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CONVOCATORIA 2012-2014 9 . ª Becas Becas

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CONVOCATORIA

2012-20149.ª

BecasBecas

La Fundación del Patrimonio Histórico de Castilla y León, entidad privada sinánimo de lucro, contempla entre sus objetivos fundacionales todas aquellasacciones de fomento del Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma deCastilla y León que contribuyan a su restauración, recuperación, conocimientoy difusión.

Para conseguir los fines mencionados y con el propósito de contribuir alfomento de la investigación científica en nuestra Comunidad en el campo delPatrimonio Cultural, la Fundación ha resuelto otorgar tres becas deinvestigación mediante la convocatoria de un concurso con arreglo a lassiguientes bases:

CONVOCATORIA DE BECAS DE LA FUNDACIÓN DEL PATRIMONIOHISTÓRICO DE CASTILLA Y LEÓN PARA LA INVESTIGACIÓN EN ELCAMPO DEL PATRIMONIO CULTURAL (2012-2014, 9ª Convocatoria)

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PRIMERA.- OBJETO Y CARACTERÍSTICAS DE LAS BECAS.1.-La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de ayudas enforma de becas, hasta un máximo de TRES para la realización de trabajosoriginales de investigación realizados por licenciados no doctores decualquiera de las universidades de la Comunidad Autónoma de Castilla yLeón que se encuentren efectuando investigaciones sobre temas referentesa esta Comunidad. En el caso de licenciados procedentes de universidadesde otras Comunidades o del ámbito nacional, deberán estar matriculadosen cursos de especialización o estudios de doctorado en cualquiera de loscentros universitarios de Castilla y León y desarrollando así mismoinvestigaciones referentes a esta Comunidad Autónoma.

2.-Los trabajos deberán versar sobre aspectos directamente relacionadoscon el Patrimonio Cultural de Castilla y León y podrán referirse a cualquierbien o conjunto de bienes que integran el Patrimonio Cultural dedicha Comunidad Autónoma, particularmente a los de interésartístico, histórico, arquitectónico, arqueológico o documental.

Se considerarán preferentes aquellas propuestas que se refieran aaspectos prácticos relacionados con el análisis y la intervención en loscampos que se han enunciado como fines básicos de las actividadesde la Fundación: recuperación, restauración, conocimiento y difusión delPatrimonio Histórico y que se ajusten en mayor medida a las áreas temáticasque a continuación se especifican:

A. Aspectos sociológicos, económicos y territoriales relacionados con laconservación, valor y uso del Patrimonio Cultural y el futuro de suconservación y sostenimiento.

B. Criterios de intervención, definición de necesidades o diagnósticos sobreconjuntos y evolución de las prácticas y criterios en conservación yrestauración en Castilla y León.

C. Tratamientos y materiales en restauración. Definición de sistemas derecuperación, intervención y comportamiento de materiales, objetos yestructuras en distintos tipos de bienes. Analítica, nuevas tecnologías,procedimientos y resultados.

D. La Difusión del Patrimonio Cultural. Nuevas tecnologías de información,comunicación y registro aplicadas al Patrimonio Cultural

E. Puesta en valor, interpretación in situ y gestión del patrimonio.

Las propuestas que se adecúen en mayor medida a los campos yorientaciones señaladas serán valoradas con preferencia, si bien serántenidas en cuenta también las candidaturas relativas a otras materias deinvestigación siempre y cuando coincidan con los objetivos generales de laconvocatoria y los propósitos o actividades de la Fundación.

3.- Los trabajos de investigación deberán realizarse en el marco de undepartamento o instituto universitario, un centro o instituto del CSIC u otroscentros de investigación debidamente reconocidos y ubicados en la

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Comunidad Autónoma de Castilla y León. Dichos trabajos deberán serdesarrollados bajo la tutoría de un investigador-doctor con vinculación alcentro de investigación de referencia.

