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AÑO CXXII Nº 95 44 Páginas La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 18 de mayo del 2016 la persona debe o no continuar bajo internamiento en el Centro de Atención para Personas con Enfermedad mental en conflicto con la Ley (CAPEMCOL). A LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES PENALES DEL PAÍS, SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión No. 24-16 celebrada el 10 de marzo de 2016, artículo XLI, acordó instar a todos los jueces y juezas penales, que en aquellos casos en que se encuentre involucrada una persona con discapacidad psicosocial que por esta condición deba ser remitida al Centro de Atención para Personas con Enfermedad mental en conflicto con la Ley (CAPEMCOL) a efectos de cumplir con el internamiento para observación de conformidad con el artículo 186 del Código Procesal Penal, se les recuerda la necesidad de solicitar desde el primer momento, al Departamento de Psicología y Psiquiatría Forense, tanto la primera como la segunda evaluación de ingreso al final del mes, para que se determine si la persona debe continuar en internamiento en ese Centro. San José, 28 de abril del 2016. Irving Vargas Rodríguez, 1 vez.—Exonerado.—(IN2016028611) CIRCULAR Nº 65-2016 ASUNTO: Deber de consultar y verificar con el Registro Civil o con otros medios legales, la identidad de las personas sometidas a un proceso penal. A LOS DESPACHOS JUDICIALES QUE CONOCEN MATERIA PENAL SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 24-16, celebrada el 10 de marzo de 2016, artículo XLII, acordó comunicar a los despachos judiciales que conocen materia penal, que al momento de recibir los datos brindados por la persona sometida a un proceso penal, verifiquen si los mismos se ajustan a la realidad, mediante consulta con el Registro Civil o bien, que utilicen otros medios legales para verificar la identidad de la persona. San José, 28 de abril de 2016. Irving Vargas Rodríguez 1 vez.—Exonerado.—( IN2016028612) CIRCULAR Nº 66-2016 ASUNTO: Obligación de las personas servidoras judiciales que cobran “Zonaje”, de mantener actualizados los datos en la declaración jurada, para el pago de dicho rubro. A TODOS LOS SERVIDORES Y SERVIDORAS JUDICIALES DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 25-16 celebrada el 15 de marzo de 2016, artículo XXXIX, acordó reiterar todas las personas servidoras judiciales que cobran el rubro del CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SECRETARÍA GENERAL CIRCULAR Nº 62-2016 ASUNTO: Autorización para que los despachos judiciales entreguen información pública a las personas encargadas del Programa Estado de la Nación. A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 21-16 celebrada el 3 de marzo de 2016, artículo CVII, a solicitud del señor Jorge Vargas Cullel, Director del Programa del Estado de la Nación, dispuso comunicar a los despachos judiciales del país; que de conformidad con el Convenio establecido entre el Poder Judicial y el Consejo Nacional de Rectores (Conare), se autoriza a los despachos judiciales para que hagan entrega de la información pública solicitada por las personas encargadas del Programa Estado de la Nación. San José, 28 de abril del 2016. Irving Vargas Rodríguez, 1 vez.—(IN2016028609). CIRCULAR Nº 63-2016 ASUNTO: Entrada en vigencia del “Sistema de seguimiento para generar un impacto positivo en la ayuda a distancia brindada a los despachos judiciales por el Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la función Jurisdiccional”. A LAS JEFATURAS DE LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 17-2015, celebrada el 26 de febrero de 2015, artículo XX, acordó aprobar el “Sistema de seguimiento para generar impacto positivo en la ayuda a distancia brindada a los despachos judiciales por el Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la función Jurisdiccional”, con el propósito de generar impacto positivo permanente en las ayudas que brinda el Área de Gestión y Apoyo del Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, a los despachos judiciales solicitantes. San José, 28 de abril de 2016. Irving Vargas Rodríguez, 1 vez.—Exonerado.—( IN2016028610 ). CIRCULAR Nº 64-2016 ASUNTO: Solicitar el resultado al Departamento de Psicología y Psiquiatría Forense, de la primera y segunda evaluación al final del mes de internamiento, para determinar si

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AÑO CXXII La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 1° de febrero del 2016 Nº 95 — 44 PáginasLa Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 18 de mayo del 2016

la persona debe o no continuar bajo internamiento en el Centro de Atención para Personas con Enfermedad mental en conflicto con la Ley (CAPEMCOL).

A LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES PENALES DEL PAÍS,SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión No. 24-16 celebrada el 10 de marzo de 2016, artículo XLI, acordó instar a todos los jueces y juezas penales, que en aquellos casos en que se encuentre involucrada una persona con discapacidad psicosocial que por esta condición deba ser remitida al Centro de Atención para Personas con Enfermedad mental en conflicto con la Ley (CAPEMCOL) a efectos de cumplir con el internamiento para observación de conformidad con el artículo 186 del Código Procesal Penal, se les recuerda la necesidad de solicitar desde el primer momento, al Departamento de Psicología y Psiquiatría Forense, tanto la primera como la segunda evaluación de ingreso al final del mes, para que se determine si la persona debe continuar en internamiento en ese Centro.

San José, 28 de abril del 2016. Irving Vargas Rodríguez,1 vez.—Exonerado.—(IN2016028611)

CIRCULAR Nº 65-2016ASUNTO: Deber de consultar y verificar con el Registro Civil o

con otros medios legales, la identidad de las personas sometidas a un proceso penal.

A LOS DESPACHOS JUDICIALESQUE CONOCEN MATERIA PENAL

SE LES HACE SABER QUE:El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 24-16,

celebrada el 10 de marzo de 2016, artículo XLII, acordó comunicar a los despachos judiciales que conocen materia penal, que al momento de recibir los datos brindados por la persona sometida a un proceso penal, verifiquen si los mismos se ajustan a la realidad, mediante consulta con el Registro Civil o bien, que utilicen otros medios legales para verificar la identidad de la persona.

San José, 28 de abril de 2016. Irving Vargas Rodríguez1 vez.—Exonerado.—( IN2016028612)

CIRCULAR Nº 66-2016ASUNTO: Obligación de las personas servidoras judiciales que

cobran “Zonaje”, de mantener actualizados los datos en la declaración jurada, para el pago de dicho rubro.

A TODOS LOS SERVIDORES Y SERVIDORASJUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 25-16

celebrada el 15 de marzo de 2016, artículo XXXIX, acordó reiterar todas las personas servidoras judiciales que cobran el rubro del

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR Nº 62-2016

ASUNTO: Autorización para que los despachos judiciales entreguen información pública a las personas encargadas del Programa Estado de la Nación.

A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍSSE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 21-16 celebrada el 3 de marzo de 2016, artículo CVII, a solicitud del señor Jorge Vargas Cullel, Director del Programa del Estado de la Nación, dispuso comunicar a los despachos judiciales del país; que de conformidad con el Convenio establecido entre el Poder Judicial y el Consejo Nacional de Rectores (Conare), se autoriza a los despachos judiciales para que hagan entrega de la información pública solicitada por las personas encargadas del Programa Estado de la Nación.

San José, 28 de abril del 2016. Irving Vargas Rodríguez,1 vez.—(IN2016028609).

CIRCULAR Nº 63-2016

ASUNTO: Entrada en vigencia del “Sistema de seguimiento para generar un impacto positivo en la ayuda a distancia brindada a los despachos judiciales por el Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la función Jurisdiccional”.

A LAS JEFATURAS DE LOS DESPACHOSJUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 17-2015, celebrada el 26 de febrero de 2015, artículo XX, acordó aprobar el “Sistema de seguimiento para generar impacto positivo en la ayuda a distancia brindada a los despachos judiciales por el Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la función Jurisdiccional”, con el propósito de generar impacto positivo permanente en las ayudas que brinda el Área de Gestión y Apoyo del Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, a los despachos judiciales solicitantes.

San José, 28 de abril de 2016.

Irving Vargas Rodríguez,1 vez.—Exonerado.—( IN2016028610 ).

CIRCULAR Nº 64-2016

ASUNTO: Solicitar el resultado al Departamento de Psicología y Psiquiatría Forense, de la primera y segunda evaluación al final del mes de internamiento, para determinar si

Miércoles 18 de mayo del 2016Pág 2 — BOLETIN JUDICIAL Nº 95

Corrales Alvarado SimónAndrés 5931 ** 03/09/2014 ** 576-13Corrales Granados WalterFrancisco 4924 9 meses 07/08/2015

06/05/2016 406-13

Cubero Campos JoséFabián 7325

3 años y 2meses 16/11/2015

15/01/2019 399-11

De León Quesada LilliamVanessa 17669 ** 16/10/2013 ** 543-13Díaz Díaz Yosef Yamín c.cCohen Díaz Yosef Yamín 15276 6 años 15/05/2014

14/05/2020 616-12

Di Bella Hidalgo Herbert 5869 12 Años 23/03/200722/03/201

9 240-06Fernández Cabalceta MartaShirley 10480 ** 27/01/2015 ** 481-13González Salas GerardoAntonio 5454 28 años 20/06/2007

19/06/2035 438-06

Guevara Duarte RicardoAlberto 11155

3 años y 3meses 14/04/2015

13/07/2018 659-12

Hernández Quirós FranciscoJavier 6526

4 años y 1mes 06/08/2015

05/09/2019 660-11

Hernández Quirós FranciscoJavier 6526

3 años y 11meses 06/09/2019

05/08/2023 470-13

Hernández Quirós FranciscoJavier 6526

4 años y 3meses 06/08/2023

05/11/2027 347-13

Hernández Quirós FranciscoJavier 6526

3 años y 7meses 06/11/2027

05/01/2031 693-12

Jara Guzmán FranciscoAntonio 14599 * 11/03/2014 * 529-11Jiménez Coto Edgar 3814 #### 03/09/2015 #### 055-15

Jiménez Castrillo José Luis 16220 3 años 27/12/201326/12/201

6 747-06Jiménez RodriguezVictorino 8040 * 06/07/2010 * 007-09

Marín Rojas Gillio 11441 30 años 11/03/200410/03/203

4 387-01Masís Quirós EdwinRodrigo 11500 * 30/06/2015

30/06/2019 192-15

Mata Araya Rodrigo 3134 10 años 10/05/201309/05/202

3 053-13Méndez Alfaro ReynaldoAlbán 7530 * 17/04/2015 * 678-12

Mora Guevara William 103701 año y 5

meses 22/08/201521/01/201

7 605-10

Mora Guevara William 10370 10 meses 22/01/201721/11/201

7 367-10

Morales López Dagoberto 114452 años y 2

meses 03/09/201402/11/201

6 017-12

Pérez Fuentes José Gerardo 15079 ** 30/04/2014 ** 184-14

Ramírez Ulate Bernal 4547 3 años 01/11/201331/10/201

6 691-10Robles Macaya CarlosHernán 2416 24 Años 15/04/2005

14/04/2029 142-04

Rodríguez Solano Pablo 8480 3 años 03/09/201402/09/201

7 018-13

Rodríguez Solano Pablo 8480 3 años 03/09/201702/09/202

0 045-13

Rodríguez Solano Pablo 8480 9 meses 03/09/202002/06/202

1 256-13

Rodríguez Solano Pablo 8480 3 años 03/06/202102/06/202

4 295-13

Rodríguez Solano Pablo 8480 4 meses 03/06/202402/10/202

4 671-12

Rojas Fallas Luis Alexánder 169858 años y 7

meses 11/03/201410/10/202

2 723-10Rojas Saborío ManuelDavid 15100 9 meses 24/11/2015

23/08/2016 757-11

Ruiz Juárez Warner 15958 9 meses 07/08/201506/05/201

6 584-13

Salas Salazar Kenneth 1356 20 Años 11/03/200410/03/202

4 468-01

Serrano Mena Alonso 14422 8 meses 13/11/201512/07/201

6 322-13Solera Chaves Sixto 15117 * 17/04/2015 * 207-13

Tames González Carlos 5139 2 años 12/08/201511/08/201

7 217-13Tenorio Castro LuisGerardo 9850

3 años y 3meses 14/09/2014

13/12/2017 082-06

Tenorio Castro LuisGerardo 9850 4 años 14/12/2017

13/12/2021 200-06

Tijerino Medina YolandaMargarita 10399 * 17/06/2013 * 530-11Ugalde García FranciscoArturo 10452

3 años y 3meses 17/02/2015

16/05/2018 202-12

Valverde Bermúdez LuisAlberto 7848 3 años 03/09/2014

02/09/2017 674-11

Valverde Segura JorgeEnrique 8540 3 años 24/04/2013

23/04/2016 040-06

Valverde Segura JorgeEnrique 8540

3 años y 5meses 24/04/2016

23/09/2019 312-11

Villalobos Salas JoséAlberto 12163 6 meses 05/12/2015

04/06/2016 567-11

Villalobos Salas JoséAlberto 12163 8 meses 05/06/2016

04/02/2017 374-11

“zonaje”, su obligación de mantener debidamente actualizados los datos que deben consignar en la declaración jurada, para el pago de dicho rubro.

San José, 28 de abril de 2016. Irving Vargas Rodríguez1 vez.—Exonerado.—( IN2016028613 ).

CIRCULAR Nº 67-2016ASUNTO: Competencia territorial sobre los asuntos penales

procedentes del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica al Tribunal de Apelación de la Sentencia Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.

A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS,INSTITUCIONES, ABOGADOS Y ABOGADAS

Y PÚBLICO EN GENERALSE LES HACE SABER QUE:

La Corte Plena en sesión Nº 10-16, celebrada el 4 de abril del 2016, artículo XLIV, acogió el informe N° 495-PLA-2016 de la Dirección de Planificación, por ende dispuso devolver la competencia territorial de los asuntos penales procedentes del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica al Tribunal de Apelación de la Sentencia Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, a partir del 1 de mayo del 2016. Esta disposición solo afectarán a los expedientes judiciales de nuevo ingreso; por lo que, a partir de la fecha establecida, los asuntos nuevos empezarán a recibirse en el Segundo Circuito Judicial de San José. Asimismo mantener la permanencia de la sección del Tribunal de Apelación de la Sentencia Penal de Guanacaste (Santa Cruz), en el Tribunal de Apelación de la Sentencia Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, a partir del 5 de abril en curso.

San José, 29 de abril del 2016. Irving Vargas Rodríguez1 vez.—Exonerado.—( IN2016028614 ).

CIRCULAR Nº 68-2016ASUNTO: Lista de abogadas y abogados suspendidos en el

ejercicio de su profesión, actualizada al 8 de abril de 2016.

A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS,SE LES HACE SABER QUE:

En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del citado Colegio Profesional.

LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOSEN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN

ACTUALIZADA AL 8 DE ABRIL DE 2016

NOMBRE DEL (DE LA)ABOGADO (A)

NºCARNÉ TIEMPO RIGE DEL

HASTAEL EXPEDIENTE

Alvarado Cervantes Olman 4436 ***** 12/05/2011 ***** 613-09

Alvarado Cervantes Olman 4436

2 años, tresmeses y 20

días 27/12/201315/04/201

6 125-08Arrieta Palacios JoséAlberto 13141 ** 07/12/2015 ** 474-14Avendaño ChaverriDouglas Ricardo 6532 3 años 27/01/2015

26/01/2018 825-12

Calvo Amador MarcoVinicio 15206 * 17/04/2015 * 376-13Campos Araya MiguelMauricio 12369 1 año y 1 mes 17/04/2015

16/05/2016 276-14

Campos Araya MiguelMauricio 12369 9 meses 17/05/2016

16/03/2017 783-12

Cartín Fallas David 18385 8 meses 07/12/201506/07/201

6 557-13Cascante Arias RafaelEliécer 13161 8 meses 12/08/2015

11/04/2016 028-12

Ceciliano Rivera Mauricio 11047 * 21/08/2014 * 582-13

Miércoles 18 de mayo del 2016 BOLETIN JUDICIAL Nº 95 — Pág 3

y a fin de evitar que se lleguen a producir daños graves e irreparables en el ambiente, se dimensionan los efectos de esta sentencia, en el sentido de que esta se dicta sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe, y se mantiene la vigencia del decreto impugnado por el plazo de 4 años a partir de la publicación de la reseña en el Diario Oficial La Gaceta de esta sentencia, dentro del cual el Poder Ejecutivo deberá llevar a cabo la consulta respectiva a los Pueblos Indígenas, ya sea para prorrogar la vigencia de este mismo decreto o reformar el mismo. Notifíquese al accionante, a la Procuradora General de la República, al Presidente de la República, al Ministro de Ambiente y Energía y al Presidente de la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas. Publíquese íntegramente en el Boletín Judicial y reséñese en el Diario Oficial La Gaceta. La Magistrada Hernández López da razones adicionales. El Magistrado Hernández Gutiérrez salva el voto y declara sin lugar la acción.»Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o

eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 27 de abril del 2016. Gerardo Madriz Piedra,

( IN2016027120 ). Secretario

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción ee Inconstitucionalidad que se tramita con el número 14-015636-0007-CO promovida por IBW Comunicaciones S. A., Nelson Medina Navarrete contra el artículo 69 de la Ley General de Telecomunicaciones, por lesionar los artículos 11, 33 y 39 de la Constitución Política, se ha dictado el voto número 2016-005618 de las once horas y cincuenta y uno minutos de veintisiete de abril de dos mil dieciséis, que literalmente dice:

“Se declara sin lugar la acción planteada. La Magistrada Hernández López pone nota. El Magistrado Rueda Leal y la Magistrada Abdelnour Granados, salvan el voto y rechazan de plano la acción. El Magistrado Cruz Castro pone nota separada”

San José, 27 de abril del 2016.Gerardo Madriz Piedra

Exonerado.—( IN2016027144 ) Secretario

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el Nº 14-018294-0007-CO promovida por Álvaro Sagot Rodríguez contra el Acuerdo Nº ADJIP 280-2014, denominado “Medidas de ordenamiento para el uso de carnada viva para la flota pesquera comercial y de pesca deportiva en el Océano Pacífico Costarricense”, por estimarlo contrario a los Artículos 50 y 89 de la Constitución Política, así como al principio precautorio y el principio de no regresión en materia ambiental, se ha dictado el voto número 2016-005617 de las once horas y cincuenta minutos de veintisiete de abril de dos mil dieciséis, que literalmente dice:

«Se declara SIN lugar la acción, siempre y cuando se interprete que INCOPESCA debe regular las condiciones técnicas para el uso de carnada viva, al momento de otorgar aquellas licencias de pesca que correspondan según la ley o su reglamento.»San José, 27 de abril del 2016. Gerardo Madriz Piedra,

Exonerado.—( IN2016027145 ). Secretario

TRIBUNALES DE TRABAJO

RematesPRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas del veintiuno de julio del dos mil dieciséis, y con la base de doce millones setecientos veinticinco mil cuatrocientos veintitrés colones, en el mejor postor remataré lo siguiente:

Villalobos Salas JoséAlberto 12163 6 meses 05/02/2017

04/08/2017 747-11

Villalobos Salas JoséAlberto 12163 4 meses 03/08/2017

02/12/2017 312-13

Villalobos Salas JoséAlberto 12163 4 meses 03/12/2017

02/04/2018 454-13

Vosman Roldán Reynaldo 5067 6 años 03/09/201402/09/202

0 772-03

* La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena impuesta en sede penal.

** La suspensión será hasta le revocación de medida cautelar o finalización del proceso penal.

*** Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por Medida Cautelar. Res, Juzgado Penal Pérez Zeledón de las 13:35 del 14/12/2015 Exp. 12-000974-0485-PE

**** Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por Medida Cautelar. Res. Juzgado Penal de Corredores Exp. N°10-202045-0456-PE.

#### Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por Medida Cautelar dictada por Juzgado Exp. 05-0022756-0042-PE.

***** Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021.

San José, 29 de abril del 2016. Irving Vargas Rodríguez,1 vez.—Exonerado.—( IN2016028615 )

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIALPRIMERA PUBLICACIÓN

ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas.

SE HACE SABER:Que las oficinas judiciales del cantón de Buenos Aires, de

la provincia de Puntarenas, permanecerán cerradas durante el día veintinueve de junio del dos mil dieciséis, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívico patronales de dicho cantón.

San José, 9 de mayo del 2016. MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán( IN2016030731 ) Subdirector Ejecutivo

SALA CONSTITUCIONALASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad.A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:TERCERA PUBLICACIÓN

Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el Nº 15-004211-0007-CO promovida por Jesús José Rojas Ortiz contra el Decreto Ejecutivo Nº 27800-MINAE, denominado Reglamento para el Aprovechamiento del Recurso Forestal en las Reservas Indígenas, publicado en el Alcance 31-A de La Gaceta Nº 79 del 26 de abril de 1999, por estimarlo contrario a los artículos 11, 29 y 30 de la Constitución Política, así como los Artículos 6 y 7 del Convenio 169 de la OIT, se ha dictado el voto número 2016-005620 de las once horas y cincuenta y tres minutos de veintisiete de abril de dos mil dieciséis, que literalmente dice:

«Se declara con lugar la acción. En consecuencia, se declara inconstitucional el Decreto Ejecutivo Nº 27800-MINAE, denominado Reglamento para el Aprovechamiento del Recurso Forestal en las Reservas Indígenas, publicado en La Gaceta Nº 79 del 29 de abril de 1999, por violentar lo dispuesto en los artículos 6 inciso 1.a y 7 incisos 1 y 4 del Convenio Nº 169 de la OIT, al haberse omitido la consulta obligatoria a los Pueblos Indígenas de previo a su emisión. Con fundamento en el numeral 91 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional,

Miércoles 18 de mayo del 2016Pág 4 — BOLETIN JUDICIAL Nº 95

Miércoles 18 de mayo del 2016 BOLETIN JUDICIAL Nº 95 — Pág 5

Miércoles 18 de mayo del 2016Pág 6 — BOLETIN JUDICIAL Nº 95

Para él se señalan las nueve horas del ocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de nueve millones quinientos cuarenta y cuatro mil sesenta y siete colones con veinticinco céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del veintitrés agosto del dos mil dieciséis, con la base de tres millones ciento ochenta y un mil trescientos cincuenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso OR.S.PRI. Prestac Laborales de Dahiana Patricia Robles Vargas contra Centro de Estética y Belleza Hair Belle Sociedad Anónima. Exp. N° 12-000400-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 5 de mayo del 2016.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—Exento.—( IN2016030417 ).

CausahabientesSe cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de

Alexánder García López, quien fue mayor, soltero, peón agrícola, vecino de Pangola de Sarapiquí, cédula Nº 2-672-825, falleció el 02 de setiembre del 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el Nº 16-000083-1291-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-000083-1291-LA. Devolución de ahorro obligatorio de Alexánder García López

Miércoles 18 de mayo del 2016 BOLETIN JUDICIAL Nº 95 — Pág 7

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Heinier Ernesto González Salas, quien fue mayor, casado, chofer, cédula Nº 4-153-692 y falleció el 14 de febrero del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Nº 16-000498-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-000498-1021-LA. Por Hannia González Fonseca a favor de Heinier Ernesto González Salas.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 04 de mayo del 2016.—Lic. Allan Espinoza Martínez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028677 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del Fondo de Capitalización laboral (FCL) del trabajador fallecido Ángelo Rodríguez Hernández, quien fue mayor de edad, comerciante , cédula de identidad 7-0136-0292, vecino de Siquirres quien falleciera el día 05 de setiembre del año 2015, se consideren con derecho a los mismos para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas por Marilyn Zúñiga Zúñiga cc “Marlen Chavarría Zúñiga” quien es la madre del causante bajo el número de expediente 16-300008-0934-LA-1, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional ý de Menor Cuanta de Siquirres, 06 de abril del 2016.—Licda. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028680 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Heinier Ernesto González Salas, quien fue mayor, casado, chofer, cédula Nº 4-153-692 y falleció el 14 de febrero del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Nº 16-000498-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-000498-1021-LA. Por Hannia González Fonseca a favor de Heinier Ernesto González Salas.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 04 de mayo del 2016.—Lic. Allan Espinoza Martínez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028867 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del Fondo de Capitalización Laboral (FCL) del trabajador fallecido Ángelo Rodríguez Hernández, quien fue mayor de edad, comerciante, cédula de identidad 7-0136-0292, vecino de Siquirres quien falleciera el día 5 de setiembre del año 2015, se consideren con derecho a los mismos para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas por Marilyn Zúñiga Zúñiga conocida como “Marlen Chavarría Zúñiga” quien es la madre del causante bajo el número de expediente 16-300008-0934-LA-1, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres, 6 de abril del 2016.—Licda. Sabina Hidalgo Ruiz. Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028871 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del causante Henry Hernández Serrano, quien fue mayor, soltero, analista de azúcar en el Ingenio Juan Viñas, vecino de Juan Viñas, barrio Los Alpes, casa N° E-7, color amarillo, de cemento, con verjas color verde y portó la cédula de identidad N° 3-0307-0290 y quién falleció el día tres de abril del dos mil quince, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del lapso improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho en las diligencias establecidas bajo el número de expediente abajo indicado a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo. N° expediente: 16-300012-0353-LA. Partes: Promueve: Orlando Hernández Ramírez. Causante: Henry Hernández Serrano.

a favor de Rosa María López Guzmán.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Laboral), 22 de abril del 2016.—Lic. Armando Alfaro Araya, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028585 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Cristóbal Oviedo Oconitrillo, conocido como Gustavo Oviedo Oconitrillo, quien fue mayor, divorciado, con cédula de identidad número 7-0101-0568, se les hace saber que Flor María Oconitrillo Fonseca, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 7-0029-0996, se apersonó en este despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Cristóbal Oviedo Oconitrillo. Expediente número 16-000408-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 26 de abril del 2016.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—( IN2016028587 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Hernán Gutiérrez Gurdián, quien fue mayor, casado, vecino de Montes de Oca, con cédula de identidad Nº 2-0153-0934, se les hace saber que: Vilma Ramírez Pérez, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad Nº 3-0157-0026, vecina de Montes de Oca, se apersonó en este Despacho en calidad de viuda del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Hernán Gutiérrez Gurdián, expediente Nº 16-000416-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 26 de abril del 2016.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028588 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del trabajador fallecido Alexander Zúñiga Castro, quien fue mayor, casado, cédula de identidad N° 1-0503-0186, vecino de Salitrillos de Aserrí, laboraba como profesor para el Ministerio de Educación Pública, y falleció el 01 de agosto de 2015, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el N° 15-300198-0217-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados; 15 de enero de 2016.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028675 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Johnnatan Andrés Céspedes Pérez, cédula de identidad 4-205-600, fallecido el 28 de marzo del 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 16-000481-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Por Marilu Pérez Hernández a favor de Johnnatan Andrés Céspedes Pérez. Expediente N° 16-000481-1021-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 04 de mayo del 2016.- Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028676 ).

