convenios bilaterales asistencia sanitaria oiss

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Convenios bilaterales de Seguridad Social en Iberoamérica Asistencia sanitaria Convenios bilaterales Alcance de la asistencia sanitaria Observaciones AndorraEspaña (Suscrito 09112001. Vigencia 01012003) Prestaciones de asistencia sanitaria por maternidad, enfermedad y accidente, en caso de estancia; familiares que residen en lugar distinto al aseguramiento. Prestaciones de asistencia sanitaria en los casos contemplados en el artículo 7; Asistencia sanitaria en casos de residencia y estancia de titulares de pensión. Asistencia sanitaria a trabajadores que residan en un Estado y trabajen en otro y a sus familiares. Título III del Convenio. Acuerdo Administrativo de Aplicación (Suscrito 09112001. Vigencia 01012003 Andorra y Portugal (Suscrito 02101987. Suscrito 02101987) Los beneficios de salud de conformidad con las disposiciones de los artículos 12, 13, 14 y 15 en los párrafos 1, 2 y 6 y artículo 16, en sus apartados 2 y 3 estarán sujetos a reembolso por parte de la institución competente o a la institución del lugar de residencia según corresponda Acuerdo administrativo (Suscrito 02101987. Vigencia 02101987) ArgentinaChile (Suscrito 26041996) (Suscrito el 17101971, vigente 01061972) Prestación de salud para pensionados argentinos en Chile. Exámenes médicoslegales (para otorgamiento de prestaciones) estarán a cargo de la institución que los haya realizado, conforme a la legislación. Prestaciones médicas en caso de maternidad y enfermedad según el régimen laboral del país receptor. En Chile le corresponde las prestaciones médicas, al Servicio Médico Nacional de Empleados, y Servicio Nacional de salud Artículo 14 Artículo 17. 5 Artículo 8 Acuerdo Administrativo (vigente 01061972) ArgentinaPortugal (Suscrito 20051966, vigencia 27101967) En Argentina a los servicios de medicina preventiva, curativa y de rehabilitación establecidos por el Instituto Nacional de Previsión Social Artículo 1 BoliviaUruguay (Convenio Quito, 1978) Para el mantenimiento o recuperación de la prestación médicosanitaria, cuando el trabajador haya estado sujeto a las dos legislaciones, los periodos cotizados podrán totalizarse siempre y cuando no se sobrepongan Acuerdo de Aplicación (Suscrito 6111995, vigencia 01141997) Artículo 7 BrasilEspaña (suscrito 16051991; vigencia 01121995) Prestación de servicios médicos, farmacéuticos destinados a conservar o restablecer la salud en caso de enfermedad común o profesional, accidente o cualquiera que sea la causa Artículo 1 Acuerdo Administrativo suscrito 23112005 Brasil – Portugal (suscrito 16051995) Asistencia médica destinada a conservar y restablecer la salud en caso de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo. El tiempo de incapacidad será asumida por el país de estadía, conforme la legislación de dicho país. En Portugal conforme a la Ley 56/79 del Servicio Nacional de Salud Artículo 1 , 2 Ajuste al Convenio (7051991) Brasil – Paraguay Acuerdo administrativo prestación de servicios médicos (suscrito 8011975) Los servicios médicos serán prestado en caso de urgencia a los trabajadores de los dos países vinculadas a instituciones Itaipu

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ConveniosPanamáAsistencia sanitaria

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  • ConveniosbilateralesdeSeguridadSocialenIberoamricaAsistenciasanitaria

    Conveniosbilaterales

    Alcancedelaasistenciasanitaria ObservacionesAndorraEspaa(Suscrito09112001.Vigencia01012003)

    Prestacionesdeasistenciasanitariapormaternidad,enfermedadyaccidente,encasodeestancia;familiaresqueresidenenlugardistintoalaseguramiento.Prestacionesdeasistenciasanitariaenloscasoscontempladosenelartculo7;Asistenciasanitariaencasosderesidenciayestanciadetitularesdepensin.AsistenciasanitariaatrabajadoresqueresidanenunEstadoytrabajenenotroyasusfamiliares.

