la medida que sean más competitivos se brindará un mejor servicio a los

asociados y clientes en general.

Las Instituciones exitosas basan su éxito en la experiencia de su personal y en el nivel de

conocimientos, por ello es importante la instrucción permanente con el quehacer de la

Institución, logrando con ello un mejor nivel de educación básico para mejorar el nivel de

conducta de los empleados.

5. CONTROL INTERNO Y PREVENCION DE ACTOS INCORRECTOS

La Cooperativa tiene el firme propósito de optimizar sus utilidades mediante la administración

proactiva de todos los tipos de riesgo a que está expuesto. Por lo tanto, los directivos,

funcionarios y empleados deben tener una actitud preventiva, identificando los riesgos en los

procesos a su cargo.

También deberán realizar los esfuerzos necesarios para ejercer control en la totalidad las

operaciones y negocios a su cargo, de acuerdo con la ley y las mejores prácticas

administrativas y comerciales. Todos los procedimientos deben ser revisados de manera

permanente a la luz de los cambios en el medio y en el ambiente de trabajo.

Los directivos, funcionarios y empleados tienen el deber de comunicar a la Unidad de Auditoría

Interna, cualquier debilidad en los controles o potencial falla del sistema de control, tales como

instalación de nuevos sistemas y programas que no cumplen con los estándares de seguridad.

Los destinatarios de este Código deben comprender, en general, la normatividad externa e

interna que están obligados a cumplir en sus áreas de trabajo. En especial deben aplicar las

políticas y normas relacionadas con las siguientes materias: Reglamento Interno de Trabajo,

Políticas, Manual de Procedimientos para la Prevención de Lavado de Dinero y Activos,

Políticas y Manuales de Procedimientos en general.

Por consiguiente, todas las sospechas de actos incorrectos deben reportarse de manera

oportuna al jefe inmediato quien lo reportara a la administración superior, y debe colaborarse

con las eventuales investigaciones dela Cooperativa y de las autoridades, contestando sus

requerimientos con la totalidad de los hechos y la verdad, en cumplimiento del deber legal que

compete a todo ciudadano.

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Código de Ética El Valor de lo que se debe Ser...y Hacer

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Comité de Educación. 11 COSAVI de R.L.

5.1 Descripción de Actos Incorrectos

Entenderemos por actos incorrecto el incumplimiento de las normas legales y de las

disposiciones generales y particulares de este código, así como cualquier intento o actuación de

un directivo, funcionario o empleado de la Cooperativa de obtener un provecho indebido para sí

mismo o para terceros, abusando de su posición, y aquellos que puedan utilizarse para

confundir o sorprender la buena fe de terceros o usarse en forma contraria a los intereses

legítimos de la Cooperativa. Los actos incorrectos pueden involucrar asociados, clientes,

proveedores, representantes, competidores, empleados, ex empleados y directivos. A

continuación se consideran actos incorrectos los siguientes:

5.1.1 Apropiación indebida de recursos

Incluida la propiedad intelectual y la información, además de:

a) Abuso de confianza;

b) Hurto;

c) Desviación o uso indebido de información confidencial; y

d) Malversación y destinación diferente de recursos

5.1.2 Malversación de activos

Puede definirse como el acto intencional o culposo de disponer de los activos de la institución o

aquellos por los cuales éste sea responsable, en beneficio propio o de terceros; de manera que

ello cause una distorsión de los estados financieros. Dicha malversación comprende, pero no se

limita a:

a) Apropiación física de bienes, sin la respectiva autorización;

b) Apropiación de dinero, así sea de manera temporal o permanente;

c) Realización de gastos no autorizados, en beneficio propio o de terceros; y

d) En general, toda apropiación, desviación o uso de los bienes de propiedad o bajo

responsabilidad de la entidad para ser destinados a fines diferentes de aquellos para los cuales

hayan sido específicamente adquiridos o recibidos.