Miércoles 18 de mayo del 2016Pág 8 — BOLETIN JUDICIAL Nº 95

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del trabajador fallecido Alexánder Zúñiga Castro, quien fue mayor, casado, cédula de identidad Nº 1-0503-0186, vecino de Salitrillos de Aserrí, laboraba como profesor para el Ministerio de Educación Pública, y falleció el 01 de agosto de 2015, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el Nº 15-300198-0217-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 15 de enero de 2016.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028936 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Johel de Jesús Somoza Téllez, quien fue mayor, soltero, peón agrícola, vecino de Altamira de Aguas Zarcas, con cédula de residencia N° 155819615104, número de asegurado N° 7-1910099356 y falleció el 20 de marzo del 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el N° 16-000092-1291-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-000092-1291-LA. Johel de Jesús Somoza Téllez a favor de María Somoza Téllez.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Laboral), 02 de mayo del 2016.—Lic. Armando Alfaro Araya, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028938 ).

Se cita y emplaza a todos los causahabientes de quien en vida se llamó José Luis Rojas Porras, mayor, casado, chofer, vecino de Limón, portador de la cédula de identidad Nº 5-0173-0549 y fallecido el 16 de julio del 2007, para que comparezcan a este despacho dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, en defensa de sus derechos y de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Diligencias de consignación de prestaciones del trabajador fallecido José Luis Rojas Porras, interpuestas por Eraida Mejías Villalobos. Expediente Nº 16-000158-1025-LA-E.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 04 de mayo del 2016.—Licda. Mónica Farah Castillo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028939 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Johnnatan Andrés Céspedes Pérez, cédula de identidad N° 4-205-600, fallecido el 28 de marzo del 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación prestaciones sector privado bajo el N° 16-000481-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-000481-1021-LA. Por Marilú Pérez Hernández a favor de Johnnatan Andrés Céspedes Pérez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 04 de mayo del 2016.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028942 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jonathan German Carballo Morales, quien fue mayor, soltero con cédula de identidad 4-164-834 y fallecido en el mes de mayo del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 16-000150-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-000150-1021-LA. Por a favor de Jonathan German Carballo Morales.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 02 de febrero del 2016.—Licda. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029238 ).

Tipo de proceso: Consignación de fondo de capitalización u otro de trabajador fallecido.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Jiménez, Juan Viñas, 27 de abril del 2016.—MSc. Sammy Ugalde Villalobos, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028872 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del causante Johel Recaredo Brenes Masis, quien fue mayor, soltero, peón agrícola, vecino de San Martín de Juan Viñas, dos kilómetros al sur de la escuela, en casa de color blanco con azul, quién porto la cédula de identidad N° 3-0168-0916 y quién falleció el día diecinueve de junio del dos mil nueve, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del lapso improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho, en las diligencias establecidas bajo el número de expediente abajo indicado a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 16-300013-0353-LA. Partes: Promueve: Eduardo Antonio Brenes Picado. Causante: Johel Recaredo Brenes Masis. Tipo de Proceso: Consignación de fondo de capitalización u otro de trabajador fallecido. Expediente N° 16-300013-0353.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Jiménez, Juan Viñas, 27 de abril del 2016.—MSc. Sammy Ugalde Villalobos, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028873 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del causante Jaime Sandoval Delgado, quien fue mayor, soltero, guarda de seguridad, vecino de Limón, barrio Cuatro Millas de Matina, ochocientos metros al oeste de la escuela en casa de madera sin color y portó la cédula de identidad Nº 7-0079-0392 y quien falleció el día veintisiete de octubre del dos mil quince, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del lapso improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho en las diligencias establecidas bajo el número de expediente abajo indicado a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, expediente Nº 16-300014-0353-LA. Partes: Promueve: Daniel Sandoval González. Causante: Jaime Sandoval Delgado. Tipo de proceso: Consignación de fondo de capitalización u otro de trabajador fallecido.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Jiménez, Juan Viñas, 27 de abril del 2016.—MSc. Sammy Ugalde Villalobos, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028874 ).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Manuel Antonio Castro Hidalgo, quien fuera mayor, soltero, cédula número uno-cuatrocientos ochenta y ocho-quinientos treinta y ocho, vecino de Desamparados, San Rafael Arriba, del Restaurante El Boyero, cincuenta metros oeste, casa metida con baranda color roja, quien falleció el trece de enero del dos mil dieciséis, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de fondo de capitalización laboral y extremos laborales del fallecido Manuel Antonio Castro Hidalgo. Expediente Nº 16-300094-0237-LA (098-1-16). Gestiona: Cinthya Mayela Castro Guevara contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco de Costa Rica, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 29 de abril del 2016.—Msc. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016028875 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ronny José Castro Chinchilla, mayor, soltero, costarricense, cédula Nº 1-1580-0144 y fallecido el 04 de agosto del año dos mil quince, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el Nº 15-002078-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-002078-0173-LA. Promovido por Ronulfo Castro Cordero.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 02 de setiembre del 2015.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028934 ).

Miércoles 18 de mayo del 2016 BOLETIN JUDICIAL Nº 95 — Pág 9

Situada: en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, alameda sur; al noroeste, casa 574; al suroeste, casa 586, y al sureste, casa 576. Mide: cuarenta y cuatro metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas treinta y cinco minutos del siete de julio del dos mil dieciséis, con la base de doce mil novecientos setenta y cinco unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas treinta y cinco minutos del veintidós de julio del dos mil dieciséis, con la base de cuatro mil trescientos veinticinco unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Elías David Conejo Cordero, Zaida Catalina Calderón Jiménez. Expediente Nº 15-033599-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Alberto Marín Angulo, Juez.—( IN2016030345 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas cuarenta minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciséis, y con la base de ciento treinta y cuatro millones de colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita sin inscribir con plano Nº L-7-1054975-2006. Situada: en el distrito 02 Sixaola, cantón 04 Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Jesús María Blanco Gracia y finca El Curre S. A.; al sur, Pedro Rafael Díaz Díaz; al este, Distribuidora Quilago S. A., y al oeste, Jesús María Blanco Gracia. Mide: sesenta y siete hectáreas tres mil quinientos noventa y cinco metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas cuarenta minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cien millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas cuarenta minutos del dos de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de treinta y tres millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Marcel Casenobe Desconocido contra Jorge Enrique Villalobos Rosales. Expediente Nº 14-002725-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Materia Cobro), 09 de mayo del 2016.—Lic. Andrés Rafael Valladares Castillo, Juez.—( IN2016030350 ).

En la puerta exterior de este Despacho; a las ocho horas treinta minutos del quince de julio del dos mil dieciséis (08:30 15/07/16) primer remate, en el mejor postor remataré los siguientes bienes: finca uno) con la base de trescientos doce millones quinientos mil colones (¢312.500.000.00) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando practicado bajo las citas cero ochocientos-cero cero diecisiete setenta y dos once-cero uno-cero cero cero uno-cero cero uno; sáquese a remate el(los) inmueble(s) embargado(s) en autos. Finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos mil trescientos cuarenta y nueve-cero cero cero la cual es terreno de montaña. Situada en el distrito primero Puerto Viejo cantón décimo Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Corporación Eli S. A.; al sur, Joaquín Camacho Arce; al este, río Zapote, y al oeste, María Cecilia Araya Brenes y La Charada S. A. Mide: un millón doscientos cincuenta mil metros con cero decímetros cuadrados. Finca dos) con la base de setenta millones cuatrocientos setenta y dos mil ochocientos veinticinco colones con cincuenta céntimos (¢70.472.825.50), libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando practicado bajo las citas cero ochocientos-cero cero diecisiete setenta y dos doce-cero uno-cero cero cero uno-cero cero uno y soportando afectaciones de la Ley 2825, bajo las citas cero trescientos ochenta y ocho-cero cero cero cero cero novecientos cuarenta y dos-cero uno-cero novecientos veintidós-cero cero tres (0388-00000942-01-0922-003, cero trescientos ochenta y ocho-cero cero cero cero cero novecientos cuarenta y dos-cero uno-cero novecientos veintiséis-cero cero dos,

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rolando Domingo del Socorro Carvajal Montero, quien fue mayor, casado, pensionado, con cédula de identidad 4-083-072, fallecido el 22 de diciembre del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 16-000155-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-000155-1021-LA. Por a favor de Rolando Domingo del Socorro Carvajal Montero.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 04 de febrero del 2016.—Licda. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN20160 29239 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rómulo de los Santos Pérez Hernández, mayor, pensionado, vecino de San Joaquín, Heredia, cédula 9-020-273, fallecido el 25 de enero del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector privado bajo el número 15-001006-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 15-001006-1021-LA. Por Jimmy Alonso Pérez Gómez a favor de Rómulo de los Santos Pérez Hernández.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 05 de mayo del 2016.—Licda. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016029281 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

RematesSEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones I D A bajo las citas: 393-03165-01-0809-003, a las trece horas y treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil dieciséis, y con la base de ocho millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 261.859-000, la cual es terreno con una casa de habitación con un área de construcción de 36 metros cuadrados, lote 638-4 mapa 2. Situada: en el distrito 1 Los Chiles, cantón 14 Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Leonardo Solano; al sur, Pedro Menbreño; al este, calle pública; y al oeste, Leonardo Solano. Mide: seiscientos veinticuatro metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Plano: A-0021107-1991. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del ocho de julio del dos mil dieciséis, con la base de seis millones seiscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciséis, con la base de dos millones doscientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ángel Murillo Maltez. Expediente Nº 16-000462-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 22 de abril del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016030342 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando medianera citas: 336-00940-01-0912-001; reservas y restricciones citas: 336-00940-01-913-001; servidumbre trasladada citas: 336-00940-01-933-001, para el primer remate se señala las nueve horas treinta y cinco minutos del veintidós de junio del dos mil dieciséis, y con la base de diecisiete mil trescientos unidades de desarrollo, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 306957-000, la cual es terreno construir con casa Nº 575-11.

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doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil dieciséis con la base de seis mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Murillo Salazar contra Soluciones Metálicas Estrategias Sociedad Anónima. Exp. N° 15-003492-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 28 de abril del 2016.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2016030373 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada: 0292-00006402-02-0902-001 referencias: 1595-111-002, a las diez horas y treinta minutos del siete de julio del dos mil dieciséis, y con la base de nueve millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento dieciséis mil cuatrocientos cuarenta y tres cero cero cero, la cual es terreno de café. Situada: en el distrito Santiago, cantón Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Miguel Rojas y Teresa Rojas Gutiérrez; al sur, Eva María Vargas Vásquez; al este, Ejerico Céspedes Pérez, y al oeste, calle pública y Teresa Rojas. Mide: seis mil trescientos setenta y cinco metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de julio del dos mil dieciséis, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del diez de agosto del dos mil dieciséis, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Evaristo Alice del Carmen Zumbado Mora contra Agropecuaria Rojas Alvarado Limitada. Expediente Nº 15-001397-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 05 de mayo del 2016.—Licda. Paola Rodríguez Godínez, Jueza.—( IN2016030390 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (citas: 408-00252-01-0901-001); a las nueve horas y quince minutos (antes meridiano) del seis de junio de dos mil dieciséis, y con la base de cuatro millones ochocientos treinta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos noventa y seis mil ciento veinticuatro cero cero cero la cual es terreno de naturaleza: Terreno para construir. Situada en el distrito 6 Río Cuarto, cantón 3 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José Campos Sibaja; al sur, calle pública; al este, José Campos Sibaja, y al oeste, calle pública. Mide: Doscientos ochenta y cuatro metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos (antes meridiano) del veintiuno de junio de dos mil dieciséis, con la base de tres millones seiscientos veintiséis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos (antes meridiano) del seis de julio de dos mil dieciséis con la base de un millón doscientos ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso

y las citas cero trescientos ochenta y ocho-cero cero cero cero cero novecientos cuarenta y dos-cero uno-cero novecientos veintisiete-cero cero dos; sáquese a remate el(los) inmueble(s) embargado(s) en autos.- Finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número Ciento sesenta y cuatro mil ciento cincuenta y nueve-cero cero cero la cual es terreno de cultivo. Situada en el distrito cuarto Pavón cantón sétimo Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Tiburcio López López, Margarita Agüero Monge e Inversiones Sábalo S. A.; al sur, río Sábalo en medio de María Barrantes y Roy Ventura Roig Moon; al noreste, Margarita Agüero Monge, y al suroeste, río Sábalo en medio de María Barrantes y Roy Ventura Roig Moon. Mide: ciento siete mil quinientos noventa y dos metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de agosto del dos mil dieciséis (8:30 horas 05/08/2016), con la base (rebajada en un 25%), finca uno (200349-000, Heredia) en la suma de doscientos treinta y cuatro millones trescientos setenta y cinco mil colones (¢234.375.000,00), finca dos (164159-000) en la suma de cincuenta y dos millones ochocientos cincuenta y cuatro mil seiscientos diecinueve colones con doce céntimos (¢52.854.619,12). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil dieciséis (08:30 19/08/2016), con (un 25% de la base original): Finca uno: En la suma setenta y ocho millones ciento veinticinco mil colones (¢78.125.000,00), finca dos: Con la base de diecisiete millones seiscientos dieciocho mil doscientos seis colones con treinta y siete céntimos (¢17.618.206,37). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Distribuidora Comercial Agrotico S. A. contra Inversiones Sábalo S. A. Exp. N° 14-000005-0699-AG (08-1-15).—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), 2 de mayo del 2016.—Licda. Maricel Zamora Arias, Jueza.—( IN2016030358 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las dieciséis horas (04:00 p. m.) del cinco de julio del dos mil dieciséis, y con la base de tres millones cien mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placa: CL-282366, marca: Nissan, serie: 1N6DD2656XC301243, año: 1999, estilo: Frontier XE, color: blanco, cilindrada: 2400 CC. Para el segundo remate, se señalan las dieciséis horas (04:00 p. m.) del veinte de julio del dos mil dieciséis, con la base de dos millones trescientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las dieciséis horas (04:00 p. m.) del ocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de setecientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Comercar de Costa Rica Sociedad Anónima contra Alexander Ricardo Sanabria Campos. Expediente Nº 15-002941-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 09 de mayo del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016030370 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y treinta minutos del catorce de julio de dos mil dieciséis, y con la base de veintisiete mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y seis mil seiscientos cuarenta y uno cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2 San Pedro, cantón 4 Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Braulio Sánchez Arrieta, Margarita Fonseca Céspedes, calle pública con 16,84 metros de frente; al sur, Ernesto Alfaro Arias; al este, Braulio Sánchez Arrieta, Margarita Fonseca Céspedes, Quebrada La Ca#as, Estela Ballestero Sancho, y al oeste, Ernesto Alfaro Arias. Mide: Tres mil cincuenta y ocho metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintinueve de julio de dos mil dieciséis, con la base de veinte mil

Miércoles 18 de mayo del 2016 BOLETIN JUDICIAL Nº 95 — Pág 11

contra Cámara Nacional de Transportes de Taxi R.L., Morales Cruz Carlos Humberto, Morales Cruz Eladio, Morales Cruz Walter Francisco. Expediente Nº 95-011780-0228-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de marzo del 2016.—Msc. Christian Mora Acosta, Juez.—( IN2016030408 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando serv. y condic. ref. 3069-063-001 citas: 329-00928-01-0901-001, 329-00928-01-0904-001, citas: 347-19046-01-0900-001; servidumbre sirviente citas: 338-13993-01-0002-001, citas: 338-13993-01-0006-001, citas: 339-00515-01-0028-001, citas: 339-00515-01-0029-001, citas: 339-00515-01-0030-001, citas: 339-00515-01-0031-001, citas: 339-00515-01-0032-001, citas 339-00515-01-0033-001, citas: 339-00515-01-0034-001, citas: 339-00515-01-0035-001, citas: 339-00515-01-0036-001, 339-00515-01-0100-001, citas: 339-00515-01-0101-001, citas: 339-00515-01-0102-001, citas: 339-00515-01-0103-001, citas: 339-00515-01-0104-001, citas: 339-00515-01-0105-001, citas: 339-00515-01-0106-001, citas: 339-00515-01-0107-001, citas: 339-0515-01-0108-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0019-001, citas: 339-00515-01-0020-001, citas: 339-00515-01-0021-001, citas: 339-00515-01-0022-001, citas: 339-00515-01-0023-001, citas: 339-00515-01-0024-001, citas: 339-00515-01-0025-001, citas: 339-00515-01-0026-001, citas: 339-00515-01-0027-001, citas: 339-00515-01-0091-001, citas: 339-00515-01-0092-001, 339-00515-01-0093-001, citas: 339-00515-01-0094-001, citas: 339-00515-01-0095-001, citas: 339-00515-01-0096-001, citas: 339-00515-01-0097-001, citas: 339-00515-01-0098-001, citas: 339-00515-01-0099-001; servidumbre trasladada citas: 353-14628-01-0900-001, citas: 403-15261-01-0920-001, citas: 403-15261-01-0922-001, citas: 403-15261-01-0923-001, condiciones ref. citas: 403-15261-01-0921-001, citas: 403-15261-01-0924-001, a las ocho horas y treinta minutos del veintidós de junio del dos mil dieciséis, y con la base de ciento ocho mil cuatro dólares con noventa y un centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público: 1) Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 117972-F-000, la cual es naturaleza: finca filial B-5 4 ubicada en el 5 nivel del edificio B destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada: en el distrito 08 San Rafael, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, filial B 5 3; al sur, área común libre (zona verde); al este, acceso área común construida, y al oeste, área común libre (zona verde). Mide: ochenta y siete metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. 2) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 118168-F-000, la cual es naturaleza: finca filial B 5 4 destinada a parqueo de vehículos en proceso de construcción. Situada: en el distrito 08 San Rafael, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común libre (zona verde); al sur, área común libre (calle de acceso); al este, estacionamiento B 5 3, y al oeste, estacionamiento B 4 3. Mide: catorce metros con treinta decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de julio del dos mil dieciséis, con la base de ochenta y un mil tres dólares con sesenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de julio del dos mil dieciséis, con la base de veintisiete mil un dólares con veintidós centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A., contra Ángel Giovanny Luengas Ortiz. Expediente Nº 16-000568-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 05 de mayo del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2016030409 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, demanda penal, aviso catastral; a las ocho horas del treinta y uno de mayo

ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Agroindustrial Proave S. A y Afines contra Clementina Del Socorro Dávila Mayorga. Exp. N° 15-005616-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de marzo del 2016.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—( IN2016030392 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 379-13433-01-0820-001, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de junio del dos mil dieciséis, y con la base de siete millones ciento setenta y un mil sesenta colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula noventa y cuatro mil cincuenta y uno cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 1 Quepos, cantón 6 Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Rolando Meléndez Chaves; al sur, calle pública con veintidós metros treinta y tres centímetros; al este, Rolando Meléndez Chaves, y al oeste, Rolando Meléndez Chaves. Mide: cuatrocientos sesenta y ocho metros con once decímetros cuadrados. Plano: P-0978438-1991. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del seis de julio del dos mil dieciséis, con la base de cinco millones trescientos setenta y ocho mil doscientos noventa y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de julio del dos mil dieciséis, con la base de un millón setecientos noventa y dos mil setecientos sesenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Gerardo Odilio Meléndez Chaves contra María Elena Mora Ramírez. Expediente Nº 11-006314-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de abril del 2016.—Licda. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—( IN2016030395 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil dieciséis, y con la base de treinta y cuatro millones novecientos diecisiete mil setecientos veinte colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 00365443-000, la cual es terreno para construir lote 33 con una casa. Situada: en el distrito 02 Granadilla, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 44 y tapia; al este, lote B baldío, y al oeste, lote 34 y pared medianera. Mide: ciento setenta y un metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del once de julio del dos mil dieciséis, con la base de veintiséis millones ciento ochenta y ocho mil doscientos noventa colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil dieciséis, con la base de ocho millones setecientos veintinueve mil cuatrocientos treinta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Costarricense de Electricidad contra Eliut Salazar Montoya. Expediente Nº 14-032737-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de mayo del 2016.—Licda. Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—( IN2016030407 ).

A las diez horas treinta minutos del trece de junio del dos mil dieciséis, en la puerta exterior de este Despacho, y sin sujeción de base, en el mejor postor, remataré lo siguiente: un vehículo placa Nº 198343, marca: Nissan, estilo: Sunny, capacidad: cinco personas, carrocería: Sedan cuatro puertas, color: blanco, año: 1990, chasis Nº: LB11M-D12720, número de motor: E13-302691, marca: Nissan, combustible: gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal

Miércoles 18 de mayo del 2016Pág 12 — BOLETIN JUDICIAL Nº 95

meridiano) del seis de julio del dos mil dieciséis, con la base de un millón doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda contra Valeska Aidalina Zambrana Fonseca. Exp. N° 16-000746-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 11 de mayo del 2016.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—Lic. Manuel Loria Corrales, Juez.—( IN2016030539 ).

PRIMERA PUBLICACIÓNEn la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes

hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones bajo citas: 338-02700-01-0901-001; a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del quince de junio de dos mil dieciséis, y con la base de once millones trescientos treinta y un mil quinientos treinta y cinco colones con treinta y tres céntimos (Primer remate), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 50653-000, la cual es terreno naturaleza: para construir con 1 casa. Situada en el distrito 1-Nicoya, cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Alberto García Carballo; sur, calle pública; este, río Chipanzo, oeste, Griselda Bustamante. Mide: ochenta y siete metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Plano: G-0317664-1978. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de junio de dos mil dieciséis, con la base de ocho millones cuatrocientos noventa y ocho mil seiscientos cincuenta y un colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la Tercera subasta se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del quince de julio de dos mil dieciséis con la base de dos millones ochocientos treinta y dos mil ochocientos ochenta y tres colones con ochenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ángela María Castillo Fajardo. Exp.: 15-001394-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, (Materia Cobro), 26 de abril del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016030422 ).

Remate de madera que se llevará a cabo a las ocho horas del diecisiete de junio del dos mil dieciséis en la puerta principal del Juzgado Penal de Quepos y Parrita, Quepos con base de doscientos noventa y dos mil trece colones con ochenta céntimos (292.013,80) que equivale a la cantidad de 1362,76 pulgadas de madera de la especie vochysia y 365,02 pulgadas de madera de especie desconocida, para un total de 1727.78 pulgadas. Lo anterior por estar ordenado así mediante resolución de las siete horas diez minutos del doce de mayo del dos mil dieciséis, dentro de la causa penal número 16-000169-0457-PE por tala ilegal contra Ana Ligia Chaves Amaya en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos, 12 de mayo del 2016.—Lic. Omar Retana Quirós, Juez Penal.—Exonerado.—( IN2016030423 )

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, con la base de siete millones de colones exactos, remataré la finca partido de Heredia, matrícula 210894-000; es terreno cultivado de café. Situada en el distrito 08 para, cantón 03 Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote ocho y nueve con servidumbre de paso; al sur, Sánchez Zúñiga Limitada y Francisco Villalobos González; al este, Celenia Azofeifa Fonseca y al oeste, río Lajas. Mide: siete mil metros cuadrados. Plano: A-1307964-2008. Para el Primer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de julio del dos mil dieciséis. En caso de fracasar el primer remate y con la suma de la base original de

de dos mil dieciséis, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 191847-000 la cual es terreno para construir-lote 138-forma triangular. Situada en el distrito 05 Llanos de Santa Lucía, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al sur, lote 137 y en parte calle pública; al oeste, lotes 128 y 129 y al noreste, Ricalit S. A. Mide: ciento ochenta y ocho metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas del quince de junio de dos mil dieciséis, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas del treinta de junio de dos mil dieciséis con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Antonio de Jesús Rivera Guillen contra Marleny Yolanda Gómez Vega. Exp: 15-003331-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 05 de abril del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016030502 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 333-05849-01-0002-001; a las catorce horas y treinta minutos del trece de junio del dos mil dieciséis, y con la base de doce millones setecientos setenta y un mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta y seis mil setecientos seis cero cero cero la cual es terreno naturaleza: lote de solar con una casa. Situada en el distrito 5-Curubande, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con frente a ella de 10.21 metros; al sur, resto de Guanatierra Bienes Raíces S. A.; al este, resto de Guanatierra Bienes Raíces S. A. y al oeste, resto de Guanatierra Bienes Raíces S. A. Mide: doscientos siete metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil dieciséis, con la base de nueve millones quinientos setenta y ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del trece de julio del dos mil dieciséis, con la base de tres millones ciento noventa y dos mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Tito Cascante Rodríguez. Exp. N° 15- 000576-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 8 de abril del 2016.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—( IN2016030530 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos (tres horas cero minutos pasado meridiano) del seis de junio de dos mil dieciséis, y con la base de cuatro millones cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número noventa y dos mil cuatrocientos noventa y nueve cero cero cero la cual es terreno para construir, lote sesenta y seis B. Situada en el distrito 8-Barranca, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, resto destinado a área de juegos infantiles, noroeste, lote sesenta y cinco B; sureste, resto destinado a calle, suroeste, lote sesenta y siete B. Mide: ciento veintiún metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos (tres horas cero minutos pasado meridiano) del veintiuno de junio del dos mil dieciséis, con la base de tres millones treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos (tres horas cero minutos pasado

Miércoles 18 de mayo del 2016 BOLETIN JUDICIAL Nº 95 — Pág 13

00015227-01-0052-001, servidumbre dominante citas: todas al tomo 0354, asiento: 00015227-01 secuencias 0053, 0054, 0055, 0056, 0057-001, servidumbre dominante citas 0357-00019815-01-0011-001, servidumbre dominante citas: 0357-00019817-01-0007-001, servidumbre dominante citas: 0358-00012248-01-0904-001, servidumbre dominante citas: 0359-00010136-01-0950-001, servidumbre dominante citas: 0369- 00013592-01-0040-001, servidumbre dominante citas: todas al tomo 0369, asiento 0013592-01, secuencias 0041, 0042, 0043, 0044, 0045, 0046, 0047, 0048, 0049-001, servidumbre dominante citas: 0372-00019308-01-0900-001, servidumbre dominante citas: 0376-00008424-01-0034-001, servidumbre dominante citas: 0394-00012020-01-0825-001, servidumbre dominante: 0394-00012020-01-0826-001, servidumbre dominante: 0394-00012020-01-0827-001, servidumbre cables viref. 00136841-000, citas: 095-00016618-01-0031-001, servidumbre cables viref.: 00136842-000, citas: 0395-00016618-01-0032-001, servidumbre cables viref.: 00136843-000, viref.: 00136844-000, citas: 0395-00016618-01-0034-001, servidumbre cables viref.: 00136845-000, citas: 0395-00016618-01-0035-001, servidumbre cables viref.: 00136846-000, citas: 0395-00016618-01-0036-001, servidumbre cables viref.: 00136847-000, citas: 0395-00016618-01-0037-001, servidumbre de cables viref.: 00136848-000 citas: 0395-00016618-01-0038-001, servidumbre de cables viref.: 00136849000, citas: 0395-00016618-01-0039-001, servidumbre de cables viref.: 00136850000, citas: 0395-00016618-01-0040-001, servidumbre de cables viref.: 00136851-000, citas: 0395-00016618-01-0041-001, servidumbre dominante citas: 0399-00017238-01-0016-001, servidumbre dominante citas: 0399-00017238-01-0017-001, servidumbre dominante citas: 0406-00007075-01-0007-001, servidumbre dominante citas: 0406-00007075-01-0008-001, servidumbre trasladada citas: 0408-00018466-01-0002-001, servidumbre bananera citas: 0413-00017438-01-0017-001, servidumbre de paso citas: 0423-00011021-01-0005-001, servidumbre de paso citas: 0423-00011021-01-007-001, servidumbre de paso citas: 0474-00013373-01-0031-001, servidumbre de paso citas: 0474-00013373-01-0037-01, servidumbre de paso citas: 0483-00010857- 01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2012-00376823-01-0006-001, servidumbre de paso citas: 2012-00376836-01-0008-001,servidumbre de paso citas: 2012-00376836-02-0010-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-03-0012-001 servidumbre de paso citas: 2012-0037-6836-04-0013-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-05-0011-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-06- 0014-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-06-0015-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-07-0011-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836- 08-0011-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-09-0011-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-10-0012-001 servidumbre de paso citas: 2012, exp.: 14-018241-1170-CJ-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-12-0014-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-13-0011-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-14-0011-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-16-0009-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-17-0009-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-18-0011-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-18-0012-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-18-0013-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-19-0009-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-20-0009-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-22-0011-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-22-0012-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-22-0013-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-23-0009-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-24-0009-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-25-0009-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-27-0009-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-28-0010-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-01-005-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-02-0010-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-03-0009-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-04-0012-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-04-0014-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-04-0017-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-04-0019-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-05-0009-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-06-0009-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-07-0009-001 servidumbre de paso

rebajada en un veinticinco por ciento, a fin de verificar el Segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de julio del dos mil dieciséis. En esta oportunidad se rematará libre de gravámenes, el inmueble hipotecado con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos, sea la finca matrícula 210894-000. En caso de fracasar el segundo remate y con la suma correspondiente al veinticinco por ciento de la base original, a fin de verificar el Tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis. En esta oportunidad se rematará libre de gravámenes, el inmueble hipotecado con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos, sea la finca matrícula 210894-000. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Caficultores de Heredia Libertad R.L., contra Sandra y Josué de San Luis Sociedad Anónima. Exp: 16-000065-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de mayo del 2016.—Lic. Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—( IN2016030425 ).

