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Ministerio de Relaciones Exteriores República de Colombia TIPO DE DOCUMENTO: GUIA CODIGO: GH-GS-02 NOMBRE: GUÍA DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEPORTIVOS VERSION: 1 RESPONSABILIDAD POR APLICACIÓN: GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE BIENESTAR, DESARROLLO PERSONAL Y CAPACITACIÓN Página 1 de 14 Una vez impreso este documento se considera copia no controlada. Fecha de Vigencia: 16 / 09 / 2014 HISTORIAL DE CAMBIOS VERSIÓN NATURALEZA DEL CAMBIO 1 Adopción de la guía. CONTROL DE REVISIONES ELABORÓ CARGO FECHA ADRIANA MARCELA ZABALA ARIAS Asesor SST 15/09/14 REVISÓ CARGO FECHA JAVIER ENRIQUE CAMACHO CAVIEDES Coordinador de Bienestar, Desarrollo de Personal y Capacitación 15/09/14 APROBÓ METODOLÓGICAMENTE CARGO FECHA LIZ ALEXY JEREZ ARAQUE Jefe Oficina Asesora de Planeación y Desarrollo Organizacional 16/09/14

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NOMBRE: GUÍA DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEPORTIVOS VERSION: 1

RESPONSABILIDAD POR APLICACIÓN: GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE BIENESTAR, DESARROLLO PERSONAL Y

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Una vez impreso este documento se considera copia no controlada.

Fecha de Vigencia: 16 / 09 / 2014

HISTORIAL DE CAMBIOS

VERSIÓN NATURALEZA DEL CAMBIO

1 Adopción de la guía.

CONTROL DE REVISIONES

ELABORÓ CARGO FECHA

ADRIANA MARCELA ZABALA ARIAS Asesor SST 15/09/14

REVISÓ CARGO FECHA

JAVIER ENRIQUE CAMACHO CAVIEDES Coordinador de Bienestar, Desarrollo de Personal y

Capacitación 15/09/14

APROBÓ METODOLÓGICAMENTE CARGO FECHA

LIZ ALEXY JEREZ ARAQUE Jefe Oficina Asesora de Planeación y Desarrollo

Organizacional 16/09/14

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1. OBJETIVO

Establecer las directrices para prevenir accidentes de trabajo de origen deportivo en los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, en todas las actividades de tipo deportivo, recreativo, torneos internos y externos.

2. ALCANCE

La presente guía aplica para los funcionarios que representen al Ministerio de Relaciones Exteriores en actividades de tipo deportivo, recreativo, torneos internos y externos.

3. BASE LEGAL

Ley 1562 de 2012, Artículo 3°. Define Accidente de trabajo: Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo. De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión.

Resolución 1016 de 1989. Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país. Artículo 10, Numeral cuarto. Establece Investigar y analizar las enfermedades ocurridas, determinar sus causas y establecer las medidas preventivas y correctivas necesarias. Numeral trece. Elaborar y mantener actualizadas las estadísticas de morbilidad y mortalidad de los trabajadores e investigar las posibles relaciones con sus actividades. Numeral quince. Elaborar y presentar a las directivas de la empresa, para su aprobación, los subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabajo y ejecutar el plan aprobado.

Artículo 15: Para la evaluación de los programas de Salud Ocupacional, por parte de las entidades competentes de vigilancia y control, se tendrán como indicadores los siguientes aspectos: 1. Índices de frecuencia y severidad de accidente de trabajo. 2. Tasas de ausentismo general, por accidente de trabajo, por enfermedad profesional y por enfermedad común, en el último año. 3. Tasas específicas de enfermedades profesionales, en el último año.

Constitución política de Colombia, Artículo 52. El cual reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre.

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La ley 181 de 1995. Por el cual se dictan las disposiciones para el fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física.

4. DOCUMENTOS ASOCIADOS

Manual del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Programa de Seguridad Industrial.

Cronograma de actividades de Seguridad y Salud en el Trabajo 2014.

5. DESARROLLO DE LA GUÍA

Para la prevención de accidentes de origen deportivo del Ministerio de Relaciones Exteriores, se deben seguir las siguientes recomendaciones:

Autorización por escrito por parte de la Dirección de Talento Humano para desarrollar el evento deportivo.

Evaluación médica y fisioterapéutica de la condición física del trabajador que va a participar en las actividades recreativas y deportivas propuestas por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Selección y participación de árbitros y delegados calificados que participen en la evaluación y seguimiento de los juegos.