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Código de Ética El Valor de lo que se debe Ser...y Hacer

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Comité de Educación. 12 COSAVI de R.L.

5.1.3 Corrupción

Definida como una modalidad de robo y abuso de poder para beneficio propio, como también el

requerimiento o aceptación, ofrecimiento u otorgamiento por o hacia un directivo, funcionario o

empleado de la Cooperativa, de cualquier objeto de valor económico u otros beneficios como

dádivas, favores, promesas o ventajas de cualquier clase para sí mismo o para otra persona, a

cambio de la realización u omisión de cualquier acto relacionado con su trabajo, tales como:

a) Cualquier pago hecho a un empleado de parte de un proveedor a cambio de un negocio

favorable a este último;

b) Aceptación de un beneficio personal o para terceros como forma de influenciar una decisión

administrativa;

c) Aceptación de dádivas, regalos e invitaciones de cualquier naturaleza de terceras partes con

las cuales la Cooperativa tiene relaciones de negocios; y

d) Sobornos a funcionarios públicos o privados por realizar una determina acción u omitir una

actuación.

5.1.4 Falsos Reportes

Destinados a distorsionar la realidad del desempeño propio o de terceros incluye eliminación de

información material y otros casos como:

a) Suministro de información falsa para encubrir desempeño deficiente o para acceder a

bonificaciones.

b) Utilizar falsos reportes para engañar a inversionistas, entidades financieras o terceros en

general

c) Manipulación de estados financieros.

5.1.5 Manipulación de estados financieros

Se define como la alteración, producción o eliminación deliberada de registros, hechos de tal

manera que se distorsionen los estados financieros.

Este hecho comprende, pero no se limita a:

a) El acto de diferir el registro de ingresos, para disminuir los resultados de un período;

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Código de Ética El Valor de lo que se debe Ser...y Hacer

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Comité de Educación. 13 COSAVI de R.L.

b) El acto de diferir o registrar un egreso, en fecha diferente al de su realización, con el

propósito de mejorar los resultados de un período;

c) Uso de cuentas provisionales o cuentas puente, para distorsionar ingresos o egresos

significativos;

d) Creación de transacciones con proveedores o acreedores falsos;

e) La manipulación de saldos de cuentas del activo y pasivo;

f) El traslado periódico de obligaciones reales o ficticias, de un acreedor o deudor a otro, real o

ficticio, con el propósito de falsear la realidad de los saldos de cartera, cuentas por cobrar,

cuentas por pagar y otros activos o pasivos; y

g) En general, toda manipulación contable de la realidad financiera de la Institución.

5.1.6 Incumplimiento de obligaciones legales

Como las siguientes:

a) Ocultamiento de errores contables; y

b) Ocultamiento deliberado de violaciones legales.

5.1.7 Abuso tecnológico

Incluyendo el acceso no autorizado a sistemas de cómputo, violación de licencias de software,

implantación de virus u otro código dañino, o cualquier tipo de sabotaje, como:

a) Divulgación o acceso no autorizado de archivos electrónicos;

b) Uso indebido de la Red;

c) Destruir o distorsionar información clave para la Cooperativa; y

d) Fraude por computador, en todas sus manifestaciones.

5.2 Investigación de actos incorrectos

Todos los empleados, incluyendo los de las empresas que contratan con la Cooperativa, tienen

la obligación de reportar cualquier sospecha o evidencia de la realización de un acto incorrecto,

sin la más mínima demora.

El reporte deberá hacerse a la Gerencia General., sin perjuicio de formular las denuncias de

sospechas de actos ilegales ante las autoridades y entes de control. La Cooperativa

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Comité de Educación. 14 COSAVI de R.L.

respaldará a los empleados y terceros que de buena fe hagan estos reportes y mantendrá

la identidad de estos confidencialmente.

Auditoría Interna, con el apoyo de otras áreas dela Cooperativa que se requieran, investigará de

manera completa los hechos denunciados, con el fin de tomar las acciones que correspondan

según sea el caso, contra las personas o entidades responsables de los actos incorrectos, sin

consideración a su cargo o nivel.

