contrato de transporte
DESCRIPTION
presentacionTRANSCRIPT
CONTRATO DE TRANSPORTE
El contrato por la cual alguna se obliga a transportar, bajo su inmediata dirección o la de sus dependientes, por tierra, agua o por el aire a personas, animales mercadería o cuales quiera otros objetos.
CARACTERÍSTICAS• PRINCIPAL:
• subsiste por sí mismo, sin la necesidad de otro.
• BILATERAL
• Adquiere este carácter debido a que las partes se obligan recíprocamente.
• ONEROSO
• Ambas partes perciben las utilidades y cada parte se grava a beneficio de la otra.
• DE TRACTO SUCESIVO
• Debido a que sus efectos se producen a través del tiempo y varían según la distancia a donde se va a transportar.
• CONSENSUAL
• Se perfecciona por el solo consentimiento de las partes.
EN EL CONTRATO DE TRANSPORTE INTERVIENE TRES PARTES:
• El cargador
Persona que entrega al porteador las cosas para su transporte.
• El porteador:
Es la persona que se obliga a ejecutar el transporte. A trasladar la mercancía de un lugar a otro.
• El consignatario:
Aquel a quien a cuya orden va dirigida la cosa. Es el que recibe prestación de transporte una vez que ha sido efectuado.
CLASES DE TRANSPORTE
• Transporte terrestre: carretera o ferroviario
• Transporte fluviales
• Transporte de personas y cosas
• Transporte mixto
OBLIGACIONES DE CARGADOR.
• Entregar las cosa convenientemente empacadas o envasadas.
• Pagar el precio del transporte y abonar los gastos legítimos al porteador
• Declarar el contenido de los bultos, así como especificar si son cosas de naturaleza peligrosa.
• No exigir aceleración o retardo en el viaje ni cambio en la ruta
OBLIGACIÓN DEL PORTEADOR
• Realizar el transporte en las condiciones estipuladas.
• Recibir la cosa.
• Conservar la cosa.
• Responder de las infracciones a las leyes o reglamentos fiscales o de policía.
CARTA PORTE
• Carta porte: Es un título de tradición de carácter causal, los derechos incorporados en la carta se rigen por el contrato de transporte. Recoge los datos que describe el contrato. Se extiende de a favor del consignatario de forma nominativa, a la orden o al portador.
REQUISITOS DE LA CARTA PORTE. 2529CC
• 1. Nombre, apellido, domicilio del porteador, cargador, consignatario.
• 2. Descripción de la mercadería, género, calidad, peso, medida, marcas, signos exteriores de los bultos en que se contengan.
• 3. Precio del transporte.
• 4. Fecha de expedición
• 5. Lugar de entrega al porteador.
• 6. Lugar y plazo en que ha de entregarse al consignatario.
• 7. Indemnización en caso de retardo, salvo pacto en contrario.
OBLIGACIÓN DEL CONSIGNATARIO
• Recibir la cosa
• Devolver la carta pote
• Pagar el precio y los gastos de transporte
RESPONSABILIDADES DEL PORTEADOR
1) Responsabilidad del daño causado a las personas por defectos de los conductores y medios de transporte que emplee, si el empresario no prueba que el mal aconteció por un acto fortuito o fuerza mayor que no le puede ser imputada.
2) Responsabilidad por la perdida y averías de las cosas que reciban; a no ser que se pruebe que la expresada perdida o avería ha provenido de caso fortuito de fuerza mayor o de vicio de las misma cosas.
3) Responsabilidad de las omisiones o equivocación que haya en la remisión de efectos, ya sea que no se envíen en el viaje estipulado, o que se envíen a parte distinta de la convenida.
4) Responsabilidad de los daños causados por retardo en el viaje, ya sea al comenzarlo o durante se curso , ya sea por mutación de ruta, a menos que se pruebe que un caso fortuito o de fuerza mayor obliga a ello.
5) Responsabilidad de tosas las infracciones que durante el transcurso se cometan, a la ley reglamentos fiscales o de policía.
6) Responsabilidad por los daños que ocasionen por cosas de naturaleza peligrosa ,de mala calidad o que no estuvieren conveniente empacadas envasadas.