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CONVOCATORIAS PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO SUPLEMENTO Ciudad Universitaria 7 de marzo de 2016

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CONVOCATORIAS PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES

ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

SUPLEMENTOCiudad Universitaria7 de marzo de 2016

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ÍNDICE DE CONVOCATORIAS

PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS FÍSICO MATEMÁTICAS Y DE LAS INGENIERÍAS DEL CONJUNTO DE LAS FACULTADES DE ESTUDIOS SUPERIORES ...........................................................4

PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS BIOLÓGICAS, QUÍMICAS Y DE LA SALUD DEL CONJUNTO DE LAS FACULTADES DE ESTUDIOS SUPERIORES ........................................................................................7

PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS SOCIALES DEL CONJUNTO DE LAS FACULTADES DE ESTUDIOS SUPERIORES .........10

PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DEL ÁREA DE LAS HUMANIDADES Y DE LAS ARTES DEL CONJUNTO DE LAS FACULTADES DE ESTUDIOS SUPERIORES ..............................13

PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TÉCNICOS ACADÉMICOS DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS FÍSICO MATEMÁTICAS Y DE LAS INGENIERÍAS............................................16

PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TÉCNICOS ACADÉMICOS DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS BIOLÓGICAS, QUÍMICAS Y DE LA SALUD .....................................................19

PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LOS TÉCNICOS ACADÉMICOS DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS SOCIALES ...................................................................................................... 22

PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TÉCNICOS ACADÉMICOS DEL ÁREA DE LAS HUMANIDADES Y DE LAS ARTES .................................................................................. 25

PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TÉCNICOS ACADÉMICOS DEL BACHILLERATO ...................................................................................................................................... 28

PARA LA ELECCIÓN DE CONSEJEROS UNIVERSITARIOS REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS FÍSICO MATEMÁTICAS Y DE LAS INGENIERÍAS .............................................................31

PARA LA ELECCIÓN DE CONSEJEROS UNIVERSITARIOS REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS BIOLÓGICAS, QUÍMICAS Y DE LA SALUD ......................................................................34

PARA LA ELECCIÓN DE CONSEJEROS UNIVERSITARIOS REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS SOCIALES ........................................37

PARA LA ELECCIÓN DE CONSEJEROS UNIVERSITARIOS REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO DEL ÁREA DE LAS HUMANIDADES Y DE LAS ARTES ...................40

PARA LA ELECCIÓN DE CONSEJEROS UNIVERSITARIOS REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO DEL SUBSISTEMA DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA ..............43

PARA LA ELECCIÓN DE CONSEJEROS UNIVERSITARIOS REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO DEL SUBSISTEMA DE HUMANIDADES ..........................................46

PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PROFESORES E INVESTIGADORES DE LOS CENTROS DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA ....................................................................................49

PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LAS DEPENDENCIAS ADMINISTRATIVAS ............................................................................................... 52

PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PROFESORES DEL CONJUNTO DE FACULTADES Y ESCUELAS DEL CAMPUS CIUDAD UNIVERSITARIA......................... 55

PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PROFESORES POR EL CONJUNTO DE LAS FACULTADES DE ESTUDIOS SUPERIORES ...................................................................................... 58

PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS INVESTIGADORES ADSCRITOS A LOS CENTROS DE INVESTIGACIÓN CORRESPONDIENTES AL SUBSISTEMA DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA..................................................................................61

PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS INVESTIGADORES ADSCRITOS A LOS CENTROS DE INVESTIGACIÓN CORRESPONDIENTES AL SUBSISTEMA DE HUMANIDADES ...........................................................................................................64

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7 de marzo de 20164

El Secretario General de la Universidad conforme a lo dis-puesto en los artículos 7° fracción III de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 15, 16 fracción II segundo párrafo, 17 apartado B) y 24 del Es-tatuto General; 1º, 11 y 44 fracción I; así como los demás relativos y aplicables del Reglamento para la Elección de Consejeros Universitarios y Técnicos y conforme al acuer-do del Consejo Académico del Área de las Ciencias Físico Matemáticas y de las Ingenierías, en su sesión efectuada el 10 de febrero de 2016.

CONVOCA

A los alumnos de las Facultades de Estudios Superiores Acatlán, Aragón, Cuautitlán y Zaragoza, a participar en la elección electrónica mediante voto universal, libre, directo, secreto, personal e intransferible, de un conse-jero universitario propietario representante de los alumnos de las licenciaturas del Área de las Ciencias Físico Ma-temáticas y de las Ingenierías y su respectivo suplente, quienes deberán pertenecer a diferente entidad acadé-mica, para el periodo 2016-2018, de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejero universitario represen-tante de los alumnos del conjunto de las Facultades de Estudios Superiores por esta Área del conocimiento se requiere:

I. Estar inscrito en alguna de las siguientes Facultades de Estudios Superiores: Acatlán, Aragón, Cuautitlán o Zaragoza y en alguno de los planes de estudio de licenciatura del Área;

II. Haber concluido por lo menos un año de estudios en alguna de las Facultades señaladas en la frac-ción anterior;

III. Tener acreditado el número de materias que corres-ponda al año o semestre anterior al que se encuentre inscrito y que no cuente con materias no aprobadas al momento de la elección; con independencia de que, en el plan de estudios semestral, las materias acreditadas correspondan a semestres posteriores. Para efectos estrictamente de elegibilidad la anota-ción NP en cualquier asignatura no será considerada como “no acreditada”;

IV. Tenerunpromediodecalificacionesmínimode8;V. Manifestar por escrito, al momento de su registro

como candidato, su compromiso y disponibilidad para participar en las tareas encomendadas en el Consejo Universitario, en caso de resultar electo;

VI. No ocupar en la Universidad ningún puesto admi-nistrativo o académico-administrativo al momento de la elección ni durante el desempeño de su car-go, y

VII. No haber cometido faltas graves contra la disciplina universitaria que hubieran sido sancionadas.

SEGUNDA.- Podrán registrar sus candidaturas en la pre-sente elección los alumnos cuyos nombres aparezcan en la lista de elegibles correspondiente, la cual se publica al mismo tiempo que esta convocatoria. Para registrarse como candidatos es necesario integrar una fórmula -pro-pietario y suplente- y cubrir los requisitos establecidos en la Legislación Universitaria y en las Bases de la presente convocatoria, así como obtener de la Comisión Local de Vigilancia de la Elección el registro solicitado.

En caso de que alguno de los integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posterioridad, severifiquequenosatisfacelosrequisitosparaserconse-jero o se vea imposibilitado para participar en la elección, al compañero de fórmula se le permitirá participar en la elec-ción respectiva.

Ningún alumno podrá solicitar su registro como integrante de más de una fórmula, ya sea como propietario o como suplente.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fórmu-la sus integrantes deberán cubrir los siguientes requisitos:

I. Cumplir con lo señalado en la Base Primera de esta convocatoria;

II. Solicitar por escrito el registro de la fórmula inte-grada por un propietario y un suplente, quienes deberán pertenecer a diferentes entidades académicas;

III. Manifestar por escrito su aceptación al cargo, y IV. Señalar conjuntamente con la solicitud de registro,

el nombre, domicilio y teléfono de la persona que representará a la fórmula durante el desarrollo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fórmu-la a quien cumpla los requisitos siguientes:

a) Estar incluido en el padrón de electores, yb) No haber sido sancionado por faltas graves contra

la disciplina universitaria.

El representante de una fórmula podrá sustituirse en cualquier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la jornada electo-ral, es decir, antes de las 19:00 (diecinueve) horas del 6 de abril de 2016.

CUARTA.- Con el objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los inte-grantes de las fórmulas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de regis-tro de fórmula la siguiente documentación:

I. Credencial de la UNAM vigente o cualquier identi-ficaciónoficialvigenteconfotografía;

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS FÍSICO MATEMÁTICAS Y DE LAS INGENIERÍAS

DEL CONJUNTO DE LAS FACULTADES DE ESTUDIOS SUPERIORES ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

PARA EL PERIODO 2016–2018

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57 de marzo de 2016

II. Historiaacadémicaactualizadaconselloyfirma,yIII. Comprobante de inscripción del semestre en cur-

so,selladoyfirmadoporlainstanciaresponsablede los trámites escolares de la Facultad.

QUINTA.- La lista de elegibles a que alude la Base Segun-da de esta Convocatoria ha sido publicada en la página electrónica del Consejo Académico del Área de las Cien-cias Físico Matemáticas y de las Ingenierías, cuya dirección es: www.caacfmi.unam.mx Además, dicha lista ha sido ubi-cada y publicada en los siguientes lugares:

1. En el Centro de Desarrollo Tecnológico (CEDE-TEC) de la FES Acatlán;

2. En la Biblioteca “Jesús Reyes Heroles” de la FES Aragón;

3. EnlosEdificiosdeGobiernoydeServiciosEsco-lares, ambos enCampo 4 y en el Edificio de laBiblioteca en Campo 1, de la FES Cuautitlán; y

4. EnelpasillodelEdificioA4delCampus1,enelpasillodelEdificioL4delCampus2yenelacce-so principal del Campus III Tlaxcala, de la FES Zaragoza.

Así como en las páginas electrónicas: www.acatlan.unam.mx/, www.aragon.unam.mx/, www.cuautitlan.unam.mx/ y www.zaragoza.unam.mx/

SEXTA.- El registro de fórmulas se realizará ante la Co-misión Local de Vigilancia de la Elección, del día 8 al 28 de marzo de 2016, en las oficinas de la Coordinacióndel Consejo Académico del Área de las Ciencias Físico MatemáticasydelasIngenierías,ubicadaenelEdificiode los Consejos Académicos, Circuito Exterior s/n, Cd. Universitaria, Ciudad de México, C.P. 04510, Teléfono: (55) 5622 1539, Fax (55) 5622 1504, correo electróni-co: [email protected], de las 9:00 (nueve) a las 14:00 (catorce) y de las 17:00 (diecisiete) a las 19:00 (dieci-nueve) horas.

SÉPTIMA.- Podrán participar como electores, aquellos alumnos que aparezcan en el padrón de electores y que es-tén inscritos en el presente periodo lectivo, por lo menos en una asignatura de algún plan de estudios que pertenezca a esta Área del conocimiento y que sea impartido en alguna de las Facultades de Estudios Superiores señaladas en la Base Primera.

El voto se podrá ejercer desde cualquier computadora o dispositivo electrónico con acceso a Internet, en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx Para ello cada uno de loselectorescuentaconunNúmerodeIdentificaciónPersonal (NIP), confidencial e intransferible, que es el mismo que utilizan para ingresar al Sistema Integral de Administración Escolar (SIAE) http://www.dgae-siae.unam.mx al momento de efectuar su inscripción o consultar su historia académica.

EsteNIPnopodrásermodificadoporelelectordentrodelas 72 (setenta y dos) horas previas a la jornada electoral, es decir, después de las 24:00 (veinticuatro) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos del 8 de abril de 2016.

OCTAVA.- El padrón de electores se exhibe en los locales de las entidades académicas participantes señalados en la

Base Quinta de esta convocatoria. Sólo se exhibe el padrón correspondiente a la Facultad respectiva.

Así como en la página electrónica http://www.caacfmi.unam.mx del Consejo Académico del Área de las Ciencias Físico Matemáticas y de las Ingenierías.

Se pondrá a disposición de los electores un equipo de cóm-puto con acceso al referido padrón, para su consulta en:

1. FES Acatlán: Centro de Desarrollo Tecnológico (CEDETEC).

2. FES Aragón: Planta alta de la Biblioteca “Jesús Reyes Heroles”.

3. FES Cuautitlán: Planta alta del Edificio deGo-bierno en Campo 4.

4. FES Zaragoza: Secretaría Técnica de la Secre-taríaGeneral,ubicadaenlaplantaaltadelEdificiode Gobierno, en Campus I.

NOVENA.-Losalumnosdeberánverificarqueseencuen-tran en el padrón de electores y en la lista de elegibles, en caso contrario deberán solicitar el ajuste correspondiente a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección en el local y horarioaqueserefierelaBaseSextadeestaconvocatoria.El ejercicio de este derecho concluirá:

I. En el caso del padrón de electores, tres días há-biles antes de la elección, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 8 de abril de 2016, y

II. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha lí-mite para el registro de fórmulas, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 28 de marzo de 2016.

DÉCIMA.- El Consejo Académico del Área de las Ciencias Físico Matemáticas y de las Ingenierías, designó para in-tegrar la Comisión Local de Vigilancia de la Elección a los siguientes tres miembros:

Presidente: Martín Bárcenas EscobarSecretario: Ana Lillian Martin Del PozzoVocal: Lizeth Alejandra Lima Pereda

Asimismo, designó como experto en informática para apo-yar en el enlace con la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación a: Téc. Orlando Seba Nape.

El día de la elección, la Comisión Local de Vigilancia de la Elecciónverificaráqueelsistemanoestéenoperaciónantesde la hora de inicio de la jornada electoral. Una vez puesto enoperaciónalahorafijada,constataráqueelcontadordelsistema se encuentre marcando ceros, supervisará el avan-ce del proceso, dará constancia del cierre de las votaciones en la hora indicada, levantará el acta respectiva y generará el archivo digital con los resultados de la elección.

UNDÉCIMA.- Una vez obtenida la constancia de registro, los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes del día de la elección, esto es, hasta las 19:00 (die-cinueve) horas del día 11 de abril de 2016.

DUODÉCIMA.- Los actos de propaganda electoral se ajus-tarán a las siguientes reglas:

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I. Deberán propiciar la expresión, el desarrollo y la discusión de ideas, programas y acciones proposi-tivas en favor de la Universidad;

II. Estarán basados en el fortalecimiento de los principios universitarios y en el respeto a los de-rechos de los miembros de la comunidad universi-taria;

III. No deberán contener manifestaciones que inciten a la violencia;

IV. La propaganda electoral deberá ser retirada por los integrantes de las fórmulas o sus representan-tes dentro de los dos días posteriores a la elección;

V. No se utilizarán los recursos materiales consumi-bles y económicos, ni las páginas electrónicas de las entidades académicas y dependencias con fines depropagandaelectoral;

VI. Las autoridades universitarias y los funcionarios académico-administrativos de las entidades aca-démicas y dependencias se abstendrán, en todo momento, de realizar actividades de propagan-da y proselitismo. Asimismo, les está prohibido obstruir el libre ejercicio de actos de propaganda electoral, y

VII. Los integrantes de las fórmulas, sus representan-tes y simpatizantes, así como los miembros de la comunidad universitaria en general, deberán res-petar toda la propaganda electoral. Asimismo, es-tán obligados a preservar la infraestructura física y demás bienes de la Universidad.

DECIMOTERCERA.- Los electores podrán emitir su voto en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el día 14 de abril de 2016, de las 9:00 (nueve) a las 19:00 (dieci-nueve) horas, de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

DECIMOCUARTA.- Para la presente elección, el Con-sejo Académico del Área de las Ciencias Físico Mate-máticas y de las Ingenierías ha determinado instalar un monitor en la oficinamencionada en la BaseSexta deesta convocatoria, donde la Comisión Local de Vigilancia de la Elección y los representantes de las fórmulas regis-tradas podrán observar el proceso de votación, así como el recuento total de votos.

DECIMOQUINTA.- La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto, conten-drá las fórmulas registradas de propietarios y suplentes, escritas en blanco y negro y sin logotipos, con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario.

DECIMOSEXTA.- Los electores podrán ejercer su voto se-leccionando una de las fórmulas registradas. La fórmula que obtenga el mayor número de votos, resultará electa.

DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiere seleccionado más de una de las fórmulas registradas;

II. No se seleccione ninguna opción presentada en la boleta;

III. El voto se hubiere otorgado a una fórmula cuyo registro se haya cancelado, o

IV. Se violen las disposiciones para la emisión del voto acordadas para este efecto por el Consejo Académico del Área de las Ciencias Físico Mate-máticas y de las Ingenierías.

DECIMOCTAVA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección será la encargada de conocer y, en su caso, re-solver los incidentes que durante el desarrollo de la elec-ción pudieran suscitarse.

DECIMONOVENA.- Se encuentran facultados para pre-sentar el recurso de impugnación los integrantes de la fórmula registrada o su representante en el proceso electoral. En caso de que existan impugnaciones, éstas deberán presentarse hasta antes del cierre de casilla, por escrito con el nombre completo y la firmade quie-nes las formulen, debidamente fundadas y motivadas, con la documentación y pruebas correspondientes ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección. Si falta alguno de los requisitos indicados en esta base, la Comi-sión Especial Electoral del Consejo Universitario podrá desechar el recurso.

Cuando se aleguen actos de propaganda electoral el día de la elección, la existencia de errores en el recuento de votos, o que aparezca en el recuento un número de votos que supere el uno por ciento del número de electores, los afectados podrán presentar el recurso de impugnación ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Univer-sitario hasta el día 18 de abril hasta las 19:00 (dieci-nueve) horas.

VIGÉSIMA.- La Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario será la encargada de supervisar el desarrollo detodoelprocesoelectoral,dictaminar,calificar laelec-ción y hacer la declaratoria correspondiente de la fórmula ganadora.Suresoluciónserádefinitivaeinapelable.

“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 7 de marzo de 2016

EL SECRETARIO GENERAL

DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS

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El Secretario General de la Universidad conforme a lo dis-puesto en los artículos 7° fracción III de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 15, 16 frac-ción II segundo párrafo, 17 apartado B) y 24 del Estatuto General, 1º, 11 y 44 fracción I, así como los demás relativos y aplicables del Reglamento para la Elección de Conseje-ros Universitarios y Técnicos, y conforme al acuerdo del Consejo Académico del Área de las Ciencias Biológicas, Químicas y de la Salud, en su sesión efectuada el 22 de febrero de 2016.

CONVOCA

A los alumnos de las Facultades de Estudios Superiores Cuautitlán, Iztacala y Zaragoza, a participar en la elección electrónica mediante voto universal, libre, directo, secreto, personal e intransferible, de un consejero universitario pro-pietario representante de los alumnos de las licenciaturas del Área de las Ciencias Biológicas, Químicas y de la Sa-lud, y su respectivo suplente, quienes deberán pertenecer a diferente entidad académica, para el periodo 2016-2018, de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejero universitario representante de los alumnos del conjunto de las Facultades de Estudios Superiores por esta Área del conocimiento se requiere:

I. Estar inscrito en alguna de las siguientes Faculta-des de Estudios Superiores: Cuautitlán, Iztacala o Zaragoza, y en alguno de los planes de estudio de licenciatura del Área;

II. Haber concluido por lo menos un año de estudios en alguna de las Facultades señaladas en la frac-ción anterior;

III. Tener acreditado el número de materias que co-rresponda al año o semestre anterior al que se encuentre inscrito, y que no cuente con materias no aprobadas al momento de la elección; con in-dependencia de que, en el plan de estudios se-mestral, las materias acreditadas correspondan a semestres posteriores. Para efectos estrictamente de elegibilidad la anotación NP en cualquier asig-natura no será considerada como “no acreditada”;

IV. Tenerunpromediodecalificacionesmínimode8;V. Manifestar por escrito, al momento de su registro

como candidato, su compromiso y disponibilidad para participar en las tareas encomendadas en el Consejo Universitario, en caso de resultar electo;

VI. No ocupar en la Universidad ningún puesto admi-nistrativo o académico-administrativo al momento de la elección ni durante el desempeño de su car-go, y

VII. No haber cometido faltas graves contra la discipli-na universitaria que hubieran sido sancionadas.

SEGUNDA.- Podrán registrar sus candidaturas en la pre-

sente elección los alumnos cuyos nombres aparezcan en la lista de elegibles correspondiente, la cual se publica al mismo tiempo que esta convocatoria. Para registrarse como candidatos es necesario integrar una fórmula -pro-pietario y suplente- y cubrir los requisitos establecidos en la Legislación Universitaria y en las Bases de la presente convocatoria, así como obtener de la Comisión Local de Vigilancia de la Elección el registro solicitado.

En caso de que alguno de los integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posteriori-dad,severifiquequenosatisfacelosrequisitosparaserconsejero o se vea imposibilitado para participar en la elección, al compañero de fórmula se le permitirá partici-par en la elección respectiva.

Ningún alumno podrá solicitar su registro como integrante de más de una fórmula, ya sea como propietario o como suplente.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fórmu-la sus integrantes deberán cubrir los siguientes requisitos:

I. Cumplir con los señalados en la Base Primera de esta convocatoria;

II. Solicitar por escrito el registro de la fórmula inte-grada por un propietario y un suplente, quienes deberán pertenecer a diferentes entidades académicas;

III. Manifestar por escrito su aceptación al cargo, y IV. Señalar conjuntamente con la solicitud de regis-

tro, el nombre, domicilio y teléfono de la persona que representará a la fórmula durante el desarro-llo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fórmu-la a quien cumpla los requisitos siguientes:

a) Estar incluido en el padrón de electores, yb) No haber sido sancionado por faltas graves contra

la disciplina universitaria.

El representante de una fórmula podrá sustituirse en cualquier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la jorna-da electoral, es decir, antes de las 19:00 (diecinueve) horas del 6 de abril de 2016.

CUARTA.- Con el objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los inte-grantes de las fórmulas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de regis-tro de fórmula la siguiente documentación:

I. Credencial de la UNAM vigente o cualquier identi-ficaciónoficialvigenteconfotografía;

II. Historiaacadémicaactualizadaconselloyfirma;y

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS BIOLÓGICAS, QUÍMICAS Y DE LA SALUD

DEL CONJUNTO DE LAS FACULTADES DE ESTUDIOS SUPERIORES ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

PARA EL PERIODO 2016–2018

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III. Comprobante de inscripción del semestre en cur-so,selladoyfirmadoporlainstanciaresponsablede los trámites escolares de la Facultad.

QUINTA.- La lista de elegibles a que alude la Base Segun-da de esta Convocatoria ha sido ubicada y publicada en:

FES Cuautitlán: EnelEdificiodeGobiernoenplanta baja y en Servicios Escolares, ambos enCampo4yenelEdificiodelaBi- blioteca en Campo 1.FES Iztacala: Edificio de Gobierno del campus central.FES Zaragoza: CampusI,PasillodelEdificioA4,Cam- pus2,PasillodelEdificioL4yenel acceso principal del Campus III Tlaxcala.

Las páginas electrónicas: http://www.cuautitlan.unam.mx, http://www.iztacala.unam.mx y http://zaragoza.unam.mx

Así como la página electrónica del Consejo Académico del Área de las Ciencias Biológicas, Químicas y de la Salud, cuya dirección es: http://www.caabqys.unam.mx/

SEXTA.- El registro de fórmulas se realizará ante la Co-misión Local de Vigilancia de la Elección, del día 8 al 28 de marzo de 2016,enlasoficinasdelaCoordinacióndelConsejo Académico del Área de las Ciencias Biológicas, QuímicasydelaSalud,ubicadaenelEdificiodelosCon-sejos Académicos, Circuito Exterior s/n, Cd. Universitaria, Ciudad de México, C.P. 04510, Teléfono: 56221536, Fax 56221503, correo electrónico [email protected]; de las 9:00 (nueve) a las 14:00 (catorce) y de las 17:00 (dieci-siete) a las 19:00 (diecinueve) horas.

SÉPTIMA.- Podrán participar como electores, aquellos alumnos que aparezcan en el padrón de electores y que es-tén inscritos en el presente periodo lectivo, por lo menos en una asignatura de algún plan de estudios que pertenezca a esta Área del conocimiento y que sea impartido en alguna de las Facultades de Estudios Superiores señaladas en la Base Primera.

El voto se podrá ejercer desde cualquier computadora o dispositivo electrónico con acceso a Internet, en la pági-na http://www.jornadaelectoral.unam.mx Para ello cada unode loselectorescuentaconunNúmerode Identifi-caciónPersonal(NIP),confidencialeintransferible,quees el mismo que utilizan para ingresar al Sistema Integral de Administración Escolar (SIAE) http://www.dgae-siae.unam.mx al momento de efectuar su inscripción o con-sultar su historia académica.

EsteNIPnopodrásermodificadoporelelectordentrodelas 72 (setenta y dos) horas previas a la jornada electoral, es decir, después de las 24:00 (veinticuatro) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos del 8 de abril de 2016.

OCTAVA.- El padrón de electores se exhibe en los loca-les y páginas electrónicas de las entidades académicas participantes señalados en la Base Quinta de esta convocatoria. Sólo se exhibe el padrón correspondiente a la Facultad respectiva.

Así como en la página electrónica http://www.caabqys.unam.mx/ del Consejo Académico del Área de las Ciencias Biológicas, Químicas y de la Salud.

Se pondrá a disposición de los electores un equipo de cómputo con acceso al referido padrón, para su consul-ta en:

FES Cuautitlán: Planta alta del Edificio deGobierno en campo 4.

FES Iztacala: Laboratorio de Cómputo de Funda- ciónUNAM,ubicadoeneledificioA3, segundo piso.

FES Zaragoza: Secretaría Técnica de la Secretaría General ubicada en la planta alta del EdificiodeGobiernodeCampusI.

NOVENA.-Losalumnosdeberánverificarqueseencuen-tran en el padrón de electores y en la lista de elegibles, en caso contrario deberán solicitar el ajuste correspondiente a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección en el local y horarioaqueserefierelaBaseSextadeestaconvocatoria.El ejercicio de este derecho concluirá:

I. En el caso del padrón de electores, tres días há-biles antes de la elección, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 8 de abril de 2016, y

II. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha lí-mite para el registro de fórmulas, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 28 de marzo de 2016.

DÉCIMA.- El Consejo Académico del Área de las Ciencias Biológicas, Químicas y de la Salud, designó para integrar la Comisión Local de Vigilancia de la Elección a los siguientes tres miembros:

Presidente: Ricardo Muñiz TrejoSecretario: Carlos Andrés García y MorenoVocal: Alan Eduardo Cayetano Sánchez

Asimismo, designó como experto en informática para apo-yar en el enlace con la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación a: Téc. Orlando Seba Nape.

El día de la elección, la Comisión Local de Vigilancia de laElecciónverificaráqueelsistemanoestéenoperaciónantes de la hora de inicio de la jornada electoral. Una vez puesto en operación a la hora fijada, constatará que elcontador del sistema se encuentre marcando ceros, super-visará el avance del proceso, dará constancia del cierre de las votaciones en la hora indicada, levantará el acta res-pectiva y generará el archivo digital con los resultados de la elección.

UNDÉCIMA.- Una vez obtenida la constancia de registro, los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes del día de la elección, esto es, hasta las 19:00 (die-cinueve) horas del día 11 de abril de 2016.

DUODÉCIMA.- Los actos de propaganda electoral se ajus-tarán a las siguientes reglas:

I. Deberán propiciar la expresión, el desarrollo y la

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97 de marzo de 2016

discusión de ideas, programas y acciones proposi-tivas en favor de la Universidad;

II. Estarán basados en el fortalecimiento de los prin-cipios universitarios y en el respeto a los derechos de los miembros de la comunidad universitaria;

III. No deberán contener manifestaciones que inciten a la violencia;

IV. La propaganda electoral deberá ser retirada por los integrantes de las fórmulas o sus representan-tes dentro de los dos días posteriores a la elección;

V. No se utilizarán los recursos materiales consumi-bles y económicos, ni las páginas electrónicas de las entidades académicas y dependencias con fines depropagandaelectoral;

VI. Las autoridades universitarias y los funcionarios académico-administrativos de las entidades aca-démicas y dependencias se abstendrán, en todo momento, de realizar actividades de propagan-da y proselitismo. Asimismo, les está prohibido obstruir el libre ejercicio de actos de propaganda electoral, y

VII. Los integrantes de las fórmulas, sus representan-tes y simpatizantes, así como los miembros de la comunidad universitaria en general, deberán respetar toda la propaganda electoral. Asimismo, están obligados a preservar la infraestructura físi-ca y demás bienes de la Universidad.

DECIMOTERCERA.- Los electores podrán emitir su voto en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el día 14 de abril de 2016, de las 9:00 (nueve) a las 19:00 (dieci-nueve) horas, de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

DECIMOCUARTA.- Para la presente elección, el Consejo Académico del Área de las Ciencias Biológicas, Químicas y de la Salud ha determinado instalar un monitor en la oficinamencionadaenlaBaseSextadeestaconvocato-ria, donde la Comisión Local de Vigilancia de la Elección y los representantes de las fórmulas registradas podrán observar el proceso de votación, así como el recuento total de votos.

DECIMOQUINTA.- La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto, conten-drá las fórmulas registradas de propietarios y suplentes, escritas en blanco y negro y sin logotipos, con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario.

DECIMOSEXTA.- Los electores podrán ejercer su voto se-leccionando una de las fórmulas registradas. La fórmula que obtenga el mayor número de votos, resultará electa.

DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiere seleccionado más de una de las fórmulas registradas;

II. No se seleccione ninguna opción presentada en la boleta;

III. El voto se hubiere otorgado a una fórmula cuyo registro se haya cancelado, o

IV. Se violen las disposiciones para la emisión del voto acordadas para este efecto por el Consejo Académico del Área de las Ciencias Biológicas, Químicas y de la Salud.

DECIMOCTAVA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección será la encargada de conocer y, en su caso, resolver los incidentes que durante el desarrollo de la elección pudieren suscitarse.

DECIMONOVENA.- Se encuentran facultados para pre-sentar el recurso de impugnación los integrantes de la fórmula registrada o su representante en el proceso electoral. En caso de que existan impugnaciones, éstas deberán presentarse hasta antes del cierre de casilla, por escrito conel nombre completo y la firmadequie-nes las formulen, debidamente fundadas y motivadas, con la documentación y pruebas correspondientes, ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección. Si falta alguno de los requisitos indicados en esta base, la Comi-sión Especial Electoral del Consejo Universitario podrá desechar el recurso.

Cuando se aleguen actos de propaganda electoral el día de la elección, la existencia de errores en el recuento de votos, o que aparezca en el recuento un número de votos que supere el uno por ciento del número de electores, los afec-tados podrán presentar el recurso de impugnación ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario has-ta el día 18 de abril hasta las 19:00 (diecinueve) horas.

VIGÉSIMA.- La Comisión Especial Electoral del Consejo Uni-versitario será la encargada de supervisar el desarrollo detodoelprocesoelectoral,dictaminar,calificarlaeleccióny hacer la declaratoria correspondiente de la fórmula ga-nadora.Suresoluciónserádefinitivaeinapelable.

“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 7 de marzo de 2016

EL SECRETARIO GENERAL

DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS

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7 de marzo de 201610

El Secretario General de la Universidad conforme a lo dis-puesto en los artículos 7° fracción III de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 15, 16 frac-ción II segundo párrafo, 17 apartado B) y 24 del Estatuto General; 1º, 11 y 44 fracción I; así como los demás relativos y aplicables del Reglamento para la Elección de Conse-jeros Universitarios y Técnicos y conforme al acuerdo del Consejo Académico del Área de las Ciencias Sociales, en su sesión efectuada el 24 de febrero de 2016.

CONVOCA

A los alumnos de las Facultades de Estudios Superiores (FES) Acatlán, Aragón, Cuautitlán, Iztacala y Zaragoza, a participar en la elección electrónica mediante voto uni-versal, libre, directo, secreto, personal e intransferible, de un consejero universitario propietario representante de los alumnos de las licenciaturas del Área de las Ciencias Sociales, y su respectivo suplente, quienes deberán per-tenecer a diferente entidad académica, para el periodo 2016-2018, de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejero universitario representante de los alumnos del conjunto de las Facultades de Estudios Superiores por esta Área del conocimiento se requiere:

I. Estar inscrito en alguna de las siguientes Facul-tades de Estudios Superiores: Acatlán, Aragón, Cuautitlán, Iztacala o Zaragoza, y en alguno de los planes de estudio de licenciatura del Área;

II. Haber concluido por lo menos un año de estudios en alguna de las Facultades señaladas en la frac-ción anterior;

III. Tener acreditado el número de materias que co-rresponda al año o semestre anterior al que se encuentre inscrito, y que no cuente con materias no aprobadas al momento de la elección; con independencia de que, en el plan de estudios semestral, las materias acreditadas correspon-dan a semestres posteriores. Para efectos es-trictamente de elegibilidad la anotación NP en cualquier asignatura no será considerada como “no acreditada”;

IV. Tenerunpromediodecalificacionesmínimode8;

V. Manifestar por escrito, al momento de su registro como candidato, su compromiso y disponibilidad para participar en las tareas encomendadas en el Consejo Universitario, en caso de resultar electo;

VI. No ocupar en la Universidad ningún puesto admi-nistrativo o académico-administrativo al momento de la elección ni durante el desempeño de su car-go, y

VII. No haber cometido faltas graves contra la discipli-na universitaria que hubieran sido sancionadas.

SEGUNDA.- Podrán registrar sus candidaturas en la pre-sente elección los alumnos cuyos nombres aparezcan en la lista de elegibles correspondiente, la cual se publica al mismo tiempo que esta convocatoria. Para registrarse como candidatos es necesario integrar una fórmula -pro-pietario y suplente- y cubrir los requisitos establecidos en la Legislación Universitaria y en las Bases de la presente convocatoria, así como obtener de la Comisión Local de Vigilancia de la Elección el registro solicitado.

En caso de que alguno de los integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posteriori-dad,severifiquequenosatisfacelosrequisitosparaserconsejero o se vea imposibilitado para participar en la elección, al compañero de fórmula se le permitirá partici-par en la elección respectiva.

Ningún alumno podrá solicitar su registro como integrante de más de una fórmula, ya sea como propietario o como suplente.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fórmula sus integrantes deberán cubrir los siguientes requisitos:

I. Cumplir con lo señalado en la Base Primera de esta convocatoria;

II. Solicitar por escrito el registro de la fórmula inte-grada por un propietario y un suplente, quienes deberán pertenecer a diferentes entidades académicas;

III. Manifestar por escrito su aceptación al cargo, y IV. Señalar conjuntamente con la solicitud de registro,

el nombre, domicilio y teléfono de la persona que representará a la fórmula durante el desarrollo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fór-mula a quien cumpla los requisitos siguientes:

a) Estar incluido en el padrón de electores, yb) No haber sido sancionado por faltas graves contra

la disciplina universitaria.