Las investigaciones se llevaran a cabo respetando el debido proceso, y todas las personas

serán tratadas de manera justa y consistente con los principios rectores de nuestra conducta.

La Cooperativa respaldará a los empleados que sean acusados erróneamente de actos

incorrectos, siempre y cuando las investigaciones den como resultado la no realización de

dichos actos.

Todos los directivos, funcionarios o empleados de la Cooperativa deben cooperar con las

investigaciones, y asegurar y entregar todos los documentos y registros que contribuyan a las

mismas; y de ser necesario se recurrirá a la prueba del polígrafo.

Los empleados no deberán adelantar investigaciones por su cuenta, salvo autorización expresa

de la Gerencia General.

El resultado de la investigación será comunicado o trasladado a las instancias internas

pertinentes, para que se tomen las acciones que correspondan, incluyendo el despido y las

denuncias a las autoridades según sea el caso, y la recuperación de los daños y perjuicios a

través de los procesos legales, y cuando sea posible, reteniendo el valor de las prestaciones y

beneficios a su favor.

La Cooperativa apoyará a las autoridades y entes de control en su lucha contra actos ilegales.

Igualmente cuando tenga evidencia que otras personas o empresas puedan estar siendo

defraudadas, las reportará sin demora y efectuará todos los esfuerzos por apoyar al afectado.

En relación a Empresas o personas que prestan servicios a la Cooperativa, o sus proveedores,

el empleado que tenga el contacto con los mismos es responsable de identificar y mitigar los

posibles riesgos de conductas de su personal que contraríen este código, y de supervisar el

cumplimiento de las políticas que se establezcan para el efecto. La Cooperativa tomará las

medidas contra los empleados de estas empresas que falten a la ley en su relación con la

institución.

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5.3 Responsabilidades

Le corresponde al Gerente General de la Cooperativa, estar al tanto de las cifras de

siniestralidad de cada uno de los productos o procesos, y evaluar los planes de acción para

mitigar los riesgos identificados.

El Consejo de Administración hará seguimiento periódico del estado de la siniestralidad y de los

actos incorrectos, y las acciones tomadas para su prevención, mitigación y control, e incluirá el

informe correspondiente en su reporte anual a los asociados.

El Comité de Auditoría o la Junta de Vigilancia hará una revisión por lo menos una vez al año

sobre esfuerzos realizados para evitar actos incorrectos al interior de la Cooperativa.

Adicionalmente, cualquier persona en cualquier circunstancia que considere que la Cooperativa

no actúa respecto de una denuncia conforme a lo aquí expresado, deberá indicarlo al Comité de

Auditoría o la Junta de Vigilancia.

6. REGIMEN SANCIONATORIO

Todos los directivos, funcionarios o empleados de la Cooperativa que voluntariamente o con

culpa grave incurran en conductas que violen los principios éticos y las normas aquí

expresadas, serán sancionados de la siguiente forma:

a) Falta leve: se hará una amonestación verbal, mediante una acción de personal,

comunicándole al infractor sobre la forma de actuar relacionada con la falta cometida;

b) Falta moderada, reincidencia u otra falta leve: Se elaborará una acción de personal y se

enviará al Departamento de Recursos Humanos para que la agregue al expediente, podrá

incurrir en una suspensión de tres días laborales sin goce de sueldo; y

c) Falta grave, reincidencia con otra falta moderada: Se elaborará Acción de personal, con

recomendación sobre su despido y se enviara al Departamento de Recursos Humanos, para

que lo notifique al Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

Las medidas antes mencionadas no necesariamente se darán en el orden que se presentan,

todo dependerá de la gravedad de la falta que haya cometido, pudiendo pasar de una sola vez

al despido del funcionario o empleado.

