corporativismo y caudillismo en el marco de la pastoral cristiana

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Corporativismo y caudillismo en el marco de la pastoral cristiana. Una aproximación al populismo. En este trabajo intentaré tematizar la relación entre caudillismo y corporativismo para dejar planteadas sus implicancias sobre el populismo. Primeramente debo señalar dos aspectos que creo pueden resultar originales a la hora de plantear el punto de vista que voy a desarrollar y que por lo tanto es necesario traerlos a primer plano. El primer rasgo académico del que me aparto es el que sostiene que tanto el populismo como el caudillismo son fenómenos específicos de América latina y que no reconocen por su originalidad y singularidad antecedentes históricos con los que identificarse. Metodología que pretende imponer un rasgo de autonomía a dichas entidades que responderían a causas autóctonas diferentes y ajenas a cualquier criterio interpretativo tradicional, circunstancia que lejos de ahondar en la interpretación de sus posibles causas los deja más bien con la legitimación de las imposiciones naturales (la “realidad” de las cosas) o inmersos en el contexto del realismo mágico. Por el contrario, sirviéndonos del análisis que hace Foucault, tendremos a la vista la pastoral cristiana con su régimen ecuménico de obediencia por encima o por fuera de la ley y, de su propio acervo, las formaciones corporativas medievales. Formaciones que como administraciones del poder tienen que ver con estructuras económicas de producción precapitalistas o de un capitalismo arcaico. (Téngase a la vista la reciente presentación de Cristina Fernández en la reunión del G 20 abogando por un neomercantilismo que ponga freno a lo que denominó el capitalismo anarco financiero).

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Corporativismo y caudillismo en el marco de la pastoral cristiana.

Una aproximación al populismo.

En este trabajo intentaré tematizar la relación entre caudillismo y corporativismo para dejar planteadas sus implicancias sobre el populismo.Primeramente debo señalar dos aspectos que creo pueden resultar originales a la hora de plantear el punto de vista que voy a desarrollar y que por lo tanto es necesario traerlos a primer plano.El primer rasgo académico del que me aparto es el que sostiene que tanto el populismo como el caudillismo son fenómenos específicos de América latina y que no reconocen por su originalidad y singularidad antecedentes históricos con los que identificarse. Metodología que pretende imponer un rasgo de autonomía a dichas entidades que responderían a causas autóctonas diferentes y ajenas a cualquier criterio interpretativo tradicional, circunstancia que lejos de ahondar en la interpretación de sus posibles causas los deja más bien con la legitimación de las imposiciones naturales (la “realidad” de las cosas) o inmersos en el contexto del realismo mágico.Por el contrario, sirviéndonos del análisis que hace Foucault, tendremos a la vista la pastoral cristiana con su régimen ecuménico de obediencia por encima o por fuera de la ley y, de su propio acervo, las formaciones corporativas medievales. Formaciones que como administraciones del poder tienen que ver con estructuras económicas de producción precapitalistas o de un capitalismo arcaico. (Téngase a la vista la reciente presentación de Cristina Fernández en la reunión del G 20 abogando por un neomercantilismo que ponga freno a lo que denominó el capitalismo anarco financiero).La otra perspectiva que no se condice con el andamiaje interpretativo institucionalizado es la que me permite señalar que el liberalismo no es la forma de gobierno por la que bregaría el corporativismo (si desde ya anticipamos que lo que se identifica académicamente como elite oligárquica en realidad no es más que la expresión de un sector económico que aspira a la absoluta discrecionalidad de sus intereses,  por lo tanto, más que como una clase social debe ser identificada como expresión del corporativismo). Por el contrario el liberalismo debe ser interpretado como la expresión de la civilidad burguesa que aspira a la autonomía de la voluntad en contra de la ominosa presencia del régimen económico que obtura toda diversidad de la matriz productiva. (En este sentido basta con considerar que la intelectualidad ilustrada que postula la institucionalización de la forma republicana no integra el andamiaje caudillo/corporación sino que societariamente es representante de otras inquietudes políticas y sociales… Sarmiento, Alberdi son hijos de comerciantes de la ciudad. Y este fenómeno no cesará de reproducirse.)Con este esquema revisaremos alguna noción de la pastoral cristiana, algunos rasgos del corporativismo y la caracterización del caudillismo.

