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CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL APOYO DE LA VIVIENDA ECÓNOMICA 1 CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL APOYO DE LA VIVIENDA ECONÓMICA QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, EN ADELANTE “EL INFONAVIT”, REPRESENTADO POR EL C.P. VÍCTOR MANUEL BORRÁS SETIÉN, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL; “PROMOTORA DE ECOEMPRESAS S.A. DE C.V.”, EN LO SUCESIVO “PRO-ECO CUMNDA” REPRESENTADA POR EL C. P. RUBÉN ARTURO MUÑOZ HUERTA, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL Y LA CÁMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN, REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE NACIONAL, JOSÉ EDUARDO CORREA ABREU, EN LO SUCESIVO LA “CMIC”; AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: D E C L A R A C I O N E S 1.- DE “EL INFONAVIT”: 1.1 Que es un organismo de servicio social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado por Ley que entró en vigor el día 24 de abril de 1972 y que tiene por objeto administrar los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda, establecer y operar sistemas de financiamiento que permitan a los trabajadores la obtención de créditos para la adquisición de vivienda, así como la coordinación y financiamiento de programas de construcción para los trabajadores. 1.2 Que en cumplimiento de sus objetivos y conforme a la Ley que lo crea y regula, se ha propuesto instrumentar mecanismos para optimizar los esquemas de

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CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL APOYO DE LA VIVIENDA ECÓNOMICA

1

CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL APOYO DE LA VIVIENDA

ECONÓMICA QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL INSTITUTO DEL FONDO

NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, EN ADELANTE

“EL INFONAVIT”, REPRESENTADO POR EL C.P. VÍCTOR MANUEL BORRÁS

SETIÉN, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL; “PROMOTORA DE

ECOEMPRESAS S.A. DE C.V.”, EN LO SUCESIVO “PRO-ECO CUMNDA”

REPRESENTADA POR EL C. P. RUBÉN ARTURO MUÑOZ HUERTA, EN SU

CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL Y LA CÁMARA MEXICANA DE LA

INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN, REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE

NACIONAL, JOSÉ EDUARDO CORREA ABREU, EN LO SUCESIVO LA

“CMIC”; AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

D E C L A R A C I O N E S

1.- DE “EL INFONAVIT”:

1.1 Que es un organismo de servicio social, con personalidad jurídica y patrimonio

propio, creado por Ley que entró en vigor el día 24 de abril de 1972 y que tiene por

objeto administrar los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda, establecer y

operar sistemas de financiamiento que permitan a los trabajadores la obtención de

créditos para la adquisición de vivienda, así como la coordinación y financiamiento

de programas de construcción para los trabajadores.

1.2 Que en cumplimiento de sus objetivos y conforme a la Ley que lo crea y

regula, se ha propuesto instrumentar mecanismos para optimizar los esquemas de

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financiamiento y promover el desarrollo de programas habitacionales para que

trabajadores con montos de crédito bajo obtengan una vivienda.

1.3 Que su H. Consejo de Administración en su Sesión 608, celebrada el 30 de

enero de 2002, aprobó el PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA

ECONÓMICA, el cual tiene como objetivo primordial, incentivar la construcción de

viviendas con valor de hasta 117.0631 veces el salario mínimo mensual en el

Distrito Federal (VSMMDF), $195,017.76 pesos (ciento noventa y cinco mil

diecisiete pesos 76/100 M.N.) valor monetario para el 2009, con apoyo de

esquemas específicos que permitan a través de la coparticipación de las

Autoridades Federales, Estatales y Municipales, desarrolladores de vivienda y el

propio INFONAVIT, satisfacer la demanda de los trabajadores derechohabientes

de bajos ingresos.

1.4 Que dentro de su programa de financiamiento crediticio para el 2009 tiene

contemplado otorgar 270 mil créditos para la adquisición del mismo número de

viviendas a trabajadores de hasta 4 VSMMDF, por lo que es de su interés impulsar

dicha vivienda económica a fin de que exista la suficiente oferta para que dichos

trabajadores puedan ejercer su crédito.