El representante de una fórmula podrá sustituirse en cualquier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la jorna-da electoral, es decir, antes de las 19:00 (diecinueve) horas del 6 de abril de 2016.

CUARTA.- Con el objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los inte-grantes de las fórmulas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de regis-tro de fórmula la siguiente documentación:

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS SOCIALES

DEL CONJUNTO DE LAS FACULTADES DE ESTUDIOS SUPERIORES ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

PARA EL PERIODO 2016–2018

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117 de marzo de 2016

I. CredencialdelaUNAMvigenteocualquieridentifi-caciónoficialvigenteconfotografía;

II. Historiaacadémicaactualizadaconselloyfirma;yIII. Comprobante de inscripción del semestre en cur-

so,selladoyfirmadoporlainstanciaresponsablede los trámites escolares de la Facultad.

QUINTA.- La lista de elegibles a que alude la Base Se-gunda de esta Convocatoria ha sido ubicada y publica-da en:

En FES Acatlán: Centro de Desarrollo Tecnológico (CEDETEC);

En FES Aragón: Biblioteca Jesús Reyes Heroles;En FES Cuautitlán: EdificiodeGobiernoenplantabaja

y en Servicios Escolares, ambos en Campo4yenelEdificiodelaBiblio- teca en Campo 1.

En FES Iztacala: EdificiodeGobiernodelcampus central, y

En FES Zaragoza: CampusI,PasillodelEdificioA4, Campus 2, Pasillo del Edificio L4 y en el acceso principal del Campus III Tlaxcala.

Así como la página electrónica del Consejo Académico del Área de las Ciencias Sociales, cuya dirección es: www.caacs.unam.mx

SEXTA.- El registro de fórmulas se realizará ante la Co-misión Local de Vigilancia de la Elección, del día 8 al 28 de marzo de 2016,enlasoficinasdelaCoordinacióndelConsejo Académico del Área de las Ciencias Sociales, ubicadaenelEdificiode losConsejosAcadémicos,Cir-cuito Exterior s/n, Cd. Universitaria, Ciudad de México, C.P. 04510, Teléfono: (55) 5622-1535 y (55) 5622-1565, correo electrónico: [email protected], de las 9:00 (nueve) a las 14:00 (catorce) y de las 17:00 (diecisiete) a las 19:00 (diecinueve) horas.

SÉPTIMA.- Podrán participar como electores aquellos alumnos que aparezcan en el padrón de electores y que estén inscritos, en el presente periodo lectivo, por lo me-nos en una asignatura de algún plan de estudios que per-tenezca a esta Área del conocimiento y que sea imparti-do en alguna de las Facultades de Estudios Superiores señaladas en la Base Primera.

El voto se podrá ejercer desde cualquier computadora o dispositivo electrónico con acceso a Internet, en la pá-gina http://www.jornadaelectoral.unam.mx Para ello cada uno de los electores cuenta con unNúmero de Identifi-cación Personal (NIP), confidencial e intransferible, quees el mismo que utilizan para ingresar al Sistema Integral de Administración Escolar (SIAE) http://www.dgae-siae.unam.mx al momento de efectuar su inscripción o consul-tar su historia académica.

EsteNIPnopodrásermodificadoporelelectordentrodelas 72 (setenta y dos) horas previas a la jornada electoral, es decir, después de las 24:00 (veinticuatro) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos del 8 de abril de 2016.

OCTAVA.- El padrón de electores se exhibe en los locales de las entidades académicas participantes señaladas en la

Base Quinta de esta convocatoria. Sólo se exhibe el padrón correspondiente a la Facultad respectiva.

Así como en la página electrónica www.caacs.unam.mx del Consejo Académico del Área de las Ciencias Sociales.

Se pondrá a disposición de los electores un equipo de cóm-puto con acceso al referido padrón, para su consulta en:

FES Acatlán: Centro de Desarrollo Tecnoló- gico (CEDETEC).

FES Aragón: Sala 2 de Fundación UNAM, Planta baja de la Biblioteca Jesús Reyes Heroles.

FES Cuautitlán: PlantaaltadelEdificiodeGobier- no en Campo 4.

FES Iztacala: Laboratorio de Cómputo de Fundación UNAM, ubicado en el EdificioA3,segundopiso.

FES Zaragoza: Secretaría Técnica de la Secreta- ría General ubicada en la planta alta del Edificio de Gobierno de Campus I.

NOVENA.-Losalumnosdeberánverificarqueseencuen-tran en el padrón de electores y en la lista de elegibles, en caso contrario deberán solicitar el ajuste correspondiente a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección en el local y horarioaqueserefierelaBaseSextadeestaconvocatoria.El ejercicio de este derecho concluirá:

I. En el caso del padrón de electores, tres días há-biles antes de la elección, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 8 de abril de 2016, y

II. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha lími-te para el registro de fórmulas, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 28 de marzo de 2016.

DÉCIMA.- El Consejo Académico del Área de las Ciencias Sociales designó para integrar la Comisión Local de Vigi-lancia de la Elección a los siguientes tres miembros:

Presidente: Dra. Diana Isela Córdova Basulto;Secretario: Dr. Mario López, yVocal: Cynthia Avelar Castillo

Asimismo, designó como experto en informática para apoyar en el enlace con la Dirección General de Cóm-puto y de Tecnologías de Información y Comunicación a: Téc. Orlando Seba Nape.

El día de la elección, la Comisión Local de Vigilancia de laElecciónverificaráqueelsistemanoestéenoperaciónantes de la hora de inicio de la jornada electoral. Una vezpuestoenoperaciónalahorafijada,constataráqueel contador del sistema se encuentre marcando ceros, supervisará el avance del proceso, dará constancia del cierre de las votaciones en la hora indicada, levantará el acta respectiva y generará el archivo digital con los resultados de la elección.

UNDÉCIMA.- Una vez obtenida la constancia de registro, los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes del día de la elección, esto es, hasta las 19:00 (die-cinueve) horas del día 11 de abril de 2016.

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7 de marzo de 201612

DUODÉCIMA.- Los actos de propaganda electoral se ajus-tarán a las siguientes reglas:

I. Deberán propiciar la expresión, el desarrollo y la discusión de ideas, programas y acciones proposi-tivas en favor de la Universidad;

II. Estarán basados en el fortalecimiento de los prin-cipios universitarios y en el respeto a los derechos de los miembros de la comunidad universitaria;

III. No deberán contener manifestaciones que inci-ten a la violencia;

IV. La propaganda electoral deberá ser retirada por los integrantes de las fórmulas o sus representantes dentro de los dos días posteriores a la elección;

V. No se utilizarán los recursos materiales consumi-bles y económicos, ni las páginas electrónicas de lasentidadesacadémicasydependenciasconfi-nes de propaganda electoral;

VI. Las autoridades universitarias y los funcionarios académico-administrativos de las entidades aca-démicas y dependencias se abstendrán, en todo momento, de realizar actividades de propagan-da y proselitismo. Asimismo, les está prohibido obstruir el libre ejercicio de actos de propaganda electoral, y

VII. Los integrantes de las fórmulas, sus representan-tes y simpatizantes, así como los miembros de la comunidad universitaria en general, deberán respetar toda la propaganda electoral. Asimismo, están obligados a preservar la infraestructura físi-ca y demás bienes de la Universidad.

DECIMOTERCERA.- Los electores podrán emitir su voto en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el día 14 de abril de 2016, de las 9:00 (nueve) a las 19:00 (dieci-nueve) horas, de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

DECIMOCUARTA.- Para la presente elección, el Con-sejo Académico del Área de las Ciencias Sociales, ha determinadoinstalarunmonitorenlaoficinamencionadaen la Base Sexta de esta convocatoria, donde la Comi-sión Local de Vigilancia de la Elección y los represen-tantes de las fórmulas registradas podrán observar el proceso de votación, así como el recuento total de votos.

DECIMOQUINTA.- La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto contendrá las fórmulas registradas de propietarios y suplentes, es-critas en blanco y negro y sin logotipos, con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario.

DECIMOSEXTA.- Los electores podrán ejercer su voto seleccionando una de las fórmulas registradas. La fór-

mula que obtenga el mayor número de votos, resulta- rá electa.

DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiere seleccionado más de una de las fórmulas registradas;

II. No se seleccione ninguna opción presentada en la boleta;

III. El voto se hubiere otorgado a una fórmula cuyo registro se haya cancelado, o

IV. Se violen las disposiciones para la emisión del voto acordadas para este efecto por el Consejo Académico del Área de las Ciencias Sociales.

DECIMOCTAVA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección será la encargada de conocer y, en su caso, resolver los incidentes que durante el desarrollo de la elección pudieren suscitarse.

DECIMONOVENA.- Se encuentran facultados para pre-sentar el recurso de impugnación los integrantes de la fórmula registrada o su representante en el proceso electoral. En caso de que existan impugnaciones, éstas deberán presentarse hasta antes del cierre de casilla, por escrito conel nombre completo y la firmadequie-nes las formulen, debidamente fundadas y motivadas, con la documentación y pruebas correspondientes, ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección. Si falta alguno de los requisitos indicados en esta base, la Comi-sión Especial Electoral del Consejo Universitario podrá desechar el recurso.

Cuando se aleguen actos de propaganda electoral el día de la elección, la existencia de errores en el recuento de votos, o que aparezca en el recuento un número de votos que supere el uno por ciento del número de electores, los afec-tados podrán presentar el recurso de impugnación ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario has-ta el día 18 de abril hasta las 19:00 (diecinueve) horas.

VIGÉSIMA.- La Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario será la encargada de supervisar el desarrollo detodoelprocesoelectoral,dictaminar,calificarlaeleccióny hacer la declaratoria correspondiente de la fórmula gana-dora.Suresoluciónserádefinitivaeinapelable.

“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 7 de marzo de 2016

EL SECRETARIO GENERAL

DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS

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137 de marzo de 2016

El Secretario General de la Universidad conforme a lo dis-puesto en los artículos 7° fracción III de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 15, 16 frac-ción II segundo párrafo, 17 apartado B) y 24 del Estatuto General; 1º, 11 y 44 fracción I; así como los demás relativos y aplicables del Reglamento para la Elección de Conse-jeros Universitarios y Técnicos y conforme al acuerdo del Consejo Académico del Área de las Humanidades y de las Artes, en su sesión efectuada el 17 de febrero de 2016.

CONVOCA

A los alumnos de las Facultades de Estudios Superiores Acatlán, Aragón y Cuautitlán, a participar en la elección electrónica mediante voto universal, libre, directo, secreto, personal e intransferible de un consejero universitario pro-pietario representante de los alumnos de las licenciaturas del Área de las Humanidades y de las Artes y su respectivo suplente, quienes deberán pertenecer a diferente entidad académica, para el periodo 2016-2018, de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejero universitario representante de los alumnos del conjunto de las Facultades de Estudios Superiores por esta Área del conocimiento se requiere:

I. Estar inscrito en alguna de las siguientes Facul-tades de Estudios Superiores: Acatlán, Aragón o Cuautitlán, y en alguno de los planes de estudios de licenciatura del Área;

II. Haber concluido por lo menos un año de estudios en alguna de las Facultades señaladas en la fracción anterior;

III. Tener acreditado el número de materias que co-rresponda al año o semestre anterior al que se encuentre inscrito, y que no cuente con materias no aprobadas al momento de la elección; con inde-pendencia de que, en el plan de estudios semes-tral, las materias acreditadas correspondan a se-mestres posteriores. Para efectos estrictamente de elegibilidad la anotación NP en cualquier asigna-tura no será considerada como “no acreditada”;

IV. Tenerunpromediodecalificacionesmínimode8;V. Manifestar por escrito, al momento de su registro

como candidato, su compromiso y disponibilidad para participar en las tareas encomendadas en el Consejo Universitario, en caso de resultar electo;

VI. No ocupar en la Universidad ningún puesto admi-nistrativo o académico-administrativo al momento de la elección ni durante el desempeño de su car-go, y

VII. No haber cometido faltas graves contra la discipli-na universitaria que hubieran sido sancionadas.

SEGUNDA.- Podrán registrar sus candidaturas en la pre-

sente elección los alumnos cuyos nombres aparezcan en la lista de elegibles correspondiente, la cual se publica al mismo tiempo que esta convocatoria. Para registrarse como candidatos es necesario integrar una fórmula -pro-pietario y suplente- y cubrir los requisitos establecidos en la Legislación Universitaria y en las Bases de la presente convocatoria, así como obtener de la Comisión Local de Vigilancia de la Elección el registro solicitado.

En caso de que alguno de los integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posteriori-dad,severifiquequenosatisfacelosrequisitosparaserconsejero o se vea imposibilitado para participar en la elección, al compañero de fórmula se le permitirá partici-par en la elección respectiva.

Ningún alumno podrá solicitar su registro como integrante de más de una fórmula, ya sea como propietario o como suplente.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fórmu-la sus integrantes deberán cubrir los siguientes requisitos:

I. Cumplir con lo señalado en la Base Primera de esta convocatoria;

II. Solicitar por escrito el registro de la fórmula inte-grada por un propietario y un suplente, quienes deberán pertenecer a diferentes entidades acadé-micas;

III. Manifestar por escrito su aceptación al cargo, y IV. Señalar conjuntamente con la solicitud de registro,

el nombre, domicilio y teléfono de la persona que representará a la fórmula durante el desarrollo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fórmu-la a quien cumpla los requisitos siguientes:

a) Estar incluido en el padrón de electores, yb) No haber sido sancionado por faltas graves contra

la disciplina universitaria.

El representante de una fórmula podrá sustituirse en cualquier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la jorna-da electoral, es decir, antes de las 19:00 (diecinueve) horas del 6 de abril de 2016.

CUARTA.- Con el objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los inte-grantes de las fórmulas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de regis-tro de fórmula la siguiente documentación:

I. CredencialdelaUNAMvigenteocualquieridentifi-caciónoficialvigenteconfotografía;

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DEL ÁREA DE LAS HUMANIDADES Y DE LAS ARTES DEL CONJUNTO

DE LAS FACULTADES DE ESTUDIOS SUPERIORES ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

PARA EL PERIODO 2016–2018

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7 de marzo de 201614

II. Historiaacadémicaactualizadaconselloyfirma;yIII. Comprobante de inscripción del semestre en cur-

so,selladoyfirmadoporlainstanciaresponsablede los trámites escolares de la Facultad.

QUINTA.- La lista de elegibles a que alude la Base Se-gunda de esta convocatoria ha sido publicada en la página electrónica del Consejo Académico del Área de las Hu-manidades y de las Artes, cuya dirección es: http://www.caahya.unam.mx

Además, dicha lista ha sido ubicada y publicada en los si-guientes lugares:

1. En la página electrónica de la Facultad de Estudios Superiores Acatlán: http://www.acatlan.unam.mx

2. En la página electrónica de la Facultad de Estudios Superiores Aragón: http://www.aragon.unam.mx/unam/index.html

3. En laPlantaBajadelEdificiodeGobiernode laFacultad de Estudios Superiores Cuautitlán, Cam-po4; enelEdificiodeServiciosEscolaresde laFacultad de Estudios Superiores Cuautitlán, Cam-po 4; en la Biblioteca de la Facultad de Estudios Superiores Cuautitlán, Campo 1 y en la página electrónica http://www.cuautitlan.unam.mx/

SEXTA.- El registro de fórmulas se realizará ante la Co-misión Local de Vigilancia de la Elección, del día 8 al 28 de marzo de 2016,enlasoficinasdelaCoordinacióndelConsejo Académico del Área de las Humanidades y de las Artes,ubicadaenelEdificiodelosConsejosAcadémicos,Circuito Exterior s/n, Cd. Universitaria, Ciudad de México, C.P. 04510, Teléfono: (55) 56221548 y 56221411, Fax (55) 56221501, correo electrónico: [email protected], de las 9:00 (nueve) a las 14:00 (catorce) y de las 17:00 (diecisiete) a las 19:00 (diecinueve) horas.

SÉPTIMA.- Podrán participar como electores aquellos alumnos que aparezcan en el padrón de electores y que estén inscritos, en el presente periodo lectivo, por lo me-nos en una asignatura de algún plan de estudios que per-tenezca a esta Área del conocimiento y que sea imparti-do en alguna de las Facultades de Estudios Superiores señaladas en la Base Primera.

El voto se podrá ejercer desde cualquier computadora o dispositivo electrónico con acceso a Internet, en la pági-na http://www.jornadaelectoral.unam.mx Para ello cada unode loselectorescuentaconunNúmerode Identifi-caciónPersonal(NIP),confidencialeintransferible,quees el mismo que utilizan para ingresar al Sistema Integral de Administración Escolar (SIAE) http://www.dgae-siae.unam.mx al momento de efectuar su inscripción o con-sultar su historia académica.

EsteNIPnopodrásermodificadoporelelectordentrodelas 72 (setenta y dos) horas previas a la jornada electoral, es decir, después de las 24:00 (veinticuatro) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos del 8 de abril de 2016.

OCTAVA.- El padrón de electores se exhibe en los locales de las entidades académicas participantes señalados en la Base Primera, fracción I de esta convocatoria. Sólo se exhibe el padrón correspondiente a la Facultad respectiva.

Así como en la página electrónica http://www.caahya.unam.mx del Consejo Académico del Área de las Humanidades y de las Artes.

Se pondrá a disposición de los electores un equipo de cómputo con acceso al referido padrón, para su consul-ta en:

FES Acatlán: Centro de Desarrollo Tecnológi- co (CEDETEC).

FES Aragón: La sala 2 de Fundación UNAM, planta baja de la biblioteca.

FES Cuautitlán: La Sala A de la Unidad de Semi- narios “Dr. Jaime Keller Torres”, en Campo 4.

NOVENA.-Losalumnosdeberánverificarqueseencuen-tran en el padrón de electores y en la lista de elegibles, en caso contrario deberán solicitar el ajuste correspondiente a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección en el local y horarioaqueserefierelaBaseSextadeestaconvocatoria.El ejercicio de este derecho concluirá:

I. En el caso del padrón de electores, tres días há-biles antes de la elección, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 8 de abril de 2016, y

II. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha lí-mite para el registro de fórmulas, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 28 de marzo de 2016.

DÉCIMA.- El Consejo Académico del Área de las Huma-nidades y de las Artes, designó para integrar la Comisión Local de Vigilancia de la Elección a los siguientes tres miembros:

Presidente: Mtro. José Francisco Viezca TreviñoSecretario: Mtra. María de los Ángeles Puente GarcíaVocal: Yazmín Beltrán Durán

Asimismo, designó como experto en informática para apoyar en el enlace con la Dirección General de Cóm-puto y de Tecnologías de Información y Comunicación a: Téc. Orlando Seba Nape.

El día de la elección, la Comisión Local de Vigilancia de la Elecciónverificaráqueelsistemanoestéenoperaciónantesde la hora de inicio de la jornada electoral. Una vez puesto enoperaciónalahorafijada,constataráqueelcontadordelsistema se encuentre marcando ceros, supervisará el avan-ce del proceso, dará constancia del cierre de las votaciones en la hora indicada, levantará el acta respectiva y generará el archivo digital con los resultados de la elección.

UNDÉCIMA.- Una vez obtenida la constancia de registro, los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes del día de la elección, esto es, hasta las 19:00 (die-cinueve) horas del día 11 de abril de 2016.

DUODÉCIMA.- Los actos de propaganda electoral se ajus-tarán a las siguientes reglas:

I. Deberán propiciar la expresión, el desarrollo y la discusión de ideas, programas y acciones proposi-tivas en favor de la Universidad;

Page 15: CONVOCATORIAS PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES … · 1. En el Centro de Desarrollo Tecnológico (CEDE-TEC) de la FES Acatlán; 2. En la Biblioteca “Jesús Reyes Heroles” de

157 de marzo de 2016

II. Estarán basados en el fortalecimiento de los prin-cipios universitarios y en el respeto a los derechos de los miembros de la comunidad universitaria;

III. No deberán contener manifestaciones que inci-ten a la violencia;

IV. La propaganda electoral deberá ser retirada por los integrantes de las fórmulas o sus representantes dentro de los dos días posteriores a la elección;

V. No se utilizarán los recursos materiales consu-mibles y económicos, ni las páginas electrónicas de las entidades académicas y dependencias confinesdepropagandaelectoral;

VI. Las autoridades universitarias y los funcionarios académico-administrativos de las entidades aca-démicas y dependencias se abstendrán, en todo momento, de realizar actividades de propaganda y proselitismo. Asimismo, les está prohibido obstruir el libre ejercicio de actos de propaganda electoral, y

VII. Los integrantes de las fórmulas, sus representan-tes y simpatizantes, así como los miembros de la comunidad universitaria en general, deberán res-petar toda la propaganda electoral. Asimismo, es-tán obligados a preservar la infraestructura física y demás bienes de la Universidad.

DECIMOTERCERA.- Los electores podrán emitir su voto en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el día 14 de abril de 2016, de las 9:00 (nueve) a las 19:00 (dieci-nueve) horas, de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

DECIMOCUARTA.- Para la presente elección, el Consejo Académico del Área de las Humanidades y de las Artes, ha determinado instalarunmonitoren laoficinamencionadaen la Base Sexta de esta convocatoria, donde la Comisión Local de Vigilancia de la Elección y los representantes de las fórmulas registradas podrán observar el proceso de vo-tación, así como el recuento total de votos.

DECIMOQUINTA.- La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto contendrá las fórmulas registradas de propietarios y suplentes, es-critas en blanco y negro y sin logotipos, con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario.

DECIMOSEXTA.- Los electores podrán ejercer su voto se-leccionando una de las fórmulas registradas. La fórmula que obtenga el mayor número de votos, resultará electa.

DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiere seleccionado más de una de las fórmulas registradas;

II. No se seleccione ninguna opción presentada en la boleta;

III. El voto se hubiere otorgado a una fórmula cuyo registro se haya cancelado, o

IV. Se violen las disposiciones para la emisión del voto acordadas para este efecto por el Consejo Académico del Área de las Humanidades y de las Artes.

DECIMOCTAVA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección será la encargada de conocer y, en su caso, resolver los incidentes que durante el desarrollo de la elección pudieran suscitarse.

DECIMONOVENA.- Se encuentran facultados para pre-sentar el recurso de impugnación los integrantes de la fór-mula registrada o su representante en el proceso electoral. En caso de que existan impugnaciones, éstas deberán pre-sentarse hasta antes del cierre de casilla, con el nombre completoylafirmadequieneslasformulen,debidamentefundadas y motivadas, con la documentación y pruebas co-rrespondientes, ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección. Si falta alguno de los requisitos indicados en esta base, la Comisión Especial Electoral del Consejo Universi-tario podrá desechar el recurso.

Cuando se aleguen actos de propaganda electoral el día de la elección, la existencia de errores en el recuento de votos, o que aparezca en el recuento un número de vo-tos que supere el uno por ciento del número de electores, los afectados podrán presentar el recurso de impugna- ción ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario hasta el día 18 de abril hasta las 19:00 (die-cinueve) horas.

VIGÉSIMA.- La Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario será la encargada de supervisar el desarrollo detodoelprocesoelectoral,dictaminar,calificar laelec-ción y hacer la declaratoria correspondiente de la fórmula ganadora.Suresoluciónserádefinitivaeinapelable.

“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 7 de marzo de 2016

EL SECRETARIO GENERAL

DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS

Page 16: CONVOCATORIAS PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES … · 1. En el Centro de Desarrollo Tecnológico (CEDE-TEC) de la FES Acatlán; 2. En la Biblioteca “Jesús Reyes Heroles” de

7 de marzo de 201616

El Secretario General conforme a lo dispuesto en los artí-culos 7° fracción III de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 15, 16 fracción VIII; 18, 19 y 24 del Estatuto General, 1º, 11, 18 y 44 fracción VII, así como los demás relativos y aplicables del Regla-mento para la Elección de Consejeros Universitarios y Técnicos, y conforme al acuerdo del Consejo Académi-co del Área de las Ciencias Físico Matemáticas y de las Ingenierías, en su sesión efectuada el pasado día 10 de febrero de 2016.

CONVOCA

A los técnicos académicos adscritos a las entidades aca-démicas agrupadas en el Área de las Ciencias Físico Ma-temáticas y de las Ingenierías, a participar en la elección electrónica mediante voto universal, libre, directo, secre-to, personal e intransferible, de un consejero universitario propietario representante de los técnicos académicos y su respectivo suplente, para el periodo 2016-2020, de acuer-do con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejero universitario representante de los técnicos académicos, se requiere:

I. Ser técnico académico con más de seis años de antigüedad académica en la entidad o depen-dencia universitaria de adscripción, salvo que se trate de establecimientos de reciente creación, en los que dicha antigüedad se computará des-de el ingreso a la Universidad;

II. Realizar funciones docentes en la Universidad que, para efectos exclusivamente de elegibilidad, se entenderá alguno de los supuestos siguientes: impartición de docencia frente a grupo, cursos, seminarios, diplomados, talleres y conferencias, asesoría y dirección de tesis y prácticas, evalua-ción de alumnos en los planes y programas de estudio, así como elaboración de documentos escolares o de material didáctico, protocolos o guías requeridos para la impartición de clases;

III. Manifestar por escrito, en el momento de su re-gistro como candidato, su compromiso y dispo-nibilidad para participar en las tareas encomen-dadas en el Consejo Universitario, en caso de resultar electo;

IV. No ocupar un puesto administrativo o académico-administrativo en la Universidad al momento de la elección, ni durante el desempeño del cargo de consejero, y

V. No haber cometido faltas graves contra la discipli-na universitaria que hubieran sido sancionadas.

SEGUNDA.- Podrán registrar sus candidaturas en la presente elección los técnicos académicos cuyos nom-

bres aparezcan en la lista de elegibles correspondien-te, misma que se publica de manera simultánea con esta convocatoria.

En caso de que alguno de los integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posterioridad, severifiquequenosatisfacelosrequisitosparaserconse-jero o se vea imposibilitado para participar en la elección, al compañero de fórmula se le permitirá participar en la elec-ción respectiva.

Ningún técnico académico podrá solicitar su registro como integrante de más de una fórmula, ya sea como propietario o como suplente.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fórmula sus integrantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

I. Cumplir con lo establecido en la Base Primera de esta convocatoria;

II. Solicitar por escrito el registro de la fórmula inte-grada por un propietario y un suplente;

III. Manifestar por escrito su aceptación, yIV. Señalar, conjuntamente con la solicitud de regis-

tro, el nombre, domicilio y teléfono de la persona que representará a la fórmula durante el desa-rrollo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fór-mula a quien cumpla los requisitos siguientes:

a) Estar incluido en el padrón de electores, yb) No haber sido sancionado por faltas graves con-

tra la disciplina universitaria.

Los representantes de las fórmulas podrán sustituirse en cualquier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la jornada electo-ral, es decir, antes de las 19:00 (diecinueve) horas del 6 de abril de 2016.

CUARTA.- Con el objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los inte-grantes de las fórmulas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de regis-tro de fórmula la siguiente documentación:

I. Credencial vigente de la UNAM o cualquier iden-tificaciónoficialvigenteconfotografía;

II. Acreditación de que realiza las actividades do-centes descritas en la fracción II de la Base Pri-mera, con documentos originales y copias de los mismosparafinesdecotejo,y

III. Copia del último talón de pago.

QUINTA.- La lista de elegibles a que alude la Base Segun-

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TÉCNICOS ACADÉMICOS DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS FÍSICO MATEMÁTICAS

Y DE LAS INGENIERÍAS ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

PARA EL PERIODO 2016-2020

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177 de marzo de 2016

da ha sido ubicada y publicada en lugares visibles de la Coordinación del Consejo Académico del Área de las Cien-cias Físico Matemáticas y de las Ingenierías, ubicada en el EdificiodelosConsejosAcadémicos,CircuitoExteriors/n,Cd. Universitaria, Ciudad de México, C.P. 04510.

Así como en la página electrónica http://www.caacfmi.unam.mx del Consejo Académico del Área de las Ciencias Físico Matemáticas y de las Ingenierías.

SEXTA.- El registro de fórmulas se realizará ante la Co-misión Local de Vigilancia de la Elección, del día 8 al 28 de marzo de 2016, en el local del Consejo Académico del Área de las Ciencias Físico Matemáticas y de las Ingenie-rías, cuya ubicación se señala en la base anterior, de las 9:00 (nueve) a las 14:00 (catorce) y de las 17:00 (dieci-siete) a las 19:00 (diecinueve) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

SÉPTIMA.- Podrán participar como electores los técnicos académicos adscritos a las entidades académicas agrupadas en el Consejo Académico del Área de las Ciencias Físico Ma-temáticas y las Ingenierías y que tengan más de tres años de antigüedad, incluyendo los jubilados que se encuentren prestando sus servicios mediante contrato, en los términos del Estatuto del Personal Académico, y que aparezcan en el pa-drón de electores. La antigüedad se computará hasta el día en que se prevea realizar la elección.

El voto se podrá ejercer desde cualquier computadora o dispositivo electrónico con acceso a Internet en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx Para ello los técnicos académicos utilizarán elNúmero de IdentificaciónPerso-nal (NIP) del Sistema Integral de Administración Escolar (SIAE) http://www.dgae-siae.unam.mx que usan para su funcióndocenteoconelcual tambiénentrana laOficinaVirtual de la Dirección General de Personal (DGP) http://www.personal.unam.mx/oficinavirtual

EsteNIPnopodrásermodificadoporelelectordentrodelas 72 (setenta y dos) horas previas a la jornada electoral, es decir, después de las 24:00 (veinticuatro) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos del 8 de abril de 2016.

El técnico académico que requiera recuperar su NIP de-berásolicitarloalaoficinaadministrativadesuentidad,lacual lo solicitará a la Subdirección de Sistemas de Registro Escolar de la Dirección General de Administración Escolar.

OCTAVA.- El padrón de electores se publica en la pá-gina electrónica del Consejo Académico del Área de las Ciencias Físico Matemáticas y de las Ingenierías: http://www.caacfmi.unam.mx así como en el local de la misma Coordinación, cuya ubicación se señala en la Base Quin-ta de esta convocatoria.

En este mismo local se pondrá a disposición de los elec-tores un equipo de cómputo con acceso al referido padrón para su consulta.

NOVENA.- El técnico académico interesado podrá solicitar a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección los ajustes al padrón de electores y a la lista de elegibles en el local y horarioaqueserefierelaBaseSextadeestaconvocatoria.El ejercicio de este derecho concluirá:

I. En el caso del padrón de electores, tres días há-biles antes de la elección, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 8 de abril de 2016, y

II. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha lí-mite para el registro de fórmulas, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 28 de marzo de 2016.

DÉCIMA.- El Consejo Académico del Área de las Ciencias Físico Matemáticas y de las Ingenierías, designó para in-tegrar la Comisión Local de Vigilancia de la Elección a los siguientes tres miembros:

Presidente: Martín Bárcenas EscobarSecretario: Ana Lillian Martin Del PozzoVocal: Lizeth Alejandra Lima Pereda

Asimismo, designó como experto en informática para apo-yar en el enlace con la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación a: Téc. Orlan-do Seba Nape.

El día de la elección, la Comisión Local de Vigilancia de laElecciónverificaráqueelsistemanoestéenoperaciónantes de la hora de inicio de la jornada electoral. Una vezpuestoenoperaciónalahorafijada,constataráqueel contador del sistema se encuentre marcando ceros, supervisará el avance del proceso, dará constancia del cierre de las votaciones en la hora indicada, levantará el acta respectiva y generará el archivo digital con los resul-tados de la elección.

UNDÉCIMA.- Una vez obtenida la constancia de registro, los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes del día de la elección, esto es, hasta las 19:00 (die-cinueve) horas del día 11 de abril de 2016.

DUODÉCIMA.- Los actos de propaganda electoral se ajus-tarán a las siguientes reglas:

I. Deberán propiciar la expresión, el desarrollo y la discusión de ideas, programas y acciones proposi-tivas en favor de la Universidad;

II. Estarán basados en el fortalecimiento de los prin-cipios universitarios y en el respeto a los derechos de los miembros de la comunidad universitaria;

III. No deberán contener manifestaciones que inciten a la violencia;

IV. La propaganda electoral deberá ser retirada por los integrantes de las fórmulas o sus repre-sentantes dentro de los dos días posteriores a la elección;

V. No se utilizarán los recursos materiales consumi-bles y económicos, ni las páginas electrónicas de lasentidadesacadémicasydependenciasconfi-nes de propaganda electoral;

VI. Las autoridades universitarias y los funcionarios académico-administrativos de las entidades aca-démicas y dependencias se abstendrán, en todo momento, de realizar actividades de propaganda y proselitismo. Asimismo, les está prohibido obs-truir el libre ejercicio de actos de propaganda electoral, y

VII. Los integrantes de las fórmulas, sus representan-tes y simpatizantes, así como los miembros de la

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7 de marzo de 201618

comunidad universitaria en general, deberán res-petar toda la propaganda electoral. Asimismo, están obligados a preservar la infraestructura físi-ca y demás bienes de la Universidad.

DECIMOTERCERA.- Los electores podrán emitir su voto en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el día 14 de abril de 2016, de las 9:00 (nueve) a las 19:00 (dieci-nueve) horas, de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

DECIMOCUARTA.- Para la presente elección el Consejo Académico del Área de las Ciencias Físico Matemáticas y de las Ingenierías ha determinado instalar un monitor en lasoficinasdelaCoordinacióndelConsejoAcadémicodelÁrea de las Ciencias Físico Matemáticas y de las Ingenie-rías señaladas en la Base Quinta de esta convocatoria, donde la Comisión Local de Vigilancia de la Elección y los representantes de las fórmulas podrán observar el proceso de la votación, así como el recuento total de votos.