    TtuloIIIdelConvenio.AcuerdoAdministrativodeAplicacin(Suscrito09112001.Vigencia01012003

    AndorrayPortugal(Suscrito02101987.Suscrito02101987)

    Losbeneficiosdesaluddeconformidadconlasdisposicionesdelosartculos12,13,14y15enlosprrafos1,2y6yartculo16,ensusapartados2y3estarnsujetosareembolsoporpartedelainstitucincompetenteoalainstitucindellugarderesidenciasegncorresponda

    Acuerdoadministrativo(Suscrito02101987.Vigencia02101987)

    ArgentinaChile(Suscrito26041996)(Suscritoel17101971,vigente01061972)

    PrestacindesaludparapensionadosargentinosenChile.Exmenesmdicoslegales(paraotorgamientodeprestaciones)estarnacargodelainstitucinqueloshayarealizado,conformealalegislacin.Prestacionesmdicasencasodematernidadyenfermedadsegnelrgimenlaboraldelpasreceptor.EnChilelecorrespondelasprestacionesmdicas,alServicioMdicoNacionaldeEmpleados,yServicioNacionaldesalud

    Artculo14Artculo17.5Artculo8AcuerdoAdministrativo(vigente01061972)

    ArgentinaPortugal(Suscrito20051966,vigencia27101967)

    EnArgentinaalosserviciosdemedicinapreventiva,curativayderehabilitacinestablecidosporelInstitutoNacionaldePrevisinSocial

    Artculo1

    BoliviaUruguay(ConvenioQuito,1978)

    Paraelmantenimientoorecuperacindelaprestacinmdicosanitaria,cuandoeltrabajadorhayaestadosujetoalasdoslegislaciones,losperiodoscotizadospodrntotalizarsesiempreycuandonosesobrepongan

    AcuerdodeAplicacin(Suscrito6111995,vigencia01141997)Artculo7

    BrasilEspaa(suscrito16051991;vigencia01121995)

    Prestacindeserviciosmdicos,farmacuticosdestinadosaconservarorestablecerlasaludencasodeenfermedadcomnoprofesional,accidenteocualquieraquesealacausa

    Artculo1AcuerdoAdministrativosuscrito23112005

    BrasilPortugal(suscrito16051995)

    Asistenciamdicadestinadaaconservaryrestablecerlasaludencasodeenfermedad,maternidad,accidentedetrabajo.Eltiempodeincapacidadserasumidaporelpasdeestada,conformelalegislacindedichopas.EnPortugalconformealaLey56/79delServicioNacionaldeSalud

    Artculo1,2AjustealConvenio(7051991)

    BrasilParaguayAcuerdoadministrativoprestacindeserviciosmdicos(suscrito8011975)

    LosserviciosmdicossernprestadoencasodeurgenciaalostrabajadoresdelosdospasesvinculadasainstitucionesItaipu

  • Conveniosbilaterales

    Alcancedelaasistenciasanitaria Observaciones

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    ChileBrasil(vigencia09de1995)

    Asistenciamdicaporenfermedadymaternidad:LaatencindesaludenChileseotorgaalostrabajadoresdeBrasilamparadosporelConvenioatravsdelosrecursosdelSistemaNacionaldeServiciosdeSalud.EnBrasilseprestaalostrabajadoreschilenosdeacuerdoconelSistemanicodeSaludvigente.

    AcuerdoAdministrativodeAplicacin(Suscrito9121998)Artculo4,5y6,7

    ChileEspaa(suscrito28011997)

    Asistenciasanitaria:paraChile,maternidad,enfermedadcomn,accidentenolaboralcomprendidodentrodelsistemapblicodesalud.ParaEspaa:maternidad,enfermedadcomnoprofesionalyaccidenteseaonodetrabajo.(paraestanciaoestadadetrabajadoresysusfamiliasypensionadosresidentes,conderechoaprestacionessanitariasconformealaslegislacionesdelaPartes)

    Artculo2,9,10,11,12,13,14AcuerdoAdministrativoparalaAplicacin(suscrito28011997,vigencia13031998)Conveniocomplementario(14052002)

    ChilePer(suscrito23082002)

    PrestacionesdesaludparapersonasqueresidanenunadelasPartesContratantesyquepercibanpensindelaotraParte,deacuerdoconlalegislacindelaParteContratantedonderesidanyconigualdaddetrato

    Artculo10AcuerdoAdministrativo(23092005)

    ChilePortugal(Suscrito25031999,vigencia01112001)

    Regmenesdeprestacionesdesalud:LaspersonasqueejerzanunaactividadlaboralenunadelasPartesasicomosusfamiliarestendrderechoalasprestacionesencasodeenfermedadymaternidadenigualdaddetratoquelosnacionalesdeesaParte

