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La cosa juzgada

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La cosa juzgada

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Jordi Nieva Fenoll

Profesor titular de Derecho ProcesalUniversidad de Barcelona

La cosa juzgada

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Reservados todos los derechos. De conformidad con lo dispuesto en los arts. 270, 271 y 272 del Código Penal vigen-te, podrá ser castigado con pena de multa y privación de libertad quien reprodujere, plagiare, distribuyere o comuni-care públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, fijada en cualquier tipo de soporte, sinla autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.

© 2006 Jordi Nieva Fenoll

© 2006 AtelierVía Laietana 12, 08003 Barcelonae-mail: [email protected]. 93 295 45 60

I.S.B.N.: 84-96354-74-1Depósito legal: B. 10.525-2006

Diseño de la colección y de la cubierta: Eva Ramos

Diseño y fotocomposición: Addenda, Pau Claris 92, 08010 [email protected]

Impresión: Winihard Gràfics

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«¿Quién pensáis que ha ganado este reino ycortado la cabeza a este gigante, y héchoos a vos

marqués, que todo esto doy ya por hecho y porcosa pasada en cosa juzgada, si no es el valor de

Dulcinea, tomando a mi brazo por instrumento desus hazañas?»

Miguel DE CERVANTES SAAVEDRA,El ingenioso hidalgo Don Quijote de La Mancha,

primera parte, capítulo 30.

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Índice

PRÓLOGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13

DEDICATORIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17

INTRODUCCIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19

I. HISTORIA DE LA COSA JUZGA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25

1. El Código de Hammurabi y otros derechos antiguos . . . . . . . . . . . . . 252. El Derecho romano . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30

2.1. Cosa juzgada formal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 312.2. Cosa juzgada material . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33

2.2.1. Formulación de la regla básica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 332.2.2. Aspectos subjetivos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 342.2.3. Aspectos objetivos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 362.2.4. Aspectos temporales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39

2.3. Ausencia de auténtica formulación de una regla básicaen el Digesto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39

2.4. La dogmatización de Glosadores y Comentaristas . . . . . . . . . . . 403. Interpretación del Digesto por Savigny. La Pandectística . . . . . . . . . . 414. Historia de las posiciones doctrinales modernas sobre la cosa

juzgada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 464.1. Teoría material y teoría procesal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 464.2. El punto de partida en Italia y España. Chiovenda . . . . . . . . . . . 524.3. Situación actual . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 56

5. La cosa juzgada en el Derecho español . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 595.1. Referencias a la cosa juzgada en las recopilaciones legislativas

históricas castellanas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60

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5.2. El antiguo art. 1252 del Código Civil. La influencia delDerecho francés y otras fuentes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62

5.3. Estado doctrinal de la cuestión en España . . . . . . . . . . . . . . . . . 67

II. PRECISIONES SOBRE EL CONCEPTO Y ESTUDIO DE LA COSAJUZGADA. ESENCIA DE LA INSTITUCIÓN ESTUDIADA . . . . . . . . . . . . . . 79

1. Reflexiones iniciales sobre el concepto de cosa juzgada . . . . . . . . . . . 791.1. La desvirtuación histórica y doctrinal del concepto . . . . . . . . . . 801.2. La cosa juzgada y la coherencia del ordenamiento jurídico . . . . 821.3. Cosa juzgada formal, cosa juzgada material, firmeza,

irrevocabilidad, inimpugnabilidad e invariabilidado inmutabilidad de las resoluciones jurisdiccionales . . . . . . . . . . 85

2. Utilidad de las doctrinas del objeto del juicio para resolverla problemática de la cosa juzgada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 922.1. El debate sobre la acción y su relevancia para el estudio

de la cosa juzgada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 942.2. El concepto de jurisdicción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1012.3. El concepto de objeto del juicio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1062.4. El fin de una polémica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 114