4.- La cuantía total de las ayudas será de hasta un máximo de 72.000,00 €con cargo a los presupuestos de la Fundación del Patrimonio Histórico deCastilla y León de los años 2012, 2013 y 2014, que se distribuirán a razón de24.000,00 € brutos totales por beca.

5.-Las becas se concederán por un periodo de DOS años naturales a partirde la fecha de comunicación oficial y firma del compromiso del becario conla Fundación, debiéndose renovar expresamente a la finalización del primeraño. Excepcionalmente se podrá conceder una prórroga de hasta un añomás.

6.-Dado el carácter puramente lectivo de estas becas sin orientación a lapráctica en empresas u otras entidades, su obtención no implicará relaciónlaboral alguna con la Fundación del Patrimonio Histórico de Castilla y Leónni dará lugar a su inclusión en la Seguridad Social.

7.- Con objeto de completar su formación, los beneficiarios podrán disfrutardurante su periodo de beca de estancias temporales en otros centros deinvestigación nacionales o extranjeros, siempre y cuando dicha estancia nosupere un tiempo total de cuatro meses.

8.- Una de las becas concedidas en la presente convocatoria será sufragadapor la empresa Cabero Edificaciones, S.A.

SEGUNDA.- BENEFICIARIOS.1.- Podrán ser beneficiarios de las becas objeto de la presente convocatorialas personas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser ciudadanos de la Unión Europea. En el caso de ser ciudadanoextranjero y encontrarse en trámite de obtención de una lasnacionalidades correspondientes a los países de la Unión, deberáacreditarse la situación del proceso, quedando al criterio de laorganización la aceptación de la solicitud.

b) Haber finalizado en el momento de solicitar la beca todos losestudios y superado todas las materias exigidas para la obtención deltítulo universitario superior de licenciado, ingeniero o arquitecto,incluido el proyecto fin de carrera, en una universidad de laComunidad Autónoma de Castilla y León, o bien de cualquier otraprocedencia, y encontrarse en la situación descrita en la base 1ª,punto 1.

c) Acreditar la aceptación del director de la investigación así como laautorización del director del centro donde vaya a realizarse la misma.

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2.- Los solicitantes no podrán haber disfrutado de una de las Becas deInvestigación concedidas por la Fundación en las anteriores convocatoriasde esta modalidad.

TERCERA.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN

1.-Las solicitudes deberán formalizarse mediante escrito dirigido al Sr.Director Gerente de la Fundación del Patrimonio Histórico de Castilla y Leónconforme al modelo que se adjunta en el Anexo de la presenteconvocatoria y que se encuentra así mismo disponible en la direcciónwww.fundacionpatrimoniocyl.es. Dicha solicitud junto con el resto dedocumentación completa deberá ser remitida o presentada directamenteen la siguiente dirección: Fundación del Patrimonio Histórico de Castilla yLeón, Casa Luelmo, Parque Alameda, Calle Ancares S/N (47008 Valladolid)debiendo encontrarse físicamente en dichas oficinas con anterioridad a las14 horas del día 30 de marzo de 2012.

Cada interesado solo podrá presentar una solicitud

2.- La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación, de laque se presentará una copia íntegra en papel y otra en soporte informático,con los documentos en Word o PDF (preferentemente un único PDF contoda la documentación ordenada):

a) Copia del DNI. El solicitante deberá aportar además los datos de unadirección postal, dirección de correo electrónico y teléfono decontacto.

b) Original o fotocopia de la certificación académica detallada, conespecificación de las calificaciones, fechas de inicio y fin de estudios,titulación, etc. Se acompañará de certificado de la unidadadministrativa correspondiente de la facultad o escuela deprocedencia del solicitante con la nota media del expedienteacadémico.

c) Curriculum vitae del solicitante, con extensión máxima de 5 páginas(las páginas tendrán un máximo de 2.500 caracteres con espacios yletra de cuerpo 12).