    Artculo10AcuerdoAdministrativo(Suscrito25031999)

    ChileUruguay(suscrito1081997,vigencia01092000)

    LaspersonasqueresidanenChileypercibanpensinconformealalegislacinuruguaya,tendrnderechoalasprestacionesnopecuniariasconformealalegislacindeChileenlasmismascondicionesdelaspersonasquerecibaprestacionessimilaresconformealalegislacindeesteEstado

    Artculo15,numeral6

    ChileVenezuela(Suscrito20082001,vigencia01042005)

    LaspersonasqueresidanenelterritoriodeEstadoContratanteypercibanpensionesconformealalegislacindelotroEstadoContratantetendrnderechoalasprestacionesnopecuniariasencasodeenfermedadoaccidentecomnconformealalegislacindelEstadodonderesidanenlasmismascondicionesdelaspersonasquerecibanprestacionesdeacuerdoconlalegislacindeeseEstado

    Artculo11

    ColombiaEcuador(Suscrito18011968.Vigencia1041968)

    ServicioparalosafiladosalInstitutoColombianodeSegurosSocialesyparalosafiliadosalSeguroSocialEcuatoriano,quetransitoriamentesehallenenelotroEstadoParte,tendrnderechoa:segurodeenfermedad,maternidadymaternidadyaccidentedetrabajo:asistenciamdicaquirrgica,odontolgica,farmacutica,hospitalaria(prenatal,partoypuerperio;rehabilitacinencaminadaaevitarlaincapacidadpermanente)

    Declaracindeprincipio

    ColombiaChile(Suscrito9102003,pendientedeaprobacinafaltadeAcuerdoAdministrativo)

    Lapersonasquepercibanpensionesdevejez,invalidezosobrevivenciaconformealalegislacindelEstadoPartededondeprovenganyqueresidanenelotroEstadoPartedebernincorporarsealrgimendeprestacindesaluddelpasdonderesidanenlasmismascondicionesquelostitularesdepensionesotorgadasdeconformidadconlalegislacindelEstadoPartedonderesidan

    Artculo19y21

    CostaRica LostrabajadoresdelaCajaCostarricensedelSeguro Artculos1,2,3,4,5.

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    Social

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    Guatemala(Suscrito29101976,vigencia29101976)

    SocialysusbeneficiariosquetransitoriamenteseencuentreenGuatemalaylostrabajadoresdelInstitutoGuatemaltecodeSeguridadSocialysusbeneficiariosquetransitoriamenteseencuentrenenCostaRicatienederechoalaatencinmedica,atencinhospitalariaylosserviciosqueestipulanlasleyesoreglamentos,cuandorequieranatencindeemergencia,inmediatayurgente

    AcuerdoComplementariosuscrito04111979,vigencia04121976

    CostaRicaNicaragua(Suscrito2071976,vigencia2071976)

    LostrabajadoresafiliadosalInstitutoNicaragensedeSeguroSocialysusbeneficiariosqueseencuentrentransitoriamenteenCostaRicaytrabajadoresdelaCajaCostarricensedelSeguroSocialysusbeneficiariosquetransitoriamenteseencuentreenNicaraguatienederechoalasprestacionesmdicasqueseestipulanenesteAcuerdo.Tambintendrnderechootraspersonas(diplomticos,funcionariodeinstitucionesconsulares,etc.)

    Artculos1al12

    CostaRicaPanam(Suscrito051972,vigencia051972)

    LostrabajadoresafiliadosalaCajadelSegurodePanamysusbeneficiariosqueseencuentrentransitoriamenteenCostaRicaytrabajadoresdelaCajaCostarricensedelSeguroSocialysusbeneficiariosquetransitoriamenteseencuentreenPanamtienenderechoalasprestacionesmdicasqueseestipulanenesteAcuerdo.Tambintendrnderechootraspersonas(diplomticos,funcionariodeinstitucionesconsulares,etc.)