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La pastoral cristianaCuando Foucault dice “Creo que con esta institucionalización de una religión como Iglesia se forma un dispositivo de poder sin paralelo en ningún otro lugar…” uno está tentado de hacer llegar la isomorfía de la Iglesia y la pastoral cristiana al modelo del Movimiento como organización soberana que gobierna las conductas y la cotidianeidad de los individuos.Pero no vayamos tan lejos. En lo que nos interesa, este tipo de dispositivo de poder se caracteriza por la preeminencia del gobierno sobre la soberanía y la disciplina. Se trata de tácticas de gobierno que deciden y definen lo que es la órbita del Estado.Este es un rasgo a destacar… cierta crítica al orden capitalista se basa justamente en la asociación de la noción de Estado con el orden gubernamental republicano liberal. Sin embargo Foucault ya nos advierte que no se trata del análisis del Estado en sí mismo sino de observar aquellas técnicas de gobierno que advienen y definen la forma del Estado. En cierto sentido lo que queremos destacar es que el corporativismo preexistente a la república hace propia como formalidad las instituciones republicanas y que no son éstas las que prevalecen sino el orden de gubernamentabilidad sustentado en otras prácticas y condiciones de posibilidad, como serán el propio orden económico y la instalación de la obediencia a través de la violencia y el terror.Haremos una breve reseña de las características que describe Foucault con la sencilla intención de dejar tácitamente aludidas algunas identidades con nuestra idiosincrasia.Dirá Foucault que el poder pastoral se define por la benevolencia y la noción de salvación. La pastoral supone un régimen de subordinación. Un poder pastoral es un poder ejercido sobre una multiplicidad, es un poder que guía a una meta y sirve de intermediario.(no podemos evitar señalar las resonancias con los conceptos de Laclau sobre el rol de las cadenas equivalenciales y del líder como vehículo de las demandas)La idea de un poder pastoral se introdujo en Occidente a través de la iglesia cristiana que expresó las formas más creativas, más conquistadora, más arrogante, la más sangrienta y desplegó las mayores violencias y esto hizo que durante milenios el hombre occidental se haya considerado como una oveja y a pedir su salvación a un pastor se que se sacrificara por él.Foucault hace jugar la noción de la pastoral cristiana en contraposición a la idea griega del gobierno de si. Lo que otra vez nos sugiere una interesante comparación con la tensión entre la autonomía de la voluntad por la que se esfuerza la intelectualidad (empezando por Moreno, siguiendo por la generación del ´37, el ´80, el Yrigoyenismo, la Reforma Universitaria y aún…) y el régimen económico aciago que impone el esquema agroexportador diseñado y consolidado por el federalismo rosista.Esta ponderación le permite a Foucault exhibir la tensión entre el régimen pastoral caracterizado por la prescripción que ordena otro y el gobierno de sí. Abundará Foucault en destacar que el griego sólo cede su autonomía o se entrega a la dirección de otro al sólo efecto de correcciones, inspecciones de

