contrato de trabajo
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Estudiantes de Administración de Empresas II, 2014.TRANSCRIPT
JUAN BOSCO DE HUÁNUCO
Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado
R.M. Nº 359-97-EDREVALIDADO R. D. Nº 388-2005-ED
ESPECIALIDAD: ADMINISTRACIÓN
SEMESTRRE: II
VII FORO TECNICO
TEMA: CONTRATO DE TRABAJO
1 Arostegui Sumaran, Soledad 22 Matos Malpartida, Susana2 Atencia Barrionuevo, Yessica 23 Mejia Ramirez, Lizbeth3 Beraun Pérez, Ruth 24 Osorio Sarmiento, Ronald4 Cabrera Caldas , Mayra 25 Pimentel Pérez, Rudy5 Caldas Beraún, Rosmery 26 Placido Agapito, Angélica6 Camones Meza, Adel Percy 27 Poma Santos, Nicidenio7 Carbajal Santamaría, Maurelia 28 Portal Pino, Yesica8 Cárdenas Lucas, Kela 29 Raymundo Torres , Miriam
9 Celestino Cotrina, Deives 30Rivera Mancilla, Yaneth Roxana
10Celis Jara, Sheyla
31Rosas Gonzales, Rossmedith
11 Chamorro Ayala, Gaby 32 Salazar Villar, Cesar
12Chuco Huamán, Lucinda Flor 33
Saldaña Sánchez, MarIbel
13 Claudio Trinidad, Geraldina 34 Saturno Cárdenas, Edith14 Cóndor Ramos, Jennifer 35 Tomas Fuster, Enma15 Coz Vara, Gilmer 36 Torres Flores, Rosy Liliana16 Delgado Gonzales, Selene 37 Vilca Isidro, Flordina17 Gamarra Ayala, Carmen 38 Villanueva Mateo, Greyss18 García Molina, Neria 39 Villanueva Soto, Jennifer19 Gutiérrez Espíritu, Elvis 40 Villar Cuadrado, Luzclarita20 Liberato Raymundo, Érica Y. 41 Zúñiga Granizo, Moisés21 Linares Paredes, José
ALUMNOS DE LA ESPECIALIDAD DE ADMINISTRACION
II - SEMESTRE
INTRODUCCION Saber o tener información sobre que es un contrato de trabajo, que categorías y tipos de contratos existen, según la dirección y el código del trabajo, es sumamente importante puesto que, para el empleado o el empleador existen diferentes marcos legales al momento de comenzar un contrato o dar por finalizado este, que establecen los derechos y deberes que se obligan ambas partes involucradas.
EL CONTRATO DE TRABAJO
Marco Normativo
Publicación
Registro
D.S. Nro.003 – 97-TR 27 – 03 - 1997T.U.O. de la ley de
Productividad y Competitividad Laboral
D. S. Nro.001 – 96-TR 26 – 01 - 1996Reglamento del D. Ley
Nro. 728
Ley 30036 05 – 06 - 2013 Ley del Teletrabajo
FORMAS DE CONTRATACIÓN LABORAL
Plazo
Tiempo Parcial (Part Time)
IndeterminadoDeterminado
(sujeto a modalidad)
ELEMENTOS DEL CONTRATO
DE TRABAJO
REMUNERACIONEs la contraprestación por los servicios prestados por el trabajador pagado por el empleador en dinero o en especie bajo la forma o denominación que se de, y que es libre disposición del primero.(LPCL, Art. 6).
SUBORDINACIONConsiste en la deber de obediencia que asume el trabajador para prestar sus servicios bajo la dirección de su empleador y el correlativo derecho de este de disponer de la fuerza del trabajo de aquel. (LPCL, Art. 9).
PRESTACION DE SERVICIOS
El trabajador como persona natural es quien de manera individual y
directa debe realizar las labores, no encomendar a un tercero que preste en su lugar los servicios contratados.
CARACTERISTICAS:
• Consensual • Oneroso• Bilateral
• Tracto sucesivo• conmutativo
Se desprende en 3 poderes:
Directivo
Disciplinario
Fiscalizador
¿Cuáles son las facultades de un empleador?
PRINCIPIO IUS VARIANDI
Prestación laboral de servicios
Pago de una remuneración
Subordinación
¿Cómo se demuestra una relación laboral?
EL PERIODO DE PRUEBA
Marco Normativo
Publicación Registro
D.S.Nro.003-97-TR 27-03-1997T.U.O. de la ley de Productividad y Competitividad Laboral
D.S.Nro.001-96-TR 26-01-1996 Reglamento de D. L. N° 728
Es el lapso de la relación laboral durante el cual el empleador verifica la idoneidad del trabajador para el puesto de trabajo en el que fue ubicado.