    Artculo1al13

    CostaRicaUruguay(ConvenioIberoamericanodeSeguridadSocialQuito,1978)

    Paralaadquisicin,mantenimientoorecuperacinalderechodelaprestacinmdicosanitaria,cuandoeltrabajadorhaestadosujetoalalegislacindeambasPartesContratanteslosperiodosdecotizacincumplidosenvirtuddelalegislacindecadaunadeellas,podrntotalizarsesiemprequenosuperpongan

    AcuerdoAdministrativo(Suscrito3121993,vigencia15071994)Artculo7

    CubaEcuador(Conveniocooperacintcnicayasistenciamdica,suscrito12051992,vigencia120519921)

    TendrnderecholostrabajadoresdelMINSAPyelIESSqueseanenviadosporunadelasInstitucionesPartealotroterritorio,previoelcumplimientodelosrequisitosqueseestablezcanaefectosdelaspartes

    Artculo3

    EcuadorUruguay(ConvenioMultilateraldeSeguridadSocialdeQuito,1978)

    AsistenciamdicosanitariaalostrabajadoresqueestnohayanestadossujetosalaslegislacionesdeSeguridadSocialdeunauotraParteContratante,ascomoasusfamiliaresysobrevivientes.Paralaadquisicin,mantenimientoorecuperacinalderechodelaprestacinmdicosanitaria,cuandoeltrabajadorhaestadosujetoalalegislacindeambasPartesContratanteslosperiodosdecotizacincumplidosenvirtuddelalegislacindecadaunadeellas,serntotalizarsesiemprequenosuperpongan

    AcuerdodeAplicacin(suscrito5111990,vigencia12/1996)Artculo6

    EcuadorEspaa(Suscrito04122009,vigencia01012011)

    Laasistenciasanitarialareconoceelpasenelqueestaseguradoeltrabajadoroqueabonelapensin,ydeacuerdoconsulegislacinnacional.Normalmentelaprestaelpasquelareconoceperotambinpuedenrecibirlacuandosedesplacenoresidanenelotropasenloscasossiguientes:trabajadoresaseguradosquesedesplacenalotropastemporalmenteyqueprecisende

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    formainmediatalaasistenciasanitaria.ElSalvadorGuatemala(Suscrito23101991,vigencia12061972)

    AsistenciamdicareciprocaentreelInstitutoSalvadoreodeSeguridadSocialyelInstitutoGuatemaltecodeSeguridadSocialalosafiliadosalasdosinstitucionesysusbeneficiariosqueseencuentrentemporalmenteenelotroEstadoContratante

    ElSalvadorNicaragua(Suscrito18111972,vigencia07061974)

    LosaseguradosdelInstitutoSalvadoreodelSeguroSocialydelInstitutoNacionaldeSeguridadSocialquetransitoriamenteseencuentren,losprimerosenNicaraguaylossegundosenElSalvador,tendrnderechoalaasistenciamdicayodontolgicaenservicioyenespeciequeestipulenenestasbases,cuandorequieranatencindecarcterinmediatoyurgente

    ElSalvadorPanam(Suscrito11091970,vigencia12091970)

    LostrabajadoresdelaCajadelSeguroSocialdePanamysusbeneficiariosquetransitoriamenteseencuentreenElSalvadorylostrabajadoresdelInstitutoSalvadoreodelSeguroSocialysusbeneficiariosquetransitoriamenteseencuentrenenPanamtendrnderechoalasprestacionesmdicasqueseestipulanenesteAcuerdo.Extensivoalosmiembrosdemisindiplomticasyconsularesysusfamiliaresbeneficiarios.

    Acuerdoadicional(suscrito28021972,vigente29021972)

    EspaaPanam(Suscrito8031978,vigencia28031980)

    ElpresenteAcuerdoAdministrativoseaplicarrespectodelosderechosdeasistenciamdicosanitariaprevistosenelSistemadeSeguridadSocialespaolyenelde laCaja de Seguro Social de Panam. Las personasprotegidas, o sea, los beneficiarios de los Sistemas deSeguridadSocialdeEspaayPanam,queresidanoseencuentrenenelterritoriodelaotraParteContratante,tendrnderechoalasprestacionesmdicosanitariasenlos riesgos de enfermedad comn y profesional, enaccidente comn yde trabajo y enmaternidad, en lostrminosprevistosenelpresenteAcuerdo

    Acuerdoadministrativo,artculo3

    EspaaPer(Suscrito16062003,vigencia1022005)