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conciencia o entrenamientos que tienen por finalidad alcanzar un gobierno de si. La pastoral cristiana en cambio tiene un modelo de individualización que implica la destrucción del yo.La pastoral cristiana, la Iglesia, ponía en funcionamiento el arte de enseñar a la gente a dejarse gobernar por otros, la pastoral cristiana replica el modo obediente. La pastoral supone una intervención permanente en la conducta cotidiana para el manejo de la vida, de los bienes, las riquezas, las cosas, concierne a los individuos y también a la comunidad. La pastoral cristiana pone en juego una red institucional densa, (una organización verticalista con estratos burocratizantes).El pastorado no coincide con ninguna política, ni con una pedagogía ni con una retórica, es un arte de gobernar a los hombres que de algún modo trasciende a la política; la política es en cambio un ámbito también sometido a la propia pastoral, el arte de gubernamentabilidad se convierte en una política calculada y meditada cuando se apropia de este espacio de intervención política como modo de intervención en la vida de los hombres. “el pastorado produjo todo un arte de conducir, dirigir, encauzar, guiar, llevar de la mano, manipular a los hombres, un arte de seguirlos y moverlos paso a paso, un arte cuya función es tomarlos a cargo colectiva e individualmente a lo largo de toda su vida y en cada momento de su existencia.”(pg 192) Bajo el régimen de la obediencia no hay ámbito para la libertad, ni mucho menos para la autonomía de la voluntad. Lo que no está legislado no es que esté permitido, por el contrario está tácitamente prohibido (franca tensión con el principio jurídico liberal… todo aquello que no está expresamente prohibido está permitido).Las pruebas a que es sometido el régimen de la obediencia son elocuentes: la de la irreflexión, la del absurdo o aún la de ruptura de la ley ponen de manifiesto el extremo de sumisión de la voluntad o de cualquier actitud racionalmente crítica. En el régimen de obediencia se cancela toda finalidad o instrumentalidad del comportamiento constituyendo una obediencia que se legitima en sí misma y por sí misma y en el renunciamiento a la voluntad (toda voluntad propia es mala voluntad) que alcanza su consagración en el deseo de ser mandado por otro.El pastor no es el hombre de la ley y la vinculación del hombre con quien lo dirige es una relación de dependencia integral: sometimiento, sumisión de un individuo a otro:“el principio fundamental de que la obediencia, para un cristiano, no significa obedecer una ley, obedecer un principio, obedecer en función de la un elemento racional cualquiera; es ponerse por entero bajo la dependencia de alguien porque es alguien.” (pg 207).También observamos el carácter verticalista del mandato pastoral… quien manda también obedece, no manda por su voluntad sino solamente porque se le ha dado la orden de hacerlo.

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Por último, en lo que respecta a la verdad ésta deberá ser enseñada, vinculada a cierto aspecto pedagógico que incumbe al pastor como ejemplo de vida y que está dirigida no sólo a la conducta cotidiana sino a una dirección de conciencia que viene a operar en un nivel por encima de la autonomía de la voluntad en condiciones de obligatoriedad permanente que se manifiesta expresamente en las prácticas confesionales que conforman un instrumento estricto de dependencia.De este modo Foucault ha puesto en evidencia que lo que caracteriza al pastorado cristiano es que acaba por constituir una forma de poder que instaura una forma de obediencia exhaustiva, individual y permanente que introduce una técnica de poder que consiste en el examen de si y de los otros a través de una verdad íntima y secreta. Una técnica de poder que parte de una identificación analítica del estatus de individuación, que rechaza el dominio de sí y excluye al yo para instituir una red de servidumbres: individuación por sujeción a una verdad íntima y secreta.Esta subjetividad constituida a través del pastorado, sujeta a la obediencia, es la propia de la modernidad occidental y ha conformado uno de los modos de poder en nuestras sociedades del cual aún no hemos podido liberarnos.La instauración en definitiva de un orden de poder que cancela la política en términos de práctica entre iguales, toda vez que el consenso, requisito indispensable, como manifestación del libre ejercicio de la voluntad y de la ley ha quedado enervado, inhibido y condicionado por la intervención de otro que expresamente instituye la inhibición de la voluntad (que como dijimos es el requisito apriorístico de todo consenso).Con esto se ha pretendido ilustrar que la institucionalización de un régimen de obediencia como primer elemento necesario para la conformación de todo orden no es un rasgo original… reconoce en cambio este claro antecedente en la pastoral cristiana con rasgos de identidad elocuentes que no sólo supone el disciplinamiento sino la imposición de un régimen y de un orden superior al que someterse. Un orden trascendental que exonera (porque dispensa del ejercicio de la responsabilidad cívica) y condena toda práctica de la voluntad. Un orden disciplinario y de obediencia que está por encima de la ley y que apunta al gobierno de la comunidad en todos sus aspectos para lograr la salvación.

El corporativismoNuestra observación está dirigida a destacar que la organización corporativa en nuestro país ha sido anterior a la conformación del tipo de gobierno, o que en todo caso la organización republicana amaneció condicionada y determinada por el orden corporativo que ejercía la hegemonía de la estructura económica y la contabilidad aduanera.Las consideraciones sobre el corporativismo no dejan de actualizarse y suponen una incesante restauración, por ejemplo, en lo concerniente a la supervivencia de las democracias en América latina. De todas maneras en sus aspectos elementales el corporativismo está asociado a una fuerte presencia

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del Estado en lo que atañe a la dirección de todos los aspectos de la sociedad. El corporativismo es esencialmente considerado como el mecanismo de mediación y articulación de las demandas ante el Estado, como un medio institucionalizado para influir sobre las políticas públicas y aún como un medio de control sobre la ciudadanía en general. Quizás nos resulte particularmente relevante este último aspecto en lo que atañe  a las relaciones entre la sociedad civil y el Estado y sus implicancias antidemocráticas.Antes de adentrarnos en otros pormenores, esta caracterización como práctica antidemocrática, queda habilitada en tanto y en cuanto las prácticas corporativas tienen un régimen estamentario y burocrático que desdeña el rasgo esencial de la práctica democrática en lo que concierne al respeto y la representación de las diferencias y de las minorías.En su perfil antidemocrático el corporativismo estatal es excluyente a partir del monopolio de las representaciones que ejerce; deja afuera o subsume a las minorías y a las demandas en un conglomerado amalgamado por el líder que es el medio o mediador que da forma a los reclamos siempre dentro de la órbita de los intereses y de la agenda que prescribe el Estado. Pero particularmente viola el principio de igualdad que debería regir el orden político. La política es un ejercicio que se practica entre iguales y la estructura burocratizante y verticalista que impone el corporativismo va en desmedro de esta igualdad: la interacción entre el Estado y los sectores demandantes nunca está en condiciones de igualdad ni reciprocidad. Ni mucho menos lo están las relaciones que se establecen entre el orden económico y la civilidad.La doctrina intenta analizar el corporativismo a partir de estrictos criterios, las mismas diferencias conceptuales llevan a  discriminar entre corporativismos dirigistas o fascistas o corporativismos estatales o sociales, aunque casi siempre dejando de lado la preexistencia de este tipo de organizaciones y considerándolas como emergentes modernos de las condiciones de gubernamentabilidad.Tradicionalmente ajeno a la institucionalización estatal, las formas corporativas no estaban reconocidas ni previstas por el orden democrático constitucional, eran de un orden meramente fáctico pero fueron adquiriendo reconocimiento institucional al ser incorporadas al régimen de formulación de políticas públicas.Hoy se reconocen diversas formas de corporativismo de Estado, con mayor o menor éxito en lo que respecta a la performance económica de los países en los que se lleva adelante. Aún en democracias europeas encontramos formaciones corporativas estatales o sociales que ostentan un estándar de éxito (Austria, Dinamarca, Noruega, Suecia, Suiza).El corporativismo social se localiza en sistemas políticos avanzados sobre la base de autonomías regionales y sistemas ideológicamente plurales y es correlativo de sociedades capitalistas avanzadas, democráticamente estables y bien organizadas; en tanto el corporativismo de Estado parece ser un elemento definitorio de un orden neomercantilista, antiliberal y autoritario en sociedades de capitalismo retrasado. De tal modo que la transición a un modo

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de corporativismo social parece estar condicionada por una tradición antiliberal, o dicho de otro modo, las condiciones de posibilidad de un estado de bienestar sólo están dadas a partir de un desarrollo superior de las matrices productivas y del desarrollo económico de un país y no a partir de la cooptación, represión o dominación.Por su parte el corporativismo fascista tiene sus propias razones de ser, surge de las necesidades planteadas en la transición de un modo de producción agrícola a uno industrial y de la necesidad de control sobre la población y sobre la expansión de la ciudadanía y, naturalmente, es fácilmente asimilable a determinados momentos de la historia argentina: las corporaciones como órganos del Estado, basado en una perspectiva nacionalista y sumisión de los intereses particulares al desarrollo económico.Pero analizar el corporativismo en este sentido, aunque en muchos aspectos es revelador, margina el análisis de su genealogía distorsionando sus condiciones de posibilidad. La razón corporativa es preexistente y está insita en la idiosincrasia nacional por un determinismo económico y estructural ideológicamente instruido por el colonialismo y sus herramientas heredadas de  la Iglesia católica.De todas maneras, a nuestros intereses, sin necesidad de adentrarnos en consideraciones académicas que intentan establecer diferentes criterios de análisis y por lo tanto definir conceptos teóricos que postulan entidades ad hoc, lo relevante es destacar una estructura corporativa que es anterior al orden republicano y por lo tanto queda fuera de esta categorización academicista que las considera como una formación novedosa a partir de la instauración republicana. El orden corporativo como organización económica reconoce antecedentes que lo pueden identificar y anticipar al orden republicano. De tal modo que las tensiones que se establecen entre uno y otro, entre el Estado liberal y el orden económico corporativo son decisivas a la hora de la conformación institucional.Estas formas son herederas de una alineación que ideológicamente ya estaba determinada por cierta cosmovisión del mundo. De este modo lo que tratamos de hacer es evitar la discusión a cerca del corporativismo como institución, sus pretendidas justificaciones o negatividades, para establecer en qué marco y bajo qué condiciones de posibilidad este tipo de organizaciones son preexistentes al orden republicano y no son, por el contrario, un recurso a posteriori, una manera de hacer política, si no que son las propias formas supervivientes del orden colonial las que persisten y condicionan el despliegue de la república liberal en el marco de la confrontación entre la autonomía de la voluntad y la heteronomía económica.En general adhiero a las interpretaciones que reconocen en el corporativismo latinoameriano una herencia de la península ibérica y en particular del ordenamiento conformado a partir del régimen que organizara la Iglesia católica. Aunadas al clientelismo, las formaciones corporativas son un eslabón específico del orden colonial.

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El corporativismo fue propuesto por primera vez en la encíclica Rerum Novarum por el Papa León XIII (1891) como respuesta ideológica a las críticas del capitalismo y para promover la creación de sindicatos con la venia de la Iglesia en oposición a los marxistas y anarquistas, y se hizo popular como recurso para disponer dispositivos de control social que gerenciaran el cambio de perfil productivo. En 1881, el papa León XIII encargó a teólogos y pensadores sociales el estudio del corporativismo y proveer una definición para el mismo. En1884, en Friburgo de Brisgovia, la comisión declaró que el corporativismo era un sistema de organización social que tiene como su base la agrupación de hombres, de acuerdo a la comunidad de intereses naturales y funciones sociales, y que, como órganos verdaderos y adecuados del Estado, dirigen y coordinan el trabajo y el capital en los asuntos de interés común.Pero esta reactualización reconoce antecedentes propios de la Iglesia católica. El corporativismo cristiano es rastreado hasta el Nuevo Testamento, en la Primera Epístola a los Corintios (12:12-31), donde Pablo de Tarso habla de una forma orgánica de política y sociedad y todo el pueblo y los componentes están unificados funcionalmente al igual que el cuerpo humano.Durante la Edad Media, la Iglesia católica promovió y patrocinó la creación de varias instituciones, incluyendo cofradías, monasterios y órdenes religiosas, así como asociaciones militares, especialmente durante las Cruzadas, para establecer una conexión entre estos grupos. En Italia se crearon varias instituciones y grupos basados en la función, tales como universidades, gremios para artesanos y otras asociaciones profesionales. La creación de los gremios es un aspecto particularmente importante en la historia del corporativismo debido a que involucró la asignación del poder necesario para regular el comercio y los precios, lo que es un aspecto importante de los modelos económicos corporativistas de administración económica y colaboración de clases. Nos queda como remedo el modelo que inspiró a Durkheim.En general se ha caracterizado al corporativismo como aquel proceso que incorpora al proceso de formulación de políticas públicas , como factor de poder, los grupos de interés que pugnan por definir en su propio beneficio dicha orientación. En el caso argentino la fundación del Estado Nación se basó estrictamente en este mecanismo, al punto de que Estado y grupo de presión confundieron su propia estructura.De modo general podemos definir una situación corporativa toda vez que existe una relación de dependencia entre las organizaciones que representan intereses económicos específicos y el Estado. Al respecto y a modo de circunscribirnos a una definición más académica tomamos la que propone Schmitter citado por Jorge Mario Audelo Cruz en su trabajo “Sobre el concepto de corporativismo: una revisión en el contexto político mexicano actual”:“Sistema de representación (o intermediación) de intereses en el cual, las partes constitutitas están organizadas dentro de un número limitado de categorías singulares, obligatorias, jerárquicamente ordenadas y

