contrato de servicios profesionales

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contrato modelo de servicios profecionales de un abogado

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CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALESConste por el presente documento privado el Contrato Civil de Locacin de Servicios Profesionales que celebra de una parte Don MANUEL CECILIO PONCE ZEGARRA, peruano, identificado con DNI N 04638992, con domicilio en Pueblo Nuevo N-3-4, distrito de Pacocha, provincia de Ilo, departamento de Moquegua, en adelante el COMITENTE y, de otra parte el abogado RENATO BOCCHIO LINARES identificado con Matrcula del Colegio de Abogados de Arequipa N 7797 y la abogada VANIA PACHECO CULLAR identificada con Matrcula del Colegio de Abogados de Arequipa N 5339, ambos con domicilio legal en Pasaje Santa Rosa 104 Oficina 23 Cuarto Piso, provincia y departamento de Arequipa, en adelante los LOCADORES; el que se desarrolla bajo las siguientes clusulas:

PRIMERO: El COMITENTE MANUEL CECILIO PONCE ZEGARRA contrata los servicios profesionales de los abogados LOCADORES, a efecto que realicen el procedimiento administrativo y/ judicial y reclamos correspondientes por enfermedad profesional ante la empresa Pacfico Vida y las instancias estatales que correspondan; ello a efecto de lograr el pago de una indemnizacin renta vitalicia a su favor.

SEGUNDO: El COMITENTE MANUEL CECILIO PONCE ZEGARRA reconoce que no ha efectuado ni efectuar pago alguno al momento de la celebracin del presente contrato, y que el pago slo se efectuar slo si se logra en forma positiva lo reclamado.

TERCERO: El monto de los honorarios profesionales que deriven del xito de las acciones que los LOCATARIOS realizarn ser del 15% del total logrado como indemnizacin econmica que otorgar la empresa Pacfico Vida.

CUARTO: En caso se obtenga una renta vitalicia, los Honorarios Profesionales de los LOCADORES correspondern a cinco (05) pensiones que le abone Pacfico Vida.

QUINTO: El pago de los Honorarios Profesionales de los LOCADORES se efectuar al momento en que Pacfico Vida pague la Indemnizacin al COMITENTE; o de comn acuerdo entre las partes.SEXTO: Ambas partes declaran que en el presente contrato no ha mediado causal alguna de nulidad, anulabilidad, vicio, error o violencia que lo invalide total o parcialmente.STIMO: El incumplimiento del presente contrato dar lugar a la ejecucin del contrato por va judicial, sometindose ambas partes a la jurisdiccin de los Tribunales y Jueces de la ciudad de Arequipa.

En seal de conformidad, proceden a firmarlo e imprimir su huella digital.

Ilo, 2015 junio 01

MANUEL CECILIO PONCE ZEGARRA

RENATO BOCCHIO LINARES

DNI N 04638992

CAA N 7797

VANIA PACHECO CULLAR

CAA 5339