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CONVOCATORIA

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C O N V O C AT O R I A

PROGRAMA PARA ACCEDER A LOS RECURSOS DERIVADOS DEL ESTÍMULO FISCAL PARA LA CULTURA Y LAS ARTES DE CHIHUAHUA

EKÁ NAWÉAME

C O N V O C A T O R I A

Con el propósito de fomentar y apoyar el desarrollo cultural, la protección al patrimonio cultural material, inmaterial y biocultural, la producción, creación y difusión de las artes, estimular la autonomía de artistas y agrupaciones, favorecer la divulgación, promoción y presentación artística y propiciar la profesionalización de agrupaciones e individuos, creadores, dedicados al arte y la cultura en sus diversas etapas de protección, creación y producción, el Gobierno del Estado de Chihuahua, a través de la Secretaría de Cultura y con fundamento en los artículos 27 ter fracciones I y II de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, 19 y 21 fracciones III y XI de la Ley de Desarrollo Cultural para el Estado de Chihuahua y el Artículo Décimo Séptimo de la Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua, para el ejercicio fiscal 2020, convoca a todas las personas físicas o morales a participar en el proceso para acceder a los recursos derivados del Estímulo Fiscal para la Cultura y las Artes del Estado de Chihuahua, que permite a los empresarios apoyar económicamente proyectos de inversión artísticos y culturales, bajo las siguientes bases:

I. BASES GENERALES1. Podrá participar cualquier persona física o moral dedicada a actividades en el estado de Chihuahua en las disciplinas de teatro, danza, música, cinematografía, literatura, artes visuales, arte interdisciplinario, promo-ción artística y cultural, conservación y restauración del patrimonio cultural mate-rial, inmaterial o biocultural.2. No podrán participar como responsables del proyecto en esta convocatoria servido-res públicos, personas adscritas a cualquier unidad administrativa de la Secretaría de Cultura, o de las entidades que ésta coordi-ne, ni aquellas personas que se encuentren impedidas por ley o mandato judicial. 3. No se apoyarán proyectos que contem-plen la participación de partidos políticos y/o asociaciones religiosas, ni se podrá hacer mención de esas instituciones en la difusión y promoción.

II. BASES DE PARTICIPACIÓN1. Las personas participantes deberán enviar una propuesta de creación artística, produc-ción y/o promoción artística o cultural, así como de protección patrimonial enmarcada

dentro de las disciplinas establecidas. (ver descripciones en las Reglas de Operación, descargar de https://bit.ly/31i0iaH.2. El responsable de la propuesta deberá entregar de manera personal la solicitud y toda la documentación señalada en la con-vocatoria, dentro de los periodos de recep-ción, conforme al calendario publicado en el portal de la Secretaría de Cultura, en el Departamento de Vinculación Cultural y Gestión de Procuración de Fondos de la Secretaría de Cultura, ubicada en Av. Univer-sidad y División del Norte s/n, colonia Alta-vista de la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, C.P. 31200 teléfonos (614) 214 4800 y ext. 225 o 226 y correo electrónico [email protected] así como en el Despacho de la Subsecretaría de Cultura en Ciudad Juárez, ubicada en las instalacio-nes del Centro Cultural Paso del Norte, en Anillo Envolvente PRONAF s/n. col. Progre-sista, de lunes a viernes en un horario de atención de 9:00 a 17:00 horas. 3. Se aceptarán para revisión las propuestas enviadas por paquetería siempre y cuando los archivos digitales (USB, CD-R DVD-R)

que lleguen a la Secretaría de Cultura puedan abrirse sin problema para su evalua-ción.4. No se recibirán documentos de manera extemporánea, con información incompleta, o que no estén apegados a las bases de la presente convocatoria y a las reglas de operación, las cuales podrán ser consultadas en https://bit.ly/31i0iaH.

III. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA DEL SOLICITANTE:Los documentos solicitados deberán presen-tarse en memoria digital (USB, CD-R o DVD-R) considerando un archivo PDF debidamente identificado para cada una de las siguientes categorías y en el orden que se indica:

a) Personales (ref. IV.1 de las Reglas de operación):

• Identificación oficial vigente con fotogra-fía, que incluya datos personales y firma (pasaporte, credencial de elector, licencia de manejo o cédula profesional, forma migratoria).• Comprobante de domicilio (con una anti-güedad no mayor a tres meses).• Currículo actualizado que incluya la siguiente información:

1. Nombre completo.2. Datos de contacto (teléfono, correo electrónico, entre otros).3. Lugar y fecha de nacimiento.4. Lugar de trabajo actual.5. Estudios realizados.6. Actividades profesionales realizadas a la fecha y que garanticen una trayec-toria artística o cultural de un mínimo de dos años.7. Semblanza a renglón seguido con extensión máxima de media cuartilla

• Documentos de conformidad y veraci-dad con lo establecido en la presente con-vocatoria y las reglas de operación (des-cargar en https://bit.ly/36NsT8U.b) Del proyecto (ref. IV.2. de las Reglas de operación)• Formato solicitud (descargar en https://bit.ly/2tfMbWQ.• Proyecto elaborado con base en el Manual para la elaboración de proyectos. (descargar en https://bit.ly/2SdsIyK.

c) Anexos(ref. IV.3 de las Reglas de Operación):

• Permisos, derechos, cesión de derechos de autor o registro ante el Instituto Nacio-nal del Derechos de Autor (INDAUTOR) de los proyectos que utilicen elementos auto-rales de terceros y que no sean de dominio público.• Semblanzas curriculares, a renglón segui-do, de los integrantes incluidos en la rela-ción de participantes del proyecto.• Cartas de aceptación firmadas por cada uno de los participantes en las que se indi-que la tarea que realizarán en el proyecto, el acuerdo económico y las fechas de participación planteadas. La propuesta económica deberá estar reflejada en el presupuesto.• Documento mediante el cual se designe el domicilio legal. • Declaración de conflicto de intereses. • En caso de personas morales: constancia de inscripción vigente ante el Registro Público de la Propiedad, acta constitutiva en la que se confirme su objeto social, documentación que acredite el cargo del representante legal y su poder para repre-sentarla, y trayectoria de la persona moral con un máximo de cinco cuartillas.