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funcionalmente diferenciadas, reconocidas o autorizadas (si no creadas) por el Estado, a las que se les concede un deliberado monopolio de representación, dentro de sus respectivas categorías, a cambio de seguir ciertos controles en su selección de líderes y articulación de demandas y apoyos”Lo acuerdos corporativos representan una seria amenaza a la democracia. El corporativismo estatal que está vigente en Latinoamérica dista mucho de aquellos “paraísos sociales” enmarcados en la órbita del estado de bienestar; en tanto es heredero de un orden autoritario (dictaduras, regímenes de partido único o prácticas disolutorias de los partidos políticos) todos los estamentos aparecen rígida y burocráticamente subordinados al poder central, privilegiando el predominio estatal y disminuyendo o manteniendo bajo control la fuerza de los proyectos de la sociedad civil. La supeditación y el control de los trabajadores (y de la ciudadanía en general) es el objetivo fundamental que define este sistema de relaciones que emplea en muchos casos la coerción o la violencia (como ha sido el caso del régimen rosista y de los caudillos en general)Lo que nos interesó destacar es la particularidad que el corporativismo en nuestro país no surge frente a una necesidad de gubernamentabilidad, es por el contrario en sí mismo, la condición de gubernamentabilidad que se explicita bajo el régimen del caudillaje federal, una alianza de intereses con un brazo militar aunado a prácticas de clientelismo y corrupción, bajo la tutela del terror y la violencia. Es ante esto que la civilidad reclama los cambios liberales.

CaudillismoHemos considerado la pastoral cristiana en lo que atañe a la imposición de la obediencia y hemos repasado el surgimiento del corporativismo como dispositivo de gestión económica alentado por la propia Iglesia católica. Lo que nos queda por considerar entonces es la forma de gobierno que adquiere la estructura económica. Asegurar la obediencia aunada al corporativismo remata en la forma del caudillismo.No nos extenderemos en la caracterización del caudillismo. Señalaremos que para Lynch, Rosas encarna un modelo típico de caudillo: un líder sostenido por el orden económico, aliado a la clase o perteneciente a la misma, con un proyecto político y apoyo o reconocimiento popular.Propio del carácter del caudillo es no poder someterse a un orden, son por el contrario constructores de su propio orden, particularidad que nos anticipa un perfil despóstico que se instituye por encima del orden de legitimación legal y democrático .Lynch nos propone una tesis sobre la continuidad, a partir  del caudillo, hacia el presidencialismo personalista, el populismo y las formas de clientelismo edificadas a partir del corporativismo. Sin embargo insiste en presentar la figura del caudillo con un perfil de singularidad en tanto no está presente en el ámbito estrictamente colonial. En este sentido creo que ello depende del nivel

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del registro en que se haga el análisis porque, si bien es un dato histórico inobjetable que no existe la figura del caudillo bajo el régimen virreinal, esto es así en tanto el caudillo es una forma de gobierno que justamente vendrá a sustituir al orden monárquico virreinal. El caudillo no es un personaje surgido para enfrentar un poder e instalar otra forma diferente, por el contrario vendrá a apropiarse de las mismas tácticas y dispositivos de gobierno. El carácter autónomo y absolutista, centralista, dictatorial, la hegemonización de la violencia y de las demandas, la discrecionalidad sobre el reparto de tierras, son caracteres compartidos por ambos regímenes y difíciles de soslayar como para no reconocer la continuidad que los identifica. Naturalmente el caudillo es la figura emergente de un nuevo orden económico pero este nuevo orden económico no improvisa ni introduce novedad alguna en el registro de las técnicas de poder. Incluso resultará, al igual que el régimen colonial, opositor de las tendencias liberales. Al igual que el virrey el caudillo actúa como un unicato, decide con discrecionalidad a partir de un mandato soberano que está por encima de cualquier cuestionamiento democrático o racional y fundamentalmente opera como mediador entre la civilidad (a quien se trata de subsumir y reconducir) y los intereses del “Estado” que expresan los principios de obediencia y destino predeterminados por la estructura económica. Pero si hay un rasgo que termina por identificar la continuidad de las técnicas de gobierno entre el colonialismo y el caudillismo es la oposición a la modernización que supone, entre otras cosas, no sólo la postergación de todo lo que implicaba la revolución industrial y el desarrollo del capitalismo (de lo que fue España una de las primeras víctimas) sino la oposición a las exigencias de participación política que identifica a ambos regímenes como déspotas.Así pues, desde luego que no preexisten caudillos, pero preexisten las tácticas de gobierno que resultan adecuadas a la estructura económica y por consiguiente a la propia matriz corporativista: proteccionismo, antiliberalismo, monopolio y oligopolio que conforman las herramientas de confrontación al libre comercio, la diversidad, la ley democrática y sobre todo a la autonomía de la voluntad.       Por otra parte otro rasgo decisivo es el recurso a la violencia y el terror. Este carácter es manifiestamente puesto de relieve no sólo por Lynch sino, ya en su época, por Sarmiento cuando ilustra a Quiroga y también cuando analiza el régimen de Rosas. Una condición previa a la instauración republicana es asegurar la disciplina en contra de la anarquía y el desorden; personalismo y violencia ocupan el lugar de la ley a la vez que suponen un protectorado para el subordinado y los recursos locales.Para nuestra tesis el terrorismo de Estado ejercitado por el caudillismo representa no sólo el brazo armado del régimen corporativo sino la condición de posibilidad de la gubernamentabilidad. La instalación de la obediencia que para Sarmiento representa la piedra angular de la revolución por venir.