3. Esencia de la cosa juzgada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1183.1. El principio básico de la cosa juzgada: la prohibición de

reiteración de juicios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1193.2. Imposibilidad de cumplimiento estricto del principio . . . . . . . . . 1213.3. Estructura interna de la cosa juzgada: enjuiciamiento que

requiera estabilidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1233.4. Naturaleza jurídico-procesal o jurídico-material de la

cosa juzgada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 128

III. ALCANCE DE LA COSA JUZGADA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1331. Resoluciones aptas para provocar efectos de cosa juzgada . . . . . . . . 133

1.1. Resoluciones interlocutorias de mero trámite . . . . . . . . . . . . . . . 1331.2. Resoluciones interlocutorias decisorias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 134

1.2.1. Resoluciones sobre medidas cautelares . . . . . . . . . . . . . 1351.2.2. Resoluciones de la instrucción penal . . . . . . . . . . . . . . . 1371.2.3. Resoluciones del proceso de ejecución . . . . . . . . . . . . . . 139

1.3. Resoluciones definitivas de contenido procesal . . . . . . . . . . . . . 1411.4. Resoluciones definitivas de procedimientos plenarios . . . . . . . . 144

1.4.1. Las sentencias penales sobre el fondo. Su discutido«efecto positivo» . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 144

1.4.2. Resoluciones que aprueban allanamientos civilesy conformidades penales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150

1.4.3. Resoluciones que homologan transacciones . . . . . . . . . 1521.5. Resoluciones definitivas de procedimientos sumarios . . . . . . . . 153

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2. La preclusión de alegaciones en futuros juicios como supuestagarantía de la cosa juzgada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 164

3. Partes de la resolución judicial que alcanzan efectos de cosajuzgada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1763.1. Los pronunciamientos explícitos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 177

3.1.1. Los pronunciamientos que implican disposiciónjurisdiccional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 177

3.1.2. La motivación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1783.1.2.1. Los pronunciamientos sobre los hechos

declarados probados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1793.1.2.2. Los pronunciamientos sobre razonamientos

jurídicos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1823.1.2.3. Los pronunciamientos prescindibles . . . . . . . . . . . . . 184

3.1.3. Los pronunciamientos explícitos sin previo debatede las partes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 188

3.2. Los pronunciamientos implícitos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1903.2.1. Razón de ser de estos pronunciamientos . . . . . . . . . . . . 1913.2.2. Acotación de los pronunciamientos en función de si

hubo o no debate sobre los mismos . . . . . . . . . . . . . . . 1923.2.3. Necesidad de estabilidad del pronunciamiento

implícito . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1954. Ámbito o supuestos en que la cosa juzgada despliega sus efectos . . . 198

4.1. Identidad entre los objetos de los juicios . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2004.2. Falta de identidad de los objetos de los juicios . . . . . . . . . . . . . . 203

4.2.1. Cuestión previa. Matización del dogma «res iudicatainter partes» . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 204

4.2.2. Situaciones de terceros con interés directo . . . . . . . . . . 2094.2.3. Situaciones de terceros con interés directo en procesos

con pluralidad indeterminada de afectados . . . . . . . . . . 2144.2.4. Situaciones de colateralidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2214.2.5. Situaciones de indiferencia jurídica . . . . . . . . . . . . . . . . 225

5. Influencia de juicios jurisdiccionales de un orden jurisdiccionalsobre los de otro orden . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2285.1. Trascendencia de que un pronunciamiento no se respete por

un juez de otra jurisdicción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2315.2. Aplicación de la regla de la necesidad de estabilidad

del pronunciamiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2335.2.1. Prejudicialidad de las resoluciones penales . . . . . . . . . . 2345.2.2. Prejudicialidad de las resoluciones no penales . . . . . . . . 2385.2.3. Pronunciamientos prejudiciales sobre materias no

pertenecientes al orden jurisdiccional del Juez quelos pronuncia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 242

6. El tiempo y la cosa juzgada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2466.1 El cambio de circunstancias posterior a la firmeza

de la sentencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 247

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6.2. Los supuestos límites temporales anteriores a la producciónde la cosa juzgada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 250