IV. CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS:1. Los proyectos deberán ajustarse al plazo autorizado para su ejecución, misma que iniciará a partir de la fecha en que se reciba el recurso económico. Los Contribuyentes Aportantes deberán realizar la entrega de los recursos a los artistas, creadores o promotores culturales, dentro del presente ejercicio fiscal.2. Los proyectos que se encuentran en proceso, o que iniciaron antes de participar en el Estímulo, sólo podrán participar si se incluye en el PDF de los anexos, un informe firmado por el responsable, señalando el grado de avance, los detalles del trabajo realizado y materiales generados.3. Los proyectos aprobados deberán garanti-zar actividades o acciones en el Estado com-probable de un mínimo del 80%.4. El contribuyente aportante no podrá pres-tar servicios personales al responsable del

proyecto, durante el desarrollo del mismo.5. El responsable del proyecto no podrá prestar servicios personales al contribuyen-te aportante, durante la realización del proyecto artístico.6. Las instancias convocantes podrán revo-car la autorización de aplicación del estímu-lo fiscal por las siguientes causas:

• Cuando el proyecto no concluya en la fecha de terminación proyectada• Cuando se compruebe información o documentación falsa proporcionada a la Secretaría o a los distintos comités partici-pantes.• El contribuyente aportante o el respon-sable del proyecto cometan delitos fisca-les, independientemente de las sanciones que procedan, por las cuales hubiera reso-lución firme.• Si se realizan cambios sustantivos y no autorizados en el proyecto aprobado.• Si no se cumple con alguna de las presentes reglas.• En su caso, la revocación de la autoriza-ción del estímulo fiscal será notificada personalmente al empresario y al respon-sable del proyecto vía la Secretaría de Hacienda o la Secretaría de Cultura

V. PROGRAMA DE RETRIBUCIÓN SOCIAL1. Los responsables de proyecto deberán seleccionar e incluir en sus esquemas de trabajo una propuesta de retribución social. Asimismo, habrán de considerar que por cada $20,000.00 pesos (veinte mil pesos 00/100 M.N.) que logren concretar en su propuesta los beneficiarios ofrecerán una hora de servicio, relacionado con la discipli-na seleccionada, sin costo para la sociedad y autorizada por la Secretaría de Cultura.2. La retribución social deberá corresponder a cualquiera de las siguientes categorías:

• Jurado por invitación• Curso o taller• Asesorías a interesados en aplicar a los proyectos.• Funciones o proyección (música, danza, teatro y cine). Solo aplica para los proyec-tos de producción y la función deberá corresponder exclusivamente al proyecto autorizado.

• Actividades artísticas (presentación de libro, charla, lectura de atril, maestro de ceremonias, entre otras).

3. Los beneficiarios deberán concluir con la totalidad de su retribución en un plazo no mayor a un año y tres meses, o de año y medio si se trata de proyectos cinematográ-ficos para la creación de largometraje, con-tado a partir de la fecha de entrega del recurso y deberán de informar a la secretaría sobre las actividades realizadas. 4. La propuesta de retribución social será adicional a los compromisos del trabajo a desarrollar y la presentación del producto.5. En caso de que los artistas soliciten otra forma de retribución, ésta deberá ser apro-bada por la Secretaría de Cultura.6. No se otorgarán recursos adicionales para cumplir con los compromisos señalados en este punto, a menos que la actividad solici-tada por la Secretaría se desarrolle en un municipio fuera del lugar de residencia del responsable del proyecto y cuya ampliación corresponderá exclusivamente al gasto que se genere por el traslado de dicha actividad a otra localidad no establecida en el proyec-to original.

VI. FECHA DE CIERRELa presente convocatoria queda abierta desde su publicación hasta el 4 de abril de 2020 a las 23:00 hrs., fecha límite para la recepción de propuestas. Se contemplará una segunda o una tercera emisión sujetas a disponibilidad del recurso aprobado para el Estímulo Fiscal para la Cultu-ra y las Artes del Estado de Chihuahua 2020. VII. PROCESO DE DICTAMEN Y APROBACIÓN DE PROYECTOS

1. Una vez recibidos y revisados en tanto a su cumplimiento técnico, los expedientes com-pletos se entregarán al Comité dictaminador para que emita su dictamen. 2. El Comité dictaminador estará integrado por hasta tres personas especialistas en cada disciplina o campo, que fungirán como evaluadores o dictaminadores, invitadas por la Secretaría de Cultura.3. El Comité evaluará los proyectos artísticos tomando en cuenta los siguientes criterios:

• Calidad artística y pertinencia cultural.

• Viabilidad técnica y financiera.• Impacto social y cultural de sus resultados.• Veracidad de la información proporcionada por el responsable del proyecto.• Propuestas de retribución social.• Proyectos enmarcados en los programas

prioritarios de la Secretaría y establecidos en la convocatoria.4. El plazo del dictamen no podrá exceder de 30 días naturales posteriores a la fecha de cierre de recepción de proyectos.5. La Secretaría de Cultura notificará a los responsables de proyecto la aprobación del mismo y el monto aprobado en un plazo de 5 días hábiles después de la firma del acta de resultados emitida por el Comité dictami-nador.6. La Secretaría de Cultura informará a la Secretaría de Hacienda sobre los proyectos que hayan sido aprobados.7. Posteriormente, se publicará en el portal de la Secretaría de Cultura el título de los proyectos artísticos y culturales aprobados, nombre del responsable y el monto autori-zado.8. Una vez publicados los proyectos aproba-dos, la Secretaría de Cultura emitirá un documento de viabilidad, mismo que deberá ser entregado por el responsable del proyecto al Contribuyente Aportante a fin de concretar la transferencia del monto autorizado. En este punto deberá integrarse el expediente del Contribuyente Aportante quien deberá cumplir ante la Secretaría de Hacienda con los requisitos indicados en los puntos X y XI de las Reglas de Operación.

VIII. MONTOS1. El monto máximo autorizado por proyecto será de hasta $500,000.00 pesos (quinien-tos mil pesos 00/100 m.n.), excepto en las disciplinas de cinematografía e intervención de patrimonio cultural, las cuales tendrán un monto máximo de hasta $1, 000,000.00 (un millón de pesos 00/100 m.n).2. De acuerdo con su monto, los proyectos serán clasificados en las siguientes categorías:

A. $30,000.00 a $100,000.00B. $101,000.00 a $250,000.00C. $251,000.00 a $500,000.00D. $501,000.00 a $1,000,000.00 (sólo cinematografía y patrimonio)3. Los contribuyentes podrán acreditar, contra el Impuesto sobre Nóminas a su cargo, el 100% del apoyo otorgado.

IX. DERECHO DE AUTORLos derechos morales y patrimoniales de las obras de creación o producción realizados con recursos del Estímulo, corresponderá en todo momento a los autores, señalando únicamente en los mismos durante el periodo como bene-ficiarios que se contó con un apoyo del Gobierno del Estado de Chihuahua, a través de la Secretaría. X. TRANSITORIOS1. Las personas participantes aceptan íntegra e incondicionalmente el contenido y condicio-nes de la presente convocatoria, así como de las Reglas de Operación del Estímulo Fiscal para la Cultura y las Artes del Estado de Chihuahua Contenido en la Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua. 2. Las instancias convocantes se reservan el derecho de resolver cualquier contingencia o asunto no contemplado en la presente convo-catoria.XI. POLÍTICA DE PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALESConsulte nuestra declaración de privacidad y protección de datos personales en http://www.-congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/le-yes/archivosLeyes/1342.pdf

Mayores informes en el Departamento de Vinculación Cultural y Gestión de Procuración

de Fondos de la Secretaría de Cultura. Teléfonos (614) 214 4800 y ext. 225 o 226

y correo electrónico [email protected]

Chihuahua, Chih., Mex.30 de enero de 2020

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I. BASES GENERALES1. Podrá participar cualquier persona física o moral dedicada a actividades en el estado de Chihuahua en las disciplinas de teatro, danza, música, cinematografía, literatura, artes visuales, arte interdisciplinario, promo-ción artística y cultural, conservación y restauración del patrimonio cultural mate-rial, inmaterial o biocultural.2. No podrán participar como responsables del proyecto en esta convocatoria servido-res públicos, personas adscritas a cualquier unidad administrativa de la Secretaría de Cultura, o de las entidades que ésta coordi-ne, ni aquellas personas que se encuentren impedidas por ley o mandato judicial. 3. No se apoyarán proyectos que contem-plen la participación de partidos políticos y/o asociaciones religiosas, ni se podrá hacer mención de esas instituciones en la difusión y promoción.

II. BASES DE PARTICIPACIÓN1. Las personas participantes deberán enviar una propuesta de creación artística, produc-ción y/o promoción artística o cultural, así como de protección patrimonial enmarcada

dentro de las disciplinas establecidas. (ver descripciones en las Reglas de Operación, descargar de https://bit.ly/31i0iaH.2. El responsable de la propuesta deberá entregar de manera personal la solicitud y toda la documentación señalada en la con-vocatoria, dentro de los periodos de recep-ción, conforme al calendario publicado en el portal de la Secretaría de Cultura, en el Departamento de Vinculación Cultural y Gestión de Procuración de Fondos de la Secretaría de Cultura, ubicada en Av. Univer-sidad y División del Norte s/n, colonia Alta-vista de la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, C.P. 31200 teléfonos (614) 214 4800 y ext. 225 o 226 y correo electrónico [email protected] así como en el Despacho de la Subsecretaría de Cultura en Ciudad Juárez, ubicada en las instalacio-nes del Centro Cultural Paso del Norte, en Anillo Envolvente PRONAF s/n. col. Progre-sista, de lunes a viernes en un horario de atención de 9:00 a 17:00 horas. 3. Se aceptarán para revisión las propuestas enviadas por paquetería siempre y cuando los archivos digitales (USB, CD-R DVD-R)

que lleguen a la Secretaría de Cultura puedan abrirse sin problema para su evalua-ción.4. No se recibirán documentos de manera extemporánea, con información incompleta, o que no estén apegados a las bases de la presente convocatoria y a las reglas de operación, las cuales podrán ser consultadas en https://bit.ly/31i0iaH.

III. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA DEL SOLICITANTE:Los documentos solicitados deberán presen-tarse en memoria digital (USB, CD-R o DVD-R) considerando un archivo PDF debidamente identificado para cada una de las siguientes categorías y en el orden que se indica:

a) Personales (ref. IV.1 de las Reglas de operación):

• Identificación oficial vigente con fotogra-fía, que incluya datos personales y firma (pasaporte, credencial de elector, licencia de manejo o cédula profesional, forma migratoria).• Comprobante de domicilio (con una anti-güedad no mayor a tres meses).• Currículo actualizado que incluya la siguiente información:

1. Nombre completo.2. Datos de contacto (teléfono, correo electrónico, entre otros).3. Lugar y fecha de nacimiento.4. Lugar de trabajo actual.5. Estudios realizados.6. Actividades profesionales realizadas a la fecha y que garanticen una trayec-toria artística o cultural de un mínimo de dos años.7. Semblanza a renglón seguido con extensión máxima de media cuartilla

• Documentos de conformidad y veraci-dad con lo establecido en la presente con-vocatoria y las reglas de operación (des-cargar en https://bit.ly/36NsT8U.b) Del proyecto (ref. IV.2. de las Reglas de operación)• Formato solicitud (descargar en https://bit.ly/2tfMbWQ.• Proyecto elaborado con base en el Manual para la elaboración de proyectos. (descargar en https://bit.ly/2SdsIyK.

c) Anexos(ref. IV.3 de las Reglas de Operación):

• Permisos, derechos, cesión de derechos de autor o registro ante el Instituto Nacio-nal del Derechos de Autor (INDAUTOR) de los proyectos que utilicen elementos auto-rales de terceros y que no sean de dominio público.• Semblanzas curriculares, a renglón segui-do, de los integrantes incluidos en la rela-ción de participantes del proyecto.• Cartas de aceptación firmadas por cada uno de los participantes en las que se indi-que la tarea que realizarán en el proyecto, el acuerdo económico y las fechas de participación planteadas. La propuesta económica deberá estar reflejada en el presupuesto.• Documento mediante el cual se designe el domicilio legal. • Declaración de conflicto de intereses. • En caso de personas morales: constancia de inscripción vigente ante el Registro Público de la Propiedad, acta constitutiva en la que se confirme su objeto social, documentación que acredite el cargo del representante legal y su poder para repre-sentarla, y trayectoria de la persona moral con un máximo de cinco cuartillas.

IV. CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS:1. Los proyectos deberán ajustarse al plazo autorizado para su ejecución, misma que iniciará a partir de la fecha en que se reciba el recurso económico. Los Contribuyentes Aportantes deberán realizar la entrega de los recursos a los artistas, creadores o promotores culturales, dentro del presente ejercicio fiscal.2. Los proyectos que se encuentran en proceso, o que iniciaron antes de participar en el Estímulo, sólo podrán participar si se incluye en el PDF de los anexos, un informe firmado por el responsable, señalando el grado de avance, los detalles del trabajo realizado y materiales generados.3. Los proyectos aprobados deberán garanti-zar actividades o acciones en el Estado com-probable de un mínimo del 80%.4. El contribuyente aportante no podrá pres-tar servicios personales al responsable del

proyecto, durante el desarrollo del mismo.5. El responsable del proyecto no podrá prestar servicios personales al contribuyen-te aportante, durante la realización del proyecto artístico.6. Las instancias convocantes podrán revo-car la autorización de aplicación del estímu-lo fiscal por las siguientes causas:

• Cuando el proyecto no concluya en la fecha de terminación proyectada• Cuando se compruebe información o documentación falsa proporcionada a la Secretaría o a los distintos comités partici-pantes.• El contribuyente aportante o el respon-sable del proyecto cometan delitos fisca-les, independientemente de las sanciones que procedan, por las cuales hubiera reso-lución firme.• Si se realizan cambios sustantivos y no autorizados en el proyecto aprobado.• Si no se cumple con alguna de las presentes reglas.• En su caso, la revocación de la autoriza-ción del estímulo fiscal será notificada personalmente al empresario y al respon-sable del proyecto vía la Secretaría de Hacienda o la Secretaría de Cultura

V. PROGRAMA DE RETRIBUCIÓN SOCIAL1. Los responsables de proyecto deberán seleccionar e incluir en sus esquemas de trabajo una propuesta de retribución social. Asimismo, habrán de considerar que por cada $20,000.00 pesos (veinte mil pesos 00/100 M.N.) que logren concretar en su propuesta los beneficiarios ofrecerán una hora de servicio, relacionado con la discipli-na seleccionada, sin costo para la sociedad y autorizada por la Secretaría de Cultura.2. La retribución social deberá corresponder a cualquiera de las siguientes categorías:

• Jurado por invitación• Curso o taller• Asesorías a interesados en aplicar a los proyectos.• Funciones o proyección (música, danza, teatro y cine). Solo aplica para los proyec-tos de producción y la función deberá corresponder exclusivamente al proyecto autorizado.

• Actividades artísticas (presentación de libro, charla, lectura de atril, maestro de ceremonias, entre otras).

3. Los beneficiarios deberán concluir con la totalidad de su retribución en un plazo no mayor a un año y tres meses, o de año y medio si se trata de proyectos cinematográ-ficos para la creación de largometraje, con-tado a partir de la fecha de entrega del recurso y deberán de informar a la secretaría sobre las actividades realizadas. 4. La propuesta de retribución social será adicional a los compromisos del trabajo a desarrollar y la presentación del producto.5. En caso de que los artistas soliciten otra forma de retribución, ésta deberá ser apro-bada por la Secretaría de Cultura.6. No se otorgarán recursos adicionales para cumplir con los compromisos señalados en este punto, a menos que la actividad solici-tada por la Secretaría se desarrolle en un municipio fuera del lugar de residencia del responsable del proyecto y cuya ampliación corresponderá exclusivamente al gasto que se genere por el traslado de dicha actividad a otra localidad no establecida en el proyec-to original.

VI. FECHA DE CIERRELa presente convocatoria queda abierta desde su publicación hasta el 4 de abril de 2020 a las 23:00 hrs., fecha límite para la recepción de propuestas. Se contemplará una segunda o una tercera emisión sujetas a disponibilidad del recurso aprobado para el Estímulo Fiscal para la Cultu-ra y las Artes del Estado de Chihuahua 2020. VII. PROCESO DE DICTAMEN Y APROBACIÓN DE PROYECTOS

1. Una vez recibidos y revisados en tanto a su cumplimiento técnico, los expedientes com-pletos se entregarán al Comité dictaminador para que emita su dictamen. 2. El Comité dictaminador estará integrado por hasta tres personas especialistas en cada disciplina o campo, que fungirán como evaluadores o dictaminadores, invitadas por la Secretaría de Cultura.3. El Comité evaluará los proyectos artísticos tomando en cuenta los siguientes criterios:

• Calidad artística y pertinencia cultural.

• Viabilidad técnica y financiera.• Impacto social y cultural de sus resultados.• Veracidad de la información proporcionada por el responsable del proyecto.• Propuestas de retribución social.• Proyectos enmarcados en los programas

prioritarios de la Secretaría y establecidos en la convocatoria.4. El plazo del dictamen no podrá exceder de 30 días naturales posteriores a la fecha de cierre de recepción de proyectos.5. La Secretaría de Cultura notificará a los responsables de proyecto la aprobación del mismo y el monto aprobado en un plazo de 5 días hábiles después de la firma del acta de resultados emitida por el Comité dictami-nador.6. La Secretaría de Cultura informará a la Secretaría de Hacienda sobre los proyectos que hayan sido aprobados.7. Posteriormente, se publicará en el portal de la Secretaría de Cultura el título de los proyectos artísticos y culturales aprobados, nombre del responsable y el monto autori-zado.8. Una vez publicados los proyectos aproba-dos, la Secretaría de Cultura emitirá un documento de viabilidad, mismo que deberá ser entregado por el responsable del proyecto al Contribuyente Aportante a fin de concretar la transferencia del monto autorizado. En este punto deberá integrarse el expediente del Contribuyente Aportante quien deberá cumplir ante la Secretaría de Hacienda con los requisitos indicados en los puntos X y XI de las Reglas de Operación.

VIII. MONTOS1. El monto máximo autorizado por proyecto será de hasta $500,000.00 pesos (quinien-tos mil pesos 00/100 m.n.), excepto en las disciplinas de cinematografía e intervención de patrimonio cultural, las cuales tendrán un monto máximo de hasta $1, 000,000.00 (un millón de pesos 00/100 m.n).2. De acuerdo con su monto, los proyectos serán clasificados en las siguientes categorías:

A. $30,000.00 a $100,000.00B. $101,000.00 a $250,000.00C. $251,000.00 a $500,000.00D. $501,000.00 a $1,000,000.00 (sólo cinematografía y patrimonio)3. Los contribuyentes podrán acreditar, contra el Impuesto sobre Nóminas a su cargo, el 100% del apoyo otorgado.

IX. DERECHO DE AUTORLos derechos morales y patrimoniales de las obras de creación o producción realizados con recursos del Estímulo, corresponderá en todo momento a los autores, señalando únicamente en los mismos durante el periodo como bene-ficiarios que se contó con un apoyo del Gobierno del Estado de Chihuahua, a través de la Secretaría. X. TRANSITORIOS1. Las personas participantes aceptan íntegra e incondicionalmente el contenido y condicio-nes de la presente convocatoria, así como de las Reglas de Operación del Estímulo Fiscal para la Cultura y las Artes del Estado de Chihuahua Contenido en la Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua. 2. Las instancias convocantes se reservan el derecho de resolver cualquier contingencia o asunto no contemplado en la presente convo-catoria.XI. POLÍTICA DE PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALESConsulte nuestra declaración de privacidad y protección de datos personales en http://www.-congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/le-yes/archivosLeyes/1342.pdf

Mayores informes en el Departamento de Vinculación Cultural y Gestión de Procuración

de Fondos de la Secretaría de Cultura. Teléfonos (614) 214 4800 y ext. 225 o 226

y correo electrónico [email protected]

Chihuahua, Chih., Mex.30 de enero de 2020

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I. BASES GENERALES1. Podrá participar cualquier persona física o moral dedicada a actividades en el estado de Chihuahua en las disciplinas de teatro, danza, música, cinematografía, literatura, artes visuales, arte interdisciplinario, promo-ción artística y cultural, conservación y restauración del patrimonio cultural mate-rial, inmaterial o biocultural.2. No podrán participar como responsables del proyecto en esta convocatoria servido-res públicos, personas adscritas a cualquier unidad administrativa de la Secretaría de Cultura, o de las entidades que ésta coordi-ne, ni aquellas personas que se encuentren impedidas por ley o mandato judicial. 3. No se apoyarán proyectos que contem-plen la participación de partidos políticos y/o asociaciones religiosas, ni se podrá hacer mención de esas instituciones en la difusión y promoción.

II. BASES DE PARTICIPACIÓN1. Las personas participantes deberán enviar una propuesta de creación artística, produc-ción y/o promoción artística o cultural, así como de protección patrimonial enmarcada

dentro de las disciplinas establecidas. (ver descripciones en las Reglas de Operación, descargar de https://bit.ly/31i0iaH.2. El responsable de la propuesta deberá entregar de manera personal la solicitud y toda la documentación señalada en la con-vocatoria, dentro de los periodos de recep-ción, conforme al calendario publicado en el portal de la Secretaría de Cultura, en el Departamento de Vinculación Cultural y Gestión de Procuración de Fondos de la Secretaría de Cultura, ubicada en Av. Univer-sidad y División del Norte s/n, colonia Alta-vista de la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, C.P. 31200 teléfonos (614) 214 4800 y ext. 225 o 226 y correo electrónico [email protected] así como en el Despacho de la Subsecretaría de Cultura en Ciudad Juárez, ubicada en las instalacio-nes del Centro Cultural Paso del Norte, en Anillo Envolvente PRONAF s/n. col. Progre-sista, de lunes a viernes en un horario de atención de 9:00 a 17:00 horas. 3. Se aceptarán para revisión las propuestas enviadas por paquetería siempre y cuando los archivos digitales (USB, CD-R DVD-R)

que lleguen a la Secretaría de Cultura puedan abrirse sin problema para su evalua-ción.4. No se recibirán documentos de manera extemporánea, con información incompleta, o que no estén apegados a las bases de la presente convocatoria y a las reglas de operación, las cuales podrán ser consultadas en https://bit.ly/31i0iaH.

III. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA DEL SOLICITANTE:Los documentos solicitados deberán presen-tarse en memoria digital (USB, CD-R o DVD-R) considerando un archivo PDF debidamente identificado para cada una de las siguientes categorías y en el orden que se indica:

a) Personales (ref. IV.1 de las Reglas de operación):

• Identificación oficial vigente con fotogra-fía, que incluya datos personales y firma (pasaporte, credencial de elector, licencia de manejo o cédula profesional, forma migratoria).• Comprobante de domicilio (con una anti-güedad no mayor a tres meses).• Currículo actualizado que incluya la siguiente información:

1. Nombre completo.2. Datos de contacto (teléfono, correo electrónico, entre otros).3. Lugar y fecha de nacimiento.4. Lugar de trabajo actual.5. Estudios realizados.6. Actividades profesionales realizadas a la fecha y que garanticen una trayec-toria artística o cultural de un mínimo de dos años.7. Semblanza a renglón seguido con extensión máxima de media cuartilla

• Documentos de conformidad y veraci-dad con lo establecido en la presente con-vocatoria y las reglas de operación (des-cargar en https://bit.ly/36NsT8U.b) Del proyecto (ref. IV.2. de las Reglas de operación)• Formato solicitud (descargar en https://bit.ly/2tfMbWQ.• Proyecto elaborado con base en el Manual para la elaboración de proyectos. (descargar en https://bit.ly/2SdsIyK.

c) Anexos(ref. IV.3 de las Reglas de Operación):

• Permisos, derechos, cesión de derechos de autor o registro ante el Instituto Nacio-nal del Derechos de Autor (INDAUTOR) de los proyectos que utilicen elementos auto-rales de terceros y que no sean de dominio público.• Semblanzas curriculares, a renglón segui-do, de los integrantes incluidos en la rela-ción de participantes del proyecto.• Cartas de aceptación firmadas por cada uno de los participantes en las que se indi-que la tarea que realizarán en el proyecto, el acuerdo económico y las fechas de participación planteadas. La propuesta económica deberá estar reflejada en el presupuesto.• Documento mediante el cual se designe el domicilio legal. • Declaración de conflicto de intereses. • En caso de personas morales: constancia de inscripción vigente ante el Registro Público de la Propiedad, acta constitutiva en la que se confirme su objeto social, documentación que acredite el cargo del representante legal y su poder para repre-sentarla, y trayectoria de la persona moral con un máximo de cinco cuartillas.

IV. CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS:1. Los proyectos deberán ajustarse al plazo autorizado para su ejecución, misma que iniciará a partir de la fecha en que se reciba el recurso económico. Los Contribuyentes Aportantes deberán realizar la entrega de los recursos a los artistas, creadores o promotores culturales, dentro del presente ejercicio fiscal.2. Los proyectos que se encuentran en proceso, o que iniciaron antes de participar en el Estímulo, sólo podrán participar si se incluye en el PDF de los anexos, un informe firmado por el responsable, señalando el grado de avance, los detalles del trabajo realizado y materiales generados.3. Los proyectos aprobados deberán garanti-zar actividades o acciones en el Estado com-probable de un mínimo del 80%.4. El contribuyente aportante no podrá pres-tar servicios personales al responsable del

proyecto, durante el desarrollo del mismo.5. El responsable del proyecto no podrá prestar servicios personales al contribuyen-te aportante, durante la realización del proyecto artístico.6. Las instancias convocantes podrán revo-car la autorización de aplicación del estímu-lo fiscal por las siguientes causas:

• Cuando el proyecto no concluya en la fecha de terminación proyectada• Cuando se compruebe información o documentación falsa proporcionada a la Secretaría o a los distintos comités partici-pantes.• El contribuyente aportante o el respon-sable del proyecto cometan delitos fisca-les, independientemente de las sanciones que procedan, por las cuales hubiera reso-lución firme.• Si se realizan cambios sustantivos y no autorizados en el proyecto aprobado.• Si no se cumple con alguna de las presentes reglas.• En su caso, la revocación de la autoriza-ción del estímulo fiscal será notificada personalmente al empresario y al respon-sable del proyecto vía la Secretaría de Hacienda o la Secretaría de Cultura

V. PROGRAMA DE RETRIBUCIÓN SOCIAL1. Los responsables de proyecto deberán seleccionar e incluir en sus esquemas de trabajo una propuesta de retribución social. Asimismo, habrán de considerar que por cada $20,000.00 pesos (veinte mil pesos 00/100 M.N.) que logren concretar en su propuesta los beneficiarios ofrecerán una hora de servicio, relacionado con la discipli-na seleccionada, sin costo para la sociedad y autorizada por la Secretaría de Cultura.2. La retribución social deberá corresponder a cualquiera de las siguientes categorías:

• Jurado por invitación• Curso o taller• Asesorías a interesados en aplicar a los proyectos.• Funciones o proyección (música, danza, teatro y cine). Solo aplica para los proyec-tos de producción y la función deberá corresponder exclusivamente al proyecto autorizado.

• Actividades artísticas (presentación de libro, charla, lectura de atril, maestro de ceremonias, entre otras).

3. Los beneficiarios deberán concluir con la totalidad de su retribución en un plazo no mayor a un año y tres meses, o de año y medio si se trata de proyectos cinematográ-ficos para la creación de largometraje, con-tado a partir de la fecha de entrega del recurso y deberán de informar a la secretaría sobre las actividades realizadas. 4. La propuesta de retribución social será adicional a los compromisos del trabajo a desarrollar y la presentación del producto.5. En caso de que los artistas soliciten otra forma de retribución, ésta deberá ser apro-bada por la Secretaría de Cultura.6. No se otorgarán recursos adicionales para cumplir con los compromisos señalados en este punto, a menos que la actividad solici-tada por la Secretaría se desarrolle en un municipio fuera del lugar de residencia del responsable del proyecto y cuya ampliación corresponderá exclusivamente al gasto que se genere por el traslado de dicha actividad a otra localidad no establecida en el proyec-to original.

VI. FECHA DE CIERRELa presente convocatoria queda abierta desde su publicación hasta el 4 de abril de 2020 a las 23:00 hrs., fecha límite para la recepción de propuestas. Se contemplará una segunda o una tercera emisión sujetas a disponibilidad del recurso aprobado para el Estímulo Fiscal para la Cultu-ra y las Artes del Estado de Chihuahua 2020. VII. PROCESO DE DICTAMEN Y APROBACIÓN DE PROYECTOS

1. Una vez recibidos y revisados en tanto a su cumplimiento técnico, los expedientes com-pletos se entregarán al Comité dictaminador para que emita su dictamen. 2. El Comité dictaminador estará integrado por hasta tres personas especialistas en cada disciplina o campo, que fungirán como evaluadores o dictaminadores, invitadas por la Secretaría de Cultura.3. El Comité evaluará los proyectos artísticos tomando en cuenta los siguientes criterios:

• Calidad artística y pertinencia cultural.

• Viabilidad técnica y financiera.• Impacto social y cultural de sus resultados.• Veracidad de la información proporcionada por el responsable del proyecto.• Propuestas de retribución social.• Proyectos enmarcados en los programas

prioritarios de la Secretaría y establecidos en la convocatoria.4. El plazo del dictamen no podrá exceder de 30 días naturales posteriores a la fecha de cierre de recepción de proyectos.5. La Secretaría de Cultura notificará a los responsables de proyecto la aprobación del mismo y el monto aprobado en un plazo de 5 días hábiles después de la firma del acta de resultados emitida por el Comité dictami-nador.6. La Secretaría de Cultura informará a la Secretaría de Hacienda sobre los proyectos que hayan sido aprobados.7. Posteriormente, se publicará en el portal de la Secretaría de Cultura el título de los proyectos artísticos y culturales aprobados, nombre del responsable y el monto autori-zado.8. Una vez publicados los proyectos aproba-dos, la Secretaría de Cultura emitirá un documento de viabilidad, mismo que deberá ser entregado por el responsable del proyecto al Contribuyente Aportante a fin de concretar la transferencia del monto autorizado. En este punto deberá integrarse el expediente del Contribuyente Aportante quien deberá cumplir ante la Secretaría de Hacienda con los requisitos indicados en los puntos X y XI de las Reglas de Operación.

VIII. MONTOS1. El monto máximo autorizado por proyecto será de hasta $500,000.00 pesos (quinien-tos mil pesos 00/100 m.n.), excepto en las disciplinas de cinematografía e intervención de patrimonio cultural, las cuales tendrán un monto máximo de hasta $1, 000,000.00 (un millón de pesos 00/100 m.n).2. De acuerdo con su monto, los proyectos serán clasificados en las siguientes categorías:

A. $30,000.00 a $100,000.00B. $101,000.00 a $250,000.00C. $251,000.00 a $500,000.00D. $501,000.00 a $1,000,000.00 (sólo cinematografía y patrimonio)3. Los contribuyentes podrán acreditar, contra el Impuesto sobre Nóminas a su cargo, el 100% del apoyo otorgado.

IX. DERECHO DE AUTORLos derechos morales y patrimoniales de las obras de creación o producción realizados con recursos del Estímulo, corresponderá en todo momento a los autores, señalando únicamente en los mismos durante el periodo como bene-ficiarios que se contó con un apoyo del Gobierno del Estado de Chihuahua, a través de la Secretaría. X. TRANSITORIOS1. Las personas participantes aceptan íntegra e incondicionalmente el contenido y condicio-nes de la presente convocatoria, así como de las Reglas de Operación del Estímulo Fiscal para la Cultura y las Artes del Estado de Chihuahua Contenido en la Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua. 2. Las instancias convocantes se reservan el derecho de resolver cualquier contingencia o asunto no contemplado en la presente convo-catoria.XI. POLÍTICA DE PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALESConsulte nuestra declaración de privacidad y protección de datos personales en http://www.-congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/le-yes/archivosLeyes/1342.pdf

Mayores informes en el Departamento de Vinculación Cultural y Gestión de Procuración

de Fondos de la Secretaría de Cultura. Teléfonos (614) 214 4800 y ext. 225 o 226

y correo electrónico [email protected]

Chihuahua, Chih., Mex.30 de enero de 2020

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I. BASES GENERALES1. Podrá participar cualquier persona física o moral dedicada a actividades en el estado de Chihuahua en las disciplinas de teatro, danza, música, cinematografía, literatura, artes visuales, arte interdisciplinario, promo-ción artística y cultural, conservación y restauración del patrimonio cultural mate-rial, inmaterial o biocultural.2. No podrán participar como responsables del proyecto en esta convocatoria servido-res públicos, personas adscritas a cualquier unidad administrativa de la Secretaría de Cultura, o de las entidades que ésta coordi-ne, ni aquellas personas que se encuentren impedidas por ley o mandato judicial. 3. No se apoyarán proyectos que contem-plen la participación de partidos políticos y/o asociaciones religiosas, ni se podrá hacer mención de esas instituciones en la difusión y promoción.

II. BASES DE PARTICIPACIÓN1. Las personas participantes deberán enviar una propuesta de creación artística, produc-ción y/o promoción artística o cultural, así como de protección patrimonial enmarcada

dentro de las disciplinas establecidas. (ver descripciones en las Reglas de Operación, descargar de https://bit.ly/31i0iaH.2. El responsable de la propuesta deberá entregar de manera personal la solicitud y toda la documentación señalada en la con-vocatoria, dentro de los periodos de recep-ción, conforme al calendario publicado en el portal de la Secretaría de Cultura, en el Departamento de Vinculación Cultural y Gestión de Procuración de Fondos de la Secretaría de Cultura, ubicada en Av. Univer-sidad y División del Norte s/n, colonia Alta-vista de la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, C.P. 31200 teléfonos (614) 214 4800 y ext. 225 o 226 y correo electrónico [email protected] así como en el Despacho de la Subsecretaría de Cultura en Ciudad Juárez, ubicada en las instalacio-nes del Centro Cultural Paso del Norte, en Anillo Envolvente PRONAF s/n. col. Progre-sista, de lunes a viernes en un horario de atención de 9:00 a 17:00 horas. 3. Se aceptarán para revisión las propuestas enviadas por paquetería siempre y cuando los archivos digitales (USB, CD-R DVD-R)

que lleguen a la Secretaría de Cultura puedan abrirse sin problema para su evalua-ción.4. No se recibirán documentos de manera extemporánea, con información incompleta, o que no estén apegados a las bases de la presente convocatoria y a las reglas de operación, las cuales podrán ser consultadas en https://bit.ly/31i0iaH.

III. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA DEL SOLICITANTE:Los documentos solicitados deberán presen-tarse en memoria digital (USB, CD-R o DVD-R) considerando un archivo PDF debidamente identificado para cada una de las siguientes categorías y en el orden que se indica:

a) Personales (ref. IV.1 de las Reglas de operación):

• Identificación oficial vigente con fotogra-fía, que incluya datos personales y firma (pasaporte, credencial de elector, licencia de manejo o cédula profesional, forma migratoria).• Comprobante de domicilio (con una anti-güedad no mayor a tres meses).• Currículo actualizado que incluya la siguiente información:

1. Nombre completo.2. Datos de contacto (teléfono, correo electrónico, entre otros).3. Lugar y fecha de nacimiento.4. Lugar de trabajo actual.5. Estudios realizados.6. Actividades profesionales realizadas a la fecha y que garanticen una trayec-toria artística o cultural de un mínimo de dos años.7. Semblanza a renglón seguido con extensión máxima de media cuartilla

• Documentos de conformidad y veraci-dad con lo establecido en la presente con-vocatoria y las reglas de operación (des-cargar en https://bit.ly/36NsT8U.b) Del proyecto (ref. IV.2. de las Reglas de operación)• Formato solicitud (descargar en https://bit.ly/2tfMbWQ.• Proyecto elaborado con base en el Manual para la elaboración de proyectos. (descargar en https://bit.ly/2SdsIyK.

c) Anexos(ref. IV.3 de las Reglas de Operación):

• Permisos, derechos, cesión de derechos de autor o registro ante el Instituto Nacio-nal del Derechos de Autor (INDAUTOR) de los proyectos que utilicen elementos auto-rales de terceros y que no sean de dominio público.• Semblanzas curriculares, a renglón segui-do, de los integrantes incluidos en la rela-ción de participantes del proyecto.• Cartas de aceptación firmadas por cada uno de los participantes en las que se indi-que la tarea que realizarán en el proyecto, el acuerdo económico y las fechas de participación planteadas. La propuesta económica deberá estar reflejada en el presupuesto.• Documento mediante el cual se designe el domicilio legal. • Declaración de conflicto de intereses. • En caso de personas morales: constancia de inscripción vigente ante el Registro Público de la Propiedad, acta constitutiva en la que se confirme su objeto social, documentación que acredite el cargo del representante legal y su poder para repre-sentarla, y trayectoria de la persona moral con un máximo de cinco cuartillas.

IV. CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS:1. Los proyectos deberán ajustarse al plazo autorizado para su ejecución, misma que iniciará a partir de la fecha en que se reciba el recurso económico. Los Contribuyentes Aportantes deberán realizar la entrega de los recursos a los artistas, creadores o promotores culturales, dentro del presente ejercicio fiscal.2. Los proyectos que se encuentran en proceso, o que iniciaron antes de participar en el Estímulo, sólo podrán participar si se incluye en el PDF de los anexos, un informe firmado por el responsable, señalando el grado de avance, los detalles del trabajo realizado y materiales generados.3. Los proyectos aprobados deberán garanti-zar actividades o acciones en el Estado com-probable de un mínimo del 80%.4. El contribuyente aportante no podrá pres-tar servicios personales al responsable del

proyecto, durante el desarrollo del mismo.5. El responsable del proyecto no podrá prestar servicios personales al contribuyen-te aportante, durante la realización del proyecto artístico.6. Las instancias convocantes podrán revo-car la autorización de aplicación del estímu-lo fiscal por las siguientes causas:

• Cuando el proyecto no concluya en la fecha de terminación proyectada• Cuando se compruebe información o documentación falsa proporcionada a la Secretaría o a los distintos comités partici-pantes.• El contribuyente aportante o el respon-sable del proyecto cometan delitos fisca-les, independientemente de las sanciones que procedan, por las cuales hubiera reso-lución firme.• Si se realizan cambios sustantivos y no autorizados en el proyecto aprobado.• Si no se cumple con alguna de las presentes reglas.• En su caso, la revocación de la autoriza-ción del estímulo fiscal será notificada personalmente al empresario y al respon-sable del proyecto vía la Secretaría de Hacienda o la Secretaría de Cultura

V. PROGRAMA DE RETRIBUCIÓN SOCIAL1. Los responsables de proyecto deberán seleccionar e incluir en sus esquemas de trabajo una propuesta de retribución social. Asimismo, habrán de considerar que por cada $20,000.00 pesos (veinte mil pesos 00/100 M.N.) que logren concretar en su propuesta los beneficiarios ofrecerán una hora de servicio, relacionado con la discipli-na seleccionada, sin costo para la sociedad y autorizada por la Secretaría de Cultura.2. La retribución social deberá corresponder a cualquiera de las siguientes categorías:

• Jurado por invitación• Curso o taller• Asesorías a interesados en aplicar a los proyectos.• Funciones o proyección (música, danza, teatro y cine). Solo aplica para los proyec-tos de producción y la función deberá corresponder exclusivamente al proyecto autorizado.

• Actividades artísticas (presentación de libro, charla, lectura de atril, maestro de ceremonias, entre otras).

3. Los beneficiarios deberán concluir con la totalidad de su retribución en un plazo no mayor a un año y tres meses, o de año y medio si se trata de proyectos cinematográ-ficos para la creación de largometraje, con-tado a partir de la fecha de entrega del recurso y deberán de informar a la secretaría sobre las actividades realizadas. 4. La propuesta de retribución social será adicional a los compromisos del trabajo a desarrollar y la presentación del producto.5. En caso de que los artistas soliciten otra forma de retribución, ésta deberá ser apro-bada por la Secretaría de Cultura.6. No se otorgarán recursos adicionales para cumplir con los compromisos señalados en este punto, a menos que la actividad solici-tada por la Secretaría se desarrolle en un municipio fuera del lugar de residencia del responsable del proyecto y cuya ampliación corresponderá exclusivamente al gasto que se genere por el traslado de dicha actividad a otra localidad no establecida en el proyec-to original.

VI. FECHA DE CIERRELa presente convocatoria queda abierta desde su publicación hasta el 4 de abril de 2020 a las 23:00 hrs., fecha límite para la recepción de propuestas. Se contemplará una segunda o una tercera emisión sujetas a disponibilidad del recurso aprobado para el Estímulo Fiscal para la Cultu-ra y las Artes del Estado de Chihuahua 2020. VII. PROCESO DE DICTAMEN Y APROBACIÓN DE PROYECTOS

1. Una vez recibidos y revisados en tanto a su cumplimiento técnico, los expedientes com-pletos se entregarán al Comité dictaminador para que emita su dictamen. 2. El Comité dictaminador estará integrado por hasta tres personas especialistas en cada disciplina o campo, que fungirán como evaluadores o dictaminadores, invitadas por la Secretaría de Cultura.3. El Comité evaluará los proyectos artísticos tomando en cuenta los siguientes criterios:

• Calidad artística y pertinencia cultural.

• Viabilidad técnica y financiera.• Impacto social y cultural de sus resultados.• Veracidad de la información proporcionada por el responsable del proyecto.• Propuestas de retribución social.• Proyectos enmarcados en los programas

prioritarios de la Secretaría y establecidos en la convocatoria.4. El plazo del dictamen no podrá exceder de 30 días naturales posteriores a la fecha de cierre de recepción de proyectos.5. La Secretaría de Cultura notificará a los responsables de proyecto la aprobación del mismo y el monto aprobado en un plazo de 5 días hábiles después de la firma del acta de resultados emitida por el Comité dictami-nador.6. La Secretaría de Cultura informará a la Secretaría de Hacienda sobre los proyectos que hayan sido aprobados.7. Posteriormente, se publicará en el portal de la Secretaría de Cultura el título de los proyectos artísticos y culturales aprobados, nombre del responsable y el monto autori-zado.8. Una vez publicados los proyectos aproba-dos, la Secretaría de Cultura emitirá un documento de viabilidad, mismo que deberá ser entregado por el responsable del proyecto al Contribuyente Aportante a fin de concretar la transferencia del monto autorizado. En este punto deberá integrarse el expediente del Contribuyente Aportante quien deberá cumplir ante la Secretaría de Hacienda con los requisitos indicados en los puntos X y XI de las Reglas de Operación.

VIII. MONTOS1. El monto máximo autorizado por proyecto será de hasta $500,000.00 pesos (quinien-tos mil pesos 00/100 m.n.), excepto en las disciplinas de cinematografía e intervención de patrimonio cultural, las cuales tendrán un monto máximo de hasta $1, 000,000.00 (un millón de pesos 00/100 m.n).2. De acuerdo con su monto, los proyectos serán clasificados en las siguientes categorías:

A. $30,000.00 a $100,000.00B. $101,000.00 a $250,000.00C. $251,000.00 a $500,000.00D. $501,000.00 a $1,000,000.00 (sólo cinematografía y patrimonio)3. Los contribuyentes podrán acreditar, contra el Impuesto sobre Nóminas a su cargo, el 100% del apoyo otorgado.

IX. DERECHO DE AUTORLos derechos morales y patrimoniales de las obras de creación o producción realizados con recursos del Estímulo, corresponderá en todo momento a los autores, señalando únicamente en los mismos durante el periodo como bene-ficiarios que se contó con un apoyo del Gobierno del Estado de Chihuahua, a través de la Secretaría. X. TRANSITORIOS1. Las personas participantes aceptan íntegra e incondicionalmente el contenido y condicio-nes de la presente convocatoria, así como de las Reglas de Operación del Estímulo Fiscal para la Cultura y las Artes del Estado de Chihuahua Contenido en la Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua. 2. Las instancias convocantes se reservan el derecho de resolver cualquier contingencia o asunto no contemplado en la presente convo-catoria.XI. POLÍTICA DE PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALESConsulte nuestra declaración de privacidad y protección de datos personales en http://www.-congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/le-yes/archivosLeyes/1342.pdf

Mayores informes en el Departamento de Vinculación Cultural y Gestión de Procuración

de Fondos de la Secretaría de Cultura. Teléfonos (614) 214 4800 y ext. 225 o 226

y correo electrónico [email protected]

Chihuahua, Chih., Mex.30 de enero de 2020

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