d) Memoria descriptiva de la investigación a desarrollar, con especialatención a los planteamientos y objetivos concretos a los que seráaplicada la ayuda de la beca en el caso de obtenerse. Deberáobligatoriamente incluir una relación de los principales aspectos ocapítulos que comprenderá, la planificación, calendario oprogramación prevista, la novedad, interés o aportación científicaque el estudio representa en su propio ámbito y los medios ycapacidades con que se cuenta para hacer viable la propuesta. Asímismo, se especificará si se trata de una investigación destinada a larealización de una Tesis Doctoral, en qué fase se encuentra ésta, si la

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investigación se encuadra en un proyecto ya en marcha y si se hadisfrutado de otras becas previas para el mismo proyecto o tema.Debe hacerse constar expresamente la denominación de lainvestigación y si se corresponde con alguna de las áreas preferentescitadas en la base Primera, punto 2.

Dicha Memoria , firmada por el solicitante, deberá tener unaextensión máxima de 10 páginas (2.500 cce por página y letra decuerpo 12)

e) Escrito firmado por el director de la investigación en el que se hagaconstar el compromiso de asumir la dirección del trabajo. Deberáexplicitarse en dicho escrito la vinculación del director con el tema deinvestigación propuesto, la oportunidad y viabilidad de lainvestigación, su encaje con otros proyectos o líneasdepartamentales y la adecuación del candidato.

f ) Curriculum Vitae abreviado del director de la investigación, del queúnicamente se valorarán los siguientes aspectos relacionados con laactividad investigadora de los últimos seis años:

1. Participación del profesor en proyectos de investigación en elámbito de la UE, Nacional o Autonómico especificando sucondición de investigador principal o colaborador.

2. Participación del director como profesor en programas deDoctorado con Mención de Calidad por parte del Ministerio.

3. Tramos de investigación reconocidos (a lo largo de toda sutrayectoria).

4. Tesis Doctorales y Tesinas de Licenciaturas o Trabajos de Gradodirigidos.

5. Publicaciones relevantes, hasta un máximo de 5.

6. Vinculación de la trayectoria investigadora del tutor científico conel tema del candidato.

g) Escrito con el visto bueno sobre la materia de investigación y laaceptación del becario por parte del director o representante delcentro, departamento, instituto universitario, etc., en el que sedesarrollará la investigación del solicitante. En el caso de coincidir lospuntos e y g, podrán incluirse ambos textos en un solo documento.

h) En su caso, documento acreditativo de estar matriculado en losCursos de Doctorado (se considera suficiente el resguardo de lamatrícula).

i) En su caso, documento acreditativo de haber obtenido la SuficienciaInvestigadora.

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j) Declaración jurada de la situación laboral de la que se disfruta en elmomento de presentar la solicitud, adjuntándose el compromisoexpreso de que, en el caso de resultar adjudicatario, en elmomento en que se produzca la contratación por parte de laFundación del solicitante, éste no se encontrará disfrutando deninguna otra beca o ayuda de similares características con cargo afondos públicos o privados, ni estará realizando trabajo remuneradoalguno. Dicha limitación se hace extensiva a quienes se encuentrendados de alta en el régimen de trabajadores Autónomos o seencuentren realizando cualquier actividad profesional de carácterlucrativo por cuenta propia. En el caso de que el solicitante disfruteen el momento de presentar la documentación de alguna ayuda osubvención o se encuentre realizando alguna actividad laboral,deberá especificarlo de forma detallada precisando con exactitud losplazos y características del trabajo, lo que será tenido enconsideración por la Comisión de Selección para la aceptación o nodel candidato. De igual modo, en el caso de encontrarse cobrando laprestación por desempleo, deberá referirlo expresamente. Una vezconcedida y comunicada la concesión de la beca a los solicitantesque resulten adjudicatarios, éstos dispondrán de un plazo máximode diez días para renunciar a otras actividades remuneradas quepudieran estar desarrollando, debiendo acreditar documentalmentesu renuncia.

CUARTA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN, SELECCIÓN DE LOS CANDIDATOS Y

RESOLUCIÓN.