1.5 Que en este acto será representado por el C.P. Víctor Manuel Borrás Setién,

en su carácter de Director General de “EL INFONAVIT”, quien acredita su

personalidad, según consta en el acta de la sesión de la Asamblea General

Ordinaria número 91 de “EL INFONAVIT”, celebrada el 18 de diciembre de 2006,

por lo que de conformidad con el artículo 23 de su Ley, cuenta con las facultades

necesarias para suscribir el presente Convenio.

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1.6 Que tiene como domicilio legal para efectos de este Convenio, el ubicado en

Barranca del Muerto número 280, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro

Obregón, C.P. 01029, Ciudad de México, Distrito Federal.

1.7 Que tiene interés en participar en el presente convenio con el fin de apoyar el

desarrollo de vivienda económica aportando créditos a sus derechohabientes, en

los términos que se mencionarán.

2.- DE “PRO-ECO CUMNDA”:

2.1 Que por Escritura Pública número 58681, de fecha 9 de Octubre de 2008,

pasada ante la fe del Licenciado Jorge Robles Farías, Notario Público número 12

del Municipio de Guadalajara, Jalisco, quedó protocolizada la constitución de la

sociedad denominada “Promotora de Ecoempresas, Sociedad Anónima de Capital

Variable”, la cual quedó inscrita en el Registro Público de la Propiedad bajo el

número 45577, el 5 de Noviembre 2008.

2.2 Que su representante legal el C.P. Rubén Arturo Muñoz Huerta cuenta con las

facultades suficientes para la celebración del presente Convenio conforme lo

estipula la Escritura Pública número 59,280, pasada ante la fe del Licenciado

Jorge Robles Farías, Notario Público número 12 del Municipio de Guadalajara,

Jalisco, las cuales no le han sido revocadas a la firma del presente Convenio.

2.3 Que es una empresa cien por ciento mexicana que con tecnología

innovadora desarrolló la regadera para baño CUMNDA (Cuida México No

Desperdicies Agua)

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que opera eficientemente a baja y a alta presión, con gasto de 3 a 6 litros de agua

por minuto, sin alterar la calidad del servicio. Produce un haz de lluvia normal, con

amplitud, densidad y fuerza suficientes para una ducha agradable. Reduce en

forma notable el gasto de agua y gas en cada baño/persona.

Por su tecnología, diseño moderno, elegante, versátil, calidad precio y garantía, es

la mejor opción para reducir el gasto de agua durante el aseo corporal. Supera en

eficiencia, en reducción del gasto y en confort en la ducha, a las regaderas

ahorradoras convencionales que cumplen con la NOM-008-CONAGUA-1998.

El producto esta patentado, sus características y propiedades fueron comprobados

por Autoridades del Ramo. IMTA., DDF., CEA JALISCO.

La regadera CUMDA ECOLÓGICA, cumple con la NOM, certificado expedido por

el Centro de Normalización y Certificación de Productos, A. C, autorizada por

CONAGUA (dic. 2008), como tecnología alternativa con gasto inferior a 4 litros por

minuto. Producto Hecho en México.

2.4 Que cuenta con la capacidad económica, técnica, administrativa y con la

experiencia profesional requerida para llevar a cabo los compromisos que

importe el presente Convenio.

2.5 Que tiene como domicilio legal, para efectos de este Convenio el ubicado en

la Calle Alambiques 2929, Parque Industrial El Álamo, C. P. 44490, en

Tlaquepaque Jalisco, México.

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2.6 Que es su voluntad celebrar el presente Convenio conforme a las cláusulas

que más adelante se precisan con la finalidad de apoyar la construcción de la

vivienda económica mediante un esquema comercial que permita que los

procesos constructivos de este tipo de vivienda sean competitivos.

3.- DE LA “CMIC”:

3.1 Que es una Institución de Interés Público, autónoma, con personalidad jurídica

y patrimonio propios, constituida conforme a la Ley de Cámaras Empresariales y

sus Confederaciones, según consta en el Decreto publicado en el Diario Oficial de

la Federación del día 3 de junio de 1968.