6.3. La vigencia temporal de los juicios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2546.3.1. La necesidad de existencia de límites temporales

de la cosa juzgada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2566.3.2. Virtualidad de la ejecutabilidad de la sentencia para

la vigencia de la cosa juzgada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2596.3.3. Imposibilidad de fijación legal de los límites

temporales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2606.4. Hipótesis erróneas de límites temporales . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2646.5. Las normas retroactivas anulatorias de la cosa juzgada . . . . . . . 266

IV. LA CONTRADICTORIEDAD DE SENTENCIAS FIRMES . . . . . . . . . . . . . . . . 269

1. Planteamiento de las diversas alternativas de solución . . . . . . . . . . . . 2701.1. Anulación del pronunciamiento que sea posterior en

el tiempo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2721.2. Anulación del pronunciamiento que sea anterior en

el tiempo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2741.3. Anulación del pronunciamiento que parezca más incorrecto,

dictándose nueva sentencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2771.4. Anulación de todo lo actuado y reinicio del proceso . . . . . . . . . 278

2. Procedimiento adecuado para resolver la contradicción . . . . . . . . . . . 2792.1. La revisión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2802.2. Otros procedimientos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2822.3. Procedimiento declarativo ordinario . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 283

V. CONCLUSIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 287

1. Resumen en español . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2872. Zusammenfassung auf Deutsch . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2893. Summary in english . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 292

BIBLIOGRAFÍA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 295

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Prólogo

Uno de los temas más difíciles y discutidos del Derecho procesal lo constituyeprecisamente la cosa juzgada, la cual, pese a ser la característica distintiva dela jurisdicción respecto de las restantes funciones del Estado, y pese a su apa-rente sencillez, ha motivado un gran número de discusiones doctrinales y juris-prudenciales que no afectan a la institución en sí misma considerada, sino másbien a su alcance, discutiéndose principalmente si las resoluciones procesalesproducen o no cosa juzgada, si la cosa juzgada afecta a las cuestiones prejudi-ciales, se extiende o no a las cuestiones no planteadas en el proceso pero quepudieron plantearse, han sido o no resultas por la sentencia, y sobre todo lasrelaciones entre los diversos órdenes jurisdiccionales.

Aún cuando dichas cuestiones fueron abordadas en el año 1980 en nuestroComentario al derogado art. 1252 del Código Civil, lamentablemente unimportante sector doctrinal, que ha influido decisivamente en la nueva Ley deEnjuiciamiento Civil, desde posiciones dogmáticas opuestas, ha contribuido aoscurecer el concepto, e incluso, mediante la redacción del novedoso art. 400Ley de Enjuiciamiento Civil, a crear nuevos problemas artificiales como la posi-bilidad de que se produzca cosa juzgada respecto de cuestiones no planteadaspor las partes en el proceso ni resueltas en la sentencia.

En este contexto, la obra del profesor NIEVA efectúa un completo estudio de lacosa juzgada remotándose a sus origenes históricos y despojándola de estérilesdiscusiones dogmáticas para llegar a la conclusión de una difícil sencillez pero almismo tiempo de una notable profundidad: el principio básico de la cosa juzga-da consiste en que los juicios deben realizarse una sola vez, en la prohibición dereiteración de un juicio ya resuelto.

Desde esta perspectiva las principales dificultades no las ofrece la cosa juzga-da, sino más bien el alcance de la cosa juzgada en determinados supuestos, el

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ámbito temporal de la cosa juzgada y la posible contradictoriedad de senten-cias firmes. El análisis que efectúa respecto de dichos tres diversos órdenes deproblemas es ciertamente sugestivo y riguroso, y aún cuando pueda discrepar-se de algunas de sus conclusiones no por ello desmerece la obra en su conjun-to, que resulta indispensable para cualquier nuevo estudio serio que puedarealizarse sobre la institución.