PERIODO DE PRUEBA
¿QUE SUCEDE CUANDO SE VENCE EL PERIODO DE PRUEBA Y EL TRABAJDOR CONTINUA
LABORANDO?
CONTRATO DE TRABAJO
A PLAZO INDETERMINADO
Forma de celebración:- Verbal- Escrito
SUJETO A MODALIDAD
Forma de celebración:- Escrito
-Fecha de inicio-Fecha de término
Parte General
Marco Normativo Publicación Registro
D.S. Nro.003-97-TR 27-03-1997T.U.O. de la ley de Productividad y Competitividad Laboral
D.S. Nro.001-96-TR 26-01-1996 Reglamento del D.L. Nro. 728
R.M. 192-2008-TR 03-07-2008Modificaciones del TUPA Ministerio de Trabajo
R.M. 223-2008-TR 31-07-2008
Modifican la disposición transitorio Única de la R.M. 192-2008-TR, que aprobó modificación de diversos procedimientos administrativos vinculados al registro de contratos y convenios de modalidades formativas laborales
CONTRATOS DE TRABAJO SUJETOS
A MODALIDAD
AMBITO DE APLICACION
Pueden celebrarse así lo requieran las necesidades del mercado o mayor producción de la empresa.
O cuando lo exija la naturaleza temporal o accidental del servicio que va a prestar o de la obra que se ha de ejecutar,
Excepto los contratos de trabajo intermitente o de temporada , que por su naturaleza pueden ser permanentes
REQUISITOS
FORMALES
Será presentada a la AAT dentro de los 15 días naturales de su celebración para efectos de su conocimiento y registro.
Todo los contratos modales deben constar necesariamente por escrito y por triplicado, debiendo consignarse en forma expresa su duración y las causas objetivas determinadas de la contratación, así como las demás condiciones de la relación laboral.
DENOMINACION DE LOS CONTRATOS
SUJETOS A MODALIDAD
Formas de Contratar
CONTRATOS DE NATURALEZA TEMPORAL
- Contrato por inicio o lanzamiento de una nueva actividad.- Contrato por Necesidad de Mercado.- Contrato por Reconversión Empresarial
CONTRATOS DE NATURALEZA ACCIDENTAL
-Contrato Ocasional.-Contrato de Suplencia.-Contrato de Emergencia.
CONTRATOS DE OBRA O DE SERVICIOS
-Contrato Especifico.-Contrato Intermitente.-Contrato De Temporada
CONTRATOS DE TRABAJO SUJETOS
A MODALIDAD
DERECHOS Y BENEFICIOS
Los trabajadores que estén bajo contrataciones modal, tienen los derechos que por ley, pacto o costumbre tuvieran los trabajadores vinculados a un contrato de duración indeterminada, y a la estabilidad laboral durante el tiempo que dure el contrato, una vez superado el periodo de prueba
DESNATURALIZACION
¿Cuándo pierden su Naturaleza de Temporales?
a) Si el trabajador continua laborando después de la fecha de vencimiento del plazo estipulado , o después de las prórrogas pactadas , si estas exceden el límite máximo permitido ;
b) Cuando se trata de un contrato de obra determinada o de servicio específico , si el trabajador continua prestando servicios efectivos , luego de concluida la obra materia del contrato , sin haber operado renovación;
c) Si el titular del puesto sustituido , no se reincorpora vencido el término legal o convencional y el trabajador contratado continuare laborando ; y
d) Cuando el trabajador demuestre la existencia de simulación o fraude a las normas establecidas en la ley.