Seguir los reglamentos técnicos deportivos correspondientes a cada actividad deportiva a realizar en representación del Ministerio de Relaciones Exteriores.

5.1. EVALUACIÓN MÉDICA

La evaluación médica debe incluir:

Identificación personal del trabajador. Hábitos Antecedentes personales. Antecedentes familiares. Antecedentes deportivos. Examen físico. Con énfasis osteo-muscular y riesgo cardiovascular. Valoración antropométrica ( I.M.C., porcentaje da grasa corporal) Evaluación funcional.

Es obligación del trabajador informar en la valoración médica y fisioterapéutica inicial todos los antecedentes traumáticos, deportivos traumáticos, intra laborales o extra laborales, con el fin de dar recomendaciones sobre traumas repetitivos que puedan agravar lesiones antiguas.

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5.2. EVALUACIÓN FISIOTERAPÉUTICA

Esta valoración va encaminada a conocer la condición física del trabajador por medio de pruebas físicas de resistencia cardiovascular, muscular y de flexibilidad.

Toma de signos vitales basales. Test sub máximo del Step. Sirve para calcular la capacidad de recuperación del deportista a través de la

frecuencia cardíaca. Proporciona un índice confiable para valorar la tolerancia aeróbica o aptitud cardio respiratoria.

Abdominales 1 minuto. Fuerza de brazos (lagartijas). Test de flexibilidad de Wells.

5.3. REGLAMENTOS TÉCNICOS DEPORTIVOS

De acuerdo a la actividad deportiva que se vaya a realizar con los funcionarios deportistas, se debe capacitar en el reglamento técnico deportivo, con el fin de no incurrir en malas prácticas.

5.3.1. PARTICIPACIÓN Y DURACIÓN DE LOS EVENTOS

Todos los participantes deben asistir a las evaluaciones médicas y fisioterapéuticas programadas antes de iniciar el campeonato; quien no lo haga no podrá participar en los mismos, de acuerdo a la valoración se emitirá concepto medico con recomendaciones y restricciones de aptitud para participar en los eventos deportivos y recreativos programados por la empresa. Este concepto será reportado al trabajador y a la empresa.

Todos los jugadores deberán asistir de forma obligatoria a las actividades educativas y de capacitación relacionadas con la práctica deportiva.

Todos los participantes deben presentarse 15 minutos antes de la hora fijada para el evento, con el propósito de realizar los respectivos ejercicios de calentamiento y estiramientos musculares.

Las sustituciones de jugadores durante un partido deben ser ilimitadas y con posibilidad de reingreso del jugador cada vez que sea necesario.

No se permite participar a un jugador en dos partidos consecutivos.

Se debe definir adecuadamente el número de jugadores mínimos y máximos por equipo según el deporte y tamaño del terreno de juego.

Todo trabajador que refiera dolencias durante la actividad deportiva debe ser retirado inmediatamente del juego.

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5.3.2. RECOMENDACIONES BÁSICAS PARA UNA BUENA PRÁCTICA DEPORTIVA

La instalación deportiva debe estar en buenas condiciones de iluminación, aireación, deslizamiento adecuado, superficies regulares y limpieza.

El vestuario debe estar en buenas condiciones y debe ser el adecuado para cada deporte.

Usar el calzado recomendado para cada especialidad deportiva, cómodo, ni muy apretado ni muy flojo, usar calcetines y con los cordones bien atados.

No comer chicle durante la práctica deportiva, podríamos atragantarnos.

No utilizar relojes, cadenas, sortijas; sobre todo en deportes colectivos para evitar lastimar a un compañero o contrincante.

Es necesaria una higiene corporal básica como no usar dos veces la misma ropa sin lavarla (ya que el sudor lleva toxinas), airear el calzado deportivo, ducharse después de la práctica deportiva y ponerse ropa limpia.

Utilizar las protecciones recomendadas para cada deporte: cascos, coderas, rodilleras, gafas protectoras, canilleras, etc.

El equipo debe presentarse al juego con el equipo completo; es decir camiseta, pantaloneta y medias, iguales en forma, color y estilo. El uniforme debe llevarse correctamente, la camiseta por dentro de la pantaloneta, las medias altas y canilleras (esto en el caso de deportes como el futbol, microfútbol, baloncesto y voleibol).

Una buena alimentación, hidratación y descanso adecuado nos evitará posibles daños debidos al deporte.