Analiza el profesor NIEVA, ante todo, las resoluciones aptas para producir cosajuzgada, incluyendo dentro de las mismas las resoluciones procesales, en loslímites de lo juzgado, impidiendo que se reproduzca un nuevo proceso mien-tras no haya quedado superado el óbice procesal juzgado en el anterior proce-so, e incluso las dictadas en los juicios sumarios, en los que como investigadordiscrepa del mandato legislativo considerando que debe primar la estabilidaddel primer juicio, y a través de un completo estudio histórico y de derechocomparado destaca que en realidad en los escasos juicios sumarios de nuestroordenamiento existe un verdadero juicio y por consiguiente se produce plenacosa juzgada.

Compartimos plenamente la crítica que efectúa el profesor NIEVA en torno aldesafortunado artículo 400 LEC, así como el estudio relativo a la cosa juzga-da de los pronunciamientos explícitos de la sentencia y los supuestos en quela cosa juzgada despliega plenamente sus efectos, aún cuando pueda parecerdiscutible la equiparacion realizada por el autor entre las identidades objetivay subjetiva y la superación del principio «res iudicata inter partes». El trata-miento novedoso de dichas cuestiones no impide compartir las conclusionesa que llega en torno a las mismas y muy principalmente la necesidad de intro-ducir en nuestro ordenamiento jurídico un procedimiento similar al estableci-do en los ordenamientos francés e italiano para que los terceros puedandefenderse frente a los efectos colaterales de la cosa juzgada.

Más discutible, pero analizada con gran profundidad, es la solución que pro-pone respecto de los pronunciamientos implícitos de la sentencia y los efec-tos de cosa juzgada entre resoluciones dictadas por distintos órdenes juris-diccionales, respecto de las que el autor entiende que la necesidad deestabilidad determina que en cualquier caso se produzca cosa juzgada, sibien encuentra a faltar en nuestro ordenamiento un tratamiento más com-pleto de ambos problemas. Por lo que respecta a los pronunciamientos implí-citos centra la dificultad en determinar si estos se han o no producido al noestar reflejados en la sentencia, planteándose algunos casos prácticos reales dedifícil solución, en los que pueda existir conflicto entre el derecho de defensarespecto de cuestiones no planteadas en el proceso y la estabilidad de la sen-tencia, pronunciándose en favor de esta última. Lo mismo ocurre en relacióna la influencia de la cosa juzgada entre los diversos órganos jurisdiccionales, y

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muy singularmente entre las resoluciones penales y las civiles, que el autor, enaras a la estabilidad de la sentencia, no duda en afirmar. En cualquier caso eldebate está abierto y aún cuando pueda discreparse de las conclusiones delautor el planteamiento es muy profundo y «de iure condendo» puede resultarmuy difícil su refutación.

Muy novedoso es el estudio realizado en torno a la prolongación en el tiempode los efectos de la cosa juzgada, planteándose el profesor NIEVA hasta quépunto podría alegarse en la actualidad la cosa juzgada derivada de una sen-tencia firme dictada en la época romana o incluso en el siglo XIX, dando ejem-plos prácticos reales de dicha situación. Se trata de un análisis muy sugestivoque abre un nuevo frente de discusión en torno a la cosa juzgada.

Cierra la monografía un completo análisis de las hipótesis de sentencias con-tradictorias sobre un mismo objeto, fenómeno ciertamente que no deberíaproducirse, ya que la cosa juzgada del primer proceso debería impedir que sedictara sentencia en el segundo proceso, pero que, bien por ausencia de laspartes en el segundo proceso, bien por fraude, es posible que el Juez delsegundo proceso no haya tenido conocimiento del primer proceso y, portanto, no haya podido apreciarla, produciéndose así una colisión entre dossentencias firmes, la del primer proceso y la del segundo, que requiere unasolución no ofrecida por el derecho positivo. Tras analizar las tres posiblessoluciones: debe prevalecer la cosa juzgada del primer proceso; la cosa juzga-da del segundo proceso en cuanto posterior elimina la del primer proceso; o espreciso seguir un nuevo proceso en el que tras eliminar las dos cosas juzgadascontradictorias pero partiendo de los puntos en que ambas coincidan, se déuna nueva solución al litigio, se inclina por esta última solución.