Lo anterior incluye el comportamiento doloso o negligente en el tratamiento de situaciones de

riesgo y debilidades en el sistema de control, así como el encubrimiento de cualquier señal de

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acto incorrecto, obstaculización de procesos investigativos, denuncias falsas, temerarias o

malintencionadas, o aquellas hechas para obtener beneficio personal o a favor de terceros,

malos tratos o censura a compañeros de trabajo que cumplan con su deber de reporte, y

omisiones graves en la implementación de los planes de mitigación de actos incorrectos.

7. COMITÉ GERENCIAL

Este tendrá dentro de sus funciones, evaluar la aplicación de este código, investigar actos

incorrectos, y velar por la actualización del presente código, así como el fortalecimiento de los

más elevados estándares de conducta ética dentro de la Cooperativa.

8. CANALES DE INFORMACION Y ACTUACION DEL COMITÉ GERENCIAL.

Este Código contiene los lineamientos generales que permitirán evaluar gran parte de las

situaciones a las que se podría enfrentar los destinatarios del presente Código, pero no detalla

todos los problemas que pueden surgir en su día a día. Eventualmente podrán surgir dudas

sobre cuál es la conducta más apropiada que debe ser adoptada, casos en los cuales deberá

comunicar al superior jerárquico o al Comité de Gerencial antes de tomar cualquier decisión.

9. DECLARACION DE RECEPCION Y CONOCIMIENTO

Con el objetivo de dar cumplimiento a lo estipulado en el Instructivo de la Unidad de

Investigación Financiera para la Prevención de Lavado de Dinero y de Activos, Capítulo VII,

disposición Novena: Las Instituciones estarán obligadas a desarrollar programas de

capacitación y difusión al personal responsable de la aplicación de las Disposiciones,

expidiendo las constancias correspondientes.

Para lo cual se incorpora el formulario de Declaración Jurada de Recepción y Conocimiento del

presente Código, la cual una vez firmada por el Directivo, funcionario o empleado dela

Cooperativa, se anexará al expediente de cada uno.

La difusión de este Código estará bajo la responsabilidad de la Unidad de Cumplimiento con el

apoyo del área de Recursos Humanos de la Cooperativa.

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Comité de Educación. 17 COSAVI de R.L.

10. DISPOSICIONES FINALES

Lo no contemplado en el presente Código, será resuelto por el Consejo de Administración de la

Cooperativa, con el fin de mantener actualizada la presente norma de conducta, y será

obligatorio que se revise por lo menos una vez al año.

10.1. REMISION

Una vez aprobado por el Consejo de Administración, y en cumplimiento a lo estipulado en el

Instructivo de la Unidad de Investigación Financiera de la Fiscalía, Capitulo V, disposición

Séptima: será remitido a dicha Unidad y a INSAFOCOOP, para su respectivo conocimiento y

supervisión de cumplimiento.

Aprobado por Consejo de Administración, en Sesión No. **** de fecha ***** de **** de ****.

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Por este medio declaro que he leído, acepto y me comprometo a respetar el Código de

Ética de nuestra Cooperativa.

1. Que mis generales son:

Nombre completo:

Que mantengo vinculo laboral/contractual con:

Cargo: Agencia/Departamento:

2. Que a la firma del presente documento he recibido un ejemplar del Código de Ética,

aplicable a mi empleador, quien tiene la calidad de informar a la UIF, de conformidad al

Acuerdo 356 de la Fiscalía General de la República, sus normas y modificaciones.

3. Conocer que si incumplo las disposiciones del Código de Ética soy sujeto a una

sanción disciplinaria por parte de mi empleador.

5. Adicionalmente declaro a la fecha:

Tener vínculos de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o

segundo de afinidad con otro empleado o directivo de la Cooperativa.

SI NO

Nota: de ser afirmativa alguna de las opciones del numeral anterior, el declarante se obliga a informar a su jefe

inmediato superior o en su defecto al Gerente General de la Cooperativa.

Afirmo y ratifico todo lo manifestado en la presente declaración jurada, en razón de lo cual

firmo.

Firma:

Lugar y fecha: