corte constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/raiz/2016/390-16-sep-cc/15-06... ·...

25
Corte Constitucional delecuador CASO N.° 1098-11-EP CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR. Quito D.M., 15 de junio de 2017, a las 16h45; VISTOS.- Incorpórese al expediente constitucional N.° 1098-11-EP la documentación remitida por el defensor del Pueblo; por el alcalde de Loja y por el Tribunal Contencioso Administrativo con sede en Loja. En ejercicio de las competencias constitucionales y legales, el Pleno de la Corte Constitucional, CONSIDERA: PRIMERO.- El Pleno de la Corte Constitucional es competente para conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales, conforme determinan los artículos 86 numeral 4y 436 numeral 9 de la Constitución de la República del Ecuador; en concordancia con el artículo 163 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional; artículos 3 numeral 11, 100, 101 y 102 de la Codificación del Reglamento de sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte Constitucional. SEGUNDO.- De conformidad con lo previsto en el artículo 21 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, la Corte Constitucional podrá expedir autos para ejecutar integralmente la sentencia e incluso podrá evaluar el impacto de las medidas de reparación en las víctimas y sus familiares; de ser necesario, podrá modificar las medidas. Las sentencias constitucionales deben ser cumplidas y ejecutadas integralmente, en virtud de una plena y efectiva tutela de los derechos constitucionales, sólo luego de lo cual un proceso constitucional puede darse por finalizado, según consta en el artículo 86, numeral 3, último inciso de la Constitución de la República. TERCERO.- El Pleno de la Corte Constitucional resolvió la causa N.° 1098-11-EP mediante sentencia N.° 390-16-SEP-CC del 14 de diciembre de 2016, en la que declaró la vulneración del derecho constitucional al debido proceso en la garantía de la motivación y dispuso, como medidas de reparación integral a favor de la señorita María Fernanda León Vélez, las siguientes: 1. Dejar sin efecto las sentencias dictadas por la Sala Laboral, Niñez y Adolescencia de la Corte Provincial de Justicia de Loja, el 25 de abril de 2011 y por el Juzgado Tercero de Garantías Penales de Loja, el 5 de abril de 2011, dentro de la acción de protección N.° 11253- 2011-0035 (N.° 0236-2011). 2. Como medida de reparación económica, se dispone al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Loja efectuar la cancelación de los emolumentos dejados de percibir por la servidora María Fernanda León Vélez, durante el tiempo que duró la separación de la institución siempre que ello no haya

Upload: lephuc

Post on 30-Nov-2018

216 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

CorteConstitucionaldelecuador

CASO N.° 1098-11-EP

CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR. Quito D.M., 15 de junio de 2017,a las 16h45; VISTOS.- Incorpórese al expediente constitucional N.° 1098-11-EP ladocumentación remitida por el defensor del Pueblo; por el alcalde de Loja y por elTribunal Contencioso Administrativo con sede en Loja. En ejercicio de lascompetencias constitucionales y legales, el Pleno de la Corte Constitucional,CONSIDERA: PRIMERO.- El Pleno de la Corte Constitucional es competente paraconocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenesconstitucionales, conforme determinan los artículos 86 numeral 4 y 436 numeral 9 dela Constitución de la República del Ecuador; en concordancia con el artículo 163 dela Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional; artículos 3numeral 11, 100, 101 y 102 de la Codificación del Reglamento de sustanciación deProcesos de Competencia de la Corte Constitucional. SEGUNDO.- De conformidadcon lo previsto en el artículo 21 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales yControl Constitucional, la Corte Constitucional podrá expedir autos para ejecutarintegralmente la sentencia e incluso podrá evaluar el impacto de las medidas dereparación en las víctimas y sus familiares; de ser necesario, podrá modificar lasmedidas. Las sentencias constitucionales deben ser cumplidas y ejecutadasintegralmente, en virtud de una plena y efectiva tutela de los derechosconstitucionales, sólo luego de lo cual un proceso constitucional puede darse porfinalizado, según consta en el artículo 86, numeral 3, último inciso de la Constituciónde la República. TERCERO.- El Pleno de la Corte Constitucional resolvió la causaN.° 1098-11-EP mediante sentencia N.° 390-16-SEP-CC del 14 de diciembre de 2016,en la que declaró la vulneración del derecho constitucional al debido proceso en lagarantía de la motivación y dispuso, como medidas de reparación integral a favor dela señorita María Fernanda León Vélez, las siguientes: 1. Dejar sin efecto lassentencias dictadas por la Sala Laboral, Niñez y Adolescencia de la Corte Provincialde Justicia de Loja, el 25 de abril de 2011 y por el Juzgado Tercero de GarantíasPenales de Loja, el 5 de abril de 2011, dentro de la acción de protección N.° 11253-2011-0035 (N.° 0236-2011). 2. Como medida de reparación económica, se dispone alGobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Loja efectuar la cancelación delos emolumentos dejados de percibir por la servidora María Fernanda León Vélez,durante el tiempo que duró la separación de la institución siempre que ello no haya

Page 2: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

sido cancelado durante la ejecución dela sentencia dictada porla Sala Laboral, Niñezy Adolescencia de la Corte Provincial de Justicia de Loja, el 25 de abril de 2011. Elmonto de la reparación económica se determinará por la vía contenciosoadministrativa. 3. Como garantía de no repetición, se dispone que el GobiernoAutónomo Descentralizado Municipal de Loja, con la asistencia de la Defensoría delPueblo, diseñe e implemente un módulo de capacitación permanente sobre derechosconstitucionales que incluya la garantía de motivación de actos administrativos, deconformidad con lo establecido en la Constitución de la República y la jurisprudenciade esta Corte Constitucional. CUARTO.- Respecto de las medidas de tiporestitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.°390-16-SEP-CC, relativas a dejar sin efecto las resoluciones de primera y segundainstancia dictadas dentro de la acción de protección N.° 11253-2011-0035 (N.° 0236-2011), se advierte que su naturaleza es eminentemente dispositiva, lo que implica sucumplimiento de forma inmediata una vez notificada la decisión constitucional enmención; dado que ello se efectuó el 29 de diciembre de 2016, seadvierte laejecuciónintegral de las medidas de tipo restitución del derecho. QUINTO.- En cuanto a lamedida de reparación económica dispuesta en el numeral 3.3.1 de la sentencia N.°390-16-SEP-CC, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Loja debíacancelar las remuneraciones no percibidas por la señorita MaríaFernanda LeónVélezdesde el 28 de febrero de 2011 hasta el 23 de mayo de 2011. Tal medida se condicionóa que la entidad municipal no haya cancelado el monto correspondiente durante laejecución de la sentencia de segunda instancia dentro de la acción de protección N.°11253-2011-0035 (N.° 0236-2011). En este marco, el 18 de abril de 2017, ingresó eloficio N.° 0395-TCAT-CL-PL-2017 remitido por el doctor Fernando MauricioGuerrero Ríos, juez ponente del Tribunal de lo Contencioso Administrativo yTributario consedeen Loja, en el que informa que dentro del proceso de ejecución dereparación económica N.° 11804-2017-00021 en favor de la señora María FernandaLeón Vélez se ha dictado un auto resolutorio el 5 de abril de 2017 y anexa

documentación relativa a dicho proceso. Del análisis del referido auto resolutorio de5 de abril de 2017 y de la revisión de las actuaciones jurisdiccionales dentro delproceso de ejecución de reparación económica N.° 11804-2017-00021, se advierte elincumplimiento a los literales b.4,b.6,b.7 y b.8 de las Reglas para la sustanciación deprocesos de reparación económica, parte de la reparación integral, dictadas por el

Page 3: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

Corteconstitucionaldelecuador

Pleno de la Corte Constitucional en la sentencia N.° 011-16-SIS-CC, por cuanto eltribunal no designó perito en la misma providencia en la que avocó conocimiento (de23 de enero de 2017), así como tampoco señaló un término para que las partesagreguen documentación para la cuantificación de la reparación económica y dispusoque la parte accionante realice el pago de los honorarios periciales generando unarevictimización. Adicionalmente, eltribunal permitió que elMunicipio de Loja, comoentidad accionada, agregue documentación aun luego de la presentación del informepericial (21 de febrero de 2017) y dispuso a laperita designada lapresentación de unaaclaración a dicho informe y la realización de uno nuevo con base en los documentosaportados por la entidad obligada (17 de marzo de 2017). Ello torna menester que sesustancie nuevamente dicho proceso de ejecución de reparación económica con el finde que seeviten vulneraciones a las referidas reglas y a losderechos de la accionante.SEXTO.- Como garantía de no repetición contenida en el numeral 3.3.2 de lasentencia N.° 390-16-SEP-CC, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal deLoja, con la asistencia de la Defensoría del Pueblo, debía diseñar e implementar unmódulo de capacitación sobre derechos constitucionales que incluya la garantía demotivación de actos administrativos, conforme lo establecido en la Constitución de laRepública y en la jurisprudencia constitucional emanada de esta Corte. El términoconcedido para informar sobre ello feneció el 28 de marzo de 2016, dentro del cualingresó, el 17 de marzo de 2017, documentación remitida por el defensor del Puebloy el 3 de abril de 2017, por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal delcantón Loja como sujeto obligado directo. Las señaladas autoridades informaron quela coordinadora general defensorial zonal 7 mantuvo reuniones con el alcalde y conla directora de talento humano del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipaldel cantón Loja con el fin de planificar las actividades de capacitación. Así, seplanificó conjuntamente la realización de 70 talleres de capacitación, desde el 1 demarzo de 2017 al 27 de septiembre de 2017, dirigido a2100 funcionarios municipales;por lo que se verifica que lagarantía de no repetición se encuentra en ejecución. Sinembargo, se advierte que el contenido de las capacitaciones no incluye el estudio dela jurisprudencia emanada del Pleno de este Organismo sobre el derecho al debidoproceso en la garantía de la motivación, conforme se ordenó en el numeral 3.3.2 de lasentencia N.° 390-16-SEP-CC. SÉPTIMO.- Apartir de las consideraciones anotadasy sobre la base de que "... los procesos judiciales solo finalizarán con la ejecución

Page 4: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

integral de lasentencia o resolución", según consta enel artículo 86numeral 3 últimoinciso de la Constitución de la República, el Pleno de la Corte Constitucional delEcuador, DISPONE: 1) Dejarsin efecto, en su integralidad, el proceso de ejecuciónde reparación económica N.° 11804-2017-00021, sustanciado por los jueces MaríaAugusta Montano Galarza, Isauro Antonio Borrero Salgado y Fernando MauricioGuerrero Ríos del Tribunal Contencioso Administrativo con sede en Loja. 2) Separar

delconocimiento delproceso deejecución de reparación económica N.° 11804-2017-00021, a los jueces María Augusta Montano Galarza, Isauro Antonio Borrero Salgadoy Fernando Mauricio Guerrero Ríos, del Tribunal Contencioso Administrativo consede en Loja. 3) Disponer que, previo sorteo, se conforme nuevamente el referidotribunal con jueces distintos, a fin de que sustancien el proceso de ejecución dereparación económica dispuesto en la sentencia N.° 390-16-SEP-CC a favor de laseñorita María Fernanda León Vélez. El nuevo tribunal deberá observar las Reglas

para lasustanciación de procesos de determinación económica, parte de lareparaciónintegral, dictados por el Pleno de la Corte Constitucional en sentencia N.° 011-16-SIS-CC, dentro delcasoN.° 0024-10-IS e informar mensualmente sobre el desarrollode la causa hasta su finalización. 4) Disponer al director general del Consejo de laJudicatura que investigue y sancione, de ser pertinente, la actuación de los juecesMaría Augusta Montano Galarza, Isauro Antonio Borrero Salgado y FernandoMauricio Guerrero Ríos, del Tribunal Contencioso Administrativo con sede en Loja,dentro del proceso de ejecución de reparación económica N.° 11804-2017-00021 einformen de ello oportunamente a la Corte Constitucional. 5) Disponer al alcalde delGobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Loja y a la coordinadora generaldefensorial zonal 7 de la Defensoría del Pueblo que incluyan el estudio de lajurisprudencia sobre la garantía de motivación que ha emitido el Pleno de esta CorteConstitucional en las capacitaciones que se encuentran desarrollando como garantíade no repetición, según se dispuso en el numeral 3.3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC, dictada porel Pleno dela Corte Constitucional, dentro dela causa N.° 1098-11-EP. Para el efecto, las entidades obligadas deberán considerar el buscador deRelatoría de la Corte Constitucional, que se encuentra disponible a través de la páginaweb de este Organismo o en el siguiente link:https://ww\v.corteconstitucional.gob.ec/index.php/casos-y-sentencias/casos-y-sentencias/relatoria.html; así como el material jurisprudencial contenido en la síntesis^ . í

M

Page 5: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

CorteConstitucionaldelecuador

de las acciones y/o competencias de la Corte y fichas técnicas de suspronunciamientos, esto es, el CD que comprende eldocumento complementario de laobra "Desarrollo Jurisprudencial de la Primera Corte Constitucional", que se anexa alpresente auto. El Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal delcantón Loja, como sujeto obligado directo, deberá remitir información documentalque justifique la inclusión de lo ordenado enlas capacitaciones, dentro del término dediez (10) días, contados a partir de la notificación del presente auto. 6) Se enfatiza alas partes procesales que la sentencia N.° 390-16-SEP-CC emitida dentro de la causaN.° 1098-11-EP y el presente auto deben ser ejecutados integralmente, bajoprevenciones de aplicación de la sanción prevista en el artículo 86 numeral 4 de laConstitución de la República. NOTIFÍQUESlCA

fredo^uiz GiífcmánPRESIDENTI

RAZÓN.- Siento p<?fr/tal, que el auto que antecede fue aprobado por el Pleno de laCorte Constitucional, con cinco votos a favor de las señoras juezas y jueces: PamelaMartínez de Salazar, Wendy Molina Andrade, Marien Segura Reascos, Roxana SilvaChicaíza yAlfredo Ruiz Guzmán; sin contar con lapresencia de las señoras juezas yjueces Tatiana Ordeñana Sierra, Ruth Seni Pinoargote, Francisco Butiñá Martínez yManuel Viteri Olvera, en sesión del 15 de junio de 2017. Lo certifico.-

JPCH/amifERAL

www.corteconstitucional.qob.ee

Page 6: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

CorteConstitucionaldel ecuador

CASO Nro. 1098-11-EP

RAZÓN.- Siento por tal que, en la ciudad de Quito, a los veintidós días del mesde junio del dos mil diecisiete, se notificó con copia certificada del Auto en fasede seguimiento de 15 de junio de 2017, a los señores: Alcalde y procuradorsíndico del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Loja, en lascasillas constitucionales 547, 1177, a través del correo electrónicoasesoriaiuridicaíaUoja.goh.ec. y mediante del Oficio Nro. 4049-CCE-SG-NOT-2017; al Procurador General del Estado, en la casilla constitucional 018; aMaríaFernanda León Valdez, en la casilla constitucional 106; a los jueces de laPrimera Sala Laboral, Niñez yAdolescencia de la Corte Provincial de Justicia deLoja, mediante Oficio Nro. 4050-CCE-SG-NOT-2017; al Juzgado Tercero deGarantías Penales de Loja, mediante Oficio Nro. 4051-CCE-SG-NOT-2017; alos jueces del Tribunal de lo Contencioso Administrativo con sede en la ciudadde Loja, mediante Oficio Nro. 4052-CCE-SG-NOT-2017; a la coordinadorageneral defensorial zonal 7 de la Defensoría del Pueblo, mediante Oficio Nro.4053-CCE-SG-NOT-2017. Además, alos veintitrés días del mes de junio deldos mil diecisiete, al presidente del Consejo de la Judicatura, mediante OficioNro. 4056-CCE-SG-NOT-2017, conforme consta de los documentos adjuntos.-Lo certifico.-1

JPCh/AFM

-J Constitucional^5 DELECUADOR

SECRETARÍAGENERAL

Page 7: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

CorteConstitucionaldel ecuador

GUIA DE CASILLEROS CONSTITUCIONALES No. 323

ACTORCASILLA

CONSTIT

ÜCIONAL

DEMANDADO

O

TERCER INTERESADO

CASILLA

CONSTIT

UCIONAL

NRO. DE

CASO

FECHA DE RESO.

SENT. DICT. PROV.

O AUTOS

GLADYS ALICIA TAPIA

PUENTE Y OTROS730

SECRETARÍA DEGESTIÓN

INMOBILIARIA DEL

SECTOR PÚBLICO,INMOBILIAR

860

0133-15-EPAUTO DE AMPLIACIÓNY ACLARACIÓN DE 14

DE JUNIO DE 2017

EMPRESA PÚBLICADE HIDROCARBUROS

DEL ECUADOR, EPPETROECUADOR

359

PROCURADOR

GENERAL DEL

ESTADO

018

ALCALDE Y

PROCURADOR SÍNDICODEL GAD MUNICIPAL DE

LOJA

547;1177

MARÍA FERNANDALEÓN VALDEZ 106

1098-11-EPAUTO EN FASE DE

SEGUIMIENTO DE 15

DE JUNIO DE 2017

PROCURADOR

GENERAL DEL

ESTADO

018

EMPRESA PÚBLICAMETROPOLITANA DE

AGUA POTABLE Y

SANEAMIENTO, EPMAPS

036

JUAN ANTONIO

NEIRA CARRASCO280

1881-16-EPSENTENCIA NRO. 175-

17-SEP-CC DE 07 DE

JUNIO DE 2017

JUECES DE SALA

ESPECIALIZADA DE

LO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO DE

LA CORTE NACIONAL

DE JUSTICIA

019

PROCURADOR

GENERAL DEL

ESTADO

018

CENTRAL ECUATORIANA

DE ORGANIZACIONES

CLASISTAS CEDOC-CLAT

191

INSTITUTO

ECUATORIANO DE

SEGURIDAD SOCIAL

005

0273-14-EPSENTENCIA NRO. 170-

17-SEP-CC DE 07 DE

JUNIO DE 2017

EDISON IBARRA

SERRANO335

PROCURADOR

GENERAL DEL

ESTADO018

GOBIERNO AUTÓNOMODESCENTRALIZADO DE

LA PROVINCIA DE

PICHINCHA

049;374

RAÚL IZURIETAMORA BOWEN

194

0583-17-EPAUTO DE SALA DE

ADMISIÓN DE 19 DEJUNIO DEL 2017

PROCURADOR

GENERAL DEL

. ESTADO018

PATRICIO RACINES

DUQUE 220AUTORIDAD

PORTUARIA DE

GUAYAQUIL1249 0033-09-IS

PROVIDENCIA DE 16

DE JUNIO DEL 2017

BANECUADOR B.P. 012PROCURADOR

GENERAL DEL

ESTADO

018 0116-17-EPAUTO DE SALA DE

ADMISIÓN DE 19 DEJUNIO DEL 2017

Page 8: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

DIRECTOR GENERAL DE

AVIACIÓN CIVIL YOTROS

248

PRIMAX COMERCIAL

DEL ECUADOR S.A.343

0115-17-EPAUTO DE SALA DE

ADMISIÓN DE 19 DEJUNIO DEL 2017

PROCURADOR

GENERAL DEL

ESTADO018

MARIO AGUSTÍN RUIZDELGADO

814PROCURADOR

GENERAL DEL

ESTADO

018 0746-17-EPAUTO DE SALA DE

ADMISIÓN DE 19 DEJUNIO DEL 2017

DIRECTOR GENERAL

DEL SERVICIO

NACIONAL DE ADUANA

DEL ECUADOR

480PROCURADOR

GENERAL DEL

ESTADO

018 0627-17-EPAUTO DE SALA DE

ADMISIÓN DE 19 DEJUNIO DEL 2017

MINISTRO DE

EDUCACIÓN074

MANUEL BENIGNO

PACHAR MONTANO YOTROS

032

0544-17-EPAUTO DE SALA DE

ADMISIÓN DE 19 DEJUNIO DEL 2017

SECRETARÍAGENERAL JURÍDICADE LA PRESIDENCIA

DE LA REPÚBLICA

001

PROCURADOR

GENERAL DEL

ESTADO

018

PROCURADOR JUDICIAL

DE LA MINISTRA DE

SALUD PÚBLICA042

PROCURADOR

GENERAL DEL

ESTADO018 0439-17-EP

AUTO DE SALA DE

ADMISIÓN DE 19 DEJUNIO DEL 2017

ALCALDE Y

PROCURADOR SÍNDICODEL GOBIERNO

AUTÓNOMODESCENTRALIZADO DEL

CANTÓN ESPÍNDOLA

043 - - 0289-17-EPAUTO DE SALA DE

ADMISIÓN DE 19 DEJUNIO DEL 2017

Total de Boletas: (38) TREINTA Y OCHO QUITO, D.M., 22 de junio de 2.017

resFpnseca MosqueraSECRETARÍA GENERAL

CASIILEROÍC0S|U^CIONALES

—••••-•l:.-rma^i-" .........................

Fecha:.

Hora:».

Total Boletat:.......„.

^„

j_ .Corte^Constitucional

^->del ecuador

SECRETARIAGENERAL

Page 9: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

CorteConstitucionaldelecuador

Quito D. M., 22 de junio de 2017.Oficio Nro. 4049-CCE-SG-NOT-2017

Señor doctor

José Bolívar Castillo VivancoAlcalde

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE LOJACiudad.-

De mi consideración:

Para los fines legales pertinentes, adjunto una copia certificada del Auto en fase deseguimiento de 15 de junio de 2017, emitido dentro de la acción extraordinaria deprotección Nro. 1098-11-EP, presentada por el alcalde y procuradora sindica delMunicipio de Loja.

Adicionalmente, remito un CD que comprende el documento complementario de laobra "Desarrollo Jurisprudencial de la Primera Corte Constitucional", conforme lodispuesto en el auto referido.

Atentamente,

Pozo Chamorro

¡Tecretario General

Anexo: lo indicado

JPCh/AFM

**x*_CRTE

^^JConstitucional•5 DELECUADOR

SECRETARÍAGENERAL

Page 10: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

Servicio: EMSGUfA DE ENVlOS

fík^^^^«

Usuario:

marlene mendieta

Fecha: 2017-06-22

Orden de trabajoEN-13424-2017-06-14621104

REMITENTE

Nombre:

CORTE CONSTITUCIONAL

Múmerode Identificación:

1760001980001

Provincia:

PICHINCHA

Dirección:

AV. 12DE OCTUBRE N16-114 YPASAJE NICOLÁS JIMÉNEZ FRENTE AL PARQUE ELÁRBOLITO

Referencia:

Ciudad/Cantón:

QUITO

Código Cliente:13424

Tipo de identificación:

RUC

Parroquia:

Teléfonos: E-mail:[email protected]

descripcióndel contenido: OFICIONRO.4049-2017. CASONRO 1098-'1-EP.

Firma del empleado que acepta el envío:

Hora: 15:29:52

Id Local:

EN661008684ECDESTINATARIO

Nombre:

ALCALDE DEL MUNICIPIO DE LOJA

Número de Identificación:

Provincia:

LOJA

Dirección:

Ciudad/Cantón:

LOJA

Tipo de identificación:

Parroquia:

BOLÍVAR YJOSÉANTONIO EGUIGUREN MUNICIPIO DELOJA

Refencia:

MUNICIPIO DE LOJA

Teléfonos: 593) 2570407 E-mail:

Para consullas o requerimientos comuniqúese al: 1700 CORREO (267 736) / Email: cofporalivo8>correosdolocuador.oob.ecFirma:

CDEOPE-FR013

Page 11: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

ORDEN DE TRABAJO

Servicio: Usuario:

EMS marlene mendieta

IUII1I22 | 06 | 2017

Horas Minutos

15 | 31EN-13424-2017-06-14621104

INFORMACIÓN DE ORIGEN

Nombre del Cliente:

CORTE CONSTITUCIONAL

Número de Identificación:

1760001980001

Tipo de Identificación:

RUC

Provincia:

PICHINCHA

Ciudad/Cantón:

QUITO

Parroquia:

Dirección:

AV. 12 DE OCTUBRE N16-114 Y PASAJE NICOLÁS JIMÉNEZ FRENTE AL PARQUE EL ARBOLITO

Referencia:

Teléfonos: E-mail:

[email protected]

INFORMACIÓN DE ENVÍOS

Total de envíos:

1

Peso total(gramos): Valor declarado total:

Lote No.

3342709

Referencia del Lote:

OFICIO NRO. 4049-2017. CASO NRO. 1098-11-EP.

INFORMACIÓN DÉ RECEPCIÓN Y ENTREGA

Firma del CLIENTE: Firma del CARTERO C

Servicios adicionales:

Fecha de recogida (DD/MM/AAAA):

Hora de recogida (24h00):

Total de envíos recibidos:

ADMISIÓN CDÉ EP

Responsable de Ventanilla: Responsable de Admisión: TOTAL DE ENVÍOS LOCALES:

TOTAL DE ENVÍOS NACIONALES

TRAYECTO 1:

TOTAL DE ENVÍOS NACIONALES

TRAYECTO 2:

Para consultas o requerimientos comuniqúese al: 1700 CORREO (267 736) / Email:[email protected]

CDE-OPE-FR022

Page 12: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

CorteConstitucionaldel ecuador

Quito D. M., 22 de junio de 2017.Oficio Nro. 4050-CCE-SG-NOT-2017

Señores juecesPRIMERA SALA LABORAL, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTEPROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJACiudad.-

De mi consideración:

Para los fines legales pertinentes, adjunto una copia certificada del Auto en fase deseguimiento de 15 de junio de 2017, emitido dentro de la acción extraordinaria deprotección Neo. 1098-11-EP, presentada por el alcalde y procuradora sindica delMunicipio de Loja.

Atentamente,

Pozo Chamorro

íretario General

Anexo: lo indicado

JPCh/AFM

CorteConstitucional

^3 DEL ECUADOR j

SECRETARÍA fGENERAL

Page 13: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

£%^^^^^K

Servicio: EMSGUlA DEENVÍOS

Usuario:

marlene mendieta

Fecha:2017-06-22

Orden de trabajoEN-13424-2017-06-14620990

REMITENTE

Nombre:

CORTE CONSTITUCIONAL

Número de Identificación:

1760001980001

Provincia:

PICHINCHA

Dirección:

AV. 12DE OCTUBRE N16-114 YPASAJE NICOLÁS JIMÉNEZ FRENTE AL PARQUE ELARBOLITO

Referencia:

Ciudad/Cantón:

QUITO

Código Cliente:13424

Tipo de identificación:

RUC

Parroquia:

Teléfonos: E-mail:[email protected]

Descripción delcontenido: OFICIO NRO.4050-2017 CASONRO '1-EP.

:irmadel empleado que acepla el envió:

Hora: 15:19:08

Id Local:

EN661005745ECDESTINATARIO

Nombre:

JUECES DE LA SALA LABORAL, NIÑEZ YADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIA.Número de Identificación:

Provincia:

LOJA

Dirección:

CALLE BOLÍVAR ENTRE ROCAFUERTE Y10 DE AGOSTO. EDIF. PLAZA FEDERALCORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOJA

Refencia:

Ciudad/Cantón:

LOJA

Tipo de identificación:

Parroquia:

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIADE LOJA

Teléfonos: 3703200 Ext: 75742E-mail:

Para consultas orequerimientos comuniqúese al: 1700 CORREO (267 736) / Email: [email protected]:

CDE-OPE-FR013

Page 14: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

Servicio:

EMS

ORDEN DE TRABAJO

Usuario:

marlene mendieta

I22 | 06 | 2017

Horas Minutos

15 | 19EN-13424-2017-06-14620990

INFORMACIÓN DE ORIGEN

Nombre del Cliente:

CORTE CONSTITUCIONAL

Número de Identificación:

1760001980001

Tipo de Identificación:

RUC

Provincia:

PICHINCHA

Ciudad/Cantón:

QUITO

Parroquia:

Dirección:

AV. 12 DE OCTUBRE N16-114 Y PASAJE NICOLÁS JIMÉNEZ FRENTE AL PARQUE EL ARBOLITO

Referencia:

Teléfonos: E-mail:

[email protected]

INFORMACIÓN DE ENVÍOS

Total de envíos:

1

Peso total(gramos): Valor declarado total:

Lote No.

3342582

Referencia del Lote:

OFICIO NRO. 4050-2017. CASO NRO. 1098-11-EP.

INFORMACIÓNDE RECEPCIÓN Y ENTREGA

Firma del CLIENTE: Firma del CARTERO CDE EPÍ

Servicios adicionales:

Fecha de recogida (DD/MM/AAAA):

Hora de recogida (24h00):

Total de envíos recibidos:

ADMISIÓN CDE EP

Responsable de Ventanilla: Responsable de Admisión: TOTAL DE ENVÍOS LOCALES:

TOTAL DE ENVÍOS NACIONALES

TRAYECTO 1:

TOTAL DE ENVÍOS NACIONALES

TRAYECTO 2:

Para consultas o requerimientos comuniqúese al: 1700 CORREO (267 736) / Email:[email protected]

CDE-OPE-FR022

Page 15: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

CorteConstitucionaldel ecuador

Quito D. M., 22 de junio de 2017.Oficio Nro. 4051-CCE-SG-NOT-2017

Señorjuez

JUZGADO TERCERO DE GARANTÍAS PENALES DE LOJACiudad.-

De mi consideración:

Para los fines legales pertinentes, adjunto una copia certificada del Auto en fase deseguimiento de 15 de junio de 2017, emitido dentro de la acción extraordinaria deprotección Nro. 1098-11-EP, presentada por el alcalde y procuradora sindica delMunicipio deLoja.

Atentamente,

Chamorro

ítario General

'Anexo: lo indicado

JPCh/AFM

&>->-*J Corte*'-VJ Constitucional

\l DH. ECUADOR

SECRETARÍAGENERAL

._J

Page 16: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

GUlADEENVÍOS

Pa-a ™su„as . rumien,,» cor™„(quese * ,700 C0F„ 1LU ^ ^ ;^ ^^^^CDE-OPE-FR013

Page 17: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

£%^g^^»

Nombre del Cliente:

Servicio:

EMS

22 | 06 | 2017

ORDEN DE TRABAJO

Usuario:

marlene mendieta iDiniiuMiiiiiiiiiniiiiiiiiiHoras

15Minutos

15

INFORMACIÓN DE ORIGEN

CORTE CONSTITUCIONAL

EN-13424-2017-06-14620937

Número de Identificación: Tipo de Identificación:

1760001980001

Provincia:RUC

Ciudad/Cantón: Parroquia:

PICHINCHA QUITO

Dirección:

AV. 12 DE OCTUBRE N16-114 YPASAJE NICOLÁS JIMÉNEZ FRENTE AL PARQUE EL ARBOLITO

Referencia:

Teléfonos:

Total de envíos:

E-mail:

INFORMACIÓN DE ENVÍ[email protected]

Servicios adicionales:Peso total(gramos): Valor declarado total:

Lote No.

3342510Referencia del Lote:

Firma del CLIENTE:

Responsable de Ventanilla:

OFICIO NRO. 4051-2017. CASO NRO. 1098-11-EP.

Firma del CARTERO CDE EP:

INFORMACIÓN DERECEPCIÓN Y ENTREGA

ADMISIÓN CDE EP

Responsable de Admisión:

Fecha de recogida (DD/MM/AAAA):

Hora de recogida (24h00):

Total de envíos recibidos:

TOTAL DE ENVÍOS LOCALES:

TOTAL DE ENVÍOS NACIONALESTRAYECTO 1:

TOTAL DE ENVÍOS NACIONALESTRAYECTO 2:

Para consultas o requerimientos comuniqúese al: 1700 CORREO (267 736) / Email:[email protected]

CDE-OPE-FR022

Page 18: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

CorteConstitucionaldelecuador

Quito D. M., 22 de junio de 2017.Oficio Nro. 4052-CCE-SG-NOT-2017

Señores juecesTRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CON SEDE ENLA CIUDAD DE LOJA

Ciudad.-

De mi consideración:

Para los fines legales pertinentes, adjunto una copia certificada del Auto en fase deseguimiento de 15 de junio de 2017, emitido dentro de la acción extraordinaria deprotección Nro. 1098-11-EP, presentada por el alcalde y procuradora sindica delMunicipio de Loja.

Atentamente,

Pozo Chamorro

ícretario General

Anexo: lo indicado

JPCh/AFM

CorteConstitucionaldel ecuador

SECRETARÍAGENERAI

Page 19: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

deferencia:

GUlA DEENVlOS

=FRENTEALPAROUEEL , CALLE BOLÍVAR ENTRE ROCAFUERTE y,0 DE AGOSTO. ED,F PLAZA FEDERALTRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CON SEDE^LcSa

Refencia:

Teléfonos:

TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CON SEDE EN LOJAE-mail: [email protected]

Firma delempleado queaceptaelenvío:Teléfonos: 3703200 Ext: 75742E-mail

¡^•C™ « contenido: OFICIO NRO. ««.2-2017. CASO NRO. ,098-

Pa„ .onMa, oreherimientos comun,a,uese al: ,700 COHHlo ,2», /as, /Email: corpo,a,,olo,reo5deJado, Firma:

CDE-OPE-FR013

Page 20: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

Nombre del Cliente:

Servicio:

EMS

22 | 06 | 2017

ORDEN DE TRABAJO

Usuario:

marlene mendieta

15

Minutos

06

•iinuiiiiiiiiiiiiiiiiiiiinEN-13424-2017-06-14620866

INFORMACIÓN DE ORIGEN

CORTE CONSTITUCIONAL

Número de Identificación: Tipo de Identificación:

1760001980001 RUC

Provincia: Ciudad/Cantón: Parroquia:

PICHINCHA QUITO

Dirección:

AV. 12 DE OCTUBRE N16-114Y PASAJE NICOLÁS JIMÉNEZ FRENTE AL PARQUE ELARBOLITO

Referencia:

Teléfonos:

Total de envíos:

E-mail:

INFORMACIÓN DE ENVÍOS

mir¡[email protected]

Servicios adicionales:Peso total(gramos): Valor declarado total:

Lote No.

3342422

Referencia del Lote:

Firma del CLIENTE:

OFICIO NRO. 4052-2017. CASO NRO. 1098-11-EP.

Firma del CARTERO CDE EP:

INFORMACIÓN DE RECEPCIÓN Y ENTREGA

Fecha de recogida (DD/MM/AAAA):

J^^^Hora de recogida (24h00):

Total de envíos recibidos:

Responsable de Ventanilla:

ADMISIÓN CDE EP

Responsable de Admisión: TOTAL DE ENVÍOS LOCALES:

TOTAL DE ENVÍOS NACIONALES

TRAYECTO 1:

TOTAL DE ENVÍOS NACIONALES

TRAYECTO 2:

Paraconsultas o requerimientos comuniqúese al: 1700CORREO (267736)/ Email:[email protected]

CDE-OPE-FR022

Page 21: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

CorteConstitucionaldelecuador

Quito D. M, 22 de junio de 2017.Oficio Nro. 4053-CCE-SG-NOT-2017

Señora doctora

Paola Lazzarini

Coordinadora general defensorial zonal 7DEFENSORÍA DEL PUEBLOCiudad.-

De mi consideración:

Para los fines legales pertinentes, adjunto una copia certificada del Auto en fase deseguimiento de 15 de junio de 2017, emitido dentro de la acción extraordinaria deprotección Nro. 1098-11-EP, presentada por el alcalde y procuradora sindica delMunicipio de Loja.

Adicionalmente, remito un CD que comprende el documento complementario de laobra "Desarrollo Jurisprudencial de la Primera Corte Constitucional", conforme lodispuesto en el auto referido.

Atentamente,

Jajjg^Pozo Chamorroretario General

Anexo: lo indicado

JPCh/AFM

CorteCoNSTITUCIONiUDEL ECUADOR

SFXRETARIAGENERAL

Page 22: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

£3kServicio: EMS

GUlA DE ENVlOS

Usuario:

marlene mendieta

Fecha:2017-06-22

Orden de trabajoEN-13424-2017-06-14621059

REMITENTE

hombre:

CORTE CONSTITUCIONAL

Número de Identificación:

1760001980001

Provincia:

PICHINCHA

Dirección:

Ciudad/Cantón:

QUITO

Código Cliente:13424

Tipo de identificación:

RUC

Parroquia:

AV. 12 DE OCTUBRE N16-114 YPASAJE NICOLÁS JIMÉNEZ FRENTE AL PARQUE ELARBOLITO

Referencia:

Teléfonos: E-mail: [email protected]

Descripción delcontenido: OFICIO NRO. 4053-2017. CASO NRO 1098-'1-EP.

Firmadel empleadoque acepta el envío:

Hora: 15:24:44

EN661007255ECDESTINATARIO

Nombre:

COORDINADORA GENERAL DEFENSORIAL ZONAL 7DEFENSORÍA DEL PUEBLONúmero de Identificación:

Provincia:

LOJA

Dirección:

AV. ORILLAS DEL ZAMORA 0380 YBRACAMOROS DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Refencia:

Teléfonos: 07 25 72 022

Ciudad/Cantón:

LOJA

Tipo de identificación:

Parroquia:

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

E-mail:

Para consullas orequerimientos comuniqúese al: 1700 CORREO (267 736) / Email: corporat¡vo¿correosdelecuador.oob.Firma:

CDE-OPE-FR013

Page 23: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

Servicio:

EMS

ORDEN DE TRABAJO

Usuario:

marlene mendieta

22 | 06 | 2017Horas

Hor. 15Minutos

26EN-13424-2017-06-14621059

INFORMACIÓN DE ORIGEN

Nombre del Cliente:

CORTE CONSTITUCIONAL

Número de Identificación: Tipo de Identificación:

1760001980001 RUC

Provincia: Ciudad/Cantón: Parroquia:

PICHINCHA QUITO

Dirección:

AV. 12 DE OCTUBRE N16-114 Y PASAJE NICOLÁS JIMÉNEZ FRENTE AL PARQUE EL ARBOLITO

Referencia:

Teléfonos: E-mail:

[email protected]

Servicios adicionales:

INFORMACIÓN DE ENVÍOS

Total de envíos:

1

Peso total(gramos): Valor declarado total:

Lote No.

3342652

Referencia del Lote:

OFICIO NRO. 4053-2017. CASO NRO. 1098-11-EP.

INFORMACIÓN DE RECEPCIÓN Y ENTREGA

Firma del CLIENTE: Firma del CARTERO CDE E Fecha de recogida (DD/MM/AAAA):

Hora de recogida (24h00):

Total de envíos recibidos:

ADMISIÓN CDE EP

Responsable de Ventanilla: Responsable de Admisión: TOTAL DE ENVÍOS LOCALES:

TOTAL DE ENVÍOS NACIONALES

TRAYECTO 1:

TOTAL DE ENVÍOS NACIONALES

TRAYECTO 2:

Para consultas o requerimientos comuniqúese al: 1700 CORREO (267 736) / Email:[email protected]

CDE-OPE-FR022

Page 24: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

CorteConstitucionaldel ecuador

Quito D. M., 22 de junio de 2017.Oficio Nro. 4056-CCE-SG-NOT-2017

Señor doctor

Gustavo Jalkh Roben

Presidente

CONSEJO DE LA JUDICATURA

Ciudad.-

CCr.Sl"ja DE US

JUDICATURA^»m s- ccr.si

TRAMITE EXTERNO:

SOLICITANTE:

RAZÓN SOCIAL:

FECHA DE RECEPCIÓN:

ANEXO:

NRO. DOCUMENTO:

INGRESADO POR:

CJ-EXT.2017.1B464

POZO CHAMORRO JAIME

CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR

Quito,23/06/2017 11 58 39

TOTAL 4 FOJAS

4056-CCE-SG-NOT-2017

herlinda menendez

Revise el estado del trámite enhtlp //wwwrunciomudlcial Qob.ee/oolesscllenfConsultarTrarrite seam

De mi consideración:

Para los fines legales pertinentes, adjunto una copia certificada del Auto en fase deseguimiento de 15 de junio de 2017, emitido dentro de la acción extraordinaria deprotección Nro. 1098-11-EP, presentada por el alcalde y procuradora sindica delMunicipio de Loja.

Atentamente,

ozo Chamorro

etario General

Anexo: lo indicado

JPCh/AFM

¿"^Corte'^sü Constitucional

'<i DE¡. ECUADOR

SECRETARÍAGENERAL

Page 25: Corte Constitucionalportal.corteconstitucional.gob.ec/Raiz/2016/390-16-SEP-CC/15-06... · restitución del derecho, contenidas en los numerales 3.1 y 3.2 de la sentencia N.° 390-16-SEP-CC,relativas

^</r,es fon;«ecaOe;

Panado

nto:

el:

os acf/"otos;

Andires

juevesF°nSi

22 deJunioaseso,r¡ajUl de 2017SBgsaag*

W tacheta

níSSíTSUWa