contrato de trabajo

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 CONTRATO DE TRABAJO En Valparaíso, a 01 de diciembre de 2014, entre IRENE IRRIBARRA ARANCIBIA, C.I.: 5.348.160- 4, con domici lio en Cal le San Guill er mo 526, Cer ro lacer es, Valparaíso, en adelante la E!"E#$%&#, ' don MIGUEL ESCOHOTADO CANTERO, C.I.: AAI 481262, de nacionali dad espa(ola, soltero, nacido el 16 de diciembre de 1)*6, domiciliado en Calle San Guillermo N° 526, Cerro laceres, Valparaíso, en adelante el +&##-#$%&, se .a con/enido el siuiente contrato indi/idual de trabao PRIMERO El trabaador se compromete ' oblia a prestar ser/icios como !#ES+&% -#&$3NE&% en el est abl ecimi ento de CASA PARTICULAR, ubicada en Cerro laceres, San Guillermo N° 526, Valparaíso, pudiendo ser trasladado a otro domicilio, o a labores similar es usticadas, dentro de la ciudad, sin ue ello importe menoscabo para el trabaador SEGUNDO El trabaador cumplir7 una ornada semanal ordinaria de 45 .oras, de acuerdo al siuiente .orario "unes a Viernes 8 !a(ana 0) 90 a 19 90 :rs 8 + ar de 16 00 a 20 00 :r s 8 S7bado 0)00 a 14 00 :r s TERCERO Cuando por necesidades del cumplimiento de ;unciones sea necesario pactar trabao en tiempo e<traordinario, el empleado se obliar7 a cumplir el .orario ue al e;ecto determine la empleadora, dentro de los límites leales $ic.o acuerdo constar7 por escrito ' se rmar7 por ambas partes, pre/iamente a la reali=aci>n del trabao El tiempo e<traordinario trabaado de acuerdo a las estipulaciones precedentes, se remunerar7 con el recaro leal correspondiente ' se liuidar7 ' paar7 conuntamente con la remuneraci>n del respecti/o período CUARTO "a empleadora se compromete a remunerar al trabaador con la suma de ?2250008 @$oscientos /einticinco mil pesosA mensuales, paaderos por meses /encidos "as deducciones ue la empleadora podr7, seBn los casos, practicar a las remuneraciones, son todas auell as ue dispone el art ículo 5 del C>dio del + rabao Se de a constanci a ue el trabaador coti=ar7 en el &Dimen r e/isional c.ileno, comprometiDndose la empleadora a e;ectuar las retenciones ' entrearlas a las instituciones correspondientes UINTO El traba ador, asimismo, acepta ' autori =a a la empl eadora para ue .aa las deducciones ue establecen las le'es /ientes ', para ue le descuente el tiempo no trabaado debido a atrasos, inasistencias o permisos SE!TO El trabaador se oblia ' compromete e<presamente a cumplir las instrucciones ue le sean impartidas por su empleadora, relacionadas con el presente Contrato de +rabao SEPTIMO "as partes acuerdan en este acto ue las ;altas reiteradas, sin causa usticada, de parte del trabaador, se considerar7n incumplimiento ra/e de las obliaciones ue impone el presente contrato ' dar7n luar a la aplicaci>n de la caducidad del contrato, contemplada en el artículo 160 N° * del C>dio del +rabao