1. La Fundación del Patrimonio Histórico de Castilla y León someterá a laevaluación de un comité todas las propuestas. Formarán parte de dichocomité de evaluación profesores universitarios de las Universidades deCastilla y León, representantes de la Junta de Castilla y León, expertos decualquier ámbito de la restauración o difusión del patrimonio, técnicos dela Fundación y los patrocinadores de la “Beca de Investigación Cabero”.

2. Dicho Comité tendrá en cuenta todos los datos aportados en ladocumentación exigida, con especial atención al interés de la materiapropuesta y viabilidad del estudio, así como su relación con las áreasprioritarias señaladas anteriormente. Valorará también el expedienteacadémico y calificaciones del aspirante, su trayectoria posterior a lalicenciatura y demás méritos aportados, todo ello de conformidad con lassiguientes puntuaciones máximas:

a) Valoración de la adecuación de la materia propuesta a los temas deinterés preferente recogidos en la base primera, punto 2: hasta unmáximo de 30 puntos.

b) Valoración de la calidad, viabilidad, interés u oportunidad delproyecto de investigación propuesto: hasta un máximo de 20 puntos

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.c) Valoración del expediente académico del candidato, en función delas calificaciones obtenidas en las asignaturas o créditos: lapuntuación aplicada será la nota media del expediente académicomultiplicada x 7.

d) Valoración del curriculum del candidato, considerandoprioritariamente su experiencia previa en el campo de lainvestigación, de manera particular hallarse en posesión de laSuficiencia Investigadora, haber realizado o encontrarse realizandolos cursos de Doctorado, realización o participación en proyectos deinvestigación y publicaciones y haber realizado o encontrarsematriculado en un Máster relacionado con el Patrimonio Histórico oCultural: hasta un máximo de 12 puntos.

e) Valoración de la trayectoria investigadora y profesional del directorde la investigación así como su vinculación y relación con el temapropuesto: hasta un máximo de 10 puntos, que se obtendrán de la sumade los méritos considerados señalados en la base 3ª apartado 2f, conarreglo a las siguientes calificaciones:

I. Proyectos de investigación obtenidos en convocatorias competitivasen el ámbito de la UE, Nacional o Autonómico: 0,50, 0,20 o 0,10puntos por proyecto, respectivamente, hasta un máximo de 2 puntos

II. Programas de Doctorado con Mención de Calidad por parte delMinisterio: 0,25 puntos por programa, hasta un máximo de 1,5 puntos.

III. Tramos de investigación reconocidos: 0,25 puntos por tramo, hastaun máximo de 1,5 puntos.

IV. Tesis Doctorales dirigidas: 0,25 puntos por cada una; 0,10 por el restode trabajos de investigación, hasta un máximo de 1,5 puntos

V. Publicaciones relevantes (un nº máximo de 5) en los últimos 5 años:0,5 puntos por libro publicado; 0,25 por artículos en revistas, capítulosen libros, ponencias y comunicaciones en congresos, participacionesen catálogos, etc.; 0,10 por prólogos, reseñas, recensiones, etc. hastaun máximo de 2 puntos. Cuando la publicación sea de autoríacompartida o se encuentre todavía en prensa, se aplicará la mitad dela puntuación señalada.

VI. Relación de la trayectoria científica y profesional del tutor de lainvestigación con el tema propuesto, hasta un máximo de 1,5 puntos.

3. La nota final del solicitante se obtendrá de la suma de las calificacionesparciales de los apartados anteriores, hasta un máximo de 100 puntos.

4. El comité de evaluación calificará las solicitudes recibidas a su criterio y enfunción de las puntuaciones descritas y remitirá a la Fundación suspropuestas para la designación de hasta un máximo de tres becas,pudiendo quedar esta convocatoria desierta o cubierta parcialmente.

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Además, podrán designarse becarios suplentes para todas o parte de lasbecas concedidas.

5. Los candidatos podrán ser convocados a entrevistas en la Fundación,siendo obligatorio acudir a las mismas. En dichas entrevistas les podrá serrequerida cualquier documentación original acreditativa o aclaratoria de losméritos alegados en el expediente presentado en su solicitud. Losresultados de dichas entrevistas serán tenidos en cuenta para laadjudicación de las becas, con una valoración de hasta un máximo de 10puntos adicionales.

