copal

4
CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LOS SEÑORES BERNABE GARCIA ESTRADA Y SU ESPOSA LA SEÑORA GRISELA TREJO SANCHEZ, EN ADELANTE “LOS VENDEDORES” Y POR LA OTRA AGRIPINO ORTIZ VARGAS, EN LO SUCESIVO “EL COMPRADOR”. LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES Y CLÁUSULAS: ANTECEDENTES Declaran los VENDEDORES: A).- Que están casados bajo el Régimen de Sociedad Conyugal, como lo demuestran con su Acta de Matrimonio que se agrega al presente contrato como Anexo “A”. B).- Que consecuentemente son copropietarios por partes iguales del inmueble ubicado en Avenida Paseos de Lindavista Lote 7 Interior B-104, colonia Bahía El Copal, C.P. 54196, en el municipio de Tlalnepantla en Estado de México, con superficie de 47.88 m 2 cuarenta y siete punto ochenta y ocho metros cuadrados y el derecho de uso de cajón de estacionamiento número 41. Lo anterior lo acreditan con la escritura pública cuya copia entregan a la COMPRADORA a la firma del presente contrato, misma que quedó debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Federal en el Folio número 39993 de fecha 15 de abril de 2009. C).- Que el inmueble antes señalado se encuentra al corriente en el pago de su Impuesto Predial, Derechos por consumo de agua y energía eléctrica, lo que demuestran con las correspondientes boletas de las cuales entregan una copia al COMPRADOR. D).- Que el inmueble materia de la venta se encuentra libre de gravámenes, pero se han percatado de lo siguiente: a).- Que el inmueble se encuentra arrendado con plazo de término de contrato para el día 31 de marzo del año 2016, fecha en la cual se iniciarán trámites para la compraventa del inmueble. Declara el COMPRADOR: A) Contar con la capacidad suficiente para la realización del acto jurídico consignado en el presente documento. 1

Upload: tu-jefa

Post on 18-Feb-2016

230 views

Category:

Documents


2 download

TRANSCRIPT

Page 1: Copal

CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LOS SEÑORES BERNABE GARCIA ESTRADA Y SU ESPOSA LA SEÑORA GRISELA TREJO SANCHEZ, EN ADELANTE “LOS VENDEDORES” Y POR LA OTRA AGRIPINO ORTIZ VARGAS, EN LO SUCESIVO “EL COMPRADOR”. LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES

Declaran los VENDEDORES:

A).- Que están casados bajo el Régimen de Sociedad Conyugal, como lo demuestran con su Acta de Matrimonio que se agrega al presente contrato como Anexo “A”.

B).- Que consecuentemente son copropietarios por partes iguales del inmueble ubicado en Avenida Paseos de Lindavista Lote 7 Interior B-104, colonia Bahía El Copal, C.P. 54196, en el municipio de Tlalnepantla en Estado de México, con superficie de 47.88 m2 cuarenta y siete punto ochenta y ocho metros cuadrados y el derecho de uso de cajón de estacionamiento número 41. Lo anterior lo acreditan con la escritura pública cuya copia entregan a la COMPRADORA a la firma del presente contrato, misma que quedó debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Federal en el Folio número 39993 de fecha 15 de abril de 2009.

C).- Que el inmueble antes señalado se encuentra al corriente en el pago de su Impuesto Predial, Derechos por consumo de agua y energía eléctrica, lo que demuestran con las correspondientes boletas de las cuales entregan una copia al COMPRADOR.

D).- Que el inmueble materia de la venta se encuentra libre de gravámenes, pero se han percatado de lo siguiente:

a).- Que el inmueble se encuentra arrendado con plazo de término de contrato para el día 31 de marzo del año 2016, fecha en la cual se iniciarán trámites para la compraventa del inmueble.

Declara el COMPRADOR: A) Contar con la capacidad suficiente para la realización del acto jurídico consignado en el presente documento.

B) Que conoce el inmueble citado y que es su intensión comprarlo en los términos y condiciones en que se encuentra y que se establecen en el presente contrato.