3.2 Que su objeto es, entre otros, representar y fomentar los intereses generales

de los industriales de la construcción; proporcionar los servicios para realizar

proyectos, diseños de construcción, supervisión, así como realizar gestiones ante

las autoridades públicas y privadas en beneficio de sus afiliados y de los intereses

generales de los industriales; ser órgano de consulta para el estado, promover e

impulsar la construcción de todo tipo de infraestructura, vivienda, así como

desarrollos turísticos o comerciales; promover la capacitación de los obreros y del

personal directivo, técnico y administrativo que laboren en la industria de la

construcción; colaborar con las autoridades federales, estatales, municipales y

organismos públicos o privados, en las actividades de beneficio social que directa

o indirectamente se relacionen con la industria de la construcción.

3.3 Que tiene particular interés en participar en las actividades que tengan como

objetivo el beneficio social de los ciudadanos.

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3.4 Que cuenta con una infraestructura de 42 Delegaciones, como punto de apoyo

en toda la República Mexicana.

3.5 Que José Eduardo Correa Abreu en su carácter de Presidente Nacional,

cuenta con las facultades necesarias y suficientes para la suscripción del presente

instrumento, las cuales no le han sido revocadas ni modificadas a la firma del

presente Convenio.

3.6 Que tiene como domicilio legal, para los efectos de este Convenio, el ubicado

en Periférico Sur número 4839, Colonia Parques del Pedregal, Código Postal

14010, Ciudad de México, Distrito Federal.

4.- DECLARAN LAS PARTES:

4.1 Que para efectos de este Convenio deberá entenderse como vivienda

económica aquella cuyo valor de venta al derechohabiente sea igual o menor a

117.0631 VSMMDF, que para este año 2009 representa un equivalente de

$195,017.76 pesos (ciento noventa y cinco mil diecisiete pesos 76/100 M.N.).

4.2 Que se reconocen la personalidad con la que cada uno comparece al presente

Convenio, y están de acuerdo en sujetarse a los términos y condiciones de las

siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- El presente Convenio tiene como objeto establecer las bases de

coordinación entre “PRO-ECO CUMNDA” y “EL INFONAVIT, de acuerdo a sus

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posibilidades operativas y de producción de la primera, para que otorgue a los

desarrolladores durante la vigencia de este Convenio, precios altamente

competitivos de los materiales, a fin de apoyar el desarrollo de construcción de

vivienda económica, accesible a trabajadores con ingresos de hasta 4 VSMMDF, y

de esta manera exista la oferta para que con su crédito Infonavit puedan cubrir sus

requerimientos de vivienda.

SEGUNDA.- Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio,

“EL INFONAVIT” se compromete a:

A) Otorgar en forma prioritaria créditos para la adquisición de vivienda

económica a sus derechohabientes con ingresos de hasta 4 VSMMDF, de

conformidad con las reglas de otorgamiento de crédito vigentes.

B) Facilitar y coadyuvar en la simplificación administrativa de los trámites para la

individualización de viviendas económicas.

C) Hacer promoción del Convenio entre los desarrolladores y constructores del

país.

D) Proporcionar información mensual a “PRO-ECO CUMNDA”, sobre el

número de viviendas y créditos formalizados con “EL INFONAVIT” por

empresa desarrolladora.

TERCERA.- Por su parte “PRO-ECO CUMNDA” se compromete, durante toda la

vigencia del presente Convenio, o hasta por la cantidad de los equipos necesarios

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para la construcción del número de viviendas señaladas en la declaración 1.4 del

presente Convenio, lo que suceda primero, a lo siguiente:

Ofrecer precios altamente competitivos de La Regadera CUMNDA ECOLÓGICA, a

los desarrolladores y/o constructores que se encuentren edificando vivienda

económica, para el programa de financiamiento de “EL INFONAVIT”, con base a

la información proporcionada por el propio “INFONAVIT” de acuerdo a lo

señalado en el inciso D, Cláusula Segunda del presente Convenio. Los precios

serán los que se incluyan en cada una de las órdenes de compra que las partes

suscriban de común acuerdo para la colocación del (los) material(es), cumpliendo

con los términos y condiciones contratados.