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ConclusionesLa organización del Estado Nación inspirada en una tradición antidemocrática que implicaba desconfianza en las instituciones y  prefería un poder personalista que ofrecía mejores garantías para la consolidación y perpetuación del modelo, tiene, pues, estas columnas vertebrales: a) un régimen económico oligopólico que da forma a un Estado con su propia forma de gobierno, el caudillismo; y b) territorio y población subsumidos a un orden “metalegal” legitimado por la milicia  y la palabra soberana del caudillo que garantizan la obediencia y aseguraran la cohesión social para viabilizar y promover las condiciones de posibilidad del modelo productivo.La interpretación revisionista que brega por aunar la ideología liberal con el surgimiento de las oligarquías terratenientes desdeña el dato histórico de la concesión de tierras que practicaba el caudillo como pago de servicios y prebendas clientelísticas. Rosas comenzó la expansión de la frontera sur cuyas tierras terminó regalando a los oficiales y políticos que colaboraban con su régimen. Todos los caudillos oficiaban de terratenientes.La estructura del caudillismo perdurará aún dentro del orden constitucional, travistiéndose si se quiere, con la impostura de las formas republicanas para evolucionar hacia la forma de presidencialismo pero preservando sus razones corporativistas.El orden económico mercantilista consolidado según la relación cliente/patrón se perpetúa en las nuevas formas de gobierno sin que éstas puedan ni torcer ni corregir ese orden económico, para terminar de imponer un orden verticalista y burocratizante en detrimento de la participación democrática y del propio orden constitucional.El caudillismo, ensimismado en preservar, recrear y reciclar su estructura de poder, obtura cualquier emergencia de otras alternativas que puedan significar una amenaza a su soberanía. Es propio del celo del poder concentrado obturar cualquier variación en la matriz productiva.En este sentido lo decisivo no es la tenencia de la tierra, es el corporativismo. No es ni siquiera el modo de producción, sino que se trata de la perpetuación de un modo de gobierno basado en las formas heredadas de la pastoral cristiana: corporativismo y obediencia.Es imprescindible comprender que de ninguna manera el proyecto liberal podía estar vinculado a los intereses del oligopolio agroexportador. El liberalismo fue una declamación principista con poco sustento económico porque sólo era la expresión de unos incipientes intereses comerciales y de clase que bregaban por la autonomía de la voluntad y el reconocimiento de sus derechos civiles frente al avasallamiento que imponía el régimen corporativo.Si bien el proyecto liberal fue impulsado por la sociedad civil representada por una generación de jóvenes intelectuales, ésta no tuvo la fortaleza suficiente para mantener su autonomía y quedó constreñida y determinada por los intereses corporativos del hegemónico y oligopólico aparato productivo. El sistema de representación fue colonizado por el mismo sector que no sólo ostentaba razones de peso económico sino además una tradición de