    Prestacionesdeasistenciasanitariaencasosdeestanciatemporal.Eltrabajadoroelpensionista,querenalascondicionesexigidasporlalegislacindeunaParteContratante para tener derecho a las prestaciones deasistenciasanitaria,ycuyoestadodesalud lasrequieraen caso de emergenciamdica, cuando se encuentrentemporalmente en el territorio de la otra Parte, sebeneficiarn de dichas prestaciones, siempre que seannacionalesdeestaltimaParte.LasprestacioneslesernservidasporlaInstitucindelpasenqueseencuentrendeconformidadconlasmodalidadesycontenidosdesulegislacinyconcargoalaInstitucincompetentedelaotraParteContratante.Lo dispuesto en el apartado anterior ser tambinaplicable a los miembros de la familia yderechohabientesdel trabajadorodelpensionistaquele acompaen y que tenga derecho a la asistenciasanitaria, de acuerdo con la legislacin que les seaaplicable.

    Artculos9,10y11

    GuatemalaHonduras(Suscrito22071972,vigencia31071972)

    Prestaciones de Asistencia Mdica recproca entre elInstituto Hondureo de Seguridad social y el Institutoguatemalteco de Seguridad social, cuyo documentoformalfuerasuscritoconfecha22dejuliode1972porelDirectorGeneraldelInstitutoHondureodeSeguridad

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    Social y el Gerente del Instituto Guatemalteco deSeguridadsocial. En reciprocidada laasistenciaqueelInstituto Hondureo de Seguridad Social dar a losafiliados y beneficiarios con derecho del RgimenGuatemaltecodeSeguridadSocial, laGerenciadel IGSSnormar la asistencia que sea procedente otorgar deconformidad con los alcances de los preceptoscontenidosenelReglamentodeAsistenciaMdica

    GuatemalaNicaragua(suscrito7111973,vigencia8111973)

    Los trabajadores afiliados al Instituto Nicaragense deSeguridad social y sus beneficiarios con derecho, quetransitoriamente se encuentren en Guatemala, y lostrabajadores afiliados al Instituto Guatemalteco deSeguridad social y sus beneficiarios con derecho, quetransitoriamente se encuentren en Nicaragua, tendrnderechoa lasprestacionesmdicasyodontolgicas,enservicios yenespecieque seestipulanenestasBases,cuando requieran atencinde emergencia,de carcterinmediato o urgente. La atencin de emergencia, decarcter inmediatoourgente, se considerar concluidahastaqueelafiliadoobeneficiarioestencondicionesdesaludadecuadasparatrasladarseasurespectivopas

    GuatemalaPanam(suscrito25051972,vigencia5061972)

    Los trabajadoresafiliadosa laCajadeSeguroSocialdePanam y sus beneficiarios con derecho, quetransitoriamente se encuentren en Guatemala, y lostrabajadores afiliados al Instituto Guatemalteco deSeguridad Social y sus beneficiarios con derecho, quetransitoriamente se encuentren en Panam, tendrnderechoa lasprestacionesmdicasyodontolgicas,enservicios yenespecieque seestipulenenestasBases,cuando requieran atencinde emergencia,de carcterinmediatoourgente.La atencin de emergencia, de carcter inmediato ourgente,seconsiderarconcluidahastaqueelafiliadoobeneficiario est en condiciones de salud adecuadasparatrasladarseasurespectivopas.

    HondurasNicaragua(suscrito28011974,vigencia29011974)

    Los trabajadores afiliados al Instituto Nicaragense deSeguridad social y sus beneficiarios con derecho, quetransitoriamente se encuentren en Honduras, y lostrabajadores afiliados al Instituto Hondureo deSeguridad social y sus beneficiarios con derecho, quetransitoriamente se encuentren en Nicaragua, tendrnderechoa lasprestacionesmdicasyodontolgicas,enservicios yenespecieque seestipulanenestasBases,cuando requieran atencinde emergencia,de carcterinmediatoourgente.La atencin de emergencia, de carcter inmediato ourgente,seconsiderarconcluidahastaqueelafiliadoobeneficiario est en condiciones de salud adecuadasparatrasladarseasurespectivopas.