6. La condición de suplente no supone ventaja alguna en próximasconvocatorias de becas de esta Fundación, ni garantiza la ocupaciónautomática de las que una vez concedidas pudieran verse revocadas o a lasque los titulares pudieran renunciar. Solo podrán ser cubiertas por suplentesaquellas bajas o renuncias que se produzcan desde el momento de lacomunicación a los adjudicatarios de la resolución de la convocatoria hastaun mes después de su nombramiento formal como becarios.

7. La resolución y comunicación de las adjudicaciones se producirá en eltranscurso de los 60 días siguientes a la finalización del plazo depresentación de las solicitudes.

8. La concesión de las becas será comunicada por escrito a los beneficiarios.Así mismo, serán informados por escrito los demás solicitantes que no lashayan obtenido.

9.La organización se encuentra facultada para interpretar las presentesbases y para resolver cualquier duda o incidencia que exista en lassolicitudes o se presente durante el proceso de selección y que no seencuentre contenida en esta convocatoria.

10.La decisión final adoptada por la Fundación del Patrimonio Histórico deCastilla y León será inapelable.

QUINTA.- "BECA DE INVESTIGACIÓN CABERO"1.- Una de las becas concedidas será específicamente financiada por laempresa Cabero Edificaciones, S.A., pasando a denominarse "Beca deInvestigación Cabero".

2.- La "Beca de Investigación Cabero" se asignará preferentemente a unacandidatura que proponga la investigación sobre tratamientos y materialestradicionales en restauración arquitectónica y que se encuentre encoincidencia con el área temática c del Punto 2 de la Primera Base.

3.- A todos los efectos, el beneficiario de la "Beca de Investigación Cabero" seregirá por las mismas condiciones y obligaciones que los demás becariosresultantes de la presente convocatoria.

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SEXTA.- OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

1. La aceptación de la beca implica la aceptación de todas y cada una de lasbases de esta convocatoria.

2. En los días siguientes a la fecha de concesión de la beca, los adjudicatariosdeberán firmar con la Fundación del Patrimonio Histórico de Castilla y Leónen la fecha en que ésta les convoque, un compromiso de aceptación de labeca con las condiciones estipuladas. En dicho momento deberá serpresentado en la Fundación un escrito del director o representante delcentro o departamento en el que se desarrollará la investigación en el quese haga constar la fecha de incorporación del becario al organismo receptore inicio de la actividad.

3. Los beneficiarios están obligados a entregar a la Fundación un trabajofinal completo en el curso de los dos meses siguientes al vencimiento delplazo final de la beca, en el formato que se establezca en su día. Si lainvestigación culmina con la lectura de la Tesis Doctoral, se entregará unejemplar de la misma.

4. Los beneficiarios están así mismo obligados a facilitar a la Fundación lainformación que se les requiera, a aportar documentación o elaborarresúmenes o colaboraciones sobre los contenidos de la actividad financiaday los resultados de su investigación.

5. Los becarios deberán presentar a la Fundación informes semestrales de suactividad, en los que se especifiquen las tareas efectuadas en dichosperiodos, así como los avances, novedades o circunstancias en que sedesarrollan las tareas. Dichos informes se acompañarán de un escrito deldirector de la investigación con el visto bueno y la conformidad sobre lalabor realizada hasta el momento y los resultados obtenidos. El titular de la“Beca de Investigación Cabero” deberá además mantener contacto habitualcon el patrocinador y remitirle la misma información correspondiente a laevolución y situación de los trabajos.

6. Los beneficiarios están obligados a poner en conocimiento de laFundación cualquier circunstancia que afecte a la ejecución de los trabajos,implique modificaciones de las condiciones que motivaron la concesión delas becas o puedan afectar seriamente a su desarrollo. De manera particular,la variación en las situaciones académicas, profesionales o laborales delinvestigador, las modificaciones sustanciales en la orientación de los temasde investigación, el cambio del director de los trabajos o del centro derecepción del becario y los aplazamientos o demoras en las entregaspreceptivas de informes o resultados, deberán ser previamente autorizadasdesde la Fundación, tras la aportación de la correspondiente solicitudrazonada.