Modalidad de los Contratos Tipos Duración Máxima del
Contrato Objetivo del Contrato
Temporales
Por inicio de una nueva actividad
03 años Inicio de nuevas actividades
Por necesidad del mercado 05 años Atender aumento de la producción
Por reconversión empresarial
02 años Sustitución, ampliación o modificación de las actividades en la empresa
Accidentales
Ocasional 06 meses al año Por necesidad transitorio
Suplencia Según circunstancias Sustitución de un trabajador estable
Emergencia Según duración de emergencia
Por necesidad en caso fortuito o fuerza mayor
Obra o Servicios
Especifico Según las circunstancias Para una obra determinada
Intermitente Según las circunstancias
Cubrir necesidades permanentes pero discontinúas
Temporada Según la naturaleza de la actividad Por necesidad solo en periodos
Marco Normativo
Publicación
Registro
D.S. N°003-97-TR
27-03-1997T.U.O. de la ley de Productividad y Competitividad Laboral
D.S. N°001-96-TR
26-01-1996 Reglamento del D. L. N° 728
Parte Especial
CONTRATOS DE NATURALEZA TEMPORAL
CONTRATO POR INICIO O INCREMENTO DE
ACTIVIDADCONTRATO POR
NECESIDAD DE MERCADO
CONTRATO POR RECONVERSION EMPRESARIAL
CONTRATOS DE NATURALEZA ACCIDENTAL
CONTRATO OCASIONAL
CONTRATO DE SUPLENCIA
CONTRATO DE EMERGENCIA
CONTRATOS OBRA O SERVICIO
CONTRATO PARA OBRA DETERMINDA O
SERVICIO ESPECIFICOCONTRATO
INTERMITENTECONTRATO DE TEMPORADA
SUSPENSION DEL CONTRATO DE TRABAJO
Artículo 11 (D.L.N°728).- Se suspende el contrato de trabajo cuando cesa temporalmente la obligación del trabajador de prestar el servicio y la del empleador de pagar la remuneración respectiva, sin que desaparezca el vínculo laboral.
SUSPENSION PERFECTAEs perfecta cuando cesa temporalmente la obligación del trabajador de prestar el servicio y la del empleador paga la remuneración respectiva, sin que desaparezca el vínculo laboral.
SUSPENSION IMPERFECTAEs imperfecta cuando el empleador abona remuneraciones sin contraprestación de labores, y no desaparece el vínculo laboral.
Es la facultad que tiene el trabajador y el empleador de dejar sin efecto en forma temporal las obligaciones contractuales en materia laboral, pero dejando subsistente el vinculo laboral
Art
12
.- (
D.L
. 7
28
).-
Son
cau
sas d
e
su
sp
en
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n d
el
con
trato
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rab
ajo
:
a) Caso fortuito y la fuerza mayor;
b) Invalidez temporal;
c) Enfermedad y accidente comprobados;
d) Maternidad durante el descanso pre y postnatal;
e) Descanso vacacional;
f) Licencia para desempeñar cargo cívico y para cumplir servicio militar obligatorio;
g) Permiso y la licencia para el desempeño de cargos sindicales.
h) Sanción disciplinaria;
i) Ejercicio del derecho de huelga;
j) Detención del trabajador, salvo el caso de condena privativa de la libertad;
k) Inhabilitación administrativa o judicial por período no superior a tres meses
l) Permiso o licencia concedidos por el empleador;
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO
¿QUÉ ES LA EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL?
Es cuando el contrato llega a su fin. Pone punto y final a la relación jurídica que
vincula a trabajador y empresario. Supone que el contrato deja de existir,
cesando definitivamente las obligaciones entre las partes: trabajar y remunerar el trabajo
Art
16
.- (
D.L
. 7
28
).-
Son
cau
sas d
e
Exti
nció
n d
el
con
trato
de t
rab
ajo
:
a)Fallecimiento del trabajador o empleador si es persona natural;
b) Renuncia o retiro voluntario del trabajador
c) Terminación de obra o servicio; el cumplimiento de la condición resolutoria y el vencimiento del plazo en los contratos legalmente celebrados bajo modalidad;
d) Mutuo disenso entre trabajador y empleador;
e) Invalidez absoluta permanente;
f) Jubilación;
g) Despido, en los casos y forma permitidos por la Ley;
h) Terminación de la relación laboral por causa objetiva, en los casos y forma permitidos por la presente Ley.
RECOMENDACIONES:
1.- Tenemos que tener en cuenta que los contratos de trabajo contengan
todas las estipulaciones que beneficien a los contrayentes que son
empleador y trabajador.
2.- Tenemos que tener en cuenta además que existen varios tipos de
contratos.
3.-Tenemos que tener en cuenta que los contratos de trabajo tienen sus
elementos correspondientes como son el consentimiento de ambas
partes, existencia de una causa y existencia de un objeto.
CONCLUSIÓN
Podemos concluir que los contratos de trabajo son muy importantes en una
relación de trabajo.
Debemos que tener en cuenta que todos los contratos de trabajo son
diferentes, solo se asemejan en unas y otras cosas.
Tenemos que tener en cuenta que el contrato de trabajo busca el bienestar
de ambas partes contratantes
Se debe destacar la importancia de que en el país exista un cuerpo legal
que regule esta materia y vele por la seguridad y derecho de los
trabajadores, lo que sin duda es el respaldo que poseen para enfrentar
situaciones de abusos o negligencias que les permite acudir a la
Inspección del Trabajo y a los Tribunales de Justicia en materia Laboral.
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