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imposición por la fuerza. El sistema representativo cedió ante el orden piramidal y autoritario heredado del caudillaje y propio del orden corporativo definiendo como trascendente el orden presidencialista por sobre la división de poderes.El Estado al que da forma el orden corporativo nunca puede resultar liberal. Ello es francamente un contrasentido. El Estado es siempre una herramienta para consolidar y preservar un determinado orden económico que lo precede y, como venimos sosteniendo, ese orden preexistente nunca fue liberal, ni por sus principios ni mucho menos por la manera de organizarse, y ni tan siquiera por el determinismo de sus estructuras económicas.El caudillo fue el vehículo de la violencia como argumento decisivo para la instauración del Estado (el orden): quien hegemoniza la violencia (quien provee los fondos para solventar las milicias) decide cuáles serán aquellas verdades íntimas y secretas que regulen y dirijan a la comunidad hacia la meta de salvación por encima de cualquier orden legal o constitucional.Naturalmente este orden tampoco podía ser democrático, la democracia no sólo se basa en la disposición de un consenso libre, de elecciones y de voluntad popular, fundamentalmente se basa en una pluralidad de matrices productivas, tanto económicas como intelectuales y sociales.Nuestra mirada trató de concentrarse en el momento preciso de la formación del Estado, pero no podemos dejar de considerar las reverberaciones que nuestra interpretación trae aparejadas… resonancias que tienen su alcance hasta el análisis que emparenta el orden corporativo a los regímenes fascistas en los que la tradición interpretativa los asocia al surgimiento de un proceso de industrialización precario e incipiente, en sociedades emergentes  de un orden agrícola; como así también lo que supone que las organizaciones corporativas son órganos del Estado y están subordinas  a él con una  profunda raigambre nacionalista.Sin embargo estas características pueden ser tomadas como particularidades de determinado momento histórico mientras el corporativismo reconoce por su parte una tradición y una genealogía que lo precede. El corporativismo católico, las agremiaciones medievales… la militarización del orden religioso con las cruzadas… la inquisición… (como formas de terror y persecución del enemigo) son de manera grosera un esquema político que es adoptado por la estirpe del caudillo. Con esto quiero decir que la institucionalización de procesos de industrialización no son un carácter decisivo a la hora de definir el corporativismo… éste por el contrario está definido con anticipación por otros elementos como son la organización piramidal, el autoritarismo, el ejercicio de la violencia, la defensa de sus propios intereses, y el exterminio del enemigo.De lo presentado sacamos como conclusión que la forma de gobierno está definida por la estructura económica preexistente y que este orden es manifiestamente anterior al momento de institucionalización del Estado nación bajo la forma republicana y federal; y que esa forma de organización productiva no sólo impone la estructura de la sociedad en la que reproducirse

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sino que además dicha forma ya está condicionada por un dispositivo ideológico que la define en sus características y realizaciones.Hemos bosquejado la propuesta de analizar al caudillismo como forma de gobierno corporativa y oligopólica. Y asimismo hemos postulado que  la elite oligárquica terrateniente no puede ser identificada como la impulsora de un régimen republicano (en que momento Rosas por ejemplo se muestra partidario del libre comercio de las formas republicanas?).Dejamos pues planteada la misma pregunta que expresa Lynch “¿Qué significa populismo en este contexto?” Ciertas isomorfías entre el régimen del caudillo y el populismo en lo que atañe al carácter proteccionista, nacionalista, la apropiación de recursos, la preponderancia de un orden de legitimación que está por encima de la ley, el clientelismo y la estructura verticalista y finalmente burocratizada nos permiten postular la identidad corporativista y la continuidad del modelo de gubernamentabilidad que persevera en la postergación de la diversidad y en la proscripción de la autonomía de la voluntad en la forma del populismo.Al respecto traemos a colación las consideraciones de Laclau cuando define al populismo perfilado como un modo de participación política y una articulación de demandas a través de cadenas equivalenciales, porque está poniendo a la vista justamente el objeto de nuestra crítica en el sentido de obturar las demandas específicas, subsumiéndolas  a un régimen estamentario regido específicamente por los intereses definidos y acordados no por la voluntad y el consenso, sino por los arreglos de intereses económicos, decidido y definido por los factores de poder. En su hegemonización como monopolios de representación y en la misma hegemonización para influir en el desarrollo de políticas públicas, el populismo, a caballo del corporativismo, ostenta rasgos antidemocráticos y constrictivos de la voluntad.