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SÉPTIMA.- CONDICIONES DE DISFRUTE DE LA BECA

1.El disfrute de las becas es incompatible, según las condicionesespecificadas en el apartado 2j de la tercera base, con la recepción por partedel becario de otras remuneraciones o ayudas de investigación deprocedencia pública o privada, a excepción de aquellas situaciones que, ajuicio del Comité de Evaluación, pudieran ser consideradas compatibles conlas condiciones de la presente convocatoria. Así mismo quedanexceptuadas de dicha norma general las ayudas destinadas a las estanciastemporales a las que se refiere el punto 7 de la base primera.

2. Los becarios disfrutarán de un seguro de accidentes sufragado por laFundación del Patrimonio Histórico de Castilla y León.

3. La remuneración a la que da derecho la obtención de la beca seráabonada por la Fundación mediante ingreso directo de las mensualidadesen una cc que el beneficiario tendrá abierta en una de las Cajas de Ahorroentidades fundadoras de la Fundación (Caja España, Caja Duero, Caja deBurgos, Caja Círculo, Caja Segovia o Caja de Ávila). El abono se realizará en25 pagos, 24 de carácter mensual y uno más a la finalización y entrega deltrabajo resultante de la investigación. El 90% de la cuantía total concedidase abonará a razón de 900,00 € brutos mensuales, durante 24 meses.Finalmente, tras la recepción de la documentación y su visto bueno, seingresará un último pago correspondiente al 10% restante, equivalente a2.400,00 €. Dichas cantidades estarán sujetas a las retenciones

correspondientes en concepto de IRPF, de acuerdo con la normativavigente en cada momento.

4. Si bien la concesión de la beca es en principio por dos años, resultaráimprescindible solicitar su renovación dos meses antes del vencimiento delprimer año. Dicha solicitud deberá hacerse llegar por escrito dirigido al Sr.Director Gerente de la Fundación del Patrimonio Histórico de Castilla y León,en sus oficinas de la Casa Luelmo, Parque Alameda, Calle Ancares s/n, (47008Valladolid) acompañándose de un documento firmado por el director de lainvestigación donde se haga constar que el becario esta cumpliendo conaprovechamiento y total satisfacción la investigación financiada y en el queconste así mismo el visto bueno del director del centro o departamento derecepción. La renovación podrá ser concedida o denegada.

5. La posibilidad de prórroga tras el vencimiento de los dos añosinicialmente previstos tendrá carácter excepcional y extraordinario y serápor el plazo máximo de un año, pudiendo concederse también por un plazomenor. El becario deberá solicitarlo tres meses antes del final de periodo deadjudicación. Se acompañará la solicitud de una memoria relativa a la laborrealizada y de la que se propone realizar si se le concede la ampliaciónsolicitada, así como un informe del director de investigación y visto buenodel director o representante del centro. La prórroga podrá ser denegada oconcedida, entendiéndose en dicho caso que rigen las mismas condicioneseconómicas que en el periodo previo.

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6. La presente convocatoria de becas, tal y como se especifica en la BasePrimera, se destina a la concesión de ayudas a investigadores predoctorales,por lo que en el caso de que en el transcurso del disfrute de la beca seadquiera la condición de Doctor, la Fundación deberá tener conocimientoprevio y puntual de dicha situación para valorar su incidencia en lascondiciones de la ayuda.

7. Los becarios resultantes de la presente convocatoria accederán a partirdel momento de su designación de manera gratuita a ser titulares de laTarjeta de Amigos del Patrimonio durante el tiempo que se prolongue subeca, disfrutando de todos los derechos y ventajas que tal situaciónrepresenta.