A las diez horas y cero minutos del veinticuatro de junio del año dos mil dieciséis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes y con la base de cuatrocientos doce mil quinientos colones, en el mejor postor, remataré: vehículo placas 463742, marca Hyundai, estilo Elantra, carrocería sedan 4 puertas, año 1992, número de chasis KMHJF31JPNU312246, número de motor G4DJP948745, combustible gasolina, color rojo, cilindros 4, cilindrada 1500 cc. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso: Ejecutivo Simple, número 98-022647-0170-CA, de Banco Nacional de Costa Rica contra José Alberto Navarro Castillo, Juan Carlos Fonseca Zamora.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 03 de mayo del 2016.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza.—( IN2016030442 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas tomo 398, asiento 9031; a las diez horas y treinta minutos del nueve de junio del año dos mil dieciséis y con la base de veinticinco millones de colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 399172 cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Isidro cantón Vásquez de Coronado de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto dest a calle al sur, rest dest a zona de protección al este, lote 29 D y al oeste lote 31 D. Mide: ciento cuarenta metros con ochenta y siete cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de junio del año dos mil dieciséis con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del once de julio del año dos mil dieciséis con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Andrés Díaz Briceño, Ingrid María Chavarría Vega Exp: 15-032409-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de abril del 2016.—Lic. Christian Mora Acosta, Juez.—( IN2016030443 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 0305-00005679-01-0901-001 .servidumbre dominante citas todas al tomo 0351, asiento 00004588-01 secuencias 0030, 0031, 0032, 0033, 0034, 0035, 0036-001, servidumbre vías ref.: 00113843-00000113844-000, citas todas al tomo 0354, asiento 00015226-01 secuencia 0005, 0006, 0007-001, servidumbre-vías ref.: 00113845-000, citas: 0354-00015226-01-0918-001, serv. drenaje ref.: 00113845-000, todas al tomo 0354, asiento: 00015226-01, secuencias 0919,0920-001, servidumbre dominante citas: 0354-00015227-01-0050-001, servidumbre dominante citas: 0354-00015227-01-0051-001, servidumbre trasladada citas: 0354-

Miércoles 18 de mayo del 2016Pág 14 — BOLETIN JUDICIAL Nº 95

en el distrito 06 Manzanillo, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Francisco Bermúdez Bermúdez; al sur, calle pública con 60 metros 74 centímetros; al este, Francisco Bermúdez Bermúdez y al oeste, Francisco Bermúdez Bermúdez. Mide: dos mil ochenta y dos metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: P-0800263-2002. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veinte de julio de dos mil dieciséis, con la base de dos millones ochocientos cincuenta y cinco mil seiscientos veintitrés colones con dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del cinco de agosto de dos mil dieciséis con la base de novecientos cincuenta y un mil ochocientos setenta y cuatro colones con treinta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Aniceto Olivier Jiménez Gutiérrez. Exp: 14-002506-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del I Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 31 de marzo de 2016. Licda. Yolanda Martínez Martínez, Jueza.—( IN2016030504 ).

En la puerta exterior de este Despacho, ambas libres de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones citas 0366-00001859-01-0900-001, a las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de junio del año dos mil dieciséis, 1) y con la base de veintitrés millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta mil quinientos sesenta y seis cero cero cero la cual es terreno de solar. Situada en el distrito quinto Curubandé, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Montañita de Colorado S. A.; al sur, Montañita de Colorado S. A.; al este, Montañita de Colorado S. A. y al oeste, calle pública con un frente de 20 metros. Mide: mil cuatrocientos cuarenta y tres metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Plano G-1243603-2007. 2) Y con la base de veintidós millones de colones la Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta mil quinientos sesenta y siete cero cero cero la cual es terreno de solar. Situada en el distrito quinto Curubandé, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Montañita de Colorado S. A.; al sur, Montañita de Colorado S. A.; al este, Montañita de Colorado S. A. y al oeste, calle pública con un frente de 20 metros. Mide: mil trescientos ochenta y tres metros con cinco decímetros cuadrados. Plano G-1243600-2007. Para el Segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del seis de julio del año dos mil dieciséis, con la base de 1) diecisiete millones doscientos cincuenta mil colones exactos y 2) con la base de dieciséis millones quinientos mil colones, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de julio del año dos mil dieciséis 1) con la base de cinco millones setecientos cincuenta mil colones exactos y 2) con la base de cinco millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra El Bengali Dorado S.A.L Exp.:15-001691-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 26 de abril del 2016.—Lic. Jorge Zúñiga Jáen, Juez.—( IN2016030508 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Serv y Obligac Ref: 2252-465-001 bajo las citas: 328-10044-01-0901-002; a las trece horas y treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré

citas: 2013-00008796-08-0009-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-09-0009-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-10-0009-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-12-0010-001 servidumbre de paso citas: 2013-00043069-01-0007-001 servidumbre de paso citas: 2013-00043069-01-0009-001 servidumbre de paso citas: 2013-00043069-01-0011-001; a las diez horas, exp.: 14-018241-1170-CJ l y cuarenta y cinco minutos del 10 de junio del dos mil dieciséis y con la base de veintiséis millones ciento cincuenta y nueve mil ochenta y dos colones con setenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos treinta y seis mil novecientos noventa y tres-cero cero cero, la cual es terreno de agricultura bloque 1, parcela 10. Situada en el distrito las horquetas, cantón sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte: servidumbre agrícola con un frente de 252.76 metros 3-12 en medio parcelas 11 T 12 bloque H; al sur Standard Fruit Company de Costa Rica S. A.; al este: Standard Fruit Company de Costa Rica S. A. y al oeste: Standard Fruit Company de Costa Rica S.A. Mide: quince mil cien metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos veintisiete de julio del dos mil dieciséis, con la base de diecinueve millones seiscientos diecinueve mil trescientos doce colones con cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del trece de julio del dos mil dieciséis, con la base de seis millones quinientos treinta y nueve mil setecientos setenta colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R.L. contra Elizabeth Carranza Ramírez. Expediente: 14-018241-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Carlos Alberto Marín Angulo, Juez.—( IN2016030451 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las trece horas treinta minutos del catorce de junio de dos mil dieciséis, y con la base de un millón doscientos cincuenta y seis mil doscientos noventa y seis colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 911988, marca Honda, estilo Civic, año 1993, color blanco, chasis JHMEG8550PS052973, motor D16Y1640337. Para el Segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil dieciséis, con la base de novecientos cuarenta y dos mil doscientos veintidós colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de julio de dos mil dieciséis con la base de trescientos catorce mil setenta y cuatro colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Ricardo Enrique Arroyo Rojas contra Luis Alberto Rosales Díaz en Expediente N° 16-001366-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de abril del 2016.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—1 vez.—( IN2016030454 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, citas 0296-00005997-01-0901-001; a las nueve horas del cinco de julio de dos mil dieciséis, y con la base de tres millones ochocientos siete mil cuatrocientos noventa y siete colones con treinta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiséis mil seiscientos treinta y seis- cero cero cero, la cual es terreno con una casa de habitación de ochenta metros cuadrados de construcción. Situada

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(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hoa Niam S. A. contra Casa de Escorpión S. A. Exp.: 15-002102-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, (Materia Cobro), 20 de abril del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016030511 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del once de julio del año dos mil dieciséis y con la base de veintisiete mil trescientos treinta y un dólares exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas BBV122, marca Suzuki, estilo Grand Vitara, categoría automóvil, carrocería todo terreno cuatro puertas, número motor J dos cuatro B uno uno ocho seis dos seis tres, chasis número J S tres T E cero cuatro v cinco c cuatro uno cero tres dos seis nueve, color negro, combustible gasolina, año dos mil doce, capacidad cinco pasajeros, cilindrada dos mil cuatrocientos centímetros cúbicos, cilindros cuatro, tracción: cuatro por dos. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil dieciséis, con la base de veinte mil cuatrocientos noventa y ocho dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del doce de agosto del dos mil dieciséis con la base de seis mil ochocientos treinta y dos dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra María Fernanda Rivera Fuentes. Exp. N° 16-002235-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de mayo del 2016.—Lic. Greivin Steven Mora Alvarado, Juez.—( IN2016030516 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas del cinco de julio de dos mil dieciséis, y con la base de veinticinco millones novecientos ocho mil doscientos ochenta y cinco colones con noventa y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos setenta y un mil cuarenta y cuatro- cero cero cero, la cual es terreno una casa de habitación y un anexo trasero. Situada en el distrito 1-Upala, cantón 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: noreste: Meylin Murillo noroeste: calle pública con un frente de 14,25 metros lineales. sureste, Olman Salazar Duarte. suroeste, Oscar Marino García Marín. Mide: doscientos noventa y nueve metros con veinticinco decímetros cuadrados. Plano: A-0535546-1984. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veinte de julio de dos mil dieciséis, con la base de diecinueve millones cuatrocientos treinta y un mil doscientos catorce colones con cuarenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del cinco de agosto de dos mil dieciséis con la base de seis millones cuatrocientos setenta y siete mil setenta y un colones con cuarenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Kenneth David Guzmán Campos. Exp: 14-001380-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del I Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 31 de marzo del año 2016.—Licda. Yolanda Martínez Martínez, Jueza.—( IN2016030524 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 205-03362-01-0901-001; a las nueve horas y quince minutos (antes meridiano) del veinte de junio de dos mil dieciséis, y con la base de noventa y dos mil trescientos dólares exactos, en el mejor postor

lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,, bajo el sistema de folio real, matrícula número 290392-000 la cual es terreno construir con 1 casa. Situada en el distrito 9-Pavas, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, MOPT; sur, calle pública con 12m. este, lote 16 M-M. oeste, lote 14 M-M. Mide: trescientos treinta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de septiembre del dos mil dieciséis, con la base de ciento cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diecinueve de septiembre del año dos mil dieciséis con la base de cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Gabriel Borge Bartorelli. Exp. N° 16-011070-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de mayo del 2016.—Msc. Christian Mora Acosta, Juez.—( IN2016030509 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 0567-00049624-01-0004-001; a las siete horas y treinta minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciséis, y con la base de doscientos diecisiete mil novecientos sesenta y seis dólares con cincuenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta mil ciento tres cero cero cero la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Jorge Clachar Rivas y Lucia Viales Sotela; al sur, calle pública con un frente de 469 metros 92 centímetros lineales; al este calle publica con un frente de 132 metros 92 centímetros lineales y al oeste, Jorge Clachar Rivas. Mide: Cuarenta y siete mil trescientos veinticuatro metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Plano catastrado N° G-0862116-2003. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del once de agosto del dos mil dieciséis, con la base de ciento sesenta y tres mil cuatrocientos setenta y cuatro dólares con noventa centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cincuenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y un dólares con sesenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Alberto Torres Sánchez. Exp. N° 15-000124-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 3 de mayo del 2016.—Licda. Yolanda Martínez Martínez, Jueza.—( IN2016030510 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones citas: 333-07280-01-0900-001; a las nueve horas y cero minutos del quince de junio de dos mil dieciséis, y con la base de sesenta y siete mil cuatro dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 48582-024, la cual es terreno naturaleza: terreno de pastos y charrales. Situada en el distrito 3-Veintisiete Abril cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste, Linderos: norte, Quebr La Loma en med Matilde Ordóñez; sur, faja inalienable paralela al mar 50 m, este, calle pública 149m 80 cm medio lote 2, oeste, estero pargos en medio otros. Mide: cincuenta mil doscientos diez metros con setenta y un decímetros cuadrados plano: G-0352277-1980. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de junio de dos mil dieciséis, con la base de cincuenta mil doscientos cincuenta y tres dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de julio de dos mil dieciséis, con la base de dieciséis mil setecientos cincuenta y un dólares exactos

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cuatro de agosto de dos mil dieciséis, con la base de dos millones doscientos treinta mil ochenta y nueve colones con sesenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de agosto de dos mil dieciséis, con la base de setecientos cuarenta y tres mil trescientos sesenta y tres colones con veintitrés céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alicia Verónica Veitch Mc Person. Expediente: 14-000574-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 26 de enero del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016030534 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las nueve horas y cero minutos del dieciséis de junio del dos mil dieciséis, y con la base de dos millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuarenta y cuatro mil cincuenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 03 Rita, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte noreste, Rosa María Angulo; al sur suroeste, calle con 11 m 14 cm; al este Servid. de paso c/5m 60cm y al oeste noroeste, Roberto Zúñiga Agüero. Mide: doscientos cuarenta y seis metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de julio de dos mil dieciséis, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de julio de dos mil dieciséis con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Gliceria Hernández Mora, Ramiro del Carmen Godínez Godínez. Exp. N° 16-000023-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 22 de enero del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016030536 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (citas: 361-03353-01-0901-001); a las once horas y treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil dieciséis y con la base de cinco millones seiscientos cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 532030-001/002, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 08 La Tigra, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Olman Arrieta Solano y Mario González, ambos en parte; al sur: Olman Arrieta Solano; al este: calle pública con un frente a ella de 10 mts lineales y al oeste: María Quilina Zamora Gamboa. Mide: quinientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del doce de julio del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones doscientos treinta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil dieciséis, con la base de un millón cuatrocientos diez mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Denis Muñoz Porras, Katia

remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos setenta y nueve mil cuatrocientos nueve cero cero cero la cual es terreno naturaleza: Lote 2-H terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 2-San Miguel, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 7 metros 50 centímetros de frente; al sur, lote 27 H; al este, lote 3 H y al oeste, lote 1 H. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos (antes meridiano) del cinco de julio de dos mil dieciséis, con la base de sesenta y nueve mil doscientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos (antes meridiano) del veinte de julio de dos mil dieciséis con la base de veintitrés mil setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda contra Johnny Humberto de la Trinidad Arias Castillo. Exp: 15-005307-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 13 de abril del 2016.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—( IN2016030531 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas ley aguas (citas: 407-06703-01-0296-001) y reservas Ley Caminos (citas: 407-06703-01-0409-001); a las once horas y cero minutos del veintisiete de junio del dos mil dieciséis, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 184925-000 la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 2-Tárcoles, cantón 11-Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Ángela Olga Espinoza Vargas; al sur, calle pública; al este, parcela 50 Ida y al oeste, Ángela Olga Espinoza Vargas. Mide: cuatrocientos cincuenta metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del doce de julio del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de julio del dos mil dieciséis, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Michael José Elizondo Barrantes. Exp. N° 16-000729-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 21 de abril del 2016.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—( IN2016030532 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando restricciones reg art. 18, Ley 2825 y Reservas Ley Forestal; a las catorce horas y cero minutos del veinte de julio del dos mil dieciséis y con la base de dos millones novecientos setenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y dos colones con noventa y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento siete mil novecientos setenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno asentamiento Limón 034, terreno para construir. Situada en el distrito 05 Cairo, cantón 03 Siquirres de la provincia de Limón. Colinda: al norte: calle pública; al sur: Teresa Porras Acuña; al este: calle pública y al oeste: Gilberto Gordon Sueybe. Mide: trescientos ochenta y nueve metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del

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Chacón y al oeste, Marcos Guillermo Arias Rodríguez y Edith Amador Chacón. Mide: setecientos sesenta y ocho metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta minutos del siete de julio del dos mil dieciséis, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta minutos del veintidós de julio del dos mil dieciséis, con la base de ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rodríguez R G. Y Gutiérrez S. A., contra Jesús Barboza Cordero. Exp. N° 16-000739-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 26 de abril del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016030556 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas Ley Aguas y Reservas Ley Caminos; a las diez horas y cero minutos del dieciséis de junio del dos mil dieciséis (10.00 a. m. 16/06/2016), y con la base de siete millones ciento setenta y siete mil ochocientos cuarenta y seis colones con setenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 62013-000 cero cero cero, la cual es terreno para construir proyecto Limón. Situada en el distrito 04 Río Jiménez, cantón 06 Guácimo de la provincia de Limón. Colinda: al norte: línea férrea; al sur: calle pública; al este: lote B y al oeste: lote 42. Mide: novecientos ochenta y siete metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del uno de julio del dos mil dieciséis (10.00 a. m. 01/07/2016), con la base de cinco millones trescientos ochenta y tres mil trescientos ochenta y cinco colones con dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de julio del dos mil dieciséis, (10:00 a. m. 18/07/2016), con la base de un millón setecientos noventa y cuatro mil cuatrocientos sesenta y un colones con sesenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Martín Alfredo Zúñiga Brenes. Expediente: 16-000421-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 4 de mayo del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016030559 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del treinta de junio de dos mil dieciséis, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 125.768- 000 la cual es terreno potrero. Situada en el distrito 01 Pacayas, cantón 06 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al sur, Río Birrís; al noreste, Javier Montenegro Calderón; al noroeste, calle pública y al sureste, Río Birrís y otro. Mide: nueve mil ciento veinticinco metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de julio de dos mil dieciséis, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de agosto de dos mil dieciséis con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución

Jaelis Estrella Corea. Expediente: 16-000816-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 21 de abril del 2016.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—( IN2016030537 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones; a las quince horas y cero minutos del trece de junio de dos mil dieciséis, y con la base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintisiete mil cuatrocientos cincuenta y nueve cero cero cero la cual es terreno para construir lote 18 E. Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 19 E; al sur, lotes 15 E y 17 E; al este, lote 3 E y al oeste, resto camino. Mide: mil seiscientos veintinueve metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintiocho de junio de dos mil dieciséis, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del trece de julio de dos mil dieciséis con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Enrique Vargas Robles contra Luis Guillermo Romero Centeno. Exp.: 15-001898-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 19 de enero del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016030554 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones; a las nueve horas cero minutos del diecisiete de junio de dos mil dieciséis, y con la base de catorce millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta y nueve mil ciento ocho cero cero cero la cual es terreno para agricultura lote 269 125-26. Situada en el distrito 2-Batán, cantón 5-Matina, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, río Madre de Dios; al sur, calle; al este, Claudio Brenes y al oeste Félix Méndez. Mide: tres mil trescientos setenta y cinco metros con un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cero minutos del cuatro de julio de dos mil dieciséis, con la base de diez millones ochocientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas cero minutos del diecinueve de julio de dos mil dieciséis con la base de tres millones seiscientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual de Cartago de Ahorro y Préstamo contra Jairo Gerardo Martínez Ureña, Juan Gerardo de Jesús Martínez Ramírez. Exp: 16-000731-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 26 de abril del año 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016030555 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las trece horas y cuarenta minutos del diecisiete de junio del dos mil dieciséis, y con la base de quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuarenta y un mil doscientos noventa y uno cero cero cero la cual es terreno de naturaleza de potrero. Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, Elida Quesada Jiménez; al este, calle con un frente de 11,00 M y Edith Amador

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el sistema de folio real, matrícula número 00238403-000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 04 Santa Cruz, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Edgar Camacho y calle pública; al sur, Edgar Camacho Pereira; al este, Luz Marina Camacho Pereira y al oeste, Edgar Camacho Pereira y Enrique Jiménez Jiménez. Mide: seis mil seiscientos treinta y cuatro metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de junio del dos mil dieciséis (2:00 p.m. 30/06/2016) con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de julio del dos mil dieciséis (2:00 p.m. 15/07/2016) con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Agrícola Cartago mil novecientos cincuenta y uno Sociedad Anónima contra Edgar Antonio de Jesús Camacho Pereira. Exp. N° 15-001766-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 29 de abril del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016030580 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del catorce de junio de dos mil dieciséis, y con la base de dos millones quinientos ochenta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas 891742, marca Mitsubishi, estilo Montero Sport, capacidad 5 personas, todo terreno 4 puertas, 4x4, año 2000, color verde, motor N° 6G72KL9517, 3000 cc, 06 cilindros, gasolina. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil dieciséis, con la base de un millón novecientos cuarenta y un mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de julio de dos mil dieciséis con la base de seiscientos cuarenta y siete mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Giovanny Quesada Brenes contra Xiomara Arias Retana. Exp.: 16-000811-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de abril del 2016.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—( IN2016030603 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del nueve de junio de dos mil dieciséis, y con la base de diez mil novecientos diecisiete dólares con veintinueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: Placas número 884462. Marca Chevrolet. Capacidad 5 personas. Año 2011. Color rojo. Vin 3GNAL7EC2BS603235. Motor Nº sin número. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinticuatro de junio de dos mil dieciséis, con la base de ocho mil ciento ochenta y siete dólares con noventa y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del once de julio de dos mil dieciséis con la base de dos mil setecientos veintinueve dólares con treinta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Pablo Mauricio Román Garita. Exp: 15-005972- 1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 07 de abril del 2016.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2016030649 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref.: 2370031001; a las catorce horas y cero minutos del trece de junio del dos mil dieciséis

hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Magno Eulogio Gutiérrez Serrano. Exp.: 16-001367-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 03 de mayo del 2016.—Licda. Yanín Torrentes Ávila, Jueza.—1 vez.—( IN2016030565 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas 2013-00329297-01-0003-001; a las nueve horas y cero minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciséis, y con la base de nueve millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos seis mil cuatrocientos ochenta y uno cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Sardinal, cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Juana Carballo Espinoza; al sur, servidumbre con 25.36 metros; al este, Juana Carballo Espinoza y al oeste, calle pública con 21.49 metros de frente. Mide: quinientos veintitrés metros con cero decímetros cuadrados. Plano: G-1753275-2014. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del once de agosto del dos mil dieciséis, con la base de seis millones novecientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de dos millones trescientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Rodolfo Gómez Enríquez. Exp. N° 16-000007-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 4 de mayo del 2016.—Licda. Yolanda Martínez Martínez, Jueza.—( IN2016030573 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas: 0321-00007496-01-0901-001; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil dieciséis y con la base de ochenta y nueve mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 53482-000, la cual es terreno construir 1 edificio, apart. 2 plantas. Situada en el distrito 01 Turrialba, cantón 05 Turrialba de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: calle pública con 8 m; al sur: Municipalidad de Turrialba; al este: Mayra Arias González y al oeste: Municipalidad de Turrialba. Mide: ciento sesenta y nueve metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del uno de julio de dos mil dieciséis, con la base de sesenta y seis mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil dieciséis, con la base de veintidós mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Agrícola Cartago Mil Novecientos Cincuenta y Uno Sociedad Anónima contra Jaime Gregorio Sojo Romero. Expediente: 16-000428-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 2 de mayo del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2016030579 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando cuatro servidumbres trasladadas así como hipoteca de primer grado e hipoteca de segundo grado; a las catorce horas y cero minutos del quince de junio del dos mil dieciséis, (2:00 p.m. 15/06/2016) y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo

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señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de julio de dos mil dieciséis con la base de ochenta mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Costarricense para Organizaciones de Desarrollo (ACORDE) contra Chi Cen Internacional Sociedad Anónima. Exp. N° 15-005952-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 18 de abril del 2016.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2016030677 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las diez horas y cero minutos del veintinueve de junio de dos mil dieciséis, en el mejor postor remataré los siguientes bienes: con la base de tres millones quinientos cuarenta mil colones exactos, Vehículo placas número 600530, marca Chevrolet, año 2005, estilo Aveo, Vin KL1TD51Y05B406706, cilindrada 1500 c.c., color celeste, categoría automóvil, motor no existente; y con la base de un millón doscientos mil colones exactos: Vehículo placas número 150285, marca Nissan, año 1992, estilo Pulsar X, Vin no indica, cilindrada 1295 c.c., color beige, categoría automóvil, motor N° GA13455578B. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de julio de dos mil dieciséis, vehículo placas número 600530 con la base de dos millones seiscientos cincuenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y vehículo placas número 150285 con la base de novecientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento); para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de agosto de dos mil dieciséis, vehículo placas número 600530 con la base de ochocientos ochenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial), y vehículo placas número 150285 con la base de trescientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso Monitorio de Asociación Costarricense para Organizaciones de Desarrollo (ACORDE) contra Agrupador de Maquinaria y Vehículos Magruveh Sociedad Anónima y otros. Exp: 15-001441-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del PrimerI Circuito Judicial de San José, 15 de febrero del año 2016.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2016030696 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones; pero soportando reservas y restricciones, bajo citas: 0303-00006517-01-0901-092; prohib. y condic. ref.: 2247-305-00, bajo citas: 0303-00006517-01-0902-046; servidumbre de paso, bajo citas: 0419-00005625-01-0004-001; hipoteca de primer grado, bajo citas: 2009-00032435-01-0001-001; hipoteca de cuarto grado, bajo citas: 2010-00084561-01-0001-001, a las nueve horas y treinta minutos del primero de junio del dos mil dieciséis, y con la base de cincuenta y dos millones setecientos diecinueve mil novecientos noventa y nueve colones con noventa y nueve céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número veintiún mil trescientos dos cero cero cero, la cual es terreno para la agricultura. Situada: en el distrito 02-Volcan, cantón 03-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre de paso en medio Pindeco S. A. y María Mayorga Villanueva; al sur, Willian Duarte y calle pública; al este, calle pública, y al oeste, río Cañas y Víctor Manuel Bonilla Fernández. Mide: quinientos noventa y seis mil setecientos cuarenta metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil dieciséis, con la base de treinta y nueve millones quinientos treinta y nueve mil novecientos noventa y nueve colones con noventa y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta

y con la base de treinta y ocho mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y nueve mil ciento sesenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno inculto con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Alajuela, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste: calle pública con un frente de ocho metros treinta y nueve centímetros; al noroeste: Diego Prieto García; al sureste: Margarita Prieto y al suroeste: Antonio Quirós Robles. Mide: ciento sesenta y cuatro metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de junio de dos mil dieciséis, con la base de veintiocho mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de julio del dos mil dieciséis, con la base de nueve mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inmobiliaria La Jaquima R A Sociedad Anónima contra Victorino Moreno Mena. Expediente: 15-001577-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 4 de abril del 2016.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2016030651 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 314-11821-01-0002-001; a las once horas y cero minutos del diez de junio de dos mil dieciséis, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número sesenta y siete mil ochocientos cuatro-cero cero uno, cero cero dos y cero cero cinco (67804-001, 002 y 005), la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Concepción, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al sur, servidumbre de paso; al este Víctor Hugo Varela Solís; al oeste Hernando Varela Solís y al noreste y noroeste ambos Manuel Camacho. Mide: setenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintisiete de junio del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del doce de julio del dos mil dieciséis, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Seicynpau Sociedad Anónima contra Bryan Fernando Varela Espinoza. Exp. N° 15-002698-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 12 de abril del 2016.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2016030652 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del veintiocho de junio del dos mil dieciséis, y con la base de treinta y dos mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 50486-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número uno apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 05 Guacima, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Jaime y Rodrigo Castillo; al sur, calle de acceso; al este, Jaime y Rodrigo Castillo y al oeste, finca filial dos. Mide: seiscientos cinco metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del trece de julio del dos mil dieciséis, con la base de veinticuatro mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se

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Licenciada Cristina Dittel Masís, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a José Benito Duron Quiroz, en su carácter personal, quien es mayor, soltero, nicaragüense, documento de identidad número 1880102748, se le hace saber que en demanda autorización salida país, establecida por Marcia Mangas Mangas contra José Benito Duron Quiroz, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Del anterior proceso de autorización de salida del país, establecido por Marcia Mangas Mangas, se confiere traslado por el plazo perentorio de cinco días a José Benito Duron Quiroz (art. 433 del Código Procesal Civil). Se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Dentro de este mismo plazo podrá oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que considere pertinente. Por existir personas menores involucradas en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de gestión en línea. Con el fin de realizar una audiencia entre partes, se fijan las trece horas con treinta minutos del veintidós de julio del año dos mil dieciséis. Siendo que según manifestaciones de la parte actora, se desconoce sobre el paradero del señor José Benito, se ordena notificar al mismo por medio de edicto. Notifíquese. Expediente 16-001085-0338-FA-01.—Juzgado de Familia de Cartago, 6 de mayo del 2016.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—( IN201630728 ).

A las ocho horas del treinta y uno de agosto del dos mil dieciséis, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, soportando hipotecas de primer y segundo grado, por las sumas de treinta y nueve millones de colones y cinco millones de colones, respectivamente, ambas a favor del mismo Banco actor y condiciones del IDA, al tomo: 369, asiento: 14739 y sin más gravámenes, y con la base de cinco millones seiscientos cinco mil trescientos noventa y siete colones con cuarenta y siete céntimos, en el mejor postor, se rematará la finca inscrita al partido de Heredia, matrícula número ciento veintiún mil novecientos setenta y uno-cero cero cero, que es terreno de agricultura Nº 53. Sito: en Puerto Viejo, distrito primero del cantón décimo Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Que mide setenta y ocho mil novecientos setenta y dos metros con cuarenta y un decímetros cuadrados, y que linda: al norte, con lote 52; al sur, con lote 54; al este, río Sucio, y al oeste, con calle pública, según lo describe topográficamente el plano catastrado Nº H-0768873-1988. En el caso de resultar fracasado ese primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta pero con la base de cuatro millones doscientos cuatro mil cuarenta y ocho colones con once céntimos, (incluida la rebaja del veinticinco por ciento de la base anterior) se señalan las ocho horas del dieciséis de setiembre del dos mil dieciséis. De ser fracasado también el segundo señalamiento, para llevar a cabo la tercera subasta, se señalan las ocho horas del cuatro de octubre del dos mil dieciséis, esta vez con la base de un millón cuatrocientos un mil trescientos cuarenta y nueve colones con treinta y seis céntimos (es decir un veinticinco por ciento de la base original). Se advierte además que de conformidad con el artículo 25 de la Ley Cobro Judicial, si al tercer remate no hubiere postores, el bien se tendrá por adjudicado al ejecutante, por el veinticinco por ciento

minutos del primero de julio del dos mil dieciséis, con la base de trece millones ciento ochenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jesús Monge Bermúdez contra Francisca Navarro Rojas. Expediente Nº 16-000488-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 01 de marzo del 2016.—Msc. Eileen Chaves Mora, Juez.—( IN2016030702 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del cinco de julio de dos mil dieciséis -3:00 p.m. 05/07/2016-, y con la base de setenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 25632-000, la cual es terreno de solar con dos casas. Situada en el distrito 02 Occidental, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, José Meneses; al sur, María Josefa Solano Gutiérrez; al este, Guillermo Rojas y al oeste, calle en medio otros. Mide: doscientos treinta y cinco metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de julio de dos mil dieciséis -3:00 20/07/2016-, con la base de cincuenta y dos mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del ocho de agosto de dos mil dieciséis - 3:00 p.m. 08/08/2016- con la base de diecisiete mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Manuel Francisco Aguilar Gómez contra Juan De Dios Chavarría Aguilera. Exp: 15-002527-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 09 de mayo del 2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016030706 ).

A las ocho horas del veinte de julio del dos mil dieciséis, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, en el mejor postor, libre de gravámenes y con la base de quince millones setecientos treinta y dos mil ochocientos treinta y nueve colones con noventa y dos céntimos, en el mejor postor, se rematará la finca inscrita al Partido de Heredia, matrícula número ciento veintiún mil ciento cuarenta y siete-cero cero cero, que es terreno de agricultura y potrero, sito en Puerto Viejo, distrito primero del cantón décimo Sarapiquí de la provincia de Heredia, que mide cuatro mil novecientos cuarenta y cuatro metros cuadrados y que linda al norte: con Susana Chavarría Loría y Danilo Sbravatti Maroto, al sur: con Manuel Gutiérrez, al este con calle pública y Daniel Sbravatti Maroto y al oeste: con calle pública, según lo describe topográficamente el plano catastrado número H-1049892-2006. En el caso de resultar fracasado ese primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta pero con la base de once millones setecientos noventa y nueve mil seiscientos veintinueve colones con noventa y cuatro céntimos, (incluida la rebaja del veinticinco por ciento de la base anterior) se señalan las ocho horas del ocho de agosto del dos mil dieciséis. De ser fracasado también el segundo señalamiento, para llevar a cabo la tercera subasta se señalan las ocho horas del veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis, esta vez con la base de tres millones novecientos treinta y tres mil doscientos nueve colones con noventa y ocho céntimos, (es decir un veinticinco por ciento de la base original). Se advierte además que de conformidad con el artículo 25 de la Ley Cobro Judicial, si al tercer remate no hubiere postores, el bien se tendrá por adjudicado al ejecutante, por el veinticinco por ciento de la base original. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecución hipotecaria N° 15-000237-0507-AG (287-3-15) del Banco Nacional de Costa Rica contra Francis Hafeth Rojas Chavarría y otra.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 6 de mayo del 2016.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—Exonerado.—( IN2016030726 ).

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setecientos treinta y dos mil ochocientos treinta y nueve colones con noventa y dos céntimos, en el mejor postor, se rematará la finca inscrita al Partido de Heredia, matrícula número ciento veintiún mil ciento cuarenta y siete-cero cero cero, que es terreno de agricultura y potrero, sito en Puerto Viejo, distrito primero del cantón décimo Sarapiquí de la provincia de Heredia, que mide cuatro mil novecientos cuarenta y cuatro metros cuadrados y que linda al norte con Susana Chavarría Loría y Danilo Sbravatti Maroto, al sur con Manuel Gutiérrez, al este con calle pública y Daniel Sbravatti Maroto y al oeste con calle pública, según lo describe topográficamente el Plano Catastrado Número H-1049892-2006. En el caso de resultar fracasado ese primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta pero con la base de once millones setecientos noventa y nueve mil seiscientos veintinueve colones con noventa y cuatro céntimos, (incluida la rebaja del veinticinco por ciento de la base anterior) se señalan las ocho horas del ocho de agosto de dos mil dieciséis, de ser fracasado también el segundo señalamiento, para llevar a cabo la tercera subasta se señalan las ocho horas del veinticuatro de agosto de dos mil dieciséis, esta vez con la base de tres millones novecientos treinta y tres mil doscientos nueve colones con noventa y ocho céntimos, (es decir un veinticinco por ciento de la base original). Se advierte además que de conformidad con el artículo 25 de la Ley Cobro Judicial, si al tercer remate no hubiere postores, el bien se tendrá por adjudicado al ejecutante, por el veinticinco por ciento de la base original. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecución hipotecaria Nº 15-000237-0507-AG (287-3-15). Del Banco Nacional de Costa Rica contra Francis Hafeth Rojas Chavarría y otra.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 6 de mayo del 2016.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—Exonerado.—( IN2016030753 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres trasladadas y reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos; a las diez horas y cero minutos del 20 de junio de dos mil dieciséis, en el mejor postor remataré lo siguiente : 1) con la base de diez millones de colones exactos, finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 163000-000 la cual es terreno para la agricultura lote 10 Asentamiento Corazón de Jesús. Situada en el distrito 5 Santa Rosa, cantón 7 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, IDA; al sur, IDA y calle; al este, IDA, y al oeste, IDA y calle. Mide: Diez mil doscientos seis metros con catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de julio de dos mil dieciséis, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de julio de dos mil dieciséis con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) A las diez horas y cero minutos del veinte de junio de dos mil dieciséis, y con la base de doce millones de colones exactos. Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 163003-000 la cual es terreno para la agricultura lote 13 Asentamiento Corazón de Jesús. Situada en el distrito 5 Santa Rosa, cantón 7 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Román Cruz; al sur, IDA; al este, Joaquín Jiménez, y al oeste, IDA y calle pública. Mide: Diez mil doscientos dos metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de julio de dos mil dieciséis, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de julio de dos mil dieciséis con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ortiz y Jiménez R G C S Sociedad Anónima contra Román Roberto Castillo Ramírez. Exp. N° 16-000596-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 4 de mayo del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2016030767 ).

de la base original. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecución hipotecaria Nº 16-000014-0507-AG (18-3-16), del Banco Nacional de Costa Rica contra Raimundo Jarquín Artavia y otro.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 11 de mayo del 2016.—Licda. Yendri Patricia Rojas Pérez, Jueza.—Exonerado.—( IN2016030729 ).

En la puerta exterior de este Despacho, a las ocho horas treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de doscientos mil dólares (moneda de los Estados Unidos de América), libre de gravámenes hipotecarios, se rematará el bien dado en garantía, sea la finca de Alajuela, matrícula número trescientos treinta y nueve mil seiscientos treinta y siete-cero cero uno y cero cero dos (339637-001 y 002), naturaleza: terreno de agricultura y repastos. Situada: en el distrito cuarto Coyolar, cantón noveno Orotina, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Juan Antonio Araya Arguedas; sur, IDA; este, calle pública con un frente de veintiún metros treinta y cinco centímetros e IDA; oeste, Fernando Chavarría Pérez. Mide: veinticinco mil cuarenta y siete metros con treinta y ocho decímetros cuadrados, según plano catastrado Nº A-0248045-1995. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, con la base rebajada en un veinticinco por ciento, sea la suma de ciento cincuenta mil dólares (moneda de los Estados Unidos de América), se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de setiembre del dos mil dieciséis. De no apersonarse postores, para el tercer remate, con el veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de cincuenta mil dólares (moneda de los Estados Unidos de América), se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Wai Lam Chan Wong y otros contra Ana Marixa del Carmen Solórzano Hernández y otro. Expediente Nº 16-000966-1157-CJ.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de mayo del 2016.—Licda. María Carolina Hurtado García, Jueza.—Exonerado.—( IN2016030730 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 573-14468-01-0004-001; a las diez horas y cero minutos del diez de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de setenta y siete millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y dos mil ochenta y tres- cero cero cero, la cual es terreno lote 3 terreno de repastos. Situada en el distrito 02 Tárcoles, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 153.63 metros; al sur, Envaplast; al este, Rafael Danilo Cordova Núñez, y al oeste, calle publica con un frente a ella de 153.63 metros. Mide: Seis mil seiscientos cuarenta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil dieciséis, con la base de cincuenta y ocho millones doscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del doce de setiembre de dos mil dieciséis con la base de diecinueve millones cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Nubia María López Loaiza. Exp. N° 16-002073-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 10 de mayo del 2016.—Licda. Jéssica Cordero Azofeifa, Jueza.—( IN2016030742 ).

A las ocho horas del veinte de julio de dos mil dieciséis, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, en el mejor postor, libre de gravámenes, y con la base de quince millones

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a las catorce horas y cero minutos del quince de junio de dos mil dieciséis, y con la base de cuarenta y cuatro millones novecientos treinta y tres mil seiscientos ochenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cinco mil ochocientos ochenta y cinco-F-cero cero cero, la cual es terreno finca filial primaria individualizada N° 114, apta para construir que se destinará a uso habitacional, altura máxima de dos plantas, con una habitación, terraza y tapis. Situada en el distrito San Antonio, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, filial 113; al sur, área común destina a acera con rampa para discapacitados y avenida tercera; al este, filial 132 y retiro de construcción; al oeste, área común destina a acera con rampa para discapacitados, calle segunda y retiro de construcción al noreste filial 132; al noroeste, filial 113, al sureste avenida 3, al suroeste calle dos. Mide: doscientos trece metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de junio de dos mil dieciséis, con la base de treinta y tres millones setecientos mil doscientos sesenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de julio de dos mil dieciséis con la base de once millones doscientos treinta y tres mil cuatrocientos veinte colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Horizontal Residencial de Fincas Filiales Primarias Individualizadas Málaga contra 3102670114 Sociedad de Responsabilidad Limitada. Exp. N° 15-001203-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 8 de abril del 2016.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2016030784 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las trece horas y treinta minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciséis, y con la base de cincuenta y siete mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y ocho mil quinientos sesenta y tres cero cero cero la cual es terreno lote 4-B terreno para construir. Situada en el distrito 01 Granadilla, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Vigo S. A; al sur, lote 5 B O Porures y servi otros; al este, Munip de Curridabat calle publ 14.43, y al oeste, Vigo S. A. Mide: Novecientos sesenta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de julio de dos mil dieciséis, con la base de cuarenta y dos mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de julio de dos mil dieciséis con la base de catorce mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-663919 S. A. contra Complejo Dehabite Sociedad Anónima. Exp. N° 15-001712-1209-CJ.—Juzgado d Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 14 de enero del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016030792 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones; a las nueve horas y treinta minutos del trece de julio de dos mil dieciséis, y con la base de seis millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y ocho mil ciento setenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 Jiménez, cantón 02 Pococí, de la provincia de

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y restricciones, bajo las citas: 324-12420-01-0901-001, servidumbre sirviente, bajo las citas: 337-06429-01-0001-001; a las ocho horas y cero minutos del dos de junio de dos mil dieciséis, y con la base de veintiocho millones quinientos treinta mil setecientos sesenta colones con sesenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintinueve mil seiscientos dos cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2 Palmar, cantón 5 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, María Zenón Castrillo Vásquez; al sur, Carretera Interamericana; al este, calle publica, y al oeste, María Zenón Castrillo Vásquez. Mide: Seiscientos metros cuadrados. Plano: P-0752703-1988 cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de junio de dos mil dieciséis, con la base de veintiún millones trescientos noventa y ocho mil setenta colones con cincuenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de julio de dos mil dieciséis con la base de siete millones ciento treinta y dos mil seiscientos noventa colones con diecisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular Y De Desarrollo Comunal contra Giovanni Enrique Alfaro Gamboa. Exp. N° 15-000282-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 25 de febrero del 2016.—Licda. Olga Sandí Torres, Jueza.—( IN2016030782 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 304-01938-01-0054-001: servidumbre de acueducto citas: 475-10408-01-0001-001; a las catorce horas y cero minutos del veinte de junio de dos mil dieciséis, y con la base de siete millones cincuenta y ocho mil quinientos noventa y cinco colones con setenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula N° 38939-F-000, la cual es terreno finca filial uno bloque I terreno apto para construir que se destinará a uso habitacional y que tendrá una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito Bahía Ballena, cantón Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, filial dos bloque I; al sur, parque; al este, parque, y al oeste, calle. Mide: Mil doscientos veintitrés metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de julio de dos mil dieciséis, con la base de cinco millones doscientos noventa y tres mil novecientos cuarenta y seis colones con ochenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de julio de dos mil dieciséis con la base de un millón setecientos sesenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y ocho colones con noventa y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Residencial Turístico Tortuga contra Spectacular View to the Ocean Sociedad Anónima. Exp. N° 15-001162-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 13 de abril del 2016.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2016030783 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando; servidumbre trasladada 280-00617-01-0915-001 y Reservas de Ley d Aguas y de Caminos Públicos 517-13644-01-0004-001; soportando Hipoteca I grado con citas 2010-101768-01-0003-001; hipoteca segundo grado con citas 2011-207762-01-0001-001,

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Sociedad Anónima contra Xochitl Krupscalla Huembes Rodríguez. Exp. N° 13-002912-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 21 de abril del 2016.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2016030835 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y quince minutos del veinte de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de veintiocho mil doscientos noventa y tres dólares con cincuenta y ocho centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placa CL 286180, año: 2014, color: blanco, marca: Nissan, estilo: Navara, capacidad: 5 personas, vin: MNTVCUD40Z0605890, cilindrada: 2488 c.c. Para el segundo remate, se señalan las once horas y quince minutos del cinco de octubre del dos mil dieciséis, con la base de veintiún mil doscientos veinte dólares con dieciocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y quince minutos del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, con la base de siete mil setenta y tres dólares con treinta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de Costa Rica S. A. contra Reinaldo Zamora Vindas. Expediente Nº 15-043827-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de abril del 2016.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—( IN2016030837 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del siete de junio del dos mil dieciséis, y con la base de un millón ocho mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas N°: MOT-376587, marca: Velimotor, estilo: VL 250 GY 11, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, año: 2014, color: rojo, vin: L6UA4JA27EA028812, cilindrada: 250 cc, combustible: gasolina, motor N°: 170MM8D200030. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de junio del dos mil dieciséis, con la base de setecientos cincuenta y seis mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del siete de julio del dos mil dieciséis, con la base de doscientos cincuenta y dos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Johan Antonio Martínez Víquez. Expediente Nº 15-029494-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de octubre del 2015.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2016030839 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y treinta minutos del siete de junio del dos mil dieciséis, y con la base de dos millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: 871895, marca: Hyundai, estilo: Accent, capacidad: 5 personas, año: 2000, color: negro, categoría: automóvil, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, chasis: KMHCG41GPYU101761, número de motor: no legible, cilindrada: 1500 C.C., combustible: gasolina, cilindros: 04. Para el segundo remate, se señalan las once horas y treinta minutos del veintidós de junio del dos mil dieciséis, con la base de un millón novecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y treinta minutos del ocho de julio del dos mil dieciséis, con la base de seiscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra María del Carmen Miraba Umaña. Expediente Nº 13-002087-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de abril del 2016.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—( IN2016030841 ).

Limón. Colinda: al norte, Guillermo Naranjo Porras; al sur, calle publica con 38 metros 70 centímetros; al este, Guillermo Naranjo Porras, y al oeste, esquina a puente. Mide: Dos mil ochenta y dos metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de agosto de dos mil dieciséis con la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Finca Los Amigos del Bosque Frío S. A. contra Marco Antonio de los Ángeles Araya Ulloa. Exp. N° 15-001710-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 14 de enero del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016030810 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos; a las trece horas y treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil dieciséis, y con la base de diecisiete millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento doce mil ochocientos cuatro cero cero cero la cual es terreno de pastos y bosques. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Nuria Isabel Solano Ramírez; al sur, Jaime Hernández Vargas; al este, calle pública con 98.92 metros, y al oeste, Jaime Torres Esquivelo. Mide: Sesenta y cuatro mil doscientos catorce metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de julio de dos mil dieciséis, con la base de trece millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de agosto de dos mil dieciséis con la base de cuatro millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Finca Los Amigos del Bosque Frío S. A. contra El Valle Niquelado de Fernando S. A. Exp. N° 15-000705-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 25 de febrero del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016030811 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del siete de junio de dos mil dieciséis, y con la base de un millón diecinueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas N° 646535, marca Hyundai, estilo Accent L., categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2001, color blanco, carrocería sedan 2 puertas, tracción 4x2, chasis KMHCF35G01U122334, Vin KMHCF35G01U122334, cilindrada 1500 cc, combustible gasolina, motor Nº ilegible. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de junio de dos mil dieciséis, con la base de setecientos sesenta y cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de julio de dos mil dieciséis con la base de doscientos cincuenta y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Ma.Gun Motors

Miércoles 18 de mayo del 2016Pág 24 — BOLETIN JUDICIAL Nº 95

125 R, año 2010, color rojo, motor 157FMI/10L02246, chasis L5DPCJF11AZM15558. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil dieciséis, con la base de setecientos catorce mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del trece de julio del dos mil dieciséis, con la base de doscientos treinta y ocho mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Cristhian Mena Rojas en expediente N° 13-017583-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—( IN2016030880 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del trece de junio de dos mil dieciséis, y con la base de setecientos setenta y un mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: MOT 428996, marca: Freedom, estilo: ZS 150-7, categoría: Motocicleta, capacidad: 2 personas, año: 2015, color: Rojo, cilindrada: 149 c.c., combustible: Gasolina, número de motor: ZS162FMJ8F102332. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de junio de dos mil dieciséis, con la base de quinientos setenta y ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del trece de julio de dos mil dieciséis con la base de ciento noventa y dos mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra David Alonso Murillo Moreno. Exp.: 15-034302-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de octubre del 2015.—Licda. Alexandra Zúñiga Mora, Jueza.—( IN2016030884 ).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil dieciséis y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número GB 2009 (únicamente se remata el vehículo y no la placa dada en concesión), marca Hyundai, estilo Starex, categoría microbús, capacidad 12 personas, año 2001, color plateado, vin KMJWWH7HP1U344028, cilindrada 2500 cc, combustible diésel, motor D4BBH1123445. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Nelson Retana Mora. Expediente: 15-013359-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de marzo del 2016.—Licda. María del Carmen Vargas González, Jueza.—( IN2016030889 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de tres millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 549657. marca Mitsubishi, estilo Montero Sport, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2001, color negro, VIN JA4LS21H61P009182, cilindrada 3000 c.c., combustible gasolina, motor Nº no verificado. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de octubre de dos mil dieciséis, con la base de dos millones quinientos noventa y un mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y quince minutos del ocho de junio del dos mil dieciséis, y con la base de seiscientos veintiocho mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas MOT-345214, marca: Freedom, estilo: ZS200GY-3III, motocicleta, año: 2013, color: negro, motor N°: ZS167FML35D100411, 196 C.C., gasolina. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del veintitrés de junio del dos mil dieciséis, con la base de cuatrocientos setenta y un mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y quince minutos del ocho de julio del dos mil dieciséis, con la base de ciento cincuenta y siete mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Luis Carlos Artavia Serrano. Expediente Nº 14-010284-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de abril del 2016.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—( IN2016030845 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión a la orden del Juzgado Penal de Goicoechea del Segundo Circuito Judicial de San José, bajo la sumaria 10-8641-175-PE, y colisión a la orden del Juzgado de Transito del Segundo Circuito Judicial de San José, bajo la sumaria 11-007657-0174-TR; a las diez horas quince minutos del diez de junio del dos mil dieciséis, y con la base de un millón quinientos mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 814705, marca Hyundai, estilo Accent, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie, chasis, VIN KMHVF21NPVU478392, año 1997, carrocería sedan 4 puertas, color blanco, tracción 4x2, cilindrada 1500 c.c., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas quince minutos del veintisiete de junio del dos mil dieciséis, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas quince minutos del trece de julio del dos mil dieciséis, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Diego Vega Rodríguez. Exp. N° 12-012551-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 6 de abril del 2016.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—( IN2016030849 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, a las diez horas y cero minutos del veinte de junio del dos mil dieciséis, y con la base de dos millones ciento noventa y seis mil cuarenta colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas: 731603, marca: Hyundai, estilo: Elantra, categoría: Automóvil, capacidad: Cinco personas, serie, chasis y vin número: KMHJW31MPTU021857, carrocería: Station Wagon o Familiar, tracción: Cuatro por dos, modelo: 1996, color: Azul. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de julio del dos mil dieciséis, con la base de un millón seiscientos cuarenta y siete mil treinta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de julio del dos mil dieciséis, con la base de quinientos cuarenta y nueve mil diez colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Polasi JDS Corporación de Inversiones S. A. contra María Inés Apu Valle. Expediente Nº 09-001568-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 28 de abril del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—( IN2016030865 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas treinta minutos del diez de junio del dos mil dieciséis, y con la base de novecientos cincuenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa MOT-312823, marca United Motors, estilo Max

Miércoles 18 de mayo del 2016 BOLETIN JUDICIAL Nº 95 — Pág 25

así en proceso ejecución hipotecaria de Evaristo Alice del Carmen Zumbado Mora contra Agropecuaria Rojas Alvarado Sociedad Responsabilidad Limitada. Exp.: 15-001398-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Cobro), 02 de mayo del 2016.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2016030931 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cuarenta minutos del catorce de julio del dos mil dieciséis, y con la base de veintiséis millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y tres mil seiscientos nueve-cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 03 Rita, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, José Antonio Madríz Fernández; al sur, calle pública con un frente de 491.86 metros; al este, calle pública con un frente de 189.79 metros y Julio Cesar Alvarado Castro y al oeste, calle pública con un frente de 175.07 metros. Mide: veinticinco mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta minutos del uno de agosto de dos mil dieciséis, con la base de diecinueve millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta minutos del dieciocho de agosto de dos mil dieciséis con la base de seis millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Julio César Alvarado Castro. Exp. N° 16-000877-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 12 de mayo del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016030958 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciséis, y con la base de veintiséis mil ciento veinticinco dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 97692-001 la cual es terreno potrero y agricultura. Situada en el distrito San Antonio, cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: Al norte, Rafael Arias Zúñiga; al sur, Amelia Azofeifa y otro; al este, Nieves Corrales y otros y al oeste, calle con 2,50 metros y otros. Mide: Cuatro mil treinta y tres metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil dieciséis, con la base de diecinueve mil quinientos noventa y tres dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de julio de dos mil dieciséis con la base de seis mil quinientos treinta y un dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Centinelas Celestiales S. A. contra Marco Caldi. Exp.: 15-038533-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de enero del 2016.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—( IN2016030987 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de ochenta y cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 19670-000 cero cero cero, la cual es terreno de tacotal y montaña situada en el distrito 03 Potrero Grande cantón 03 Buenos Aires de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Alfredo Amador Higaldo y Quebrada Negra; sur, Amadeo Altamirano Navas; Quebrada Ceibo y Gustavo Guzmán Guzmán; este, Rio Amaca; oeste, Carlos

dieciséis con la base de ochocientos sesenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Aida Nuria Ordoñez Soto. Exp. N° 15-017907-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de abril del 2016.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2016030892 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de ochocientos veintiocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número MOT-377175, marca Haojue, estilo HJ1257, categoría motocicleta, año 2013, color azul, Vin LC6PCJB85D0006697, cilindrada 125 c.c., motor 156FMID2D00247. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de octubre de dos mil dieciséis, con la base de seiscientos veintiún mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis con la base de doscientos siete mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Jeison Navarro Aburto. Exp.: 15-023396-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 02 de marzo del 2016.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—( IN2016030895 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis y con la base de ochocientos veintiocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número MOT-377175, marca Haojue, estilo HJ1257, categoría motocicleta, año 2013, color azul, vin LC6PCJB85D0006697, cilindrada 125 cc, motor 156FMID2D00247. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de octubre del dos mil dieciséis, con la base de seiscientos veintiún mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, con la base de doscientos siete mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Jeison Navarro Aburto. Expediente: 15-023396-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 2 de marzo del 2016.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—( IN2016030900 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del dieciséis de junio del año dos mil dieciséis y con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento diecinueve mil ciento cuarenta y ocho-cero cero cero, derecho correspondiente a un medio en la finca, la cual es terreno de café y cultivos. Situada en el distrito Zaragoza, cantón Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María Rojas Rojas y Hermanos Rojas Salas S.R.L en esta última con servidumbre en medio con un frente de 61,75 metros; al sur, Cafetalera Rojas Salas Limitada en parte con quebrada en medio y parte en ella; al este, Elías Pérez Vásquez y calle pública con un frente de 115,55 metros y al oeste, Cafetalera Hermanos Rojas Salas Limitada. Mide: ocho mil setecientos cinco metros con treinta decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del uno de julio del año dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de julio del año dos mil dieciséis con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse

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ciento de la base inicial). “Se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica”. Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Larrin Araya Pérez. Expediente: 16-001296-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 29 de abril del 2016.—Lic. Allan Barquero Durán, Juez.—( IN2016031005 ).

ConvocatoriasSe convoca a todos los interesados en la sucesión de, José

Alberto Morales Morales, mayor, casado, agricultor, con cédula de identidad número seis-ciento ochenta y uno-ciento doce, vecino de Buenos Aires de Puntarenas, trescientos metros sur de la escuela de Río Grande de Volcán; a una junta que se verificará en este Juzgado, a las nueve horas treinta minutos del quince de junio del dos mil dieciséis, con el fin de conocer de los extremos que señala el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente número 15-160002-1046-AG (03-15).—Juzgado Agrario de Buenos Aires, 28 de abril del 2016.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016030433 ).

Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Randall Antonio c.c. Nicolás Rodríguez Ramírez, a una junta que se verificará en este juzgado a las ocho horas y cero minutos del quince de junio de dos mil dieciséis, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 13-000297-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 2 de mayo del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016031002 ).

Títulos SupletoriosFrancis Umaña León, quien es mayor, masculino, costarricense,

casado una vez, agricultor, cédula Nº 6-0188-0479, vecino de La Rita de Pococí, Limón, promueve diligencias de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: terreno para agricultura. Ubicado en Rita, Calle Gobierno, Santa Rosa, distrito tercero Rita, del cantón segundo Pococí de la provincia de Limón. Mide: cuatro hectáreas siete mil trescientos cuarenta y siete metros cuadrados. Linda: al norte, con Róger Quirós Mora; al sur, con Maderas y Ferretería Buen Precio Sociedad Anónima; al este, con calle pública con un frente a ella de noventa y tres metros con ochenta y tres centímetros lineales y al oeste, con calle pública con un frente a ella de noventa y seis metros con ocho centímetros lineales. Graficado en el plano catastrado número L-Un millón ochocientos diecisiete mil setecientos ochenta-dos mil quince. Inmueble que fue estimado en la suma de diez millones de colones exactos y las diligencias en igual monto. Dicho inmueble no tiene cargas reales que pesen sobre el mismo, no posee condueños y con las presentes diligencias no se pretende evadir las consecuencias de un proceso sucesorio. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente Nº 16-000003-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 02 de mayo de 2016.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez Agrario.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028583 ).

Inversiones Gogo de Filadelfia S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos ochenta y seis mil trescientos veintiocho, representada por José Francisco Morice Castañeda, empresario, mayor de edad, casado una vez, vecino de Filadelfia de Carrillo, Guanacaste, cédula de identidad cinco-doscientos setenta y uno-quinientos cincuenta y uno, promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: Terreno de potrero y loma, situado en los Planes, Belén (distrito

Guillermo Liebhaber Villanueva; James Irving Youmanz; camino en medio Cromaco con un frente de 1542.50 metros. Mide: tres millones setecientos nueve mil quinientos veintiún metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Plano: P-0010383-1973. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil dieciséis, con la base de sesenta y tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de setiembre de dos mil dieciséis con la base de veintiún millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Klapeida Maris KM S. A. contra Ranchos Amigos S. A. Exp. N° 16-000421-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de mayo del 2016.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza.—( IN2016030988 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de julio de dos mil dieciséis, y con la base de catorce millones quinientos sesenta y ocho mil ochocientos dos colones con setenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta y un mil ciento noventa y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 01 Siquirres, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, María Dolores Rubí Mercado; al sur, Antonio Sáenz Corella; al este, Fernando Guerrero Solís y al oeste, calle pública con un frente de 7.59 cm. Mide: ciento ochenta y un metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de agosto de dos mil dieciséis, con la base de diez millones novecientos veintiséis mil seiscientos dos colones con tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de agosto de dos mil dieciséis con la base de tres millones seiscientos cuarenta y dos mil doscientos colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Nelida Lorena Díaz Martínez y Ronald Enrique Molina Pérez. Exp: 16-000287-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 13 de abril del año 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016031003 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del veintitrés de junio del dos mil dieciséis - 10:00 a. m. 23/06/2016-, y con la base de cincuenta y cuatro millones setecientos cuarenta y cinco mil seiscientos ocho colones con treinta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento diecinueve mil quinientos cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Juan, cantón La Unión de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: lote número cinco-LL; al sur: lote número siete-LL; al este: Joaquín Tinoco Lara y al oeste: calle pública. Mide: ciento setenta y siete metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de julio del dos mil dieciséis, -10:00 a. m. 08/07/2016-, con la base de cuarenta y un millones cincuenta y nueve mil doscientos seis colones con veintiséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciséis -10:00 a. m. 26/07/2016-, con la base de trece millones seiscientos ochenta y seis mil cuatrocientos dos colones con ocho céntimos (un veinticinco por

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plano catastral aportado Nº A-1651081-2013 de fecha veinticuatro de abril del dos mil trece a nombre de Marconi Arias Cordero, cédula de identidad Nº 2-347-431, una superficie de trescientos metros cuadrados. Los inmuebles antes descritos los adquirieron el y la titulantes por donación que les hiciera la señora Elba María c.c. Miriam Cordero Vargas, mayor, casada una vez, vecina de San Isidro de La Tigra de San Carlos, contiguo a la Escuela, mediante escritura pública número trescientos-cuarenta y cuatro otorgada ante el notario Gonzalo Alfonso Monge Corrales en fecha trece de setiembre del dos mil diez, quien es madre del titulante Marconi Arias Cordero y suegra de la titulante Carmen Castro Sanabria, ejerciendo posesión junto con su transmitente sobre el terreno junto con su transmitente en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño por un período de más de quince años. Valora el terreno descrito mediante el plano catastrado Nº A-1650639-2013 en la suma de tres millones de colones y el terreno descrito mediante el plano catastrado Nº A-1651081-2013 en la suma de un millón de colones y las presentes diligencias en tres millones de colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Publíquese éste edicto por una vez en La Gaceta. Diligencias de información posesoria Nº 15-000154-0298AG, establecida por Marconi Eduardo Arias Cordero y Carmen Castro Sanabria.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 04 de mayo del 2016.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez Agrario.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028608 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000231-0386-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Diego Blanco Vargas, quien es mayor, estado civil divorciado una vez, vecino de Río Chiquito de Bagaces, Guanacaste, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos-trescientos trece-ochocientos ochenta y tres, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito cuarto, cantón cuarto Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Diego Blanco Vargas; al sur, William Adams Campos Picado; al este, río Chiquito y en medio Isaías Chavarría López, y al oeste, río Chiquito y en medio Isaías Chavarría López calle pública con un frente de 16 metros con ocho centímetros lineales. Mide: quinientos cuarenta y un metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón trescientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de venta que le hiciera William Adams Campos Picado, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y mejoras del terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Diego Blanco Vargas. Expediente N° 15-000231-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 22 de febrero del 2016.—Licda. Ivannia Solano Gómez, Jueza.—1 vez.—( IN2016028669 ).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 05-100077-0390-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Andrés Sosa Villalobos quien es mayor, estado civil soltero, agricultor, vecino de Jicaral de Puntarenas, trescientos metros este, del cementerio, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 06-0051-0904, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Situada en Jicaral, distrito cuarto Lepanto, cantón primero Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Otoniel Felipe Aguilar Zumbado; al sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste, María Magdalena

cuarto), de Carrillo (cantón quinto), de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública; sur, Minor Marchena Angulo y Finca de Yadira S. A., este, Finca de Yadira S. A., y oeste Ólger Angulo Angulo y Río Belén. Según plano catastrado G-un millón setecientos noventa y un mil novecientos cincuenta y ocho-dos mil catorce, mide de extensión sesenta y un mil doscientos cuarenta y nueve metros cuadrados. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por compraventa de Mercedes y Ólger, ambos de apellidos Angulo Angulo el tres de febrero del dos mil quince. Estima tanto el inmueble como el proceso en tres millones de colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. Expediente N° 16-000023-0387-AG. Información posesoria de Inversiones Gogo de Filadelfia S. A.—Juzgado Agrario de Liberia.—Rodrigo Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028584 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000104- 0993-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Juan Luis De La Trinidad Ramirez Carranza quien es mayor, divorciado una vez, vecino de San Ramón, cédula de identidad 2-0437-0131, profesión, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es Terreno de café. Situada en el distrito Santiago, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juan Miguel Ramírez Hernández; al sur, Israel Vargas Mora; al este, Juan Miguel Ramírez Hernández, y al oeste, Juan Miguel Ramírez Hernández. Mide: Cinco mil seiscientos ochenta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° A-1720480-2014. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir NO pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatro millones colones cada una.- Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Juan Luis De La Trinidad Ramírez Carranza. Exp. N° 15-000104-0993-AG.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), San Ramón, 4 de mayo del 2016.—Msc. Carlos Eduardo González Mora, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028607 ).

Marconi Eduardo Arias Cordero, mayor, casado una vez, chofer, cédula de identidad número dos-trescientos cuarenta y siete-cuatrocientos treinta y uno y Carmen Castro Sanabria, mayor, ama de casa, casada una vez, cédula de identidad número dos-cuatrocientos quince-seiscientos cincuenta y ocho, ambos vecinos de San Isidro de La Tigra de San Carlos, contiguo a la Escuela. Solicitan se levante información posesoria a fin de que se inscriba a sus nombres por partes iguales en el Registro Público de la Propiedad, los fundos sin inscribir que le pertenecen y que se describe así: finca primera: terreno sembrado de plantas ornamentales, situado en barrio Los Ángeles, distrito ocho La Tigra del cantón diez San Carlos de la provincia de Alajuela. Lindante al norte, calle pública con un frente a ella de treinta y siete metros con cinco centímetros lineales, Idaly Alvarado Vargas, Marconi Arias Cordero y Carmen Castro Sanabria; al sur, Domingo Carranza Vásquez; al este, Idaly Alvarado Vargas y Wilosa de La Tigra de San Carlos y al oeste, Yolanda Murillo Salazar, Marconi Arias Cordero y Carmen Castro Sanabria. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado Nº A-1650639-2013 de fecha veinticuatro de abril del dos mil trece a nombre de Marconi Arias Cordero, cédula de identidad Nº 2-347-431, una superficie de nueve mil doscientos cuarenta y dos metros cuadrados. Segunda finca: terreno sembrado de plantas ornamentales, situado en barrio Los Ángeles, distrito ocho La Tigra del cantón diez San Carlos de la provincia de Alajuela. Al norte, calle pública con un frente a ella de quince metros lineales; sur, Marconi Arias Cordero y Carmen Castro Sanabria; al este: Marconi Arias Cordero y Carmen Castro Sanabria y al oeste, Idaly Alvarado Vargas. Mide: de acuerdo al

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posesión han consistido en construcción de la casa de habitación y taller mecánico, mantenimiento y confección de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Félix del Carmen Solórzano González, expediente Nº 15-000180-0465-AG-2.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 25 de febrero del 2016.—Lic. Milkan Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2016028892 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000194-0287-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Temporalidades de la Iglesia Católica de La Diócesis de Ciudad Quesada, con cédula jurídica número 3-010-169406; a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno sin inscribir. Situada en el distrito San Rafael, cantón Guatuso de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte con la Junta de Educación de San Rafael de Guatuso; al sur con Mayra Hidalgo Madrigal; al este con la Junta de Educación de San Rafael de Guatuso y al oeste con calle pública. Mide: ochocientos treinta y siete metros con veintisiete decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir que no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por más de diez años y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento construcción de un Centro Espiritual. Que ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Temporalidades de la Iglesia Católica de la Diócesis de Ciudad Quesada. Expediente: 15-000194-0297-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, 4 de enero del 2016.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2016029035 ).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000135-0638-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Rosa Francisca de la Carranza Matamoros, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de San Mateo de Alajuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-0353-0215, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno con una casa de habitación y patio. Situada en el distrito tres, cantón cuatro, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Sandra Herrera Rodríguez; al sur, Diego Luis Rodríguez Rodríguez en medio de servidumbre de Recope; al este, calle pública con un frente de trescientos treinta y cuatro metros y al oeste, Diego Luis Rodríguez Rodríguez en medio de servidumbre de Recope. Mide: trescientos treinta y cuatro metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por posesión originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en introducción de mejoras y mantenimientos del inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer

Maradiaga García. Mide: cinco mil seiscientos ochenta y dos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de trescientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de chapeas, limpieza y cercarlo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la ley de informaciones posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por. Exp. N° 05-100077-0390-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 06 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Eduardo Arce Matarrita, Juez.—1 vez.—( IN2016028718 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000003- 0699-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Hacienda Cartago Sociedad Anónima representada por Laura Collado Sobrado quien es mayor, casada segunda nupcias, empresaria, vecina de San José, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 1-0415-0863, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza pasto. Situada en el distrito Guadalupe, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, este y al oeste, con Hacienda Cartago S. A. Mide: cuatro mil novecientos cincuenta metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº C-1850360-2015. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de nueve millones novecientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cuarenta y cinco años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento, deslindado y cercado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Hacienda Cartago Sociedad Anónima, expediente Nº 16-000003-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 05 de abril del 2016.—Licda. Rebeca Salazar Alcocer, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028860 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000180-0465-AG-2 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Félix del Carmen Solórzano González quien es mayor, soltero, agricultor, vecino de Valle de La Estrella en La Guaria, portador de la cédula de identidad Nº 5-0216-0253, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno para construir con una casa y un taller para mecánica. Situada en el distrito primero Limón, cantón primero Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, con Efraín Mora Rojas; al sur, con Virginia Cortes Castillo; al este, con Abelizar Porras Montiel y al oeste, con calle pública con un frente de treinta y tres metros con cuarenta y ocho centímetros lineales. Mide: novecientos cinco metros con quince decímetros cuadrados con plano N° L-903190-1990. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de

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todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Hnos Mora Brenes y Familia Limitada. Exp. N° 16-000011-1002-AG.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, (Materia Agraria), 3 de mayo del 2016.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016029284 ).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000018-1129-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Carmen María Tames Zúñiga, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de La Fortuna de San Pedro de Pérez Zeledón, quinientos metros al este de la escuela La Fortuna, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0804-0114, profesión empleada hotelera, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de caña y breñón o charral y árboles. Situada en el distrito San Pedro, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 270.51 metros lineales; al sur quebrada escandalosa; al este, José Manuel Zúñiga Alvarado y José Luis Zúñiga Alvarado y al oeste, Omar Enrique Mena Vega. Mide: 11 hectáreas 5 287,26 metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-649606-2000. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación del señor Juan Tames Obando, quien es su padre, tal y como consta en la escritura número 192-2 del 18 de junio del 2015, ante la notaria Kattia Portilla Fallas, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 60 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en hechura y mantenimiento de las cercas, mantenimiento del terreno, siembra y mantenimiento de caña. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Carmen María Tames Zúñiga. Exp.: 16-000018-1129-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 07 de abril del 2016.—Lic. Gerardo Mora Zúñiga, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016029285 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000019-1129-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Sociedad Civil Cesar Costa Rica Now Tours, representada por Cristina Elizondo Solís quien es mayor, casada, vecina de San Isidro de Pérez Zeledón, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0511-0708, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno de pastos. Situada en el distrito quinto (San Pedro), cantón diecinueve (San Pedro), de la provincia de San José. Colinda: Al norte, Ramón Estrada Barrantes y quebrada; al sur, Rodolfo Alvarado Fallas y quebrada; al este, calle pública con un frente lineal a ella de trescientos noventa y un metros con un centímetro y al oeste, Rodolfo Alvarado Estrada. Mide: Sesenta y seis mil metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ uno siete siete tres ocho nueve nueve-dos mil nueve. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra al señor Rodolfo Alvarado Fallas, el día nueve de febrero del dos mil quince, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de quince años. Que no

valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Rosa Francisca de la Carranza Matamoros. Exp.: 16-000135-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de abril del 2016.—Licda. Sandra Trejos Jiménez, Jueza.—1 vez.—( IN2016029130 ).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el expediente N° 15-000337-0387-AG, Información Posesoria de Araceli Estebana Hernández Almanzor, mayor, casada una vez, educadora, vecina de Liberia, cédula dos-cuatrocientos ochenta y dos seiscientos cincuenta y dos, para inscribir a su nombre y en el Registro Público Inmobiliario, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es de potrero. Situada en Pueblo Nuevo, distrito: Segundo (Cañas Dulces), cantón: Primero (Liberia), de la provincia de Guanacaste. Colinda: Al norte, calle pública con un frente de ciento sesenta y cuatro metros con dos centímetros lineales y Mario Enrique Zúñiga García; sur, Leogardo López Barrios; este, Mario Enrique Zúñiga García y al oeste, calle pública con un frente de ciento cuarenta y seis metros con ochenta y seis centímetros lineales. Mide: Dos hectáreas mil novecientos ochenta y cuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado G-1829444-2015, de fecha veintiséis de febrero del dos mil quince, a nombre de Araceli Hernández Almansor. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima el inmueble en la suma de dos millones de colones y las presentes diligencias en la suma de quinientos mil colones. Afirma adquirió dicho inmueble por compra que le hiciera a José Alberto Chavarría Medrano, el veintisiete de julio del dos mil quince, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. No existen condueños, los actos de posesión han consistido en cercas, chapeas y siembra de árboles frutales. Afirma no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 29 de febrero del 2016.—Lic. Rodrigo Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029252).

Se hace saber: que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 16-000011-1002-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Hnos Mora Brenes y Familia, limitada, domiciliada en Cartago, Turrialba, Santa Teresita, Barrio El Cas, un kilómetro al norte, del Cruce del Palomo, cédula jurídica 3-102-618117, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno para agricultura con una galera de madera. Situada en el distrito quinto Santa Teresita, cantón quinto Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, José Alberto Mora Gómez; al sur, camino público; al este, José Alberto Mora Gómez y al oeste, Henry Adolfo Salas Bravo, Amparo Bravo Lizano, Gloris Giselle Salas Bravo, Lilliam Salas Bravo y Nieves Salas Bravo. Mide: dos mil cincuenta y tres metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número dos mil cincuenta y tres metros. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón veintiséis mil quinientos colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de dieciséis años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza general del terreno a fin de mantenerlo libre de maleza o yerbas, hechura y conservación de cercas que la deslindan, siembra de café y otros cultivos, recolección del café y otros productos que generan otros cultivos estacionales que ahí se encuentran, mantenimiento de una galera de madera que se asienta en la finca. Que no ha inscrito mediante el amparo de la ley de informaciones posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a

Miércoles 18 de mayo del 2016Pág 30 — BOLETIN JUDICIAL Nº 95

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Doreen Nathan, de un solo apellido en razón de su nacionalidad canadiense, mayor, casada una vez, de oficios domésticos, portadora del pasaporte de su país JS082462, y cuyo último domicilio fue en Ontario, Canadá. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Notaría ubicada en Sabana Norte, avenida 5, calles 42 y 44. Expediente N° 0001-2016.—Licda. María José Yglesias Ramos, Notaria.—1 vez.—( IN2016028569 ).

Con treinta días de término, se cita y emplaza a los herederos e interesados en la sucesión de quien en vida fue Antonio Castro Cruz, mayor de edad, viudo de su primer matrimonio, comerciante, cédula de identidad número: dos-ciento veintitrés-ciento veinticuatro, y vecino de San José de Alajuela, cien metros al norte del Liceo San José de Alajuela; para que dentro del término indicado, contado a partir de ésta publicación, se apersonen en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento que si no lo hicieran en tiempo y forma, la herencia pasará a quién en derecho corresponda. Notaría de la Licda. Marianela Alfaro Cascante, con oficina en Tambor de Alajuela, cien metros al este de la iglesia católica.—Licda. Marianela Alfaro Cascante, Notaria.—1 vez.—( IN2016028600 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos María Mora Serrano, mayor, estado civil casado en única nupcias, agricultor, costarricense, con documento de identidad número tres-cero cientos setenta y tres-cero doscientos noventa y tres; y vecino de Cartago, Oreamuno, Cipreses. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000103-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 31 de marzo del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016028603 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaria a las nueve horas del cinco de Mayo del dos mil dieciséis, escritura ciento tres por Sandra María Solano Ramírez, Rigoberto Elías Zúñiga Solano, Gabriel Andrés Zúñiga Solano, y comprobado el fallecimiento, esta notaria declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Elías Zúñiga Aguilar mayor, casado una vez, agricultor, portador de la cédula de identidad número tres- ciento ochenta y tres-cero treinta y nueve, vecino de Cartago, Alvarado, Cervantes, setecientos metros norte del Mini súper Karen Liliana, casa color papaya. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Carolina Méndez Zamora.—Lic. Carolina Méndez Zamora, Notaria.—1 vez.—( IN2016028639 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Dagoberto Vargas Alvarado, mayor, casado en únicas nupcias, costarricense, quien portaba la cédula de identidad tres-cero ciento sesenta y ocho-cero cero treinta y dos; y vecino de Cartago, Guadalupe. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000458-0640- CI.—Juzgado Civil de Cartago, 8 de marzo del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016028653 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Álvaro Cordero Ramírez, mayor, estado civil soltero, profesión agricultor, nacionalidad Costa

existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en fijar linderos, limpiar el terreno, cuidar la propiedad, reforestar, conservar, no permitir la caza de animales en la misma. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Sociedad Civil Cesar Costa Rica Now Tours, representada por Cristina Elizondo Solís. Exp. N° 16-000019-1129-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur, Pérez Zeledón, 26 de abril del 2016.—Lic. Gerardo Mora Zúñiga, Juez Agrario.—1 vez.—Exento.—( IN2016029286 ).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000476-0640-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Asociación de Desarrollo Integral de Caragral del quien es mayor, estado civil, vecino de, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número Laudencio Francisco Arrieta Brenes, profesión, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de, la cual es terreno de solar con un salón. Situada en el distrito cuarto, Patio de Agua, cantón El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte y al este, con la sucesión de la señora Rufim Camacho Buenos; al sur, Héctor Sanabria Cordero; y al oeste, calle pública. Mide: doscientos sesenta y dos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones colones. Que adquirió dicho inmueble por donación del señor Emilio Camacho Brenes, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener el salón, repararlo, limpiarlo, mantener el terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Asociación de Desarrollo Integral de Caragral del. Exp: 14-000476-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 03 de febrero del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016029295 ).

CitacionesSe cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general

a todos los interesados en la sucesión de Jorge Arturo Gamboa Hernández, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San José, Desamparados, cédula de identidad Nº 1-0201-0046, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a este Despacho a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-100280-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 06 de febrero del 2015.—Dra. Leyla Kristel Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—( IN2016028561 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Arnoldo Leiva Pacheco, a las 18:00 horas del 28 de abril del año 2016 y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Alejo Leiva Lachner, mayor, soltero, vecino de San Rafael de Escazú, frente a plaza Los Laureles, urbanización Las Embajadas, casa número dos, portador de la cédula de identidad Nº 1-1585-0795. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Facio & Cañas, Sabana Business Center, piso 11, Bulevar Rohrmoser y calle 68, San José, Costa Rica, teléfono 2105-3738.—Lic. Hernán Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—( IN2016028564 ).

Miércoles 18 de mayo del 2016 BOLETIN JUDICIAL Nº 95 — Pág 31

treinta días contados a partir de esta publicación, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría Bufete Rodríguez, trescientos metros oeste y cincuenta sur del Correo de Heredia. Expediente Nº 11-2016.—Licenciado Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—( IN2016028744 ).

Se emplaza a todos los interesados en la Sucesión de quien en vida fue José Ángel Agüero Salazar, cédula uno- trescientos setenta y uno- cero veintiséis, para que dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría Bufete Rodríguez, trescientos metros oeste y cincuenta sur del Correo de Heredia. Expediente 6-2014.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—( IN2016028748 ).

Se hace saber que mediante acta de apertura de las 12:00 horas del 18 de enero del dos mil dieciséis, el señor Luis Ángel Fonseca Ulloa, solicitó ante la Notaría del Licenciado Arturo Vareta Aguilar, ubicada en San José, Calle Diecinueve, Avenida Dieciséis BIS, edificio mil quinientos cuarenta y ocho, oficina cuatro, la apertura del proceso sucesorio testamentario de Rosa María Ulloa Murillo, quien fue mayor, viuda, ama de casa, vecina de Alajuela, La Garita, de la Casona del Maíz veinticinco metros este, cédula de identidad dos-doscientos dos-ochocientos veintidós. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2016-SN.—San José, 01 de febrero del 2016.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—( IN2016028772 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Fernando Jiménez Blanco, mayor, estado civil casado, profesión zapatero, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0201130812 y vecino de Tibás. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000115-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 05 de abril del año 2016.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—( IN2016028777 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Enrique Serrano Berrocal, mayor, divorciado, con documento de identidad Nº 3-0211-0828 y vecino de Paraíso de Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000434-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de abril del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016028789 ).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rodrigo Misael del Carmen Alvarado Campos, mayor, casado, con documento de identidad 0900330950 y vecino de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000115-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 04 de marzo del 2015.—Msc. Adrián Hilje Castillo, Juez.—1 vez.—( IN2016028791 ).

Rica, con documento de identidad Nº 0301790737 y vecino de Capellades de Alvarado. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000025-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 21 de abril del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016028654 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en Sede Notarial de Flora María de Los Ángeles López Chaves, quien fue mayor de edad, pensionada, divorciada una vez, vecina de San Francisco de Heredia, de Walmart seiscientos metros oeste y cincuenta metros norte, cédula de identidad número nueve-cero cero nueve-nueve tres siete, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, lo cual podrán hacer en San Francisco de Heredia seiscientos metros oeste de Walmart, Bufete Licenciada Jennie Morera Esquivel. Teléfono 2261-0194, fax 2261-0213. Se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión de Flora María de los Ángeles López Chaves en sede notarial. Expediente PSN- 0001-2016. Notaría de Licda. Jennie Morera Esquivel.—Licda. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2016028656 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Adrián Enrique Porras Murillo, mayor, estado civil soltero, vecino de Coyolar de Orotina con cédula Nº 2-741-567. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Se les advierte a los que se crean con interés en la herencia de que no apersonarse aceptando expresamente la herencia; no se les declarara herederos y los bienes pasaran a quién corresponde. Artículos 528, 529 y 531 del Código Civil. Expediente Nº 16-000023-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de abril del 2016.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—( IN2016028666 ).

Se emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Castro Valverde Elvia, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en este proceso a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del indicado término, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2016, de la notaría del Licenciado José Luis Torres Rodríguez.—05 de mayo del 2016.—Lic. José Luis Torres Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016028692 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Eduardo del Socorro González Badilla, mayor, estado civil soltero, profesión Pensionado , nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0400910074 y vecino(a) de Heredia, Mercedes Norte, Urbanización La Vivi. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 15-000432-0370-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Civil), 28 de abril del 2016.—Msc. Andrea Ramírez Solano, Jueza.—1 vez.—( IN2016028723 ).

Se emplaza a todos los interesados en las sucesión de quien en vida fue Edwin Jiménez Acuña, cédula número uno-doscientos cuarenta y cuatro-seiscientos quince, para que dentro del término de

Miércoles 18 de mayo del 2016Pág 32 — BOLETIN JUDICIAL Nº 95

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Luis López Vargas, mayor, estado civil casado, con documento de identidad Nº 0202841429 y vecino de San Rafael, Pococí, Limón. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000036-0386-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 14 de abril del 2016.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2016028792 ).

En la ciudad de Cartago, en mi notaría, al ser las quince horas del tres de mayo de dos mil dieciséis, a solicitud del señor Francisco Monge Meza, se realiza la apertura del proceso sucesorio de quien en vida fue la señora María Del Carmen Rivera Martínez, cédula tres-cero ciento noventa y dos-cero ciento cuatro. Se citan interesados para que en el término de Ley, luego de ésta publicación se presenten al Despacho del licenciado Manuel Enrique Rodríguez Picado, sito en la ciudad de Cartago veinticinco metros al oeste de la esquina noreste del Tribunal de Justicia a hacer valer sus derechos.—Cartago, cuatro de mayo del dos mil dieciséis.—Lic. Manuel Rodríguez Picado, Notario.—1 vez.—( IN2016028811 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Cecilia Carvajal Carvajal, mayor, casada, ama de casa, vecina de Cartago, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 1- 0351-1000.- Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000120-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago (Materia Civil), 13 de abril del 2016.— Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—1 vez.—( IN2016028845 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ana Matilde Brenes Catalán, mayor, soltera, docente, con documento de identidad Nº 0107360430 y vecino de Cartago Dulce Nombre. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000046-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 19 de febrero del 2016.—1 vez.—( IN2016028847 ).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Enrique Vásquez Tames, mayor, viudo de sus segundas nupcias, agricultor, quien portó la cédula de identidad número tres-cero ciento cincuenta y uno-cero setecientos cincuenta y nueve; y de Bienvenida Leiva Maroto, mayor, casada en segundas nupcias, ama de casa, quien portó la cédula de identidad número tres-cero ciento noventa-mil ciento noventa; ambos vecinos de Cartago, El Guarco, San Isidro, Palo Verde, doscientos metros al este, de la iglesia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-000150-0346-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de febrero del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016028848 ).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el proceso sucesorio de quien fuera Nemesio Vargas Álvarez, mayor de edad, soltero, vecino de Quepos, Barrio

Los Ángeles de Quepos, de Cabinas Ana, cien metros oeste a mano derecha, cédula de identidad número cinco-cero ochenta y cinco-doscientos veintiocho, para que dentro del plazo de treinta días, se apersonen a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se apersonan en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Sucesorio Numero 15-100025-0443-CI de Nemesio Vargas Álvarez promovido por María Cristina Vargas Alvarez.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Quepos, 05 de mayo del 2016.—Lic. Anonio de Jesús Céspedes Ortiz, Juez.—1 vez.—( IN2016028854 ).

Ante la notaría Lic. Audrys Esquivel Jiménez, ubicada en Santa Ana del Súper Castrito cincuenta metros al oeste y ciento setenta y cinco al norte, bajo el expediente cero dos-dos mil dieciséis, se tramita sucesorio en sede notarial de quien en vida fue Silveria Rodríguez Padilla, mayor, cédula de identidad número cinco-cero ciento seis-cero quinientos veinticinco, casada una vez, ama de casa, vecina de Santa Ana y en vida su cónyuge José Manuel Herrera Vargas, mayor, cédula de identidad número uno-cero trescientos noventa y dos-mil dos, viudo una vez, pensionado, vecino de Santa Ana, por lo que se emplaza por el plazo de treinta días a partir de la publicación a herederos, acreedores y cualquier interesado a comparecer ante la notaría indicada, transcurrido el plazo la herencia pasara a quien corresponda.—Santa Ana, dos de mayo del dos mil dieciséis.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016028862 ).

Se hace saber a cualquier interesado, que ante esta notaría sita en la Ciudad de San José, exactamente San José, Barrio Naciones Unidas, cincuenta metros sur y quince metros este de la escuela, se lleva el proceso sucesorio notarial de don José Francisco Rodríguez Coto quien fue mayor, casado en primeras nupcias, pensionado, vecino de Cartago. Paraíso, Orosi, portó cédula de identidad número: tres - cero ciento sesenta y ocho - cero novecientos diez, fallecido el día cinco de diciembre del dos mil quince. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Notarial sucesorio N° 2016-002.—Lunes, 09 de mayo de 2016.—Licenciado Carlos Eduardo Gutiérrez Monge, Notario.—1 vez.—( IN2016028863 ).

Ante la notaría del licenciado Audrys Esquivel Jiménez, ubicada en Santa Ana del Súper Castrito cincuenta metros al oeste y ciento setenta y cinco al norte, bajo el expediente cero uno-dos mil dieciséis, se tramita sucesorio en sede notarial de quien en vida fue José Abdenago Otoya Alvarado, mayor, cédula de identidad numero dos-cero ciento cincuenta y seis-cero ciento dieciocho, soltero, pensionado, vecino de Santa Ana, por lo que se emplaza por el plazo de treinta días a partir de la publicación a herederos, acreedores y cualquier interesado a comparecer ante la notaría indicada, transcurrido el plazo la herencia pasará a quien corresponda.—Santa Ana, veintiséis de abril del dos mil dieciséis.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016028864 ).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Pedro Arrieta Fuentes, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Limón centro, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0300950693. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000127-0678-CI-3.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 20 de agosto del 2015.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—1 vez.—( IN2016028884 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Lourdes Guzmán Segura, mayor, viuda una vez, educadora, portadora de la cédula de identidad número uno-mil doscientos

Miércoles 18 de mayo del 2016 BOLETIN JUDICIAL Nº 95 — Pág 33

treinta y dos-ciento veintiocho; para que, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2016. Notaría del Bufete Navas & Navas.—San José, cinco de mayo del dos mil dieciséis.—Lic. Edgardo René Ramos Carmona, Notario.—1 vez.—( IN2016028910 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Maximiliano Lange Guido, mayor, soltero, pensionado, vecino de Limón y portador de la cédula de identidad Nº 6-0069-0925. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-000068-0678-CI-2.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 27 de abril del 2016.—Lic. Milkan Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2016028924 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Anselma Dolores Urbina Urbina conocida como Dolores Urbina Urbina, Dolores Urbina Aragón y Anselma Dolores Urbina Aragón, mayor, estado civil Viuda una vez, pensionada, con documento de identidad Nº 0800450020 y vecina de Limón, barrio Pueblo Nuevo, diagonal al salón Comunal. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-000031-0678-CI-3.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 06 de abril del 2016.—Lic. Milkan Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2016028925 ).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Romelio Ulloa Hidalgo, mayor, estado civil divorciado, con documento de identidad 0302010906 y vecino de Cartago, San Blas. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000069-0640-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, (Materia Civil), 19 de abril del 2016.—Msc. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—1 vez.—( IN2016028946 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión N° 14-000143-0164-CI de Juan Gonzalo del Rosario Moraga Montero, quien en vida fue mayor, casado una vez, cédula de identidad 1-0017-2894, vecino de San José, calles 11 y 13 avenida 22 casa 1168 y la señora Odilie Miranda Miranda, quien en vida fue mayor, casada una vez, cédula 1-0079-7215, vecino de San José, calles 11 y 13 avenida 22 casa 1168, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Juzgado Primero Civil San José, 21 de abril del 2014.—Msc. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—1 vez.—( IN2016028979 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Yolanda Céspedes Salazar, quien fue mayor, soltera, comerciante, cédula número dos-doscientos veintinueve-doscientos setenta y seis, vecina de San José, Concepción de Alajuelita, Los Almendros, de la Calle del Chorro, setenta y cinco metros al norte y cincuenta al sur, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos;

y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero uno-dos mil catorce, notaría del Bufete del Licenciado Alberto Sandoval Fajardo, Notario Público de Puntarenas.—Lic. Alberto Sandoval Fajardo, Notario.—1 vez.—( IN2016028996 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Joaquín Del Socorro Ramírez Siles, mayor, casado una vez, peón agrícola, vecino de Puntarenas, Barranca, San Miguel, cédula de identidad número seis-cero setenta y seis-doscientos veinticinco; para que en el plazo de treinta días contados a partir cíe la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 0001-2016. Notaría de la Licda. Lorena María Palma Arce, correo electrónico: [email protected], fax: 2256-4917.—San José, 6 de mayo del 2016.—Licda. Lorena María Palma Arce, Notaria.—1 vez.—( IN2016029018 ).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó, Marta Nelly Masís Arias conocida como Olga Marta Masís Arias, mayor, casada una vez, pensionada, costarricense, cédula de identidad 0103170888 y vecina de Barrio Mercedes de San Pedro de Montes de Oca. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-000186-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 14 de abril del 2016.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2016029046 ).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Erick Randall de los Ángeles Solís Fajardo, mayor, casado una vez, comerciante, cédula 01-0749-0209 y vecino Piedades de Santa Ana. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000023-0183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de San José, 05 de abril del 2016.—Licda. Marlene Martínez González, Jueza.—1 vez.—( IN2016029066 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Carlos Luis Amador Romero, mayor, divorciado, cédula de identidad 1-0435-0442, vecino de San Sebastián, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se apersonan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda. Exp.: 15-000135-0370-CI.—Juzgado Contravencional Menor Cuantía San Sebastián, 20 de abril del 2016. Lic. Esteban Guzmán González Juez.—1 vez.—( IN2016029075 ).

Se hace saber que ante la notaría del Licenciado Carlos Serrano Pérez, notario público con oficina en San José, Tibás, del parque, dos cuadras al sur y cincuenta metros al oeste, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida fue Antonio Rojas Alpízar, mayor, casado una vez, taxista, con cédula de identidad número uno-dos cinco uno-tres seis ocho, vecino de San José, Curridabat, Tirrases, Urbanización El Hogar, sector G, casa G once, se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del término dé treinta días naturales contados a partir de la publicación del presente edicto comparezcan ante dicha notaría a hacer valer sus derechos, advertidos de que si no se apersonan dentro del referido plazo la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Expediente: 01-2016. Notaría del Lic. Carlos Serrano Pérez, notario público.—San José, 4 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Serrano Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2016029095 ).

Miércoles 18 de mayo del 2016Pág 34 — BOLETIN JUDICIAL Nº 95

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio acumulado de quien en vida se llamaron Fidelia Vargas Madrigal, mayor, viuda, ama de casa, vecina de Tambor de Alajuela, cédula de identidad 2-095-689 y Guillermo Herrera Burgos, mayor, casado, pensionado, vecino de Tambor de Alajuela, cédula de identidad 2-224-397. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, asimismo se les advierte a los que se crean con interés en la herencia de que no apersonarse aceptando expresamente la herencia; no se les declarara herederos y los bienes pasaran a quién corresponde. Artículos 528, 529 y 531 del Código Civil. Expediente N° 16-000131-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 06 de abril del 2016.—Lic. Sandra Trejos Jiménez, Jueza.—1 vez.—( IN2016029101 ).

Se cita y emplaza a todos los posibles herederos, acreedores, e interesados en general en la sucesión de, Luisa Haydee Núñez Martínez, quien fue viuda, ama de casa, vecina de Limón, Central, Barrio La Colina cédula tres-ciento ochenta y uno-doscientos sesenta y ocho, quien falleció el dieciséis de julio del dos mil siete, para dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Se apercibe a todos los interesados que de no apersonarse en el mencionado plazo, el bien inmueble de la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse así en sucesorio, expediente 0002-2016. Notaría Licda. Bernice Espinoza Vargas, Limón, Matama, Río Banano, diagonal oficina AyA.—Nueve de mayo del 2016.—Licda. Bernice Espinoza Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016029111 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión acumulada de los señores Diego Escorriola Alfaro, mayor de edad, viudo, portador de la cédula de identidad número uno-cero trescientos siete-cero novecientos veintiséis y Deyanira Salazar Soto, mayor de edad, viuda, portadora de la cédula de identidad número uno-cero trescientos cincuenta y ocho-cero trescientos ochenta y cinco, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a esta notaría a hacer valer sus derechos, y se percibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 001-2016. Notaría Catalina Moya Azucena, Santa Ana, Pozos, Parque Empresarial Fórum Dos, Edificio N, quinto piso.—San José, 09 de mayo del 2016.—Licda. Catalina Moya Azucena, Notaria.—1 vez.—( IN2016029207 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por: Margarita Esquivel Castillo, mayor, con cédula de identidad número 501740998, a las 17 horas del 6 de mayo del año 2016 y comprobado el fallecimiento de Graciela María Elizondo Esquivel, mayor, con cédula de identidad número 603130825, soltera, religiosa, vecina de San Rafael de Tres Ríos, La Unión, Residencial Los Geranios, casa C veintidós, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Expediente 0002- Sucesorio-2016 Notaría del Lic. Asdrúbal Vega Castillo, Notario Público con oficina abierta en Alajuelita centro, costado sur del parque, edificio amarillo dos plantas, con teléfono número 8810-1197.—Lic. Asdrúbal Vega Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016029208 ).

AvisosPRIMERA PUBLICACIÓN

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en la declaratoria de abandono de los menores Alex Darían Hernández Salas, Yavet Enrique Rodríguez Salas y Yariel Tareth Salas Soto. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Cañas, 22 de abril del 2016. Expediente N° 16-400096-0928-FA (100-2-2016)- B declaratoria de abandono con fines de adopción establecido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Lillany Vanessa Salas Coto, Brayan Emilio Hernández García y

Carlos Enrique Rodríguez Barahona.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste.—Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez.—( IN2016028876 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Jeferson Abel Silva Chaves, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 16-000428-1302-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 3 de mayo del 2016.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029190 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZEl Licenciado Alberto Jiménez Mata, Juez del Juzgado de

Familia de Puntarenas, hace saber a Edita Gabriela Zúñiga Jiménez cédula 603410713, que en este juzgado se tramita un proceso en su contra por perdida de la responsabilidad parental y solicitud de depósito judicial promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra ella bajo la sumaria número 16-000348-1146-FA, dentro del cual se ha ordenado notificarle la resolución que literalmente dice: “Juzgado de Familia de Puntarenas, a las quince horas diez minutos del cuatro de mayo del dos mil dieciséis. Se tiene por establecido el presente como un proceso abreviado de perdida de la responsabilidad parental y solicitud de depósito judicial de persona menor de edad, planteado por el Patronato Nacional de la Infancia contra Edita Gabriela Zúñiga Jiménez, representada por su curadora procesal, la licenciada Catalina Rivera Sanabria de quien se tiene por aceptado el cargo (visible a folio 134 frente), a quien se le confiere traslado por el plazo de diez días hábiles para que se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca pruebas de descargo si es del caso, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Asimismo, se otorga el depósito judicial provisional de la persona menor de edad Jordan Zúñiga Jiménez a cargo del ente promovente. Notifíquese esta resolución a la parte demandada Edita Gabriela Zúñiga Jiménez mediante su curadora procesal al medio por esta señalado para tales efectos, debiendo además publicarse esta resolución mediante un edicto en el Boletín Judicial. Notifíquese. Expediente N° 16000348-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, Puntarenas 05 de mayo del 2016.—Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028586 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania que promueve Jorge Antonio Brenes Granados, presunto insano Francisco Javier Granados Brenes. Exp. N° 16-000718-0338-FA(6).—Juzgado de Familia de Cartago, 05 de mayo del 2016.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028590 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados y demás herederos, de quien en vida se llamó Alexander Sequeira Carrillo, quien fue mayor, casado, Guarda de Seguridad Privada, con cédula de identidad N° cinco-trescientos treinta y dos-novecientos cincuenta y cinco, vecino de Santa Rita, de la entrada a La Roxana; 600 metros al noroeste, para que dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, los ahorros pasarán a quien corresponda. Expediente N° 16-300005-0406-L.A-9. Solicitud de devolución de ahorros de trabajador fallecido promovido por Liliana Mora Alvarado.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Nandayure, 29 de abril del 2016.—Lic. David Campos Rojas, Juez.—1 vez.—( IN2016028591 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Brigitte Retana Vargas, mayor, casada, documento de identidad 0110500512 vecino de San Isidro, Pérez Zeledón, barrio Boston, cien metros al norte y veinticinco metros al oeste del Salón Comunal del lugar, y Otto José Granados Montero, mayor, casado, documento de identidad 1-1280-0031, vecino de la misma dirección antes indicada, encaminadas a solicitar la autorización para cambiar el nombre de su hijo menor José Daniel por el de Otto Daniel mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en el proceso, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de

Miércoles 18 de mayo del 2016 BOLETIN JUDICIAL Nº 95 — Pág 35

ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp. N° 16-000032-0188-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Civil).—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2016028597 ).

Licenciado Wilberth Herrera Delgado Juez del Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba; hace saber al señor Douglas Mata Espinoza, documento de identidad 0602160086, Casado en primeras nupcias, chofer, masculino, domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso ordinario civil en su contra, bajo el expediente número 15-000051-0341-CI- donde se dictó la resolución que literalmente dicen: Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba (Materia Civil). A las catorce horas y cincuenta y seis minutos del veintitrés de febrero del año dos mil dieciséis, De la anterior demanda ordinaria, se confiere traslado por el plazo perentorio de treinta días hábiles al señor Douglas Mata Espinoza por medio de su Curadora Procesal la Licenciada Elena Rodríguez Cheung. En caso de que la parte demandada considere pertinente oponer excepciones previas, deberá hacerlo dentro del primer tercio del emplazamiento. Con respecto de los hechos de la demanda expondrá(n) con claridad si los rechaza(n) por inexactos o si los admite(n) como ciertos o con variantes o rectificaciones; también manifestará(n) con claridad las razones que tenga(n) para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye(n). En la misma oportunidad ofrecerá(n) las pruebas que estime(n) pertinentes, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos, y los hechos a que deberá(n) de referirse cada uno de éstos. Artículos 305, 354 y 357 ibídem. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se les recuerda a las partes que en la actualidad tienen la posibilidad de conciliar en cualquier momento del proceso Ley N° 7727 sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social, razón por la que el despacho esta en la mejor disposición de señalar para esos efectos si así se solicita. Notifíquese la presente resolución a la curadora procesal de la parte demandada en el medio señalado en autos.- Publíquese el edicto de ley, debiendo la parte promovente presentarse a la Imprenta Nacional ubicada en la Uruca de San José a cancelar el costo de la publicación de este edicto.-Lo anterior se ordena así en proceso ordinario civil de Vifisa de Turrialba Sociedad Anónima contra del señor Douglas Mata Espinoza. Expediente Nº 15-000051-0341-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 23 de febrero del 2016.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—( IN2016028602 ).

Arnulfo Navarro Cordero, mayor, casado una vez, taxista, vecino de tablón, cédula de identidad: 3-284-737, y José Francisco Navarro Cordero, mayor, casado una vez, comerciante, vecino

de tablón, cédula de identidad 3-255-561 promueven proceso de rectificación de medida. Pretenden rectificar la medida, para aumentarla del inmueble inscrito a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, del partido de Cartago, número 7394-007 y 009, que se describe así: terreno de potrero, situado en tablón, distrito tercero Tobosi, del cantón octavo El Guarco, de la provincia de Cartago. Linderos: norte, camino público con un frente a ella de 167,29 metros lineales y Gilberto Navarro Cordero; sur, Camilo Martínez Ceciliano y Asdrúbal Martínez Picado; este, Asdrúbal Martínez Picado y oeste, camino público con un frente a ella de 364,67 metros lineales. Sobre dicho inmueble pesa el siguiente gravamen: servidumbre de paso, inscrita bajo las citas 2015-00024218-01-0002-001. Libre de cargas reales. Según plano catastrado C-1824138-2015. Mide: sesenta y cinco mil doscientos setenta y cinco metros cuadrados. Lo adquirieron por adjudicación en la sucesión de su madre Socorro Cordero Brenes, escritura otorgada el día seis de octubre del dos mil cinco. Estiman el inmueble en la suma de cinco millones de colones y el proceso en la suma de cinco millones de colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. Expediente N° 15-000109-0699-AG, rectificación de medida de Arnulfo Navarro Cordero y José Francisco Navarro Cordero.—Juzgado Agrario de Cartago, 26 de abril del 2016.—Licda. Andrea Ruiz Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016028673 ).

Licda. María Marta Corrales Cordero, Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica; hace saber a María Cristina Vallejos Fonseca, en su carácter personal, documento de identidad 0702360254, demás calidades y domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso depósito judicial en su contra, bajo el expediente Nº 15-000514-1307-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. A las catorce horas y treinta y seis minutos del dieciocho de agosto del año dos mil quince. De las presentes diligencias de depósito de los menores Ericka Sofía Vallejos Fonseca y José Manuel Hurtado Vallejos, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a María Cristina Vallejos Fonseca y Carlos Adán Hurtado Suarez, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente (n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a los señores María Cristina Vallejos Fonseca y Carlos Adán Hurtado Suarez, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales.