DECIMOQUINTA.- La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto, conten-drá las fórmulas registradas de propietarios y suplentes, escritas en blanco y negro y sin logotipos, con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario.

DECIMOSEXTA.- Los electores podrán ejercer su voto se-leccionando una de las fórmulas registradas. La fórmula que obtenga el mayor número de votos, resultará electa.

DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiere seleccionado más de una de las fórmulas registradas;

II. No se seleccione ninguna opción presentada en la boleta;

III. El voto se hubiere otorgado a una fórmula cuyo registro haya sido cancelado, o

IV. Se violen las disposiciones para la emisión del voto acordadas para este efecto por el Consejo Académico del Área de las Ciencias Físico Mate-máticas y de las Ingenierías.

DECIMOCTAVA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección será la encargada de conocer y, en su caso, resol-ver los incidentes que durante el desarrollo de la elección pudieran suscitarse.

DECIMONOVENA.- Se encuentran facultados para pre-sentar el recurso de impugnación los integrantes de la fórmula registrada o su representante en el proceso electoral. En caso de que existan impugnaciones, éstas deberán presentarse hasta antes del cierre de casilla, por escrito conel nombre completo y la firmadequie-nes las formulen, debidamente fundadas y motivadas, con la documentación y pruebas correspondientes, ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección. Si falta alguno de los requisitos indicados en esta base, la Comi-sión Especial Electoral del Consejo Universitario podrá desechar el recurso.

Cuando se aleguen actos de propaganda electoral el día de la elección, la existencia de errores en el recuento de votos, o que aparezca en el recuento un número de votos que supere el uno por ciento del número de electores, los afectados podrán presentar el recurso de impugnación ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Uni- versitario hasta el día 18 de abril hasta las 19:00 (die-cinueve) horas.

VIGÉSIMA.- La Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario será la encargada de supervisar el desarrollo detodoelprocesoelectoral,dictaminar,calificarlaeleccióny hacer la declaratoria correspondiente de la fórmula gana-dora.Suresoluciónserádefinitivaeinapelable.

“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 7 de marzo de 2016

EL SECRETARIO GENERAL

DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS

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197 de marzo de 2016

El Secretario General conforme a lo dispuesto en los artí-culos 7° fracción III de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 15, 16 fracción VIII; 18, 19 y 24 del Estatuto General, 1º, 11, 18 y 44 fracción VII, así como los demás relativos y aplicables del Reglamento para la Elección de Consejeros Universitarios y Técnicos, y con-forme al acuerdo del Consejo Académico del Área de las Ciencias Biológicas, Químicas y de la Salud, en su sesión efectuada el pasado día 22 de febrero de 2016.

CONVOCA

A los técnicos académicos adscritos a las entidades académicas agrupadas en el Área de las Ciencias Bioló-gicas, Químicas y de la Salud, a participar en la elección electrónica mediante voto universal, libre, directo, secre-to, personal e intransferible, de un consejero universitario propietario representante de los técnicos académicos y su respectivo suplente, para el periodo 2016-2020, de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejero universitario representante de los técnicos académicos, se requiere:

I. Ser técnico académico con más de seis años de antigüedad académica en la entidad o depen-dencia universitaria de adscripción, salvo que se trate de establecimientos de reciente creación, en los que dicha antigüedad se computará des-de el ingreso a la Universidad;

II. Realizar funciones docentes en la Universidad que, para efectos exclusivamente de elegibilidad, se entenderá alguno de los supuestos siguientes: impartición de docencia frente a grupo, cursos, seminarios, diplomados, talleres y conferencias, asesoría y dirección de tesis y prácticas, evalua-ción de alumnos en los planes y programas de estudio, así como elaboración de documentos escolares o de material didáctico, protocolos o guías requeridos para la impartición de clases;

III. Manifestar por escrito, en el momento de su regis-tro como candidato, su compromiso y disponibilidad para participar en las tareas encomendadas en el Consejo Universitario, en caso de resultar electo;

IV. No ocupar un puesto administrativo o académi-co-administrativo en la Universidad al momento de la elección, ni durante el desempeño del car-go de consejero, y

V. No haber cometido faltas graves contra la discipli-na universitaria que hubieran sido sancionadas.

SEGUNDA.- Podrán registrar sus candidaturas en la presente elección los técnicos académicos cuyos nom-bres aparezcan en la lista de elegibles correspondiente, misma que se publica de manera simultánea con esta convocatoria.

En caso de que alguno de los integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posterioridad, severifiquequenosatisfacelosrequisitosparaserconse-jero o se vea imposibilitado para participar en la elección, al compañero de fórmula se le permitirá participar en la elec-ción respectiva.

Ningún técnico académico podrá solicitar su registro como integrante de más de una fórmula, ya sea como propietario o como suplente.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fór-mula sus integrantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

I. Cumplir con lo establecido en la Base Primera de esta convocatoria;

II. Solicitar por escrito el registro de la fórmula inte-grada por un propietario y un suplente;

III. Manifestar por escrito su aceptación, yIV. Señalar, conjuntamente con la solicitud de regis-

tro, el nombre, domicilio y teléfono de la persona que representará a la fórmula durante el desarrollo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fórmu-la a quien cumpla los requisitos siguientes:

a) Estar incluido en el padrón de electores, yb) No haber sido sancionado por faltas graves contra

la disciplina universitaria.

Los representantes de las fórmulas podrán sustituirse en cualquier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la jornada electo-ral, es decir, antes de las 19:00 (diecinueve) horas del 6 de abril de 2016.

CUARTA.- Con el objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los inte-grantes de las fórmulas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de regis-tro de fórmula la siguiente documentación:

I. Credencial vigente de la UNAM o cualquier iden-tificaciónoficialvigenteconfotografía;

II. Acreditación de que realiza las actividades do-centes descritas en la fracción II de la Base Pri-mera, con documentos originales y copias de los mismosparafinesdecotejo,y

III. Copia del último talón de pago.

QUINTA.- La lista de elegibles a que alude la Base Se-gunda ha sido ubicada y publicada en lugares visibles de la Coordinación del Consejo Académico del Área de las Ciencias Biológicas, Químicas y de la Salud, ubicada en el Edificio de los Consejos Académicos, Circuito Exte-

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TÉCNICOS ACADÉMICOS DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS BIOLÓGICAS,

QUÍMICAS Y DE LA SALUD ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

PARA EL PERIODO 2016-2020

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7 de marzo de 201620

rior s/n, Cd. Universitaria, Ciudad de México, C.P. 04510 Teléfono 56221536, Fax 56221503, correo electrónico: [email protected]

Así como en la página electrónica http://www.caabqys.unam.mx del Consejo Académico del Área de las Ciencias Biológicas, Químicas y de la Salud.

SEXTA.- El registro de fórmulas se realizará ante la Co-misión Local de Vigilancia de la Elección, del día 8 al 28 de marzo de 2016, en el local del Consejo Académico del Área de las Ciencias Biológicas, Químicas y de la Salud, cuya ubicación se señala en la base anterior, de las 9:00 (nueve) a las 14:00 (catorce) y de las 17:00 (diecisiete) a las 19:00 (diecinueve) horas de la Zona Centro del Siste-ma de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

SÉPTIMA.- Podrán participar como electores los técnicos académicos adscritos a la entidades académicas agrupa-das en el Consejo Académico de las Ciencias Biológicas, Químicas y de la Salud y que tengan más de tres años de antigüedad, incluyendo los jubilados que se encuentren prestando sus servicios mediante contrato, en los términos del Estatuto del Personal Académico, y que aparezcan en el padrón de electores. La antigüedad se computará hasta el día en que se prevea realizar la elección.

El voto se podrá ejercer desde cualquier computadora o dispositivo electrónico con acceso a Internet en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx Para ello, los técni-cosacadémicosutilizaránelNúmerodeIdentificaciónPer-sonal (NIP) del Sistema Integral de Administración Escolar (SIAE) http://www.dgae-siae.unam.mx que usan para su funcióndocenteoconelcual tambiénentrana laOficinaVirtual de la Dirección General de Personal (DGP) http://www.personal.unam.mx/oficinavirtual

EsteNIPnopodrásermodificadoporelelectordentrodelas 72 (setenta y dos) horas previas a la jornada electoral, es decir, después de las 24:00 (veinticuatro) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos del 8 de abril de 2016.

El técnico académico que requiera recuperar su NIP de-berásolicitarloalaoficinaadministrativadesuentidad,lacual lo solicitará a la Subdirección de Sistemas de Registro Escolar de la Dirección General de Administración Escolar.

OCTAVA.- El padrón de electores se publica en la pági-na electrónica del Consejo Académico del Área de las Ciencias Biológicas, Químicas y de la Salud http://www.caabqys.unam.mx así como en el local de la misma Coor-dinación, cuya ubicación se señala en la Base Quinta de esta convocatoria.

En este mismo local se pondrá a disposición de los elec-tores un equipo de cómputo con acceso al referido padrón para su consulta.

NOVENA.- El técnico académico interesado podrá solicitar a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección los ajustes al padrón de electores y a la lista de elegibles en el local y horarioaqueserefierelaBaseSextadeestaconvocatoria.El ejercicio de este derecho concluirá:

I. En el caso del padrón de electores, tres días há-

biles antes de la elección, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 8 de abril de 2016, y

II. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha lí-mite para el registro de fórmulas, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 28 de marzo de 2016.

DÉCIMA.- El Consejo Académico del Área de las Ciencias Biológicas, Químicas y de la Salud, designó para integrar la Comisión Local de Vigilancia de la Elección a los siguientes tres miembros:

Presidente: Ricardo Muñiz TrejoSecretario: Carlos Andrés García y MorenoVocal: Alan Eduardo Cayetano Sánchez

Asimismo, designó como experto en informática para apo-yar en el enlace con la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación a: Téc. Orlan-do Seba Nape.

El día de la elección, la Comisión Local de Vigilancia de la Elecciónverificaráqueelsistemanoestéenoperaciónantesde la hora de inicio de la jornada electoral. Una vez puesto enoperaciónalahorafijada,constataráqueelcontadordelsistema se encuentre marcando ceros, supervisará el avan-ce del proceso, dará constancia del cierre de las votaciones en la hora indicada, levantará el acta respectiva y generará el archivo digital con los resultados de la elección.

UNDÉCIMA.- Una vez obtenida la constancia de registro, los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes del día de la elección, esto es, hasta las 19:00 (die-cinueve) horas del día 11 de abril de 2016.

DUODÉCIMA.- Los actos de propaganda electoral se ajus-tarán a las siguientes reglas:

I. Deberán propiciar la expresión, el desarrollo y la discusión de ideas, programas y acciones proposi-tivas en favor de la Universidad;

II. Estarán basados en el fortalecimiento de los prin-cipios universitarios y en el respeto a los derechos de los miembros de la comunidad universitaria;

III. No deberán contener manifestaciones que inciten a la violencia;

IV. La propaganda electoral deberá ser retirada por los integrantes de las fórmulas o sus representantes dentro de los dos días posteriores a la elección;

V. No se utilizarán los recursos materiales consumi-bles y económicos, ni las páginas electrónicas de lasentidadesacadémicasydependenciasconfi-nes de propaganda electoral;

VI. Las autoridades universitarias y los funcionarios académico-administrativos de las entidades aca-démicas y dependencias se abstendrán, en todo momento, de realizar actividades de propaganda y proselitismo. Asimismo, les está prohibido obstruir el libre ejercicio de actos de propaganda electoral, y

VII. Los integrantes de las fórmulas, sus representan-tes y simpatizantes, así como los miembros de la comunidad universitaria en general, deberán respetar toda la propaganda electoral. Asimismo, están obligados a preservar la infraestructura físi-ca y demás bienes de la Universidad.

Page 21: CONVOCATORIAS PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES … · 1. En el Centro de Desarrollo Tecnológico (CEDE-TEC) de la FES Acatlán; 2. En la Biblioteca “Jesús Reyes Heroles” de

217 de marzo de 2016

DECIMOTERCERA.- Los electores podrán emitir su voto en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el día 14 de abril de 2016, de las 9:00 (nueve) a las 19:00 (dieci-nueve) horas, de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

DECIMOCUARTA.- Para la presente elección el Consejo Académico del Área de las Ciencias Biológicas, Químicas y delaSaludhadeterminadoinstalarunmonitorenlasofici-nas de la Coordinación del Consejo Académico del Área de las Ciencias Biológicas, Químicas y de la Salud, señaladas en la Base Quinta de esta convocatoria, donde la Comisión Local de Vigilancia de la Elección y los representantes de las fórmulas podrán observar el proceso de la votación, así como el recuento total de votos.

DECIMOQUINTA.- La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto, conten-drá las fórmulas registradas de propietarios y suplentes, escritas en blanco y negro y sin logotipos, con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario.

DECIMOSEXTA.- Los electores podrán ejercer su voto seleccionando una de las fórmulas registradas. La fórmula que obtenga el mayor número de votos, resulta-rá electa.

DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiere seleccionado más de una de las fórmulas registradas;

II. No se seleccione ninguna opción presentada en la boleta;

III. El voto se hubiere otorgado a una fórmula cuyo registro haya sido cancelado, o

IV. Se violen las disposiciones para la emisión del voto acordadas para este efecto por el Consejo Académico del Área de las Ciencias Biológicas, Químicas y de la Salud.

DECIMOCTAVA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección será la encargada de conocer y, en su caso, resol-ver los incidentes que durante el desarrollo de la elección pudieran suscitarse.

DECIMONOVENA.- Se encuentran facultados para presen-tar el recurso de impugnación los integrantes de la fórmula registrada o su representante en el proceso electoral. En caso de que existan impugnaciones, éstas deberán presen-tarse hasta antes del cierre de casilla, por escrito con el nombrecompletoy lafirmadequienes lasformulen,debi-damente fundadas y motivadas, con la documentación y pruebas correspondientes, ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección. Si falta alguno de los requisitos indicados en esta base, la Comisión Especial Electoral del Consejo Uni-versitario podrá desechar el recurso.

Cuando se aleguen actos de propaganda electoral el día de la elección, la existencia de errores en el recuento de votos, o que aparezca en el recuento un número de votos que supere el uno por ciento del número de electores, los afec-tados podrán presentar el recurso de impugnación ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario has-ta el día 18 de abril hasta las 19:00 (diecinueve) horas.

VIGÉSIMA.- La Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario será la encargada de supervisar el desarrollo detodoelprocesoelectoral,dictaminar,calificarlaeleccióny hacer la declaratoria correspondiente de la fórmula gana-dora.Suresoluciónserádefinitivaeinapelable.

“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 7 de marzo de 2016

EL SECRETARIO GENERAL

DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS

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7 de marzo de 201622

El Secretario General conforme a lo dispuesto en los artí-culos 7° fracción III de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 15, 16 fracción VIII; 18, 19 y 24 del Estatuto General, 1º, 11, 18 y 44 fracción VII, así como los demás relativos y aplicables del Reglamento para la Elección de Consejeros Universitarios y Técnicos, y con-forme al acuerdo del Consejo Académico del Área de las Ciencias Sociales, en su sesión efectuada el 24 de febrero de 2016.

CONVOCA

A los técnicos académicos adscritos a las entidades aca-démicas agrupadas en el Área de las Ciencias Sociales, a participar en la elección electrónica mediante voto univer-sal, libre, directo, secreto, personal e intransferible, de un consejero universitario propietario representante de los téc-nicos académicos y su respectivo suplente, para el periodo 2016-2020, de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejero universitario representante de los técnicos académicos para esta Área del conocimien-to, se requiere:

I. Ser técnico académico con más de seis años de antigüedad académica en la entidad o depen-dencia universitaria de adscripción, salvo que se trate de establecimientos de reciente creación, en los que dicha antigüedad se computará des-de el ingreso a la Universidad;

II. Realizar funciones docentes en la Universidad que, para efectos exclusivamente de elegibilidad, se entenderá alguno de los supuestos siguientes: impartición de docencia frente a grupo, cursos, seminarios, diplomados, talleres y conferencias, asesoría y dirección de tesis y prácticas, evalua-ción de alumnos en los planes y programas de estudio, así como elaboración de documentos escolares o de material didáctico, protocolos o guías requeridos para la impartición de clases;

III. Manifestar por escrito, en el momento de su re-gistro como candidato, su compromiso y dispo-nibilidad para participar en las tareas encomen-dadas en el Consejo Universitario, en caso de resultar electo;

IV. No ocupar un puesto administrativo o académi-co-administrativo en la Universidad al momento de la elección, ni durante el desempeño del car-go de consejero, y

V. No haber cometido faltas graves contra la discipli-na universitaria que hubieran sido sancionadas.

SEGUNDA.- Podrán registrar sus candidaturas en la presente elección los técnicos académicos cuyos nombres aparezcan en la lista de elegibles correspondiente, misma que se publica de manera simultánea con esta convocatoria.

En caso de que alguno de los integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posterioridad, severifiquequenosatisfacelosrequisitosparaserconse-jero o se vea imposibilitado para participar en la elección, al compañero de fórmula se le permitirá participar en la elec-ción respectiva.

Ningún técnico académico podrá solicitar su registro como integrante de más de una fórmula, ya sea como propietario o como suplente.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fór-mula sus integrantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

I. Cumplir con los señalados en la Base Primera de esta Convocatoria;

II. Solicitar por escrito el registro de la fórmula inte-grada por un propietario y un suplente;

III. Manifestar por escrito su aceptación, yIV. Señalar conjuntamente con la solicitud de regis-

tro, el nombre, domicilio y teléfono de la persona que representará a la fórmula durante el desarrollo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fórmu-la a quien cumpla los requisitos siguientes:

a) Estar incluido en el padrón de electores, yb) No haber sido sancionado por faltas graves contra

la disciplina universitaria.

Los representantes de las fórmulas podrán sustituirse en cualquier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la jornada electo-ral, es decir, antes de las 19:00 (diecinueve) horas del 6 de abril de 2016.

CUARTA.- Con el objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los inte-grantes de las fórmulas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de regis-tro de fórmula la siguiente documentación:

I. Credencial vigente de la UNAM o cualquier identi-ficaciónoficialvigenteconfotografía;

II. Acreditación de que realiza las actividades docen-tes descritas en la fracción II de la Base Primera, con documentos originales y copias de los mismos parafinesdecotejo,y

III. Copia del último talón de pago.

QUINTA.- La lista de elegibles a que alude la Base Se-gunda ha sido ubicada y publicada en lugares visibles de la Coordinación del Consejo Académico del Área de las CienciasSociales,ubicadaenelEdificiode losConsejosAcadémicos, Circuito Exterior s/n, Cd. Universitaria, Ciudad

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LOS TÉCNICOS ACADÉMICOS DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS SOCIALES

ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

PARA EL PERIODO 2016–2020

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237 de marzo de 2016

de México, C.P. 04510, Teléfono: (55) 5622-1535 y (55) 5622-1565, correo electrónico: [email protected]

Así como en la página electrónica http://www.caacs.unam.mx del Consejo Académico del Área de las Ciencias Sociales.

SEXTA.- El registro de fórmulas se realizará ante la Comi-sión Local de Vigilancia de la Elección, del día 8 al 28 de marzo de 2016, en el local de la Coordinación del Consejo Académico del Área de las Ciencias Sociales, cuya ubica-ción se señala en la base anterior, de las 9:00 (nueve) a las 14:00 (catorce) y de las 17:00 (diecisiete) a las 19:00 (diecinueve) horas de la Zona Centro del Sistema de Ho-rario en los Estados Unidos Mexicanos.

SÉPTIMA.- Podrán participar como electores los técnicos académicos adscritos a las entidades académicas agru-padas en el Consejo Académico del Área de las Ciencias Sociales y que tengan más de tres años de antigüedad, incluyendo los jubilados que se encuentren prestando sus servicios mediante contrato, en los términos del Estatuto del Personal Académico, y que aparezcan en el padrón de electores. La antigüedad se computará hasta el día en que se prevea realizar la elección.

El voto se podrá ejercer desde cualquier computadora o dispositivo electrónico con acceso a Internet en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx Para ello, los técni-cosacadémicosutilizaránelNúmerodeIdentificaciónPer-sonal (NIP) del Sistema Integral de Administración Escolar (SIAE) http://www.dgae-siae.unam.mx que usan para su funcióndocenteoconelcualtambiénentranalaOficinaVirtual de la Dirección General de Personal (DGP) http://www.personal.unam.mx/oficinavirtual

EsteNIPnopodrásermodificadoporelelectordentrodelas 72 (setenta y dos) horas previas a la jornada electoral, es decir, después de las 24:00 (veinticuatro) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos del 8 de abril de 2016.

El técnico académico que requiera recuperar su NIP de-berásolicitarloalaoficinaadministrativadesuentidad,la cual lo solicitará a la Subdirección de Sistemas de Re-gistro Escolar de la Dirección General de Administración Escolar.

OCTAVA.- El padrón de electores se publica en la página electrónica del Consejo Académico del Área de las Cien-cias Sociales: http://www.caacs.unam.mx Así como en el local de la misma Coordinación, cuya ubicación se señala en la Base Quinta de esta convocatoria.

En este mismo local se podrá a disposición de los electores un equipo de cómputo con acceso al referido padrón para su consulta.

NOVENA.- El técnico académico interesado podrá solicitar a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección los ajustes al padrón de electores y a la lista de elegibles en el local y horarioaqueserefierelaBaseSextadeestaconvocatoria.El ejercicio de este derecho concluirá:

I. En el caso del padrón de electores, tres días há-biles antes de la elección, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 8 de abril de 2016, y

II. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha lí-mite para el registro de fórmulas, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 28 de marzo de 2016.

DECIMA.- El Consejo Académico del Área de las Ciencias Sociales, designó para integrar la Comisión Local de Vigi-lancia de la Elección a los siguientes tres miembros:

Presidente: Dra. Diana Isela Córdova BasultoAuxiliar: Dr. Mario LópezAuxiliar: Cynthia Avelar Castillo

Asimismo, designó como experto en informática para apo-yar en el enlace con la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación a: Téc. Orlan-do Seba Nape.

El día de la elección, la Comisión Local de Vigilancia de la Elecciónverificaráqueelsistemanoestéenoperaciónantesde la hora de inicio de la jornada electoral. Una vez puesto enoperaciónalahorafijada,constataráqueelcontadordelsistema se encuentre marcando ceros, supervisará el avan-ce del proceso, dará constancia del cierre de las votaciones en la hora indicada, levantará el acta respectiva y generará el archivo digital con los resultados de la elección.

UNDÉCIMA.- Una vez obtenida la constancia de registro, los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes del día de la elección, esto es, hasta las 19:00 (die-cinueve) horas del día 11 de abril de 2016.

DUODÉCIMA.- Los actos de propaganda electoral se ajus-tarán a las siguientes reglas:

I. Deberán propiciar la expresión, el desarrollo y la discusión de ideas, programas y acciones propo-sitivas en favor de la Universidad;

II. Estarán basados en el fortalecimiento de los prin-cipios universitarios y en el respeto a los derechos de los miembros de la comunidad universitaria;

III. No deberán contener manifestaciones que inciten a la violencia;

IV. La propaganda electoral deberá ser retirada por los integrantes de las fórmulas o sus representantes dentro de los dos días posteriores a la elección;

V. No se utilizarán los recursos materiales consumi-bles y económicos, ni las páginas electrónicas de lasentidadesacadémicasydependenciasconfi-nes de propaganda electoral;

VI. Las autoridades universitarias y los funcionarios académico-administrativos de las entidades aca-démicas y dependencias se abstendrán, en todo momento, de realizar actividades de propaganda y proselitismo. Asimismo, les está prohibido obstruir el libre ejercicio de actos de propaganda electoral, y

VII. Los integrantes de las fórmulas, sus representan-tes y simpatizantes, así como los miembros de la comunidad universitaria en general, deberán res-petar toda la propaganda electoral. Asimismo, es-tán obligados a preservar la infraestructura física y demás bienes de la Universidad.

DECIMOTERCERA.- Los electores podrán emitir su voto en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el día 14

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7 de marzo de 201624

de abril de 2016, de las 9:00 (nueve) a las 19:00 (dieci-nueve) horas, de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

DECIMOCUARTA.- Para la presente elección, el Consejo Académico del Área de las Ciencias Sociales ha determi-nadoinstalarunmonitorenlasoficinasdelaCoordinacióndel Consejo señaladas en la Base Quinta de esta convoca-toria, donde la Comisión Local de Vigilancia de la Elección y los representantes de las fórmulas podrán observar el proceso de la votación, así como el recuento total de votos.

DECIMOQUINTA.- La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto, conten-drá las fórmulas registradas de propietarios y suplentes, escritas en blanco y negro y sin logotipos, con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario.

DECIMOSEXTA.- Los electores podrán ejercer su voto se-leccionando una de las fórmulas registradas. La fórmula que obtenga el mayor número de votos, resultará electa.

DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiere seleccionado más de una de las fórmulas registradas;

II. No se seleccione ninguna opción presentada en la boleta;

III. El voto se hubiere otorgado a una fórmula cuyo registro haya sido cancelado, o

IV. Se violen las disposiciones para la emisión del voto acordadas para este efecto por el Consejo Académico del Área de las Ciencias Sociales.

DECIMOCTAVA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección será la encargada de conocer y, en su caso, resol-

ver los incidentes que durante el desarrollo de la elección pudieran suscitarse.

DECIMONOVENA.- Se encuentran facultados para presen-tar el recurso de impugnación los integrantes de la fórmula registrada o su representante en el proceso electoral. En caso de que existan impugnaciones, éstas deberán presen-tarse hasta antes del cierre de casilla, por escrito con el nombrecompletoylafirmadequieneslasformulen,debida-mente fundadas y motivadas, con la documentación y prue-bas correspondientes, ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección. Si falta alguno de los requisitos indicados en esta base, la Comisión Especial Electoral del Consejo Uni-versitario podrá desechar el recurso.

Cuando se aleguen actos de propaganda electoral el día de la elección, la existencia de errores en el recuento de votos, o que aparezca en el recuento un número de votos que supere el uno por ciento del número de electores, los afec-tados podrán presentar el recurso de impugnación ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario has-ta el día 18 de abril hasta las 19:00 (diecinueve) horas.

VIGÉSIMA.- La Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario será la encargada de supervisar el desarrollo detodoelprocesoelectoral,dictaminar,calificarlaeleccióny hacer la declaratoria correspondiente de la fórmula gana-dora.Suresoluciónserádefinitivaeinapelable.

“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 7 de marzo de 2016

EL SECRETARIO GENERAL

DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS

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257 de marzo de 2016

El Secretario General conforme a lo dispuesto en los ar-tículos 7° fracción III de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 15, 16 fracción VIII; 18, 19 y 24 del Estatuto General, 1º, 11, 18 y 44 fracción VII, así como los demás relativos y aplicables del Reglamento para la Elección de Consejeros Universitarios y Técnicos, y con-forme al acuerdo del Consejo Académico del Área de las Humanidades y de las Artes, en su sesión efectuada el pa-sado día 17 de febrero de 2016.

CONVOCA

A los técnicos académicos adscritos a las entidades aca-démicas agrupadas en el Área de las Humanidades y de las Artes, a participar en la elección electrónica mediante voto universal, libre, directo, secreto, personal e intransferi-ble, de un consejero universitario propietario representante de los técnicos académicos y su respectivo suplente, para el periodo 2016-2020, de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejero universitario representante de los técnicos académicos, se requiere:

I. Ser técnico académico con más de seis años de antigüedad académica en la entidad o dependen-cia universitaria de adscripción, salvo que se trate de establecimientos de reciente creación, en los que dicha antigüedad se computará desde el in-greso a la Universidad;

II. Realizar funciones docentes en la Universidad que, para efectos exclusivamente de elegibilidad, se entenderá alguno de los supuestos siguientes: impartición de docencia frente a grupo, cursos, se-minarios, diplomados, talleres y conferencias, ase-soría y dirección de tesis y prácticas, evaluación de alumnos en los planes y programas de estudio, así como elaboración de documentos escolares o de material didáctico, protocolos o guías requeri-dos para la impartición de clases;

III. Manifestar por escrito, en el momento de su regis-tro como candidato, su compromiso y disponibili-dad para participar en las tareas encomendadas en el Consejo Universitario, en caso de resultar electo;

IV. No ocupar un puesto administrativo o académico-administrativo en la Universidad al momento de la elección, ni durante el desempeño del cargo de consejero, y

V. No haber cometido faltas graves contra la discipli-na universitaria que hubieran sido sancionadas.

SEGUNDA.- Podrán registrar sus candidaturas en la presente elección los técnicos académicos cuyos nom-bres aparezcan en la lista de elegibles correspondiente, misma que se publica de manera simultánea con esta convocatoria.

En caso de que alguno de los integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posterioridad, severifiquequenosatisfacelosrequisitosparaserconse-jero o se vea imposibilitado para participar en la elección, al compañero de fórmula se le permitirá participar en la elec-ción respectiva.

Ningún técnico académico podrá solicitar su registro como integrante de más de una fórmula, ya sea como propietario o como suplente.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fórmula sus integrantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

I. Cumplir con lo establecido en la Base Primera de esta convocatoria;

II. Solicitar por escrito el registro de la fórmula inte-grada por un propietario y un suplente;

III. Manifestar por escrito su aceptación, yIV. Señalar, conjuntamente con la solicitud de regis-

tro, el nombre, domicilio y teléfono de la persona que representará a la fórmula durante el desarrollo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fórmu-la a quien cumpla los requisitos siguientes:

a) Estar incluido en el padrón de electores, yb) No haber sido sancionado por faltas graves contra

la disciplina universitaria.

Los representantes de las fórmulas podrán sustituirse en cualquier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la jornada electo-ral, es decir, antes de las 19:00 (diecinueve) horas del 6 de abril de 2016.

CUARTA.- Con el objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los inte-grantes de las fórmulas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de regis-tro de fórmula la siguiente documentación:

I. Credencial vigente de la UNAM o cualquier identi-ficaciónoficialvigenteconfotografía;

II. Acreditación de que realiza las actividades docen-tes descritas en la fracción II de la Base Primera, con documentos originales y copias de los mismos parafinesdecotejo,y

III. Copia del último talón de pago.

QUINTA.- La lista de elegibles a que alude la Base Segunda ha sido ubicada y publicada en lugares visibles de la Coordi-nación del Consejo Académico del Área de las Humanidades ydelasArtes,ubicadaenelEdificiodelosConsejosAcadé-micos, Circuito Exterior s/n, Cd. Universitaria, Ciudad de México, C.P. 04510.

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TÉCNICOS ACADÉMICOS DEL ÁREA DE LAS HUMANIDADES Y DE LAS ARTES

ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

PARA EL PERIODO 2016-2020

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7 de marzo de 201626

Así como en la página electrónica http://www.caahya.unam.mx del Consejo Académico del Área de las Humanidades y de las Artes.

SEXTA.- El registro de fórmulas se realizará ante la Co-misión Local de Vigilancia de la Elección, del día 8 al 28 de marzo de 2016, en el local del Consejo Académico del Área de las Humanidades y de las Artes, cuya ubicación se señala en la base anterior, de las 9:00 (nueve) a las 14:00 (catorce) y de las 17:00 (diecisiete) a las 19:00 (dieci-nueve) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

SÉPTIMA.- Podrán participar como electores los técnicos académicos adscritos a las entidades académicas agru-padas en el Consejo Académico del Área de las Humani-dades y de las Artes y que tengan más de tres años de antigüedad, incluyendo los jubilados que se encuentren prestando sus servicios mediante contrato, en los términos del Estatuto del Personal Académico, y que aparezcan en el padrón de electores. La antigüedad se computará hasta el día en que se prevea realizar la elección.

El voto se podrá ejercer desde cualquier computadora o dispositivo electrónico con acceso a Internet en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx Para ello, los técni-cos académicos utilizarán el Número de IdentificaciónPersonal (NIP) del Sistema Integral de Administración Es-colar (SIAE) http://www.dgae-siae.unam.mx que usan para sufuncióndocenteoconelcualtambiénentranalaOficinaVirtual de la Dirección General de Personal (DGP) http://www.personal.unam.mx/oficinavirtual

EsteNIPnopodrásermodificadoporelelectordentrodelas 72 (setenta y dos) horas previas a la jornada electoral, es decir, después de las 24:00 (veinticuatro) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos del 8 de abril de 2016.

El técnico académico que requiera recuperar su NIP de-berásolicitarloalaoficinaadministrativadesuentidad,lacual lo solicitará a la Subdirección de Sistemas de Registro Escolar de la Dirección General de Administración Escolar.

OCTAVA.- El padrón de electores se publica en lugares vi-sibles de la Coordinación del Consejo Académico del Área de las Humanidades y de las Artes, cuya ubicación se se-ñala en la Base Quinta de esta convocatoria, así como en la página electrónica http://www.caahya.unam.mx del Conse-jo Académico del Área de las Humanidades y de las Artes.En este mismo local se pondrá a disposición de los elec-tores un equipo de cómputo con acceso al referido padrón para su consulta.

NOVENA.- El técnico académico interesado podrá solicitar a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección los ajustes al padrón de electores y a la lista de elegibles en el local y horarioaqueserefierelaBaseSextadeestaconvocatoria.El ejercicio de este derecho concluirá:

I. En el caso del padrón de electores, tres días hábiles antes de la elección, es decir, a las 19:00 (diecinue-ve) horas del día 8 de abril de 2016, y

II. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha límite para el registro de fórmulas, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 28 de marzo de 2016.

DÉCIMA.- El Consejo Académico del Área de las Humanida-des y de las Artes, designó para integrar la Comisión Local de Vigilancia de la Elección a los siguientes tres miembros:

Presidente: Dr. Silvestre Villegas RevueltasSecretario: Arq. Héctor García OlveraVocal: Yazmín Beltrán Durán

Asimismo, designó como experto en informática para apo-yar en el enlace con la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación a: Téc. Orlan-do Seba Nape.

El día de la elección, la Comisión Local de Vigilancia de la Elecciónverificaráqueelsistemanoestéenoperaciónantesde la hora de inicio de la jornada electoral. Una vez puesto enoperaciónalahorafijada,constataráqueelcontadordelsistema se encuentre marcando ceros, supervisará el avan-ce del proceso, dará constancia del cierre de las votaciones en la hora indicada, levantará el acta respectiva y generará el archivo digital con los resultados de la elección.

UNDÉCIMA.- Una vez obtenida la constancia de registro, los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes del día de la elección, esto es, hasta las 19:00 (die-cinueve) horas del día 11 de abril de 2016.

DUODÉCIMA.- Los actos de propaganda electoral se ajus-tarán a las siguientes reglas:

I. Deberán propiciar la expresión, el desarrollo y la dis-cusión de ideas, programas y acciones propositivas en favor de la Universidad;

II. Estarán basados en el fortalecimiento de los princi-pios universitarios y en el respeto a los derechos de los miembros de la comunidad universitaria;

III. No deberán contener manifestaciones que inciten a la violencia;

IV. La propaganda electoral deberá ser retirada por los integrantes de las fórmulas o sus representantes dentro de los dos días posteriores a la elección;

V. No se utilizarán los recursos materiales consumibles y económicos, ni las páginas electrónicas de las en-tidades académicas y dependencias con fines depropaganda electoral;

VI. Las autoridades universitarias y los funcionarios aca-démico-administrativos de las entidades académicas y dependencias se abstendrán, en todo momento, de realizar actividades de propaganda y proselitis-mo. Asimismo, les está prohibido obstruir el libre ejercicio de actos de propaganda electoral, y

VII. Los integrantes de las fórmulas, sus representantes y simpatizantes, así como los miembros de la comu-nidad universitaria en general, deberán respetar toda la propaganda electoral. Asimismo, están obligados a preservar la infraestructura física y demás bie-nes de la Universidad.

DECIMOTERCERA.- Los electores podrán emitir su voto en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el día 14 de abril de 2016, de las 9:00 (nueve) a las 19:00 (dieci-nueve) horas, de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

DECIMOCUARTA.- Para la presente elección el Consejo

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277 de marzo de 2016

Académico del Área de las Humanidades y de las Artes ha determinado instalar unmonitor en las oficinas de laCoordinación del Consejo Académico del Área de las Hu-manidades y de las Artes, señaladas en la Base Quinta de esta convocatoria, donde la Comisión Local de Vigilancia de la Elección y los representantes de las fórmulas podrán observar el proceso de la votación, así como el recuento total de votos.

DECIMOQUINTA.- La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto, conten-drá las fórmulas registradas de propietarios y suplentes, escritas en blanco y negro y sin logotipos, con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario.

DECIMOSEXTA.- Los electores podrán ejercer su voto se-leccionando una de las fórmulas registradas. La fórmula que obtenga el mayor número de votos, resultará electa.

DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiere seleccionado más de una de las fórmulas registradas;

II. No se seleccione ninguna opción presentada en la boleta;

III. El voto se hubiere otorgado a una fórmula cuyo registro haya sido cancelado, o

IV. Se violen las disposiciones para la emisión del voto acordadas para este efecto por el Consejo Académico del Área de las Humanidades y de las Artes.

DECIMOCTAVA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección será la encargada de conocer y, en su caso, resol-ver los incidentes que durante el desarrollo de la elección pudieran suscitarse.

DECIMONOVENA.- Se encuentran facultados para pre-sentar el recurso de impugnación los integrantes de la fórmula registrada o su representante en el proceso electoral. En caso de que existan impugnaciones, éstas deberán presentarse hasta antes del cierre de casilla, por escrito conel nombre completo y la firmadequie-nes las formulen, debidamente fundadas y motivadas, con la documentación y pruebas correspondientes, ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección. Si falta alguno de los requisitos indicados en esta base, la Comi-sión Especial Electoral del Consejo Universitario podrá desechar el recurso.

Cuando se aleguen actos de propaganda electoral el día de la elección, la existencia de errores en el recuento de votos, o que aparezca en el recuento un número de votos que supere el uno por ciento del número de electores, los afectados podrán presentar el recurso de impugnación ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Universita-rio hasta el día 18 de abril hasta las 19:00 (diecinue-ve) horas.

VIGÉSIMA.- La Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario será la encargada de supervisar el desarrollo detodoelprocesoelectoral,dictaminar,calificarlaeleccióny hacer la declaratoria correspondiente de la fórmula gana-dora.Suresoluciónserádefinitivaeinapelable.

“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 7 de marzo de 2016

EL SECRETARIO GENERAL

DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS

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7 de marzo de 201628

El Secretario General conforme a lo dispuesto en los artí-culos 7° fracción III de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 15, 16 fracción VIII; 18, 19 y 24 del Estatuto General, 1º, 11, 18 y 44 fracción VII, así como los demás relativos y aplicables del Regla-mento para la Elección de Consejeros Universitarios y Técnicos, y conforme al acuerdo del Consejo Académico del Bachillerato, en su sesión efectuada el pasado día 24 de febrero de 2016.

CONVOCA

A los técnicos académicos adscritos a las entidades académicas agrupadas en el Consejo Académico del Bachillerato a participar en la elección electrónica, me-diante voto universal, libre, directo, secreto, personal e intransferible, de un consejero universitario propietario representante de los técnicos académicos y su respecti-vo suplente, para el periodo 2016-2020, de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejero universitario representante de los técnicos académicos, se requiere:

I. Ser técnico académico con más de seis años de antigüedad académica en la entidad o dependen-cia universitaria de adscripción, salvo que se trate de establecimientos de reciente creación, en los que dicha antigüedad se computará desde el in-greso a la Universidad;

II. Realizar funciones docentes en la Universidad que, para efectos exclusivamente de elegibilidad, se en-tenderá alguno de los supuestos siguientes: impar-tición de docencia frente a grupo, cursos, semina-rios, diplomados, talleres y conferencias, asesoría y dirección de tesis y prácticas, evaluación de alum-nos en los planes y programas de estudio, así como elaboración de documentos escolares o de material didáctico, protocolos o guías requeridos para la im-partición de clases;

III. Manifestar por escrito, en el momento de su regis-tro como candidato, su compromiso y disponibilidad para participar en las tareas encomendadas en el Consejo Universitario, en caso de resultar electo;

IV. No ocupar un puesto administrativo o académico-administrativo en la Universidad al momento de la elección, ni durante el desempeño del cargo de con-sejero, y

V. No haber cometido faltas graves contra la disciplina universitaria que hubieran sido sancionadas.

SEGUNDA.- Podrán registrar sus candidaturas en la presente elección los técnicos académicos cuyos nombres aparezcan en la lista de elegibles correspondiente, misma que se publi-ca de manera simultánea con esta convocatoria.

En caso de que alguno de los integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posterioridad, severifiquequenosatisfacelosrequisitosparaserconse-jero o se vea imposibilitado para participar en la elección, al compañero de fórmula se le permitirá participar en la elec-ción respectiva.

Ningún técnico académico podrá solicitar su registro como integrante de más de una fórmula, ya sea como propietario o como suplente.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fór-mula sus integrantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

I. Cumplir con lo establecido en la Base Primera de esta convocatoria;

II. Solicitar por escrito el registro de la fórmula inte-grada por un propietario y un suplente;

III. Manifestar por escrito su aceptación, yIV. Señalar, conjuntamente con la solicitud de regis-

tro, el nombre, domicilio y teléfono de la persona que representará a la fórmula durante el desarrollo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fórmu-la a quien cumpla los requisitos siguientes:

a) Estar incluido en el padrón de electores, yb) No haber sido sancionado por faltas graves contra

la disciplina universitaria.

Los representantes de las fórmulas podrán sustituirse en cualquier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la jornada electo-ral, es decir, antes de las 19:00 (diecinueve) horas del 6 de abril de 2016.

CUARTA.- Con el objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los inte-grantes de las fórmulas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de regis-tro de fórmula la siguiente documentación:

I. CredencialvigentedelaUNAMocualquieridentifi-caciónoficialvigenteconfotografía;

II. Acreditación de que realiza las actividades docentes descritas en la fracción II de la Base Primera, con documentos originales y copias de los mismos para finesdecotejo,y

III. Copia del último talón de pago.

QUINTA.- La lista de elegibles a que alude la Base Se-gunda ha sido ubicada y publicada en lugares visibles de la Coordinación del Consejo Académico del Bachillerato, ubicadaenlaplantaprincipaldelEdificiodelosConsejos

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TÉCNICOS ACADÉMICOS DEL BACHILLERATO

ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

PARA EL PERIODO 2016-2020

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297 de marzo de 2016

Académicos, Circuito Exterior s/n, Cd. Universitaria, Ciudad de México, C.P. 04510 y publicada en las páginas electróni-cas http://www.cab.unam.mx del Consejo Académico del Bachillerato, http://dgenp.unam.mx de la Escuela Nacio-nal Preparatoria y http://www.cch.unam.mx/elecciones de la Escuela Nacional Colegio de Ciencias y Humanida-des, así como en las páginas electrónicas de los catorce planteles del bachillerato.

SEXTA.- El registro de fórmulas se realizará ante la Co-misión Local de Vigilancia de la Elección, del día 8 al 28 de marzo de 2016, en el local de Consejo Académico del Bachillerato, cuya ubicación se señala en la base ante-rior; de las 10:00 (diez) a las 20:00 (veinte) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Uni-dos Mexicanos.

SÉPTIMA.- Podrán participar como electores los técnicos académicos adscritos a las entidades agrupadas en el Con-sejo Académico del Bachillerato y que tengan más de tres años de antigüedad, incluyendo los jubilados que se en-cuentren prestando sus servicios mediante contrato, en los términos del Estatuto del Personal Académico, y que apa-rezcan en el padrón de electores. La antigüedad se compu-tará hasta el día en que se prevea realizar la elección.

El voto se podrá ejercer desde cualquier computadora o dispositivo electrónico con acceso a Internet en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx Para ello, los téc-nicos académicos utilizarán el Número de IdentificaciónPersonal (NIP) del Sistema Integral de Administración Escolar (SIAE) http://www.dgae-siae.unam.mx que usan para su función docente o con el cual también entran a la OficinaVirtualdelaDirecciónGeneraldePersonal(DGP)http://www.personal.unam.mx/oficinavirtual

EsteNIPnopodrásermodificadoporelelectordentrodelas 72 (setenta y dos) horas previas a la jornada electoral, es decir, después de las 24:00 (veinticuatro) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos del 8 de abril de 2016.

El técnico académico que requiera recuperar su NIP deberá solicitarloalaoficinaadministrativadesuentidad,lacuallosolicitará a la Subdirección de Sistemas de Registro Esco-lar de la Dirección General de Administración Escolar.

OCTAVA.- El padrón de electores se publica en lugares visibles de la Coordinación del Consejo Académico del Bachillerato, que se localiza en la dirección mencionada en la Base Quinta, en las páginas electrónicas http://www.cab.unam.mx del Consejo Académico del Bachillerato, http://dgenp.unam.mx de la Escuela Nacional Prepara-toria y http://www.cch.unam.mx/elecciones de la Escuela Nacional Colegio de Ciencias y Humanidades, así como en las páginas electrónicas de los catorce planteles del bachillerato.

Se pondrá a disposición de los electores un equipo de cómputo con acceso al referido padrón para su consulta en la sala de la Coordinación del Consejo Académico del Bachillerato.

NOVENA.- El técnico académico interesado podrá solicitar a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección los ajustes al padrón de electores y a la lista de elegibles en el local y

horarioaqueserefierelaBaseSextadeestaconvocatoria.El ejercicio de este derecho concluirá:

I. En el caso del padrón de electores, tres días hábiles antes de la elección, es decir, a las 19:00 (diecinue-ve) horas del día 8 de abril de 2016, y

II. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha lí-mite para el registro de fórmulas, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 28 de marzo de 2016.

DÉCIMA.- El Consejo Académico del Bachillerato designó para integrar la Comisión Local de Vigilancia de la Elección a los siguientes consejeros:

Presidente: Isauro Figueroa RodríguezSecretario: Alejandro Jorge Merchant DuránVocal: Rosalva López Serna

Asimismo, designó como experto en informática para apo-yar en el enlace con la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación a: José Eulalio Pérez Pérez, responsable de Sistemas del Consejo Acadé-mico del Bachillerato.

El día de la elección, la Comisión Local de Vigilancia de la Elecciónverificaráqueelsistemanoestéenoperaciónantesde la hora de inicio de la jornada electoral. Una vez puesto enoperaciónalahorafijada,constataráqueelcontadordelsistema se encuentre marcando ceros, supervisará el avan-ce del proceso, dará constancia del cierre de las votaciones en la hora indicada, levantará el acta respectiva y generará el archivo digital con los resultados de la elección.

UNDÉCIMA.- Una vez obtenida la constancia de registro, los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral 48 (cuarenta y ocho) horas antes del día de la elección, esto es, hasta las 19:00 (diecinue-ve) horas del día 11 de abril de 2016.

DUODÉCIMA.- Los actos de propaganda electoral se ajus-tarán a las siguientes reglas:

I. Deberán propiciar la expresión, el desarrollo y la discusión de ideas, programas y acciones proposi-tivas en favor de la Universidad;

II. Estarán basados en el fortalecimiento de los prin-cipios universitarios y en el respeto a los derechos de los miembros de la comunidad universitaria;

III. No deberán contener manifestaciones que inciten a la violencia;

IV. La propaganda electoral deberá ser retirada por los integrantes de las fórmulas o sus representantes dentro de los dos días posteriores a la elección;

V. No se utilizarán los recursos materiales consumi-bles y económicos, ni las páginas electrónicas de lasentidadesacadémicasydependenciasconfi-nes de propaganda electoral;

VI. Las autoridades universitarias y los funcionarios académico-administrativos de las entidades aca-démicas y dependencias se abstendrán, en todo momento, de realizar actividades de propaganda y proselitismo. Asimismo, les está prohibido obstruir el libre ejercicio de actos de propaganda electoral, y

VII. Los integrantes de las fórmulas, sus representan-tes y simpatizantes, así como los miembros de la

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7 de marzo de 201630

comunidad universitaria en general, deberán res-petar toda la propaganda electoral. Asimismo, están obligados a preservar la infraestructura físi-ca y demás bienes de la Universidad.

DECIMOTERCERA.- Los electores podrán emitir su voto en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el día 14 de abril de 2016, de las 9:00 (nueve) a las 19:00 (dieci-nueve) horas, de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

DECIMOCUARTA.- Para la presente elección el Consejo Académico del Bachillerato ha determinado instalar un mo-nitor en la Sala de la Coordinación del Consejo Académico del Bachillerato, donde la Comisión Local de Vigilancia de la Elección y los representantes de las fórmulas podrán ob-servar el proceso de la votación, así como el recuento total de votos.

DECIMOQUINTA.- La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto, conten-drá las fórmulas registradas de propietarios y suplentes, escritas en blanco y negro y sin logotipos, con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario.

DECIMOSEXTA.- Los electores podrán ejercer su voto se-leccionando una de las fórmulas registradas. La fórmula que obtenga el mayor número de votos, resultará electa.

DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiere seleccionado más de una de las fórmulas registradas;

II. No se seleccione ninguna opción presentada en la boleta;

III. El voto se hubiere otorgado a una fórmula cuyo registro haya sido cancelado, o

IV. Se violen las disposiciones para la emisión del voto acordadas para este efecto por el Consejo Académico del Bachillerato.

DECIMOCTAVA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección será la encargada de conocer y, en su caso, resol-ver los incidentes que durante el desarrollo de la elección pudieran suscitarse.

DECIMONOVENA.- Se encuentran facultados para pre-sentar el recurso de impugnación los integrantes de la fórmula registrada o su representante en el proceso electoral. En caso de que existan impugnaciones, éstas deberán presentarse hasta antes del cierre de casilla, por escrito con el nombre completo y la firmade quie-nes las formulen, debidamente fundadas y motivadas, con la documentación y pruebas correspondientes, ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección. Si falta alguno de los requisitos indicados en esta base, la Comi-sión Especial Electoral del Consejo Universitario podrá desechar el recurso.

Cuando se aleguen actos de propaganda electoral el día de la elección, la existencia de errores en el recuento de votos, o que aparezca en el recuento un número de votos que supere el uno por ciento del número de electores, los afec-tados podrán presentar el recurso de impugnación ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario has-ta el día 18 de abril hasta las 19:00 (diecinueve) horas.

VIGÉSIMA.- La Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario será la encargada de supervisar el desarrollo detodoelprocesoelectoral,dictaminar,calificarlaeleccióny hacer la declaratoria correspondiente de la fórmula gana-dora.Suresoluciónserádefinitivaeinapelable.

“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 7 de marzo de 2016

EL SECRETARIO GENERAL

DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS

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317 de marzo de 2016

El Secretario General conforme a lo dispuesto en los artí-culos 7° fracción III de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 15, 16 fracción III párrafo primero, 17 apartado C) y 24 del Estatuto General; 1° y 3°, así como los demás relativos y aplicables del Reglamento para la Elección de Consejeros Universitarios y Técnicos; y conforme al acuerdo de los coordinadores de los progra-mas de posgrado en su sesión efectuada el día 16 de fe-brero de 2016.

CONVOCA

A los alumnos de los programas de posgrado siguientes:

- Astrofísica;- Ciencia e Ingeniería de la Computación;- Ciencia e Ingeniería de Materiales;- Ciencias Físicas;- Ciencias de la Tierra; - Maestría y Doctorado en Ingeniería;- Maestría y Doctorado en Ciencias Matemáticas;- Especialización en Estadística Aplicada; - Especialización en Geotecnia de la Facultad de

Estudios Superiores Acatlán;- Especialización en Sistemas de Calidad de la Fa-

cultad de Estudios Superiores Acatlán; - Especialización en Puentes de la Facultad de Es-

tudios Superiores Aragón; - Especialización en Mantenimiento a Equipo de

Instrumentación y Control a distancia en Internet;- Único de Especializaciones de Ingeniería;- Único de Especializaciones en Ciencias Bioló-

gicas, Físicas y Matemáticas, de la Facultad de Ciencias, y

- Único de Especializaciones en Ciencias de la Tie-rra, de la Facultad de Ingeniería.

A participar en la elección electrónica, mediante voto uni-versal, libre, directo, secreto, personal e intransferible, de un consejero universitario propietario representante y su respectivo suplente de los alumnos, para el periodo 2016-2018, de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejero universitario representan-te de los alumnos de los programas de posgrado del Área de las Ciencias Físico Matemáticas y de las Ingenierías se requiere:

I. Estar inscrito en algún programa de posgrado de la Universidad dentro del área correspondiente en el momento de la elección;

II. Tener un promedio mínimo de 8 en el caso de es-pecialidad y maestría;

III. Tener evaluaciones favorables para el caso de doctorado;

IV. Manifestar por escrito, al momento de su registro como candidato, su compromiso y disponibilidad para participar en las tareas encomendadas en el Consejo Universitario, en caso de resultar electo;

V. No ocupar en la Universidad ningún puesto admi-nistrativo o académico-administrativo al momento de la elección ni durante el desempeño de su car-go, y

VI. No haber cometido faltas graves contra la discipli-na universitaria, que hubieran sido sancionadas.

SEGUNDA.- Podrán registrar sus candidaturas en la pre-sente elección los alumnos cuyos nombres aparezcan en la lista de elegibles correspondiente, la cual se publica al mis-mo tiempo que esta convocatoria. Para registrarse como candidatos es necesario integrar una fórmula -propietario y suplente- y cubrir los requisitos establecidos en la Legisla-ción Universitaria y en las Bases de la presente convocato-ria, así como obtener de la Comisión Local de Vigilancia de la Elección el registro solicitado.

En caso de que alguno de los integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posterioridad, severifiquequenosatisfacelosrequisitosparaserconse-jero o se vea imposibilitado para participar en la elección, al compañero de fórmula se le permitirá participar en la elec-ción respectiva.

Ningún alumno podrá solicitar su registro como integrante de más de una fórmula, ya sea como propietario o como suplente.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fórmu-la, sus integrantes deberán cubrir los siguientes requisitos:

I. Cumplir con lo señalado en la Base Primera de esta Convocatoria;

II. Solicitar por escrito el registro de la fórmula inte-grada por un propietario y un suplente;

III. Manifestar por escrito su aceptación al cargo, yIV. Señalar, conjuntamente con la solicitud de regis-

tro, el nombre, domicilio y teléfono de la persona que representará a la fórmula durante el desarrollo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fórmu-la a quien cumpla los requisitos siguientes:

a) Estar incluido en el padrón de electores, yb) No haber sido sancionado por faltas graves contra

la disciplina universitaria.

El representante de una fórmula podrá sustituirse en cualquier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE CONSEJEROS UNIVERSITARIOS REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DE LOS PROGRAMAS DE

POSGRADO DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS FÍSICO MATEMÁTICAS Y DE LAS INGENIERÍAS ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

PARA EL PERIODO 2016-2018

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7 de marzo de 201632

la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la jornada electoral, es decir, antes de las 19:00 (diecinueve) horas del 6 de abril de 2016.

CUARTA.- Con el objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los inte-grantes de las fórmulas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de regis-tro de fórmula la siguiente documentación:

I. Credencial de la UNAM vigente o cualquier identi-ficaciónoficialvigenteconfotografía;

II. Historiaacadémicaactualizadaconselloyfirma,yIII. Comprobante de inscripción del año o semestre

en curso.

QUINTA.- La lista de elegibles a que alude la Base Segun-da ha sido ubicada y publicada en las coordinaciones de los programas de posgrado de esta área del conocimiento y en las entidades académicas participantes, así como en la página electrónica de la Coordinación de Estudios de Pos-grado: http://www.posgrado.unam.mx

SEXTA.- El registro de fórmulas se realizará ante la Co-misión Local de Vigilancia de la Elección, del día 8 al 28 de marzo de 2016,enlasoficinasdelaCoordinacióndelConsejo Académico del Área de las Ciencias Físico Mate-máticasydelasIngenierías,ubicadaenelEdificiodelosConsejos Académicos, Circuito Exterior s/n, Cd. Universi-taria, Ciudad de México, C.P. 04510, Teléfono: (55) 5622 1539, Fax (55) 5622 1504, correo electrónico: [email protected] de las 9:00 (nueve) a las 14:00 (catorce) y de las 17:00 (diecisiete) a las 19:00 (diecinueve) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Uni-dos Mexicanos.

SÉPTIMA.- Podrán participar como electores, aquellos alumnos que aparezcan en el padrón de electores y que estén inscritos en el presente periodo lectivo, en alguno de los programas de posgrado de esta área del conocimiento.

El voto se podrá ejercer desde cualquier computadora o dispositivo electrónico con acceso a Internet, en la pági-na http://www.jornadaelectoral.unam.mx Para ello cada unodeloselectorescuentaconunNúmerodeIdentifica-ción Personal (NIP), confidencial e intransferible, con elque ingresan a la Unidad de Administración del Posgrado (U.A.P.).Los alumnos que requieran recuperar su NIP (en caso de pérdida u olvido) lo podrán hacer entrando a la página http://www.uap.unam.mx

EsteNIPnopodrásermodificadoporelelectordentrodelas 72 (setenta y dos) horas previas a la jornada electoral, es decir, después de las 24:00 (veinticuatro) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos del 8 de abril de 2016.

OCTAVA.- El padrón de electores se publica en: la página electrónica de la Coordinación de Estudios de Posgrado: http://www.posgrado.unam.mx

Se pondrá a disposición de los electores un equipo de cómputo con acceso al referido padrón para su consulta, en la Sala de Consulta ubicada en el segundo piso del edificioK de laUnidaddePosgrado situadaenCircui-

to de Posgrados, Cd. Universitaria, Ciudad de México, C.P. 04510.

NOVENA.-Losalumnosdeberánverificarqueseencuen-tran en el padrón de electores y en la lista de elegibles, en caso contrario deberán solicitar el ajuste correspondiente a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección en el local y horarioaqueserefierelaBaseSextadeestaconvocatoria.El ejercicio de este derecho concluirá:

I. En el caso del padrón de electores, tres días há-biles antes de la elección, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 8 de abril de 2016, y

II. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha lí-mite para el registro de fórmulas, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 28 de marzo de 2016.

DÉCIMA.- Los coordinadores de los programas de posgra-do designaron para integrar la Comisión Local de Vigilancia de la Elección a los siguientes tres miembros:

Presidente: Jorge Luis Ortega ArjonaSecretario: Heriberto Pfeiffer PereaVocal: Elizabeth Solleiro Rebolledo

Asimismo, designaron como experto en informática para apoyar en el enlace con la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación a: Téc. Orlando Seba Nape.

El día de la elección, la Comisión Local de Vigilancia de la Elecciónverificaráqueelsistemanoestéenoperaciónantesde la hora de inicio de la jornada electoral. Una vez puesto enoperaciónalahorafijada,constataráqueelcontadordelsistema se encuentre marcando ceros, supervisará el avan-ce del proceso, dará constancia del cierre de las votaciones en la hora indicada, levantará el acta respectiva y generará el archivo digital con los resultados de la elección.

UNDÉCIMA.- Una vez obtenida la constancia de registro, los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes del día de la elección, esto es, hasta las 19:00 (die-cinueve) horas del día 11 de abril de 2016.

DUODÉCIMA.- Los actos de propaganda electoral se ajus-tarán a las siguientes reglas:

I. Deberán propiciar la expresión, el desarrollo y la discusión de ideas, programas y acciones proposi-tivas en favor de la Universidad;

II. Estarán basados en el fortalecimiento de los prin-cipios universitarios y en el respeto a los derechos de los miembros de la comunidad universitaria;

III. No deberán contener manifestaciones que inciten a la violencia;

IV. La propaganda electoral deberá ser retirada por los integrantes de las fórmulas o sus representantes dentro de los dos días posteriores a la elección;

V. No se utilizarán los recursos materiales consumi-bles y económicos, ni las páginas electrónicas de lasentidadesacadémicasydependenciasconfi-nes de propaganda electoral;

VI. Las autoridades universitarias y los funcionarios académico-administrativos de las entidades aca-

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337 de marzo de 2016

démicas y dependencias se abstendrán, en todo momento, de realizar actividades de propaganda y proselitismo. Asimismo, les está prohibido obstruir el libre ejercicio de actos de propaganda electo-ral, y

VII. Los integrantes de las fórmulas, sus representan-tes y simpatizantes, así como los miembros de la comunidad universitaria en general, deberán res-petar toda la propaganda electoral. Asimismo, están obligados a preservar la infraestructura físi-ca y demás bienes de la Universidad.

DECIMOTERCERA.- Los electores podrán emitir su voto en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el día 14 de abril de 2016, de las 9:00 (nueve) a las 19:00 (dieci-nueve) horas, de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

DECIMOCUARTA.- Para la presente elección, los coordi-nadores de los programas de posgrado han determinado instalarunmonitoren lasoficinasde laCoordinacióndelConsejo Académico del Área de las Ciencias Físico Mate-máticas y las Ingenierías mencionadas en la Base Sexta de esta convocatoria, donde la Comisión Local de Vigilancia de la Elección y los representantes de las fórmulas regis-tradas podrán observar el proceso de votación, así como el recuento total de votos.

DECIMOQUINTA.- La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto, conten-drá las fórmulas registradas de propietarios y suplentes, escritas en blanco y negro y sin logotipos, con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario.

DECIMOSEXTA.- Los electores podrán ejercer su voto se-leccionando una de las fórmulas registradas. La fórmula que obtenga el mayor número de votos, resultará electa.

DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiere seleccionado más de una de las fórmulas registradas;

II. No se seleccione ninguna opción presentada en la boleta;

III. El voto se hubiere otorgado a una fórmula cuyo registro se haya cancelado, o

IV. Se violen las disposiciones para la emisión del voto acordadas para este efecto por los coordina-dores de los programas de posgrado.

DECIMOCTAVA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección será la encargada de conocer y, en su caso, resol-ver los incidentes que durante el desarrollo de la elección pudieran suscitarse.

DECIMONOVENA.- Se encuentran facultados para pre-sentar el recurso de impugnación los integrantes de la fór-mula registrada o su representante en el proceso electo-ral. En caso de que existan impugnaciones, éstas deberán presentarse hasta antes del cierre de casilla, por escrito conelnombrecompletoylafirmadequieneslasformulen,debidamente fundadas y motivadas, con la documentación y pruebas correspondientes, ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección. Si falta alguno de los requisitos indicados en esta base, la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario podrá desechar el recurso.

Cuando se aleguen actos de propaganda electoral el día de la elección, la existencia de errores en el recuento de votos, o que aparezca en el recuento un número de votos que supere el uno por ciento del número de electores, los afec-tados podrán presentar el recurso de impugnación ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario has-ta el día 18 de abril hasta las 19:00 (diecinueve) horas.

VIGÉSIMA.- La Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario será la encargada de supervisar el desarrollo detodoelprocesoelectoral,dictaminar,calificarlaeleccióny hacer la declaratoria correspondiente de la fórmula gana-dora.Suresoluciónserádefinitivaeinapelable.

“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 7 de marzo de 2016

EL SECRETARIO GENERAL

DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS

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7 de marzo de 201634

El Secretario General conforme a lo dispuesto en los artículos 7° fracción III de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 15, 16 fracción III párrafo primero, 17 apartado C) y 24 del Estatuto General; 1° y 3°, así como los demás relativos y aplicables del Reglamento para la Elección de Consejeros Universitarios y Técnicos; y conforme al acuerdo de los coordinadores de los programas de posgrado en su sesión efectuada el día 16 de febrero de 2016.

CONVOCA

A los alumnos de los programas de posgrado siguientes:

– Ciencias Biológicas;– Doctorado en Ciencias Biomédicas;– Maestría y Doctorado en Ciencias Bioquímicas;– Ciencias del Mar y Limnología;– Maestría y Doctorado en Ciencias Médicas, Odon-

tológicas y de la Salud;– Maestría y Doctorado en Ciencias de la Produc-

ción y de la Salud Animal;– Maestría y Doctorado en Ciencias Químicas;– Maestría en Enfermería;– Maestría y Doctorado en Psicología;– Maestría en Ciencias (Neurobiología);– Plan de Estudios Combinados en Medicina;– Especialización en Medicina Veterinaria y Zootec-

nia;– Único de Especializaciones Odontológicas;– Plan Único de Especialización en Enfermería;– Plan Único de Especializaciones Médicas;– Único de Especializaciones en Psicología;– Especialización en Microscopía Electrónica en

Ciencias Biológicas;– Especialización en Bioquímica Clínica;– Especialización en Producción de Ovinos y Capri-

nos;– Especialización en Endoperiodontología;– Especialización en Ortodoncia;– Especialización en Estomatología del Niño y del

Adolescente;– Especialización en Estomatología en Atención Pri-

maria;– Especialización en Salud en el Trabajo;– Especializaciones en Farmacia Industrial;– Especialización en Valuación Rural;– Especialización en Farmacia Hospitalaria y Clíni-

ca;– Especialización en Enfermería Nefrológica;– Único de Especializaciones en Odontología;– Único de Especializaciones en Ciencias Biológi-

cas, Físicas y Matemáticas, y– Ciencias de la Sostenibilidad.

A participar en la elección electrónica, mediante voto universal, libre, directo, secreto, personal e intransferible,

de un consejero universitario propietario representante y su respectivo suplente de los alumnos, para el periodo 2016-2018 de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejero universitario representante de los alumnos de los programas de posgrado del Área de las Ciencias Biológicas, Químicas y de la Salud se requiere:

I. Estar inscrito en algún programa de posgrado de la Universidad dentro del área correspondiente en el momento de la elección;

II. Tener un promedio mínimo de 8 en el caso de es-pecialidad y maestría;

III. Tener evaluaciones favorables para el caso de doctorado;

IV. Manifestar por escrito, en el momento de su regis-tro como candidato, su compromiso y disponibili-dad para participar en las tareas encomendadas en el Consejo Universitario, en caso de resultar electo;

V. No ocupar en la Universidad ningún puesto admi-nistrativo o académico-administrativo al momento de la elección ni durante el desempeño de su car-go, y

VI. No haber cometido faltas graves contra la discipli-na universitaria, que hubieran sido sancionadas.

SEGUNDA.- Podrán registrar sus candidaturas en la presente elección los alumnos cuyos nombres aparezcan en la lista de elegibles correspondiente, la cual se publica al mismo tiempo que esta convocatoria. Para registrarse como candidatos es necesario integrar una fórmula -propietario y suplente- y cubrir los requisitos establecidos en la Legislación Universitaria y en las Bases de la presente convocatoria, así como obtener de la Comisión Local de Vigilancia de la Elección el registro solicitado.

En caso de que alguno de los integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posterioridad, se verifiquequenosatisfacelosrequisitosparaserconsejeroosevea imposibilitado para participar en la elección, al compañero de fórmula se le permitirá participar en la elección respectiva.

Ningún alumno podrá solicitar su registro como integrante de más de una fórmula, ya sea como propietario o como suplente.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fórmula, sus integrantes deberán cubrir los siguientes requisitos:

I. Cumplir con lo señalado en la Base Primera de esta convocatoria;

II. Solicitar por escrito el registro de la fórmula inte-grada por un propietario y un suplente;

III. Manifestar por escrito su aceptación al cargo, y

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE CONSEJEROS UNIVERSITARIOS REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS BIOLÓGICAS, QUÍMICAS Y DE LA SALUD ANTE

EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

PARA EL PERIODO 2016-2018

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357 de marzo de 2016

IV. Señalar, conjuntamente con la solicitud de regis-tro, el nombre, domicilio y teléfono de la persona que representará a la fórmula durante el desarrollo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fórmula a quien cumpla los requisitos siguientes:

a) Estar incluido en el padrón de electores, yb) No haber sido sancionado por faltas graves contra

la disciplina universitaria.

El representante de una fórmula podrá sustituirse en cualquier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la jornada electoral, es decir, antes de las 19:00 (diecinueve) horas del 6 de abril de 2016.

CUARTA.- Con el objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los inte-grantes de las fórmulas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de registro de fórmula la siguiente documentación:

I. Credencial de la UNAM vigente o cualquier identi-ficaciónoficialvigenteconfotografía;

II. Historiaacadémicaactualizadaconselloyfirma,yIII. Comprobante de inscripción del año o semestre

en curso.

QUINTA.- La lista de elegibles a que alude la Base Segunda ha sido ubicada y publicada en las coordinaciones de los programas de posgrado de esta área del conocimiento y en las entidades académicas participantes, así como en la página electrónica de la Coordinación de Estudios de Posgrado: http://www.posgrado.unam.mx

SEXTA.- El registro de fórmulas se realizará ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, del día 8 al 28 de marzo de 2016, en las oficinas de laCoordinación delConsejoAcadémico del Área de las Ciencias Biológicas, Químicas y de laSalud,ubicadaenelEdificiodelosConsejosAcadémicos,Circuito Exterior s/n, Cd. Universitaria, Ciudad de México, C.P. 04510, Teléfono: 56221536, Fax 56221503, correo electrónico: [email protected], de las 9:00 (nueve) a las 14:00 (catorce) y de las 17:00 (diecisiete) a las 19:00 (diecinueve) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

SÉPTIMA.- Podrán participar como electores, aquellos alumnos que aparezcan en el padrón de electores y que estén inscritos en el presente periodo lectivo, en alguno de los programas de posgrado de esta área del conocimiento.

El voto se podrá ejercer desde cualquier computadora o dispositivo electrónico con acceso a Internet, en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx Para ello cada uno de loselectorescuentaconunNúmerodeIdentificaciónPersonal(NIP),confidencialeintransferible,conelqueingresanalaUnidad de Administración del Posgrado (U.A.P.). Los alumnos que requieran recuperar su NIP (en caso de pérdida u olvido) lo podrán hacer entrando a la página http://www.uap.unam.mx

EsteNIPnopodrásermodificadoporelelectordentrodelas 72 (setenta y dos) horas previas a la jornada electoral, es decir, después de las 24:00 (veinticuatro) horas de la

Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos del 8 de abril de 2016.

OCTAVA.- El padrón de electores se publica en las coordina-cionesyenlasoficinasdelosprogramasdeposgradodelasentidades académicas participantes, así como en la página electrónica de la Coordinación de Estudios de Posgrado: www.posgrado.unam.mx Cada Coordinación exhibirá únicamente el padrón correspondiente a su programa de posgrado.

Se pondrá a disposición de los electores un equipo de cómputo con acceso al referido padrón para su consulta, en la Sala deConsultaubicadaenelsegundopisodeledificioKdelaUnidad de Posgrado situada en Circuito de Posgrados, Cd. Universitaria, Ciudad de México, C.P. 04510.

NOVENA.-Losalumnosdeberánverificarqueseencuentranen el padrón de electores y en la lista de elegibles, en caso contrario deberán solicitar el ajuste correspondiente a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección en el local y horarioaqueserefierelaBaseSextadeestaconvocatoria.El ejercicio de este derecho concluirá:

I. En el caso del padrón de electores, tres días há-biles antes de la elección, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 8 de abril de 2016, y

II. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha límite para el registro de fórmulas, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 28 de marzo de 2016.

DÉCIMA.- Los coordinadores de los programas de posgrado designaron para integrar la Comisión Local de Vigilancia de la Elección a los siguientes tres miembros:

Presidente: Dra. María del Coro Arizmendi ArriagaSecretario: Dra. Ruth Cecilia Vanegas PérezVocal: Dra. Aurea Orozco Rivas

Asimismo, designaron como experto en informática para apoyar en el enlace con la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación a: Téc. Orlando Seba Nape.

El día de la elección, la Comisión Local de Vigilancia de laElecciónverificaráqueelsistemanoestéenoperaciónantes de la hora de inicio de la jornada electoral. Una vezpuestoenoperaciónalahorafijada,constataráqueel contador del sistema se encuentre marcando ceros, supervisará el avance del proceso, dará constancia del cierre de las votaciones en la hora indicada, levantará el acta respectiva y generará el archivo digital con los resultados de la elección.

UNDÉCIMA.- Una vez obtenida la constancia de registro, los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes del día de la elección, esto es, hasta las 19:00 (diecinueve) horas del día 11 de abril de 2016.

DUODÉCIMA.- Los actos de propaganda electoral se ajustarán a las siguientes reglas:

I. Deberán propiciar la expresión, el desarrollo y la discusión de ideas, programas y acciones proposi-tivas en favor de la Universidad;

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7 de marzo de 201636

II. Estarán basados en el fortalecimiento de los prin-cipios universitarios y en el respeto a los derechos de los miembros de la comunidad universitaria;

III. No deberán contener manifestaciones que inciten a la violencia;

IV. La propaganda electoral deberá ser retirada por los integrantes de las fórmulas o sus representan-tes dentro de los dos días posteriores a la elección;

V. No se utilizarán los recursos materiales consu-mibles y económicos, ni las páginas electrónicas de las entidades académicas y dependencias con finesdepropagandaelectoral;

VI. Las autoridades universitarias y los funcionarios académico-administrativos de las entidades aca-démicas y dependencias se abstendrán, en todo momento, de realizar actividades de propaganda y proselitismo. Asimismo, les está prohibido obstruir el libre ejercicio de actos de propaganda electoral, y

VII. Los integrantes de las fórmulas, sus representan-tes y simpatizantes, así como los miembros de la comunidad universitaria en general, deberán res-petar toda la propaganda electoral. Asimismo, es-tán obligados a preservar la infraestructura física y demás bienes de la Universidad.

DECIMOTERCERA.- Los electores podrán emitir su voto en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el día 14 de abril de 2016, de las 9:00 (nueve) a las 19:00 (diecinueve) horas, de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

DECIMOCUARTA.- Para la presente elección, los coordi-nadores de los programas de posgrado han determinado instalarunmonitorenlasoficinasdelaCoordinacióndelConsejo Académico del Área de las Ciencias Biológicas, Químicas y de la Salud mencionadas en la Base Sexta de esta convocatoria, donde la Comisión Local de Vigilancia de la Elección y los representantes de las fórmulas registradas podrán observar el proceso de votación, así como el recuento total de votos.

DECIMOQUINTA.- La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto, contendrá las fórmulas registradas de propietarios y suplentes, escritas en blanco y negro y sin logotipos, con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario.

DECIMOSEXTA.- Los electores podrán ejercer su voto seleccionando una de las fórmulas registradas. La fórmula que obtenga el mayor número de votos, resultará electa.

DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiere seleccionado más de una de las fórmulas registradas;

II. No se seleccione ninguna opción presentada en la boleta;

III. El voto se hubiere otorgado a una fórmula cuyo registro se haya cancelado, o

IV. Se violen las disposiciones para la emisión del voto acordadas para este efecto por los coordina-dores de los programas de posgrado.

DECIMOCTAVA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección será la encargada de conocer y, en su caso, resol-ver los incidentes que durante el desarrollo de la elección pudieran suscitarse.

DECIMONOVENA.- Se encuentran facultados para presentar el recurso de impugnación los integrantes de la fórmula registrada o su representante en el proceso electoral. En caso de que existan impugnaciones, éstas deberán presentarse hasta antes del cierre de casilla, por escrito con el nombre completoylafirmadequieneslasformulen,debidamentefundadas y motivadas, con la documentación y pruebas correspondientes, ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección. Si falta alguno de los requisitos indicados en esta base, la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario podrá desechar el recurso.

Cuando se aleguen actos de propaganda electoral el día de la elección, la existencia de errores en el recuento de votos, o que aparezca en el recuento un número de votos que supere el uno por ciento del número de electores, los afectados podrán presentar el recurso de impugnación ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario hasta el día 18 de abril hasta las 19:00 (diecinueve) horas.

VIGÉSIMA.- La Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario será la encargada de supervisar el desarrollo detodoelprocesoelectoral,dictaminar,calificarlaelecciónyhacer la declaratoria correspondiente de la fórmula ganadora. Suresoluciónserádefinitivaeinapelable.

“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 7 de marzo de 2016

EL SECRETARIO GENERAL

DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS

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377 de marzo de 2016

El Secretario General conforme a lo dispuesto en los artí-culos 7° fracción III de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 15, 16 fracción III párrafo primero, 17 apartado C) y 24 del Estatuto General; 1° y 3°, así como los demás relativos y aplicables del Reglamento para la Elección de Consejeros Universitarios y Técnicos; y conforme al acuerdo de los coordinadores de los progra-mas de posgrado en su sesión efectuada el día 16 de febrero de 2016.

CONVOCA

A los alumnos de los programas de posgrado siguientes:

– Antropología;– Ciencias de la Administración;– Ciencias Políticas y Sociales;– Derecho;– Economía;– Estudios Latinoamericanos;– Geografía;– Maestría en Trabajo Social;– Único de Especializaciones en Derecho;– Especializaciones en Trabajo Social;– Único de Especializaciones en Ciencias de la Ad-

ministración;– Único de Especializaciones en Economía;– Único de Especializaciones en Ciencias Políticas y

Sociales;– Especialización en Costos de la Construcción, y– Especialización en Instituciones Administrativas

de Finanzas Públicas.

A participar en la elección electrónica, mediante voto uni-versal, libre, directo, secreto, personal e intransferible, de un consejero universitario propietario representante de los alumnos y su respectivo suplente, para el periodo 2016-2018, de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejero universitario representante de los alumnos de los programas de posgrado, del Área de las Ciencias Sociales, se requiere:

I. Estar inscrito en algún programa de posgrado de la Universidad dentro del área correspondiente en el momento de la elección;

II. Tener un promedio mínimo de 8 en el caso de es-pecialidad y maestría;

III. Tener evaluaciones favorables para el caso de doctorado;

IV. Manifestar por escrito, en el momento de su registro como candidato, su compromiso y dis-ponibilidad para participar en las tareas encomen-dadas en el Consejo Universitario, en caso de resultar electo;

V. No ocupar en la Universidad ningún puesto admi-nistrativo o académico-administrativo al momento de la elección ni durante el desempeño de su car-go, y

VI. No haber cometido faltas graves contra la discipli-na universitaria, que hubieran sido sancionadas.

SEGUNDA.- Podrán registrar sus candidaturas en la pre-sente elección los alumnos cuyos nombres aparezcan en la lista de elegibles correspondiente, la cual se publica al mis-mo tiempo que esta convocatoria. Para registrarse como candidatos es necesario integrar una fórmula -propietario y suplente- y cubrir los requisitos establecidos en la Legisla-ción Universitaria y en las Bases de la presente convocato-ria, así como obtener de la Comisión Local de Vigilancia de la Elección el registro solicitado.

En caso de que alguno de los integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posterioridad, severifiquequenosatisfacelosrequisitosparaserconse-jero o se vea imposibilitado para participar en la elección, al compañero de fórmula se le permitirá participar en la elec-ción respectiva.

Ningún alumno podrá solicitar su registro como integrante de más de una fórmula, ya sea como propietario o como suplente.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fórmu-la, sus integrantes deberán cubrir los siguientes requisitos:

I. Cumplir con lo señalado en la Base Primera de esta convocatoria;

II. Solicitar por escrito el registro de la fórmula inte-grada por un propietario y un suplente;

III. Manifestar por escrito su aceptación al cargo, yIV. Señalar, conjuntamente con la solicitud de regis-

tro, el nombre, domicilio y teléfono de la persona que representará a la fórmula durante el desarrollo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fórmu-la a quien cumpla los requisitos siguientes:

a) Estar incluido en el padrón de electores, yb) No haber sido sancionado por faltas graves contra

la disciplina universitaria.

El representante de una fórmula podrá sustituirse en cual-quier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a la Comi-sión Local de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la jornada electoral, es decir, antes de las 19:00 (diecinueve) horas del 6 de abril de 2016.

CUARTA.- Con el objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los inte-

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE CONSEJEROS UNIVERSITARIOS REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO

DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS SOCIALES ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

PARA EL PERIODO 2016-2018

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7 de marzo de 201638

grantes de las fórmulas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de regis-tro de fórmula la siguiente documentación:

I. Credencial de la UNAM vigente o cualquier identi-ficaciónoficialvigenteconfotografía;

II. Historiaacadémicaactualizadaconselloyfirma,yIII. Comprobante de inscripción del año o semestre

en curso.

QUINTA.- La lista de elegibles a que alude la Base Segun-da ha sido ubicada y publicada en las coordinaciones de los programas de posgrado de esta área del conocimiento y en las entidades académicas participantes, así como en la página electrónica de la Coordinación de Estudios de Pos-grado: http://www.posgrado.unam.mx

SEXTA.- El registro de fórmulas se realizará ante la Comi-sión Local de Vigilancia de la Elección, del día 8 al 28 de marzo de 2016, en el local de la Coordinación del Consejo Académico del Área de las Ciencias Sociales ubicado en elEdificio de losConsejosAcadémicos,CircuitoExteriors/n, Cd. Universitaria, Ciudad de México, C.P. 04510. Te-léfonos 56221535 y 56221565, correo electrónico: [email protected] de las 9:00 (nueve) a las 14:00 (catorce) y de las 17:00 (diecisiete) a las 19:00 (diecinueve) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

SÉPTIMA.- Podrán participar como electores, aquellos alumnos que aparezcan en el padrón de electores y que estén inscritos en el presente periodo lectivo, en alguno de los programas de posgrado de esta área del conocimiento.

El voto se podrá ejercer desde cualquier computadora o dispositivo electrónico con acceso a Internet, en la pági-na http://www.jornadaelectoral.unam.mx Para ello cada unodeloselectorescuentaconunNúmerodeIdentifica-ción Personal (NIP), confidencial e intransferible, con elque ingresan a la Unidad de Administración del Posgrado (U.A.P.). Los alumnos que requieran recuperar su NIP (en caso de pérdida u olvido) lo podrán hacer entrando a la página http://www.uap.unam.mx

EsteNIPnopodrásermodificadoporelelectordentrodelas 72 (setenta y dos) horas previas a la jornada electoral, es decir, después de las 24:00 (veinticuatro) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos del 8 de abril de 2016.

OCTAVA.- El padrón de electores se publica en la página electrónica de la Coordinación de Estudios de Posgrado: http://www.posgrado.unam.mx así como en las instalacio-nes mencionadas en la Base Sexta y en la entidad acadé-mica sede de cada Programa.

Se pondrá a disposición de los electores un equipo de cóm-puto con acceso al referido padrón en la Sala de Consulta, que se encuentra en la Unidad de Posgrado, ubicada en Circuito de Posgrados, edificio K, segundo piso, CiudadUniversitaria, Ciudad de México, C.P. 04510.

NOVENA.-Losalumnosdeberánverificarqueseencuen-tran en el padrón de electores y en la lista de elegibles, en caso contrario deberán solicitar el ajuste correspondiente a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección en el local y

horarioaqueserefierelaBaseSextadeestaconvocatoria.El ejercicio de este derecho concluirá:

I. En el caso del padrón de electores, tres días há-biles antes de la elección, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 8 de abril de 2016, y

II. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha lí-mite para el registro de fórmulas, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 28 de marzo de 2016.

DÉCIMA.- Los coordinadores de los programas de posgra-do designaron para integrar la Comisión Local de Vigilancia de la Elección a los siguientes tres miembros:

Presidente: Dr. Carlos Humberto Reyes Díaz.Secretario: Dr. Hernán Javier Salas Quintanal.Vocal: Dr. José Alfredo Delgado Guzmán.

Asimismo, designó como experto en informática para apo-yar en el enlace con la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación a: Téc. Orlan-do Seba Nape.

El día de la elección, la Comisión Local de Vigilancia de la Elecciónverificaráqueelsistemanoestéenoperaciónantesde la hora de inicio de la jornada electoral. Una vez puesto enoperaciónalahorafijada,constataráqueelcontadordelsistema se encuentre marcando ceros, supervisará el avan-ce del proceso, dará constancia del cierre de las votaciones en la hora indicada, levantará el acta respectiva y generará el archivo digital con los resultados de la elección.

UNDÉCIMA.- Una vez obtenida la constancia de registro, los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes del día de la elección, esto es, hasta las 19:00 (die-cinueve) horas del día 11 de abril de 2016.

DUODÉCIMA.- Los actos de propaganda electoral se ajus-tarán a las siguientes reglas:

I. Deberán propiciar la expresión, el desarrollo y la discusión de ideas, programas y acciones proposi-tivas en favor de la Universidad;

II. Estarán basados en el fortalecimiento de los prin-cipios universitarios y en el respeto a los derechos de los miembros de la comunidad universitaria;

III. No deberán contener manifestaciones que inciten a la violencia;

IV. La propaganda electoral deberá ser retirada por los integrantes de las fórmulas o sus representantes dentro de los dos días posteriores a la elección;

V. No se utilizarán los recursos materiales consumi-bles y económicos, ni las páginas electrónicas de lasentidadesacadémicasydependenciasconfi-nes de propaganda electoral;

VI. Las autoridades universitarias y los funcionarios académico-administrativos de las entidades aca-démicas y dependencias se abstendrán, en todo momento, de realizar actividades de propaganda y proselitismo. Asimismo, les está prohibido obstruir el libre ejercicio de actos de propaganda electoral, y

VII. Los integrantes de las fórmulas, sus representan-tes y simpatizantes, así como los miembros de la comunidad universitaria en general, deberán res-

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397 de marzo de 2016

petar toda la propaganda electoral. Asimismo, es-tán obligados a preservar la infraestructura física y demás bienes de la Universidad.

DECIMOTERCERA.- Los electores podrán emitir su voto en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el día 14 de abril de 2016, de las 9:00 (nueve) a las 19:00 (dieci-nueve) horas, de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

DECIMOCUARTA.- Para la presente elección, los coor-dinadores de los programas de posgrado han determinado instalarunmonitorenlasoficinasdelaCoordinacióndelConsejo Académico del Área de las Ciencias Sociales mencionadas en la Base Sexta de esta convocatoria, donde la Comisión Local de Vigilancia de la Elección y los representantes de las fórmulas registradas podrán observar el proceso de votación, así como el recuento total de votos.

DECIMOQUINTA.- La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto, conten-drá las fórmulas registradas de propietarios y suplentes, escritas en blanco y negro y sin logotipos, con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario.

DECIMOSEXTA.- Los electores podrán ejercer su voto se-leccionando una de las fórmulas registradas. La fórmula que obtenga el mayor número de votos, resultará electa.

DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiere seleccionado más de una de las fórmulas registradas;

II. No se seleccione ninguna opción presentada en la boleta;

III. El voto se hubiere otorgado a una fórmula cuyo registro se haya cancelado, o

IV. Se violen las disposiciones para la emisión del voto acordadas para este efecto por los coordina-dores de los programas de posgrado.

DECIMOCTAVA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección será la encargada de conocer y, en su caso, resol-ver los incidentes que durante el desarrollo de la elección pudieran suscitarse.

DECIMONOVENA.- Se encuentran facultados para pre-sentar el recurso de impugnación los integrantes de la fórmula registrada o su representante en el proceso electoral. En caso de que existan impugnaciones, éstas deberán presentarse hasta antes del cierre de casilla, por escrito conel nombre completo y la firmadequie-nes las formulen, debidamente fundadas y motivadas, con la documentación y pruebas correspondientes, ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección. Si falta alguno de los requisitos indicados en esta base, la Comi-sión Especial Electoral del Consejo Universitario podrá desechar el recurso.

Cuando se aleguen actos de propaganda electoral el día de la elección, la existencia de errores en el recuento de votos, o que aparezca en el recuento un número de votos que supere el uno por ciento del número de electores, los afectados podrán presentar el recurso de impugna-ción ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario hasta el día 18 de abril hasta las 19:00 (diecinueve) horas.

VIGÉSIMA.- La Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario será la encargada de supervisar el desarrollo detodoelprocesoelectoral,dictaminar,calificarlaeleccióny hacer la declaratoria correspondiente de la fórmula gana-dora.Suresoluciónserádefinitivaeinapelable.

“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 7 de marzo de 2016

EL SECRETARIO GENERAL

DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS

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7 de marzo de 201640

El Secretario General conforme a lo dispuesto en los artí-culos 7° fracción III de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 15, 16 fracción III párrafo primero, 17 apartado C) y 24 del Estatuto General; 1° y 3°, así como los demás relativos y aplicables del Reglamento para la Elección de Consejeros Universitarios y Técnicos; y conforme al acuerdo de los coordinadores de los progra-mas de posgrado en su sesión efectuada el día 16 de fe-brero de 2016.

CONVOCA

A los alumnos de los programas de posgrado siguientes:

- Maestría y Doctorado en Arquitectura; - Artes y Diseño; - Maestría y Doctorado en Bibliotecología y Estu-

dios de la Información; - Maestría en Bibliotecología y Estudios de la Infor-

mación, modalidad a distancia; - Maestría en Diseño Industrial; - Maestría y Doctorado en Estudios Mesoamericanos;- Maestría y Doctorado en Filosofía;- Maestría y Doctorado en Filosofía de la Ciencia;- Maestría y Doctorado en Historia;- Maestría y Doctorado en Historia del Arte;- Maestría y Doctorado en Letras;- Maestría y Doctorado en Lingüística;- Maestría y Doctorado en Música;- Doctorado en Música, modalidad a distancia;- Maestría y Doctorado en Pedagogía;- Maestría y Doctorado en Urbanismo;- Maestría en Docencia para la Educación Media

Superior (MADEMS);- Especialización en Enseñanza de Español como

Lengua Extranjera a distancia;- Especialización en Vivienda;- Especialización en Diseño de Cubiertas Ligeras;- Especialización en Valuación Inmobiliaria; - Especialización en Componentes Industrializados

paralaEdificación;- Especialización en Diseño de Iluminación Arqui-

tectónica, y - Especialización en Gerencia de Proyectos.

A participar en la elección electrónica, mediante voto uni-versal, libre, directo, secreto, personal e intransferible, de un consejero universitario propietario representante y su respectivo suplente de los alumnos, para el periodo 2016-2018 de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejero universitario representante de los alumnos de los programas de posgrado, del Área de las Humanidades y de las Artes, se requiere:

I. Estar inscrito en algún programa de posgrado de la Universidad dentro del área correspondiente en el momento de la elección;

II. Tener un promedio mínimo de 8 en el caso de es-pecialidad y maestría;

III. Tener evaluaciones favorables para el caso de doctorado;

IV. Manifestar por escrito, en el momento de su re-gistro como candidato, su compromiso y dispo-nibilidad para participar en las tareas encomen-dadas en el Consejo Universitario, en caso de resultar electo;

V. No ocupar en la Universidad ningún puesto admi-nistrativo o académico-administrativo al momento de la elección ni durante el desempeño de su car-go, y

VI. No haber cometido faltas graves contra la discipli-na universitaria, que hubieran sido sancionadas.

SEGUNDA.- Podrán registrar sus candidaturas en la pre-sente elección los alumnos cuyos nombres aparezcan en la lista de elegibles correspondiente, la cual se publica al mis-mo tiempo que esta convocatoria. Para registrarse como candidatos es necesario integrar una fórmula -propietario y suplente- y cubrir los requisitos establecidos en la Legisla-ción Universitaria y en las Bases de la presente convocato-ria, así como obtener de la Comisión Local de Vigilancia de la Elección el registro solicitado.

En caso de que alguno de los integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posterioridad, severifiquequenosatisfacelosrequisitosparaserconse-jero o se vea imposibilitado para participar en la elección, al compañero de fórmula se le permitirá participar en la elec-ción respectiva.

Ningún alumno podrá solicitar su registro como integrante de más de una fórmula, ya sea como propietario o como suplente.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fórmula, sus integrantes deberán cubrir los siguientes requisitos:

I. Cumplir con lo señalado en la Base Primera de esta convocatoria;

II. Solicitar por escrito el registro de la fórmula inte-grada por un propietario y un suplente;

III. Manifestar por escrito su aceptación al cargo, yIV. Señalar, conjuntamente con la solicitud de regis-

tro, el nombre, domicilio y teléfono de la persona que representará a la fórmula durante el desarrollo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fórmu-la a quien cumpla los requisitos siguientes:

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE CONSEJEROS UNIVERSITARIOS REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO

DEL ÁREA DE LAS HUMANIDADES Y DE LAS ARTES ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

PARA EL PERIODO 2016-2018

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417 de marzo de 2016

a) Estar incluido en el padrón de electores, yb) No haber sido sancionado por faltas graves contra

la disciplina universitaria.

El representante de una fórmula podrá sustituirse en cual-quier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a la Comi-sión Local de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la jornada electoral, es decir, antes de las 19:00 (diecinueve) horas del 6 de abril de 2016.

CUARTA.- Con el objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los inte-grantes de las fórmulas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de regis-tro de fórmula la siguiente documentación:

I. Credencial de la UNAM vigente o cualquier identi-ficaciónoficialvigenteconfotografía;

II. Historiaacadémicaactualizadaconselloyfirma,yIII. Comprobante de inscripción del año o semestre

en curso.

QUINTA.- La lista de elegibles a que alude la Base Segun-da ha sido ubicada y publicada en las coordinaciones de los programas de posgrado de esta área del conocimiento y en las entidades académicas participantes, así como en la página electrónica de la Coordinación de Estudios de Pos-grado: http://www.posgrado.unam.mx

SEXTA.- El registro de fórmulas se realizará ante la Comi-sión Local de Vigilancia de la Elección, del día 8 al 28 de marzo de 2016, en el local de la Coordinación del Consejo Académico del Área de las Humanidades y de las Artes ubicadaenelEdificiodelosConsejosAcadémicos,Circui-to Exterior s/n, Cd. Universitaria, Ciudad de México, C.P. 04510, Teléfonos 56221548 y 56221411, Fax 56221501, correo electrónico [email protected]; de las 9:00 (nueve) a las 14:00 (catorce) y de las 17:00 (dieci-siete) a las 19:00 (diecinueve) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

SÉPTIMA.- Podrán participar como electores, aquellos alumnos que aparezcan en el padrón de electores y que estén inscritos en el presente periodo lectivo, en alguno de los programas de posgrado de esta área del conocimiento.

El voto se podrá ejercer desde cualquier computadora o dispositivo electrónico con acceso a Internet, en la pági-na http://www.jornadaelectoral.unam.mx Para ello cada unodeloselectorescuentaconunNúmerodeIdentifica-ción Personal (NIP), confidencial e intransferible, con elque ingresan a la Unidad de Administración del Posgrado (U.A.P.). Los alumnos que requieran recuperar su NIP (en caso de pérdida u olvido) lo podrán hacer entrando a la página http://www.uap.unam.mx

EsteNIPnopodrásermodificadoporelelectordentrodelas 72 (setenta y dos) horas previas a la jornada electoral, es decir, después de las 24:00 (veinticuatro) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos del día 8 de abril de 2016.

OCTAVA.- El padrón de electores se publica en la página electrónica de la Coordinación de Estudios de Posgrado: http://www.posgrado.unam.mx

Se pondrá a disposición de los electores un equipo de cóm-puto con acceso al referido padrón para su consulta, en el EdificioH-Primerpiso,SaladeJuntasdeCoordinadores(antes 129-130) de la Unidad de Posgrado situada en el Circuito de Posgrados, Cd. Universitaria, Ciudad de Méxi-co, C.P.04510.

NOVENA.-Losalumnosdeberánverificarqueseencuen-tran en el padrón de electores y en la lista de elegibles, en caso contrario deberán solicitar el ajuste correspondiente a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección en el local y horarioaqueserefierelaBaseSextadeestaconvocatoria.El ejercicio de este derecho concluirá:

I. En el caso del padrón de electores, tres días há-biles antes de la elección, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 8 de abril de 2016, y

II. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha lí-mite para el registro de fórmulas, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 28 de marzo de 2016.

DÉCIMA.- Los coordinadores de los programas de posgra-do designaron para integrar la Comisión Local de Vigilancia de la Elección a los siguientes tres miembros:

Presidente: Mtro. Ángel Mauricio Groso SandovalSecretario: Dra. Patricia Hernández SalazarVocal: Dr. Marco Antonio Sandoval Valle

Asimismo, designaron como experto en informática para apoyar en el enlace con la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación a: Téc. Orlando Seba Nape.

El día de la elección, la Comisión Local de Vigilancia de la Elecciónverificaráqueelsistemanoestéenoperaciónantesde la hora de inicio de la jornada electoral. Una vez puesto enoperaciónalahorafijada,constataráqueelcontadordelsistema se encuentre marcando ceros, supervisará el avan-ce del proceso, dará constancia del cierre de las votaciones en la hora indicada, levantará el acta respectiva y generará el archivo digital con los resultados de la elección.

UNDÉCIMA.- Una vez obtenida la constancia de registro, los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes del día de la elección, esto es, hasta las 19:00 (die-cinueve) horas del día 11 de abril de 2016.

DUODÉCIMA.- Los actos de propaganda electoral se ajus-tarán a las siguientes reglas:

I. Deberán propiciar la expresión, el desarrollo y la discusión de ideas, programas y acciones proposi-tivas en favor de la Universidad;

II. Estarán basados en el fortalecimiento de los prin-cipios universitarios y en el respeto a los derechos de los miembros de la comunidad universitaria;

III. No deberán contener manifestaciones que inciten a la violencia;

IV. La propaganda electoral deberá ser retirada por los integrantes de las fórmulas o sus representantes dentro de los dos días posteriores a la elección;

V. No se utilizarán los recursos materiales consumi-bles y económicos, ni las páginas electrónicas de

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7 de marzo de 201642

lasentidadesacadémicasydependenciasconfi-nes de propaganda electoral;

VI. Las autoridades universitarias y los funcionarios académico-administrativos de las entidades aca-démicas y dependencias se abstendrán, en todo momento, de realizar actividades de propaganda y proselitismo. Asimismo, les está prohibido obstruir el libre ejercicio de actos de propaganda electoral, y

VII. Los integrantes de las fórmulas, sus representan-tes y simpatizantes, así como los miembros de la comunidad universitaria en general, deberán respetar toda la propaganda electoral. Asimismo, están obligados a preservar la infraestructura físi-ca y demás bienes de la Universidad.

DECIMOTERCERA.- Los electores podrán emitir su voto en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el día 14 de abril de 2016, de las 9:00 (nueve) a las 19:00 (dieci-nueve) horas, de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

DECIMOCUARTA.- Para la presente elección los coordi-nadores de los programas de posgrado han determinado instalarunmonitoren lasoficinasde laCoordinacióndelConsejo Académico del Área de las Humanidades y de las Artes, donde la Comisión Local de Vigilancia de la Elección y los representantes de las fórmulas registradas podrán ob-servar el proceso de votación, así como el recuento total de votos.

DECIMOQUINTA.- La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto, conten-drá las fórmulas registradas de propietarios y suplentes, escritas en blanco y negro y sin logotipos, con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario.

DECIMOSEXTA.- Los electores podrán ejercer su voto se-leccionando una de las fórmulas registradas. La fórmula que obtenga el mayor número de votos, resultará electa.

DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiere seleccionado más de una de las fórmulas registradas;

II. No se seleccione ninguna opción presentada en la boleta;

III. El voto se hubiere otorgado a una fórmula cuyo registro se haya cancelado, o

IV. Se violen las disposiciones para la emisión del voto acordadas para este efecto por los coordina-dores de los programas de posgrado.

DECIMOCTAVA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección será la encargada de conocer y, en su caso, resol-ver los incidentes que durante el desarrollo de la elección pudieran suscitarse.

DECIMONOVENA.- Se encuentran facultados para pre-sentar el recurso de impugnación los integrantes de la fórmula registrada o su representante en el proceso electoral. En caso de que existan impugnaciones, éstas deberán presentarse hasta antes del cierre de casilla, por escrito con el nombre completo y la firmade quie-nes las formulen, debidamente fundadas y motivadas, con la documentación y pruebas correspondientes, ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección. Si falta alguno de los requisitos indicados en esta base, la Comi-sión Especial Electoral del Consejo Universitario podrá desechar el recurso.

Cuando se aleguen actos de propaganda electoral el día de la elección, la existencia de errores en el recuento de votos, o que aparezca en el recuento un número de votos que supere el uno por ciento del número de electores, los afec-tados podrán presentar el recurso de impugnación ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario has-ta el día 18 de abril hasta las 19:00 (diecinueve) horas.

VIGÉSIMA.- La Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario será la encargada de supervisar el desarrollo detodoelprocesoelectoral,dictaminar,calificarlaeleccióny hacer la declaratoria correspondiente de la fórmula gana-dora.Suresoluciónserádefinitivaeinapelable.

“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 7 de marzo de 2016

EL SECRETARIO GENERAL

DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS

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437 de marzo de 2016

El Coordinador de la InvestigaciónCientífica conforme alo dispuesto en los artículos 7°, fracción III de la Ley Orgá-nica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 15, 16, fracción III, segundo párrafo, 17 apartado C) y 24 del Estatuto General; 1° y 44 fracción III, así como los demás relativos y aplicables del Reglamento para la Elección de Consejeros Universitarios y Técnicos, y conforme al acuer-dodelConsejoTécnicodelaInvestigaciónCientíficaensureunión efectuada el 18 de febrero de 2016.

CONVOCA

A los alumnos de los programas de posgrado siguientes:

Área de las Ciencias Físico-Matemáticas y de las Ingenierías

– Maestría y Doctorado en Ciencias Matemáticas;– Maestría y Doctorado en Ingeniería;– Astrofísica;– Ciencia e Ingeniería de la Computación;– Ciencia e Ingeniería de Materiales;– Ciencias de la Tierra;– Ciencias Físicas;– Especializaciones en Estadística Aplicada;– Especializaciones en Geotecnia;– Especializaciones en Sistemas de Calidad;– Especializaciones en Puentes;– Especialización en Mantenimiento a Equipo de Ins-

trumentación y Control, a Distancia en Internet, y– Único de Especializaciones de Ingeniería.

Área de las Ciencias Biológicas, Químicas y de la Salud– Doctorado en Ciencias Biomédicas;– Maestría en Ciencias (Neurobiología);– Maestría en Enfermería;– Maestría y Doctorado en Ciencias Bioquímicas;– Maestría y Doctorado en Ciencias de la Producción

y de la Salud Animal;– Maestría y Doctorado en Ciencias Médicas, Odon-

tológicas y de la Salud;– Maestría y Doctorado en Ciencias Químicas;– Maestría y Doctorado en Psicología;– Ciencias Biológicas;– Ciencias del Mar y Limnología;– Especialización en Medicina Veterinaria y Zootec-

nia;– Único de Especializaciones Odontológicas;– Plan Único de Especializaciones en Enfermería;– Único de Especializaciones Médicas;– Especialización en Microscopía Electrónica en

Ciencias Biológicas;– Especializaciones en Bioquímica Clínica;– Especializaciones en Producción de Ovinos y

Caprinos;– Especializaciones en Endoperiodontología;– Especializaciones en Ortodoncia;

– Especializaciones en Estomatología del Niño y el Adolescente;

– Especializaciones en Estomatología en Atención Primaria;

– Especializaciones en Salud en el Trabajo;– Especializaciones en Farmacia Industrial;– Único de Especializaciones en Psicología;– Especialización en Farmacia Hospitalaria y Clínica;– Especializaciones en Odontología;– Plan Único de Especialización en Enfermería;– Único de Especializaciones en Ciencias Biológicas,

Físicas y Matemáticas, y – Ciencias de la Sostenibilidad.

A participar en la elección electrónica, mediante voto uni-versal, directo, libre, secreto, personal e intransferible, de un consejero universitario propietario representante y su respectivo suplente de los alumnos, para el periodo 2016-2018, de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejero universitario representante de los alumnos de los programas de posgrado, del Subsis-temadelaInvestigaciónCientíficaserequiere:

I. Estar inscrito en algún programa de posgrado del SubsistemadelaInvestigaciónCientífica,enelmo-mento de la elección;

II. Tener un promedio mínimo de 8 en el caso de es-pecialidad y maestría;

III. Tener evaluaciones favorables para el caso de doc-torado;

IV. Manifestar por escrito, en el momento de su regis-tro como candidato, su compromiso y disponibilidad para participar en las tareas encomendadas en el Consejo Universitario, en caso de resultar electo;

V. No ocupar en la Universidad ningún puesto admi-nistrativo o académico-administrativo al momento de la elección ni durante el desempeño de su car-go, y

VI. No haber cometido faltas graves contra la disciplina universitaria que hubieran sido sancionadas.

SEGUNDA.- Podrán registrar sus candidaturas en la pre-sente elección los alumnos cuyos nombres aparezcan en la lista de elegibles correspondiente, la cual se publica al mis-mo tiempo que esta convocatoria. Para registrarse como candidatos es necesario integrar una fórmula -propietario y suplente- y cubrir los requisitos establecidos en la Legisla-ción Universitaria y en las Bases de la presente convocato-ria, así como obtener de la Comisión Local de Vigilancia de la Elección el registro solicitado.

En caso de que alguno de los integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posterioridad,

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE CONSEJEROS UNIVERSITARIOS REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO

DEL SUBSISTEMA DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

PARA EL PERIODO 2016-2018

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7 de marzo de 201644

severifiquequenosatisfacelosrequisitosparaserconse-jero o se vea imposibilitado para participar en la elección, al compañero de fórmula se le permitirá participar en la elec-ción respectiva.

Ningún alumno podrá solicitar su registro como integrante de más de una fórmula, ya sea como propietario o como suplente.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fórmu-la, sus integrantes deberán cubrir los siguientes requisitos:

I. Cumplir con lo señalado en la Base Primera de esta convocatoria;

II. Solicitar por escrito el registro de la fórmula integra-da por un propietario y un suplente;

III. Manifestar por escrito su aceptación al cargo, yIV. Señalar, conjuntamente con la solicitud de regis-

tro, el nombre, domicilio y teléfono de la persona que representará a la fórmula durante el desarrollo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fórmu-la a quien cumpla los requisitos siguientes:

a) Estar incluido en el padrón de electores, yb) No haber sido sancionado por faltas graves contra

la disciplina universitaria.

El representante de una fórmula podrá sustituirse en cualquier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a la Comisión Lo-cal de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la jornada electoral, es decir, antes de las 19:00 (diecinueve) horas del 6 de abril de 2016.

CUARTA.- Con el objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los inte-grantes de las fórmulas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de regis-tro de fórmula, la siguiente documentación:

I. Credencial de la UNAM vigente o cualquier identi-ficaciónoficialvigenteconfotografía;

II. Historiaacadémicaactualizadaconselloyfirma,yIII. Comprobante de inscripción del año o semestre

en curso.

QUINTA.- La lista de elegibles a que alude la Base Segunda ha sido ubicada y publicada en los tableros y en las páginas electrónicas de las entidades académicas participantes, así como en la página electrónica de la Coordinación de Estudios de Posgrado: http://www.posgrado.unam.mx y las páginas de los programas de posgrado del Subsistema de la Investiga-ciónCientífica.

SEXTA.- El registro de fórmulas se realizará ante la Comi-sión Local de Vigilancia de la Elección, del día 8 al 28 de marzo de 2016, en el local ubicado en la Secretaría Acadé-micadelaCoordinacióndelaInvestigaciónCientífica(1er.piso), ubicada en Circuito de la Investigación Científica,Ciudad Universitaria sin número, de las 10:00 (diez) a las 14:00 (catorce) y de las 17:00 (diecisiete) a las 19:00 (diecinueve) horas.

SÉPTIMA.- Podrán participar como electores, aquellos alumnos que aparezcan en el padrón de electores y que

se encuentren inscritos en el presente periodo lectivo en alguno de los programas de posgrado del Subsistema de la InvestigaciónCientífica.

El voto se podrá ejercer desde cualquier computadora o dispositivo electrónico con acceso a Internet en la pági-na http://www.jornadaelectoral.unam.mx Para ello, cada unodeloselectorescuentaconunNúmerodeIdentifica-ción Personal (NIP), confidencial e intransferible, con elque ingresan a la Unidad de Administración del Posgrado (U.A.P.). Los alumnos que requieran recuperar su NIP (en caso de pérdida u olvido) lo podrán hacer entrando a la página http://www.uap.unam.mx

EsteNIPnopodrásermodificadoporelelectordentrodelas 72 (setenta y dos) horas previas a la jornada electoral, es decir, hasta las 24:00 (veinticuatro) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexi-canos del 8 de abril de 2016.

OCTAVA.- El padrón de electores se ubica y publica en: las coordinaciones de los programas de posgrado del Sub-sistema de la InvestigaciónCientífica y en las entidadesacadémicas participantes, así como en las páginas elec-trónicasde laCoordinaciónde la InvestigaciónCientífica:http://www.cic-ctic.unam.mx, de la Coordinación de Estu-dios de Posgrado: http://www.posgrado.unam.mx y de los programas de posgrado del Subsistema de la Investiga-ciónCientífica.

Se pondrá a disposición de los electores un equipo de cóm-puto con acceso al referido padrón para su consulta, en la Secretaría Académica de la Coordinación de la Investiga-ciónCientífica.Alternativamente,enlaspáginaswebdelasentidades académicas participantes.

NOVENA.-Losalumnosdeberánverificarqueseencuen-tran en el padrón de electores y en la lista de elegibles, en caso contrario deberán solicitar el ajuste correspondiente a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección en el local y horarioaqueserefierelaBaseSextadeestaconvocatoria.El ejercicio de este derecho concluirá:

I. En el caso del padrón de electores, tres días há-biles antes de la elección, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 8 de abril de 2016, y

II. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha lí-mite para el registro de fórmulas, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 28 de marzo de 2016.

DÉCIMA.-ElConsejoTécnicodelaInvestigaciónCientífi-ca, cuerpo colegiado constituido ex profeso, designó para integrar la Comisión Local de Vigilancia de la Elección a los siguientes tres miembros:

Presidente: Dra. Elena Centeno GarcíaSecretario: Dr. Roberto Alejandro Ruelas MayorgaVocal: Dra. Susana Aurora Magallón Puebla

Asimismo, designó como experto en informática para apo-yar en el enlace con la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación a: Aram Pichardo Durán.

El día de la elección, la Comisión Local de Vigilancia de la

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457 de marzo de 2016

Elecciónverificaráqueelsistemanoestéenoperaciónantesde la hora de inicio de la jornada electoral. Una vez puesto enoperaciónalahorafijada,constataráqueelcontadordelsistema se encuentre marcando ceros, supervisará el avan-ce del proceso, dará constancia del cierre de las votaciones en la hora indicada, levantará el acta respectiva y generará el archivo digital con los resultados de la elección.

UNDÉCIMA.- Una vez obtenida la constancia de registro, los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes del día de la elección, esto es, hasta las 19:00 (die-cinueve) horas del día 11 de abril de 2016.

DUODÉCIMA.- Los actos de propaganda electoral se ajus-tarán a las siguientes reglas:

I. Deberán propiciar la expresión, el desarrollo y la discusión de ideas, programas y acciones propositi-vas en favor de la Universidad;

II. Estarán basados en el fortalecimiento de los princi-pios universitarios y en el respeto a los derechos de los miembros de la comunidad universitaria;

III. No deberán contener manifestaciones que inciten a la violencia;

IV. La propaganda electoral deberá ser retirada por los integrantes de las fórmulas o sus representantes dentro de los dos días posteriores a la elección;

V. No se utilizarán los recursos materiales consumi-bles y económicos, ni las páginas electrónicas de las entidadesacadémicas y dependencias con fi-nes de propaganda electoral;

VI. Las autoridades universitarias y los funcionarios académico-administrativos de las entidades aca-démicas y dependencias se abstendrán, en todo momento, de realizar actividades de propaganda y proselitismo. Asimismo, les está prohibido obstruir el libre ejercicio de actos de propaganda electoral, y

VII. Los integrantes de las fórmulas, sus representan-tes y simpatizantes, así como los miembros de la comunidad universitaria en general, deberán res-petar toda la propaganda electoral. Asimismo, es-tán obligados a preservar la infraestructura física y demás bienes de la Universidad.

DECIMOTERCERA.- Los electores podrán emitir su voto en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el día 14 de abril de 2016, de las 9:00 (nueve) a las 19:00 (dieci-nueve) horas, de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

DECIMOCUARTA.- Para la presente elección el Consejo Técnico de la Investigación Científica, cuerpo colegiadoconstituido ex profeso ha determinado instalar un monitor en la sala de ExCoordinadores de la Coordinación de la InvestigaciónCientífica(plantabaja)dondelaComisiónLo-cal de Vigilancia de la Elección y los representantes de las fórmulas registradas podrán observar el proceso de vota-ción, así como el recuento total de votos.

DECIMOQUINTA.- La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto, conten-

drá las fórmulas registradas de propietarios y suplentes, escritas en blanco y negro y sin logotipos, con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario.

DECIMOSEXTA.- Los electores podrán ejercer su voto se-leccionando una de las fórmulas registradas. La fórmula que obtenga el mayor número de votos, resultará electa. DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiere seleccionado más de una fórmu-la registrada;

II. No se seleccione ninguna opción presentada en la boleta;

III. El voto se hubiere otorgado a una fórmula cuyo re-gistro haya sido cancelado, o

IV. Se violen las disposiciones para la emisión del voto acordadas para este efecto por el Consejo Técnico delaInvestigaciónCientífica.

DECIMOCTAVA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección será la encargada de conocer y, en su caso, resol-ver los incidentes que durante el desarrollo de la elección pudieran suscitarse.

DECIMONOVENA.- Se encuentran facultados para pre-sentar el recurso de impugnación los integrantes de la fórmula registrada o su representante en el proceso electoral. En caso de que existan impugnaciones, éstas deberán presentarse hasta antes del cierre de casilla, por escrito conel nombre completo y la firmadequie-nes las formulen, debidamente fundadas y motivadas, con la documentación y pruebas correspondientes, ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección. Si falta alguno de los requisitos indicados en esta base, la Comi-sión Especial Electoral del Consejo Universitario podrá desechar el recurso.

Cuando se aleguen actos de propaganda electoral el día de la elección, la existencia de errores en el recuento de votos, o que aparezca en el recuento un número de votos que supere el uno por ciento del número de electores, los afec-tados podrán presentar el recurso de impugnación ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario has-ta el día 18 de abril hasta las 19:00 (diecinueve) horas.

VIGÉSIMA.- La Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario será la encargada de supervisar el desarrollo detodoelprocesoelectoral,dictaminar,calificarlaeleccióny hacer la declaratoria correspondiente de la fórmula gana-dora.Suresoluciónserádefinitivaeinapelable.

“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 7 de marzo de 2016

EL COORDINADOR

DR. WILLIAM HENRY LEE ALARDÍN

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7 de marzo de 201646

El Coordinador de Humanidades conforme a lo dispuesto en los artículos 7° fracción III de la Ley Orgánica de la Uni-versidad Nacional Autónoma de México; 15, 16 fracción III, segundo párrafo, 17 apartado C) y 24 del Estatuto General; 1° y 44 fracción III, así como los demás relativos y aplica-bles del Reglamento para la Elección de Consejeros Uni-versitarios y Técnicos, y conforme al acuerdo del Consejo Técnico de Humanidades en su reunión efectuada el 18 de febrero de 2016.

CONVOCA

A los alumnos de los programas de posgrado siguientes:- Maestría en Trabajo Social;- Antropología;- Ciencias de la Administración;- Ciencias Políticas y Sociales;- Derecho;- Economía;- Estudios Latinoamericanos;- Geografía;- Artes y Diseño;- Maestría y Doctorado en Arquitectura;- Maestría y Doctorado en Bibliotecología y Estu-

dios de la Información;- Maestría y Doctorado en Estudios Mesoamerica-

nos;- Maestría y Doctorado en Filosofía;- Maestría y Doctorado en Filosofía de la Ciencia;- Maestría y Doctorado en Historia;- Maestría y Doctorado en Historia del Arte;- Maestría y Doctorado en Letras;- Maestría y Doctorado en Lingüística;- Maestría y Doctorado en Música;- Maestría y Doctorado en Pedagogía;- Maestría y Doctorado en Urbanismo;- Diseño Industrial;- Maestría en Docencia para la Educación Media

Superior;- Especialización en Valuación Rural;- Único de Especializaciones en Ciencias de la Ad-

ministración;- Único de Especializaciones en Derecho;- Único de Especializaciones en Economía;- Especialización en Costos de la Construcción;- Especialización en Instituciones Administrativas

de Finanzas Públicas;- Único de Especializaciones en Ciencias Políticas y

Sociales;- Especialización en Trabajo Social;- Único de Especializaciones en Arquitectura;- Especialización en Enseñanza de Español como

Lengua Extranjera a distancia, y - Especialización en Historia del Arte.

A participar en la elección electrónica, mediante voto uni-versal, libre, directo, secreto, personal e intransferible, de

un consejero universitario propietario representante y su respectivo suplente de los alumnos, por el Subsistema de Humanidades, para el periodo 2016-2018, de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejero universitario representante de los alumnos de los programas de posgrado, del Subsis-tema de Humanidades, se requiere:

I. Estar inscrito en algún programa de posgrado del Subsistema de Humanidades, en el momento de la elección;

II. Tener un promedio mínimo de 8 en el caso de es-pecialidad y maestría;

III. Tener evaluaciones favorables para el caso de doctorado;

IV. Manifestar por escrito, en el momento de su regis-tro como candidato, su compromiso y disponibilidad para participar en las tareas encomendadas en el Consejo Universitario, en caso de resultar electo;

V. No ocupar en la Universidad ningún puesto admi-nistrativo o académico-administrativo al momento de la elección ni durante el desempeño de su car-go, y

VI. No haber cometido faltas graves contra la discipli-na universitaria que hubieran sido sancionadas.

SEGUNDA.- Podrán registrar sus candidaturas en la pre-sente elección los alumnos cuyos nombres aparezcan en la lista de elegibles correspondiente, la cual se publica al mis-mo tiempo que esta convocatoria. Para registrarse como candidatos es necesario integrar una fórmula -propietario y suplente- y cubrir los requisitos establecidos en la Legisla-ción Universitaria y en las Bases de la presente convocato-ria, así como obtener de la Comisión Local de Vigilancia de la Elección el registro solicitado.

En caso de que alguno de los integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posterioridad, severifiquequenosatisfacelosrequisitosparaserconse-jero o se vea imposibilitado para participar en la elección, al compañero de fórmula se le permitirá participar en la elec-ción respectiva.

Ningún alumno podrá solicitar su registro como integrante de más de una fórmula, ya sea como propietario o como suplente.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fórmu-la, sus integrantes deberán cubrir los siguientes requisitos:

I. Cumplir con lo señalado en la Base Primera de esta convocatoria;

II. Solicitar por escrito el registro de la fórmula inte-grada por un propietario y un suplente;

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE CONSEJEROS UNIVERSITARIOS REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO DEL SUBSISTEMA DE HUMANIDADES ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

PARA EL PERIODO 2016-2018

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477 de marzo de 2016

III. Manifestar por escrito su aceptación al cargo, yIV. Señalar, conjuntamente con la solicitud de regis-

tro, el nombre, domicilio y teléfono de la persona que representará a la fórmula durante el desarrollo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fórmu-la a quien cumpla los requisitos siguientes:

a) Estar incluido en el padrón de electores, yb) No haber sido sancionado por faltas graves contra

la disciplina universitaria.

El representante de una fórmula podrá sustituirse en cual-quier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a la Comi-sión Local de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la jornada electoral, es decir, antes de las 19:00 (diecinueve) horas del 6 de abril de 2016.

CUARTA.- Con el objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los inte-grantes de las fórmulas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de regis-tro de fórmula, la siguiente documentación:

I. Credencial de la UNAM vigente o cualquier identi-ficaciónoficialvigenteconfotografía;

II. Historiaacadémicaactualizadaconselloyfirma,yIII. Comprobante de inscripción del año o semestre

en curso.

QUINTA.- La lista de elegibles a que alude la Base Segun-da ha sido ubicada y publicada en las coordinaciones de los programas de posgrado pertenecientes al Subsistema de Humanidades y en las entidades académicas participan-tes, así como en la página electrónica de la Coordinación de Estudios de Posgrado: http://www.posgrado.unam.mx y las páginas de los programas de posgrado del Subsistema.

SEXTA.- El registro de fórmulas se realizará ante la Comi-sión Local de Vigilancia de la Elección, del día 8 al 28 de marzo de 2016, para el caso de las entidades académicas del campus Ciudad Universitaria, en la sala “B” de reunio-nes del Consejo Técnico de Humanidades, ubicada en la plantabajadel edificio de laCoordinacióndeHumanida-des, Circuito Mtro. Mario de la Cueva, Ciudad de la Inves-tigación en Humanidades, Zona Cultural, Cd. Universitaria; de las 10:00 (diez) a las 14:00 (catorce) y de las 17:30 (diecisiete treinta) a las 19:00 (diecinueve) horas.

Para los programas de posgrado del Subsistema de Huma-nidades, que cuenten con alumnos inscritos en las Facul-tades de Estudios Superiores o en entidades académicas foráneas, los coordinadores de los programas de posgrado de las mismas, apoyarán en la recepción de la documen-tación correspondiente a las solicitudes de registro de fór-mulas,modificacióndelalistadeelegiblesydelpadróndeelectores, información que deberá ser remitida a la breve-dad a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección del Consejo Técnico de Humanidades, referida en la Base Dé-cima de la presente convocatoria.

SÉPTIMA.- Podrán participar como electores, aquellos alumnos que aparezcan en el padrón de electores y que es-tén inscritos en el presente periodo lectivo en alguno de los

programas de posgrado del Subsistema de Humanidades.

El voto se podrá ejercer desde cualquier computadora o dis-positivo electrónico con acceso a Internet en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx Para ello, cada uno de los electorescuentaconunNúmerodeIdentificaciónPersonal(NIP),confidencialeintransferible,conelqueingresanalaUnidad de Administración del Posgrado (U.A.P.).

EsteNIPnopodrásermodificadoporelelectordentrodelas 72 (setenta y dos) horas previas a la jornada electoral, es decir, después de las 24:00 (veinticuatro) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos del 8 de abril de 2016.

OCTAVA.- El padrón de electores se ubica y publica en: las coordinaciones de los programas de posgrado del Sub-sistema de Humanidades y en las entidades académicas participantes, así como en las páginas electrónicas de la Coordinación de Humanidades: http://www.humanidades.unam.mx de la Coordinación de Estudios de Posgrado: http://www.posgrado.unam.mx y de los programas de pos-grado del Subsistema de Humanidades.

Se pondrá a disposición de los electores un equipo de cóm-puto con acceso al referido padrón para su consulta, en las coordinaciones de los programas del Subsistema de Hu-manidades. Alternativamente, en las páginas web de las entidades académicas participantes.

NOVENA.-Losalumnosdeberánverificarqueseencuen-tran en el padrón de electores y en la lista de elegibles, en caso contrario deberán solicitar el ajuste correspondiente a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección en el local y horarioaqueserefierelaBaseSextadeestaconvocatoria.El ejercicio de este derecho concluirá:

I. En el caso del padrón de electores, tres días há-biles antes de la elección, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 8 de abril de 2016, y

II. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha límite para el registro de fórmulas, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 28 de marzo de 2016.

DÉCIMA.- El Consejo Técnico de Humanidades, designó para integrar la Comisión Local de Vigilancia de la Elección a los siguientes tres miembros y sus respectivos suplentes:

Presidente: Dr. Pedro Stepanenko GutiérrezSecretario: Dr. Pablo Gerardo Mora Perez-TejadaVocal: Dr. Mario Humberto Ruz SosaSuplentes: Dra. María Eugenia Alvarado Rodríguez Mtro. Gerardo Reza Calderón Dra. María Olga Sáinz González

Asimismo, designó como experto en informática para apo-yar en el enlace con la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación a: Lic. Rubén Dimitrio Cervantes Cruz, Secretario Técnico de Cómputo y Sistemas de la Coordinación de Humanidades.

El día de la elección, la Comisión Local de Vigilancia de la Elecciónverificaráqueelsistemanoestéenoperaciónantesde la hora de inicio de la jornada electoral. Una vez puesto enoperaciónalahorafijada,constataráqueelcontadordel

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7 de marzo de 201648

sistema se encuentre marcando ceros, supervisará el avan-ce del proceso, dará constancia del cierre de las votaciones en la hora indicada, levantará el acta respectiva y generará el archivo digital con los resultados de la elección.

UNDÉCIMA.- Una vez obtenida la constancia de registro, los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes del día de la elección, esto es hasta las 19:00 (dieci-nueve) horas del día 11 de abril de 2016.

DUODÉCIMA.- Los actos de propaganda electoral se ajus-tarán a las siguientes reglas:

I. Deberán propiciar la expresión, el desarrollo y la discusión de ideas, programas y acciones proposi-tivas en favor de la Universidad;

II. Estarán basados en el fortalecimiento de los prin-cipios universitarios y en el respeto a los derechos de los miembros de la comunidad universitaria;

III. No deberán contener manifestaciones que inciten a la violencia;

IV. La propaganda electoral deberá ser retirada por los integrantes de las fórmulas o sus representan-tes dentro de los dos días posteriores a la elec-ción;

V. No se utilizarán los recursos materiales consumi-bles y económicos, ni las páginas electrónicas de lasentidadesacadémicasydependenciasconfi-nes de propaganda electoral;

VI. Las autoridades universitarias y los funcionarios académico-administrativos de las entidades aca-démicas y dependencias se abstendrán, en todo momento, de realizar actividades de propaganda y proselitismo. Asimismo, les está prohibido obstruir el libre ejercicio de actos de propaganda electoral, y

VII. Los integrantes de las fórmulas, sus representan-tes y simpatizantes, así como los miembros de la comunidad universitaria en general, deberán res-petar toda la propaganda electoral. Asimismo, es-tán obligados a preservar la infraestructura física y demás bienes de la Universidad.

DECIMOTERCERA.- Los electores podrán emitir su voto en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el día 14 de abril de 2016, de las 10:00 (diez) a las 18:00 (diecio-cho) horas, de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

DECIMOCUARTA.- Para la presente elección el Consejo Técnico de Humanidades, ha determinado instalar un mo-nitor en la sala de pleno del Consejo Técnico de Humanida-des,ubicadaenlaplantabajadeledificiodelaCoordinaciónde Humanidades, donde la Comisión Local de Vigilancia de la Elección y los representantes de las fórmulas registra-das podrán observar el proceso de votación, así como el recuento total de votos.

DECIMOQUINTA.- La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto, conten-drá las fórmulas registradas de propietarios y suplentes,

escritas en blanco y negro y sin logotipos, con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario.

DECIMOSEXTA.- Los electores podrán ejercer su voto se-leccionando una de las fórmulas registradas. La fórmula que obtenga el mayor número de votos, resultará electa. DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiere seleccionado más de una de las fórmulas registradas;

II. No se seleccione ninguna opción presentada en la boleta;

III. El voto se hubiere otorgado a una fórmula cuyo registro se haya cancelado, o

IV. Se violen las disposiciones para la emisión del voto acordadas para este efecto por el Consejo Técnico de Humanidades.

DECIMOCTAVA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección será la encargada de conocer y, en su caso, resol-ver los incidentes que durante el desarrollo de la elección pudieran suscitarse.

DECIMONOVENA.- Se encuentran facultados para pre-sentar el recurso de impugnación los integrantes de la fórmula registrada o su representante en el proceso electoral. En caso de que existan impugnaciones, éstas deberán presentarse hasta antes del cierre de casilla, porescritoconelnombrecompletoylafirmadequieneslas formulen, debidamente fundadas y motivadas, con la documentación y pruebas correspondientes, ante la Co-misión Local de Vigilancia de la Elección. Si falta alguno de los requisitos indicados en esta base, la Comisión Es-pecial Electoral del Consejo Universitario podrá desechar el recurso.

Cuando se aleguen actos de propaganda electoral el día de la elección, la existencia de errores en el recuento de votos, o que aparezca en el recuento un número de votos que supere el uno por ciento del número de electores, los afec-tados podrán presentar el recurso de impugnación ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario has-ta el día 18 de abril hasta las 19:00 (diecinueve) horas.

VIGÉSIMA.- La Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario será la encargada de supervisar el desarrollo detodoelprocesoelectoral,dictaminar,calificarlaeleccióny hacer la declaratoria correspondiente de la fórmula gana-dora.Suresoluciónserádefinitivaeinapelable.

“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 7 de marzo de 2016

EL COORDINADOR

DR. DOMINGO ALBERTO VITAL DÍAZ

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497 de marzo de 2016

El Secretario General y la Coordinadora de Difusión Cultu-ral conforme a lo dispuesto en los artículos 7° fracción IV de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 15, 16 fracción VI, 20 y 21 del Estatuto General; 1º, 11, 18 y 44 fracción V, así como los demás relativos y aplicables del Reglamento para la Elección de Consejeros Universitarios y Técnicos, y conforme al acuerdo de los di-rectores de los centros de extensión en su sesión efectuada el día 23 de febrero de 2016.

CONVOCA

A los profesores y, en su caso, investigadores del Centro de Enseñanza para Extranjeros, del Centro de Enseñanza de Lenguas Extranjeras, del Centro Universitario de Estu-diosCinematográficosydelCentroUniversitariodeTea-tro a participar en la elección electrónica, mediante voto universal, libre, directo, secreto, personal e intransferible de un consejero universitario propietario representante de los profesores y, en su caso, investigadores de los centros de extensión universitaria y su respectivo suplente, quie-nes deberán pertenecer a distintos centros de extensión universitaria, para el periodo 2016-2020, de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejero universitario representante de los profesores y, en su caso, investigadores de los cen-tros de extensión universitaria se requiere:

I. Tener seis años de antigüedad académica en la Universidad;

II. Ser profesor en ejercicio; III. Manifestar por escrito, en el momento de su re-

gistro como candidato, su compromiso y dispo-nibilidad para participar en las tareas encomen-dadas en el Consejo Universitario, en caso de resultar electo;

IV. No ocupar un puesto administrativo o académi-co-administrativo en la Universidad al momento de la elección, ni durante el desempeño del car-go de consejero, y

V. No haber cometido faltas graves contra la discipli-na universitaria que hubieren sido sancionadas.

SEGUNDA.- Podrán registrar sus candidaturas en la pre-sente elección los profesores y, en su caso, investigadores cuyos nombres aparezcan en la lista de elegibles, misma que se publica de manera simultánea con esta convocatoria.

En caso de que alguno de los integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posterioridad, severifiquequenosatisfacelosrequisitosparaserconse-jero o se vea imposibilitado para participar en la elección, al compañero de fórmula se le permitirá participar en la elec-ción respectiva.

Ningún profesor y, en su caso, investigador podrá solicitar su registro como integrante de más de una fórmula, ya sea como propietario o como suplente.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fór-mula, sus integrantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

I. Cumplir con lo establecido en la Base Primera de esta convocatoria;

II. Solicitar por escrito el registro de la fórmula inte-grada por un propietario y un suplente, cada uno de ellos deberá pertenecer a un centro distinto;

III. Manifestar por escrito su aceptación, yIV. Señalar conjuntamente con la solicitud de regis-

tro, el nombre, domicilio y teléfono de la persona que representará a la fórmula durante el desa-rrollo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fór-mula a quien cumpla los requisitos siguientes:

a) Estar incluido en el padrón de electores, yb) No haber sido sancionado por faltas graves con-

tra la disciplina universitaria.

El representante de una fórmula podrá sustituirse en cual-quier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a la Co-misión Local de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la jornada electo-ral, es decir, antes de las 19:00 (diecinueve) horas del 6 de abril de 2016.

CUARTA.- Con el objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los inte-grantes de las fórmulas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de regis-tro de fórmula la siguiente documentación:

I. Credencial vigente de la UNAM o cualquier identi-ficaciónoficialvigenteconfotografía,y

II. Copia del último talón de pago.

QUINTA.- La lista de elegibles a que alude la Base Segun-da ha sido ubicada y publicada:

1. En el caso del Centro de Enseñanza Lenguas Ex-tranjeras (CELE), en su página electrónica http://www.cele.unam.mx, en la Secretaría General yen lasoficinasadministrativasde losCentros y Programas;

2. En el caso del Centro de Enseñanza para Extranjeros (CEPE), en su página electrónica http://www.cepe.unam.mx, en la sala de maestros del CEPE-CU y en las oficinas administrativas de las sedes de la UNAM en México y en el Extranjero;

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PROFESORES E INVESTIGADORES DE LOS CENTROS DE EXTENSIÓN

UNIVERSITARIA ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

PARA EL PERIODO 2016-2020

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7 de marzo de 201650

3. En el caso del Centro Universitario de Estudios Ci-nematográficos(CUEC),ensupáginaelectrónicahttp://www.cuec.unam.mx, en la Secretaría Aca-démica y en el salón de profesores, y

4. En el caso del Centro Universitario de Teatro (CUT), en su página electrónica http://www.cut.unam.mx y en la Secretaría Académica.

SEXTA.- El registro de fórmulas se realizará ante la Co-misión Local de Vigilancia de la Elección, del día 8 al 28 de marzo de 2016, en el local de la Secretaría General del Centro de Enseñanza para Extranjeros ubicado en Av. Uni-versidad No. 3002, Ciudad Universitaria; de las 10:00 (diez) a las 14:00 (catorce) y de las 17:00 (diecisiete) a las 19:00 (diecinueve) horas, previa cita al teléfono: 56222469.

SÉPTIMA.- Podrán participar como electores los profeso-res y, en su caso, investigadores que tengan más de tres años de antigüedad, incluyendo los jubilados que se en-cuentren prestando sus servicios en los centros de exten-sión universitaria mediante contrato, en los términos del Estatuto del Personal Académico, y que aparezcan en el padrón de electores. La antigüedad se computará hasta el día en que se prevea realizar la elección, de acuerdo con el artículo 18 del Estatuto General de la Universidad Nacional Autónoma de México.

El voto se podrá ejercer desde cualquier computadora o dispositivo electrónico con acceso a Internet en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx Los profesores y, en sucaso,investigadoresutilizaránelNúmerodeIdentifica-ción Personal (NIP) del Sistema Integral de Administración Escolar (SIAE) http://www.dgae-siae.unam.mx que usan para su función docente o con el cual también entran a la OficinaVirtualdelaDirecciónGeneraldePersonal(DGP)http://www.personal.unam.mx/oficinavirtual

EsteNIPnopodrásermodificadoporelelectordentrodelas 72 (setenta y dos) horas previas a la jornada electoral, es decir, después de las 24:00 (veinticuatro) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos del día 8 de abril de 2016.

El profesor y, en su caso, investigador que requiera recuperarsuNIPdeberásolicitarloalaoficinaadministra-tiva de su entidad, la cual lo solicitará a la Subdirección de Sistemas de Registro Escolar de la Dirección General de Administración Escolar.

OCTAVA.- El padrón de electores se publica:

1. En el caso del Centro de Enseñanza Lenguas Ex-tranjeras (CELE), en su página electrónica http://www.cele.unam.mx, en la Secretaría General y en las oficinas administrativas de los Centros y Programas;

2. En el caso del Centro de Enseñanza para Ex-tranjeros (CEPE), en su página electrónica http://www.cepe.unam.mx, en la sala de maes-trosdelCEPE-CUyen lasoficinasadministrati-vas de las sedes de la UNAM en México y en el Extranjero;

3. En el caso del Centro Universitario de Estudios Cinematográficos(CUEC),ensupáginaelectró-nica http://www.cuec.unam.mx, en la Secretaría Académica y en el salón de profesores, y

4. En el caso del Centro Universitario de Teatro (CUT), en su página electrónica http://www.cut.unam.mx y en la Secretaría Académica.