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CONTRATO DE TRABAJO

En Valparaso, a 01 de diciembre de 2014, entre IRENE IRRIBARRA ARANCIBIA, C.I.: 5.348.160-4, con domicilio en Calle San Guillermo N 526, Cerro Placeres, Valparaso, en adelante la EMPLEADORA, y don MIGUEL ESCOHOTADO CANTERO, C.I.: AAI 481262, de nacionalidad espaola, soltero, nacido el 16 de diciembre de 1976, domiciliado en Calle San Guillermo N 526, Cerro Placeres, Valparaso, en adelante el TRABAJADOR, se ha convenido el siguiente contrato individual de trabajo:PRIMERO: El trabajador se compromete y obliga a prestar servicios como MAESTRO JARDINERO en el establecimiento de CASA PARTICULAR, ubicada en Cerro Placeres, San Guillermo N 526, Valparaso, pudiendo ser trasladado a otro domicilio, o a labores similares justificadas, dentro de la ciudad, sin que ello importe menoscabo para el trabajador.SEGUNDO: El trabajador cumplir una jornada semanal ordinaria de 45 horas, de acuerdo al siguiente horario: Lunes a Viernes Maana: 09:30 a 13:30 Hrs. Tarde: 16:00 a 20:00 Hrs. Sbado: 09:00 a 14:00 Hrs.TERCERO: Cuando por necesidades del cumplimiento de funciones sea necesario pactar trabajo en tiempo extraordinario, el empleado se obligar a cumplir el horario que al efecto determine la empleadora, dentro de los lmites legales. Dicho acuerdo constar por escrito y se firmar por ambas partes, previamente a la realizacin del trabajo.El tiempo extraordinario trabajado de acuerdo a las estipulaciones precedentes, se remunerar con el recargo legal correspondiente y se liquidar y pagar conjuntamente con la remuneracin del respectivo perodo.CUARTO: La empleadora se compromete a remunerar al trabajador con la suma de $225.000.- (Doscientos veinticinco mil pesos) mensuales, pagaderos por meses vencidos.Las deducciones que la empleadora podr, segn los casos, practicar a las remuneraciones, son todas aquellas que dispone el artculo 58 del Cdigo del Trabajo. Se deja constancia que el trabajador cotizar en el Rgimen Previsional chileno, comprometindose la empleadora a efectuar las retenciones y entregarlas a las instituciones correspondientes.QUINTO: El trabajador, asimismo, acepta y autoriza a la empleadora para que haga las deducciones que establecen las leyes vigentes y, para que le descuente el tiempo no trabajado debido a atrasos, inasistencias o permisos.SEXTO: El trabajador se obliga y compromete expresamente a cumplir las instrucciones que le sean impartidas por su empleadora, relacionadas con el presente Contrato de Trabajo.SEPTIMO: Las partes acuerdan en este acto que las faltas reiteradas, sin causa justificada, de parte del trabajador, se considerarn incumplimiento grave de las obligaciones que impone el presente contrato y darn lugar a la aplicacin de la caducidad del contrato, contemplada en el artculo 160 N 7 del Cdigo del Trabajo.OCTAVO: El presente contrato se estipula a plazo de UN AO pero cualquiera de las partes, o ambas, segn el caso, podrn ponerle trmino en cualquier momento con arreglo a la ley.NOVENO: La obligacin de prestar servicios emanada del presente contrato, slo podr cumplirse una vez que el trabajador haya obtenido la visacin de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjeros con visa en trmite.DECIMO: La empleadora se compromete a pagar, al trmino de la relacin laboral (ya sea por trmino de contrato, despido, o renuncia), el pasaje de regreso del trabajador y los miembros de su familia que se estipulen, a su pas de origen o al que oportunamente acuerden las partes, conforme a lo dispuesto en el inciso 2 del Art. 37 del D.S. 597 de 1984. Al respecto se tendr presente que la sealada obligacin de la empleadora existir hasta que el extranjero salga del pas u obtenga nueva visacin o permanencia definitiva.DECIMO PRIMERO: Para todas las materias a que eventualmente pueda dar origen este contrato, las partes fijan domicilio en la ciudad de Valparaso.El presente contrato se firma en dos ejemplares, quedando en este mismo acto uno en poder de cada contratante.

_____________________________ ______________________________ Miguel Escohotado Cantero Irene Irribarra Arancibia C.I. AAAI 48 RUT: 5.348.160-4 TRABAJADOR EMPLEADORA