8. Así mismo, tendrán cubiertos los gastos de matrícula e inscripción en lossimposios internacionales organizados anualmente por la Fundacióndurante su periodo de beca.

OCTAVA.- RENUNCIAS Y ANULACIONES

1. La Fundación se reserva el derecho de inspección, control y seguimientode las actividades subvencionadas, así como el de petición de todos losjustificantes e informaciones que se consideren precisos, pudiendo revocaro suspender la beca en caso de falta de suficiente calidad del trabajo, de

notorias deficiencias en el cumplimiento de las condiciones del mismo o laocultación de información a la Fundación de carácter relevante sobre lascircunstancias de los trabajos o del investigador.

2. Así mismo podrán ser considerados motivos de anulación la falsedad enlos datos aportados, sean los de índole personal o referidos a la originalidady carácter inédito de los trabajos y el incurrir en las situaciones deincompatibilidad descritas anteriormente.

3. En el caso de renuncia del beneficiario, ésta se deberá comunicar conantelación, acompañándose de un informe razonado. En cualquier caso, sehará entrega a la Fundación de una memoria de las actividades realizadashasta la fecha y de los resultados obtenidos hasta el momento, perdiéndosetoda opción a recibir cualquiera de las cantidades económicas restantesrelativas a la beca que estuvieran en ese momento pendientes de cobro.

4. Los suplentes que pasen a la condición de becarios, lo harán en losmismos términos establecidos en la presente memoria. La Fundación sereserva el derecho a decidir si la renuncia o anulación en la concesión deuna beca se resolverá con su sustitución por los suplentes designados.

5. La Fundación se reserva el derecho a reclamar las cantidades abonadas alos beneficiarios de las becas en los casos comprendidos en los puntos 1, 2y 3 de la presente base.

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NOVENA.- PUBLICIDAD Y PUBLICACIONES

1. Durante el plazo de dos años desde la entrega de la documentación a laque se refiere el punto 3 de la base quinta, la Fundación se reserva elderecho de publicación de los trabajos realizados. Los beneficiarios ceden ala Fundación los derechos sobre los trabajos que no sean estrictamente losreservados a los autores por la normativa sobre Propiedad Intelectual.

2. Durante el mismo plazo, e incluso durante el disfrute de la beca, losbecarios deberán solicitar autorización a la Fundación para la publicacióntotal o parcial de los resultados de sus investigaciones, reservándose laFundación la prioridad al respecto.

3.En las publicaciones o presentaciones públicas que los beneficiariosrealicen como consecuencia del disfrute de las becas, deberá citarsesiempre a la Fundación como entidad financiadora de la investigación. En elcaso del investigador que disfrute de la "Beca de Investigación Cabero" deberáademás hacer mención de dicha circunstancia.

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C O L A B O R A

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Casa Luelmo, Parque AlamedaC/ Ancares, s/n 27 - 47008 ValladolidTel. 983 21 97 00. Fax 983 21 97 01www.fundacionpatrimoniocyl.esfundacion@fundacionpatrimoniocyl.es

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9ª CONVOCATORIA DE BECAS DE INVESTIGACIÓNSOBRE PATRIMONIO CULTURAL

2012 - 2014

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La Fundación del Patrimonio Histórico de Castilla y León, entidad privada sinánimo de lucro, contempla entre sus objetivos fundacionales todas aquellasacciones de fomento del Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma deCastilla y León que contribuyan a su restauración, recuperación, conocimientoy difusión.

Para conseguir los fines mencionados y con el propósito de contribuir alfomento de la investigación científica en nuestra Comunidad en el campo delPatrimonio Cultural, la Fundación ha resuelto otorgar tres becas deinvestigación mediante la convocatoria de un concurso con arreglo a lassiguientes bases:

CONVOCATORIA DE BECAS DE LA FUNDACIÓN DEL PATRIMONIOHISTÓRICO DE CASTILLA Y LEÓN PARA LA INVESTIGACIÓN EN ELCAMPO DEL PATRIMONIO CULTURAL (2012-2014, 9ª Convocatoria)

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