En estos mismos lugares se pondrá a disposición de los electores un equipo de cómputo con acceso al referido pa-drón, para su consulta, salvo el caso del Centro de Ense-ñanza para Extranjeros (CEPE), que estará disponible en el Centro de Apoyo a la Docencia (CAD).

NOVENA.- Los profesores y, en su caso, investigadores deberánverificarqueseencuentranenelpadróndeelec-tores y en la lista de elegibles, en caso contrario deberán solicitar el ajuste correspondiente a la Comisión Local de VigilanciadelaElecciónenellocalyhorarioaqueserefie-re la Base Sexta de esta convocatoria. El ejercicio de este derecho concluirá:

I. En el caso del padrón de electores, tres días há-biles antes de la elección, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 8 de abril de 2016, y

II. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha lí-mite para el registro de fórmulas, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 28 de marzo de 2016.

DÉCIMA.- Los directores de los centros de extensión, de-signaron para integrar la Comisión Local de Vigilancia de la Elección a los siguientes tres miembros:

Presidente: Dr. Roberto Castañón Romo (CEPE)Secretario: Lic. Mario Espinosa Ricalde (CUT)Vocal: Lic. María del Carmen De Lara Rangel

(CUEC)

Asimismo, designó como experto en informática para apo-yar en el enlace con la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación a: Mtro. David Israel Morales Ávila (CELE).

El día de la elección, la Comisión Local de Vigilancia de laElecciónverificaráqueelsistemanoestéenoperaciónantes de la hora de inicio de la jornada electoral. Una vez puestoenoperaciónalahorafijada,constataráqueelcon-tador del sistema se encuentre marcando ceros, supervisará el avance del proceso, dará constancia del cierre de las vo-taciones en la hora indicada, levantará el acta respectiva y generará el archivo digital con los resultados de la elección.

UNDÉCIMA.- Una vez obtenida la constancia de registro, los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes del día de la elección, esto es, hasta las 19:00 (die-cinueve) horas del día 11 de abril de 2016.

DUODÉCIMA.- Los actos de propaganda electoral se ajus-tarán a las siguientes reglas:

I. Deberán propiciar la expresión, el desarrollo y la discusión de ideas, programas y acciones propositivas en favor de la Universidad;

II. Estarán basados en el fortalecimiento de los prin-cipios universitarios y en el respeto a los derechos de los miembros de la comunidad universitaria;

III. No deberán contener manifestaciones que inci-ten a la violencia;

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517 de marzo de 2016

IV. La propaganda electoral deberá ser retirada por los integrantes de las fórmulas o sus represen-tantes dentro de los dos días posteriores a la elección;

V. No se utilizarán los recursos materiales consumi-bles y económicos, ni las páginas electrónicas de las entidades académicas y dependencias con fines depropagandaelectoral;

VI. Las autoridades universitarias y los funcionarios académico-administrativos de las entidades aca-démicas y dependencias se abstendrán, en todo momento, de realizar actividades de propagan-da y proselitismo. Asimismo, les está prohibido obstruir el libre ejercicio de actos de propaganda electoral, y

VII. Los integrantes de las fórmulas, sus representan-tes y simpatizantes, así como los miembros de la comunidad universitaria en general, deberán res-petar toda la propaganda electoral. Asimismo, es-tán obligados a preservar la infraestructura física y demás bienes de la Universidad.

DECIMOTERCERA.- Los electores podrán emitir su voto en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el día 14 de abril de 2016, de las 10:00 (diez) a las 19:00 (dieci-nueve) horas, de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

DECIMOCUARTA.- Para la presente elección los directo-res de los centros de extensión han determinado instalar un monitor en la sala de juntas de la Dirección del Centro de Enseñanza para Extranjeros, ubicado en Av. Universidad No. 3002, Ciudad Universitaria, donde la Comisión Local de Vigilancia de la Elección y los representantes de las fórmu-las registradas podrán observar el proceso de votación, así como el recuento total de votos.

DECIMOQUINTA.- La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto, conten-drá las fórmulas registradas de propietarios y suplentes, escritas en blanco y negro y sin logotipos, con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario.

DECIMOSEXTA.- Los electores podrán ejercer su voto se-

leccionando una de las fórmulas registradas. La fórmula que obtenga el mayor número de votos, resultará electa.

DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiere seleccionado más de una de las fórmulas registradas;

II. No se seleccione ninguna opción presentada en la boleta;

III. El voto se hubiere otorgado a una fórmula cuyo registro se haya cancelado, o

IV. Se violen las disposiciones para la emisión del voto acordadas para este efecto por los directores de los centros de extensión.

DECIMOCTAVA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección será la encargada de conocer y, en su caso, resol-ver los incidentes que durante el desarrollo de la elección pudieran suscitarse.

DECIMONOVENA.- Se encuentran facultados para pre-sentar el recurso de impugnación los integrantes de la fór-mula registrada o su representante en el proceso electo-ral. En caso de que existan impugnaciones, éstas deberán presentarse hasta antes del cierre de casilla, por escrito conelnombrecompletoylafirmadequieneslasformulen,debidamente fundadas y motivadas, con la documentación y pruebas correspondientes, ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección. Si falta alguno de los requisitos indicados en esta base, la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario podrá desechar el recurso.

Cuando se aleguen actos de propaganda electoral el día de la elección, la existencia de errores en el recuento de votos, o que aparezca en el recuento un número de votos que supere el uno por ciento del número de electores, los afectados podrán presentar el recurso de impugnación ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario hasta el día 18 de abril a las 19:00 (diecinueve) horas.

VIGÉSIMA.- La Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario será la encargada de supervisar el desarrollo detodoelprocesoelectoral,dictaminar,calificarlaeleccióny hacer la declaratoria correspondiente de la fórmula gana-dora.Suresoluciónserádefinitivaeinapelable.

“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU” Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 7 de marzo de 2016

EL SECRETARIO GENERAL LA COORDINADORA DE DIFUSIÓN CULTURAL

DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS DRA. MA. TERESA URIARTE CASTAÑEDA

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7 de marzo de 201652

El Secretario General conforme a lo dispuesto en los artí-culos 7° fracción III de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 15, 16 fracción VII; 18, 19 y 24 del Estatuto General, 1º, 11, 18 y 44 fracción VI, así como los demás relativos y aplicables del Reglamento para la Elección de Consejeros Universitarios y Técnicos, y con-forme al acuerdo del cuerpo colegiado constituido por los representantes de los consejos asesores de las dependen-cias administrativas involucradas en su sesión efectuada el pasado día 23 de febrero de 2016.

CONVOCA

Al personal académico de las siguientes dependencias ad-ministrativas que cuentan con personal académico:

- Coordinación de Universidad Abierta y Educación a Distancia;

- Coordinación de Estudios de Posgrado; - Dirección General de Asuntos del Personal Aca-

démico; - Dirección General del Deporte Universitario; - Dirección General de Artes Visuales; - Dirección General de Bibliotecas; - Dirección General de Cómputo y de Tecnologías

de Información y Comunicación;- Dirección General de Divulgación de la Ciencia; - Dirección General de Orientación y Atención Edu-

cativa, y- Dirección General de Personal y Unidad para el

Desarrollo de Planes y Programas.

A participar en la elección electrónica mediante voto uni-versal, libre, directo, secreto, personal e intransferible, de dos consejeros universitarios propietarios representantes del personal académico de las dependencias administra-tivas y sus respectivos suplentes, para el periodo 2016-2020, de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejero universitario representante del personal académico de las dependencias administrati-vas, se requiere:

I. Ser profesor, investigador o técnico académico con más de seis años de antigüedad académica en la dependencia administrativa de adscripción;

II. Realizar, en el caso de investigadores y técnicos académicos, funciones docentes en la Universidad que, para efectos exclusivamente de elegibilidad, se entenderá alguno de los supuestos siguientes: impartición de docencia frente a grupo, cursos, seminarios, diplomados, talleres y conferencias, asesoría y dirección de tesis y prácticas, evalua-ción de alumnos en los planes y programas de estudio, así como elaboración de documentos es-

colares o de material didáctico, protocolos o guías requeridos para la impartición de clases;

III. Manifestar por escrito, en el momento de su regis-tro como candidato, su compromiso y disponibili-dad para participar en las tareas encomendadas en el Consejo Universitario, en caso de resultar electo;

IV. No ocupar un puesto administrativo o académico-administrativo en la Universidad al momento de la elección, ni durante el desempeño del cargo de consejero, y

V. No haber cometido faltas graves contra la discipli-na universitaria que hubieran sido sancionadas.

SEGUNDA.- Podrá registrar su candidatura el personal académico cuyo nombre aparezca en la lista de elegibles correspondiente, misma que se publica de manera simultá-nea con esta convocatoria.

En caso de que alguno de los integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posterioridad, severifiquequenosatisfacelosrequisitosparaserconse-jero o se vea imposibilitado para participar en la elección, al compañero de fórmula se le permitirá participar en la elec-ción respectiva.

Ningún profesor, investigador o técnico académico podrá solicitar su registro como integrante de más de una fórmu-la, ya sea como propietario o como suplente.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fór-mula sus integrantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

I. Cumplir con lo establecido en la Base Primera de esta convocatoria;

II. Solicitar por escrito el registro de la fórmula inte-grada por un propietario y un suplente;

III. Manifestar por escrito su aceptación, yIV. Señalar, conjuntamente con la solicitud de regis-

tro, el nombre, domicilio y teléfono de la persona que representará a la fórmula durante el desarrollo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fórmu-la a quien cumpla los requisitos siguientes:

a) Estar incluido en el padrón de electores, yb) No haber sido sancionado por faltas graves contra

la disciplina universitaria.

Los representantes de las fórmulas podrán sustituirse en cualquier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la jornada electo-ral, es decir, antes de las 19:00 (diecinueve) horas del 6 de abril de 2016.

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LAS DEPENDENCIAS ADMINISTRATIVAS

ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

PARA EL PERIODO 2016-2020

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537 de marzo de 2016

CUARTA.- Con el objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los inte-grantes de las fórmulas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de regis-tro de fórmula la siguiente documentación:

I. Credencial vigente de la UNAM o cualquier identi-ficaciónoficialvigenteconfotografía;

II. Acreditación de que realiza las actividades docen-tes descritas en la fracción II de la Base Primera, con documentos originales y copias de los mismos parafinesdecotejo,y

III. Copia del último talón de pago.

QUINTA.- La lista de elegibles a que alude la Base Segun-da ha sido ubicada y publicada en las páginas electrónicas de las dependencias administrativas que cuentan con per-sonal académico.

SEXTA.- El registro de fórmulas se realizará ante la Co-misión Local de Vigilancia de la Elección, del día 8 al 28 de marzo de 2016, en la Dirección General de Bibliotecas, ubicada en piso dos lado oriente de la Biblioteca Central; de las 10:00 (diez) a las 14:00 (catorce) y de las 17:00 (diecisiete) a las 19:00 (diecinueve) horas.

SÉPTIMA.- Podrán participar como electores los profeso-res, investigadores y técnicos académicos que tengan más de tres años de antigüedad, incluyendo los jubilados que se encuentren prestando sus servicios en esta entidad me-diante contrato, en los términos del Estatuto del Personal Académico, y que aparezcan en el padrón de electores. La antigüedad se computará hasta el día en que se prevea realizar la elección.

El voto se podrá ejercer desde cualquier computadora o dispositivo electrónico con acceso a Internet en la pá-gina http://www.jornadaelectoral.unam.mx Para ello, los académicosutilizaránelNúmerodeIdentificaciónPerso-nal (NIP) del Sistema Integral de Administración Escolar (SIAE) http://www.dgae-siae.unam.mx que usan para su funcióndocenteoconelcualtambiénentranalaOficinaVirtual de la Dirección General de Personal (DGP) http://www.personal.unam.mx/oficinavirtual

EsteNIPnopodrásermodificadoporelelectordentrodelas 72 (setenta y dos) horas previas a la jornada electoral, es decir, después de las 24:00(veinticuatro) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos del 8 de abril de 2016.

El académico que requiera recuperar su NIP deberá solicitarlo a la oficina administrativa de su entidad, lacual lo solicitará a la Subdirección de Sistemas de Re-gistro Escolar de la Dirección General de Administración Escolar.

OCTAVA.- El padrón de electores se publica en las pági-nas electrónicas de las dependencias administrativas que cuentan con personal académico.

NOVENA.- Los académicos interesados podrán solicitar a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección los ajustes al padrón de electores y a la lista de elegibles en el local y horarioaqueserefierelaBaseSextadeestaconvocatoria.El ejercicio de este derecho concluirá:

I. En el caso del padrón de electores, tres días há-biles antes de la elección, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 8 de abril de 2016, y

II. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha lí-mite para el registro de fórmulas, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 28 de marzo de 2016.

DÉCIMA.- El cuerpo colegiado constituido por los repre-sentantes de los consejos asesores de las dependencias administrativas involucradas, designó para integrar la Co-misión Local de Vigilancia de la Elección a los siguientes tres miembros:

Presidente: I. Q. Adela Castillejos Salazar (DGTIC)Secretario: Mtro. José Martín Efraín Fernández

García (DGB)Vocal: Mtro. Adolfo Soberón Chávez (DGDU)

Asimismo, designó como experto en informática para apo-yar en el enlace con la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación a: Ing. José Manuel Lira Rocha. El día de la elección, la Comisión Local de Vigilancia de laElecciónverificaráqueel sistemanoestéenopera-ción antes de la hora de inicio de la jornada electoral. Unavezpuestoenoperaciónalahorafijada,constataráque el contador del sistema se encuentre marcando ce-ros, supervisará el avance del proceso, dará constancia del cierre de las votaciones en la hora indicada, levanta-rá el acta respectiva y generará el archivo digital con los resultados de la elección.

UNDÉCIMA.- Una vez obtenida la constancia de registro, los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes del día de la elección, esto es, hasta las 19:00 (die-cinueve) horas del día 11 de abril de 2016.

DUODÉCIMA.- Los actos de propaganda electoral se ajus-tarán a las siguientes reglas:

I. Deberán propiciar la expresión, el desarrollo y la discusión de ideas, programas y acciones propo-sitivas en favor de la Universidad;

II. Estarán basados en el fortalecimiento de los prin-cipios universitarios y en el respeto a los derechos de los miembros de la comunidad universitaria;

III. No deberán contener manifestaciones que inciten a la violencia;

IV. La propaganda electoral deberá ser retirada por los integrantes de las fórmulas o sus represen-tantes dentro de los dos días posteriores a la elección;

V. No se utilizarán los recursos materiales consumi-bles y económicos, ni las páginas electrónicas de lasentidadesacadémicasydependenciasconfi-nes de propaganda electoral;

VI. Las autoridades universitarias y los funcionarios académico-administrativos de las entidades aca-démicas y dependencias se abstendrán, en todo momento, de realizar actividades de propagan-da y proselitismo. Asimismo, les está prohibido obstruir el libre ejercicio de actos de propaganda electoral, y

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7 de marzo de 201654

VII. Los integrantes de las fórmulas, sus representan-tes y simpatizantes, así como los miembros de la comunidad universitaria en general, deberán res-petar toda la propaganda electoral. Asimismo, es-tán obligados a preservar la infraestructura física y demás bienes de la Universidad.

DECIMOTERCERA.- Los electores podrán emitir su voto en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el día 14 de abril de 2016, de las 9:00 (nueve) a las 19:00 (dieci-nueve) horas, de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

DECIMOCUARTA.- Para la presente elección el cuerpo colegiado constituido por los representantes de los conse-jos asesores de las dependencias administrativas involu-cradas ha determinado instalar un monitor en: la Dirección General de Bibliotecas, ubicada en el piso dos lado oriente de la Biblioteca Central, donde la Comisión Local de Vigi-lancia de la Elección y los representantes de las fórmulas podrán observar el proceso de la votación, así como el re-cuento total de votos.

DECIMOQUINTA.- La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto, conten-drá las fórmulas registradas de propietarios y suplentes, escritas en blanco y negro y sin logotipos, con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario.

DECIMOSEXTA.- Los electores podrán ejercer su voto seleccionando dos de las fórmulas registradas. Las dos fórmulas que obtengan el mayor número de votos, resul-tarán electas.

DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiere seleccionado más de dos de las fórmulas registradas;

II. No se seleccione ninguna opción presentada en la boleta;

III. El voto se hubiere otorgado a una fórmula cuyo registro haya sido cancelado, o

IV. Se violen las disposiciones para la emisión del voto acordadas para este efecto por el cuerpo co-

legiado constituido por los representantes de los consejos asesores de las dependencias adminis-trativas involucradas.

DECIMOCTAVA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección será la encargada de conocer y, en su caso, resol-ver los incidentes que durante el desarrollo de la elección pudieran suscitarse.

DECIMONOVENA.- Se encuentran facultados para pre-sentar el recurso de impugnación los integrantes de la fórmula registrada o su representante en el proceso electoral. En caso de que existan impugnaciones, éstas deberán presentarse hasta antes del cierre de casilla, porescrito conel nombre completo y la firmadequie-nes las formulen, debidamente fundadas y motivadas, con la documentación y pruebas correspondientes, ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección. Si falta alguno de los requisitos indicados en esta base, la Comi-sión Especial Electoral del Consejo Universitario podrá desechar el recurso.

Cuando se aleguen actos de propaganda electoral el día de la elección, la existencia de errores en el recuento de votos, o que aparezca en el recuento un número de votos que supere el uno por ciento del número de electores, los afec-tados podrán presentar el recurso de impugnación ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario has-ta el día 18 de abril a las 19:00 (diecinueve) horas.

VIGÉSIMA.- La Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario será la encargada de supervisar el desarrollo detodoelprocesoelectoral,dictaminar,calificarlaeleccióny hacer la declaratoria correspondiente de la fórmula gana-dora.Suresoluciónserádefinitivaeinapelable.

“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 7 de marzo de 2016

EL SECRETARIO GENERAL

DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS

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557 de marzo de 2016

El Secretario General conforme a lo dispuesto en los artí-culos 7° fracción III de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 15, 16 fracción V inciso b); 18, 19 y 24 del Estatuto General; 1º, 11, 18 y 44 fracción IV, así como los demás relativos y aplicables del Reglamento para la Elección de Consejeros Universitarios y Técnicos, y conforme al acuerdo del cuerpo colegiado constituido por los representantes de los Consejos Académicos de Área en su sesión efectuada el pasado día 29 de febrero de 2016.

CONVOCA

A los profesores de las facultades y escuelas del campus Ciudad Universitaria:

- Facultad de Filosofía y Letras;- Facultad de Ciencias;- Facultad de Derecho;- Facultad de Ciencias Políticas y Sociales;- Facultad de Economía;- Facultad de Contaduría y Administración;- Escuela Nacional de Trabajo Social;- Facultad de Medicina;- Escuela Nacional de Enfermería y Obstetricia;- Facultad de Odontología;- Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia;- Facultad de Ingeniería;- Facultad de Química;- Facultad de Psicología;- Facultad de Arquitectura;- Facultad de Artes y Diseño, y - Facultad de Música.

A participar en la elección electrónica mediante voto uni-versal, libre, directo, secreto, personal e intransferible, de dos consejeros universitarios propietarios representantes de los profesores por el conjunto de las facultades y es-cuelas del campus Ciudad Universitaria y sus respectivos suplentes, para el periodo 2016-2020, de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejero universitario representante de los profesores, se requiere:

I. Ser profesor con más de seis años de antigüedad académica en la facultad o escuela de adscrip-ción del campus Ciudad Universitaria, salvo que se trate de establecimientos de reciente creación, en los que dicha antigüedad se computará desde el ingreso a la Universidad;

II. Manifestar por escrito, en el momento de su re-gistro como candidato, su compromiso y dispo-nibilidad para participar en las tareas encomen-dadas en el Consejo Universitario, en caso de resultar electo;

III. No ocupar un puesto administrativo o académi-co-administrativo en la Universidad al momento de la elección, ni durante el desempeño del cargo de consejero, y

IV. No haber cometido faltas graves contra la discipli-na universitaria que hubieran sido sancionadas.

SEGUNDA.- Podrán registrar sus candidaturas en la presente elección los profesores cuyos nombres aparez-can en la lista de elegibles correspondiente, misma que se publica de manera simultánea con esta convocatoria.

En caso de que alguno de los integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posteriori-dad,severifiquequenosatisfacelosrequisitosparaserconsejero o se vea imposibilitado para participar en la elección, al compañero de fórmula se le permitirá partici-par en la elección respectiva.

Ningún profesor podrá solicitar su registro como inte-grante de más de una fórmula, ya sea como propietario o como suplente.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fórmula sus integrantes deberán cumplir con los siguien-tes requisitos:

I. Cumplir con lo establecido en la Base Primera de esta convocatoria;

II. Solicitar por escrito el registro de la fórmula inte-grada por un propietario y un suplente;

III. Manifestar por escrito su aceptación, yIV. Señalar, conjuntamente con la solicitud de regis-

tro, el nombre, domicilio y teléfono de la persona que representará a la fórmula durante el desarro-llo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fór-mula a quien cumpla los requisitos siguientes:

a) Estar incluido en el padrón de electores, yb) No haber sido sancionado por faltas graves con-

tra la disciplina universitaria.

Los representantes de las fórmulas podrán sustituirse en cualquier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la jornada electo-ral, es decir, antes de las 19:00 (diecinueve) horas del 6 de abril de 2016.

CUARTA.- Con el objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los inte-grantes de las fórmulas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de re-gistro de fórmula la siguiente documentación:

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PROFESORES DEL CONJUNTO DE FACULTADES Y ESCUELAS DEL CAMPUS

CIUDAD UNIVERSITARIA ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

PARA EL PERIODO 2016-2020

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7 de marzo de 201656

I. Credencial vigente de la UNAM o cualquier identi-ficaciónoficialvigenteconfotografía;

II. Copia del último talón de pago.

QUINTA.- La lista de elegibles a que alude la Base Segun-da ha sido ubicada y publicada en cada una de las faculta-des y escuelas, consideradas para efecto de esta elección como del campus Ciudad Universitaria. Así como en sus páginas electrónicas correspondientes.

SEXTA.- El registro de fórmulas se realizará ante la Co-misión Local de Vigilancia de la Elección, del día 8 al 28 de marzo de 2016, en el local ubicado en la Coordinación de Vinculación con el Consejo Universitario, Planta Princi-pal de la Torre de Rectoría, Cd. Universitaria, de las 9:30 (nueve treinta) a 15:00 (quince) horas y de las 17:00 (diecisiete) a 19:00 (diecinueve) horas.

SÉPTIMA.- Podrán participar como electores los profesores que tengan más de tres años de antigüedad, incluyendo los jubilados que se encuentren prestando sus servicios en esta entidad mediante contrato, en los términos del Estatuto del Personal Académico, y que aparezcan en el padrón de elec-tores. La antigüedad se computará hasta el día en que se prevea realizar la elección.

El voto se podrá ejercer desde cualquier computadora o dispositivo electrónico con acceso a Internet en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx Para ello, los profe-soresutilizaránelNúmerodeIdentificaciónPersonal(NIP)del Sistema Integral de Administración Escolar (SIAE) http://www.dgae-siae.unam.mx que usan para su función docenteoconelcualtambiénentranalaOficinaVirtualdela Dirección General de Personal (DGP) http://www.perso-nal.unam.mx/oficinavirtual

EsteNIPnopodrásermodificadoporelelectordentrodelas 72 (setenta y dos) horas previas a la jornada electoral, es decir, después de las 24:00 (veinticuatro) horas de la Zona Centro del Sistema Horario en los Estados Unidos Mexicanos del 8 de abril de 2016.

El profesor que requiera recuperar su NIP deberá solicitarlo alaoficinaadministrativadesuentidad,lacuallosolicitaráa la Subdirección de Sistemas de Registro Escolar de la Dirección General de Administración Escolar.

OCTAVA.- El padrón de electores se publica en el conjunto de las facultades y escuelas, consideradas para efecto de esta elección como del campus Ciudad Universitaria. Así como en sus páginas electrónicas correspondientes.

NOVENA.- El profesor interesado podrá solicitar a la Comi-sión Local de Vigilancia de la Elección los ajustes al padrón de electores y a la lista de elegibles en el local y horario a queserefierelaBaseSextadeestaconvocatoria.Elejer-cicio de este derecho concluirá:

I. En el caso del padrón de electores, tres días há-biles antes de la elección, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 08 de abril de 2016, y

II. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha lí-mite para el registro de fórmulas, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 28 de marzo de 2016.

DÉCIMA.- El cuerpo colegiado constituido por los repre-sentantes de los Consejos Académicos de Área, designó para integrar la Comisión Local de Vigilancia de la Elección a los siguientes tres miembros:

Presidente: Lic. Arturo Luis Cossío ZazuetaSecretario: Dr. Alejandro Manuel García CarrancáVocal: Ing. Everardo Esquivel Sánchez

Asimismo, designó como experto en informática para apo-yar en el enlace con la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación a: Ing. Ulises Bernardo Trejo Cruz.

El día de la elección, la Comisión Local de Vigilancia de laElecciónverificaráqueelsistemanoestéenopera-ción antes de la hora de inicio de la jornada electoral. Unavezpuestoenoperaciónalahorafijada,constataráque el contador del sistema se encuentre marcando ce-ros, supervisará el avance del proceso, dará constancia del cierre de las votaciones en la hora indicada, levanta-rá el acta respectiva y generará el archivo digital con los resultados de la elección.

UNDÉCIMA.- Una vez obtenida la constancia de registro, los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes del día de la elección, esto es, hasta las 19:00 (die-cinueve) horas del día 11 de abril de 2016.

DUODÉCIMA.- Los actos de propaganda electoral se ajus-tarán a las siguientes reglas:

I. Deberán propiciar la expresión, el desarrollo y la discusión de ideas, programas y acciones propo-sitivas en favor de la Universidad;

II. Estarán basados en el fortalecimiento de los prin-cipios universitarios y en el respeto a los derechos de los miembros de la comunidad universitaria;

III. No deberán contener manifestaciones que inciten a la violencia;

IV. La propaganda electoral deberá ser retirada por los integrantes de las fórmulas o sus representantes dentro de los dos días posteriores a la elección;

V. No se utilizarán los recursos materiales consumi-bles y económicos, ni las páginas electrónicas de lasentidadesacadémicasydependenciasconfi-nes de propaganda electoral;

VI. Las autoridades universitarias y los funcionarios académico-administrativos de las entidades aca-démicas y dependencias se abstendrán, en todo momento, de realizar actividades de propaganda y proselitismo. Asimismo, les está prohibido obs-truir el libre ejercicio de actos de propaganda elec-toral, y

VII. Los integrantes de las fórmulas, sus representan-tes y simpatizantes, así como los miembros de la comunidad universitaria en general, deberán res-petar toda la propaganda electoral. Asimismo, están obligados a preservar la infraestructura físi-ca y demás bienes de la Universidad.

DECIMOTERCERA.- Los electores podrán emitir su voto en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el día 14 de abril de 2016, de las 9:00 (nueve) a las 19:00

Page 57: CONVOCATORIAS PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES … · 1. En el Centro de Desarrollo Tecnológico (CEDE-TEC) de la FES Acatlán; 2. En la Biblioteca “Jesús Reyes Heroles” de

577 de marzo de 2016

(diecinueve) horas, de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

DECIMOCUARTA.- Para la presente elección el cuerpo colegiado constituido por los representantes de los Conse-jos Académicos de Área ha determinado instalar un moni-tor en el local: ubicado en la Coordinación de Vinculación con el Consejo Universitario, Planta Principal de la Torre de Rectoría, Cd. Universitaria, donde la Comisión Local de Vigilancia de la Elección y los representantes de las fórmu-las podrán observar el proceso de la votación, así como el recuento total de votos.

DECIMOQUINTA.- La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto, conten-drá las fórmulas registradas de propietarios y suplentes, escritas en blanco y negro y sin logotipos, con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario.

DECIMOSEXTA.- Los electores podrán ejercer su voto seleccionando dos de las fórmulas registradas. Las dos fórmulas que obtengan el mayor número de votos, resul-tarán electas.

DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiere seleccionado más de dos de las fórmulas registradas;

II. No se seleccione ninguna opción presentada en la boleta;

III. El voto se hubiere otorgado a una fórmula cuyo registro haya sido cancelado, o

IV. Se violen las disposiciones para la emisión del voto acordadas para este efecto por el cuerpo co-legiado constituido por los representantes de los Consejos Académicos de Área.

DECIMOCTAVA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección será la encargada de conocer y, en su caso, resol-

ver los incidentes que durante el desarrollo de la elección pudieran suscitarse.

DECIMONOVENA.- Se encuentran facultados para pre-sentar el recurso de impugnación los integrantes de la fórmula registrada o su representante en el proceso electoral. En caso de que existan impugnaciones, éstas deberán presentarse hasta antes del cierre de casilla, por escrito conel nombre completo y la firmadequie-nes las formulen, debidamente fundadas y motivadas, con la documentación y pruebas correspondientes, ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección. Si falta alguno de los requisitos indicados en esta base, la Comi-sión Especial Electoral del Consejo Universitario podrá desechar el recurso.

Cuando se aleguen actos de propaganda electoral el día de la elección, la existencia de errores en el recuento de votos, o que aparezca en el recuento un número de votos que supere el uno por ciento del número de electo-res, los afectados podrán presentar el recurso de impug-nación ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario hasta el día 18 de abril a las 19:00 (dieci-nueve) horas.

VIGÉSIMA.- La Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario será la encargada de supervisar el desarrollo detodoelprocesoelectoral,dictaminar,calificarlaeleccióny hacer la declaratoria correspondiente de la fórmula gana-dora.Suresoluciónserádefinitivaeinapelable.

“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 7 de marzo de 2016

EL SECRETARIO GENERAL

DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS

Page 58: CONVOCATORIAS PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES … · 1. En el Centro de Desarrollo Tecnológico (CEDE-TEC) de la FES Acatlán; 2. En la Biblioteca “Jesús Reyes Heroles” de

7 de marzo de 201658

El Secretario General conforme a lo dispuesto en los artí-culos 7° fracción III de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 15, 16 fracción V inciso c); 18, 19 y 24 del Estatuto General, 1º, 11, 18 y 44 fracción IV, así como los demás relativos y aplicables del Reglamento para la Elección de Consejeros Universitarios y Técnicos, y conforme al acuerdo del cuerpo colegiado constituido por los representantes de los Consejos Académicos de Área en su sesión efectuada el pasado día 29 de febrero de 2016.

CONVOCA

A los profesores por el conjunto de las Facultades de Estudios Superiores Acatlán, Aragón, Cuautitlán, Iztacala y Zaragoza, a participar en la elección electrónica median-te voto universal, libre, directo, secreto, personal e in-transferible, de dos consejeros universitarios propietarios representantes del conjunto de las Facultades de Estu-dios Superiores y su respectivos suplentes, para el periodo 2016-2020, de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejero universitario representante de los profesores, se requiere:

I. Ser profesor con más de seis años de antigüe-dad académica en la Facultad de Estudios Su-periores de adscripción;

II. Manifestar por escrito, en el momento de su re-gistro como candidato, su compromiso y dispo-nibilidad para participar en las tareas encomen-dadas en el Consejo Universitario, en caso de resultar electo;

III. No ocupar un puesto administrativo o académi-co-administrativo en la Universidad al momento de la elección, ni durante el desempeño del car-go de consejero, y

IV. No haber cometido faltas graves contra la discipli-na universitaria que hubieran sido sancionadas.

SEGUNDA.- Podrán registrar sus candidaturas en la pre-sente elección los profesores cuyos nombres aparezcan en la lista de elegibles correspondiente, misma que se publica de manera simultánea con esta convocatoria.

En caso de que alguno de los integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posterioridad, severifiquequenosatisfacelosrequisitosparaserconse-jero o se vea imposibilitado para participar en la elección, al compañero de fórmula se le permitirá participar en la elec-ción respectiva.

Ningún profesor podrá solicitar su registro como integrante de más de una fórmula, ya sea como propietario o como suplente.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fór-mula sus integrantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

I. Cumplir con lo establecido en la Base Primera de esta convocatoria;

II. Solicitar por escrito el registro de la fórmula inte-grada por un propietario y un suplente;

III. Manifestar por escrito su aceptación, yIV. Señalar, conjuntamente con la solicitud de regis-

tro, el nombre, domicilio y teléfono de la persona o personas que representarán a la fórmula du-rante el desarrollo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fórmu-la a quien cumpla los requisitos siguientes:

a) Estar incluido en el padrón de electores, yb) No haber sido sancionado por faltas graves con-

tra la disciplina universitaria.

Los representantes de las fórmulas podrán sustituirse en cualquier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la jornada electo-ral, es decir, antes de las 19:00 (diecinueve) horas del 6 de abril de 2016.

CUARTA.- Con el objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los inte-grantes de las fórmulas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de regis-tro de fórmula la siguiente documentación:

I. Credencial vigente de la UNAM o cualquier identi-ficaciónoficialvigenteconfotografía,y

II. Copia del último talón de pago.

QUINTA.- La lista de elegibles a que alude la Base Segun-da ha sido ubicada y publicada en cada una de las Faculta-des de Estudios Superiores.

Así como en las páginas electrónicas: www.acatlan.unam.mx; www.aragon.unam.mx; www.cuautitlan.unam.mx; www.iztacala.unam.mx; www.zaragoza.unam.mx corres-pondientes a las Facultades de Estudios Superiores.

SEXTA.- El registro de fórmulas se realizará ante la Comi-sión Local de Vigilancia de la Elección, del día 8 al 28 de marzo de 2016, en el local ubicado en la Coordinación de Vinculación con el Consejo Universitario, Planta Principal de la Torre de Rectoría, Cd. Universitaria, de las 9:30 (nue-ve treinta) a 15:00 (quince) y de las 17:00 (diecisiete) a 19:00 (diecinueve) horas.