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Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Guápiles), por localizarse la señora Vallejos Fonseca en: La Rita del Ciclo Rodríguez 25 metros a mano derecha, casa gris, de cemento (casa de la tía Maribel). Y el señor Hurtado Suarez en: Las Brisas de Cariari, del súper 100 metros al sur y 150 metros al este, casa concreto (donde se usa como carpintería de ataudes) o bien en funeraria Vida Nueve en Guápiles, contiguo a 3R. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Sobre cuestiones de primer y especial pronunciamiento solicitada, contándose con los elementos que sustenta la idoneidad del ambiente que reina en el lugar donde se encuentra ubicada la menor Ericka Sofía Vallejos Fonseca, se acoge dicha pretensión provisional, por ende se ordena depósito judicial de la menor supra indicada de forma provisional en el hogar de la señora Judith Eugenia Vallejos Fonseca, a quien se le hace ver que deberá apersonarse al despacho en el plazo de ocho días a aceptar el cargo conferido. Asimismo contándose con los elementos que sustenta la idoneidad del ambiente que reina en el lugar donde se encuentra ubicado el menor José Manuel Hurtado Vallejos, se acoge dicha pretensión provisional, por ende se ordena el depósito judicial del menor supra indicado de forma provisional en el Patronato Nacional de la Infancia, quien deberá apersonar un representante con la actitud legal para este acto en el plazo de ocho días a aceptar el cargo conferido. Notifíquese. Licda. María Marta Corrales Cordero, jueza. Y la resolución de las ocho horas y cero minutos del tres de mayo del año dos mil dieciséis. Siendo que la parte demandada María Cristina Vallejos Fonseca, es de domicilio desconocido y no fue ubicada en la dirección reflejada mediante su cuenta cedular, se ordena notificarle esta y la resolución de las catorce horas y treinta y seis minutos del dieciocho de agosto del año dos mil quince, mediante un edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín judicial. Elabórese el edicto respectivo. Notifíquese. Licda. María Marta Corrales Cordero, jueza. Lo anterior se ordena así en proceso depósito judicial de Patronato Nacional de la Infancia contra María Cristina Vallejos Fonseca, expediente Nº 15-000514-1307-FA. Este edicto debe ser publicado por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 03 de mayo del 2016.—Licda. María Marta Corrales Cordero.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028674 ).

El Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, hace saber que dentro del proceso 04-001155-0181-CI, para los efectos del artículo 20 de la Ley de Asociaciones Nº 218-39, se dictó la resolución en lo conducente, que dice: “Sentencia de primera instancia Nº 91-2015. A las diez horas y dos minutos del dieciséis de setiembre del dos mil quince. Diligencias de disolución de Asociación de Desarrollo y Conservación de los Recursos Naturales (ADECORANA), con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ciento seis mil seiscientos noventa y dos, promovidas por sus asociados Roberto Rodríguez Jiménez, y otros. Por tanto: Se declara la extinción y disolución de la Asociación de Desarrollo y Conservación de Los Recursos Naturales, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ciento seis mil seiscientos noventa y dos. Líbrese la ejecutoria del fallo para su inscripción en Registro de Asociaciones, al margen de la cédula jurídica indicada, previa aportación de copias y especies fiscales necesarias. Expídase el aviso de ley para advertir a interesados que cuentan con treinta días para oponerse y hacer valer su derecho en la eventual liquidación. Transcurrido el plazo otorgado en el aviso, proceda el liquidador con lo de su cargo. Se resuelve sin especial condenatoria en costas por su naturaleza. Notifíquese. Expediente N° 04-001155-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José.—Licda. Alejandra Vargas Montero, Jueza.—1 vez.—( IN2016028896 ).

Licenciada, Cristina Dittel Masís, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Carmen Elena Garita Rivera y Giovanni Chaves Morales, en su carácter personal, se les hace saber que en demanda suspensión patria potestad, expediente N° 15-002775-0338-FA establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Carmen Elena Garita Rivera, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° Juzgado de Familia de Cartago, a las dieciséis horas y cuatro minutos del dos de mayo del dos mil dieciséis. Resultando: Primero, segundo, tercero, considerando I. II. III. Por tanto de acuerdo a lo expuesto, y artículos 51, 52 y 55 de la Constitución Política; 1, 2, 5, 6, 8, 115 y siguientes, 140, 141, 143, 159 y 160 del Código de Familia; 3 de la Convención de los Derechos de los Niños y 5 y 105 del Código de la Niñez y la Adolescencia y se declara parcialmente con lugar la demanda abreviada interpuesta por Patronato Nacional de la Infancia se le suspende a Giovanni Chaves Morales y a Carmen Elena Garita Rivera la patria potestad que sobre las personas menores de edad Shirley María y Geovanny Alberto ambos Chaves Garita tiene, ello por un plazo de tres años, dentro del cual deberán llevarse cabo estudios de tipo psicológico y social, pero siempre ha pedido del demandado quien sería el interesado en revertir esta suspensión, a fin de determinar la viabilidad o no de que se puedan ejercer esos derechos de su parte; siendo que en caso de no ser posible o no haber interés, a pedido de la parte actora, podría revertirse esta suspensión en una pérdida del derecho, como lo establece el inciso c) del ya mencionado artículo 158 del Código de Familia. En tanto se mantenga esta suspensión, se ordena el depósito judicial de las personas menores de edad en la señora Ana Rosibel Solano Garita. Se resuelve sin especial condena en costas. Hágase saber.—Juzgado de Familia.—Licda. Ana Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016028935 ).

Juzgado de Familia en Puntarenas convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme al artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de Insania promovido por Argeri Quirós Gómez y Argeri Vega Ramírez, expediente N° 16-000011-1146-F.A, presunto insano Julio Quirós Cambronero.—Juzgado de Familia en Puntarenas.—Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028937 ).

El licenciado Alberto Jiménez Mata, Juez del Juzgado de Familia de Puntarenas, hace saber a Edita Gabriela Zúñiga Jiménez, cédula Nº 603410713, que en este juzgado se tramita un proceso en su contra por pérdida de la responsabilidad parental y solicitud de depósito judicial promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra ella bajo la sumaria Nº 16-000348-1146-FA, dentro del cual se ha ordenado notificarle la resolución que literalmente dice: “Juzgado de Familia de Puntarenas, a las quince horas diez minutos del cuatro de mayo del dos mil dieciséis. Se tiene por establecido el presente como un proceso abreviado de perdida de la responsabilidad parental y solicitud de depósito judicial de persona menor de edad, planteado por el Patronato Nacional de la Infancia contra Edita Gabriela Zúñiga Jiménez, representada por su curadora procesal, la licenciada Catalina Rivera Sanabria de quien se tiene por aceptado el cargo (visible a folio 134 frente), a quien se le confiere traslado por el plazo de diez días hábiles para que se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca pruebas de descargo si es del caso, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Asimismo, se otorga el depósito judicial provisional de la persona menor de edad Jordan Zúñiga Jiménez a cargo del ente promovente. Notifíquese esta resolución a la parte demandada Edita Gabriela Zúñiga Jiménez mediante su curadora procesal al medio por esta señalado para tales efectos, debiendo además publicarse esta resolución mediante un edicto en el Boletín Judicial. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 05 de mayo del 2016.—Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028941 ).

La suscrita licenciada Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza de Familia de Corredores; hace saber a Jousuf Hasan Saleh, domicilio ignorado a quien se le ha ordenado notificar por medio de edicto, artículo 4 de La Ley de Notificaciones y Citaciones. Que en el expediente N° 12-400390-0921-FA, que es asunto de divorcio

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que promueve Marjorie García Tiffer contra Jousuf Hasan Saleh, en el cual se dictó la sentencia de primera instancia Nº 206-2015, que literalmente dice: Juzgado de Familia de Corredores, a las trece horas veinticuatro minutos del dieciocho de noviembre del dos mil quince. Proceso abreviado de divorcio establecido por Marjorie García Tiffer, mayor de edad, casado una vez, costarricense, ama de casa, vecina de La Fortuna de Corredores, cédula de identidad N° 6-0259-0808, contra Jousuf Hasan Saleh, mayor, jordano, cédula PF346499. Se tuvo como parte al Patronato Nacional de la Infancia 1º—..., 2º—..., 3º—..., 4º—....; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., III.—Fundamentos legales:...; Por tanto: por lo expuesto, declara con lugar el proceso abreviado de divorcio interpuesto por Marjorie García Tiffer contra Jousuf Hasan Saleh, con fundamento en la causal de separación de hecho prevista por la norma que contempla el inciso 8° del artículo 48 del Código de Familia, motivo por el cual se declara: 1. Se ordena la disolución del vínculo que ha unido a las partes en matrimonio, debiéndose por consiguiente inscribir el divorcio ante el Registro Civil en la sección respectiva, de la provincia de Puntarenas al tomo: setenta y siete (77), folio: trescientos cuarenta y cinco (345), asiento: seiscientos noventa (690). 2. No hay hijos en común. 3. No se determina la obligación alimentaria de las partes, no consta en autos que exista dependencia por lo cual se exonera a ambos. 4. Las partes no adquirieron bienes gananciales. Una vez firme esta resolución expídase ejecutoria para su inscripción ante el Registro Civil. Esta resolución puede ser apelada ante este juzgado y para ante el tribunal de Familia de San José mediante los medios de impugnación que establece la ley. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Corredores.—Lic. Diego Alberto Barquero Segura, Juez.—Lic. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028954 ).

En este Despacho se dictó dentro del proceso Insania promovido por Jenny Ramírez Recio y Yadira Ramírez Recio, expediente 15-000103-1152-FA-1, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia de primera instancia N° 151-2016, Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las quince horas y cincuenta y ocho minutos del diez de marzo del año dos mil dieciséis. Resultando: I..., II..., III..., Considerando: I.—Hechos probados..., II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: De conformidad con lo expuesto, artículos 99, 153, 155, 796, 797, 842, 828, y 829 del Código Procesal Civil, 466 del Código Civil, 43 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elección y del Registro Civil, 233, 236, 239, 242, 202 y 204 del Código de Familia, el presente proceso de insania, incoado por Jenny Ramírez Recio y Yadira Ramírez Recio, a favor de la señora Yolanda Recio Castro, se falla de la siguiente forma:1) Insana a la señora Yolanda Recio Castro. 2) Se designa como Curadora de la Insana, a la señora Jenny Ramírez Recio y como cuidadora a la señora Yadira Ramírez Recio. 3) Se ordena publicar un extracto de esta sentencia en el Periódico Oficial, así como su inscripción en el Registro Público. 4) Se previene a la curadora procesal y a la cuidadora, que deben comparecer ante este Despacho a aceptar sus cargos dentro del plazo cinco días, una vez firme esta sentencia, lo cual harán bajo juramento. Dentro del referido plazo, la curadora designada también podrá excusarse de servir la curatela, o bien manifestar que tiene impedimento, invocando justa causa. Con el fin de que la curadora represente a la incapaz, en los asuntos judiciales en los que se ésta se halle interesada, se le dará certificación de la respectiva acta y de esta sentencia. Sobre deberes y obligaciones: El cargo de curadora lleva implícito el deber de representar legalmente y administrar los bienes que tenga o eventualmente pueda tener la insana. Igualmente, es obligación de la curadora y en este caso de la cuidadora, cuidar que de la incapaz reciba sus medicamentos, y atención medica idónea. En forma expresa se le advierte a la curadora que si por culpa no ejerciere la curatela, o bien si llega a ser removida por la mala administración o condenada por dolo en el juicio de cuentas, perderá el derecho de heredar a la insana y quedará obligada al pago de daños y perjuicios que hubiere causado. Se le hace saber también que si llega a descuidar sus deberes para con la insana, podrá ser removida por el tribunal, mediante solicitud de cualquier persona que resulte interesada. Sobre la administración: La curadora deberá presentar al Tribunal, anualmente, sea para esta misma época, un informe sobre la situación del patrimonio de la insana, con nota de

los gastos hechos y sumas percibidas durante el año anterior. Las cuentas deberán ir acompañadas de sus documentos justificativos y sólo podrá excusarse la comprobación de los gastos en que no se acostumbre recoger recibos. Cuando la curatela finalice, la curadora o sus herederos deberán rendir cuenta de la administración, dentro del plazo de sesenta días, contados desde aquél en que terminó la curatela. El Juez podrá prorrogar ese término a otros sesenta días, cuando haya justa causa. En caso de que la administración llegue a pasar a otra persona, el nuevo curador estará obligado a exigir y discutir judicialmente la cuenta de su antecesor y será responsable, en caso de omisión, de los daños y perjuicios que sufra la insana. Las cuentas se discutirán en la vía incidental, pieza separada, y no quedarán cerradas sino con la aprobación judicial. Tan pronto la curadora haya rendido la garantía de la administración de la curatela, se expedirá el mandamiento que acreditará su personería. Una vez que la curadora presente el inventario lo cual deberá realizar dentro del término de treinta días contados a partir de la aceptación del cargo; y el avalúo de todos los bienes de la incapaz, en caso de tenerlos, se le ordenará que garantice las resultas de su administración. La garantía se puede rendir mediante depósito en dinero efectivo, hipoteca, póliza de fidelidad del Instituto Nacional de Seguros o bonos del Estado sus instituciones, apreciados estos últimos en su valor comercial, según certificación de un corredor jurado. El cargo de curadora lleva implícito el deber de representar, a la insana legalmente y administrar sus bienes. Y el cargo de cuidadora, el de cuidar por todas las necesidades de la insana. Igualmente, es obligación de la curadora cuidar de la salud de la incapaz, y procurar que doña Yolanda tenga calidad de vida. Las costas de este trámite son a cargo del patrimonio de la inhábil. Publíquese la sentencia en el Boletín Judicial. Anótese la declaratoria de insania en el Registro Público, Sección de Personas, bajo la cita de inscripción 7-0169-453-0906, así como en el Registro Civil. Exp.: 15-000103-1152-FA-1. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Licda. Yuliana Ugalde Zumbado, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016028957 ).

Arnulfo Navarro Cordero, mayor, casado una vez, taxista, vecino de Tablón, cédula de identidad: 3-284-737, y José Francisco Navarro Cordero, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Tablón, cédula de identidad: 3-255-561 promueven Proceso de Rectificación de Medida. Pretenden rectificar la medida, para aumentarla del inmueble inscrito a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, del Partido de Cartago, número 7394-007 y 009, que se describe así: Terreno de potrero, situado en Tablón, distrito tercero Tobosi, del cantón octavo El Guarco, de la provincia de Cartago. Linderos: norte, camino público con un frente a ella de 167,29 metros lineales y Gilberto Navarro Cordero; sur, Camilo Martínez Ceciliano y Asdrúbal Martínez Picado; este, Asdrúbal Martínez Picado y oeste, camino público con un frente a ella de 364,67 metros lineales. Sobre dicho inmueble pesa el siguiente gravamen: servidumbre de paso, inscrita bajo las citas: 2015-00024218-01-0002-001. Libre de cargas reales. Según plano catastrado C-1824138-2015. Mide: sesenta y cinco mil doscientos setenta y cinco metros cuadrados. Lo adquirieron por adjudicación en la sucesión de su madre Socorro Cordero Brenes, escritura otorgada el día seis de octubre de dos mil cinco. Estiman el inmueble en la suma de cinco millones de colones y el proceso en la suma de cinco millones de colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. Expediente N° 15-000109-0699-AG, Rectificación de medida de Arnulfo Navarro Cordero y José Francisco Navarro Cordero.—Juzgado Agrario de Cartago, 26 de abril del 2016.—Licda. Andrea Ruiz Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028958 ).

A: David Pérez Hernández, en su carácter personal, quien es mayor, de domicilio desconocido, cédula de residencia número 119200013216, se le hace saber que en este despacho se tramita proceso especial filiación (declaratoria de extramatrimonialidad e investigación paternidad). Expediente: 15-000288-0186-FA establecido por Geilin Johanna Elizondo Navarro, se ordena notificarle por edicto la solicitud planteada por la actora, referida a que se declare como hija extramatrimonial a la

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menor Nicole Johanna Pérez Elizondo, con las consecuencias legales que ello implica.—Juzgado Primero de Familia de San José, 6 de noviembre del 2015.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016028959 ).

Al señor Reymer Marcial Elizondo Elizondo, cédula 1-982-197, por este medio se le comunica que en el proceso tramitado bajo el expediente número 16-000261-0687-FA del Juzgado de Familia de Grecia, se dictó la resolución de las catorce horas y cuarenta minutos del veinticinco de abril del año dos mil dieciséis, que en lo conducente y en lo que aquí interesa dice: Del anterior proceso de Autorización de Salida del País establecido por Ana Ligia Solís Chaves, se confiere traslado por el plazo perentorio de cinco días al señor Reymer Marcial Elizondo Elizondo, a quien se le previene que en el primer escrito que presente deberá señalar un medio para atender notificaciones, esto bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores que se dicten, incluida la sentencia, le quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, efecto que también se producirá en caso de que no se le pueda notificar en el medio señalado; con respecto al cual, también se le hace ver, deberá estar dispuesto únicamente para uso exclusivo de envío y recepción de documentos y no así también como teléfono. Dentro del mismo plazo indicado podrá también oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que estime pertinente. Notifíquese esta resolución al señor Reymer Marcial Elizondo Elizondo por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Oficial.—Juzgado de Familia de Grecia.—Lic. Mario Murillo Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029186 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Darling Gloriana Gutiérrez Gaitán, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Dalia Isabel Gaitán. Expediente N° 16-000747-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de mayo del 2016.—MSC. Carlos Sánchez Miranda, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029193 ).

Se avisa al señor Rubén Darío Aguilar Olave, de calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado, se tramita el expediente 16-000258-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Nicole Patricia Aguilar Morales y Johanna Morales León. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 6 de mayo del 2016.—MSc. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029195 ).

Se avisa que en este despacho Omar Javier Ramírez Porras, Sindy Lorena Sandoval Retana, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Sebastián Josué Bravo Sanabria. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente: 16-000228-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de mayo del 2016.—Lic. Ignacio Solano Araya, Juez.—1 vez.—( IN2016029211 ).

Se avisa que en este Despacho Catherina Sole Siercke, Randall Benito Pérez Blandón, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Miriam Patricia Pérez Gómez. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 16-000234-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 05 de mayo del 2016.—Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029212 ).

Se avisa que en este Despacho Patricia María Camacho Ávalos, Rodolfo Antonio Vargas Solís, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Eythan Camil Elizondo Ávalos, Jareth Siviany Elizondo Ávalos. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 16-000237-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de mayo del 2016.—Lic. Ignacio Solano Araya, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029213).

Se avisa al señor Mario Savard, de calidades y domicilio desconocidas que en este Juzgado, se tramita el expediente 16-000239-0673-NA, correspondiente a Diligencias de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Ángel Alexa Savard Morales. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de mayo del 2016.—MSc. Karol Vindis Calderón, Jueza.—1 vez.—( IN2016029214 ).

Se avisa a la señora Elieth María Chamorro Marenco, de calidades desconocidas que en este juzgado, se tramita el expediente 16-000241-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Tashira Vanessa Chamorro Marenco. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de mayo del 2016.—MSc. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—( IN2016029215 ).

Se avisa al señor Luis Enrique Salazar Salas, mayor de edad, soltero, agricultor, portador de la cédula de identidad 2-0447-0166 y de domicilio desconocido que en este juzgado, se tramita el expediente 16-000246-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Isaac Salazar Solís. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de mayo del 2016.—MSc. Karol Vindas, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016029216 ).

Se avisa al señor Lorenzo Julián Urbina Mejía, de nacionalidad nicaragüense, domicilio y demás calidades desconocidas que en este Juzgado, se tramita el expediente 16-000247-0673-NA, correspondiente a Diligencias de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Jonnathan Javier Urbina Martínez y Marcot Julián Urbina Martínez. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, cinco de mayo del dos mil dieciséis.—Lic. Ignacio Solano Araya, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029217 ).

Se avisa al señor José Mauricio Rapso Chanto, portador de la cédula de identidad 1-1487-0367, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este Juzgado, se tramita el expediente 16-000248-0673-NA, correspondiente a Diligencias de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Madeline Arelys Chacón Castro y Reychel Karina Rapso Chacón. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, cinco de mayo del dos mil dieciséis.—MSc. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029218 ).

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Álvarez Roca. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, cinco de mayo del dos mil dieciséis.—MSc. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN20160 29237 ).

Se avisa que en este Despacho Juan Pablo Segura Ramírez, solicita se apruebe la Adopción Individual de la persona menor de edad Sered Rachel Lázaro Argüello. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 16-000168-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 05 de mayo del 2016.—Lic. Ignacio Solano Araya, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029240 ).

Se avisa que en este despacho Noortje Denkers, solicitan se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Jean Paul Rivas Morales. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente: 16-000169-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de mayo del 2016.—Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029241 ).

Se avisa que en este Despacho Luis Ángel Quirós Calderón, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Naomy Sofía Chavarría Sánchez. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 16-000187-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 05 de mayo del 2016.—Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029242 ).

Se avisa a los señores Ana Yancy Palma Avellán, portadora de la cédula de identidad 1-1274-0572, de demás calidades y domicilio desconocidos y Christian Carrillo Mora, portador de la cédula de identidad 1-0974-0872, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este Juzgado, se tramita el expediente 16-000214-0673-NA, correspondiente a Diligencias de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Hensy Leticia Carrillo Palma y Reychell Gabriela Carrillo Palma. Se les concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, cuatro de mayo del dos mil dieciséis.—Lic. Ignacio Solano Araya, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029243).

Se avisa que en este Despacho Evelin de los Ángeles Chaves Fernández, Jovel Alexander Ramírez Villalobos, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Demian Dleyk Gómez Castañeda. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 16-000225-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 05 de mayo del 2016.—Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029244 ).

Licenciada Patricia Cordero García, Juez del Juzgado de Familia de Cartago, a Miguel Enrique Martín Solano Ureña, en su carácter personal, quien es mayor, casado, cédula 03-0241-0106, sin más datos conocidos se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Ana Victoria del Carmen Calderón Barboza contra Miguel Enrique Martín Solano Ureña, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las dieciséis horas y cincuenta y siete minutos del quince de junio del año dos mil quince. De la anterior demanda Abreviado de Divorcio. Exp. 15-001380-0338-FA establecida por la accionante Ana Victoria del Carmen Calderón Barboza,

Se avisa a la señora Stacy Yanela Hernández Efraem, portadora de la cédula de identidad 1-1499-0557, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado se tramita el expediente 16-000250-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad María Paula Vargas Hernández. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de mayo del 2016.—Lic. Ignacio Solano Araya, Juez.—1 vez.—( IN2016029219 ).

Se avisa al señor Juan Carlos Cruz Obando, portador de la cédula de identidad 7-0108-0446, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este Juzgado, se tramita el expediente 16-000257-0673-NA, correspondiente a Diligencias de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Jordy Daniel Cruz Castro. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, seis de mayo del dos mil dieciséis.—Lic. Ignacio Solano Araya, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029220 ).

Se avisa, a la señora Cecilia Calderón Díaz, mayor, nicaragüense, de domicilio y demás calidades desconocidas, representada por el curador procesal licenciada Verónica Artavia Villegas, se le hace saber que existe proceso N° 16-000129-0673-NA de Declaratoria Judicial de Abandono de la persona menor de edad Meylim Milagros Calderón Díaz, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Cecilia Calderón Díaz, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las catorce horas y treinta y siete minutos del quince de marzo de dos mil dieciséis, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionad a que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Lic. Juan José Alvarado Quirós.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de mayo del 2016.—Lic. Ignacio Solano Araya, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029235 ).

Se avisa, a la señora Esperanza Masís Velásquez, mayor, nicaragüense, con demás calidades y domicilio desconocidos, es representada por el curador procesal Lic. Jorge Arturo Sánchez Bolañoz, hace saber que existe proceso N° 16-000130-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Solans Norelle Masís Velázquez establecido por la Licenciada Seidy Chavarría Ramírez en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia en contra de Esperanza Masís Velázquez, se ha dictado la resolución de las catorce horas y treinta y ocho minutos del diecisiete de marzo del dos mil dieciséis en la que se les concede el plazo de cinco días para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 4 de mayo del 2016.—Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029236 ).

Se avisa a la señora Grettel Sullen Álvarez Rocha, portadora de la cédula de identidad 1-1435-0756, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este Juzgado, se tramita el expediente 16-000137-0673-NA, correspondiente a Diligencias de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Dylan Jesús García Álvarez y Maidelyne Michelle

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notificaciones bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al (los) demandado(s), personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos se comisiona Delegado Policial de Taras, Quircot. La parte demandada puede ser localizada en la siguiente dirección: Quircot de Cartago, del Templo Católico, 25 mtrs este, casa celeste. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se otorga el depósito provisional del menor de edad Joshua David González Calvo en el recurso de la abuela materna Liliana González Calvo. Expediente: 15-002905-0338-FA.—Licda. Cristina Dittel Masis, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029283 ).

Se avisa al señor Misael Alberto Montanaro Gutiérrez, de calidades y domicilio desconocidos que en este Juzgado, se tramita el expediente 16-000061-0673-NA, correspondiente a Diligencias de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Valery Camila Montanaro Espinoza. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de abril del 2016.—MSc. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016029288 ).

Se avisa al señor José Elider Hernández Mejía, de nacionalidad colombiana, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este Juzgado, se tramita el expediente 16-000114-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Cristal Jazmin Hernández González. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de mayo del dos mil dieciséis.—MSc. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016029289 ).

Se avisa que en este Despacho en el expediente número 15-000712-0687-FA, John Armand Baeza, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor Marisol De Los Ángeles Hurtado Castrillo. Se concede a las personas interesadas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Grecia, (Materia Familia), 28 de enero del 2016.—Lic. Mario Murillo Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029290 ).

se confiere traslado al accionado Miguel Enrique Martín Solano Ureña por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real.- Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales en caso de que éste sea ubicado. Siendo que la actora indica que el demandado no se encuentra en el país y desconoce su paradero, se ordena enviar atentos oficios a la Caja Costarricense de Seguro Social, al Registro Civil, a la Dirección General de Migración y Extranjería y al Registro Público, sección personas, con el fin de poder dar con una posible dirección. Cómo último punto, se le previene a la parte actora aportar a los autos un juego de copias de la documentación presentada en el escrito inicial. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016029282 ).