La vocación procesal del profesor NIEVA se refleja en esta sexta monografía,que supone un nuevo éxito de la Escuela Barcelonesa de Derecho Procesal, conel valor añadido de que los temas tratados han ido incrementando su nivel dedificultad que culmina en la obra prologada, que sin duda alguna permite con-siderar a su autor como uno de los principales valores del actual Derecho Pro-cesal español, merecedor de que pueda alcanzar en breve la máxima categoríaprofesoral en la Universidad española.

12 de noviembre de 2005MANUEL SERRA DOMÍNGUEZ

CATEDRÁTICO DE DERECHO PROCESAL

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Dedicatoria

Este libro posee una dedicatoria múltiple. Detrás de sus líneas se esconde lacolaboración de muchas personas que estimulan, apoyan, y que a la vez lehacen a uno pensar ya en el siguiente trabajo que escribirá. Por ello se hacenecesario citar a algunos de ellos.

En primer lugar, quiero mencionar al Profesor Manuel SERRA DOMÍNGUEZ, mimaestro, que una vez más se ha prestado a revisar y corregir este trabajo,labor que espero que siga ejerciendo en el futuro. Dura ya demasiado tiempoel problema del retiro de profesores que podrían seguir prestando su servicio apleno rendimiento. Alcanza a todas las «escuelas» y áreas de conocimiento, ytodos tenemos muchos de sus nombres en la cabeza. Ciertamente, es obliga-do saber retirarse discreta y dignamente llegado el momento. Pero muy dife-rente es que alguien que esté en perfectas condiciones de seguir ejerciendo sulabor, sea friamente apartado. Hay que intentar que esta situación se remedie,concibiéndose una vinculación universitaria completamente simbólica paraque estos profesores sigan prestando de algún modo su saber y experiencia,con total independencia de un sueldo o de un poder administrativo que, porpura dignidad, ya no anhelan, haciendo de ese modo que la Universidad sigasiendo su casa. De lo contrario, esa situación algún día alcanzará también atodos los que ahora estamos en servicio activo, por más lúcidos que paraentonces nos encontremos.

También quisiera agradecer su amistad y su ayuda a Laura. A súa presencia ehospitalidade en Alemania fixeron que puidese ter acceso a unha parte moirelevante da bibliografía deste traballo, nun momento no que non podía per-mitime o luxo de realizar unha extensa estadía no estranxeiro.

En el terreno de las ideas, mi agradecimiento a algunos de mis amigos, perotambién a mis alumnos, tanto los de Derecho como los de Criminología. Sin

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ellos saberlo, contribuyen con sus preguntas a que nazcan en mí multitud deideas e inquietudes que, maduradas hasta donde me ha sido posible, hanquedado reflejadas en esta obra. En aquesta tasca voldria destacar en incísapart les múltiples i sempre profitoses converses, muntanyenques o no, amb lameva amiga Raquel Tomàs.

Por lo demás, mi agradecimiento más sincero a mis amigos Eduard Roig y JaumeRibalta, por sus ayudas bibliográficas. A mi compañera Paula Domínguez, porsus sugerencias de alguna traducción del Digesto; a Alícia Sintes, responsable dela correcció d’alguna de ses meves afirmacions extrajurídiques; y a Rosa Caste-llón, Letrada del Gobierno del Principado de Andorra, per l’amable tramesa de lasentència de concòrdia esmentada en aquest treball. Al meu estimat amic ManelRiera, pel seu ajut «des de l’illot». Bei Martin Ebers (Universität Münster) möchteich mich auch herzlich bedanken für seine Hilfe mit der Zusammenfassung. I alsowish to thank Judge Peter J. Messitte (U.S. District Court for the District of Mary-land) for his help with the english translation.

Para acabar, indicar una vez más que agradezco sinceramente todas las suge-rencias, consultas, apreciaciones, objeciones, etc., y que por ello ofrezco midirección de correo electrónico ([email protected]).

Jordi NIEVA FENOLL

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