SÉPTIMA.- Podrán participar como electores los profeso-res que tengan más de tres años de antigüedad, incluyendo

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PROFESORES POR EL CONJUNTO DE LAS FACULTADES DE ESTUDIOS

SUPERIORES ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

PARA EL PERIODO 2016-2020

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597 de marzo de 2016

los jubilados que se encuentren prestando sus servicios en esta entidad mediante contrato, en los términos del Estatu-to del Personal Académico, y que aparezcan en el padrón de electores. La antigüedad se computará hasta el día en que se prevea realizar la elección.

El voto se podrá ejercer desde cualquier computadora o dispositivo electrónico con acceso a Internet en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx Para ello, los profe-soresutilizaránelNúmerodeIdentificaciónPersonal(NIP)del Sistema Integral de Administración Escolar (SIAE) http://www.dgae-siae.unam.mx que usan para su función docenteoconelcualtambiénentranalaOficinaVirtualdela Dirección General de Personal (DGP) http://www.perso-nal.unam.mx/oficinavirtual

EsteNIPnopodrásermodificadoporelelectordentrodelas 72 (setenta y dos) horas previas a la jornada electoral, es decir, después de las 24:00 (veinticuatro) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos del 8 de abril de 2016.

El profesor que requiera recuperar su NIP deberá solicitarlo alaoficinaadministrativadesuentidad,lacuallosolicitaráa la Subdirección de Sistemas de Registro Escolar de la Dirección General de Administración Escolar.

OCTAVA.- El padrón de electores se publica en cada una de las Facultades de Estudios Superiores participantes en esta elección.

Así como en las páginas electrónicas: www.acatlan.unam.mx; www.aragon.unam.mx; www.cuautitlan.unam.mx; www.iztacala.unam.mx; www.zaragoza.unam.mx corres-pondientes a las Facultades de Estudios Superiores.

NOVENA.- El profesor interesado podrá solicitar a la Comi-sión Local de Vigilancia de la Elección los ajustes al padrón de electores y a la lista de elegibles en el local y horario a queserefierelaBaseSextadeestaconvocatoria.Elejer-cicio de este derecho concluirá:

I. En el caso del padrón de electores, tres días há-biles antes de la elección, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 8 de abril de 2016, y

II. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha lí-mite para el registro de fórmulas, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 28 de marzo de 2016.

DÉCIMA.- El cuerpo colegiado constituido por los repre-sentantes de los Consejos Académicos de Área, designó para integrar la Comisión Local de Vigilancia de la Elección a los siguientes tres miembros:

Presidente: Lic. Arturo Luis Cossío ZazuetaSecretario: Dr. Alejandro Manuel García CarrancáVocal: Ing. Everardo Esquivel Sánchez

Asimismo, designó como experto en informática para apo-yar en el enlace con la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación a: Ing. Ulises Bernardo Trejo Cruz.

El día de la elección, la Comisión Local de Vigilancia de laElecciónverificaráqueelsistemanoestéenoperación

antes de la hora de inicio de la jornada electoral. Una vezpuestoenoperaciónalahorafijada,constataráqueel contador del sistema se encuentre marcando ceros, supervisará el avance del proceso, dará constancia del cierre de las votaciones en la hora indicada, levantará el acta respectiva y generará el archivo digital con los resultados de la elección.

UNDÉCIMA.- Una vez obtenida la constancia de registro, los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes del día de la elección, esto es, hasta las 19:00 (die-cinueve) horas del día 11 de abril de 2016.

DUODÉCIMA.- Los actos de propaganda electoral se ajus-tarán a las siguientes reglas:

I. Deberán propiciar la expresión, el desarrollo y la discusión de ideas, programas y acciones proposi-tivas en favor de la Universidad;

II. Estarán basados en el fortalecimiento de los prin-cipios universitarios y en el respeto a los derechos de los miembros de la comunidad universitaria;

III. No deberán contener manifestaciones que inciten a la violencia;

IV. La propaganda electoral deberá ser retirada por los integrantes de las fórmulas o sus represen-tantes dentro de los dos días posteriores a la elección;

V. No se utilizarán los recursos materiales consumi-bles y económicos, ni las páginas electrónicas de lasentidadesacadémicasydependenciasconfi-nes de propaganda electoral;

VI. Las autoridades universitarias y los funcionarios académico-administrativos de las entidades aca-démicas y dependencias se abstendrán, en todo momento, de realizar actividades de propagan-da y proselitismo. Asimismo, les está prohibido obstruir el libre ejercicio de actos de propaganda electoral, y

VII. Los integrantes de las fórmulas, sus representan-tes y simpatizantes, así como los miembros de la comunidad universitaria en general, deberán res-petar toda la propaganda electoral. Asimismo, es-tán obligados a preservar la infraestructura física y demás bienes de la Universidad.

DECIMOTERCERA.- Los electores podrán emitir su voto en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el día 14 de abril de 2016, de las 9:00 (nueve) a las 19:00 (dieci-nueve) horas, de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

DECIMOCUARTA.- Para la presente elección el cuerpo colegiado constituido por los representantes de los conse-jos académicos de área ha determinado instalar un monitor en: en el local ubicado en la Coordinación de Vinculación con el Consejo Universitario, Planta Principal de la Torre de Rectoría, Cd. Universitaria, donde la Comisión Local de Vigilancia de la Elección y los representantes de las fórmu-las podrán observar el proceso de la votación, así como el recuento total de votos.

DECIMOQUINTA.- La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto, conten-drá las fórmulas registradas de propietarios y suplentes,

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7 de marzo de 201660

escritas en blanco y negro y sin logotipos, con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario.

DECIMOSEXTA.- Los electores podrán ejercer su voto seleccionando dos de las fórmulas registradas. Las dos fórmulas que obtengan el mayor número de votos, resul-tarán electas.

DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiere seleccionado más de dos de las fórmulas registradas;

II. No se seleccione ninguna opción presentada en la boleta;

III. El voto se hubiere otorgado a una fórmula cuyo registro haya sido cancelado, o

IV. Se violen las disposiciones para la emisión del voto acordadas para este efecto por el cuerpo co-legiado constituido por los representantes de los consejos académicos de área.

DECIMOCTAVA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección será la encargada de conocer y, en su caso, resol-ver los incidentes que durante el desarrollo de la elección pudieran suscitarse.

DECIMONOVENA.- Se encuentran facultados para pre-sentar el recurso de impugnación los integrantes de la fór-mula registrada o su representante en el proceso electoral. En caso de que existan impugnaciones, éstas deberán pre-

sentarse hasta antes del cierre de casilla, con el nombre completoylafirmadequieneslasformulen,debidamentefundadas y motivadas, con la documentación y pruebas co-rrespondientes, ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección. Si falta alguno de los requisitos indicados en esta base, la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario podrá desechar el recurso.

Cuando se aleguen actos de propaganda electoral el día de la elección, la existencia de errores en el recuento de votos, o que aparezca en el recuento un número de votos que supere el uno por ciento del número de electores, los afectados podrán presentar el recurso de impugnación ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario hasta el día 18 de abril a las 19:00 (diecinueve) horas.

VIGÉSIMA.- La Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario será la encargada de supervisar el desarrollo detodoelprocesoelectoral,dictaminar,calificarlaeleccióny hacer la declaratoria correspondiente de la fórmula gana-dora.Suresoluciónserádefinitivaeinapelable.

“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 7 de marzo de 2016

EL SECRETARIO GENERAL

DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS

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617 de marzo de 2016

ElCoordinadordelaInvestigaciónCientíficaconformealodispuesto en los artículos 7° fracción III de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 15, 16 fracción X, 18, 19 y 24 del Estatuto General; 1º, 11, 18 y 44 fracción VIII, así como los demás relativos y aplicables del Reglamento para la Elección de Consejeros Universitarios y Técnicos, y conforme al acuerdo del Consejo Técnico de laInvestigaciónCientíficaensusesiónextraordinariaefec-tuada el día 18 de febrero de 2016.

CONVOCA

A los investigadores adscritos a los centros de investi-gación del Subsistema de la Investigación Científica aparticipar en la elección electrónica, mediante voto uni-versal, libre, directo, secreto, personal e intransferible, de un consejero universitario propietario representante de los investigadores de los centros de investigación del Subsistemade la InvestigaciónCientíficaysu respecti-vo suplente, para el periodo 2016-2020, de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejero universitario representante de los investigadores se requiere:

I. Ser investigador con más de seis años de antigüe-dad académica en el Centro de adscripción, salvo que se trate de establecimientos de reciente crea-ción, en los que dicha antigüedad se computará desde el ingreso a la Universidad;

II. Realizar funciones docentes en la Universidad que, para efectos exclusivamente de elegibilidad, se entenderá alguno de los supuestos siguientes: impartición de docencia frente a grupo, cursos, se-minarios, diplomados, talleres y conferencias, ase-soría y dirección de tesis y prácticas, evaluación de alumnos en los planes y programas de estudio, así como elaboración de documentos escolares o de material didáctico, protocolos o guías requeri-dos para la impartición de clases;

III. Manifestar por escrito, en el momento de su regis-tro como candidato, su compromiso y disponibili-dad para participar en las tareas encomendadas en el Consejo Universitario, en caso de resultar electo;

IV. No ocupar un puesto administrativo o académico-administrativo en la Universidad al momento de la elección, ni durante el desempeño del cargo de consejero, y

V. No haber cometido faltas graves contra la discipli-na universitaria que hubieren sido sancionadas.

SEGUNDA.- Podrán registrar sus candidaturas en la pre-sente elección los investigadores cuyos nombres aparez-

can en la lista de elegibles, misma que se publica de mane-ra simultánea con esta convocatoria.

En caso de que alguno de los integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posterioridad, severifiquequenosatisfacelosrequisitosparaserconse-jero o se vea imposibilitado para participar en la elección, al compañero de fórmula se le permitirá participar en la elec-ción respectiva.

Ningún investigador podrá solicitar su registro como inte-grante de más de una fórmula, ya sea como propietario o como suplente.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fór-mula, sus integrantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

I. Cumplir con lo establecido en la Base Primera de esta convocatoria;

II. Solicitar por escrito el registro de la fórmula inte-grada por un propietario y un suplente;

III. Manifestar por escrito su aceptación, yIV. Señalar conjuntamente con la solicitud de registro,

el nombre, domicilio y teléfono de la persona que representará a la fórmula durante el desarrollo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fórmu-la a quien cumpla los requisitos siguientes:

a) Estar incluido en el padrón de electores, yb) No haber sido sancionado por faltas graves contra

la disciplina universitaria.

El representante de una fórmula podrá sustituirse en cual-quier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a la Comi-sión Local de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la jornada electoral, es decir, antes de las 19:00 (diecinueve) horas del 6 de abril de 2016.

CUARTA.- Con el objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los inte-grantes de las fórmulas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de regis-tro de fórmula la siguiente documentación:

I. Credencial vigente de la UNAM o cualquier identi-ficaciónoficialvigenteconfotografía,y

II. Copia del último talón de pago.

QUINTA.- La lista de elegibles a que alude la Base Se-gunda ha sido ubicada y publicada en: los tableros y en las páginas electrónicas de cada uno de los Centros per-tenecientesalSubsistemadelaInvestigaciónCientífica,

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS INVESTIGADORES ADSCRITOS A LOS CENTROS

DE INVESTIGACIÓN CORRESPONDIENTES AL SUBSISTEMA DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

PARA EL PERIODO 2016-2020

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7 de marzo de 201662

así como en la página electrónica de la Coordinación de laInvestigaciónCientífica:http://www.cic-ctic.unam.mx

SEXTA.- El registro de fórmulas se realizará ante la Comi-sión Local de Vigilancia de la Elección, del día 8 al 28 de marzo de 2016, en el local de la Secretaría Académica de laCoordinación de la InvestigaciónCientífica (1er. piso),ubicadaenCircuitode la InvestigaciónCientífica,CiudadUniversitaria sin número, de las 10:00 (diez) a las 14:00 (catorce) y de las 17:00 (diecisiete) a las 19:00 (dieci-nueve) horas.

SÉPTIMA.- Podrán participar como electores los inves-tigadores que tengan más de tres años de antigüedad, incluyendo los jubilados que se encuentren prestando sus servicios en los centros de investigación del Sub-sistemadelaInvestigaciónCientíficamediantecontrato,en los términos del Estatuto del Personal Académico, y que aparezcan en el padrón de electores. La antigüe-dad se computará hasta el día en que se prevea realizar la elección.

El voto se podrá ejercer desde cualquier computadora o dispositivo electrónico con acceso a Internet en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx Los investigadores utilizarán el Número de Identificación Personal (NIP) delSistema Integral de Administración Escolar (SIAE) http://www.dgae-siae.unam.mx que usan para su función docen-teo conel cual tambiénentrana laOficinaVirtual de laDirección General de Personal (DGP) http://www.personal.unam.mx/oficinavirtual

EsteNIPnopodrásermodificadoporelelectordentrodelas 72 (setenta y dos) horas previas a la jornada electoral, es decir, después de las 24:00 (veinticuatro) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos del 8 de abril de 2016.

El investigador que requiera recuperar su NIP deberá solici-tarloalaoficinaadministrativadesuentidad,lacuallosoli-citará a la Subdirección de Sistemas de Registro Escolar de la Dirección General de Administración Escolar.

OCTAVA.- El padrón de electores de los Centros se pu-blica en: los tableros y páginas electrónicas de cada uno de los Centros pertenecientes al Subsistema de la Investi-gaciónCientífica,asícomoenlapáginaelectrónicadelaCoordinacióndelaInvestigaciónCientíficahttp://www.cic-ctic.unam.mx

NOVENA.-Losinvestigadoresdeberánverificarqueseen-cuentran en el padrón de electores y en la lista de elegibles, en caso contrario deberán solicitar el ajuste correspondien-te a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección en el localyhorarioaqueserefierelaBaseSextadeestacon-vocatoria. El ejercicio de este derecho concluirá:

I. En el caso del padrón de electores, tres días há-biles antes de la elección, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 8 de abril de 2016, y

II. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha lí-mite para el registro de fórmulas, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 28 de marzo de 2016.

DÉCIMA.-ElConsejoTécnicodelaInvestigaciónCientífica

designó para integrar la Comisión Local de Vigilancia de la Elección a los siguientes tres miembros:

Presidente: Dra. Elena Centeno GarcíaSecretario: Dr. Roberto Alejandro Ruelas MayorgaVocal: Dra. Susana Aurora Magallón Puebla

Asimismo, designó como experto en informática para apo-yar en el enlace con la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación a: Aram Pichardo Durán.

El día de la elección, la Comisión Local de Vigilancia de laElección verificaráqueel sistemanoestéenopera-ción antes de la hora de inicio de la jornada electoral. Unavezpuestoenoperaciónalahorafijada,constataráque el contador del sistema se encuentre marcando ce-ros, supervisará el avance del proceso, dará constancia del cierre de las votaciones en la hora indicada, levanta-rá el acta respectiva y generará el archivo digital con los resultados de la elección.

UNDÉCIMA.- Una vez obtenida la constancia de registro, los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes del día de la elección, esto es, hasta las 19:00 (die-cinueve) horas del día 11 de abril de 2016.

DUODÉCIMA.- Los actos de propaganda electoral se ajus-tarán a las siguientes reglas:

I. Deberán propiciar la expresión, el desarrollo y la discusión de ideas, programas y acciones proposi-tivas en favor de la Universidad;

II. Estarán basados en el fortalecimiento de los prin-cipios universitarios y en el respeto a los derechos de los miembros de la comunidad universitaria;

III. No deberán contener manifestaciones que inciten a la violencia;

IV. La propaganda electoral deberá ser retirada por los integrantes de las fórmulas o sus represen-tantes dentro de los dos días posteriores a la elección;

V. No se utilizarán los recursos materiales consumi-bles y económicos, ni las páginas electrónicas de las entidades académicas y dependencias con finesdepropagandaelectoral;

VI. Las autoridades universitarias y los funciona-rios académico-administrativos de las entidades académicas y dependencias se abstendrán, en todo momento, de realizar actividades de propa-ganda y proselitismo. Asimismo, les está prohi-bido obstruir el libre ejercicio de actos de propa-ganda electoral, y

VII. Los integrantes de las fórmulas, sus representan-tes y simpatizantes, así como los miembros de la comunidad universitaria en general, deberán res-petar toda la propaganda electoral. Asimismo, es-tán obligados a preservar la infraestructura física y demás bienes de la Universidad.

DECIMOTERCERA.- Los electores podrán emitir su voto en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el día 14 de abril de 2016, de las 9:00 (nueve) a las 19:00 (dieci-nueve) horas, de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

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637 de marzo de 2016

DECIMOCUARTA.- Para la presente elección el Conse-joTécnicodelaInvestigaciónCientíficahadeterminadoinstalar un monitor en la sala de ExCoordinadores de la CoordinacióndelaInvestigaciónCientífica(plantabaja),donde la Comisión Local de Vigilancia de la Elección y los representantes de las fórmulas registradas podrán observar el proceso de votación, así como el recuento total de votos.

DECIMOQUINTA.- La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto, conten-drá las fórmulas registradas de propietarios y suplentes, escritas en blanco y negro y sin logotipos, con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario.

DECIMOSEXTA.- Los electores podrán ejercer su voto se-leccionando una de las fórmulas registradas. La fórmula que obtenga el mayor número de votos, resultará electa.

DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiere seleccionado más de una de las fórmulas registradas;

II. No se seleccione ninguna opción presentada en la boleta;

III. El voto se hubiere otorgado a una fórmula cuyo registro se haya cancelado, o

IV. Se violen las disposiciones para la emisión del voto acordadas para este efecto por el Consejo TécnicodelaInvestigaciónCientífica.

DECIMOCTAVA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección será la encargada de conocer y, en su caso, resol-ver los incidentes que durante el desarrollo de la elección pudieran suscitarse.

DECIMONOVENA.- Se encuentran facultados para pre-sentar el recurso de impugnación los integrantes de la fórmula registrada o su representante en el proceso electoral. En caso de que existan impugnaciones, éstas deberán presentarse hasta antes del cierre de casilla, por escrito con el nombre completo y la firmade quie-nes las formulen, debidamente fundadas y motivadas, con la documentación y pruebas correspondientes, ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección. Si falta alguno de los requisitos indicados en esta base, la Comi-sión Especial Electoral del Consejo Universitario podrá desechar el recurso.

Cuando se aleguen actos de propaganda electoral el día de la elección, la existencia de errores en el recuento de votos, o que aparezca en el recuento un número de votos que supere el uno por ciento del número de electores, los afectados podrán presentar el recurso de impugnación ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario hasta el día 18 de abril a las 19:00 (diecinueve) horas.

VIGÉSIMA.- La Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario será la encargada de supervisar el desarrollo detodoelprocesoelectoral,dictaminar,calificarlaeleccióny hacer la declaratoria correspondiente de la fórmula gana-dora.Suresoluciónserádefinitivaeinapelable.

“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU” Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 7 de marzo de 2016

EL COORDINADOR DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

DR. WILLIAM HENRY LEE ALARDÍN

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7 de marzo de 201664

El Coordinador de Humanidades conforme a lo dispues-to en los artículos 7° fracción III de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 15, 16 fracción X, 18, 19 y 24 del Estatuto General; 1º, 11, 18 y 44 frac-ción VIII, así como los demás relativos y aplicables del Re-glamento para la Elección de Consejeros Universitarios y Técnicos, y conforme al acuerdo del Consejo Técnico de Humanidades en su sesión extraordinaria efectuada el día 18 de febrero de 2016.

CONVOCA

A los investigadores adscritos a los centros de investiga-ción del Subsistema de Humanidades a participar en la elección electrónica, mediante voto universal, libre, direc-to, secreto, personal e intransferible de un consejero uni-versitario propietario representante de los investigadores de los centros de investigación del Subsistema de Humani-dades y su respectivo suplente, para el periodo 2016-2020, de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejero universitario representante de los investigadores se requiere:

I. Ser investigador con más de seis años de antigüe-dad académica en el Centro de adscripción, salvo que se trate de establecimientos de reciente crea-ción, en los que dicha antigüedad se computará desde el ingreso a la Universidad;

II. Realizar funciones docentes en la Universidad que, para efectos exclusivamente de elegibilidad, se entenderá alguno de los supuestos siguientes: impartición de docencia frente a grupo, cursos, se-minarios, diplomados, talleres y conferencias, ase-soría y dirección de tesis y prácticas, evaluación de alumnos en los planes y programas de estudio, así como elaboración de documentos escolares o de material didáctico, protocolos o guías requeri-dos para la impartición de clases;

III. Manifestar por escrito, en el momento de su regis-tro como candidato, su compromiso y disponibilidad para participar en las tareas encomendadas en el Consejo Universitario, en caso de resultar electo;

IV. No ocupar un puesto administrativo o académico-administrativo en la Universidad al momento de la elección, ni durante el desempeño del cargo de consejero, y

V. No haber cometido faltas graves contra la discipli-na universitaria que hubieren sido sancionadas.

SEGUNDA.- Podrán registrar sus candidaturas en la pre-sente elección los investigadores cuyos nombres aparez-can en la lista de elegibles, misma que se publica de mane-ra simultánea con esta convocatoria.

En caso de que alguno de los integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posterioridad, severifiquequenosatisfacelosrequisitosparaserconse-jero o se vea imposibilitado para participar en la elección, al compañero de fórmula se le permitirá participar en la elec-ción respectiva.

Ningún investigador podrá solicitar su registro como inte-grante de más de una fórmula, ya sea como propietario o como suplente.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fór-mula, sus integrantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

I. Cumplir con lo establecido en la Base Primera de esta convocatoria;

II. Solicitar por escrito el registro de la fórmula inte-grada por un propietario y un suplente;

III. Manifestar por escrito su aceptación, yIV. Señalar conjuntamente con la solicitud de registro,

el nombre, domicilio y teléfono de la persona que representará a la fórmula durante el desarrollo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fórmu-la a quien cumpla los requisitos siguientes:

a) Estar incluido en el padrón de electores, yb) No haber sido sancionado por faltas graves contra

la disciplina universitaria.

El representante de una fórmula podrá sustituirse en cual-quier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a la Comi-sión Local de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la jornada electoral, es decir, antes de las 19:00 (diecinueve) horas del 6 de abril de 2016.

CUARTA.- Con el objeto de acreditar fehacientemente el cumplimiento de los requisitos antes señalados, los inte-grantes de las fórmulas, tanto propietario como suplente, deberán presentar conjuntamente con su solicitud de regis-tro de fórmula la siguiente documentación:

I. Credencial vigente de la UNAM o cualquier identi-ficaciónoficialvigenteconfotografía,y

II. Copia del último talón de pago.

QUINTA.- La lista de elegibles a que alude la Base Segun-da ha sido ubicada y publicada en:

En el Centro de Investigaciones sobre América del Norte: i) Pizarrones de los pisos 9° y 10° de la Torre II de Humanidades y ii) en la página electró-nica: http://www.cisan.unam.mx

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS INVESTIGADORES ADSCRITOS A LOS CENTROS

DE INVESTIGACIÓN CORRESPONDIENTES AL SUBSISTEMA DE HUMANIDADES ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

PARA EL PERIODO 2016-2020

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657 de marzo de 2016

En el Centro de Investigaciones sobre América Latina y el Caribe: i) Puerta de acceso al CIALC, ubicada en el primer piso de la Torre II de Huma-nidades, ii) Pizarrón de corcho, ubicado en la sala de lectura de la Biblioteca “Simón Bolívar”, sita en el segundo piso de la Torre II de Humanidades, iii) Puerta de acceso al CIALC, ubicada en el tercer piso de la Torre II de Humanidades, iv) Pizarrón de corcho, ubicado frente al cubículo 14 del octa-vo piso de la Torre II de Humanidades, y v) en la página electrónica: http://www.cialc.unam.mx

En el Centro de Investigaciones Interdisciplinarias en Ciencias y Humanidades: i) Pizarrones de avi-sos informativos de los pisos 4°, 5° y 6° de la Torre IIdeHumanidades, ii)eneledificiodeposgrado2° piso y iii) en la página electrónica: http://www.ceiich.unam.mx

En el Centro de Investigaciones Multidisciplinarias sobre Chiapas y la Frontera Sur: i) Pizarrones de avi-sos informativos en el vestíbulo del Centro y ii) en la página electrónica: http://www.cimsur.unam.mx

En el Centro Peninsular en Humanidades y en Ciencias Sociales: i) Tablero de avisos de la entra-daprincipaldeledificioRendónPenicheyii)enlapágina electrónica: http://www.cephcis.unam.mx

En el Centro Regional de Investigaciones Multidis-ciplinarias: i) Pizarrón de avisos en el vestíbulo del Centro, ii) Pizarrón de avisos junto al Departamen-to de Planeación y Seguimiento Académico, y iii) en la página electrónica: http://www.crim.unam.mx

Así como en la página electrónica http://www.humanida-des.unam.mx de la Coordinación de Humanidades.

SEXTA.- El registro de fórmulas se realizará ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, del día 8 al 28 de marzo de 2016, para el caso de las entidades académicas del campus Ciudad Universitaria, en la sala “B” de reuniones del Consejo Técnico de Humanidades, ubicadaenlaplantabajadeledificiodelaCoordinaciónde Humanidades, circuito Mtro. Mario de la Cueva, Ciu-dad de la Investigación en Humanidades, Zona Cultural, Ciudad Universitaria; de las 10:00 (diez) a las 14:00 (ca-torce) y de 17:30 (diecisiete treinta) a 19:00 (diecinue-ve) horas.

Para los centros de investigaciones: Multidisciplinarias sobre Chiapas y la Frontera Sur; Peninsular en Humani-dades y en Ciencias Sociales, y Regional de Investigacio-nes Multidisciplinarias, las secretarías académicas de los mismos, apoyarán en la recepción de la documentación correspondiente a las solicitudes de registro de fórmulas, modificacióndelalistadeelegiblesydelpadróndeelec-tores, información que deberá ser remitida a la brevedad a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección del Consejo Técnico de Humanidades, referida en la Base Décima de la presente convocatoria.

SÉPTIMA.- Podrán participar como electores los investi-gadores que tengan más de tres años de antigüedad, in-cluyendo los jubilados que se encuentren prestando sus servicios en los centros de investigación del Subsistema de Humanidades mediante contrato, en los términos del Esta-tuto del Personal Académico, y que aparezcan en el padrón de electores. La antigüedad se computará hasta el día en que se prevea realizar la elección.

El voto se podrá ejercer desde cualquier computadora o dispositivo electrónico con acceso a Internet en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx Los investigadores utilizarán el Número de Identificación Personal (NIP) delSistema Integral de Administración Escolar (SIAE) http://www.dgae-siae.unam.mx que usan para su función docen-teo conel cual tambiénentrana laOficinaVirtual de laDirección General de Personal (DGP) http://www.personal.unam.mx/oficinavirtual

EsteNIPnopodrásermodificadoporelelectordentrodelas 72 (setenta y dos) horas previas a la jornada electoral, es decir, después de las 24:00 (veinticuatro) horas de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos del 8 de abril de 2016.

El investigador que requiera recuperar su NIP deberá solici-tarloalaoficinaadministrativadesuentidad,lacuallosoli-citará a la Subdirección de Sistemas de Registro Escolar de la Dirección General de Administración Escolar.

OCTAVA.- El padrón de electores se publica en los mis-mos lugares y en las páginas electrónicas descritas en la Base Quinta de la presente convocatoria. Así como en la página electrónica http://www.humanidades.unam.mx de la Coordinación de Humanidades.

NOVENA.-Losinvestigadoresdeberánverificarqueseen-cuentran en el padrón de electores y en la lista de elegibles, en caso contrario deberán solicitar el ajuste correspondien-te a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección en el localyhorarioaqueserefierelaBaseSextadeestacon-vocatoria. El ejercicio de este derecho concluirá:

I. En el caso del padrón de electores, tres días há-biles antes de la elección, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 8 de abril de 2016, y

II. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha lí-mite para el registro de fórmulas, es decir, a las 19:00 (diecinueve) horas del día 28 de marzo de 2016.

DÉCIMA.- El Consejo Técnico de Humanidades designó para integrar la Comisión Local de Vigilancia de la Elección a los siguientes tres miembros:

Presidente: Dr. Pedro Stepanenko GutiérrezSecretario: Dr. Pablo Gerardo Mora Pérez-TejadaVocal: Dr. Mario Humberto Ruz SosaSuplentes: Dra. María Eugenia Alvarado Rodríguez Mtro. Gerardo Reza Calderón Dra. María Olga Sáez González

Las secretarías académicas de los centros de investi-gaciones: Multidisciplinarias sobre Chiapas y la Frontera Sur; Peninsular en Humanidades y en Ciencias Sociales, y Regional de Investigaciones Multidisciplinarias, fungi-rán como auxiliares de la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, en todo los aspectos relacionados con esta elección.

Asimismo, designó como experto en informática para apo-yar en el enlace con la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación a: Lic. Rubén Dimitrio Cervantes Cruz, Secretario Técnico de Cómputo y Sistemas de la Coordinación de Humanidades.

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7 de marzo de 201666

El día de la elección, la Comisión Local de Vigilancia de laElecciónverificaráqueelsistemanoestéenoperaciónantes de la hora de inicio de la jornada electoral. Una vezpuestoenoperaciónalahorafijada,constataráqueel contador del sistema se encuentre marcando ceros, supervisará el avance del proceso, dará constancia del cierre de las votaciones en la hora indicada, levantará el acta respectiva y generará el archivo digital con los resultados de la elección.

UNDÉCIMA.- Una vez obtenida la constancia de registro, los candidatos y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes del día de la elección, esto es, hasta las 19:00 (die-cinueve) horas del día 11 de abril de 2016.

DUODÉCIMA.- Los actos de propaganda electoral se ajus-tarán a las siguientes reglas:

I. Deberán propiciar la expresión, el desarrollo y la discusión de ideas, programas y acciones proposi-tivas en favor de la Universidad;

II. Estarán basados en el fortalecimiento de los prin-cipios universitarios y en el respeto a los derechos de los miembros de la comunidad universitaria;

III. No deberán contener manifestaciones que inciten a la violencia;

IV. La propaganda electoral deberá ser retirada por los integrantes de las fórmulas o sus represen-tantes dentro de los dos días posteriores a la elección;

V. No se utilizarán los recursos materiales consumi-bles y económicos, ni las páginas electrónicas de las entidades académicas y dependencias con finesdepropagandaelectoral;

VI. Las autoridades universitarias y los funciona-rios académico-administrativos de las entidades académicas y dependencias se abstendrán, en todo momento, de realizar actividades de propa-ganda y proselitismo. Asimismo, les está prohi-bido obstruir el libre ejercicio de actos de propa-ganda electoral, y

VII. Los integrantes de las fórmulas, sus representan-tes y simpatizantes, así como los miembros de la comunidad universitaria en general, deberán res-petar toda la propaganda electoral. Asimismo, es-tán obligados a preservar la infraestructura física y demás bienes de la Universidad.

DECIMOTERCERA.- Los electores podrán emitir su voto en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el día 14 de abril de 2016, de las 10:00 (diez) a las 18:00 (diecio-cho) horas, de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.

DECIMOCUARTA.- Para la presente elección el Consejo Técnico de Humanidades ha determinado instalar un mo-nitor en la sala del pleno del Consejo Técnico de Huma-nidades,ubicadaenlaplantabajadeledificiodelaCoor-dinación de Humanidades, donde la Comisión Local de Vigilancia de la Elección y los representantes de las fórmu-las registradas podrán observar el proceso de votación, así como el recuento total de votos.

DECIMOQUINTA.- La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto, conten-drá las fórmulas registradas de propietarios y suplentes, escritas en blanco y negro y sin logotipos, con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario.

DECIMOSEXTA.- Los electores podrán ejercer su voto se-leccionando una de las fórmulas registradas. La fórmula que obtenga el mayor número de votos, resultará electa.

DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando:

I. El votante hubiere seleccionado más de una de las fórmulas registradas;

II. No se seleccione ninguna opción presentada en la boleta;

III. El voto se hubiere otorgado a una fórmula cuyo registro se haya cancelado, o

IV. Se violen las disposiciones para la emisión del voto acordadas para este efecto por el Consejo Técnico de Humanidades.

DECIMOCTAVA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección será la encargada de conocer y, en su caso, resol-ver los incidentes que durante el desarrollo de la elección pudieran suscitarse.

DECIMONOVENA.- Se encuentran facultados para pre-sentar el recurso de impugnación los integrantes de la fór-mula registrada o su representante en el proceso electo-ral. En caso de que existan impugnaciones, éstas deberán presentarse hasta antes del cierre de casilla, por escrito conelnombrecompletoylafirmadequieneslasformulen,debidamente fundadas y motivadas, con la documentación y pruebas correspondientes, ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección. Si falta alguno de los requisitos indicados en esta base, la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario podrá desechar el recurso.

Cuando se aleguen actos de propaganda electoral el día de la elección, la existencia de errores en el recuento de votos, o que aparezca en el recuento un número de votos que supere el uno por ciento del número de electores, los afec-tados podrán presentar el recurso de impugnación ante la Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario has-ta el día 18 de abril hasta las 19:00 (diecinueve) horas. VIGÉSIMA.- La Comisión Especial Electoral del Consejo Universitario será la encargada de supervisar el desarrollo detodoelprocesoelectoral,dictaminar,calificarlaeleccióny hacer la declaratoria correspondiente de la fórmula gana-dora.Suresoluciónserádefinitivaeinapelable.

“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU” Ciudad Universitaria, Cd. Mx., a 7 de marzo de 2016

EL COORDINADOR DE HUMANIDADES

DR. DOMINGO ALBERTO VITAL DÍAZ

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