5.3.3. ENTRENAMIENTO PREVIO, FASE DE CALENTAMIENTO Y ESTIRAMIENTOS MUSCULARES

El calentamiento es una de las partes fundamentales del entrenamiento, nos aporta beneficios a nivel circulatorio, nivel cardiorespiratorio, nivel osteoarticular y muscular, ampliando las capacidades funcionales; también ayuda a minimizar la posibilidad de lesiones de tipo muscular y tendinoso.

Esta fase de calentamiento es de carácter obligatorio antes de ingresar a la práctica deportiva y debe tener una duración mínima de 15 minutos, debe ser progresivo y debe ir de menor a mayor intensidad; no debe generar fatiga, por lo que no se deben realizar ejercicios difíciles o desconocidos; se deben incluir ejercicios de elasticidad muscular y movilidad articular.

Es recomendable que al finalizar la actividad deportiva se tenga un tiempo de recuperación o fase de enfriamiento muscular, esto con el ánimo de regresar progresivamente al estado corporal inicial.

6. REGISTRO E INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO DEPORTIVOS Las lesiones ocurridas en eventos organizados por la empresa o en representación de la misma, se consideran accidentes de trabajo, por lo cual al organizar eventos deportivos el Ministerio de Relaciones Exteriores debe informar con antelación las fechas programadas de dichos actividades a la ARL correspondiente.

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Además, se deben entregar previamente a la Coordinación de Bienestar, Desarrollo Personal y Capacitación las planillas de los deportistas del Ministerio que van a participar en el torneo, y estas deben ser enviadas a la ARL correspondiente. En el momento de presentarse un accidente de trabajo deportivo comuníquese a la Línea Efectiva de la ARL Colmena 4010447 o a la línea de atención de la ARL correspondiente. Allí le asignara una cita para la atención médica y si el accidente es grave le asignaran una ambulancia. Reporte a su jefe inmediato y al Grupo Interno de Trabajo de Bienestar Desarrollo Personal y Capacitación el accidente de trabajo a las extensiones 4596,1898,1949, esto con el fin de diligenciar el FURAT (Formato Único de Reporte de Accidentes de Trabajo), el cual tenemos 48 horas para enviar a la ARL y legalizar el evento. Si el accidente de trabajo deportivo genera incapacidad médica, recuerde que debe radicar la incapacidad original en la Dirección de Talento Humano y guardar la copia de recibido con sello. Dentro de los 15 primeros días, el Asesor de Seguridad y Salud en el Trabajo, realizará la investigación del accidente de trabajo.

7. CAPACITACIÓN Y PROMOCIÓN DEL JUEGO LIMPIO

Es responsabilidad del Ministerio de Relaciones Exteriores generar en sus trabajadores deportistas conciencia de

autocuidado y juego limpio a través de capacitaciones; estas deben incluir temas como:

Dar a conocer el programa de prevención de accidentes de trabajo de origen deportivo del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Beneficios y contraindicaciones de la actividad física.

Conocimiento del reglamento de cada deporte a practicar.

Importancia de la valoración médica y fisioterapéutica deportiva.

La preparación física como mecanismo protector de la salud.

Promoción del juego limpio.

Lesiones deportivas más frecuentes.

Cualquier otra capacitación que se considere importante para los trabajadores deportistas.

8. ANEXOS

8.1. ANEXO 1: HISTORIA CLÍNICA

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8.2. ANEXO 2: CONCEPTO MÉDICO VALORACIÓN

8.3. ANEXO 3: FORMATO VALORACIÓN FISIOTERAPÉUTICA

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FECHA:

NOMBRE:________________________ C.C.:_______________________

EDAD:__________ EPS:______________ FP:___________________

ARL:____________

SIGNOS VITALES: F.C:__________ F.R: ___________T/A:___________

1. TEST SUB MÁXIMO DEL STEP 3 MINUTOS:

F.C POST TEST:___________

2. TEST ABDOMINALES 1 MINUTO: VALORACIÓN:____________

3. TEST ABDOMINALES 1 MINUTO: VALORACIÓN:____________

4. PRUEBA DE FUERZA DE BRAZOS (LAGARTIJAS) 30 SEGUNDOS: VALORACIÓN:____________

5. TEST DE FLEXIBILIDAD DE WELLS: VALORACIÓN:____________

OBSERVACIONES:

____________________________________________________________________________________________________

____________________________________________________________________________________________________

____________________________________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________________________