Ofrecerá un descuento de hasta 50% (cincuenta por ciento) sobre el precio de

lista.

Para los efectos de la presente cláusula “PRO-ECO CUMNDA” solo procurará

otorgar los precios altamente competitivos y descuentos aquí señalados a terceros

constructores, a petición de “EL INFONAVIT” y que dichos terceros acrediten

estar inscritos ante éste. Para lo cual, “EL INFONAVIT” informará por escrito a

“PRO-ECO CUMNDA” el número de viviendas que tendrán registradas para

construir de cada constructor que vaya a obtener los beneficios de este Convenio.

CUARTA.- Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, la “CMIC” se

compromete a:

A) Promover entre sus afiliados el desarrollo de proyectos de construcción de

vivienda económica, apoyar, representar y coordinar la obtención de

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beneficios, así como la aplicación de este convenio entre los afiliados

interesados.

B) Dar a conocer entre sus afiliados los términos de este Convenio sobre los

beneficios que obtendrán del mismo.

QUINTA.- La “CMIC” y “PRO-ECO CUMNDA” están de acuerdo en que los

constructores y/o desarrolladores miembros de la “CMIC” adheridos al presente

instrumento, se sujetarán a los términos y condiciones que contraten en lo

individual o que tengan contratado con anterioridad.

SEXTA.- La “CMIC” y “PRO-ECO CUMNDA” están de acuerdo en que el

presente Convenio es de Colaboración y que no otorga ninguna exclusividad a

“PRO-ECO CUMNDA” y sus filiales para la venta de sus productos a los afiliados

de la “CMIC”.

SÉPTIMA.- La vigencia del presente Convenio será de dos años contados a partir

de la fecha de su firma, pudiendo darse por terminado a solicitud de cualquiera de

las partes mediante aviso por escrito que, con 30 días naturales de anticipación a

la fecha en que se pretenda la terminación, se haga llegar a la otra parte.

Los asuntos pendientes al término de la vigencia del presente instrumento,

continuarán siendo tramitados por las partes en lo que le corresponda, de acuerdo

a los compromisos que adquiere en este Convenio, hasta su total terminación.

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OCTAVA.- Este Convenio podrá ser modificado por las partes de común acuerdo.

Las modificaciones sólo serán validadas cuando consten por escrito con la firma

de las partes.

NOVENA.- Para la interpretación, cumplimiento y ejecución de este contrato, las

partes acuerdan en someterse a las leyes y tribunales competentes de la Ciudad

de México, Distrito Federal, renunciando expresamente al fuero que pudiera

corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro.

DÉCIMA.- Las partes manifiestan que no existe error, dolo, mala fe ni ningún otro

vicio del consentimiento que pueda invalidar este Convenio y leído que fue, lo

firman a entera conformidad en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, Distrito

Federal el 08 de octubre del año 2009.

POR “EL INFONAVIT”

___________________

C.P. VÍCTOR MANUEL BORRÁS SETIÉN

DIRECTOR GENERAL

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POR “PRO-ECO CUMNDA”

______________________

C. P. RUBÈN ARTURO MUÑOZ HUERTA

APODERADO LEGAL

POR “CMIC”

________________________

JOSÉ EDUARDO CORREA ABREU

PRESIDENTE NACIONAL

ESTA HOJA FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL APOYO DE LA VIVIENDA

ECONÓMICA QUE CELEBRAN, “EL INFONAVIT”, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, EL C.P. VICTOR

MANUEL BORRÁS SETIÉN, “PRO-ECO CUMNDA”, REPRESENTADA POR SU DIRECTOR GENERAL, EL C.P.

RUBEN ARTURO MUÑOZ HUERTA Y LA “CMIC”, REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE NACIONAL, JOSÉ

EDUARDO CORREA ABREU, DE FECHA 08 DE OCTUBRE DE 2009.