Licenciada Cristina Dittel Masis, Jueza de Familia de Cartago, a Katherine Yorleny González Calvo, cédula 0304640020 y vecindario desconocido, se le hace saber que en demanda suspensión patria potestad, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Katherine Yorleny González Calvo, se ordena notificarle por edicto la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las catorce horas y cuarenta y seis minutos del once de enero del dos mil dieciséis. De la anterior demanda suspensión patria potestad establecida por el accionante Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado a la accionada por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones Circuito Judicial de Cartago de este circuito. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender

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ninguna discapacidad, hija de Hugo Humberto Vargas Calvo y de Rosalba Méndez Godínez, fecha de nacimiento once de febrero de mil novecientos ochenta y ocho en Oriental, Central, Cartago, cédula Nº 3-0425-0945, teléfono Nº 8394-2567, vecina de San Lorenzo de Tarrazú, 75 metros al norte y 50 metros al oeste de la Escuela, casa a mano derecha color verde, y Genier Gerardo Rojas Barboza, sexo masculino, mayor de 21 años de edad, soltero, peón agrícola, no presenta ninguna discapacidad, hijo de Carlos Luis Rojas Valverde y de Guiselle Barboza Quirós, fecha de nacimiento veinte de setiembre de mil novecientos noventa y cuatro en Oriental, Central, Cartago, cédula Nº 3-0481-0525, teléfono Nº 8532-7282, vecino de San Lorenzo de Tarrazú, 75 metros al norte y 50 metros al oeste de la Escuela, casa a mano derecha color verde. Si alguna persona conoce de impedimento legal alguno para que este matrimonio se celebre debe indicarlo dentro de los siguientes ocho días hábiles en este juzgado. Expediente Nº 2016-100009-0243-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés, San Marcos de Tarrazú, 05 de mayo del 2016.—Lic. Eric López Delgado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028679 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil Jonatan Andrés Sáenz Ramírez, mayor, soltero, Auxiliar de Inventarios en Grupo Colono, cédula de identidad número 0303790854, vecino de Ciudadela Ujarras; 125 metros oeste y 25 sur, de la Represa Hidroeléctrica Cachi, hijo de Jeannette Ramírez Badilla y Ruperto Sáenz Segura, nacido en Oriental Central, Cartago, el 17/04/1982, con 34 años de edad, y Marisol de Los Ángeles Quirós Moya, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0305000687, vecina de Ciudadela Ujarras; 125 metros oeste y 25 Sur, de la Represa Hidroeléctrica Cachi, hija de Elizabeth Quirós Moya, nacida en Oriental Central, Cartago, el 17/02/1997, actualmente con 19 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan; venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Jhonny Alejandro Madriz Aguilar y Ligia Elena Cortés Quirós. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 16-001099-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 06 de mayo del 2016.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028869 ).

Han comparecido ante el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés, solicitando contraer matrimonio civil: Laura Stephanie Vargas Méndez, sexo femenino, mayor de 28 años de edad, soltera, empleada doméstica, no tiene ninguna discapacidad, hija de Hugo Humberto Vargas Calvo y de Rosalba Méndez Godínez, fecha de nacimiento once de febrero de mil novecientos ochenta y ocho en Oriental, Central, Cartago, cédula Nº 3-0425-0945, teléfono Nº 8394-2567, vecina de San Lorenzo de Tarrazú, 75 metros al norte y 50 metros al oeste de la Escuela, casa a mano derecha color verde, y Genier Gerardo Rojas Barboza, sexo masculino, mayor de 21 años de edad, soltero, peón agrícola, no presenta ninguna discapacidad, hijo de Carlos Luis Rojas Valverde y de Guiselle Barboza Quirós, fecha de nacimiento veinte de setiembre de mil novecientos noventa y cuatro en Oriental, Central, Cartago, cédula Nº 3-0481-0525, teléfono Nº 8532-7282, vecino de San Lorenzo de Tarrazú, 75 metros al norte y 50 metros al oeste de la Escuela, casa a mano derecha color verde. Si alguna persona conoce de impedimento legal alguno para que este matrimonio se celebre, debe indicarlo dentro de los siguientes ocho días hábiles en este juzgado. Exp. Nº 2016-100009-0243-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés, San Marcos de Tarrazú, 05 de mayo del 2016.—Licda. Eric López Delgado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028870 ).

Se hace saber a quienes interese que ante este Juzgado han comparecido a efecto de contraer matrimonio civil los señores Anabelle Tatiana López Martínez, mayor, divorciada, vecina de

Edictos MatrimonialesHan comparecido ante este Despacho solicitando contraer

matrimonio civil las personas contrayentes Presentes en este Despacho Randy Núñez Solórzano, mayor de edad, se desempeña como oficial de seguridad, cédula de identidad N° 0116440800, vecino de Purral, La Lupita, frente al salón comunal, casa 84, hijo de Ronald Felipe Núñez Mussio y Karen Lizeth Solórzano Zúñiga, nacido en hospital, central, San José el 17/06/1996 con 19 años de edad, y Katherine Dayana Alvarado Cortes, mayor, soltera, se desempeña como ama de casa, cédula de identidad número 0116720861, vecina de Purral, La Lupita, frente al salón comunal, casa 84, hija de Adrián Roberto Alvarado Rodríguez y Lucía Cortes Quirós, nacida en Carmen, central San José, el actualmente 02/04/1997 18 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: José Francisco Valverde Calderón y Rosibel Ríos Solano. Es todo leído que les fue lo anterior en voz alta a los comparecientes, lo encuentran conforme, ratifican y firman. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente N° 16-000508-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 03 de marzo del 2016.—Licda. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028589 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Eduardo Humberto Rowe White, mayor, soltero, técnico en redes, cédula de identidad número 0112920549, vecino de San José, San José, San Francisco, Barrio La Cabaña, hijo Eduardo Rowe Brown y Mildre White Alien, nacido en Hospital Central San José, el 25/09/1986, con 29 años de edad, y María de Los Ángeles Moreira Vallejos, mayor, soltera, agente de callcenter, cédula de identidad número 0113710712, vecina de San José, Desamparados, San Rafael Abajo, Urbanización Valencia, hija Oscar Moreira Alfaro y Victoria Vallejos Arrieta, nacida en Hospital Central San José, el 24/11/1988, actualmente con 27 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Publíquese por una sola vez. Exp. N° 16-000308-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, San José, 20 de abril del 2016.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—( IN2016028633 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes José Esteban Orozco Gómez, mayor, soltero, agricultor, cédula de identidad N° 0304740511, vecino de Llano grande de Pacayas 25 metros norte de la escuela de llano grande de Pacayas, hijo de Rosibel Gómez Brenes y Rubén Orozco Jiménez, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 14/10/1993, con 23 años de edad, y María José Carpio Rivera, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 0304820598, vecina de Cot, Oreamuno entrada principal a Cot ciudadela San Antonio, hija de María Isabel Rivera Ramírez y Martín Alderico Carpio Pérez, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 19/08/1994, actualmente con 22 años de edad Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente N° 16-001086-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 05 de mayo del 2016.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028678 ).

Han comparecido ante el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés solicitando contraer matrimonio civil: Laura Stephanie Vargas Méndez, sexo femenino, mayor de 28 años de edad. soltera, empleada doméstica, no tiene

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vecina de Nacascolo, Liberia, hija de María Victoria Pereira Pereira y Anselmo Baltodano Baltodano. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 16-000290-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Familia), 06 de mayo del 2016.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029187 )

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor Leonardo De Jesús Arias Anchía, mayor, soltero, peón agrícola, portador de la cédula de identidad número uno-mil ciento treinta y nueve-setecientos catorce, vecino de Pocora, del Salón Los Pilares, 750 metros al norte y 250 metros al este, a mano izquierda, casa de cemento color verde mente, hijo de Irma Jacqueline Arias Anchía, nacido Hospital, Central, San José, el dos de junio de mil novecientos ochenta y dos, actualmente con 33 años de edad y Marta Elieth Jiménez Torres, mayor, soltera, operaria de planta, portadora de la cédula de identidad número siete-ciento sesenta y siete-novecientos quince , vecina de Pocora, del Salón Los Pilares, 750 metros al norte y 250 metros al este, a mano izquierda, casa de cemento color verde mente, hija de Juan Rafael Jiménez Varela y Ana Nuria Torres Cedeño, nacida en Centro Guácimo, Limón, el dieciséis de octubre de mil novecientos ochenta y cinco, actualmente con 30 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 16-000304-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 09 de marzo del 2016.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—( IN2016029188 ).

Han comparecido a este despacho, solicitando contraer matrimonio civil Yesenia María Gómez Hidalgo, mayor, divorciada, ama de casa, vecina de Cot de Oreamuno, 200 metros al sur del Liceo de Cot, casa de color mostaza con serca de alambre, cédula de identidad número 3-0335-0099, hija de Virgita Hidalgo Ramírez e Israel Gómez Poveda, nacida en Cartago, el 10/04/1975, con 40 años de edad y Juan Carlos Ulloa Garita, mayor, divorciado, guarda de seguridad privada, vecino de Cot de Oreamuno, 200 metros al sur del Liceo de Cot, casa de color mostaza con cerca de alambre, cédula de identidad número 1-0926-0535, hijo de María Isabel Garita Fernández y Mario Fernando Ulloa Núñez, nacido en San José, el 23/12/1975, actualmente con 40 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Noelia Priscilla Ulloa Gómez y John Javier Ulloa Gómez. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 16-000426-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 19 de febrero del 2016.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—( IN2016029189 ).

Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor Juan Carlos Villalobos Espinoza, mayor, soltero, peón agrícola, portador de la cédula de identidad número siete-ciento treinta y tres-ochocientos dos, vecino de Cariari, Barrio El Jardín, trescientos metros al oeste del Bar La Sirena, hijo de Eustaquio Villalobos Solís y Gladys Espinoza Sequeira, nacido en San Pedro, Pococí, Limón, el nueve de agosto de mil novecientos setenta y nueve, con treinta y seis años de edad y Anayancy Esquivel Solís, mayor, divorciada, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número siete-ciento cincuenta y ocho-ochocientos seis, vecina de Cariari, Barrio El Jardín, trescientos metros al oeste del Bar La Sirena, hija

Guadalupe, Barrio Santa Cecilia, de la antigua Panadería Lizano ciento cincuenta metros al este, portadora de la cédula de identidad número 1-698-234, ama de casa, nacida el diez de marzo de mil novecientos sesenta y siete. Hija de Flora Martínez Vargas y Alfonso López Monge, ya fallecido y Manuel Freddy Zamora Fernández, mayor, viudo, vecino de Lomas del Río, Pavas, de la Escuela de Lomas del Río, trescientos cincuenta metros oeste, cincuenta metros sur y cincuenta oeste, casa N° 598, Técnico Administrativo, portador de la cédula de identidad número 6-132-822, nacido el treinta y uno de julio de mil novecientos cincuenta y siete, la madre se llama María Felicia Fernández Quesada y Manuel Zamora Badilla, ambos fallecidos. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de algún impedimento legal para este matrimonio deberá comunicarlo a este Juzgado, dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto en el Boletín Judicial debiendo con ello señalar lugar o medio (fax/casillero/correo electrónico) dentro del perímetro judicial de este circuito judicial donde atenderá sus notificaciones, apercibido que si no lo hiciere, todas aquellas resoluciones que en lo futuro se dicten, se tendrán por notificadas en el solo transcurso de veinticuatro horas después de notificadas. Igual consecuencia ocurrirá si el lugar señalado fuere impreciso, no exista o existiendo se encuentre cerrado o si el medio escogido impida la notificación por causas ajenas al Despacho. Expediente N° 15-001352-187-FA.- Solicitud de matrimonio.—Juzgado Segundo de Familia de San José, a las trece horas treinta minutos del cinco de mayo de dos mil dieciséis.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028933 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio el señor Moises Reynaldo Pérez Rivera, mayor, soltero, panadero, con pasaporte número C01700976, nacido en Leon Nicaragua, el 08/06/1987, con 28 años de edad, y Andrea Clarisa Bustos Mora, mayor, soltera, miscelánea, cédula de identidad número 0702220317, nacida en Centro Central Limón, el 08/09/1993, actualmente con 21 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Guardia de Liberia, Guanacaste. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los OCHO DÍAS siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 16-000281-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia 5 de mayo del 2016.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028940 ).

Se han presentado solicitando contraer matrimonio civil, los señores: Roger Armando Carpio Gómez, mayor, soltero, consultor en telefonía, vecino de Cartago, barrio Los Ángeles, costado sureste de Palí, portador de la cédula de identidad número 3-0392-0394, nativo de Cartago en fecha 14-01-1984, hijo de Carlos Gerardo Carpio Vega y Blanca Rosa Gómez Chacón, ambos son vecinos de Cartago, y Geannina Barrientos Gutiérrez, mayor, soltera, comerciante, vecina de Tilarán Tronadora, ciento cincuenta metros sur de la Iglesia Católica, portadora de la cédula de identidad número 5-0377-0243, nativa de Liberia, Guanacaste en fecha 13-09-1990, hija de Marvin Barrientos Mejías y Jeannette Gutiérrez Briceño, ambos vecinos de Tronadora . Ambos contrayentes sin discapacidad. Si cualquier persona conoce algún impedimento para la celebración de este matrimonio sírvase comunicarlo dentro de los ocho días siguientes a la publicación. Expediente N° 16-100007-0404-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tilarán, 27 de abril del 2016.—Licda. Ana Patricia Barrantes Ruiz, Jueza.—1 vez.—( IN2016029009 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio el señor Ronny Ramírez Solera, mayor, soltero, operario, cédula de identidad número 0503040688, vecino de Nacascolo, Liberia, hijo de Daisy Solera Vásquez y Benigno Ramírez Rodríguez, y la señora Juana Baltodano Pereira, mayor, viuda, oficios domésticos, cédula de identidad número 0502720516,

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Edictos en lo PenalJuzgado Penal de Turrialba, a las diez horas treinta minutos

del dos de mayo del dos mil dieciséis. Licda. Karla Porras Arce, Juez Penal, a los señores Roberto Robinson Campos Rodríguez, costarricense, mayor soltero cédula de identidad Nº 1-700-992 y al señor Allen Lee Click, mayor estadounidense, pasaporte Nº 455727200, le hace saber que: en vista de que a los demandados civiles Roberto Robinson Campos Rodríguez y Allen Lee Click, no ha sido posible comunicarle la resolución de las dieciséis horas y veinticuatro minutos del veintinueve de abril del dos mil dieciséis, donde se convoca a las partes a la realización de la audiencia preliminar que se llevará a cabo en este despacho a las nueve horas treinta minutos del doce de agosto del dos mil dieciséis, el proceso penal incoado por el Lic. Jorge Arturo Valverde Retana, en su condición de Apoderado Especial Judicial de los señores Manuel de Jesús Núñez González, Maritza Núñez González, Ana María González Rivas, Claudio Mora González y de la Asociación de Desarrollo Integral de la Reserva Indígena Cabecar de Chirripó de Turrialba, contra Jorge Eduardo Calderón Elizondo, María Ángela Obando Pérez, Maritza Campos Campos, José Luis López Navarro y Paulino Chaves Ulloa, en la causa Nº 09-000424-0359-PE (CI-2610-14-2.) por el delito de usurpación. Se ordena realizar edicto que se publicará tres veces los en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Se pone en conocimiento la causa antes indicada de acuerdo a los artículo 124 y 162 de Código Procesal Penal y el artículo 7 de la Ley de Tránsito, a los demandados civiles Roberto Robinson Campos Rodríguez y Allen Lee Click. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil planteando las excepciones que correspondan. La oposición se pondrá en conocimiento al actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. Comuníquese.—Juzgado Penal de Turrialba.—Lic. Karla Porras Arce, Jueza Penal.—Exonerado.—( IN2016027551 ). 3 v. 2.

Fiscalía de Hatillo, a las diez horas con diez minutos del 01 de Marzo del dos mil dieciséis. En vista de que el (los) codemandado (s) civile(s) Rodolfo Vargas Chavarría cedula de identidad 1-0780-0687, quien(es) conociendo de la sumaria penal no se apersonaron al despacho para ponerle(s) en conocimiento la acción civil presentada en contra de su representada, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará una tres veces en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Rodrigo Salas Rojas. Fiscal Coordinadora de Hatillo: Se pone en conocimiento la acción civil. Lic. Rodrigo Salas Rojas Fiscal de la Fiscalía de Hatillo, al(a) Rodolfo Vargas Chavarría, le hace saber que: En el legajo de acción civil resarcitoria 14-001606-492 TC, ofendido Ginette Quesada Quesada, Contra José Luis Alfaro Pérez, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por Edicto: Fiscalía de Hatillo, a las diez horas con diez minutos del día primero de Marzo del dos mil dieciséis. En vista de que el tercer demandado civil Rodolfo Vargas Chavarría, no ha sido posible comunicarles la resolución dictada por este despacho, que da curso a la acción civil resarcitoria incoada por Ginette Quesada Quesada, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará tres veces consecutivas en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Rodrigo Salas Rojas. Fiscal Jefe de Hatillo: Se pone en conocimiento la acción civil: De conformidad con los artículos 115 y 120 del Código procesal Penal, se pone en conocimiento del Tercer demandado civil Rodolfo Vargas Chavarría la presente acción civil resarcitoria. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil planteando las excepciones que correspondan. La oposición se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. Comuníquese.—Fiscalía de Hatillo.—Lic. Rodrigo Salas Rojas, Fiscal.—Exonerado.—( IN2016027934 ). 3 v. 2.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Expediente N° 15-001161-0412-PE, licenciada Marisol del Carmen Alpízar Chaves, Fiscal del Fiscalía de Santa Cruz (Materia Penal), al señor Robert Borejszo, cédula o documento de identidad número no indica, se le hace saber que en el Legajo de Legajo de Acción Civil Resarcitoria, seguido en contra de Robert

de José Miguel Esquivel Barboza y Cecilia Solís Céspedes, nacida en Guápiles, Pococí, Limón, el tres de julio de mil novecientos ochenta y cuatro, actualmente con treinta y un años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 16-000518-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 5 de mayo del 2016.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—( IN2016029191 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Ana Elena Redondo Camacho, mayor, soltera, filóloga, cédula de identidad número 0304470799, vecina de Tejar 2 km de Riteve condominio La Rueda casa V-23, hija de Ana Cecilia Camacho Chinchilla y Carlos Fernando Redondo Gómez, nacida en Oriental Central Cartago, el 22/09/1990, con 25 años de edad, y Daniel Alberto González Monge, mayor, soltera, filólogo, cédula de identidad número 0113450416, vecino de Tejar 2 km de Riteve condominio La Rueda casa V-23, hijo de Alexandra Monge Villalobos y Marco Tulio González Calderón, nacida en Carmen Central San José, el 01/02/1988, actualmente con 28 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 16-000661-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 14 de marzo del 2016.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—( IN2016029192 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil Jonathan Roberto Umaña Luna, mayor, divorciado, llantero, cédula de identidad número 0112060402, vecino de Dulce Nombre de Cartago, del Bazar Mary 350 al sur y 25 al este, hijo de Guiselle Luna Montero y Carlos Alberto Umaña Ballestero, nacido en Hospital Central San José, el 15/05/1984, con 32 años de edad, y María Fernanda Chaves Cortés, mayor, divorciada, ama de casa, cédula de identidad número 0304400411, vecina de Dulce Nombre de Cartago, del Bazar Mary 350 al sur y 25 al este, hija de Yolanda Cortés Álvarez y Luis Humberto Chaves Castro, nacida en Oriental Central Cartago, el 19/10/1989, actualmente con 26 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 16-001091-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 09 de mayo del 2016.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—( IN20160 29194 ).

Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor Sergio Barquero Vargas, mayor, soltero, peón agrícola, portador de la cédula de identidad número 7-186-933, vecino Guácimo, El Bosque, Barrio Los Olivos, primera entrada a mano izquierda, tercer casa a mano izquierda, casa cemento color verde, hijo de Rodrigo Barquero Salazar y Adela Vargas Gómez, nacido en Guápiles, Pococí, Limón, el treinta y uno de octubre de mil novecientos ochenta y ocho, actualmente con 27 años de edad y Karla Francine Lara Rojas, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número 1-1521-922, vecina de misma dirección que el primero, hija de Cecilia Lara Rojas, nacida en Hospital Central San José, el veintiuno de diciembre de mil novecientos noventa y dos, actualmente con 23 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 16-000044-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 20 de enero del 2016.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016029287 ).

Miércoles 18 de mayo del 2016Pág 44 — BOLETIN JUDICIAL Nº 95

MM, no es visible serie 09143X, motivo por el cual se le previene que en el plazo de tres días hábiles, deberá apersonarse a los autos y señalar lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro judicial, caso contrario se interpretará que no tiene interés dentro del proceso y la marcha de los hechos denunciados continuará en su curso. Es todo.—Fiscalía Auxiliar de Flores.—Licda. Ángela Robles Sibaja, Fiscal.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028952 ).

Fiscalía Auxiliar de Flores, al ser las quince horas con quince minutos del ocho de abril del dos mil dieciséis, siendo que en la Fiscalía Auxiliar de Flores se tramita la causa 11-000223-0369-PE, en contra de Harry Richard Geiges por el delito de amenazas agravadas en perjuicio de Pablo Reyes Montenegro, se tiene como parte a Richard Geiges Harry, identificación 175178524012997, quien es dueño de un arma de fuego revolver marca Ranger calibre 357 Magnun modelo Security Six, serie 16054240, motivo por el cual se le previene que en el plazo de tres días hábiles, deberá apersonarse a los autos y señalar lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro judicial, caso contrario se interpretará que no tiene interés dentro del proceso y la marcha de los hechos denunciados continuará en su curso. Es todo.—Fiscalía Auxiliar de Flores.—Licda. Ángela Robles Sibaja, Fiscal.—1 vez.—Exento.—( IN2016028953 ).

Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Penal), al ser las ocho horas y cincuenta y nueve minutos del tres de mayo del año dos mil dieciséis. Licda. Natalie Segura Mora, Fiscal Auxiliar del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Dentro del proceso penal con número de expediente 15-000032-306-PE seguido en contra de Johnny Ricardo de Los Ángeles Marín Gutiérrez, por el delito de Lesiones Culposas, en perjuicio de Daniel Urbina Martínez; se encuentra el vehículo involucrado, placas CL 157519, tipo camión, marca International, motor número 5C077267, mismo que el dueño Registral no es el propietario de dicho bien, por esta razón se le notifica a quien resulte propietario, así como a tercero interesado, se dictó la resolución que dice: Se comunica acción civil Fiscalía Adjunta de San Carlos, Ciudad Quesada, a las ocho horas cincuenta minutos del veintiuno de setiembre del año dos mil quince. Por el término de cinco días y de conformidad con lo que establece el artículo 115 del Código Procesal Penal, se comunica al encartado y demandados civiles Johnny Ricardo de los Ángeles Marín Gutiérrez, Francisco Permiani Codina y Giovanna Estefanía Permiani Figueroa, que el Lic. Humberto Rodríguez Montoya, en representación del señor Daniel Urbina Martínez formuló Acción Civil Resarcitoria en su contra. Asimismo se le previene señalar lugar para atender notificaciones dentro del perímetro judicial de esta Ciudad, bajo el apercibimiento de que ley de que en caso de no hacerlo quedarán notificados de las resoluciones posteriores con solo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas. (artículo 12 de la Ley de Notificaciones).—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Penal).—Licda. Natalie Segura Mora, Fiscal Auxiliar de San Carlos.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028956 ).

Juzgado Penal I Circuito Judicial de la Zona Atlántica, (Materia Penal), al ser las quince horas cincuenta y dos minutos del seis de mayo del dos mil. Al tercero civilmente demandado Marta Mora Ríos, cédula de identidad número 5-251-902, con domicilio desconocido y paradero ignorado, que en proceso penal número 14-000617-472-PE-5, en perjuicio del denunciante Ramón Laguna Miranda, por el delito de lesiones culposas, contra Erlin Guadamuz López, se le tiene como co-demandado civil, propietaria registral del vehículo placas 434294, se ordena comunicarle por este medio a la tercera demandada civil, a quien se le pone en conocimiento la resolución que dice señala nuevamente audiencia preliminar para las diez horas del veintitrés de junio del dos mil dieciséis. Se ordena comunicar la presente resolución de conformidad con el artículo 192 del Código Procesal Penal.—Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, (Materia Penal), Limón.—Lic. Jairo Sánchez González, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016030434 ).

Borejszo, en perjuicio de Allan Fabricio Guevara Montero, por el delito de Homicidio Culposo, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por edicto. Se da traslado de la acción civil resarcitoria fiscalía de Santa Cruz (Materia Penal), al ser las ocho horas y veintidós minutos del veintidós de enero del dos mil dieciséis. De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por Dayana de Los Ángeles Montero Ruiz, a darle traslado al demandado civil de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Comuníquese el contenido de la resolución a los demandados civiles y a su defensor en forma separada. Notifíquese. Licenciada Marisol del Carmen Alpízar Chaves, Fiscal Auxiliar Fiscalía de Santa Cruz (Materia Penal). En vista de que el señor Robert Borejszo, es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle la resolución por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese.—Fiscalía de Santa Cruz (Materia Penal).—Marisol del Carmen Alpízar Chaves, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028582 ).

Se tiene como parte al propietario(a) registral. Fiscalía Auxiliar de Flores, al ser las catorce horas con veinte minutos del ocho de abril del dos mil dieciséis. Siendo que en la Fiscalía Auxiliar de Flores se tramita la causa Nº 10-001537-0382-PE, en contra de Carlos Víquez Salazar por el delito de infracción Ley de Armas en perjuicio de la seguridad pública, se tiene como parte a Julián Frech Guerri, cédula de residencia Nº 155802882126, presidente de sistema Frech Sociedad Anónima quien es dueño de un arma de fuego revolver marca Doberman extra calibre 22LR modelo 102 MM, no es visible serie 09143X, motivo por el cual se le previene que en el plazo de tres días hábiles, deberá apersonarse a los autos y señalar lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro judicial, caso contrario se interpretará que no tiene interés dentro del proceso y la marcha de los hechos denunciados continuará en su curso. Publíquese una sola vez. Comuníquese. Es todo.—Fiscalia Auxiliar de Flores.—Licda. Ángela Robles Sibaja, Fiscal Auxiliar de Flores.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028671 ).

Fiscalía Auxiliar de Flores, al ser las quince horas con quince minutos del ocho de abril del dos mil dieciséis. Siendo que en la Fiscalía Auxiliar de Flores se tramita la causa 11-000223-0369-PE, en contra de Harry Richard Geiges, por el delito de amenazas agravadas en perjuicio de Pablo Reyes Montenegro, se tiene como parte a Richard Geiges Harry, identificación N° 175178524012997, quien es dueño de un arma de fuego revolver marca Ranger, calibre 357 Magnun, modelo security six, serie 16054240, motivo por el cual se le previene que en el plazo de tres días hábiles, deberá apersonarse a los autos y señalar lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro judicial, caso contrario se interpretará que no tiene interés dentro del proceso y la marcha de los hechos denunciados continuará en su curso. Comuníquese. Es todo. Expediente N° 11-000223-0369-PE.—Fiscalía Auxiliar de Flores.—Licda. Ángela Robles Sibaja, Fiscal.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028672 ).

Fiscalía Auxiliar de Flores, al ser las catorce horas con veinte minutos del ocho de abril del dos mil dieciséis. Siendo que en la Fiscalía Auxiliar de Flores se tramita la causa 10-001537-0382-PE, en contra de Carlos Víquez Salazar por el delito de infracción ley de armas en perjuicio de la seguridad pública, se tiene como parte a Julian Frech Guerri cédula de residencia 155802882126, presidente de Sistema Frech Sociedad Anónima, quien es dueño de un arma de fuego revolver marca Doberman extra calibre 22LR modelo 102