    HondurasPanam(suscrito24051972,vigencia25051972)

    Los trabajadoresafiliadosa laCajadeSeguroSocialdePanam y sus beneficiarios con derecho, quetransitoriamente se encuentren en Honduras, y lostrabajadores afiliados al Instituto Hondureo deSeguridadSocialysusbeneficiariosquetransitoriamentese encuentren en Panam, tendr derecho a las

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    prestacionesmdicasaqueserefiereesteConvenio.Dichasprestacionestendrnlugarcuandosetratedelosriesgos de enfermedad comn, accidente comn,accidente de trabajo, enfermedad profesional ymaternidad, en la extensin, forma y condicionesestablecidasenlaLeyyReglamentosvigentesenambasInstituciones

    MxicoUruguaysuscrito26101988,vigencia10101990)

    Otorgamiento de prestaciones mdicas recprocas. Losaseguradosysusderechohabientes,decualquieradelasdos Instituciones porpartede laRepblicaOrientaldeUruguayelBancodePrevisinSocial (BPS),yporpartede losEstadosUnidosMexicanosel InstitutoMexicanode Seguro Social (IMSS), que se encuentrentransitoriamente en el otro pas, tendrn derecho arecibirprestacionesmdicasgratuitasenpadecimientosde carcter inmediatoourgente,esdecir,queponganen peligro su vida, siempre que stos hayan sidooriginados y/o adquiridos en el pas de sus estancias,apegndosealaformaycondicionesestablecidasenlasleyesyreglamentosdelaInstitucinotorgante,ascomoenel instructivodeaplicacinanexoyque formapartedeesteConvenio,pudiendostasser impartidasen lasinstalaciones propias de la Institucin que recibe lasolicituddeprestacionesdel servicioo, en su caso, enotras institucionesdelsectorpblico.Enningncasoseconcedernprestacionespecuniarias.

    InstructivodeaplicacinclusulaterceraliteralF(suscrito26101988)

    NicaraguaPanam8suscrito28021972,vigencia1031972)

    Los trabajadoresafiliadosa laCajadeSeguroSocialdePanam y sus beneficiarios que transitoriamente seencuentrenenNicaragua,y lostrabajadoresafiliadosalInstitutoNacionaldeSeguridadSocialysusbeneficiariosquetransitoriamenteseencuentrenenPanam,tendrnderechoa lasprestacionesmdicasqueseestipulaneneste acuerdo. Tambin tendrn derecho a estasprestaciones losmiembrosde lasmisionesdiplomticasyconsularesysusbeneficiarios.Dichasprestacionestendrnlugarcuandosetratedelosriesgos de enfermedad comn, accidente de trabajo,enfermedadprofesional ymaternidad,en laextensin,forma y condiciones establecidas en la Ley yreglamentosvigentesdeambasInstituciones

    NicaraguaRepblicaDominicana(suscrito17101977,vigencia18101977)

    Los trabajadores afiliados al Instituto Dominicano deSeguros Sociales y sus beneficiarios quetransitoriamente se encuentren en Nicaragua y lostrabajadoresafiliadosal InstitutoNacionaldeSeguridadSocial y sus beneficiarios que transitoriamente seencuentrenenRepblicaDominicana, tendrnderechoa las prestaciones mdicas que se estipulan en esteacuerdo.Tambintendrnderechoaestasprestacioneslosmiembrosde lasmisionesdiplomticasyconsularesy sus beneficiarios acreditados recprocamente porambos pases, y mientras duran sus misiones. Igualesderecho a estas prestaciones tendrn los estudiantesnicaragenses en Repblica Dominicana y losestudiantesdominicanos enNicaragua,mientrasdurensusestudios.Dichasprestacionestendrnlugarcuandosetratedelos

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    asistencias

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    riesgos de enfermedad comn, accidente comn,accidente de trabajo, enfermedad profesional ymaternidad, en la extensin, forma y condicionesestablecidasenlaLeyyReglamentosvigentesdeambasInstituciones

    PortugalUruguaySuscrito29051987,vigencia1121987)

    Este acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en elartculo1delAcuerdodeasistenciamedico, invalidezymdicosalud sobrevivientes bajo los regmenesgeneralesyespecialeso seguridad social, seguro socialregulada

    AcuerdoaplicacinconveniodeQuito

    UruguayVenezuela(suscrito20051997,vigencia24091997)

    Para la adquisicin,mantenimiento o recuperacin delderechoalasprestacionesmdicosanitarias,cuandountrabajadorhayaestadosujetoa laLegislacindeambasPartes Contratantes, los perodos de cotizacincumplidos en virtud de la Legislacin de cada una deellas, podrn totalizarse siempre que no sesuperpongan.

    Acuerdoaplicacin(ConveniodeSeguridadSocialdeQuito)