Declaran AMBAS PARTES:

ÚNICO.- Estar conformes en realizar la presente venta y para reglamentarla se otorgan las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- Los VENDEDORES venden y el COMPRADOR adquiere Terreno y construcciones a que se refiere el inciso “B” del antecedente de este contrato.

1

Page 2: Copal

SEGUNDA.- El precio total de la operación se pacta en la suma $570,000.00 (Quinientos setenta Mil Pesos 00/100 M. N.) que se cubrirán de la siguiente forma:

A).- A la firma de este contrato el COMPRADOR pagara a los VENDEDORES la suma de $300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100M.N.), los cuales se dan por recibidos a su entera satisfacción de dicha cantidad sirviendo está cláusula como el recibo que en derecho más proteja al COMPRADOR.

B) La cantidad de $270,000.00 (DOSCIENTOS SETENTA MIL PESOS 00/100M.N.) que entregara el comprador a la protocolización del presente instrumento ante el Notario Público que las parte designen de común acuerdo.

Ambas partes estiman que el trámite de la referida protocolización del presente instrumento, se llevará a cabo en un lapso de treinta días hábiles, contados a partir del 31 de Marzo del 2016 con el respectivo compromiso para ambas partes de otorgar toda la documentación privada u oficial a su cargo, requerida para la realización del trámite en comentario.

Como consecuencia de lo anterior, cualquier siniestro o deterioro que sufra el inmueble a partir de la fecha de firma de la sesión de derechos ante notario, incluso por fuerza mayor o caso fortuito será responsabilidad y en perjuicio del COMPRADOR sin ninguna responsabilidad de los VENDEDORES. Igualmente cualquier modificación que sufra el peso mexicano respecto de su paridad con otras monedas extranjeras por ningún motivo podrá ser causa de que los VENDEDORES pretendan un ajuste en el precio del inmueble que ha quedado convenido entre las partes.

TERCERA.- Todos los gastos, derechos e impuestos que se generen con motivo de la formalización en escritura pública de la presente venta serán a cargo del COMPRADOR con excepción del Impuesto Sobre la Renta que será a cargo de los VENDEDORES.

CUARTA.- El COMPRADOR se reserva el derecho de que la escritura definitiva formalizando esta venta se haga a su nombre o a nombre de la persona física o moral que para tal efecto designe al momento de solicitar los servicios para formalizarla a su Notario.

QUINTA.- Hasta en tanto no se cubra la totalidad del precio pactado, LOS VENDEDORES se reservan el dominio sobre el inmueble materia de ésta operación.

SEXTA.- Para el caso de incumplimiento de cualquiera de las partes respecto de las obligaciones que asumen en este contrato, pagará a la afectada por dicho incumplimiento la suma de $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) y en el caso de los VENDEDORES, además deberán devolver a la COMPRADORA la cantidad que ésta última les ha pagado a la firma de este contrato cubriendo además un interés del 5% (cinco por ciento) mensual si no devuelven el anticipo recibido dentro de los 5 cinco días hábiles siguientes a aquel en que se les solicite la devolución por el incumplimiento en el que hayan incurrido.

SÉPTIMA.- Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten expresamente a las leyes y tribunales del Estado de México, lugar de ubicación del inmueble materia de esta venta, señalando como domicilios para recibir notificaciones los siguientes:

2

Page 3: Copal

El comprador

Los VENDEDORES Avenida Paseos de Lindavista Lote 7 Interior B-104, colonia Bahía El Copal, C.P. 54196, en el municipio de Tlalnepantla en Estado de México. El COMPRADOR Av. Paseos de Lindavista Lote 8 C104 fracc. Bahía El copal C.P. 54196 MUNICIPIO TLALNEPANTLA DE BAZ ESTADO DE MEXICO

Enterados del valor y fuerza legal del presente contrato y habiendo sido previamente asesorados para la firma del mismo por sus respectivos asesores legales, proceden a continuación a firmarlo de conformidad el día 17 de mayo de 2015.

LOS VENDEDORES

GRISELA TREJO SANCHEZ BERNABE GARCIA ESTRADA

EL COMPRADOR

AGRIPINO ORTIZ VARGAS

TESTIGOS

GRICELDA NOYOLA CARDENAS MARIA ELENA ESTRADA MORALES

3